Modificación a
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.
MODIFICACION A
MAURICIO HERNANDEZ AVILA, Subsecretario de Prevención y Promoción de
Considerando
Que con fecha 29 de noviembre de
2005, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 46 fracción I de
Que con fecha 31 de julio del
2006, en cumplimiento del acuerdo del Comité y en lo previsto en el artículo 47
fracción I de
Que con fecha previa, fueron
publicados en el Diario Oficial de
Que en atención a las anteriores
consideraciones y contando con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de
Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, se expide la siguiente:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-028-SSA2-2009, PARA
PREFACIO
En la elaboración y revisión de
la presente Norma Oficial Mexicana participaron las siguientes dependencias,
instituciones, unidades administrativas, organismos, asociaciones y
organizaciones:
SECRETARIA DE SALUD
Subsecretaría
de Prevención y Promoción de
Secretariado
Técnico del Consejo Nacional Contra las Adicciones
Centro Nacional para
Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva
Centro
Nacional de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades
Dirección
General Adjunta de Epidemiología
Dirección
General Adjunta de Programas Preventivos
Centro Nacional para
Dirección
General de Promoción de
Subsecretaría de Innovación y
Calidad
Dirección General de Calidad y Educación en
Salud
Dirección General de Planeación y Desarrollo
en Salud
Dirección de Medicina Tradicional y
Desarrollo Intercultural
Subsecretaría de Administración y Finanzas
Dirección General de Desarrollo de
Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad
Dirección General de Coordinación y Desarrollo de los Hospitales Federales de Referencia
Instituto Nacional de Rehabilitación
Instituto Nacional de Salud Pública
Instituto Nacional de Psiquiatría Ramón de
Instituto Nacional de Enfermedades
Respiratorias Ismael Cosío Villegas
Dirección General Adjunta de los Servicios de
Atención Psiquiátrica
Unidad
Coordinadora de Vinculación y Participación Social
Centro
Nacional de
Comisión
Federal para
Comisión
Nacional de Arbitraje Médico-CONAMED
Comisión
Nacional de Protección Social en Salud
Dirección
General de Comunicación Social
Servicios Estatales de Salud
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Aguascalientes
Consejo Estatal contra las Adicciones, Baja
California
Consejo Estatal contra las Adicciones, Baja
California Sur
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Campeche
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Coahuila
Consejo Estatal contra las Adicciones, Colima
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Chiapas
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Chihuahua
Consejo Contra las Adicciones del Distrito
Federal
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Durango
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Guanajuato
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Guerrero
Consejo Estatal contra las Adicciones, Hidalgo
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Jalisco
Consejo Estatal contra las Adicciones, Estado
de México
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Michoacán
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Morelos
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Nayarit
Consejo Estatal contra las Adicciones, Nuevo
León
Consejo Estatal contra las Adicciones, Oaxaca
Consejo Estatal contra las Adicciones, Puebla
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Querétaro
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Quintana Roo
Consejo Estatal contra las Adicciones, San
Luis Potosí
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Sinaloa
Consejo Estatal contra las Adicciones, Sonora
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Tabasco
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Tamaulipas
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Tlaxcala
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Veracruz
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Yucatán
Consejo Estatal contra las Adicciones,
Zacatecas
Instituto Mexicano del Seguro
Social
Dirección de Prestaciones Médicas
Instituto
de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado-ISSSTE
Comisión Nacional de los Derechos Humanos-CNDH
Secretaría de Educación Pública-SEP
Dirección
General de Extensión Educativa
Dirección
de Salud y Seguridad en las Escuelas
Departamento
de Vinculación para el Fomento a
Secretaría
de
Dirección
General de Sanidad
Hospital
Central Militar
Procuraduría
General de
Dirección
General de Prevención del Delito y Servicios a
Instituto
Nacional de Ciencias Penales
Instituto Mexicano de
Sistema
Nacional para el Desarrollo Integral de
Dirección
de Protección a
Dirección
de Profesionalización de
Universidad
Nacional Autónoma de México-UNAM
Dirección
General de Servicios Médicos
Facultad
de Psicología
Escuela
Nacional de Trabajo Social (ENTS)
Centros de
Servicios a
Universidad
Autónoma Metropolitana-UAM
Fraternidad
de Grupos de Autoayuda y Ayuda Mutua
Universidad
Iberoamericana
Departamento
de Psicología, Plantel Santa Fe
Instituto
Politécnico Nacional-IPN
Dirección
de Educación Superior
Area de
Psicología de
Centros de Integración Juvenil, A.C.-CIJ
Alianza Contra el Tabaco, A.C.-ACTA
Asociación Psiquiátrica Mexicana, A.C.-APM
Fundación de Investigaciones Sociales,
A.C.-FISAC
Instituto de Educación Preventiva y Atención
de Riesgos, A.C.-INEPAR
Instituto Vida Saludable, A.C.
Centros Toxicológicos Jóvenes por
Centros Toxicológicos Jóvenes por
Centro de Estudios sobre Alcohol y
Alcoholismo, A.C.-CESAAL
Centro de Integración para Adictos y
Familiares, A.C. Monte Fénix
Central Mexicana de Servicios Generales de
Alcohólicos Anónimos, A.C.
Junta de Servicios Generales de Alcohólicos
Anónimos, A.C.
Oficina Central de Servicios de Grupos 24
horas de AA y Terapia Intensiva A.C.
Drogadictos Anónimos, A.C.-DA
Grupo AL-ANON
OCIUM Tiempo Libre con Imaginación, A.C.
Centro de Prevención y Tratamiento de
Adicciones y Codependencia
Centro de Rehabilitación para Adictos Proyecto
Ave Fénix 2000, A.C.
Consultoría en Salud Pública y Gestión
Sanitaria, A.C.
Centro
"Cáritas" de Formación para
Casa Nueva, Comunidad Terapéutica
Centro de Atención Especializado en Drogodependencias, A.C.-CAEDRO
Federación Nacional de Asociaciones de Padres de Familia, A.C.-FENA PAF
Centro de Respuestas Educativas y Comunitarias, A.C.-CRECE
Clínica Integral de Tratamiento Contra las Adicciones, S.A. de C.V.
Junta de Asistencia Privada en el Distrito Federal-JAPDF
Fundación
Ama
Juventud, Luz y Esperanza, I.A.P.
Hogar
Integral de
Grupo Compañeros Uno, I.A.P.
Centro de Rehabilitación de Alcoholismo y Drogadicción Dr. Sergio Berumen I.A.P.
Centro de Rehabilitación y Farmacodependencia Libertad I.A.P.
Fundación Reencuentro I.A.P.
Reto a
Fundación
Para
Centro
Comunitario San Lorenzo de
Fundación
Pro Niños de
Fundación Francisco de Asís para Enfermos del Alcoholismo, I.A.P.
INDICE
0. Introducción
1. Objetivo y campo de aplicación
2. Referencias
3. Definiciones
4. Símbolos y abreviaturas
5. Generalidades
6. Prevención
7. Detección temprana y derivación
8. Referencia de usuarios
9. Tratamiento
10. Investigación
11. Vigilancia epidemiológica
12. Seguimiento y evaluación
13. Capacitación y enseñanza
14. Bibliografía
15. Concordancia con normas
internacionales y normas mexicanas
16. Observancia de
17. Vigencia
18. Apéndices
-
Apéndice Informativo A Cédula de indicadores para medir dependencia a drogas
-
Apéndice Informativo B Cuestionario de Fagerström para detectar la
dependencia a la nicotina
-
Apéndice Informativo C Cuestionario Audit. Prueba para identificar trastornos
por el consumo de alcohol
0. Introducción
El abuso y
dependencia de sustancias psicoactivas, constituye un grave problema social y
de salud pública, con importantes consecuencias negativas que trascienden del
ámbito de la salud individual y repercuten en la familia, la escuela, la
comunidad y la sociedad.
En el caso
del alcohol, la población juvenil inicia el consumo a edades cada vez
más tempranas además de que el porcentaje de consumo en mujeres ha aumentado, repercutiendo ello en los
índices de morbilidad y mortalidad con un alto costo social, laboral y
familiar. Con relación al tabaquismo, es innegable la asociación directa e
indirecta del consumo del tabaco y sus productos, así como la exposición
involuntaria al humo de tabaco, con graves padecimientos de alta letalidad, además
del impacto familiar, laboral, social y económico. Ahora se sabe que el uso de
alcohol y tabaco precede el consumo de drogas ilícitas; además de que cada día
aparecen nuevos tipos de sustancias, formas de uso y patrones de
consumo, presentándose de manera
fundamental en zonas urbanas, extendiéndose a las suburbanas, con marcadas
diferencias regionales.
