ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos para el Programa de Derechos Indígenas a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas del ejercicio fiscal 2016. (Continúa en la Octava Sección)Al margen un logotipo, que dice: Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA EL PROGRAMA DE DERECHOS INDIGENAS A CARGO DE LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS DEL EJERCICIO FISCAL 2016. NUVIA MAGDALENA MAYORGA DELGADO, Directora General de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, con fundamento en los artículos 1, 74, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como en los artículos 174, 175, 176 y 178 de su Reglamento; 3 fracción XI y Anexo 10. Erogaciones para el Desarrollo Integral de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, así como los artículos 2 y 11 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, y CONSIDERANDO El presente ordenamiento es de interés público y carácter general; el cual tiene como finalidad beneficiar a la población indígena mediante el otorgamiento de apoyos para el ejercicio de sus derechos de acceso a la justicia, culturales, de comunicación, género y de salud, previendo que el gasto de los recursos públicos se sujeten a criterios de objetividad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad. Que esta Comisión recibió el día 16 de diciembre de 2015, el oficio número COFEME/15/4487, de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, por el que emitió el dictamen correspondiente a los Lineamientos del Programa de Derechos Indígenas para el ejercicio fiscal 2016, a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA EL PROGRAMA DE DERECHOS INDIGENAS A CARGO DE LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS DEL EJERCICIO FISCAL 2016 I. Introducción México es un país pluricultural en el cual se identifican 68 pueblos indígenas. Los pueblos y las comunidades que dan origen y sustento a esta diversidad tienen, entre otros, como rasgos comunes, el uso de lenguas originarias, sentido de pertenencia a un colectivo, culturas diferentes y sistemas sociales propios, mediante los cuales organizan sus vidas y toman sus decisiones. Según el Censo de Población y Vivienda de 2010, 15.7 millones de mexicanos se consideraron a sí mismos como indígenas. De ellos, 6.6 millones hablan alguna lengua indígena y 11.1 millones viven en un hogar indígena. Ellos representan el 9.9 por ciento de la población nacional y son hombres y mujeres de todas las edades, que viven en más de 64 mil localidades. La diferencia cultural en México no sólo se expresa en manifestaciones culturales que nos enriquecen; también está asociada a situaciones de desigualdad y desventaja social y jurídica para ellos. Los indígenas conforman uno de los sectores de la población que enfrenta mayores rezagos sociales. Estos rezagos se agudizan por género y grupo de edad y se hacen presentes tanto en las localidades rurales como en las urbanas, el acceso a la justicia y ejercicio de sus derechos son una demanda y un reclamo generalizado. Las mujeres indígenas de las diferentes edades representan el sector de la población que acumula mayores rezagos sociales. Ellas han sido discriminadas y afectadas por la pobreza y por diversos referentes culturales, que en ocasiones, fomentan la desigualdad y que se traducen en menores oportunidades para acceder a la educación, la salud y los niveles mínimos de bienestar. Los factores que han provocado esta situación tienen naturalezas diferentes, algunos tienen que ver con el desconocimiento de la existencia de los derechos y de los alcances de los mismos o con la discriminación y otros con la ausencia de procedimientos y recursos para asegurar su observancia. Los pueblos y las comunidades indígenas son los sujetos colectivos de derechos que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) reconoce y mandata atender para su desarrollo. En el apartado B del artículo 2o. se determina que: "La Federación, los Estados y los Municipios [...] establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos". La Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, de acuerdo a lo que establece el artículo 2 de su Ley de creación, tiene por objeto orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas de conformidad con el artículo 2o. de la CPEUM. El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 identifica la necesidad de fomentar el bienestar de los pueblos y comunidades indígenas a través de una revisión a fondo del diseño e instrumentación de los programas enfocados a su beneficio, y de la operación de los fondos destinados a su desarrollo, en un marco de respeto a su autonomía, identidades, voces y prioridades, y establece como estrategia el "Fomentar el bienestar de los pueblos y comunidades indígenas, fortaleciendo su proceso de desarrollo social y económico, respetando las manifestaciones de su cultura y el ejercicio de sus derechos". Este mismo instrumento establece la necesidad de garantizar el respeto y protección de los derechos humanos incluyendo los derechos civiles, políticos económicos, sociales, culturales, a la salud y la erradicación de la discriminación. Con base en lo anterior, la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, bajo un enfoque de derechos, expide los presentes lineamientos para operar el Programa de Derechos Indígenas a efecto de apoyar a este sector de la población en el ejercicio de sus derechos culturales, de comunicación, de acceso a la justicia, equidad de género y a la salud. 1. Glosario.
2. Objetivos del Programa de Derechos Indígenas. 2.1. General. Contribuir a impulsar el reconocimiento, vigencia de derechos y el acceso a la justicia de los Pueblos Indígenas mediante el fortalecimiento de las capacidades de la población indígena para el ejercicio de sus derechos. 2.2. Específicos. a) Propiciar la adopción de medidas orientadas al fortalecimiento del ejercicio de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y sus integrantes, a través de la participación de instituciones públicas, académicas, asociaciones civiles y otros actores sociales, para el desarrollo de proyectos de promoción y defensa de los derechos de los pueblos indígenas, el impulso de actividades en materia de justicia, prevención y de registro civil. b) Contribuir a que la población indígena sujeta a un proceso legal, acceda a la jurisdicción del estado conforme a derecho, proporcionando servicios de atención jurídica a los integrantes de los pueblos y comunidades indígenas a través de asesoría y gestoría, así como la presentación de peritajes en materia antropológica/cultural, como acciones asociadas al fin primordial de promover la libertad de personas indígenas. c) Apoyar para su reubicación a la población indígena desplazada que no podrá regresar a su lugar de residencia habitual, así como a la que retorna a su lugar de residencia habitual mediante apoyos para la adquisición de bienes e insumos, que les permitan restablecer y mejorar sus condiciones de habitabilidad. d) Favorecer el ejercicio de los derechos culturales de los indígenas a través del apoyo a la instrumentación de Iniciativas Comunitarias de Cultura, del desarrollo de capacidades de jóvenes indígenas interesados en la salvaguardia y desarrollo de su patrimonio cultural y apoyo a comunicadores indígenas para la producción y realización de proyectos de comunicación. e) Fortalecer las capacidades de la población indígena para el conocimiento y ejercicio de los derechos de las mujeres indígenas con la finalidad de contribuir a la disminución de las brechas de desigualdad de género a través de acciones intersectoriales, de coordinación y de interlocución con distintos actores. f) Promover y gestionar atención médica especializada ante las dependencias y entidades competentes del sector salud, para la atención de pacientes indígenas. 3. Lineamientos. 3.1. Cobertura. Entidades Federativas de la República Mexicana. 3.2. Población Objetivo. Población indígena que requiera fortalecer sus capacidades para el ejercicio de sus derechos. 3.3. Beneficiarios. 3.3.1. Criterios, Requisitos de selección. Las comunidades indígenas, grupos de indígenas, organizaciones de la sociedad civil, Institutos Estatales y Municipales de las Mujeres y otros actores sociales que tengan la iniciativa de desarrollar proyectos para el fortalecimiento de las capacidades para ejercicio de los derechos de la población indígena, podrán solicitar el apoyo del Programa de Derechos Indígenas en las fechas y en los términos establecidos en las siguientes convocatorias: a) Convocatoria para las Acciones de Fortalecimiento para el Ejercicio de Derechos. b) Convocatoria a presentar Iniciativas Comunitarias de Cultura para el Rescate, Fortalecimiento y Difusión del Patrimonio Cultural Indígena. c) Convocatoria a presentar iniciativas para comunicar y/o difundir el patrimonio cultural indígena. d) Convocatoria para la formación de jóvenes indígenas para la salvaguardia y desarrollo de su patrimonio cultural e) Convocatorias de proyectos para promover el ejercicio de los derechos de las mujeres indígenas. Los individuos indígenas que enfrenten una eventualidad que ponga en riesgo su libertad, su salud o su permanencia en su lugar de residencia podrán solicitar los apoyos del programa durante todo el ejercicio fiscal. En ambos casos deberán cumplir con lo establecido en los anexos 1.A, 1.B.1, 1.B.2, 1.B.3, 1.B.4, 1.C, 2.A.1, 2.A.2, 2.A.3, 3.A y 4.A denominados Guías de Operación y Procedimiento. 3.3.2. Características de los apoyos (tipo y monto).
El otorgamiento de estos apoyos, estará sujeto a la existencia de suficiencia presupuestal por parte de la CDI. 4. Operación. 4.1. Proceso. 4.1.1. Proceso para el otorgamiento de recursos por medio de convocatoria. 1. La CDI emitirá de manera anual convocatorias públicas con cobertura nacional para la recepción de proyectos en las siguientes temáticas: a) Convocatoria para las Acciones de Fortalecimiento para el Ejercicio de Derechos. b) Convocatoria a presentar Iniciativas Comunitarias de Cultura para el Rescate, Fortalecimiento y Difusión del Patrimonio Cultural Indígena. c) Convocatoria a presentar iniciativas para comunicar y/o difundir el patrimonio cultural indígena. d) Convocatoria para la formación de jóvenes indígenas para la salvaguardia y desarrollo de su patrimonio cultural e) Convocatorias de proyectos para promover el ejercicio de los derechos de las mujeres indígenas. Dichas convocatorias formarán parte de estos Lineamientos en los Anexos 1.A, 2.A.1, 2.A.2, 2.A.3 y 3.A denominados Guías de Operación y Procedimiento. 2. La vigencia de las convocatorias será a partir de la entrada en vigor de los presentes lineamientos y se encontrarán abiertas por un periodo de 30 días naturales. Las convocatorias se promoverán y difundirán a través de la página de internet y radiodifusoras indigenistas de la CDI. 3. Las convocatorias especificarán lo siguiente: a. Periodo de vigencia; b. Criterios y requisitos; c. Tipos y montos de apoyo; d. Formatos y documentos que deben presentarse; y e. Bases y procedimiento. 4. Las personas e instancias interesadas deberán entregar, en las Unidades Administrativas Receptoras, la solicitud de apoyo mediante formato o escrito libre en original, en el que se indique, el nombre del (los) solicitante(s), tipo de apoyo que requiere y datos de localización, acompañada por los requisitos y formatos establecidos en cada una de las Convocatorias. 5. El personal de las Unidades Administrativas Receptoras deberá orientar a las y los solicitantes, para la elaboración y presentación de los proyectos y la documentación establecida en las convocatorias. 6. Las Unidades Administrativas Receptoras al recibir cada solicitud deberán verificar que el expediente cumpla con los requisitos señalados en las convocatorias respectivas y deberán entregar a quien solicita el acuse de recibo, en su caso, señalando los documentos o datos faltantes para que sean entregados en un plazo no mayor de 5 días hábiles. 7. Una vez cerrada la recepción de proyectos, éstos serán dictaminados por personal de la CDI y en los casos que aplique, por especialistas en los temas materia de cada Convocatoria. Para los Tipos de Apoyo que realicen predictaminación, éstas deberán firmarse por las/los responsables del Tipo de Apoyo y por el Delegado(a) Estatal. Los proyectos recibidos en Oficinas Centrales serán remitidos a la Unidad Administrativa que corresponda por operación para dictamen, utilizando los criterios de valoración establecidos en la normatividad. 8. Para la dictaminación de proyectos, los Comités Dictaminadores utilizarán los criterios de valoración establecidos en la normatividad respectiva y contarán con un periodo que no podrá exceder de 45 días naturales a partir del cierre de las convocatorias. En el caso de los tipos de apoyo "Capacitación para la prevención del delito en materia de trata de personas" y "Apoyo económico a proyectos estratégicos en materia de ejercicio de derechos", el plazo de dictaminación de los proyectos no podrá exceder de 40 días hábiles. 9. Al concluir este periodo, se publicarán en la página de internet de la CDI los resultados de los procesos de selección. Si al término del plazo máximo de respuesta, la CDI no publicó una resolución en sentido favorable a la solicitud presentada, se entenderá que su petición fue resuelta en sentido negativo. 10. Una vez publicados los resultados, en los casos que aplique según el tipo de apoyo, las Instancias Ejecutoras o personas beneficiarias contarán con plazo máximo de 15 días naturales para acudir a las Unidades Administrativas Receptoras, a firmar el Convenio o Acuerdo en el que se formalizarán los derechos y obligaciones entre las partes para la ejecución, administración, seguimiento y evaluación de los proyectos. 11. La entrega de los recursos fiscales se realizará a través de transferencia electrónica y de acuerdo a los términos establecidos en el instrumento jurídico suscrito por las partes para acatar la normatividad de este Programa y asegurar el establecimiento de mecanismos de información sobre los recursos y las erogaciones realizadas, que permitan el puntual seguimiento de los proyectos, obras y acciones. 12. Previa justificación y autorización se podrán realizar ajustes al proyecto autorizado y sus adecuaciones serán establecidas en los Convenios Modificatorios que suscriban las partes. 13. Es responsabilidad de las instancias ejecutoras o personas beneficiarias realizar la comprobación de los recursos otorgados y presentar los informes y avances físico-financieros conforme a lo establecido en los convenios o acuerdos que se suscriban. 14. Personal de la CDI (responsables estatales de los tipos de apoyo y oficinas centrales) dará seguimiento y evaluación de gabinete y de campo a las actividades desarrolladas por los proyectos apoyados por el Programa. 15. La vigencia de los apoyos que se otorguen será durante el ejercicio fiscal correspondiente. Dicho procedimiento se rige de conformidad con los criterios aquí descritos y los establecidos en los anexos 1.A, 2.A.1, 2.A.2, 2.A.3 y 3.A denominados Guías de Operación y Procedimiento. 4.1.2. Proceso de apoyo a indígenas que enfrenten una eventualidad que pone en riesgo su libertad, su salud o su permanencia en su lugar de residencia. Aplicable a los tipos de apoyo en materia de Excarcelación de Presos, Intérpretes-Traductores en Lenguas Indígenas, Peritajes en materia Antropológica/cultural, Asistentes en materia penal y registro civil, Apoyos para el Acceso a los Derechos de Indígenas Desplazados y Apoyo para el Acceso a la Atención Médica de Tercer Nivel, los cuales se sujetarán al procedimiento siguiente: 1. La CDI proporcionará los apoyos en materia de: · Excarcelación de Indígenas. · Intérpretes-Traductores en Lenguas Indígenas. · Peritajes en materia Antropológica/cultural. · Asistentes en materia penal y registro civil. · Apoyos para el Acceso a los Derechos de Indígenas Desplazados. · Apoyo para el Acceso a la Atención Médica de Tercer Nivel. 2. Los interesados deberán presentar solicitud de apoyo mediante escrito libre en original, ante las Unidades Administrativas Receptoras, en el que se plasme básicamente, el nombre del (los) posible (s) beneficiario (s), tipo de apoyo que requiere y datos de localización. La solicitud puede ser presentada por cualquier persona, institución pública u organización de la sociedad civil, acompañándose de los requisitos señalados en los Anexos 1.B.1, 1.B.2, 1.B.3, 1.B.4, 1.C y 4.A denominados Guías de Operación y Procedimiento. 