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DOF: 13/10/2017 |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, la resolución de fecha tres de octubre de do CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, la resolución de fecha tres de octubre de dos mil diecisiete, emitida en el expediente CI/CGQDRRP/RE-01/2017, por medio de la cual queda sin efectos la resolución del nueve de noviembre de dos mil dieciséis, emitida en el expediente CI/DQDR/PSP-04/2014, quedando insubsistentes los efectos de la sanción administrativa y económica, impuestas a las personas morales Galaz, Yamazaki, Ruíz Urquiza, S.C. y Datavision Digital, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Contraloría Interna del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Expediente CI/DQDR/PSP-04/2014.- Oficio No. 10-C.I.1538/2017. CIRCULAR 002/2017 CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA RESOLUCIÓN DEL TRES DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISIETE, EMITIDA EN EL EXPEDIENTE CI/CGQDRRP/RE-01/2017, QUE EN SU RESOLUTIVO SEGUNDO, SE PRECISÓ: SEGUNDO.- Se deja sin efectos el oficio 10-C.I.1160/2016, del dieciocho de mayo de dos mil dieciséis, así como todo lo actuado con posterioridad en los autos del expediente CI/DQDR/PSP-04/2014, incluyendo las sanciones impuestas a las empresas Galaz, Yamazaki, Ruíz Urquiza, S.C. y Datavision Digital, S.A. de C.V., a través de resolución del nueve de noviembre de dos mil dieciséis, consistentes en multa por la cantidad de $1,869,900.00 (Un millón ochocientos sesenta y nueve mil novecientos pesos 00/100 M.N.) e inhabilitación por el plazo de cinco años para participar en procedimientos de contratación. Lo anterior se hace del conocimiento a efecto de que las entidades federativas y los municipios interesados cumplan con lo señalado en la resolución publicada a través de la presente Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. Atentamente Ciudad de México, a tres de octubre de dos mil diecisiete.- El encargado del despacho de la Contraloría Interna, José Hoyos Ibarra.- Rúbrica.
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