Entre los
problemas asociados al abuso de bebidas alcohólicas y alcoholismo se pueden
citar: intoxicación, accidentes y conducta violenta que se ve reflejada
principalmente como violencia familiar, cirrosis y hepatitis, pancreatitis, cardiopatía, encefalopatía,
enfermedades degenerativas y carenciales, prácticas sexuales y conductas de
riesgo, síndrome alcohólico-fetal, trastornos mentales, alimenticios y de la
conducta, cáncer del aparato digestivo, entre otras. En el caso del tabaco:
cáncer pulmonar, cáncer oral, cáncer de laringe, cáncer esofágico y de otros
órganos, enfermedades cardiovasculares, enfermedad pulmonar obstructiva
crónica, enfermedades vasculares cerebrales, problemas perinatales y muerte
súbita del lactante, entre otros. El uso y abuso de otras sustancias
psicoactivas se asocia con la aparición de problemas psicosociales y
psiquiátricos, infecciones de transmisión sexual, criminalidad, lesiones por
causa externa, alteraciones en la gestación (retraso en el crecimiento
intrauterino, abortos, parto pretérmino y muerte fetal), síndrome de
abstinencia en el neonato, cambios a nivel neuronal y muerte súbita, entre
otros.
El abuso de
sustancias psicoactivas, representa una preocupación creciente para el gobierno
federal, las entidades federativas, los municipios y la sociedad en general.
Esta problemática exige contar con una variedad de recursos humanos
especializados, técnicos y profesionales, capacitados en la orientación,
asistencia y tratamiento de las adicciones, así como establecer mecanismos de
coordinación entre las instituciones y programas disponibles en el país, de tal
modo que se implementen estrategias, programas y acciones de investigación,
prevención, tratamiento y rehabilitación, reducción del daño, normatividad,
legislación, sensibilización y capacitación, para garantizar que las acciones
beneficien a la población.
Asimismo,
para asegurar un nivel de calidad adecuado en la prestación de los servicios
que permita reducir la incidencia y prevalencia del uso y abuso de sustancias
psicoactivas, así como la morbilidad y mortalidad asociadas, se requiere
establecer las condiciones y requisitos mínimos indispensables que regulen la
prestación de los mismos.
1. Objetivo y campo de aplicación
1.1 Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto
establecer los procedimientos y criterios para la atención integral de las
adicciones.
1.2 Esta Norma Oficial Mexicana es de
observancia obligatoria en todo el territorio nacional para los prestadores de
servicios de salud del Sistema Nacional de Salud y en los establecimientos de
los sectores público, social y privado que realicen actividades preventivas, de
tratamiento, rehabilitación y reinserción social, reducción del daño,
investigación, capacitación y enseñanza o de control de las adicciones.
2. Referencias
Para la
correcta aplicación de esta Norma, es necesario atender a lo dispuesto en las
siguientes Normas Oficiales Mexicanas:
2.1 NOM-001-SSA2-1993, Que establece los requisitos arquitectónicos para facilitar el acceso, tránsito y permanencia de los discapacitados a los establecimientos de atención médica del Sistema Nacional de Salud.
2.2 NOM-009-SSA2-1993, Para el fomento de la
salud del escolar.
2.3 NOM-010-SSA2-1993, Para la prevención y
control de la infección por virus de la inmunodeficiencia humana.
2.4 NOM-017-SSA2-1994, Para la vigilancia
epidemiológica.
2.5 NOM-025-SSA2-1994, Para la prestación de
servicios de salud en unidades de atención integral hospitalaria
médico-psiquiátrica.
2.6 NOM-039-SSA2-2002, Para la prevención y
control de las infecciones de transmisión sexual.
2.7 NOM-168-SSA1-1998, Del expediente clínico.
2.8 NOM-178-SSA1-1998, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios.
2.9 NOM-197-SSA1-2000, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada.
3. Definiciones
Para los
efectos de esta Norma Oficial Mexicana, se entiende por:
3.1 Adicción o dependencia, es el estado psicofísico
causado por la interacción de un organismo vivo con un fármaco, alcohol, tabaco
u otra droga, caracterizado por modificación del comportamiento y otras
reacciones que comprenden siempre un impulso irreprimible por tomar dicha
sustancia en forma continua o periódica, a fin de experimentar sus efectos
psíquicos y a veces para evitar el malestar producido por la privación.
3.2 Adicto o farmacodependiente, es la persona con dependencia a
una o más sustancias psicoactivas.
3.3 Adicto en recuperación, es la persona que ha dejado de
utilizar sustancias psicoactivas y está en un proceso de reinserción social.
3.4 Adolescente, son las personas que
tienen entre 12 años cumplidos y 18 años incumplidos.
3.5 Alcoholismo,
es el síndrome de dependencia o adicción al alcohol etílico.
3.6 Aval
Técnico, es el documento que emite una institución u organismo de
reconocida capacidad técnica en la materia, en apoyo de una estrategia o
servicio.
3.7 Aviso de funcionamiento, a lo
establecido en los artículos 47 y 200 Bis de
3.8 Bebida alcohólica, es aquella que contenga alcohol
etílico en una proporción de 2% y hasta 55% en volumen.
3.9 Co-morbilidad, es la presencia de dos o más
trastornos en un mismo individuo.
3.10 Comunicación educativa, es el proceso basado en el
desarrollo de esquemas novedosos y creativos de comunicación que se sustentan
en técnicas de mercadotecnia social, que permiten la producción y difusión en
mensajes gráficos y audiovisuales de alto impacto, con el fin de reforzar los
conocimientos en salud y promover conductas saludables en la población.
3.11 Comunidad terapéutica, es un contexto y un método de tratamiento que busca la rehabilitación de adictos a través de la modificación en el estilo de vida y del cambio de identidad personal. Se sustenta en la ayuda mutua y en la interacción comunitaria. Puede ser operada por personal de adictos en recuperación, por profesionales o por personal mixto.
3.12 Consejo de salud, es una intervención breve que puede ser aislada o sistemática, cuyo objetivo es que el paciente o usuario de servicios de salud adopte un cambio voluntario en su conducta con un impacto positivo en la salud.
3.13 Consentimiento informado, es el acuerdo por escrito, mediante el cual
el usuario del servicio, familiar más cercano en vínculo o, en su caso,
representante legal, autoriza su participación en el tratamiento, con pleno
conocimiento de los procedimientos y riesgos a los que se someterá, por libre
elección y sin coacción alguna. Por lo que se refiere a investigación, se
atenderá lo dispuesto en el artículo 100, fracción IV de
3.14 Consumo de sustancias psicoactivas, es el rubro genérico que agrupa
diversos patrones de uso y abuso de estas sustancias, ya sean medicamentos o
tóxicos naturales, químicos o sintéticos que actúan sobre el Sistema Nervioso
Central.
3.15 Consumo perjudicial, es el uso nocivo o abuso de
sustancias psicoactivas, el patrón desadaptativo de consumo, manifestado por
consecuencias adversas significativas y recurrentes relacionadas con el consumo
repetido de alguna o varias sustancias.
3.16 Delirium, es el estado mental agudo, reversible,
caracterizado por confusión y conciencia alterada, y posiblemente fluctuante, debido a una
alteración de metabolismo cerebral.
3.17 Droga, se refiere a cualquier sustancia que
previene o cura alguna enfermedad o aumenta el bienestar físico o mental. En
farmacología se refiere a cualquier agente químico que altera la bioquímica o algún proceso fisiológico de algún tejido u
organismo.
3.18 Educación para la salud, es el proceso de
enseñanza-aprendizaje que permite, mediante el intercambio y análisis de la
información, desarrollar habilidades y modificar actitudes, con el propósito de inducir comportamientos para cuidar la
salud individual, familiar y colectiva.
3.19 Encargado, es la persona designada a cargo del establecimiento en ausencia del
responsable del mismo.
3.20 Establecimientos de servicios generales de salud, son aquéllos que brindan servicios de atención médica no especializada en adicciones.
3.21 Establecimientos especializados en adicciones, son los establecimientos de carácter público, privado o social, fijos o móviles, cualquiera que sea su denominación, que proporcionan servicios para la atención específica de personas con consumo perjudicial o adicción a sustancias psicoactivas, y que, en cualquier caso, operan bajo un modelo de atención profesional, de ayuda mutua o mixto.
3.22 Estilo de vida, es el conjunto de patrones de comportamiento que define e identifica
a una persona o un grupo, a través de lo que hace y expresa, que se genera en
la familia, la escuela y otros sitios de convivencia mediante la socialización,
proceso diario en el que se interactúa con los padres, los pares, las autoridades y la comunidad e
influida por los medios de comunicación.
3.23 Etanol (alcohol etílico), aquél de contenido alcohólico mayor de 55°GL, de uso industrial y no potable.
3.24 Factores protectores, son los rasgos individuales, familiares y
elementos socioculturales, que eliminan, disminuyen o neutralizan el riesgo de
que un individuo inicie o continúe un proceso adictivo.
3.25 Factor de riesgo, es el atributo o exposición de una persona o población, que están
asociados a una probabilidad mayor del uso y abuso de sustancias psicoactivas.
3.26 Fumador pasivo, es la persona que inhala de manera involuntaria el humo de tabaco en el ambiente.
3.27 Grupo de ayuda mutua, es la agrupación que ofrece servicios,
integrada por adictos en recuperación, cuyo propósito fundamental es apoyar al
adicto con base en la experiencia compartida de los miembros del grupo, para
lograr la abstinencia de sustancias psicoactivas.