3. Las Unidades Administrativas Receptoras al recibir la solicitud de apoyo deberán verificar que cumpla con los requisitos y deberán entregar acuse de recibo, en su caso, señalando los documentos o datos faltantes para que sean entregados en un plazo no mayor a 5 días hábiles. 4. Considerando el tipo de apoyo requerido y los criterios y requisitos de elegibilidad aplicables establecidos en los Anexos 1.B.1, 1.B.2, 1.B.3, 1.B.4, 1.C y 4.A denominados Guías de Operación y Procedimiento, las Unidades Administrativas Receptoras analizarán y dictaminarán la procedencia o improcedencia del apoyo institucional en un plazo máximo de 25 días hábiles contados a partir de la recepción de la solicitud. 5. Al concluir este periodo se le notificará al peticionario la respuesta a su solicitud; de no ocurrir lo anterior, al término del plazo máximo de respuesta, se entenderá que su petición fue resuelta en sentido negativo. 6. Una vez aprobada, los solicitantes acudirán a la Unidades Administrativas Receptoras para formalizar la entrega de recursos. 7. Para los tipos de apoyo que corresponda, es responsabilidad del beneficiario realizar la comprobación respecto de la totalidad de los recursos otorgados y de ser el caso, presentar los avances físicos y financieros de acuerdo a lo establecido en los instrumentos jurídicos suscritos. 8. Se dará seguimiento y evaluación de gabinete y de campo a las actividades apoyadas por parte de los responsables estatales y/o personal de oficinas centrales. 9. La vigencia de los apoyos que se otorguen será durante el ejercicio fiscal vigente. Dicho procedimiento se rige de conformidad con los criterios aquí descritos y los establecidos en los anexos 1.B. 1, 1.B.2, 1.B.3, 1.B.4, 1.C y 4.A denominados Guías de Operación y Procedimiento. II. Disposiciones de aplicación general para los apoyos otorgados en las Acciones de fortalecimiento para el Ejercicio de Derechos de Acceso a la Justicia, Excarcelación de Indígenas, Intérpretes-Traductores en Lenguas Indígenas, Peritajes en materia Antropológica/cultural, Asistentes en materia penal y Registro Civil, Apoyos para el Acceso a los Derechos de Indígenas Desplazados, Ejercicio de Derechos Culturales y de Comunicación, Derecho a la Igualdad de Género y Apoyo para el Acceso a la Atención Médica de Tercer Nivel, lo siguiente: 5. Derechos, obligaciones y causas de suspensión de los apoyos. 5.1. Derechos de las y los beneficiarios. · Recibir un trato digno, respetuoso, oportuno, equitativo y de calidad. · Acceder a los apoyos que otorga el Programa de acuerdo con lo establecido en estos Lineamientos y según disponibilidad presupuestal. · Recibir orientación de la CDI para la presentación de solicitudes de apoyo e integración de expedientes sin costo alguno. 5.2. Obligaciones de las y los beneficiarios. · Conducirse con verdad y aportar la información personal que la CDI requiera (edad, sexo, domicilio, grado máximo de estudios, ingreso, dependientes económicos, lugar de nacimiento, lengua indígena que habla, pueblo indígena al que pertenece, CURP, acta de nacimiento, copia de identificación oficial) los cuales estarán protegidos conforme a la legislación en la materia. · Cumplir con los requisitos establecidos en estos Lineamientos. · Aportar la información que la CDI requiera sobre los proyectos o acciones que les fueron financiadas. 5.3. Causales de suspensión de los apoyos. · Incumplir con lo establecido en los Lineamientos, Guías de Operación y Procedimiento, Convenios de Concertación y Acuerdos de Coordinación del Programa y en los proyectos o acciones autorizados. · Presentar información o documentación alterada o falsa. · No aplicar los recursos que se reciban conforme a los conceptos autorizados. 6. Participantes. 6.1. Ejecutoras. Las instancias ejecutoras de este Programa podrán ser: la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a través de sus diferentes Unidades Administrativas; sus Delegaciones Estatales y los Centros Coordinadores para el Desarrollo Indígena (CCDI´s); otras dependencias o instancias federales; los grupos de trabajo, núcleos agrarios u organizaciones conformadas por población indígena; la sociedad organizada formalmente constituida; las instituciones académicas o de investigación; así como los gobiernos estatales y municipales. 6.2. Instancia normativa. La CDI a través de las Direcciones Generales y Direcciones de Area que en términos de los tipos de apoyo descritos en el presente lineamiento, sean responsables de ejecutar en el ámbito de sus funciones cada una de las acciones aquí descritas, serán las instancias encargadas de interpretar los presentes lineamientos y están facultados para hacer las precisiones y definir los criterios de aplicación, del lineamiento y la normatividad que resulte aplicable. 7. Coordinación institucional. La Instancia Normativa establecerá la coordinación necesaria para garantizar que sus acciones no se contrapongan, afecten o presenten coincidencias con otros programas o acciones del Gobierno Federal; la coordinación institucional y vinculación de acciones busca potenciar el impacto de los recursos, fortalecer la cobertura de las acciones, detonar la complementariedad y reducir gastos administrativos. Con este mismo propósito, podrá establecer acciones de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, las cuales tendrán que darse en el marco de las disposiciones de los presentes Lineamientos y de la normatividad aplicable. 8. Ejecución. 8.1. Gastos Indirectos. Se destinará hasta el 6.65% del presupuesto total asignado al Programa para difusión y promoción del mismo, capacitación a personal institucional, asesoría, operación, seguimiento, supervisión y evaluación externa. 8.2. Recursos no Devengados. En el caso de que las Instancias Ejecutoras sean los beneficiarios del proyecto y cuenten con recursos no devengados o que no hayan sido utilizados en los fines autorizados al cierre del ejercicio fiscal correspondiente deberán reintegrarlos, con los aprovechamientos y rendimientos que generen dichos recursos, a la Unidad Administrativa respectiva ya sean CCDI´s, Delegaciones Estatales u Oficinas Centrales competentes, a más tardar el último día hábil de diciembre del ejercicio fiscal aplicable. 9. Auditoría, Control y Seguimiento. Los recursos que la Federación otorga para este Programa podrán ser revisados por la Secretaría de la Función Pública (SFP), Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes. Como resultado de las acciones de auditoría que se lleven a cabo, las instancias de control que las realicen mantendrán un seguimiento interno que les permita emitir informes de las revisiones efectuadas, dando principal importancia a la atención en tiempo y forma de las anomalías detectadas, hasta su total solventación. 10. Evaluación. La CDI podrá llevar a cabo en forma directa o a través de instancias especializadas, las evaluaciones que se consideren apropiadas conforme a sus necesidades y recursos disponibles. Para ello, se deberá considerar el análisis de la matriz de resultados del Programa, así como el seguimiento y monitoreo en la operación de los Tipos de apoyo, con el propósito de conocer y retroalimentar las posibles acciones futuras de mejora en su desempeño. Asimismo, se llevarán a cabo las evaluaciones que se determinen conforme a las disposiciones del Programa Anual de Evaluación, que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de la Función Pública y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política Pública de Desarrollo Social, para el ejercicio fiscal que corresponda. Al interior de la CDI, la coordinación del proceso estará a cargo de la Dirección General de Evaluación y Control. 11. Indicadores. Se evaluará la operación y resultados alcanzados, mediante la medición y seguimiento del ejercicio de los recursos, las acciones realizadas y el logro de las metas, para lo cual se utilizarán los indicadores que se especifican a continuación:
12. Transparencia. 12.1. Difusión. Conforme a las disposiciones establecidas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal correspondiente, estos Lineamientos, sus apartados y anexos; además de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, estarán disponibles para la población en las Unidades Administrativas y Operativas, así como en la página electrónica www.cdi.gob.mx. Asimismo, se difundirá la mecánica para acceder a los tipos de apoyo descritos en los presentes Lineamientos y sus alcances, a través del Sistema de Radiodifusoras Culturales Indigenistas que opera la CDI. La papelería, documentación oficial, así como la publicidad y difusión del Programa, deberán incluir la siguiente leyenda: "Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Todo el gasto en comunicación social relacionado con la publicidad que se adquiera para este Programa por parte de las dependencias y entidades, así como aquel relacionado con los recursos presupuestarios federales que se transfieren a las entidades federativas, municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, que se aplique a través de anuncios en medios electrónicos, impresos, complementarios o de cualquier otra índole, deberá señalar que se realizan con los recursos federales aprobados en este presupuesto e incluir la leyenda señalada en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal correspondiente. El Programa deberá integrar y publicar su padrón de beneficiarios conforme a lo previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Se deberán identificar en sus padrones o listados de beneficiarios a las personas físicas, en lo posible, con la Clave Unica de Registro de Población; asimismo la información que se genere será desagregada, por sexo, grupo de edad, lengua y pueblo indígena, región del país, entidad federativa, municipio o demarcación territorial del Distrito Federal. Se deberá informar de manera directa a las personas beneficiarias el apoyo otorgado. Esto se dará a conocer en los términos previstos por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y su Reglamento, en particular lo señalado en su artículo 7, fracción XI de la citada ley y 19 del Reglamento; y Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. 12.2. Confidencialidad La Unidad Administrativa responsable de operar cada uno de los tipos apoyos materia de estos Lineamientos deberá informar sobre su aviso de privacidad a quienes se benefician de su proyecto o apoyo, en cada uno de los documentos, en los cuales recaben datos personales y datos personales sensibles de las y los beneficiarios, de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. 12.3. Acciones de Blindaje Electoral. En la operación y ejecución de los recursos federales de este Programa se deberán observar y atender las medidas que emita la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) y que en su caso difunda la Coordinación General de Administración y Finanzas en su carácter de Enlace de Transparencia ante la Secretaría de la Función Pública, para impedir que el Programa sea utilizado con fines políticos electorales en el desarrollo de procesos electorales federales, estatales y municipales. 13. Quejas y Denuncias. Las quejas y denuncias de la ciudadanía en general, se captarán a través del Organo Interno de Control en la CDI, específicamente en el Area de Quejas, ubicada en la Avenida México Coyoacán número 343, piso 2, Colonia Xoco, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03330, en la Ciudad de México, Distrito Federal, por Internet a la dirección electrónica: contraloria@cdi.gob.mx, responsabilidades@cdi.gob.mx, por teléfono al (01-55) 91-83-21-00, extensiones 7255 y 7270 y al Centro de Contacto Ciudadano al teléfono 01800 386 24 66 en el interior de la República, así como al 2000 2000 en la Ciudad de México, de igual forma se recibirán en el correo electrónico: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx. La(s) persona(s) que presente(n) quejas o denuncias deberá(n) proporcionar los datos para su posterior localización; asimismo, deberá(n) indicar los hechos presuntamente irregulares, así como el o los nombres de las o los servidores públicos. 14. Diagramas de Flujo. 14.1. Del Proceso de otorgamiento de recursos mediante convocatoria. ![]() ![]() 14.2. Del proceso de otorgamiento de apoyos a indígenas que enfrentan una eventualidad que pone en riesgo su libertad, su identidad, su salud o su permanencia en su lugar de residencia. ![]()
Fundamento Legal: Numeral 3.3.2, inciso 1). del "Acuerdo por el que se emiten los lineamientos para el Programa de Derechos Indígenas a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas del ejercicio fiscal 2016". 2. Unidad Administrativa Responsable de la Operación: Las atribuciones y responsabilidades de las Unidades Administrativas involucradas en la operación del tipo de apoyo denominado Acciones de Fortalecimiento para el Ejercicio de Derechos, se encuentran delimitadas en: · Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. · Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y su Reglamento. · Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. 3. Etapa de Programación y Presupuestación. El área responsable elaborará el proyecto de presupuesto para el ejercicio fiscal correspondiente, el cual deberá ser aprobado por la Coordinación General de Administración y Finanzas (CGAF) y validado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), así como autorizarse en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación. El área responsable distribuirá el presupuesto autorizado de acuerdo a las acciones a desarrollar y determinará un techo presupuestal para cada unidad administrativa el cual puede ser sujeto de ampliaciones o reducciones en función de la demanda, de acuerdo con la normatividad aplicable. Las unidades administrativas serán las responsables de la aplicación de los recursos transferidos y atenderán bajo su responsabilidad la ejecución de las acciones en los términos que para tal efecto determinen los Lineamientos. 4. Etapa de Difusión. Los Lineamientos, convocatorias y diversos anexos aplicables a este tipo de apoyo, serán difundidos a través de las Unidades Administrativas, página de internet y Sistema de Radiodifusoras Culturales Indigenistas de la CDI. Para el caso de las acciones de Registro Civil, adicional a lo anterior, se difundirá este apoyo entre los gobiernos estatales preferentemente, de manera conjunta entre CDI y la Secretaría de Gobernación. 5. Descripción de los Conceptos de Apoyo Modalidad A Capacitación para la prevención del delito en materia de trata de personas. Esta modalidad se dirige a instituciones académicas (IA) y asociaciones civiles (A.C.). 1. A Criterios: Los solicitantes deberán sujetarse a los siguientes criterios: a) Estar interesados en realizar acciones de capacitación en materia de trata de personas en favor de la población indígena. b) Contar con personalidad jurídica. c) Ningún servidor público de CDI podrá formar parte de la instancia solicitante ni recibir pago alguno por colaborar en el proyecto. d) Se recibirá sólo una propuesta por instancia solicitante. e) Las acciones que se propongan deberán dirigirse, preferentemente, a comunidades indígenas ubicadas en los estados de Chiapas, Chihuahua, Distrito Federal, Guerrero, Hidalgo, Puebla, Tlaxcala, Oaxaca y Veracruz(1), con el propósito de atender a potenciales víctimas de la trata de personas. 