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DOF: 25/02/2003 |
DECLARATORIA de vigencia de las normas mexicanas NMX-W-015-SCFI-2003, NMX-W-036-SCFI-2003, NMX-W-040-SCFI-2003, NMX-W-044-SCFI-2003, NMX-W-048-SCFI-2003, NMX-W-049-SCFI-2003 y NMX-W-059-SCFI-2003. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas. DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS QUE SE INDICAN La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 51-A, 51-B, 54 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 46, 47 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de vigencia de las normas mexicanas que se enlistan a continuación, mismas que han sido elaboradas y aprobadas por el Comité Técnico de Normalización Nacional del Aluminio y sus Aleaciones . El texto completo de las normas que se indican puede ser consultado gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México o en el Catálogo Mexicano de Normas que se encuentra en la página de Internet de la Dirección General de Normas cuya dirección es: http://www.economia.gob.mx. Las presentes normas entrarán en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación. CLAVE O CODIGO | TITULO DE LA NORMA | NMX-W-015-SCFI-2003 | ALUMINIO Y SUS ALEACIONES-DETERMINACION DEL ZINC-METODO GRAVIMETRICO (CANCELA A LA NMX-W-015-1980). | Campo de aplicación Esta Norma Mexicana especifica el método gravimétrico para la determinación del zinc en aleaciones de aluminio. Esta Norma Mexicana es aplicable para determinar contenidos de zinc, cuando está comprendido entre 0,50% y 6,0%. | Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana es equivalente a la Norma Internacional ISO 1784:1976. | NMX-W-036-SCFI-2003 | ALUMINIO Y SUS ALEACIONES-DETERMINACION DEL MANGANESO-METODO FOTOMETRICO (CANCELA A LA NMX-W-036-1980). | Campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece el método fotométrico para la determinación del manganeso en aluminio y aleaciones de aluminio. Esta Norma Mexicana es aplicable para determinar contenidos de manganeso entre 0,005% y 1,5%. Esta Norma Mexicana no se aplica completamente a los casos especiales de aleaciones con un contenido de silicio mayor que 10% y un contenido de manganeso menor que 0,1%. | Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana no es equivalente a ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su elaboración. | NMX-W-040-SCFI-2003 | ALUMINIO Y SUS ALEACIONES-FUNDICION-ALEACIONES DE ALUMINIO EN FORMA DE PIEZAS FUNDIDAS-SISTEMA DE CLASIFICACION Y DESIGNACION (CANCELA A LA NMX-W-040-1991). | Campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece un sistema de clasificación y designación de aleaciones de aluminio en forma de piezas fundidas, de acuerdo a su composición química. | Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana no es equivalente a ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su elaboración. | NMX-W-044-SCFI-2003 | ALUMINIO Y SUS ALEACIONES-PRODUCTOS FABRICADOS POR EL PROCESO DE EXTRUSION EN CALIENTE-CLASIFICACION Y DESIGNACION (CANCELA A LA NMX-W-044-1997-SCFI). | Campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece la clasificación y designación, así como la terminología y las definiciones correspondientes a los productos de aluminio y sus aleaciones, fabricados por el proceso de extrusión en caliente, a partir de lingotes de forma y tamaño convenientes. Esta Norma Mexicana es aplicable en la industria de extrusión en caliente de aluminio y sus aleaciones; en las industrias y organizaciones comerciales que usan o consultan tales productos, y en las transacciones comerciales que se efectúan con esos productos. | Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana no es equivalente a ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su elaboración. | NMX-W-048-SCFI-2003 | ALUMINIO Y SUS ALEACIONES-FUSION-ALUMINIO DE PRIMERA FUSION PURO Y ALEADO PARA TRATAMIENTO MECANICO-SISTEMA DE CLASIFICACION Y DESIGNACION (CANCELA A LA NMX-W-048-1977). | Campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece un sistema de clasificación y designación del aluminio de primera fusión y aleado de acuerdo a su composición química, destinado a ser tratado mecánicamente. | Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana no es equivalente a ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su elaboración. | NMX-W-049-SCFI-2003 | ALUMINIO Y SUS ALEACIONES-DETERMINACION DEL ALUMINIO EN ALEACIONES DE MAGNESIO-METODO DE PRUEBA (CANCELA A LA NMX-W-049-1974). | Campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece el método de prueba para determinar aluminio con concentraciones de 2% a 10% en aleaciones de magnesio. | Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana no es equivalente a ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su elaboración. | NMX-W-059-SCFI-2003 | ALUMINIO Y SUS ALEACIONES-FUSION-LINGOTES DE ALUMINIO DE PRIMERA FUSION, PURO Y ALEADO PARA TRATAMIENTO MECANICO-CLASIFICACION (CANCELA A LA NMX-W-059-1977). | Campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece las características físicas de los lingotes de aluminio de primera fusión puro y aleado, destinados a la elaboración de diversos productos por tratamiento mecánico en los procesos de extrusión en caliente y laminación. | Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana no es equivalente a ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su elaboración. | México, D.F., a 14 de febrero de 2003.- El Director General, Miguel Aguilar Romo.- Rúbrica.
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