3.28 Grupo de alto riesgo, es aquél en el que se ha demostrado, a
través de diversas investigaciones y estudios, que, por sus características
biopsicosociales y de vulnerabilidad social, tiene mayor probabilidad de uso,
abuso o dependencia a sustancias psicoactivas, ejemplo: niñas, niños y
adolescentes, menores en situación de calle, madres adolescentes, entre otros.
3.29 Humo de tabaco de segunda mano, es el que se forma directamente por la combustión del tabaco o corriente principal, además del que sale del extremo opuesto a la brasa o corriente secundaria al cual se agrega al que exhalan las personas que fuman.
3.30 Intoxicación aguda, es el estado posterior a la administración
de una sustancia psicoactiva, que da lugar a perturbaciones en el nivel de la
conciencia, en lo cognoscitivo, en la percepción, en la afectividad, en el
pensamiento o en el comportamiento, o en otras funciones y respuestas
psicofisiológicas.
3.31 Médico responsable, es el profesional que tiene a su cargo coordinar la información y la atención médica del usuario, con el carácter de interlocutor principal del mismo en todo lo referente a su atención e información durante el proceso médico, sin perjuicio de las obligaciones de los responsables de otros manejos terapéuticos que participan en su atención.
3.32 Modelo de ayuda mutua, es el servicio que se ofrece en las agrupaciones de adictos en recuperación, utilizando los programas de ayuda mutua.
3.33 Modelo mixto, es el tratamiento ofrecido por ayuda mutua y el modelo profesional.
3.34 Modelo profesional, es el servicio de atención que brindan los profesionales de la salud, a través de consulta externa, consulta de urgencias (servicio de urgencias) y hospitalización, entre otros.
3.35 Modelos alternativos, son aquéllos que brindan servicios de tratamiento a través de diversas técnicas y métodos sin poner en riesgo la integridad física y psicológica del usuario, y que son diferentes a los de la medicina alopática.
3.36 Niños/as, son las personas de hasta 12 años incompletos.
3.37
Participación comunitaria, es el proceso de integración y coordinación de los
miembros de una comunidad, para intervenir en la identificación y solución de
problemas comunes.
3.38 Participación social, es el proceso que permite involucrar a la
población, a las autoridades locales, a las instituciones públicas y a los
sectores social y privado en la planeación, programación, ejecución y
evaluación de los programas y acciones de salud, con el propósito de lograr un
mayor impacto y fortalecer el Sistema Nacional de Salud.
3.39 Patrón de consumo o historia de consumo, es el conjunto de factores que determinan una forma particular de uso: tipo de sustancia(s) psicoactiva(s) de impacto, de inicio, edad de inicio, frecuencia, cantidad, vía de administración, tiempo de exposición, episodios de consumo e intoxicación, contexto del consumo y problemas asociados.
3.40 Personas adultas mayores, son aquéllas que cuenten con sesenta años o más de edad y que se encuentren domiciliadas o en tránsito en el territorio nacional.
3.41 Prácticas de alto riesgo, son las actividades en las que existe una alta posibilidad de que se intercambien o compartan fluidos potencialmente infectantes.
3.42 Prácticas sexuales de riesgo, representan actividades, en las que, sin el correcto uso de algún medio que evite el intercambio de secreciones o sangre, exista penetración: pene-ano, pene-vagina, pene-boca o boca-genitales externos.
3.43 Prevención, es el conjunto de acciones dirigidas a identificar, evitar, reducir, regular o eliminar el consumo no terapéutico de sustancias psicoactivas, como riesgo sanitario, así como sus consecuencias físicas, psíquicas, económicas, familiares y sociales.
3.44 Prevención indicada, es la intervención que se dirige a grupos de población con sospecha de consumo y/o usuarios experimentales, o de quienes exhiben factores de alto riesgo que incrementan la posibilidad de desarrollar consumo perjudicial o la adicción.
3.45 Prevención selectiva, es la que se enfoca a desarrollar intervenciones para grupos de riesgo específico, por ejemplo: hijos de alcohólicos, reclusos, menores infractores, víctimas de violencia doméstica y abuso sexual, niños con problemas de aprendizaje y/o de conducta, etc. Estos grupos se asocian al consumo de drogas ya que se han identificado factores biológicos, psicológicos y ambientales que sustentan la vulnerabilidad. Asimismo coadyuva a la atención a grupos específicos de niños en situación de calle, indígenas y adultos mayores, entre otras.
3.46 Prevención universal, es la que está dirigida a la población en general y se lleva a cabo mediante la promoción de la salud para crear conocimiento y orientar sobre la problemática del consumo de sustancias y para las formas de prevención.
3.47 Promoción de la salud, son las acciones tendientes a desarrollar
actitudes y conductas que favorezcan estilos de vida saludables en la familia,
el trabajo y la comunidad.
3.48 Recuperación, es el estado de abstinencia que conlleva un mejoramiento en todas las
áreas de la vida del sujeto.
3.49 Reducción del daño, es el conjunto de acciones dirigidas a evitar o reducir situaciones de riesgo y limitar los daños asociados al consumo de sustancias psicoactivas, por lo que se articula necesariamente con la prevención y el tratamiento. No pretende necesariamente la abstinencia. Para el caso de VIH/SIDA, es la estrategia con la que se considera que a través de información a los usuarios sobre el VIH/SIDA, instrucción sobre limpieza adecuada de jeringas, del uso de agujas y jeringas estériles, dotación de condones, cloro, gasa y otros, además de asesoría médica, realización de prueba de detección del VIH, trabajo comunitario de acercamiento a las y los usuarios de drogas inyectadas, formación de grupos interdisciplinarios y consejería sobre uso de drogas, es la manera más segura y efectiva de limitar la transmisión de VIH por los consumidores de drogas inyectadas.
3.50 Rehabilitación del adicto, es el proceso por el cual un individuo que
presenta trastornos asociados con sustancias psicoactivas alcanza un estado
óptimo de salud, funcionamiento psicológico y bienestar social.
3.51 Reinserción social, es el conjunto de acciones dirigidas a
promover un estilo de vida mejor al de quien usa, abusa o depende de sustancias
psicoactivas y a lograr un mejor funcionamiento interpersonal y social.
3.52 Responsable del establecimiento
especializado en adicciones, para el efecto se estará a lo dispuesto en
3.53 Síndrome de abstinencia o de supresión, es el grupo de síntomas y signos,
cuya gravedad es variable, que aparece durante la suspensión brusca, total o
parcial del consumo de una sustancia psicoactiva, luego de una fase de
utilización permanente o del consumo de altas dosis de la misma.
3.54 Sustancia psicoactiva o psicotrópica, es
la sustancia que altera algunas funciones mentales y a veces físicas, que al
ser consumida reiteradamente tiene la posibilidad de dar origen a una adicción.
Esos productos incluyen las sustancias, estupefacientes y psicotrópicos
clasificados en
3.55 Tabaco, la planta Nicotina Tabacum y sus sucedáneos, en su forma natural o modificada, en las diferentes presentaciones, que se utilicen para ser fumado, chupado, mascado o utilizado como rapé.
3.56 Tabaquismo, es la dependencia o adicción al tabaco.
3.57 Tratamiento, es el conjunto de acciones que tienen por objeto conseguir la
abstinencia o, en su caso, la reducción del consumo de las sustancias
psicoactivas, reducir los riesgos y daños que implican el uso o abuso de dichas
sustancias, abatir los padecimientos asociados al consumo e incrementar el
grado de bienestar físico, mental y social, tanto del que usa, abusa o depende
de sustancias psicoactivas, como de su familia.
3.58 Usuario, es toda aquella persona que requiera y obtenga la prestación de
cualquier tipo de servicio relacionado con el uso, abuso o dependencia de
sustancias psicotrópicas. Al hacer mención en esta Norma a la palabra usuario,
se entenderá a sujetos tanto de sexo masculino como del femenino.
4. Símbolos y abreviaturas
El significado de los símbolos y
abreviaturas utilizados en esta Norma es el siguiente:
AA
Alcohólicos
Anónimos
CECA
Consejo Estatal
contra las Adicciones
CENSIDA Centro
Nacional para
CIE-10
Clasificación
Internacional de Enfermedades, Décima Revisión
COMCA Comité Municipal contra
las Adicciones
CONADIC
Consejo Nacional
contra las Adicciones
DA
Drogadictos
Anónimos, A.C.
DSMIV-TR Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales, Cuarta Edición, Texto revisado
LSD
Dietilamina
del Acido Lisérgico
NOM
Norma Oficial
Mexicana
SIDA Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida
SISVEA Sistema de Vigilancia Epidemiológica de las Adicciones
SNS Sistema Nacional de Salud
OMS Organización
Mundial de
ONU Organización de las Naciones Unidas
OPS Organización
Panamericana de
VIH Virus
de
5. Generalidades
5.1
Los servicios de atención especializada en adicciones representan, de manera
inherente, actividades:
A) Preventivas
B) De urgencias
C) De tratamiento
D) De rehabilitación y reinserción
social
E) Reducción de daños y riesgos
F) De enseñanza y capacitación, y
G) De investigación científica
5.2 Los establecimientos especializados en adicciones que brinden atención residencial deben contar con:
5.2.1 Organización interna:
5.2.1.1 Contar con el aviso de funcionamiento respectivo, así como con el registro como institución especializada ante el CONADIC
5.2.1.2 Programa general de trabajo aprobado por el CONADIC, en el que se contemple el tratamiento médico y/o psicosocial basado en principios científicos, sociales y éticos,
5.2.1.3 Reglamento Interno,
5.2.1.4 Manuales técnico-administrativos, y
5.2.1.5 Guía operativa de referencia y contrarreferencia a otros establecimientos de mayor complejidad, de acuerdo con el cuadro clínico.