2. A Requisitos: a) Solicitud en original mediante escrito libre. b) Proyecto sin fines de lucro, que tenga como objetivo desarrollar actividades de capacitación para la prevención del delito en materia de trata de personas. c) Escrito bajo protesta de decir verdad que entre los integrantes de la instancia solicitante no se encuentra algún servidor público de la CDI. d) Presentación del currículo de las personas que realizarán las acciones del proyecto. e) Cartas descriptivas y metodología que se utilizará en la impartición de los talleres, la cual deberá especificar temáticas a abordar, así como mecanismos de evaluación de los conocimientos adquiridos por los beneficiarios. f) Clave Unica de Registro de Población (CURP) del representante legal. g) Delimitación del área geográfica precisando municipios y comunidades, número de beneficiarios directos e indirectos por localidad, hombres y mujeres, así como pueblo indígena por atender. h) Calendario mensual de actividades con fechas específicas. i) Desglose por partidas del presupuesto solicitado de acuerdo al documento denominado "elementos básicos para la presentación de proyectos". j) El número de beneficiarios que se proponga dentro de los proyectos de capacitación no podrá ser menor a 50 personas; asimismo, en caso de que varias propuestas concurran en una sola localidad se priorizarán tres proyectos, de acuerdo al impacto, temática, objetivos y diagnóstico presentado. Adicional a lo anterior las instituciones académicas deberán presentar la siguiente documentación: · Copia simple del decreto de creación o documento constitutivo. · Presentación en copia de la estructura institucional que participará en la operación del proyecto, indicando la manera en la que se vinculará con la ejecución de las acciones. · Copia Simple del Registro Federal de Contribuyentes (R.F.C.) de la instancia solicitante. Asimismo, las asociaciones civiles deberán presentar además la siguiente documentación: · Copia del Acta Constitutiva protocolizada. · Copia de la protocolización de la mesa directiva vigente. · Ambos instrumentos deberán exhibir la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio. · Copia de la factura electrónica, no serán consideradas facturas electrónicas con carácter de donativo. Con fundamento en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, se deberá presentar el documento denominado Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), mismo que debe encontrarse en sentido positivo y en donde se haga constar que la A.C. no registra incumplimiento con sus obligaciones fiscales. · Las asociaciones civiles constituidas en el ejercicio vigente sólo deberán presentar copia de la Clave Unica de Registro (CLUNI). · Las asociaciones sociales constituidas en ejercicios anteriores presentarán únicamente copia del acuse del Informe anual entregado a INDESOL en el ejercicio fiscal inmediato anterior. · Original de la(s) Carta(s) Aval con nombre, firmada(s), sellada(s) y fechada(s) por las autoridades comunitarias, ejidales y/o vecinales del área de cobertura donde se ejecutará el proyecto postulante. Si las acciones se pretenden realizar en cabecera municipal, se podrá presentar aval municipal. · Documentación que dé constancia de trabajos previos que permitan acreditar que se cuenta con la experiencia en el tema de trata de personas. 3. A Montos de Apoyo Apoyo económico a instituciones académicas y asociaciones civiles para el desarrollo de acciones de capacitación para la prevención del delito en materia de trata de personas. El monto de apoyo por proyecto podrá ser de hasta $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.). 4. A Procedimiento 4. A. 1. Descripción de la Convocatoria. Se emitirá de manera conjunta con los Lineamientos, una convocatoria pública dirigida a instituciones académicas y asociaciones civiles para participar en el proceso de selección de proyectos de capacitación para la prevención del delito en materia de trata de personas, la cual se encontrará abierta por un periodo de 30 días naturales. En la convocatoria se establecerán los requisitos, bases y procedimientos para acceder a los conceptos de apoyo establecidos en la normatividad. 4. A. 2 Elementos básicos para la integración de proyectos. A partir de la entrada en vigor de la convocatoria y hasta el cierre de la misma, se encontrará a disposición de los interesados el documento denominado "Elementos básicos para la integración del proyectos", en las unidades operativas de la CDI y en la página de internet www.cdi.gob.mx. 4 .A. 3. Etapa de Recepción de Proyectos. Las sedes de recepción de las propuestas serán las Delegaciones Estatales y Oficinas Centrales de la CDI de acuerdo con la cobertura geográfica del proyecto. Las Unidades Administrativas al recibir cada solicitud, deberán verificar que el expediente cumpla con los requisitos señalados en la convocatoria respectiva y deberán entregar a quien solicita, el acuse de recibo, en su caso, señalando los documentos o datos faltantes para que sean entregados en un plazo no mayor a 5 días hábiles. Las Delegaciones Estatales deberán remitir al área responsable en Oficinas Centrales, mediante correo electrónico un día después del cierre de la convocatoria pública, el Formato Unico de Recepción de Proyectos; asimismo enviarán copia de los proyectos recibidos dentro de su cobertura de atención; en su caso, los proyectos recibidos en Oficinas Centrales, serán remitidos a la Delegación Estatal correspondiente. 4. A. 4. Etapa de Dictaminación. Las Delegaciones Estatales elaborarán un predictamen, mismo que deberá ser presentado en el proceso de dictaminación de proyectos a nivel nacional. El área responsable en Oficinas Centrales, enviará a las Delegaciones Estatales el calendario con fechas y horarios asignados a cada Entidad Federativa para su participación en el Comité Dictaminador, este comité se encontrará integrado por un representante del área responsable en Oficinas Centrales y un representante de la Delegación Estatal correspondiente, así como un representante de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, uno del Organo Interno de Control y uno de la Coordinación General de Delegaciones, estos últimos con el carácter de asesores. La valoración de la viabilidad se llevará a cabo verificando que las propuestas presentadas se apeguen a los requisitos y bases establecidas en la convocatoria. Los resultados de las sesiones de dictaminación, se plasmarán en una minuta que será firmada por los integrantes del Comité y que se acompañará con los predictámenes presentados por cada Delegación Estatal. 4. A. 5. Criterios para la Dictaminación de los Proyectos. a) Congruencia en los términos que establece la convocatoria pública. b) Valoración de los antecedentes de trabajo de la instancia solicitante en materia de trata de personas. c) Que las acciones del proyecto se encuentren dirigidas a comunidades indígenas de los estados de Chiapas, Chihuahua, Distrito Federal, Guerrero, Hidalgo, Puebla, Tlaxcala, Oaxaca y Veracruz. d) Distribución del presupuesto solicitado con relación al número de actividades a realizar, número de beneficiarios, así como distribución geográfica. e) Calendario de actividades acorde con el presupuesto solicitado, los recursos humanos y la infraestructura con la que cuenta la instancia solicitante. f) La documentación que se presente deberá encontrarse completa y legible. 4. A. 6 Criterios para la Asignación de Montos Financieros. a) Número de acciones propuestas, b) Número de beneficiarios programados, c) Cobertura geográfica y zona económica, y d) Distribución del gasto del proyecto. Modalidad B Prevención del alcoholismo y del delito. 1. B Criterios Los apoyos se otorgarán a las instituciones u organismos públicos y/o privados a nivel nacional o internacional que cumplan con los criterios establecidos en los presentes Lineamientos. De acuerdo con los procedimientos, plazos y términos legales, las solicitudes se atenderán conforme la disponibilidad presupuestal de este apoyo. 2. B Prevención del alcoholismo y del delito en comunidades indígenas Con el propósito de llevar a cabo tareas de prevención del alcoholismo y del delito, se suscribirán convenios con instituciones u organismos públicos y/o privados a nivel nacional o internacional, mismos que deberán estar debidamente acreditados en términos de la normatividad vigente, con el propósito de realizar acciones para la prevención del alcoholismo y del delito en las comunidades indígenas. 3. B Mecánica Operativa. Esta acción se llevará a cabo a través de la suscripción de convenios de colaboración que celebre la CDI con las instituciones u organismos públicos y/o privados a nivel nacional o internacional, con el propósito de realizar campañas de prevención del delito y alcoholismo en las comunidades indígenas. El monto del apoyo económico estará sujeto a lo que se estipule en los convenios y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal. Modalidad C Registro Civil El registro de nacimiento es una de las condiciones básicas que posibilita la participación social de las personas, los derechos derivados del registro de nacimiento facilitan su inclusión en la vida económica, política y cultural del país, así como el pleno acceso a otros aspectos tales como el derecho a la salud, a la educación, entre otros; de tal manera que la ausencia de inscripción del nacimiento en el registro civil constituye una violación del derecho humano a la identidad, reconocido en diversos instrumentos internacionales ratificados por el Estado Mexicano. 1. C Estrategia operativa Bajo este contexto, se promoverá el establecimiento de acciones de coordinación con los gobiernos estatales, promoviendo la participación de la Secretaría de Gobernación, a través del Registro Nacional de Población e Identificación Personal con el objeto de potenciar los apoyos y no duplicar esfuerzos en materia de identidad jurídica en beneficio de población indígena. Lo anterior, se realizará a través de la firma de Acuerdos de Coordinación para articular acciones con los gobiernos estatales. Las acciones se dirigirán a aquellas entidades federativas que cuentan con municipios indígenas con niveles de bajo y muy bajo registro oportuno de nacimiento, de acuerdo con el documento denominado Derecho a la identidad. La cobertura del registro de nacimiento en México en 1999 y 2009, elaborado por UNICEF y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía. 2. C Montos de Apoyo: Dentro de este tipo de apoyo se podrán destinar hasta $500,000.00 (Quinientos mil pesos 00/100 M.N.) para el desarrollo de jornadas estatales de registro civil en municipios indígenas con niveles de bajo y muy bajo registro oportuno de nacimiento. 3. C Procedimiento 3. C. 1. Recepción de propuestas Las propuestas se presentarán preferentemente, en el primer trimestre del ejercicio fiscal vigente. 3. C. 2. Criterios para la Asignación de Montos Financieros. a) Tipo de trámites a realizar b) Número de metas propuestas c) Número de población beneficiada Modalidad D Apoyo económico a proyectos estratégicos en materia de ejercicio de derechos 1. D. Criterios: Los apoyos económicos se otorgarán a asociaciones civiles para el desarrollo de proyectos de defensoría y representación legal en asuntos que involucren violación a los derechos humanos o violación a los derechos de identidad en torno a territorios y lugares sagrados; así como a núcleos agrarios para proyectos de defensoría y representación legal en materia agraria. Para acceder a este apoyo, los solicitantes deberán sujetarse a los siguientes criterios: a) Estar legalmente constituidos. b) Las asociaciones civiles no podrán contar entre los integrantes de su mesa directiva con algún servidor público de la CDI. c) Las asociaciones civiles, deberán estar al corriente con sus obligaciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en apego al artículo 32-d del Código Fiscal de la Federación; así como con las obligaciones que establece la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por las Organizaciones de la Sociedad Civil (LFFAROSC). e) Los proyectos presentados por los núcleos agrarios deberán atender, preferentemente, conflictos agrarios previos a la reforma al artículo 27 constitucional de 1992. f) Sólo se recibirá un proyecto por asociación civil o núcleo agrario. 2. D Requisitos: 2. D. 1 Proyectos de defensoría y representación legal en asuntos que involucren violación a los derechos humanos o violación a los derechos de identidad en torno a territorios y lugares sagrados, presentados por asociaciones civiles. a) Solicitud en original mediante escrito libre. b) Proyecto sin fines de lucro, que tenga como objetivo promover la defensoría y representación legal en asuntos que involucren violación a los derechos humanos o violación a los derechos de identidad en aspectos vinculados con protección de territorios y lugares sagrados. c) Copia simple del Acta Constitutiva protocolizada. d) Copia simple de la protocolización de la mesa directiva vigente. Ambos instrumentos deberán presentar la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio. e) Copia simple de la CURP del/los representante/s legal/es. f) Escrito bajo protesta de decir verdad en el que se establezca que entre los integrantes de la mesa directiva de la asociación civil participante no se encuentra algún servidor público de la CDI. g) Copia simple de la factura electrónica. No serán consideradas facturas electrónicas con carácter de donativo; asimismo se deberá presentar el documento denominado Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), mismo que debe encontrarse en sentido positivo y en el que se haga constar que la asociación civil legalmente constituida no registra incumplimiento con sus obligaciones fiscales. h) Las asociaciones civiles constituidas en el ejercicio vigente sólo presentarán copia simple de la Clave Unica de Registro (CLUNI). i) Las asociaciones civiles constituidas en ejercicios anteriores presentarán únicamente copia simple del acuse del Informe anual realizado ante INDESOL en el ejercicio fiscal inmediato anterior. j) Carta aval original, firmada y sellada por la autoridad local del lugar en donde se llevarán a cabo las actividades. k) Delimitación del área geográfica precisando municipios y comunidades, número de beneficiarios directos o indirectos por localidad, hombres y mujeres, así como pueblo indígena por atender. l) Calendario mensual de actividades con fechas específicas. m) Desglose por partidas del presupuesto solicitado de acuerdo al documento denominado "elementos básicos para la presentación de proyectos". Para los proyectos de gestión y defensoría, el porcentaje de gastos de la organización podrá ser de hasta el treinta (30%) por ciento del presupuesto total solicitado. 2. D. 2 Proyectos de defensoría y representación legal para la atención de conflictos agrarios presentados por núcleos agrarios. a) Copia simple de la Resolución Presidencial. b) Copia simple de los documentos que acrediten la vigencia de los representantes agrarios. Los documentos que se presenten para acreditar la personalidad jurídica deberán exhibir la inscripción en el Registro Agrario Nacional. c) Copia simple de la CURP del/los representante/s del Comisariado de Bienes Ejidales o Comunales. d) Carta aval firmada y sellada por los integrantes del Comisariado de Bienes Comunales o Ejidales y por los integrantes del Consejo de Vigilancia. e) Delimitación del área geográfica precisando municipios y comunidades, número de beneficiarios directos o indirectos por localidad, hombres y mujeres, así como pueblo indígena por atender. f) Calendario mensual de actividades con fechas específicas. g) Desglose por partidas del presupuesto solicitado de acuerdo al documento denominado "elementos básicos para la presentación de proyectos". Para los proyectos de gestión y defensoría, el porcentaje de gastos de la organización podrá ser de hasta el treinta (30%) por ciento del presupuesto total solicitado. 3. D Descripción de los Conceptos de Apoyo: Apoyo económico a proyectos estratégicos en materia de ejercicio de derechos dirigidos a asociaciones civiles y núcleos agrarios para desarrollo de proyectos en las siguientes categorías. : a) Defensoría y representación legal en asuntos que involucren violación a los derechos humanos o violación a los derechos de identidad (territorios y lugares sagrados) presentados por asociaciones civiles. b) Defensoría y representación legal para la atención de conflictos agrarios previos a la reforma al artículo 27 constitucional llevada a cabo en el año 1992. En ambas modalidades, el monto de apoyo por proyecto podrá ser de hasta $250,000.00 (Doscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.). 4. D Procedimiento: 4. D. 1. Descripción de la Convocatoria. Se emitirá de manera conjunta con los Lineamientos, una convocatoria pública para participar en el proceso de selección de proyectos de defensoría y representación legal en asuntos que involucren violación a los derechos humanos o violación a los derechos de identidad (territorios y lugares sagrados); así como para proyectos de defensoría y representación legal en conflictos agrarios, la cual se encontrará abierta por un periodo de 30 días naturales. En esta convocatoria se establecerán los requisitos, bases y procedimientos para acceder a los conceptos de apoyo establecidos en la normatividad. 4. D. 2. Elementos básicos para la integración de proyectos. A partir de la entrada en vigor de la convocatoria y hasta el cierre de la misma, se encontrará a disposición de los interesados el documento denominado "Elementos básicos para la integración del proyectos", en las unidades operativas de la CDI y en la página de internet www.cdi.gob.mx. 4. D. 3. Etapa de Recepción de Proyectos. Las sedes de recepción de las propuestas serán las Delegaciones Estatales, los CCDI´s y Oficinas Centrales de acuerdo a la cobertura geográfica del proyecto. Las Unidades Administrativas Receptoras al recibir cada solicitud, deberán verificar que el expediente cumpla con los requisitos señalados en la convocatoria respectiva y deberán entregar a quien solicita, el acuse de recibo, en su caso, señalando los documentos o datos faltantes para que sean entregados en un plazo no mayor de 5 días hábiles. Las Delegaciones Estatales deberán remitir al área responsable en Oficinas Centrales, mediante correo electrónico un día después del cierre de la convocatoria pública, el Formato Unico de recepción de proyectos y enviarán copia de los proyectos recibidos dentro de su cobertura de atención; en su caso, los proyectos recibidos en Oficinas Centrales, serán remitidos a la Delegación Estatal correspondiente. 4. D. 4. Etapa de Dictaminación. Las Delegaciones Estatales y CCDI´s, elaborarán un predictamen, mismo que deberá ser presentado en el proceso de dictaminación de proyectos a nivel nacional. Para la elaboración de los predictámenes, las Delegaciones Estatales deberán considerar los techos presupuestales asignados. El área responsable en Oficinas Centrales, enviará a las Delegaciones Estatales el calendario con fechas y horarios asignados a cada Entidad Federativa para su participación en el Comité Dictaminador, este comité se encontrará integrado por un representante del área responsable en Oficinas Centrales y un representante de la Delegación Estatal correspondiente, así como un representante de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, uno del Organo Interno de Control y uno de la Coordinación General de Delegaciones, estos últimos como asesores. La valoración de la viabilidad de los proyectos, la llevará a cabo la Delegación Estatal; el equipo de Oficinas Centrales verificará que las propuestas presentadas cumplan con los requisitos y bases establecidas en la convocatoria. Los resultados de las sesiones de dictaminación, se registrarán en una minuta que será firmada por los participantes del Comité y que se acompañará de los predictámenes presentados por cada Delegación Estatal. En el caso de los tipos de apoyo "Capacitación para la prevención del delito en materia de trata de personas" y "Apoyo económico a proyectos estratégicos en materia de ejercicio de derechos", el plazo de dictaminación de los proyectos no podrá exceder de 40 días naturales. 4. D. 5. Criterios para la Dictaminación de los Proyectos. a) Congruencia en los términos que establece la convocatoria pública. b) Para el caso de las asociaciones civiles, se valorarán los antecedentes de trabajo vinculados con su experiencia en el tema. c) Que las acciones propuestas promuevan el fortalecimiento y la cohesión comunitaria. d) Considerar el reconocimiento comunitario a la asociación civil o núcleo agrario, a través de la presentación de las cartas avales. e) Distribución del presupuesto solicitado con relación al número de actividades por realizar, población por atender, así como distribución geográfica. f) Calendario de actividades acorde con el presupuesto solicitado, los recursos humanos y la infraestructura con la que cuenta la organización. 4. D. 6. Criterios para la Asignación de Montos Financieros. a) Tipo de actividades b) Número de metas a realizar c) Número de beneficiarios d) Cobertura geográfica planteada e) Distribución del gasto del proyecto. 5. Resultados de la Dictaminación. Para el caso de las propuestas presentadas en el marco de las convocatorias públicas, concluido el proceso de dictaminación, los resultados se publicarán en la página de internet de la CDI. Las instancias ejecutoras cuyo proyecto resulte aprobado, serán informadas por escrito sobre los términos para la suscripción de los convenios de concertación, en los que se formalizarán los derechos y obligaciones entre las partes para la ejecución, administración, seguimiento y evaluación del proyecto. Si al término del plazo máximo de respuesta, la CDI no publicó una resolución en sentido favorable a la solicitud presentada, se entenderá que su petición fue resuelta en sentido negativo. Para este caso, las instancias ejecutoras cuyo proyecto no haya sido aprobado, podrán solicitar por escrito los resultados del dictamen en un periodo no mayor a diez días hábiles a partir de la publicación de los resultados. 6. Celebración de Convenios de Concertación y Acuerdos de Coordinación Una vez publicados los resultados en la página de internet de la CDI, las instancias ejecutoras con proyectos aprobados contarán con 15 días naturales para acudir a la Delegación Estatal correspondiente a su cobertura de atención para la suscripción del Convenio de Concertación, de no suscribirse el instrumento jurídico en el plazo señalado, se cancelará el apoyo autorizado, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas. En caso de que alguna instancia ejecutora, no se encuentre de acuerdo con los términos para la suscripción del convenio y renuncie a los recursos autorizados, lo deberá notificar por escrito a la Unidad Operativa correspondiente, y ésta a su vez deberá informar por escrito al área responsable en Oficinas Centrales. El Convenio de Concertación se debe elaborar en cuatro tantos; un tanto queda bajo resguardo del área responsable de cada Delegación Estatal, otro tanto en el Departamento de Administración de la Delegación Estatal, uno más para el área responsable en Oficinas Centrales y otro para la instancia ejecutora. Referente a las acciones de Registro Civil para la realización de acciones en materia de registro civil, una vez autorizadas las propuestas y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal se suscribirá dicho Acuerdo, en el que se establecerán los derechos y obligaciones de las partes, este instrumento jurídico se acompañará de un programa de trabajo detallado sobre las acciones a realizar. 7. Ministración de los Recursos. La entrega de recursos fiscales a las Instancias Ejecutoras se realizará en dos ministraciones de acuerdo a los términos establecidos en el Convenio de Concertación y/o modificatorio que se suscriba, mediante transferencia electrónica a cuenta bancaria a nombre de la instancia ejecutora. Sólo en casos excepcionales se acordará otra forma de pago. La segunda ministración se entregará en los plazos fijados en el convenio de concertación, previa entrega de los informes físico-financieros que corroboren la correcta aplicación de los recursos y desarrollo óptimo de las actividades. No podrá realizarse la entrega de la segunda ministración, hasta no encontrarse comprobados en su totalidad los recursos de la primera parte. En caso de que una instancia ejecutora no entregue los informes financieros y de actividades en tiempo y forma, la unidad administrativa deberá notificar por escrito al área responsable en Oficinas Centrales para los efectos que correspondan. Las comprobaciones financieras y los reportes de actividades deberán cubrir los requisitos marcados en el "Instructivo para la Elaboración de Informes Financieros y de Actividades" que será entregado a las instancias ejecutoras para su conocimiento y aplicación, y que podrá ser consultado en la página de internet de la CDI. El área responsable en Oficinas Centrales y Delegaciones Estatales revisarán los informes financieros y de actividades, según corresponda; de encontrarse observaciones a los mismos se comunicarán por escrito a la instancia ejecutora respectiva en un plazo no mayor a quince días hábiles. Una vez recibidas las observaciones, las instancias ejecutoras contarán con un periodo de 10 días hábiles para solventarlas. En el caso de la modalidad de Registro Civil, la entrega de recursos fiscales a los gobiernos de los estados se realizará de acuerdo a los términos establecidos en el Acuerdo de Concertación, mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria correspondiente. Se deberá presentar de manera trimestral un informe cualitativo y cuantitativo de las acciones realizadas en el marco del acuerdo de coordinación; así como un reporte financiero del ejercicio de los recursos. Al término de la vigencia del acuerdo, el Gobierno del Estado a través de la Dirección Estatal de Registro Civil deberá entregar un informe final que dé cuenta de las acciones realizadas y los recursos ejercidos. 8. Convenio Modificatorio al Convenio de Concertación. En caso de existir suficiencia presupuestal, se podrán ampliar los apoyos otorgados en las modalidades A y D, y se otorgará a aquellas instancias ejecutoras que hayan dado cumplimiento a los objetivos y metas establecidas en el Convenio de Concertación, para lo cual se notificará a las Delegaciones Estatales, con el propósito de que éstas difundan dicha información entre los interesados que se encuentren en este supuesto. La solicitud de ampliación deberá presentarse mediante escrito libre, acompañada de la propuesta correspondiente, misma que deberá contener objetivos, metas, cobertura, número de beneficiarios desglosados por hombres y mujeres por cada una de las localidades planteadas; así como el presupuesto solicitado. Dicha ampliación se formalizará mediante la suscripción de un Convenio Modificatorio, pudiendo ser de hasta el 40% sujeta a la disponibilidad presupuestal. 9. Integración de Expedientes. Los expedientes se integrarán por cada una de las propuestas aprobadas, los cuales se encontrarán en resguardo de la Delegación Estatal o el área responsable en oficinas centrales, de acuerdo a su cobertura de atención; estos expedientes deberán contar con la siguiente documentación: a) Original de la solicitud por escrito y proyecto, así como los anexos presentados en el marco de la convocatoria pública. b) Original del Convenio de Concertación. c) En su caso, reajuste de metas y presupuesto. d) Copia de las facturas electrónicas (comprobante fiscal digital) que amparen la entrega de los recursos autorizados; para el caso de los núcleos agrarios será copia de los recibos simples. e) Copia del o los Informes físico-financieros, y f) Toda la documentación que se derive de la relación convenida. En el marco de la modalidad C Jornada Nacional de Registro Civil, se integrará un expediente por cada acuerdo de coordinación suscrito, el cual se encontrará en resguardo de la Delegación Estatal correspondiente, estos expedientes deberán contar con la siguiente documentación: a) Propuesta técnica b) Original del Acuerdo de Coordinación suscrito c) Copia de la documentación fiscal que ampare la entrega de los recursos autorizados d) Copia de los reportes trimestrales cuantitativos y cualitativos, así como del reporte financiero e) Toda la documentación que se derive de la relación convenida 10. Etapa de Seguimiento y Evaluación. Las Delegaciones Estatales y el área responsable en Oficinas Centrales, llevarán a cabo el seguimiento al trabajo desarrollado por las instancias ejecutoras con relación a las metas comprometidas en el Convenio de Concertación, Acuerdo de Coordinación y en su caso, Convenio Modificatorio, con el propósito de verificar la aplicación correcta de los recursos otorgados y el cumplimiento de objetivos y metas establecidas. El seguimiento se realizará mediante la revisión de los reportes presentados por las instancias ejecutoras; así como a través de evaluación y acompañamiento en campo de las acciones desarrolladas. Al término de la vigencia de los proyectos apoyados dentro de las modalidades A y D, de acuerdo a lo establecido en los convenios de concertación; cada Delegación Estatal, deberá elaborar el Informe Pormenorizado que contenga de manera detallada la información sobre las acciones, presupuesto ejercido y resultados por cada uno de los proyectos apoyados de acuerdo a su cobertura de atención. Este informe deberá remitirse en original al área responsable en Oficinas Centrales debidamente firmado por el Delegado Estatal. 11 FORMATOS Formato 11.1 Convocatoria para las Acciones de fortalecimiento para el ejercicio de derechos DIRIGIDA A LAS INSTITUCIONES ACADEMICAS, ASOCIACIONES CIVILES (A.C.), NUCLEOS AGRARIOS, PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCION DE PROYECTOS PARA EL EJERCICIO DE DERECHOS DE ACCESO A LA JUSTICIA EN BENEFICIO DE POBLACION INDIGENA. En términos de lo establecido en el "Acuerdo por el que se emite los Lineamientos para el Programa de Derechos Indígenas a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas del ejercicio fiscal 2016" en el tipo de apoyo "Acciones de fortalecimiento para el ejercicio de derechos" se establecen diversas modalidades las cuales son las siguientes: 1. MODALIDAD A. CAPACITACION PARA LA PREVENCION DEL DELITO EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS. Podrán participar en esta modalidad las instituciones académicas y asociaciones civiles (A.C.) con el propósito de impartir capacitación para la prevención del delito en materia de trata de personas siempre que cumplan con los siguientes: CRITERIOS Los solicitantes deberán sujetarse a los siguientes criterios: a) Estar interesados en realizar acciones de capacitación en materia de trata de personas en beneficio de la población indígena. b) Contar con personalidad jurídica. c) Ningún servidor público de CDI podrá formar parte de la instancia solicitante ni recibir pago alguno por colaborar en el proyecto. d) Se recibirá sólo una propuesta por instancia solicitante. e) Las acciones que se propongan deberán dirigirse a comunidades indígenas ubicadas en los estados de Chiapas, Chihuahua, Distrito Federal, Hidalgo, Puebla, Tlaxcala, Oaxaca y Veracruz1/, con el propósito de atender a potenciales víctimas de la trata de personas. REQUISITOS a) Solicitud en original mediante escrito libre. b) Proyecto sin fines de lucro, que tenga como objetivo desarrollar actividades de capacitación para la prevención del delito en materia de trata de personas. c) Escrito bajo protesta de decir verdad que entre los integrantes de la instancia solicitante no se encuentra algún servidor público de la CDI. d) Presentación del currículo de las personas que realizarán las acciones del proyecto. e) Cartas descriptivas y metodología que se utilizará en la impartición de los talleres, la cual deberá especificar temáticas a abordar, así como mecanismos de evaluación de los conocimientos adquiridos por los beneficiarios. f) Clave Unica de Registro de Población (CURP) del representante legal. Adicional a lo anterior las instituciones académicas deberán presentar la siguiente documentación: · Copia simple del decreto de creación o documento constitutivo. · Presentación en copia de la estructura institucional que participará en la operación del proyecto, indicando la manera en la que se vinculará con la ejecución de las acciones. · Copia Simple del Registro Federal de Contribuyentes (R.F.C.) de la instancia solicitante. Asimismo, las asociaciones civiles deberán presentar también la siguiente documentación: · Copia del Acta Constitutiva protocolizada. · Copia de la protocolización de la mesa directiva vigente. · Ambos instrumentos deberán exhibir la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio. · Copia de la facturas electrónica, no serán consideradas factura electrónicas con carácter de donativo; asimismo con fundamento en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, se deberá presentar el documento denominado Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), mismo que debe encontrarse en sentido positivo y en donde se haga constar que la organización legalmente constituida no registra incumplimiento con sus obligaciones fiscales. · Las asociaciones civiles constituidas en el ejercicio vigente sólo deberán presentar copia de la Clave Unica de Registro (CLUNI). · Las asociaciones civiles constituidas en ejercicios anteriores presentarán únicamente copia del acuse del Informe anual realizado ante INDESOL en el ejercicio fiscal inmediato anterior. · Original de la(s) Carta(s) Aval con nombre, firmada(s), sellada(s) y fechada(s) por las autoridades comunitarias, ejidales y/o vecinales del área de cobertura donde se ejecutará el proyecto postulante. Si las acciones se pretenden realizar en cabecera municipal, se podrá presentar aval municipal. · Documentación que de constancia de trabajos previos que permitan advertir que se cuenta con la experiencia en el tema de trata de personas. g) Delimitación del área geográfica precisando municipios y comunidades, número de beneficiarios directos o indirectos por localidad, hombres y mujeres, así como pueblo indígena por atender. h) Calendario mensual de actividades con fechas específicas. i) Desglose por partidas del presupuesto solicitado de acuerdo al documento denominado "elementos básicos para la presentación de proyectos". Para los proyectos de capacitación los gastos de capacitación personal (personal y oficinas) no podrán rebasar el 10%. Para los proyectos de gestión y defensoría, el porcentaje de gastos de la organización podrá ser de hasta el treinta (30%) por ciento del presupuesto total solicitado. j) El número de beneficiarios que se proponga dentro de los proyectos de capacitación no podrá ser menor a 50 personas; asimismo, en caso de que varias propuestas concurran en una sola localidad se priorizarán tres proyectos, de acuerdo al impacto, temática, objetivos y diagnóstico presentado. MONTO DE APOYO ECONOMICO. El monto del apoyo económico será de hasta $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.). 