5.2.2 Infraestructura:
5.2.2.1 Instalaciones y equipo
apropiado para el desarrollo de sus funciones, de acuerdo con el tipo de modelo de
atención que brinden, e
5.2.2.2 Instalaciones específicas necesarias para dar atención a los usuarios, estableciendo perfectamente la división de acuerdo con su grupo de edad y sexo.
·
Niños/as
·
Adolescentes
·
Adultos/as
·
Personas Adultas Mayores
·
Personas con capacidades diferentes
5.2.3 Personal capacitado y suficiente para llevar a cabo las funciones del establecimiento.
5.2.4 Programa
de atención integral para los usuarios, mismo que habrá de comprender:
5.2.4.1
Ambiente físico apropiado, limpio y seguro,
5.2.4.2
Tratamiento médico y/o psicosocial, de acuerdo con los principios científicos,
sociales y éticos aplicables,
5.2.4.3
La alimentación suministrada a los usuarios debe ser balanceada, de buen
aspecto, en cantidad suficiente para una adecuada nutrición y servida en
utensilios higiénicos, de acuerdo con el estado de salud del usuario,
5.2.4.4
Ambiente y acciones que promuevan la participación activa del usuario en su
tratamiento,
5.2.4.5
El personal que labora en los establecimientos especializados en adicciones,
tiene la obligación de vigilar, proteger y dar seguridad a los usuarios,
mientras permanezcan en el mismo,
5.2.4.6
La relación del personal con los usuarios se basará en el respeto a su persona,
a sus derechos civiles y humanos, así como a sus pertenencias,
5.2.4.7 Proporcionar
un servicio de quejas y sugerencias para usuarios y familiares, que garantice
el que sean tomadas en cuenta para la solución, vigilancia y seguimiento de las
peticiones,
5.2.4.8
El establecimiento debe promover, de ser posible, la participación de la
familia en el proceso de atención a los usuarios y hacerla corresponsable de
acciones concretas propias del proceso de atención,
5.2.4.9 Se debe informar sobre el costo directo o indirecto y total del tratamiento, así como su duración, en el momento del ingreso o cuando cualquier persona solicite información,
5.2.4.10 Toda
medicación suministrada al usuario debe ser prescrita por un médico y ello debe
ser registrado en el expediente clínico del usuario,
5.2.4.11
Todo usuario que ingrese al establecimiento con una prescripción médica o con
un esquema de tratamiento previo, deberá tener continuidad en su terapéutica,
por lo que el responsable del establecimiento se debe comprometer a administrar
los medicamentos en las dosis y horarios prescritos, pudiendo ser interrumpidos
previa valoración médica,
5.2.4.12
Toda información proporcionada por el usuario y/o familiares del mismo, así
como la consignada por escrito en su expediente, deberá manejarse bajo las
normas de confidencialidad y el secreto profesional,
5.2.4.13
La información sobre el proceso del tratamiento no se revelará a individuo o
autoridad alguna, si no es con el consentimiento escrito del usuario, salvo los
casos previstos por la ley,
5.2.4.14
En ninguno de los tratamientos se permitirán grabaciones de audio, video o
fotografías, en modalidad alguna de tratamiento, sin explicar su finalidad y
previo consentimiento informado y por escrito del usuario, familiar más cercano
en vínculo, tutor, curador y, en su caso, representante legal,
5.2.4.15 El establecimiento debe contar con un directorio de instituciones y servicios para la referencia o canalización de los usuarios en situaciones de urgencia, tratamiento y rehabilitación, avalado por el CONADIC,
5.2.4.16
El programa de trabajo del establecimiento deberá contar con la especificación
de las actividades de rehabilitación que deberán desarrollarse en el mismo, en
términos de las necesidades particulares de los usuarios, con la participación
interdisciplinaria de los trabajadores y la familia.
5.2.5 Notificar mensualmente al SISVEA, mediante el llenado de cuestionarios sobre Consumo de Drogas para cada usuario de nuevo ingreso registrado, siempre respetando el anonimato del usuario.
5.3 El
ingreso de los usuarios a los establecimientos especializados en adicciones con
modelos profesional y mixto podrá ser voluntario, involuntario u obligatorio, y
en el de ayuda mutua será estrictamente voluntario, pudiendo darse el ingreso
obligatorio en los establecimientos que operen bajo este modelo que estén
reconocidos por el CONADIC, debiéndose ajustar a los procedimientos siguientes:
5.3.1
El ingreso voluntario requiere de solicitud del usuario por escrito, haciendo
constar el motivo de la solicitud; en caso de ser menor de edad se requiere de
la solicitud por escrito de sus padres, representante legal o tutor.
5.3.2
El ingreso en forma involuntaria se presenta en el caso de los usuarios que
requieren atención urgente o representan un peligro grave e inmediato para sí
mismos o para los demás. Requiere la indicación de un médico y la solicitud de
un familiar responsable, tutor o representante legal, ambas por escrito. En
caso de extrema urgencia, el usuario puede ingresar por indicación escrita del
médico a cargo del establecimiento.
Todo internamiento involuntario deberá ser notificado por el responsable del establecimiento al Ministerio Público de la adscripción, en un plazo no mayor de 24 horas posteriores a la admisión.
5.3.3
El ingreso obligatorio se lleva a cabo cuando lo solicita la autoridad legal
competente, siempre y cuando el usuario lo amerite de acuerdo con el examen
médico que le sea practicado.
5.3.4 Tratándose de un menor de 16 años, sólo se le ingresará cuando existan programas y espacios adecuados e independientes, de acuerdo con la edad y sexo, de lo contrario deberá ser referido a los establecimientos encargados de la atención a menores.
5.4 El
egreso del usuario del establecimiento especializado en adicciones podrá ser
por los siguientes motivos:
5.4.1
Haber cumplido los objetivos del internamiento,
5.4.2
Traslado a otra institución,
5.4.3
A solicitud del usuario, con excepción de los casos de ingresos obligatorios e
involuntarios,
5.4.4
A solicitud del familiar autorizado, representante legal o tutor y con el
consentimiento del usuario,
5.4.5
Abandono del servicio de hospitalización sin autorización médica, debiéndose
notificar al Ministerio Público del lugar de la adscripción del
establecimiento,
5.4.6
Disposición de la autoridad legal competente, y
5.4.7
Defunción.
6. Prevención
Es el conjunto de acciones dirigidas a identificar, evitar, reducir, regular o eliminar el consumo no terapéutico de sustancias psicoactivas, como riesgo sanitario, así como sus consecuencias físicas, psíquicas, económicas, familiares y sociales.
Para realizar las acciones de
prevención, es necesario tomar en cuenta, los aspectos macro y micro sociales
de las poblaciones objetivo, tales como: dimensiones epidemiológicas del
problema, disponibilidad de servicios y programas preventivos, representación
social, zona geográfica, su cultura, usos y costumbres, la familia y aspectos
legislativos, entre otros; así como las características de los individuos tales
como su edad y género, las sustancias psicoactivas de uso, los patrones de
consumo y problemas asociados.
De esta manera, todo programa
preventivo deberá:
a)
Disponer de un marco filosófico, teórico y metodológico, basarse en un diagnóstico,
conocimiento de las necesidades y evidencias científicas, contar con sistemas
de seguimiento y evaluación, así como los recursos y el personal calificado.
b)
Considerar componentes de prevención universal, selectiva o indicada, ser
proactivo, no discriminativo, y considerar los componentes culturales y de la
región.
c)
Incluir poblaciones vulnerables y de muy alto riesgo, de acuerdo con la
estratificación de los diferentes grupos sociales, tomando en cuenta sobre todo
a la juvenil.
d)
Contar con programas escritos que las mismas elaboren y tener el aval por
escrito del CONADIC.
6.1 En materia de modalidades preventivas:
6.1.1 En el caso de considerar estrategias de prevención universal, el programa deberá considerar mensajes y estrategias que estén destinados a impedir o retrasar la edad de inicio del consumo de sustancias psicoactivas con base en los siguientes principios:
6.1.1.1 El programa se debe diseñar tratando de incidir sobre todo tipo de población, sin tener en cuenta las situaciones de riesgo individuales. Los destinatarios no deben ser seleccionados,
6.1.1.2 Su metodología y contenidos deben estar diseñados para cualquier contexto de intervención (escolar, familiar, comunitario, etc.), y
6.1.1.3 Debe implicar una serie de intervenciones que en comparación con modalidades preventivas selectivas o indicadas, requieran de menor tiempo.