2. MODALIDAD D. APOYO ECONOMICO A PROYECTOS ESTRATEGICOS EN MATERIA DE EJERCICIO DE DERECHOS. Podrán participar en esta modalidad las asociaciones civiles (A.C.) para el desarrollo de proyectos de defensoría y representación legal en asuntos que involucren violación a los derechos humanos o violación a los derechos de identidad (territorios y lugares sagrados); así como a núcleos agrarios para proyectos de defensoría y representación legal en materia agraria siempre que cumplan con los siguientes: CRITERIOS. Para acceder a este apoyo, los solicitantes deberán sujetarse a los siguientes criterios: a) Estar legalmente constituidos. b) Las asociaciones civiles no podrán contar entre los integrantes de su mesa directiva con algún servidor público de la CDI. En caso de que un funcionario de la CDI participe en actividades del proyecto apoyado, no podrá recibir pago alguno. c) Las asociaciones civiles, deberán estar al corriente con sus obligaciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en apego al artículo 32-d del Código Fiscal de la Federación; así como con las obligaciones que establece la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por las Organizaciones de la Sociedad Civil (LFFAROSC). e) Los proyectos presentados por los núcleos agrarios deberán atender preferentemente conflictos agrarios previos a la reforma al artículo 27 constitucional llevada a cabo en el año 1992. f) Sólo se recibirá un proyecto por asociación civil o núcleo agrario. REQUISITOS 1.-Proyectos de defensoría y representación legal en asuntos que involucren violación a los derechos humanos o violación a los derechos de identidad (territorios y lugares sagrados) presentados por asociaciones civiles. a) Solicitud en original mediante escrito libre. b) Proyecto sin fines de lucro, que tenga como objetivo promover la defensoría y representación legal en asuntos que involucren violación a los derechos humanos o violación a los derechos de identidad en aspectos vinculados con protección de territorios y lugares sagrados. c) Copia simple del Acta Constitutiva protocolizada. d) Copia simple de la protocolización de la mesa directiva vigente. Ambos instrumentos deberán exhibir la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio. e) Copia simple de la CURP del/los representante/s legal/es. f) Escrito bajo protesta de decir verdad que entre los integrantes de la mesa directiva de la asociación civil participante no se encuentra algún servidor público de la CDI. g) Copia simple de la factura electrónica, no serán consideradas factura electrónicas con carácter de donativo; asimismo se deberá presentar el documento denominado Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), mismo que debe encontrarse en sentido positivo y en donde se haga constar que la organización legalmente constituida no registra incumplimiento con sus obligaciones fiscales. h) Las organizaciones constituidas en el ejercicio vigente sólo deberán presentar copia simple de la Clave Unica de Registro (CLUNI). i) Las organizaciones constituidas en ejercicios anteriores presentarán únicamente copia simple del acuse del Informe anual realizado ante INDESOL en el ejercicio fiscal inmediato anterior. j) Carta aval original firmada y sellada por la autoridad local del lugar en donde se llevarán a cabo las actividades. k) Delimitación del área geográfica precisando municipios y comunidades, número de beneficiarios directos o indirectos por localidad, hombres y mujeres, así como pueblo indígena por atender. l) Calendario mensual de actividades con fechas específicas. m) Desglose por partidas del presupuesto solicitado de acuerdo al documento denominado "elementos básicos para la presentación de proyectos". Para los proyectos de gestión y defensoría, el porcentaje de gastos de la organización podrá ser de hasta el treinta (30%) por ciento del presupuesto total solicitado. 2.-Proyectos de defensoría y representación legal para la atención de conflictos agrarios presentados por núcleos agrarios. a) Copia simple de la Resolución Presidencial. b) Copia simple de los documentos que acrediten la vigencia de los representantes agrarios. Los documentos que se presenten para acreditar la personalidad jurídica deberán exhibir la inscripción en el Registro Agrario Nacional. c) Copia simple de la CURP del/los representante/s del Comisariado de Bienes Ejidales o Comunales. d) Carta aval firmada y sellada por los integrantes del Comisariado de Bienes Comunales o Ejidales y por los integrantes del Consejo de Vigilancia. e) Delimitación del área geográfica precisando municipios y comunidades, número de beneficiarios directos o indirectos por localidad, hombres y mujeres, así como pueblo indígena por atender. f) Calendario mensual de actividades con fechas específicas. g) Desglose por partidas del presupuesto solicitado de acuerdo al documento denominado "elementos básicos para la presentación de proyectos". Para los proyectos de gestión y defensoría, el porcentaje de gastos de la organización podrá ser de hasta el treinta (30%) por ciento del presupuesto total solicitado. MONTO DE LOS APOYOS ECONOMICOS Apoyo económico para asociaciones civiles y núcleos agrarios para desarrollo de proyectos en las siguientes categorías: a) Defensoría y representación legal en asuntos que involucren violación a los derechos humanos o violación a los derechos de identidad (territorios y lugares sagrados) presentados por asociaciones civiles. b) Defensoría y representación legal para la atención de conflictos agrarios previos a la reforma al artículo 27 constitucional llevada a cabo en el año 1992. En ambas modalidades, el monto de apoyo por proyecto podrá ser de hasta $250,000.00 (Doscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.). BASES Para ambas modalidades los sujetos descritos para participar en esta convocatoria se sujetarán a las siguientes bases: 1.- Se recibirá sólo un proyecto por asociación civil, institución académica o núcleo agrario; y las actividades que se desarrollen en el proyecto no podrán ser presentadas paralelamente a otros programas de la CDI para su apoyo. 2.- No se considerarán los proyectos de asociaciones civiles que hayan incumplido con las obligaciones adquiridas mediante la firma de un convenio de concertación previo con la CDI en materia de promoción de los derechos de los pueblos indígenas. 3.- Ningún servidor público de la CDI podrá formar parte del cuerpo directivo de la organización participante, ni recibir pago alguno por colaborar en el proyecto. 4.- El apoyo económico a los proyectos estará condicionado a la aprobación del presupuesto de la CDI y a la disponibilidad de recursos, considerando los objetivos, las metas y la cobertura planteados. 5.- La decisión de la CDI será inapelable. PROCEDIMIENTO 1. A partir de la entrada en vigor de la presente convocatoria y hasta el cierre de la misma, se encontrará a su disposición los "Elementos básicos para la presentación de proyectos" en las unidades operativas de la CDI y en la página de internet www.cdi.gob.mx. 2. Las propuestas se recibirán en las Delegaciones Estatales y Centros Coordinadores para el Desarrollo Indígena de acuerdo a su cobertura de atención, así como en el área de Atención Ciudadana, que los canalizará al área correspondiente, en las oficinas de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas ubicadas en Av. México Coyoacán 343 planta baja, colonia Xoco, C.P. 03330, Delegación Benito Juárez, México, D.F. 3. La fecha límite para la recepción de documentos será a los 30 días naturales posteriores a la entrada en vigor de los Lineamientos del Programa de Derechos indígenas, con un horario de recepción de 09:00 hasta las 14:00 horas. 4. Al momento de la recepción de los proyectos, se deberá registrar el documento de verificación de requisitos, en caso de existir documentación faltante, el solicitante contará con cinco días hábiles para complementar la documentación. 5. Una vez cerrada la convocatoria, las propuestas serán valoradas por las Delegaciones Estatales y CCDI´s, para posteriormente de manera conjunta con personal de Oficinas Centrales, llevar a cabo la revisión y en su caso, autorización correspondiente; en esta revisión participará personal de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Coordinación General de Delegaciones y Organo Interno de Control de esta Comisión Nacional. 6. Los resultados se darán a conocer a más tardar 45 días naturales después del cierre de la presente convocatoria, mediante su publicación en la página de Internet de la CDI. 7. Si al término del plazo máximo de respuesta la CDI no ha dado respuesta, se entenderá que la solicitud fue resuelta en sentido negativo. 8. Para el caso de las asociaciones civiles y núcleos agrarios que resulten aprobados, se notificarán por escrito los términos para la suscripción del convenio de concertación y entrega de los recursos autorizados. Para mayor información comunicarse a la Delegación Estatal y/o Centro Coordinador para el Desarrollo Indígena más cercano o al área responsable en Oficinas Centrales, teléfono (55) 91-83-21-00 extensiones 7161, 7137, y 7138. Formato 11.2. Elementos básicos para la presentación de proyectos para las Acciones de fortalecimiento para el ejercicio de derechos 20___ (1) Los proyectos para las acciones de fortalecimiento para el ejercicio de derechos de los pueblos indígenas, presentados con motivo de la convocatoria pública 20___ (1), emitida por la CDI, deberán presentarse de acuerdo a lo siguiente: 1. Portada (una página) (2) · Nombre de la asociación civil o núcleo agrario (de acuerdo a su acreditación legal). · Nombre completo del proyecto. · Nombre del(os) responsable(s) de la ejecución del proyecto. · Domicilio completo (calle, número interior y exterior, colonia/localidad/municipio, código postal, estado). · Número telefónico, fax (con clave lada) y/o correo electrónico. 2. Perfil y trayectoria de la institución académica, asociación civil o núcleo agrario (mínimo 2 cuartillas) (3) · Relatar brevemente el origen de la institución académica, asociación civil o núcleo agrario, con qué objeto se funda y logros alcanzados a la fecha relacionados con los derechos de los pueblos indígenas. Así como vínculos con otras instituciones u organizaciones. · Señalar el perfil general de sus integrantes y su organigrama. · Indicar los recursos materiales con los que cuenta la organización, como instalaciones, equipo, servicios, vehículo, entre otros, en caso de tenerlos. 3. Justificación basada en un diagnóstico (tres páginas) (4) En este apartado se debe explicar la necesidad e importancia (el por qué) de ejecutar el proyecto en el área de cobertura que se pretende atender. Para ello es necesario detallar la problemática y situación de los derechos de los pueblos indígenas que prevalece en dicho lugar. El diagnóstico puede referirse a informes de relatores internacionales, recomendaciones de comisiones de derechos humanos, reportes de otras organizaciones sociales o a las propias experiencias de la organización solicitante; mencionar ejemplos claros o casos que estén ocurriendo y las consecuencias de no emprender medidas que las atiendan. 4. Delimitación del área geográfica (una página) (5) Describir brevemente el nombre y características de la región por atender. Por ejemplo, número de habitantes, pueblo indígena, condiciones de acceso y condiciones específicas de los beneficiarios (presos, migrantes, etc.). Es obligatorio incluir los nombres de los municipios y comunidades propuestas así como el número de beneficiarios directos (con los que tendrá trato inmediato) e indirectos (aquellos que de una u otra forma se benefician de los resultados). El número de beneficiarios debe ser desglosado en hombres y mujeres, por cada localidad que se pretende atender, para el caso de los proyectos de capacitación el número de beneficiarios que se propongan no podrá ser menor a 50 personas. 5. Objetivo general y específicos (media página) (6) El objetivo general debe definir claramente el/los logro/s que se espera/n alcanzar al final del proyecto y los específicos definir los medios más importantes a través de los cuales se logrará el propósito general. Es importante que se desglosen con precisión los objetivos particulares ya que las metas deben corresponder con cada uno de ellos. 6. Metas o productos cuantificables (media página) (7) Invariablemente se debe señalar el número de cada una de las metas o productos que se piensan alcanzar. Es decir, deben contabilizarse las acciones, que se pretenden materializar. Las metas deben ser congruentes con los objetivos planteados y con los recursos solicitados (No plantear objetivos o recursos que no se comprometen en las metas). 7. Metodología de trabajo y recursos humanos (dos páginas) (8) De acuerdo con la(s) actividad(es) a desarrollar, explicar qué métodos y técnicas se piensan aplicar en la consecución de las metas. Interesa conocer sobre todo las estrategias de trabajo y de acercamiento que se aplicarán con los beneficiarios del proyecto, antes que los planteamientos teóricos o conceptuales. Es importante mencionar que la metodología es determinante tanto para el alcance de las acciones como en los criterios para seleccionar las propuestas, por lo que se debe dar énfasis a las experiencias de trabajo construidas con los actores y no tanto a la complejidad de la redacción o del modelo metodológico. Por otro lado, deberá especificarse el número de personas que colaborarán en el proyecto y sus funciones, indicando al responsable del mismo, esto con el fin de poder acordar el acompañamiento, seguimiento y evaluación que sean necesarios. Para el caso de los proyectos de capacitación, se deberá presentar el perfil y trayectoria de la/s persona/s que impartirán los talleres, que dé constancia sobre su experiencia en el tema; detallar puntualmente las temáticas que se abordarán en cada sesión de capacitación, presentar la/s carta/s descriptiva/s correspondientes, en la/s que se establezca la duración y sede de los talleres. 8. Calendarización de las actividades (una página) (9) Las actividades se deben programar mes por mes (de____(9 bis)_____ a ____(9 bis)_____), estableciendo fechas y sedes exactas de la realización de las actividades planteadas. Las actividades deben ser acordes y equilibradas en relación con el personal que las ejecuta, recursos solicitados y cobertura del proyecto. 9. Desglose presupuestal por rubros (máximo 2 páginas) (10) Precisar el monto financiero, de acuerdo a las categorías establecidas según las actividades a realizar dentro del proyecto. Se debe especificar claramente cada partida de gasto, las cuales se dividen en dos grandes rubros: gastos de operación del proyecto y gastos de la organización. Para los proyectos de capacitación los gastos de la organización (personal y oficinas) no podrán rebasar el diez por ciento (10%). Para los proyectos de gestión y defensoría, el porcentaje de gastos de la organización podrá ser de hasta el treinta (30%) por ciento del presupuesto total solicitado. El presupuesto destinado en los conceptos de materiales, no podrá rebasar el diez por ciento (10%) de los recursos solicitados en el rubro de gastos de operación. No se autorizan compras de mobiliario de oficina y/o equipo de cómputo que sean considerados como activo fijo. Dentro del aporte de la organización, se deberán especificar los recursos económicos o en especie que aportará la organización social o núcleo agrario para la ejecución del proyecto. GASTOS DE OPERACION DEL PROYECTO
GASTOS DE LA INSTITUCION ACADEMICA, ASOCIACION CIVIL O NUCLEO AGRARIO.