6.1.2 En caso de considerar estrategias de prevención selectiva, el programa debe dirigirse a grupos que presentan un especial riesgo de consumo de sustancias psicoactivas, ya sea por factores de orden biológico, psicosociales o ambientales, esto con base en lo siguiente:
6.1.2.1 A partir del conocimiento de factores de riesgo específicos para el inicio y mantenimiento del consumo de sustancias psicoactivas, debe identificar e intervenir con grupos de personas que comparten determinadas características con el objetivo que desarrollen habilidades que les permitan afrontar tales riesgos,
6.1.2.2 Por lo general, no valora el grado de vulnerabilidad o riesgo personal de los miembros del grupo de riesgo, pero supone tal vulnerabilidad por pertenecer a él.
6.1.2.3 Durante la conformación de los grupos a intervenir, se deben considerar medidas para tratar de evitar o disminuir la posibilidad de contribuir en los procesos de construcción social de estigmas hacia estos grupos.
6.1.2.4 Se deben desarrollar en periodos largos de tiempo y requerir más dedicación y esfuerzo por parte de los participantes que las modalidades de intervención universales.
6.1.2.5 Se debe contar con personal con formación específica en adicciones.
6.1.3 En caso de considerar estrategias de prevención indicada, el programa deberá dirigirse a personas que no presentan los criterios diagnósticos de adicción pero que muestran signos previos (por ejemplo; consumo de sustancias psicoactivas de manera experimental, problemas de conducta relacionados, etc.), esto con base en los siguientes principios:
6.1.3.1 El programa se debe diseñar con el objetivo de detener la progresión del abuso de sustancias psicoactivas o desórdenes relacionados, así como para disminuir los riesgos asociados al mismo,
6.1.3.2 Debe seleccionar cuidadosamente a los participantes o destinatarios del programa a través de un tamizaje u otros procesos de selección; considerando medidas para tratar de evitar o disminuir la posibilidad de contribuir en los procesos de construcción social de estigmas hacia estas personas,
6.1.3.3 Debe valorar de manera específica los factores de riesgo, individuales y grupales, así como los problemas de conducta relacionados,
6.1.3.4 Se debe desarrollar en largos periodos de tiempo, con alta frecuencia y se requiere de un importante esfuerzo por parte de los participantes, y
6.1.3.5 Se debe contar con la intervención de personal especializado en adicciones.
6.2
Promoción de
Proceso que permite fortalecer
los conocimientos, aptitudes y actitudes de las personas para participar
corresponsablemente en el cuidado de su salud y para optar por estilos de vida
saludables, facilitando el logro y conservación de un adecuado estado de salud
individual, familiar y colectiva, mediante actividades de participación
comunitaria, comunicación social y educación para la salud.
6.2.1
En materia de educación para la salud se debe:
6.2.1.1 Informar a la población sobre el problema social y de salud pública que genera el consumo de sustancias psicoactivas y requerir la participación organizada de toda la sociedad para combatir este problema,
6.2.1.2 Informar sobre factores protectores y factores de riesgo en torno a las adicciones, particularmente a niños, niñas, adolescentes y otros grupos de alto riesgo,
6.2.1.3 Orientar sobre medidas preventivas y conductas responsables para evitar y, en su caso, retrasar la edad de inicio del consumo de sustancias psicoactivas, así como los riesgos y daños asociados al consumo,
6.2.1.4 Desarrollar programas educativos encaminados a influir positivamente en la formación integral del individuo, de la familia y la comunidad, así como promover el autocuidado, mejores relaciones, estilos de vida y entornos saludables, y
6.2.1.5 Distribuir materiales previamente evaluados, avalados por el CONADIC, relacionados con la prevención de adicciones, que sean acordes a la población objetivo.
6.2.2 En materia de participación comunitaria se debe:
6.2.2.1 Establecer comunicación con los diversos sectores, grupos, autoridades y líderes de la comunidad, de tal manera que permita y favorezca la realización de acciones coordinadas y permanentes para la prevención del consumo de sustancias psicoactivas y el desarrollo de comunidades saludables,
6.2.2.2 Incorporar a líderes de grupos objetivo en el diseño y ejecución de actividades preventivas y acordes a su contexto sociocultural y de promoción de la salud,
6.2.2.3 Apoyar en actividades de información, orientación y capacitación a grupos representativos de la comunidad que participen voluntariamente en actividades preventivas y de promoción de la salud, fomentando la retroalimentación,
6.2.2.4 Impulsar y apoyar actividades comunitarias para la ocupación del tiempo libre, el aprendizaje de habilidades, habilidades para el autoempleo y la realización de actividad física sistemática de acuerdo con la población objetivo; así como promover la creación de espacios recreativos, sociales y culturales,
6.2.2.5 Promover la participación activa y organizada
de la comunidad para que, con base en el conocimiento del marco legal sobre el
consumo y control de las sustancias psicoactivas, coadyuve al cumplimiento del
mismo y proponga iniciativas para su modificación.
6.2.2.6
Identificar y fortalecer redes sociales para la ejecución de planes de acción
encaminados al desarrollo del bienestar social.
6.2.3 En materia de comunicación social se debe:
6.2.3.1
Promover que las actividades de comunicación masiva, grupal e interpersonal sobre
prevención del abuso de sustancias psicoactivas, formen parte de un programa
integral de educación y promoción para la salud,
6.2.3.2
Ofrecer una visión integral y objetiva del problema, así como informar sobre
las alternativas para su atención preventiva, terapéutica y de rehabilitación,
6.2.3.3
Diseñar, elaborar, difundir y evaluar campañas que promuevan la concientización
de la comunidad y su participación en acciones preventivas sobre el abuso de
sustancias psicoactivas, fundamentándose en información científica, evitando
estigmatizar a grupos específicos de la población,
6.2.3.4
Vigilar que los medios utilizados en la difusión de los mensajes sean los más
adecuados, en cuanto a horario, frecuencia y tipo, para la población definida
como objetivo,
6.2.3.5
Definir los contenidos de los mensajes, de tal manera que:
6.2.3.5.1
Sean claros, específicos, con datos actualizados y confiables, con fundamento
en la evidencia científica, que eviten la estigmatización y que tengan un nivel
de impacto y efectividad apropiados,
6.2.3.5.2
Se dirijan a las necesidades, intereses y características de la población
objetivo,
6.2.3.5.3
No muestren la forma de administración de sustancias psicoactivas, ni a
personas consumiéndolas, y
6.2.3.5.4
Motiven la participación y toma de conciencia en acciones preventivas.
6.2.3.6
Contar con el aval técnico del CONADIC.
6.2.3.7 El CONADIC, ante el incumplimiento de las disposiciones contenidas en el numeral 6.2.3, lo hará del conocimiento de las autoridades competentes, para que éstas lleven a cabo el procedimiento respectivo.
7. Detección temprana y derivación
Es una estrategia evaluativa que
combina la identificación del consumo de sustancias psicoactivas y los riesgos
o daños ocasionados por ello, así como del tratamiento oportuno.
7.1 El personal de salud debe realizar la valoración clínica sobre consumo de tabaco, alcohol y otras sustancias psicoactivas en el individuo.
7.2 Si existen indicios de que la persona está en etapa de experimentación o consumo eventual, se debe aplicar el consejo de salud, con la finalidad de hacer conciencia en el usuario sobre la importancia de disminuir hasta abandonar el consumo de la sustancia psicoactiva.
7.3 En caso de que el individuo presente uso perjudicial de tabaco, alcohol u otras sustancias psicoactivas, debe ser derivado a algún servicio de tratamiento especializado.
8. Referencia de usuarios
8.1
Cuando los recursos del establecimiento no permitan la atención del problema
del usuario, se deberá remitir a otro establecimiento en el que se asegure su
atención, debiendo cumplir con los requisitos de ingreso del establecimiento al
que será remitido, tomando en cuenta las necesidades del usuario, el tipo de
sustancia utilizada, edad, género, patrones de consumo, síndrome de dependencia
de las sustancias psicoactivas y problemas asociados al consumo.
8.2 El
encargado o el responsable deberán elaborar la hoja de referencia, la cual debe
contener:
8.2.1
Datos generales del establecimiento que refiere,
8.2.2
Datos del establecimiento receptor,
8.2.3 Resumen
del caso que incluya:
8.2.3.1
Motivo de referencia e impresión diagnóstica,
8.2.3.2
Pruebas o exámenes realizados y revisión de los mismos, en el caso de que se
hayan realizado,
8.2.3.3
Sugerencias con relación al tratamiento,
8.2.3.4
Tratamiento empleado si lo hubiera,
8.2.3.5 Nombre completo y firma de quien realiza la referencia, y
8.2.3.6 Solicitud de contrarreferencia, a fin de dar seguimiento clínico.
8.2.4 Consentimiento informado del usuario, familiar responsable y/o representante legal.
9. Tratamiento
Es el conjunto de estrategias,
programas y acciones que tienen por objeto conseguir la abstinencia o, en su
caso, la reducción del consumo de las sustancias psicoactivas, reducir los
riesgos y daños que implican el uso o abuso de dichas sustancias, abatir los
padecimientos asociados al consumo, e incrementar el grado de bienestar físico,
mental y social, tanto del que usa, abusa o depende de sustancias psicoactivas,
como de su familia.