Nota: Se deberán anexar todos los requisitos establecidos en la convocatoria pública. INSTRUCTIVO DE LLENADO Elementos básicos para la presentación de proyectos
Formato 11.3 Documento de verificación de requisitos.
Información para el solicitante. (6) Se le notifica que no entregó el requerimiento marcado con número(s) ________, por lo que se le apercibe de que deberá entregar la documentación faltante a más tardar el día: ________ (5 días hábiles), haciendo del conocimiento que en caso de no dar cumplimiento a lo señalado, su solicitud será desechada.
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Información para el solicitante. (6) Se le notifica que no entregó el requerimiento marcado con número(s) ________, por lo que se le apercibe de que deberá entregar la documentación faltante a más tardar el día: ________ (5 días hábiles), haciendo del conocimiento que en caso de no dar cumplimiento a lo señalado, su solicitud será desechada.
INSTRUCTIVO DE LLENADO Documento de verificación de requisitos.
FORMATO 11.4 MODELO DE CONVENIO CONCERTACION PARA LAS ACCIONES DE FORTALECIMIENTO PARA EL EJERCICIO DE DERECHOS CONVENIO DE CONCERTACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA COMISION", REPRESENTADA POR EL C._______(1)_________, __________(2)____________ EN _________(3)___________ Y POR LA OTRA, (LA INSTITUCION ACADEMICA, ASOCIACION CIVIL O NUCLEO AGRARIO) DENOMINADA___________(4)__________, A QUIEN EN ADELANTE SE DESIGNARA "LA INSTANCIA EJECUTORA" REPRESENTADA POR ________(5)_______ EN SU CARACTER DE ______ (5 BIS)_______, RESPECTIVAMENTE, DE _______(6)______, MISMAS QUE CUANDO ACTUEN EN CONJUNTO SE LES DENOMINARA "LAS PARTES", EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DERECHOS INDIGENAS, EN LO SUCESIVO "EL PROGRAMA", DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. El artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Apartado B, establece la obligación para la Federación, los Estados y los Municipios, de impulsar el desarrollo integral de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno. II. Que el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 20__ (39), publicado en el Diario Oficial de la Federación el ____ de (40) ____________ de 20____, establece en su artículo 2 que los recursos para el desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas se señalan en el Anexo 10 de ese Decreto, en los términos del artículo 2, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y conforme al artículo 41, fracción II, inciso j), de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se presentan desglosados por ramo y programa presupuestario. III. Con fecha ______ de___(41)______ de 20____, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos para el Programa de Derechos Indígenas a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas del Ejercicio Fiscal 2016", en adelante "LOS LINEAMIENTOS". IV. Contribuir a impulsar el reconocimiento, vigencia de derechos y el acceso a la justicia de los Pueblos Indígenas mediante el fortalecimiento de las capacidades de la población indígena para el ejercicio de sus derechos. DECLARACIONES I. De "LA COMISION" I.1 Que es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa, de conformidad con su Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 2003. I.2 Que tiene como objeto orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas, a fin de garantizar su libre determinación y autonomía, promoviendo la igualdad de oportunidades y eliminando cualquier práctica discriminatoria, estableciendo las políticas para promover y garantizar la vigencia de sus derechos, a través de una coordinación rectora, normativa, corresponsable y concurrente con los tres órdenes de gobierno. I.3 Que con fecha _____ de __(42)____ de 20____ se publicó en la página de internet de "LA COMISION" la convocatoria por la que se invita a concursar a las instituciones académicas, asociaciones civiles o núcleos agrarios en el proceso de selección de proyectos para la promoción de los derechos de los pueblos indígenas. I.4 Que "LA INSTANCIA EJECUTORA", resultó seleccionada para llevar a cabo el proyecto _______(7) ______ de acuerdo al resultado del dictamen publicado en la página de internet de "LA COMISION" de fecha ____(18)_____, dando origen a la firma del presente Convenio. I.5 Que acorde con lo anterior y con base en los objetivos y prioridades del Gobierno Federal, se encuentra en la mejor disposición de otorgar apoyo económico a "LA INSTANCIA EJECUTORA", para que éste lleve a cabo el proyecto denominado __________________________ (7). I.6 Que su representante cuenta con las atribuciones suficientes para suscribir el presente Convenio de conformidad con el poder general que contiene la escritura número___________(9)_________ de fecha ____________(10) __________________________, pasada ante el Notario número___________(11)__________ de __________________(12)___________________ Lic. _________________ (13) ______________. DECLARACIONES EN CASO DE QUE "LA INSTANCIA EJECUTORA" SEA UNA INSTITUCION ACADEMICA O ASOCIACION CIVIL. II. De "LA INSTANCIA EJECUTORA" II.1 Que se encuentra legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, mediante escritura número__________(9)_________, de fecha __________(10)___________ otorgada ante el Notario número_____(11)________, de_________(12)_____, Lic._________(13)_________, misma que en copia simple se agrega al presente Convenio como (Anexo I); inscrita en el Registro Público de la Propiedad _______________(15)__________________bajo el número ____________ (15 BIS)___________.) II.2 Que su objeto principal es: ____________________________ (20) __________________________. II.3 Que para llevar a cabo sus objetivos y metas para la atención y asesoría sobre la trata de personas en favor de la población indígena, hace la propuesta para desarrollar el proyecto denominado _____ (7) _____, por lo que estima de gran importancia el apoyo que para este efecto le proporcionará "LA COMISION" mediante la celebración del presente Convenio. II.4 Que ___________(5)______________, cuenta(n) con las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio, mismas que manifiesta(n) no le(s) ha(n) sido revocadas o modificadas a la fecha, como lo acredita(n) mediante escritura pública número_____(9)____, otorgada ante el Notario número_____(11)_____, de______(12)_____, Lic.______(13)_____, y que se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio de ____(15)____bajo el número ____(15 BIS)____ que en copia se agrega al presente Convenio como (Anexo II). II.5 Que para los efectos legales del presente Convenio, señala como su domicilio el ubicado en _____________________ (21) ____. DECLARACIONES EN CASO DE QUE "LA INSTANCIA EJECUTORA" SEA UN NUCLEO AGRARIO. II.- De "LA INSTANCIA EJECUTORA" II.1 Que mediante Resolución Presidencial y/o la Sentencia de los Tribunales Agrarios de fecha ____(14)___ y publicada en el Diario Oficial de la Federación el día ____(16)___, se _____(17)______ y que se encuentra inscrito en el Registro Agrario Nacional, bajo el número ____(19)_____, que está constituido(a) por ______(32)_________de indígenas pertenecientes al (los) pueblo(s) indígena(s) _______(30) __________, mismo que en fotocopia se integra al presente como (Anexo I). II.2 Que los CC._________(5)_______ en su carácter de ___________(5 BIS)_________, del ___________(6)_________ tienen las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio mismas que manifiesta(n) no le(s) ha(n) sido revocadas o modificadas a la fecha, como lo acredita(n) con el acta de asamblea de elección de fecha ____(6 BIS)______ inscrita en el Registro Agrario Nacional, bajo el número ________(19)______, que se agrega como (Anexo II). II.3 Que su domicilio es el ubicado en ________________________ (21) ________________________. Vistos los antecedentes y declaraciones anteriores, y con fundamento en los artículos 37 y 38 de la Ley de Planeación, y demás aplicables a "LAS PARTES" tienen a bien otorgar las siguientes: CLAUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El objeto del presente Convenio es establecer las bases y mecanismos conforme a los cuales, "LAS PARTES" en la esfera de sus respectivas competencias y obligaciones se comprometen a financiar y desarrollar el proyecto denominado _____ (7) _____, en el marco de "EL PROGRAMA". SEGUNDA.- ESTRUCTURA FINANCIERA.- "LA COMISION" se obliga en términos de "LOS LINEAMIENTOS" a aportar por conducto de _____ (22) _____de "LA COMISION" la cantidad de $___(23)______ ( (23) M.N.) que será entregada a "LA INSTANCIA EJECUTORA", a través de _______ (5 BIS)________ mediante la expedición y entrega de los recibos fiscales correspondientes (para los núcleos agrarios será mediante la expedición y entrega de recibos simples), en dos ministraciones. I. $ ______ (24) ____ ((24) M.N.) correspondientes a los primeros ____ (25) ____ meses de vigencia del presente Convenio. II. $ _____ (24) _____ ((24) M.N.) correspondientes a los otros _____ (25) _____meses de vigencia del presente Convenio. La segunda ministración se otorgará a "LA INSTANCIA EJECUTORA", una vez que ésta compruebe el ejercicio de la totalidad de los recursos otorgados en la primera ministración dentro de los diez días hábiles posteriores al periodo de ejecución de la misma y justifique conforme a "LOS LINEAMIENTOS" de "EL PROGRAMA" los avances físico-financieros del proyecto denominado _____________________________________ (7) _____, en el marco de "EL PROGRAMA". Una vez otorgada la segunda ministración se cuenta con igual término de 10 días naturales para la comprobación. Los recursos financieros federales que por virtud del presente Convenio se aporten, estarán sujetos a disponibilidad presupuestal. TERCERA.- CUMPLIMIENTO DE LOS LINEAMIENTOS.- "LA INSTANCIA EJECUTORA" se sujetará al cumplimiento de "LOS LINEAMIENTOS" y a los términos del proyecto aprobado con base a la cobertura, objetivos y metas siguientes: MATERIAS _____ (26) _____ OBJETIVOS _____ (27) _____ METAS _____ (28) _____ COBERTURA ______ (29) _____ MUNICIPIOS LOCALIDADES BENEFICIARIOS DIRECTOS POR LOCALIDAD: HOMBRES ______ (31) ____ MUJERES____ (31) ____ BENEFICIARIOS INDIRECTOS POR LOCALIDAD: HOMBRES_______ (31) __ MUJERES_______ (31) _ Las características, especificaciones y demás información inherente se describen en el proyecto aprobado a "LA INSTANCIA EJECUTORA" por "LA COMISION" que se tiene por reproducido como si se insertase a la letra, el cual debidamente suscrito por "LAS PARTES" se agrega al presente Convenio como Anexo III. CUARTA.- OBLIGACIONES DE "LA INSTANCIA EJECUTORA".- Para el logro de los objetivos y metas del presente Convenio, " LA INSTANCIA EJECUTORA " se obliga a: I. Organizar, promover, coordinar y ejecutar íntegramente el proyecto a que se ha hecho referencia en la Cláusula que antecede. II. Designar o en su caso contratar por su cuenta, al personal encargado de realizar dicho proyecto. III. Administrar y aplicar los recursos económicos que le otorgue "LA COMISION" para la ejecución del proyecto, de conformidad con "LOS LINEAMIENTOS". IV. Presentar al área correspondiente en la Delegación Estatal de "LA COMISION" o Centro Coordinador para el Desarrollo Indígena, el reporte de los avances físico-financieros del proyecto por cada ministración, documento que contendrá al menos lo siguiente: Avance Físico Informe cualitativo de las actividades y resultados de la ministración. · Metas y objetivos alcanzados y los no alcanzados; · El impacto que tuvo el proyecto dentro de la comunidad, sustentado también en opiniones y valoraciones de la misma comunidad; · Un reporte de la situación real que guardan los pueblos indígenas atendidos durante el proyecto; y · Un sumario de las conclusiones y recomendaciones logradas en el trabajo con los pueblos indígenas de la región atendida. Avance Financiero a) Reporte financiero de lo ejercido, anexando el soporte correspondiente, que deberá estar a nombre de "LA INSTANCIA EJECUTORA". b) Los informes financieros deberán estar debidamente firmados por el o los representantes legales de "LA INSTANCIA EJECUTORA". c) Las notas simples y/o facturas soportes del informe financiero deberán contar al menos con las siguientes características: c.1. Nombre o razón social del proveedor, domicilio (calle, colonia, municipio, teléfono, estado, localidad y población). Cédula de Identificación Fiscal y vigencia (si carece de ésta, se anotará: nombre, firma, cargo y sello del proveedor y fecha). c.2. Los honorarios sólo se comprobarán con facturas electrónicas (comprobante fiscal digital) que cumplan con los requisitos que señale la legislación fiscal. V. No hacer reclasificaciones de partidas dentro del presente Convenio, sin autorización por escrito del área responsable en la Delegación Estatal de "LA COMISION", previa solicitud a la misma. VI. Al finalizar cada ministración reintegrar a "LA COMISION", a través del área responsable en la Delegación Estatal, los recursos económicos que no hayan sido ejercidos y/o que no estén debidamente comprobados, a más tardar el 31 de diciembre del ejercicio fiscal. VII Utilizar el recurso que se consigna en la cláusula segunda de este Convenio, en los montos y partidas que se señalan en el Anexo IV. QUINTA.- OBLIGACION DE LA COMISION.- Por su parte, "LA COMISION" se compromete a: 1. Facilitar a "LA INSTANCIA EJECUTORA" el acceso a las fuentes de información de que dispone, siempre y cuando estén relacionadas con el desarrollo del proyecto y no sean de carácter confidencial, de acuerdo a lo establecido por el artículo 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. 