El tratamiento especializado en adicciones se llevará a cabo bajo las siguientes modalidades:
A) No
Residencial
B)
Residencial
9.1 El
tratamiento bajo la modalidad no residencial podrá llevarse a cabo a través de:
1)
Atención de urgencias,
2)
Atención ambulatoria en establecimientos mixtos y profesionales,
3)
Atención ambulatoria de ayuda mutua,
4)
Atención ambulatoria alternativa.
9.1.1
En el tratamiento en el servicio de urgencias, por ningún motivo podrá negarse
la atención a personas con problemas relacionados con consumo de sustancias
psicoactivas, debiéndose brindar el servicio bajo los siguientes criterios:
9.1.1.1
Valoración clínica del caso,
9.1.1.2
Manejo del estado crítico,
9.1.1.3
Apertura de expediente clínico,
9.1.1.4 Elaboración
de la nota clínica inicial,
9.1.1.5
Internamiento o envío a consulta externa, y
9.1.1.6
Una vez resuelto el problema de urgencia, debe ser referido a otra unidad de
salud para el manejo del problema de abuso o dependencia.
9.1.2
La atención ambulatoria en los servicios de consulta externa de los
establecimientos mixtos, profesionales y alternativos se llevará a cabo de
acuerdo con los siguientes criterios:
9.1.2.1
Valoración clínica del caso y elaboración de la nota correspondiente,
9.1.2.2
Apertura del expediente clínico,
9.1.2.3
Elaboración de la historia clínica,
9.1.2.4 Investigar, en caso de usuarias, si están embarazadas o en periodo de lactancia,
9.1.2.5
Aplicación del estudio psicosocial,
9.1.2.6 Solicitar auxiliares de diagnóstico, en caso necesario,
9.1.2.7
Establecimiento de diagnóstico, tratamiento y pronóstico,
9.1.2.8 Involucrar a la familia en el tratamiento cuando esto sea posible, contando con el consentimiento informado del usuario cuando éste sea mayor de edad o, en caso de ser menor, con el del responsable legal,
9.1.2.9
Referencia en su caso a otro nivel de atención,
9.1.2.10
Para el tratamiento del tabaquismo, los establecimientos especializados que
operan bajo el modelo profesional o mixto deben apegarse a las siguientes
especificaciones:
9.1.2.10.1
Abrir expediente clínico,
9.1.2.10.2
Elaborar historia clínica,
9.1.2.10.3
Hacer valoración clínica del caso y elaborar la nota correspondiente,
9.1.2.10.4
Investigar si la usuaria está embarazada, en periodo de lactancia, convive con
niños/as o con mujeres embarazadas,
9.1.2.10.5
Solicitar auxiliares de diagnóstico, según sea el caso,
9.1.2.10.6
Elaborar diagnóstico, pronóstico y plan de tratamiento,
9.1.2.10.7
Si el plan de tratamiento incluye el empleo de productos sustitutivos, éstos
deben ser prescritos por el responsable médico del caso,
9.1.2.10.8
Respecto a
9.1.2.10.9 Respecto al uso de antidepresivos y otros medicamentos, deben ser indicados por un médico de acuerdo con los esquemas terapéuticos establecidos y bajo su vigilancia clínica,
9.1.2.10.10 Debe explorarse siempre la posibilidad de que se presenten patologías asociadas a la
dependencia del tabaco. De ser así debe brindarse el tratamiento específico y
en caso de no contar con capacidad resolutiva, debe solicitarse interconsulta o
bien referir al usuario,
9.1.2.10.11 En los establecimientos que ofrecen servicios generales de salud se
debe informar y orientar a los usuarios sobre los siguientes aspectos:
a) Que el tabaquismo es un problema de salud en sí mismo y un factor importante de riesgo, que requiere diagnóstico, tratamiento y vigilancia de la evolución clínica, y
b) Que este padecimiento, puede estar asociado a otros trastornos médicos, estomatológicos y psicológicos, que también requieren atención.
9.1.2.10.12 Los establecimientos que operen con el modelo de ayuda mutua para la
atención del tabaquismo, deben referir a tratamiento médico a los adictos al
tabaco, siempre que presenten complicaciones médicas que requieran atención
profesional.
9.1.3
Los establecimientos que ofrezcan tratamiento ambulatorio de ayuda mutua
deberán cubrir los siguientes requisitos:
9.1.3.1
Contar con un responsable del servicio,
9.1.3.2
Que el tratamiento que se ofrezca respete la dignidad de las personas, su
integridad física y mental, y
9.1.3.3 Si no se cuenta con la capacidad resolutiva, derivar al usuario al servicio correspondiente.
9.2 El
tratamiento bajo la modalidad residencial, se llevará a cabo en los
establecimientos:
a)
Profesionales
b) De
ayuda mutua
c)
Mixtos
9.2.1
El tratamiento en la modalidad residencial en los establecimientos mixtos y
profesionales, se llevará a cabo a través de las acciones siguientes:
9.2.1.1
Al ingreso se debe realizar:
9.2.1.1.1
Examen clínico,
9.2.1.1.2
Elaboración de nota de ingreso,
9.2.1.1.3
Elaboración de historia clínica,
9.2.1.1.4
Realización de exámenes mínimos indispensables,
9.2.1.1.5
Revisión del caso por el médico responsable, y el equipo interdisciplinario,
9.2.1.1.6
Realización de exámenes complementarios en caso necesario, y
9.2.1.1.7
Establecimiento de la impresión diagnóstica, el plan terapéutico y el
pronóstico, en un plazo no mayor de 48 horas.
9.2.1.2
La visita médica se llevará a cabo bajo los siguientes criterios:
9.2.1.2.1
Realizarse por lo menos tres veces por semana en caso de que no existan
patologías físicas concomitantes al consumo de sustancias, en caso de existir,
serán de acuerdo con su severidad,
9.2.1.2.2
Valoración del estado clínico,
9.2.1.2.3
Interpretación de resultados de los exámenes de laboratorio y gabinete,
9.2.1.2.4 Revisión del diagnóstico y tratamiento,
9.2.1.2.5 Solicitud de interconsulta en
su caso, y
9.2.1.2.6
Elaboración de la nota de evolución.
9.2.1.3
En caso de no contar con el poder resolutivo, se debe realizar interconsulta o
derivación al servicio correspondiente. La interconsulta se llevará a cabo de
acuerdo con los siguientes criterios:
9.2.1.3.1
Solicitud escrita que especifique el motivo,
9.2.1.3.2
Evaluación del caso por el servicio solicitado,
9.2.1.3.3
Proposición de un plan de estudio y tratamiento, y
9.2.1.3.4
Elaboración de la nota correspondiente.
9.2.1.4
Deberá realizarse diariamente una nota de evolución por parte del responsable
del caso, que dé cuenta de los progresos o dificultades que presente el usuario
durante su estancia residencial.
9.2.1.5
Al egreso se debe:
9.2.1.5.1
Valorar el estado clínico,
9.2.1.5.2
Ratificar o rectificar el diagnóstico final de acuerdo con
9.2.1.5.3
Elaborar pronóstico,
9.2.1.5.4
Referir siempre a seguimiento ambulatorio de su trastorno relacionado con
consumo de sustancias, y
9.2.1.5.5
Elaborar la nota clínica de egreso, informando el plan de egreso al usuario y a
sus familiares o responsable legal.
9.2.2
El tratamiento bajo la modalidad residencial en los establecimientos de ayuda
mutua, se llevará a cabo a través de las siguientes acciones:
9.2.2.1
Disposiciones generales:
Todo establecimiento de ayuda
mutua debe:
9.2.2.1.1 Contar con aviso de funcionamiento,
9.2.2.1.2 Contar con responsable legal y encargado,
9.2.2.1.3 Contar con lineamientos y disposiciones por escrito del proceso de recuperación al que se va a incorporar el usuario, del funcionamiento del establecimiento, así como tener en lugar visible los criterios de exclusión sobre padecimientos que no pueden atender (trastornos psiquiátricos, alteraciones y trastornos conductuales no inherentes al consumo de sustancias psicoactivas, comorbilidades médicas y psiquiátricas, por ejemplo),
9.2.2.1.4 Explicar con detalle y claridad, tanto al usuario como al familiar responsable o representante legal, las condiciones del establecimiento, días y horarios de visita, así como costos directos o indirectos, y
9.2.2.1.5 El ingreso y la permanencia del usuario en el establecimiento deberán ser estrictamente voluntarios, excepto por orden expresa de autoridad competente.