2. De conformidad con sus atribuciones legales y a solicitud de "LA INSTANCIA EJECUTORA", brindar orientación de tipo legal y capacitación en el área específica de derechos indígenas, derechos humanos y en materia de justicia, así como de comprobación de gastos. SEXTA.- SUPERVISION.- "LA INSTANCIA EJECUTORA" se obliga a informar a la Delegación Estatal y/o Centro Coordinador para el Desarrollo Indígena correspondientes y/o área responsable en Oficinas Centrales de "LA COMISION" cuando se le solicite, sobre las actividades que se estén realizando en la ejecución del proyecto, con la finalidad de estar enterado y, en su caso, opinar sobre alguna probable reorientación que haya la necesidad de hacer y evaluar los avances conjuntamente. SEPTIMA.- SANCIONES.- "LA COMISION" suspenderá la entrega de recursos correspondientes a la segunda ministración, en caso de que "LA INSTANCIA EJECUTORA": a) Utilice los recursos para objetivos y gastos no considerados o distintos a los aprobados en el proyecto. b) Incumpla con objetivos y metas establecidas en el convenio de concertación. c) No informe oportunamente a "LA COMISION" de algún cambio sustancial en el proyecto. d) En los casos en que la organización social o núcleo agrario no compruebe la totalidad de los recursos correspondientes a la primera o segunda ministración, serán registradas como deudoras y no podrán recibir apoyos dentro de "EL PROGRAMA". OCTAVA.- RELACION LABORAL.- El personal que intervenga en la ejecución de las acciones objeto del proyecto aprobado quedará bajo la estricta responsabilidad de "LA INSTANCIA EJECUTORA" por lo que no existirá relación laboral alguna entre éstos y "LA COMISION" y no se entenderá a este último como patrón sustituto o solidario en los términos de la legislación laboral aplicable. NOVENA.- PROHIBICIONES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS.- Ningún servidor público de "LA COMISION" podrá formar parte del cuerpo directivo de "LA INSTANCIA EJECUTORA", ni recibir pago alguno por colaborar en el proyecto. DECIMA.- PUBLICACION O PRODUCCION.- Cuando el proyecto contemple la publicación o producción de materiales escritos, de audio o video, deberá insertarse en sus presentaciones la forma de colaboración de "LA COMISION", respetándose para su edición la Ley Federal del Derecho de Autor y su Reglamento, al momento de la publicación de los mismos, siendo su distribución en forma gratuita. DECIMA PRIMERA.- EVALUACION EXTERNA E INTERNA.- "LA COMISION" podrá llevar a cabo en forma directa o a través de instancias especializadas, las evaluaciones que se consideren apropiadas conforme a sus necesidades y recursos disponibles. Para ello, se deberá considerar el análisis de la matriz de resultados del Proyecto, así como el seguimiento y monitoreo en la operación de los Tipos de apoyo, con el propósito de conocer y retroalimentar las posibles acciones futuras de mejora en su desempeño. Asimismo, se llevarán a cabo las evaluaciones que se determinen conforme a las disposiciones del Programa Anual de Evaluación, que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de la Función Pública y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política Pública de Desarrollo Social (CONEVAL), para el ejercicio fiscal que corresponda. Al interior de "LA COMISION", la coordinación del proceso estará a cargo de la Dirección General de Evaluación y Control. DECIMA SEGUNDA.- DEVOLUCION DE LOS RECURSOS: "LAS PARTES" acuerdan que los recursos federales aportados por "LA COMISION" de conformidad con el presente instrumento, que no sean devengados al 31 de diciembre de ___(43)_____, deberán ser reintegrados a "LA COMISION" dentro de los cinco días naturales del ejercicio fiscal siguiente, sin que para ello tenga que mediar petición alguna. Los recursos federales que en su caso, no se destinaran a los fines autorizados en el presente Instrumento deberán ser reintegrados a "LA COMISION" dentro de los cinco días naturales siguientes a la fecha en que "LA COMISION" se lo solicite a "LA INSTANCIA EJECUTORA"; la solicitud a que se hace referencia deberá hacerse por escrito. En los casos de los dos supuestos establecidos en los párrafos anteriores el reintegro deberá incluir los aprovechamientos y rendimientos financieros que generen dichos recursos; situación que habrá de realizar "LA INSTANCIA EJECUTORA" a través de la Delegación Estatal en ___(3)______ de "LA COMISION", para que se realice el reintegro a la Tesorería de la Federación conforme a lo establecido en las disposiciones aplicables. DECIMA TERCERA.- AUDITORIA, CONTROL Y SEGUIMIENTO.- Los recursos que la Federación otorga para este Programa podrán ser revisados por la Secretaría de la Función Pública, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes. DECIMA CUARTA.- BUENA FE.- "LAS PARTES" declaran que en el presente Convenio no existe dolo, error, mala fe, violencia o cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera anular el mismo y que es la simple manifestación de voluntades y para su interpretación y cumplimiento así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, se resolverá de común acuerdo, teniendo siempre como finalidad alcanzar los objetivos del mismo. DECIMA QUINTA.- MODIFICACIONES.- "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio podrá ser modificado o adicionado, bastando al efecto la celebración de Convenios Modificatorios que se integrarán al presente instrumento y que serán suscritos por los representantes legales de "LAS PARTES". DECIMA SEXTA.- JURISDICCION.- En caso de suscitarse conflicto o controversia respecto de la interpretación y/o cumplimiento de este Convenio, "LAS PARTES" se someterán expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales del Distrito Federal, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa. DECIMA SEPTIMA.- LEYENDA.- La papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción que se utilicen para la ejecución y difusión, deberán incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Para efectos de lo anterior, deberán tomar en cuenta las características del medio de comunicación. DECIMA OCTAVA.- SUPREMACIA DE LOS LINEAMIENTOS.- Con independencia de lo previsto en el presente instrumento, en caso de cualquier controversia, prevalecerá el contenido de "LOS LINEAMIENTOS". DECIMA NOVENA.- VIGENCIA.- El presente Convenio surtirá sus efectos a partir del día _____ (35) ____ y se dará por concluido el día ___(35 bis)___ de diciembre de 20_(35 bis)__. Leído que fue el presente Convenio y enteradas las partes de su contenido y alcance legal, lo firman por cuadriplicado en _______________ (36) _____________, a los _______________ (37) ___________. Nota: El Modelo podrá presentar las modificaciones que sean necesarias para que se cumpla con su objeto, cuando así lo determine el área normativa correspondiente.
Estas firmas corresponden al Convenio de Concertación celebrado entre "LA COMISION" y "LA INSTANCIA EJECUTORA" ________________ (4) _____________ con número de Folio _______ (38) _________. ANEXO IV DEL CONVENIO DE CONCERTACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, Y POR LA OTRA, LA ORGANIZACION SOCIAL O NUCLEO AGRARIO DENOMINADO___________ (4) __________.
Enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, firman el presente Anexo en _______(36)________, Estado de_______(36)______, a los __(37)____días del mes de_(37)__ de 20_(37)_.
INSTRUCTIVO DE LLENADO MODELO DE CONVENIO DE CONCERTACION PARA LAS ACCIONES DE FORTALECIMIENTO PARA EL EJERCICIO DE DERECHOS.
Nota 1: A pie de página deberá colocarse la leyenda a que se refiere la cláusula décima. Nota 2: El Modelo podrá presentar las modificaciones que sean necesarias para que se cumpla con su objeto, cuando así lo determine la Instancia Normativa correspondiente. FORMATO 11.5 MODELO DE CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE CONCERTACION PARA LA IMPLEMENTACION DE PROYECTOS PARA EL EJERCICIO DE DERECHOS DE ACCESO A LA JUSTICIA. ADENDUM AL CONVENIO DE CONCERTACION DE FECHA _______(1)______ IDENTIFICADO CON EL NUMERO DE FOLIO_____(2)______, DE FECHA _____(3)______________, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE (LA INSTITUCION ACADEMICA, ASOCIACION CIVIL O NUCLEO AGRARIO) ____________(4)________________, REPRESENTADA POR________(5)___________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO "LA INSTANCIA EJECUTORA", Y POR OTRA PARTE LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS EN LO SUCESIVO "LA COMISION", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR _________(6)_________, MISMAS QUE CUANDO ACTUEN EN CONJUNTO SE LES DENOMINARA "LAS PARTES", EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DERECHOS INDIGENAS, EN LO SUCESIVO "EL PROGRAMA", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS: ANTECEDENTES I. Los Lineamientos de "EL PROGRAMA", en lo sucesivo "LOS LINEAMIENTOS", establecen en el Anexo 1.A. la Guía de Operación y Procedimiento Implementación de proyectos para el ejercicio de derechos de acceso a la Justicia, que en caso de existir disponibilidad de recursos "LA COMISION" podrá ampliar hasta en un cuarenta por ciento, el monto aprobado una vez que se haya dado cumplimiento a los objetivos y metas establecidos en el Convenio de Concertación. II. Con fecha ____(3)________ de 20_(3)_, fue celebrado el Convenio de Concertación en lo sucesivo "EL CONVENIO PRINCIPAL" mediante el cual "LA COMISION" con base en los objetivos y prioridades del Gobierno Federal se encuentra en la mejor disposición de otorgar apoyo económico a "LA INSTANCIA EJECUTORA", para que éste lleve a cabo las acciones complementarias del proyecto denominado __________________(7)________________________ de acuerdo al resultado del dictamen publicado en la página de internet de "LA COMISION", de fecha ______(8)____ de 20__, dando origen a la firma del presente Convenio. DECLARACIONES I.- De "LA COMISION": a) Que la ampliación de los recursos se otorgará a "LA INSTANCIA EJECUTORA" en virtud de que ésta ha demostrado un desarrollo del proyecto satisfactorio de conformidad con "LOS LINEAMIENTOS" vigentes, formalizándose los derechos y obligaciones de "LAS PARTES", dado que se han cumplido los objetivos y metas de "EL CONVENIO PRINCIPAL". II.- De "LAS PARTES": a) Que reconocen y ratifican las declaraciones vertidas en "EL CONVENIO PRINCIPAL", así como la personalidad con la que se ostentan y facultades conferidas, mismas que a la fecha no les han sido revocadas o modificadas en forma alguna. b) Se comprometen a cumplir con todas las obligaciones emanadas de "EL CONVENIO PRINCIPAL" y del presente instrumento, así como las disposiciones contenidas en "LOS LINEAMIENTOS" aplicables. Vistas las declaraciones anteriores, "LAS PARTES" tienen a bien otorgar las siguientes: CLAUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El objeto del presente instrumento consiste en que "LA COMISION" aporte recursos federales adicionales a "LA INSTANCIA EJECUTORA", para que amplíe el desarrollo del proyecto denominado ____(7)______, mismo que se encuentra detallado en el Anexo III de "EL CONVENIO PRINCIPAL". SEGUNDA.- ESTRUCTURA FINANCIERA.- "LA COMISION" se obliga en términos de "LOS LINEAMIENTOS" a aportar por conducto de ____(9)_____ de "LA COMISION" la ampliación de recursos por la cantidad de $______ (10) _________ que será entregada a "LA INSTANCIA EJECUTORA", a través de una exhibición, mediante la expedición y entrega del recibo fiscal correspondiente (para los núcleos agrarios será mediante la expedición y entrega de recibos simples), en una tercera ministración. I. $ ____ (10) ___________ correspondiente al apoyo único de ampliación de recursos, que tendrá como vigencia del _ (11) __ de ___ (11) ____ al 31 de diciembre de 20_ (11) _. Los recursos financieros federales que por virtud del presente instrumento se aporten, estarán sujetos a disponibilidad presupuestal. TERCERA.- CUMPLIMIENTO DE "LOS LINEAMIENTOS".- "LA INSTANCIA EJECUTORA" se sujetará al cumplimiento de "LOS LINEAMIENTOS" y a los términos del proyecto aprobado con base a la cobertura, objetivos y metas siguientes: MATERIAS (12) METAS (13) COBERTURA (14) ESTADOS: MUNICIPIOS: LOCALIDADES: BENEFICIARIOS DIRECTOS: (15) HOMBRES Y MUJERES BENEFICIARIOS INDIRECTOS: (16) HOMBRES Y MUJERES CUARTA.- VIGENCIA.- El presente Convenio surtirá sus efectos a partir del día _(17) __ de __(17) ___ de 20_ (17) _ y se dará por concluido el día 31 de diciembre de 20_ (17) _. Leído el que fue el presente instrumento y enteradas "LAS PARTES" de su contenido, lo firman por cuadriplicado en la ________ (18) ________, a los ____(19)______ días del mes de ____(19)________ de 20__ (19).
Estas firmas corresponden al Adendum del Convenio de Concertación celebrado entre "LA COMISION" y "LA INSTANCIA EJECUTORA" ___________ (4) __________ con número de Folio ____ (20) _______. ANEXO IV AL ADENDUM QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, "LA COMISION" Y POR LA OTRA, (LA INSTITUCION ACADEMICA, ASOCIACION CIVIL O NUCLEO AGRARIO) DENOMINADA "____________ (4) ___________________".
Enteradas "LAS PARTES" de su contenido y alcance legal, firman el presente Anexo en la Ciudad de ________ (18) _____, a los ___(19)______ días del mes de ______(19)______de 20__ (19).
Estas firmas corresponden al ADENDUM celebrado entre "LA COMISION" y "LA INSTANCIA EJECUTORA" ________ (4) ________, como anexo del Convenio de Concertación con número de Folio ______ (20) ____________. INSTRUCTIVO DE LLENADO MODELO DE CONVENIO MODIFICATORIO CONVENIO DE CONCERTACION PARA LAS ACCIONES DE FORTALECIMIENTO PARA EL EJERCICIO DE DERECHOS.
Nota 1: A pie de página deberá colocarse la leyenda a que se refiere la cláusula décima. Nota 2: El Modelo podrá presentar las modificaciones que sean necesarias para que se cumpla con su objeto, cuando así lo determine la Instancia Normativa correspondiente. FORMATO 11.6 DIAGRAMA DE FLUJO ![]() ![]() ![]()
1. Fundamento Legal: Numeral 3.3.2., inciso 2.1 del "Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Programa de Derechos Indígenas a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas para el ejercicio fiscal 2016". 2. Unidad Administrativa Responsable de la Operación: Las atribuciones y responsabilidades de las Unidades Administrativas involucradas en la operación del tipo de apoyo denominado Excarcelación de Indígenas, se encuentran delimitadas en: Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. · Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. · Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. 3. Criterios: El apoyo se otorgará a los posibles beneficiarios que cumplan con los criterios establecidos en los presentes Lineamientos, de acuerdo con los procedimientos, plazos y términos legales aplicables, las solicitudes se atenderán conforme la disponibilidad presupuestal del programa que cumpla con lo siguiente: · Que el posible beneficiario sea primodelincuente. · Que proceda legalmente la libertad provisional o definitiva a través de la aplicación de medidas cautelares (garantía económica) cubrir reparación del daño, multa, sanción pecuniaria o salidas alternas (Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias). La CDI aplicará una entrevista directa al (la) posible beneficiario(a) mediante el formato "Diagnóstico socio jurídico". (Formato 7.1). · Exista una opinión favorable de la autoridad de la comunidad en la que resida el posible beneficiario, cuando resulte necesario. · Para el caso de las acciones que se realicen conjuntamente con las Entidades Federativas, en el marco de los Convenios de Coordinación que se suscriban, el Comité (conformado por Defensoría Pública, Consejo de la Judicatura, Fiscalía, CDI y Autoridades Penitenciarias) determinará los casos de indígenas que podrán ser revisados y en su caso apoyados por el Programa, para la excarcelación. 4. Requisitos: Para acceder a los apoyos será necesario cumplir los requisitos siguientes: 4.1. Excarcelación. Presentar solicitud de apoyo mediante escrito libre dirigido a la CDI, suscrita por el (la) posible beneficiario (a) o a través de otras personas) el cual deberá contener como mínimo: · Nombre completo y ubicación del (la) posible beneficiario(a). · Señalamiento de que el (la) posible beneficiario(a) cumple con alguno de los siguientes supuestos: · Se reconoce a sí mismo(a) como indígena; o · Hable alguna lengua indígena; o · Ser originario(a) de alguna localidad indígena, conforme al Sistema de Indicadores de la CDI según el Catálogo de Localidades Indígenas 2010 o la actualización correspondiente (www.cdi.gob.mx) y del Consejo Nacional de Población (www.conapo.gob.mx); y · Motivos por los que solicita el apoyo. 4.1.1. No ser reincidente 4.1.2. Cuando se trate de delitos que atenten contra las mujeres, niños, niñas y/o adolescentes así como para el caso de indígenas sentenciados por delitos graves se realizará un estudio socio-jurídico que permita determinar la acción institucional que resulte procedente. 4.2. Jornadas de Excarcelación. Las jornadas de excarcelación se llevarán a cabo a través de la suscripción de convenios de coordinación con los gobiernos estatales, con el propósito de que participen las instancias responsables de la operación del sistema de justicia penal, para llevar a cabo la revisión de expedientes penales en los que se encuentren involucradas personas indígenas, para determinar el apoyo institucional que resulte pertinente, incluyendo la excarcelación, en términos de la normatividad aplicable. 5. Descripción de los Conceptos de Apoyo:
Procedimiento: 6.1. Etapa de Programación y Presupuestación. 6.1.1. El área responsable elaborará el proyecto de presupuesto para el ejercicio fiscal correspondiente el cual debe ser aprobado por la Coordinación General de Administración y Finanzas (CGAF) y validado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), así como autorizarse en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación. 6.1.2. El área responsable propondrá la distribución del presupuesto autorizado de acuerdo a las acciones a desarrollar. 6.1.3 El área responsable determinará un techo presupuestal para cada unidad administrativa el cual puede ser sujeto de ampliaciones o reducciones en función de la demanda, de acuerdo con la normatividad aplicable. 6.1.4. Las unidades administrativas serán las responsables de la aplicación de los recursos transferidos. 6.1.5. El área responsable, así como las unidades administrativas atenderán bajo su responsabilidad la ejecución de las acciones en los términos que para tal efecto determinen los Lineamientos. 6.2. Mecánica Operativa. 6.2.1. Excarcelación de Indígenas. Se otorgarán los apoyos a petición de parte, conforme a lo siguiente: a) Se recibe solicitud de apoyo en la unidad administrativa de la CDI correspondiente, conforme a lo señalado en el inciso 4.1.2 de los presentes Lineamientos, así como lo dispuesto en el numerales 3 y 4 de este documento. A partir de la hora y fecha en que se reciba formalmente la solicitud, en caso necesario, la CDI dispone de cinco días hábiles para notificar y requerir al solicitante que amplíe o precise la información proporcionada. El peticionario dispone de cinco días hábiles, a partir de la notificación que al efecto se lleve a cabo, para que amplíe o precise su información. b) Dentro de los diez días hábiles posteriores a la fecha en que se dé por recibida satisfactoriamente la solicitud, a través del formato denominado "Diagnóstico socio-jurídico" (Formato 7.1) la CDI entrevistará al (la) posible beneficiario(a) con la finalidad de conocer su situación social, jurídica, cultural y económica; así como verificar el cumplimiento de los criterios y requisitos establecidos en los presentes Lineamientos. La Unidad administrativa responsable (Delegación estatal) remitirá al área responsable en oficinas centrales cada caso, en los formatos establecidos para ello, exponiendo las particularidades del mismo, proponiendo el apoyo institucional que estime procedente. En un término de 3 días hábiles, se analizará la propuesta y se emitirá un pronunciamiento sobre la pertinencia de la acción institucional propuesta por la Delegación. En caso necesario, el (la) posible beneficiario(a) autorizará por escrito al servidor público de la CDI que corresponda, para que acceda a los autos, sin revocar al defensor público. c) Con la información recabada y en caso de que el (la) posible beneficiario(a) cumpla con lo establecido en los presentes Lineamientos, en un plazo no mayor a veinticinco días hábiles contados a partir de que se reciba formalmente la solicitud, siempre que los plazos legales así lo permitan, la CDI de acuerdo al análisis realizado al caso concreto, podrá otorgar hasta el 100% del apoyo en esta modalidad, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4 inciso, 4.1 de la presente guía. En caso de no cumplir con lo establecido en los presentes Lineamientos, se notificará por escrito al (la) peticionario(a) la improcedencia del apoyo dentro del plazo señalado en este inciso. En caso de que el monto de la garantía sea superior a la cantidad establecida en el numeral 5 de la presente guía, de conformidad con la legislación procesal vigente, la CDI, en coadyuvancia con la defensoría pública, promoverá ante la instancia competente la reducción del mismo. Tratándose de sanciones pecuniarias, se podrá realizar la gestión de la condonación o de la prescripción, según corresponda. Cuando jurídicamente resulte procedente la recuperación de la garantía exhibida, la CDI realizará las gestiones de recuperación ante la instancia correspondiente con la finalidad de reintegrar los recursos a la Tesorería de la Federación (TESOFE). Para lo anterior, el beneficiario o su defensor (a) público (a), tendrán que establecer en el escrito por el que se deposita la garantía ante la autoridad competente o, en su caso, de acuerdo a las tecnologías de la información que los recursos económicos fueron aportados por la CDI, ya sea en su totalidad o parcialmente. En los casos de indiciados, procesados, imputados, acusados, que hayan sido apoyados por la CDI, cuyos asuntos concluyan con una sentencia condenatoria que conceda algún beneficio sustitutivo de la pena privativa de la libertad que requiera la exhibición de alguna garantía, se podrán aplicar montos complementarios, siempre que no se rebase el monto máximo de apoyo establecido en el numeral 5 de la presente guía. 6.2.2. Jornadas de Excarcelación de Indígenas. Las jornadas de excarcelación de indígenas se llevarán a cabo en los términos y condiciones que se estipulen en cada entidad federativa con la que se suscriban los convenios de coordinación respectivos para llevar a cabo la revisión de causas penales para la excarcelación de indígenas y para promover el debido proceso. La CDI podrá incorporar a la actividad descrita a los Abogados (as) Indígenas Biling 6.3. Revisión de causas penales. Se suscribirán convenios de coordinación con las instancias locales responsables de la operación del sistema de justicia penal en las entidades federativas para la revisión de causas penales. Asimismo, se suscribirán convenios de concertación con Abogados (as) Indígenas Biling 6.4. Integración de Expedientes. 6.4.1 Excarcelación de Indígenas. Para un mejor control de los asuntos atendidos y a fin de estar en posibilidad de dar respuesta a diversos requerimientos de información de las autoridades competentes en la materia, la instancia ejecutora integrará un expediente que como mínimo debe contener lo siguiente: A) Para antes de la entrada en vigor de la reforma constitucional en materia penal (18 de junio de 2016) 1.- Solicitud de apoyo. 2.- Copia del acuerdo emitido por la autoridad competente, por el que se concede la libertad al posible beneficiario. 3.- Copia del escrito por el que se exhibe la garantía impuesta por la autoridad competente, en el que invariablemente conste la cantidad de recursos económicos que aporta la CDI. 4.- Copia del acuerdo por el que se ordena la libertad. 5.- Diagnóstico socio-jurídico debidamente requisitado en el que se precise la procedencia o improcedencia del apoyo solicitado. 6.- Escrito por el que el posible beneficiario autoriza al servidor público de la CDI competente, el acceso a los autos. 7.- En caso de improcedencia del apoyo, se integrará copia del acuse de recibo de la notificación por la que se hizo del conocimiento al solicitante la causa de improcedencia. B) Para después de la entrada en vigor de la reforma constitucional en materia penal (18 de junio de 2016) 1.- Solicitud de apoyo. 2.- Diagnóstico socio-jurídico debidamente requisitado en el que se precise la procedencia o improcedencia del apoyo solicitado. 3.- Evidencia documental o técnica (a través de cualquier medio permitido dentro de tecnologías de la información) 4.- En caso de improcedencia del apoyo, se integrará copia del acuse de recibo de la notificación por la que se hizo del conocimiento al solicitante la causa de improcedencia. 5.- Copia del acuerdo por el que se ordena la libertad. 6.5. Etapa de Seguimiento y Evaluación. Las Delegaciones Estatales deberán remitir informes al área responsable de manera mensual, trimestral, semestral y anual con el propósito de contar con la información y seguimiento necesario para atender cualquier información que sea solicitada por las áreas competentes. Como parte del seguimiento en la ejecución de este programa las Delegaciones y los Centros Coordinadores para el Desarrollo Indígena formularán y presentarán informes cuatrimestrales al área responsable en oficinas centrales, en los que se describa la recuperación de garantías que se lleven a cabo, cuando la situación jurídica del caso específico lo permita; en términos de lo dispuesto por el artículo 75 fracción X de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Los recursos económicos recuperados se reintegrarán a la TESOFE de acuerdo a lo previsto en el artículo 54, párrafo tercero de la ley referida. 7. Formatos. EXCARCELACION DE INDIGENAS (FORMATO 7.1) DIAGNOSTICO SOCIO-JURIDICO
I. DATOS GENERALES
![]() ![]() FORMATO 7.2. MODELO DE CONVENIO DE CONCERTACION PARA ABOGADOS INDIGENAS BILING CONVENIO DE CONCERTACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA COMISION", REPRESENTADA POR ________(1)__________________, EN SU CARACTER DE ___________(2)___________, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR ________(1)__________________ EN SU CARACTER DE_________(2)________________, Y POR LA OTRA, _______(3)________, EN SU CARACTER DE ABOGADO INDIGENA BILING ANTECEDENTES PRIMERO.- Que el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 20__ (4), publicado en el Diario Oficial de la Federación el _(5)___ de (5) ____________ de 20__(5)__, establece en su artículo 2 que los recursos para el desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas se señalan en el Anexo 10 de ese Decreto, en los términos del artículo 2, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y conforme al artículo 41, fracción II, inciso j), de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se presentan desglosados por ramo y programa presupuestario. SEGUNDO.- Con fecha ___(6)___ de ___(6)_______ de 20__(6)___, "LA COMISION" publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se expiden los Lineamientos del Programa de Derechos Indígenas a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo de Ios Pueblos Indígenas del ejercicio fiscal 2016", en adelante "LOS LINEAMIENTOS", destacando dentro de los objetivos específicos el contribuir a que la población indígena sujeta a un proceso legal, acceda a la jurisdicción del estado conforme a derecho. DECLARACIONES I. De "LA COMISION": I.1 Que es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, con patrimonio propio, con autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa, de conformidad con su Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 2003. I.2 Que tiene como objeto orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas. I.3 Que su representante, cuenta con las atribuciones suficientes para suscribir el presente Convenio de conformidad con el Poder que se contiene en la Escritura número ____(7)_______ de fecha _(8)__de __(9)____ de __(10)___, pasada ante el Notario número _(11)__ de ___(12)_________, Estado de __(13)______, Licenciado ___________(14)___________. I.4 Que señala su domicilio para efectos del presente instrumento el ubicado en ______(15)___________. II. De "EL ABOGADO" II.1 Que es una persona física, mayor de edad, originaria del estado _____(16)___________, en pleno ejercicio de sus derechos, que cuenta con estudios en _____(17)_________, y que en este acto se identifica con _________(18)____________, documento oficial con fotografía, así como el documento oficial con el que acredita la profesión de Licenciado en Derecho, que se agregan al presente instrumento en copia fotostática como anexos 1 y 2. II.2 Que señala su domicilio para efectos del presente instrumento el ubicado en _______(19)_____________. Vistas las declaraciones anteriores, "LAS PARTES" tienen a bien otorgar las siguientes: CLAUSULAS PRIMERA.- OBJETO: Es objeto del presente instrumento que "LA COMISION" proporcione recursos económicos a "EL ABOGADO", para apoyar en la ejecución del tipo de apoyo Excarcelación de Indígenas, en los términos que para tal efecto establecen "LOS LINEAMIENTOS". SEGUNDA.- APORTACION: "LA COMISION" se compromete a aportar la cantidad de $ --------.00 (-------------- PESOS 00/100 M.N.) a "EL ABOGADO" mediante la firma del recibo correspondiente, durante el periodo de participación en el ejercicio fiscal vigente. TERCERA.- ENTREGA DE LOS RECURSOS: Para el logro del objeto del presente convenio "LA COMISION" se obliga a aportar, en términos del procedimiento administrativo vigente, el apoyo institucional a que se refiere la cláusula segunda de acuerdo a lo siguiente: a) Si el apoyo se cubre mediante cheque número _____(20)_________de la cuenta______(21)_________, a cargo de la institución bancaria denominada ________(22)_________ o; Si el apoyo se cubre mediante transferencia interbancaria a la cuenta CLABE número _____(23)_________ de la institución bancaria denominada ________(24)_________ a nombre de ____(25)________, previa firma del presente instrumento. CUARTA.- COMPROMISOS DE "EL ABOGADO": Por su parte "EL ABOGADO" se compromete a: a) Realizar acciones vinculadas a la Excarcelación de Indígenas y la actualización del Diagnóstico de la Población indígena Privada de la Libertad. b) Capturar y sistematizar la información del Diagnóstico. c) Apoyar en las gestiones de excarcelación ante las autoridades administrativas y judiciales, previa revisión y análisis de las solicitudes de los indígenas privados de la libertad, advirtiendo sobre la posible procedencia o no del apoyo institucional, en el marco de la normatividad vigente. d) Proporcionar orientación legal a los beneficiarios en el marco del Proyecto. f) Mantener la reserva y discreción absoluta, respecto de los datos personales de los casos que atienda o conozca, en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. g) Cumplir con las medidas de seguridad que se establezcan en los centros de reclusión que visite. QUINTA.- DERECHOS DE "EL ABOGADO": "EL ABOGADO" tendrá los siguientes derechos: a) Acceder al apoyo económico a que hace referencia la cláusula segunda del presente instrumento. |