9.2.2.2 En cuanto a su estructura física, deben contar con:
9.2.2.2.1 Area de recepción-información,
9.2.2.2.2 Sanitarios y regaderas independientes para hombres y para mujeres,
9.2.2.2.3 Dormitorios separados por sexo, con camas independientes (literas, hamacas o de acuerdo con los usos y costumbres de la población donde se encuentre el establecimiento), y con espacios individuales para guardar objetos personales,
9.2.2.2.4 Cocina,
9.2.2.2.5 Comedor,
9.2.2.2.6 Area para actividades recreativas,
9.2.2.2.7 Botiquín de primeros auxilios,
9.2.2.2.8 Area para psicoterapia grupal o individual, en caso de que ofrezcan esta última,
9.2.2.2.9 Area de resguardo y control de medicamentos con acceso restringido a los usuarios,
9.2.2.2.10 Extintores y señalización para casos de emergencia,
9.2.2.2.11 Todas las áreas descritas deben estar siempre en perfectas condiciones de higiene, mantenimiento, iluminación y ventilación, y
9.2.2.2.12 El número de usuarios que pueden ser admitidos, dependerá de la capacidad del establecimiento, según las disposiciones legales vigentes.
9.2.2.3 Al ingreso se debe:
9.2.2.3.1 Realizar a todo usuario una revisión física por persona del mismo sexo, sin que se atente contra su integridad, siempre en presencia de un testigo que, de ser posible, sea un familiar o en su caso, representante legal o tutor, para detectar golpes o heridas que requieran la atención inmediata de un médico e informar a la autoridad competente.
9.2.2.3.2 Preguntar sobre la existencia de malestares o problemas de índole físico o mental actuales,
9.2.2.3.3 En caso de que alguna persona acuda al establecimiento con un grado severo de intoxicación o con síndrome de abstinencia o de supresión, se debe referir inmediatamente a servicios de atención profesional,
9.2.2.3.4 El encargado del establecimiento debe indagar si la persona está embarazada, tiene algún padecimiento grave, complicaciones físicas, psiquiátricas o enfermedad contagiosa, con la finalidad de tomar las previsiones necesarias para su atención y referencia,
9.2.2.3.5 Todo usuario que ingrese al establecimiento debe ser valorado por un médico en un periodo no mayor de 48 horas,
9.2.2.3.6 Se debe llenar una hoja de ingreso o reingreso de cada persona, que deberá contener:
a) Fecha y hora,
b) Datos generales del usuario,
c) Enfermedades actuales,
d) Datos del familiar más cercano en vínculo firmado por el usuario o, en su caso, representante legal o tutor, y del encargado del establecimiento,
e) Breve descripción del estado de salud general del usuario, y
f) Nombre y firma de aceptación del usuario, de su familiar más cercano en vínculo o, en su caso representante legal o tutor, y del encargado del establecimiento.
9.2.2.3.7 Si el que ingresa es menor de edad, se debe obtener adicionalmente el consentimiento por escrito de quienes ejerzan la patria potestad, del representante legal o tutor. En caso de que el menor se encuentre en situación de abandono, el encargado del establecimiento debe dar aviso al Ministerio Público más cercano, y
9.2.2.3.8 En los establecimientos no se deben admitir personas distintas a las que requieran el servicio para el cual fue creado (trastornos relacionados con consumo de sustancias psicoactivas); pero no se negará el ingreso a personas con alguna comorbilidad que ingieran medicamentos y que tengan una condición médica y/o psiquiátrica controlada.
9.2.2.4 Durante la estancia se debe:
9.2.2.4.1 Suministrar medicamentos a los usuarios, sólo bajo prescripción médica,
9.2.2.4.2 En caso de presentarse algún accidente o emergencia con alguno de los usuarios, el responsable o encargado del establecimiento debe proporcionar los primeros auxilios y asegurar que se brinde de inmediato la atención médica necesaria, dando aviso al familiar más cercano en vínculo o representante legal en su caso y, de ser procedente, a la instancia legal o autoridad competente,
9.2.2.4.3 El encargado del establecimiento debe proporcionar al familiar más cercano en vínculo y, en su caso, representante legal del usuario, toda la información que le sea solicitada acerca del estado general, evolución del tratamiento o recuperación del usuario, y
9.2.2.4.4 No deben ser utilizados procedimientos que atenten contra la dignidad, así como la integridad física y mental del usuario.
9.2.2.5 Al egreso se debe llenar la hoja de egreso con los siguientes datos:
a) Fecha y hora de egreso,
b) Descripción del estado general del usuario,
c) Nombre y firma de conformidad, de la persona que egresa; del familiar más cercano en vínculo, representante legal, según corresponda y del encargado del establecimiento, y
d) En caso de que el usuario sea menor de edad, se debe contar además con la firma de conformidad de la persona que ejerza la patria potestad o representante legal, según sea el caso.
9.3 Los establecimientos que practiquen tratamientos alternativos y/o complementarios, deberán cubrir los requisitos establecidos en los numerales del 9.1.2.1 al 9.1.2.9, así como estar registrados y avalados por el CONADIC, además de contar con el aviso de funcionamiento respectivo.
9.3.1 Por reducción de daño se entiende al conjunto de estrategias, programas y acciones dirigidas a evitar o reducir situaciones de riesgo y limitar los daños asociados al consumo de sustancias psicoactivas, por lo que se articula necesariamente con la prevención y el tratamiento. No pretende necesariamente la abstinencia.
En caso de VIH/SIDA, es la estrategia con la que se considera que a través de información a los usuarios sobre el VIH/SIDA, instrucción sobre limpieza adecuada de jeringas, del uso de agujas y jeringas estériles, dotación de condones, cloro, gasa y otros, además de asesoría médica, realización de prueba de detección del VIH, trabajo comunitario de acercamiento a las y los usuarios de drogas inyectadas, formación de grupos interdisciplinarios y consejería sobre uso de drogas, es la manera más segura y efectiva de limitar la transmisión de VIH por los consumidores de drogas inyectadas.
9.3.1.1 Quienes realicen estrategias de reducción del daño, deben contar con programa por escrito, el cual debe estar basado en la ciencia y contar con el aval técnico del CONADIC.
9.3.1.2 Los establecimientos de atención médica que lleven a cabo el tratamiento con agonistas de sustitución, deben observar los siguientes requisitos:
9.3.1.2.1 Estar registrados y avalados por el CONADIC.
9.3.1.2.2 Ser parte de tratamientos integrales, buscando al final la abstinencia de la sustancia o la disminución de las consecuencias producidas por el consumo de sustancias, la rehabilitación y la reinserción social de individuos y familias, e
9.3.1.2.3 Involucrar a la familia.
10. Investigación
10.1 La investigación en materia de
adicciones, tiene por objeto:
10.1.1 Proveer de una base científica
que permita diseñar e implementar políticas en materia de adicciones,
10.1.2 Evaluar los resultados de los
modelos y programas preventivos, así como de tratamiento, rehabilitación y
control, registrando sus ventajas y desventajas y su repercusión a nivel
local y nacional,
10.1.3 Identificar grupos y factores
de riesgo y orientar la toma de decisiones, y
10.1.4 Establecer el costo, beneficio y efectividad de las acciones y programas.
10.2
En toda investigación en que el ser humano sea sujeto de estudio, deberá
acatarse lo dispuesto en
10.3 En el diseño y desarrollo de este tipo de investigaciones se debe:
10.3.1 Obtener el consentimiento
informado y por escrito, por parte del sujeto y, en su caso, del familiar más
cercano en vínculo, o representante legal, debiendo informárseles, de
acuerdo con sus condiciones individuales, extensa y explícitamente en forma
verbal y por escrito, las características del estudio, la participación que se
espera tener del sujeto, su derecho a aceptar o rehusar por libre albedrío y en
cualquier momento del desarrollo de la investigación, sin demérito en su
atención, así como los riesgos que corre, y
10.3.2 Elaborar, por parte del investigador, el protocolo de investigación, entendiendo por éste, el documento que contenga de manera ordenada y cronológica todos los aspectos que se requieran para realizar el estudio como: recursos humanos, materiales, los del orden científico, metodológico, analítico, estadístico, los costos que en su caso implique el estudio, el cronograma de actividades, la bibliografía que lo sustenta, los aspectos legales y éticos, el escrito de consentimiento informado, y/o el diverso escrito de la persona que en ejercicio de su derecho, solicite retirarse del estudio en cualquier fase en que éste se encuentre y que debe ser autorizado de inmediato por la autoridad competente o por quien haga sus veces.
Dicho protocolo se acompañará de una
solicitud que debe presentarse a las autoridades competentes para su aprobación
y para la realización del proyecto de investigación, debiendo respetarse en
todo momento el anonimato del sujeto.
10.4 Los resultados de la investigación deben ser dados a conocer a la comunidad donde se efectuó el estudio y difundirse, en su caso, a través de reportes y publicaciones, respetando el anonimato y confidencialidad de los participantes en el mismo, debiendo darse a conocer:
10.4.1 El patrocinador del estudio,
10.4.2 La declaratoria de conflicto de intereses, entendiéndose por ello cuando un autor, evaluador o editor tienen relaciones personales o financieras que influyen de forma poco adecuada en sus acciones, y
10.4.3 Aquellos resultados que se hayan obtenido en la investigación, que sean negativos o contrarios a los esperados en un principio.
11. Vigilancia epidemiológica
11.1
Para la vigilancia epidemiológica de las adicciones, los establecimientos deben
apegarse a lo dispuesto en
11.2 El SISVEA es el órgano oficial en materia de adicciones y tiene por objeto generar información actualizada del comportamiento epidemiológico en esta materia, para su difusión en el ámbito del SNS e internacional y su utilización para los programas de prevención y protección de salud afines.
Para lo anterior, los establecimientos especializados en adicciones bajo la modalidad Residencial, No Residencial y otras modalidades ambulatorias de Organismos Gubernamentales y Organismos No Gubernamentales, deben:
11.2.1 Notificar al SISVEA, mediante el llenado de cuestionarios sobre Consumo de Drogas para cada nuevo ingreso registrado, con periodicidad mensual, y
11.2.2 Ajustarse a los procedimientos
para instrumentar el SISVEA, que se describen en el Manual para
12. Seguimiento y evaluación
12.1
El seguimiento de los programas y acciones que se realizan en todos los
establecimientos, permitirá determinar el grado en que se obtengan los
resultados esperados, y la medida en que se cumplan los objetivos para los que
fueron creados.
12.2
Las acciones en materia de seguimiento y evaluación deben orientarse hacia la
estructura, proceso, resultado e impacto de los programas de prevención,
tratamiento, rehabilitación, participación comunitaria, enseñanza, capacitación
e investigación sobre las adicciones a sustancias psicoactivas.
12.3
Todo servicio en materia de adicciones debe reportar sus actividades al
CONADIC, con una periodicidad trimestral, conforme a los procedimientos
establecidos por éste.
13. Capacitación y enseñanza
13.1
Las acciones de capacitación y enseñanza deberán aplicarse tomando en
cuenta la diversidad cultural de la población, para lo cual deberá realizarse
bajo un enfoque intercultural, tomando en cuenta la prevalencia y los patrones
de consumo, con el objeto
de contar con recursos humanos, profesionales y técnicos suficientes y bien
preparados para afrontar el problema, apoyar la creación de programas
integrales sobre prevención, investigación, tratamiento, reducción de daños,
rehabilitación y control del tabaquismo, el alcoholismo, el abuso de bebidas
alcohólicas, y de la farmacodependencia, así como elevar la calidad de tales
acciones y fomentar el intercambio de experiencias y conocimientos.
13.2
Las acciones en materia de capacitación deben:
13.2.1
Realizarse a través de cursos, talleres, seminarios, congresos y cualquier otro
foro para investigación y difusión de conocimientos científicos,
13.2.2
Dirigirse al personal y a los profesionales de la salud que lo requieran para
que efectúen actividades de prevención, diagnóstico temprano, tratamiento,
reducción de daños e investigación sobre el consumo de sustancias psicoactivas,
y
13.2.3
Orientarse a grupos y organismos de diversos sectores (familiar, educativo,
laboral y comunitario) para realizar acciones preventivas.
13.3
Las acciones en materia de enseñanza deben realizarse a través de diplomados,
cursos especializados, maestrías y doctorados que cuenten con valor curricular,
de conformidad con las disposiciones educativas vigentes.
14. Bibliografía
14.1 Centro Nacional para
14.2 Comité Internacional de Editores de Revistas Médicas
(ICMJE); Requisitos de uniformidad para manuscritos enviados a revistas
biomédicas: Redacción y preparación de la edición de una publicación biomédica
(Título original: Uniform Requirements for manuscripts Submitted to Biomedical
Journals-ICMJE, localizada en versión original en www.icmje.org). Comité Internacional de Editores
de Revistas Médicas (ICMJE); la traducción ha sido realizada por el Serve i de
Traduccions Revisions de Textos, última actualización en febrero del 2006,
última revisión de la traducción l 4 de abril del 2006, Revisada por los
Doctores Joseph M Doménech Massones de
http://www.metodo.uab.es/enlaces/Requisitos_de_Uniformidad_2006.pdf
14.3 Consejo Nacional contra las Adicciones, CEIJ, Hospital General de México, Hospital Gea González, IMSS, INCAN, INER, INNN e INP. Benchmarking, mejores prácticas en la prestación de servicios para dejar de fumar. Serie Actualización profesional en Salud. Consejo Nacional contra las Adicciones, SSA. México, D.F., 2003.
14.4 Consejo Nacional contra las Adicciones, CIJ, Caritas, DIF, IMIFAP, INEA, INEPAR, PEPCA, SEP, SSA, UNAM; Modelos Preventivos. Serie Planeación, SSA, CONADIC. México, D.F., 2004.
14.5 Consejo Nacional contra las Adicciones; Consejo Médico para Dejar de Fumar. Su asesoría puede ayudar al paciente a abandonar la adicción al tabaco, Serie Actualización profesional en Salud. Consejo Nacional contra las Adicciones, SSA. México, D.F., 2002.
14.6
Consejo Nacional contra las Adicciones; El Consumo de Drogas Inyectadas y
14.7
Consejo Nacional contra
las Adicciones; Manual para
14.8 Consejo Nacional contra las Adicciones; Observatorio mexicano en tabaco, alcohol y otras drogas 2003. Consejo Nacional contra las Adicciones, SSA. México, D.F., 2003.
14.9
De León Pantoja, Gabriela;
Asesor Díaz Barriga Salgado, Lino. Internamiento con Farmacodependientes,
Perspectivas Actuales. Centros de Integración Juvenil CIJ A.C.; México, D.F.,
1995.
14.10
Decreto 147/1985 sobre
Centros, Servicios y Establecimientos de Bienestar Social. Comunidad de Madrid.
Madrid, España; diciembre,
1985.
14.11 Díaz-Barriga Salgado, Lino; Guisa Cruz, Víctor Manuel; Sánchez Huesca, Ricardo. Alternativas de Rehabilitación en Salud Mental; Centros de Integración Juvenil A.C., México, D.F., 1996.
14.12 Echeverría San Vicente, Leticia; Ruiz Torres, Gabriela Mariana; Salazar Garza Martha Leticia; Tiburcio Sainz, Marcela Alejandra; Ayala Velásquez, A. Héctor E. ( ); Manual de detección temprana e intervención breve para bebedores problema. Secretariado Técnico del Consejo Nacional contra las Adicciones, SSA, UNAM, Facultad de Psicología, CONACYT; México, D.F., Primera edición, 2005.
14.13
Funciona ¿Cómo y Por qué?,
Los Doce Pasos y Doce Tradiciones de Narcóticos Anónimos. Narcóticos Anónimos;
México, D.F., 1997.
14.14
Goti Elena;
14.15
Guía de Introducción a
Narcóticos Anónimos. Narcóticos Anónimos México, D.F., 1995.
14.16
Instituto Mexicano del
Seguro Social; Fomento de
14.17 Instituto Nacional de Salud Pública, Secretaría de Salud; Primer informe sobre el Combate al Tabaquismo. México ante el Convenio Marco para el Control del Tabaco. Instituto Nacional de Salud Pública, SSA, Primera edición. Cuernavaca, Morelos, 2005.
14.18
Instituto sobre
Alcoholismo y Farmacodependencia; Manual de Normas y Procedimientos. Instituto sobre Alcoholismo y
Farmacodependencia. Instancia de Aprobación y Seguimiento de Programas Públicos
y Privados.
14.19 International Labour Organization (ILO);
Management of Alcohol and Drug-Related Issues in the Workplace. International
Labour Office.
14.20 Klaus, Mäkelä, Ilkk Arminon, Kim Bloomfield
e.t.; Alcoholics Anonymous as a Mutual-Help Movement. A Study in Eight
Societies; The
14.21
Las Doce Tradiciones,
40ava. reimpresión. Central Mexicana de Servicios Generales de Alcohólicos
Anónimos, A.C. México, D.F., 1989.
14.22 Liberaddictus; Modelos Preventivos. Liberaddictus. Año X, No. 75, México, D.F., octubre de 2003.
14.23 Los Tres Lineamientos (Folleto). Oficina Central de Servicios de Grupos 24 Horas de Alcohólicos Anónimos y Terapia Intensiva, A.C.; México, D.F., 1997.
14.24
Manual de Servicios de
Alcohólicos Anónimos y Doce Conceptos para el Servicio Mundial, Central
Mexicana de Servicios Generales de Alcohólicos Anónimos, A.C. México, 1996.
14.25 Manual de Servicios. Oficina Central de Servicios de Grupos 24 Horas de Alcohólicos Anónimos y Terapia Intensiva, A.C., 4a. Edición, México, D.F., 1997.
14.26 Marc A. Schuckit, M.D.; Drug and Alcohol Abuse, Clinical Guide to Diagnosis and Treatment. Fifth edition, New, York, USA. 2000.
14.27 Martínez Martínez, Kalina Isela; Salazar Garza, Martha Leticia; Ruiz Torres, Gabriela Mariana; Barrientos Casarrubias, Vania; Ayala Velásquez, Héctor E. ( ); Programa de intervención breve para adolescentes que inician el consumo de alcohol y otras drogas. Manual del terapeuta. Consejo Nacional contra las Adicciones, SSA, UNAM, CONACYT. Primera edición, México, D.F., 2005.
14.28 Ministerio de
Desarrollo Humano, Manual
de Acreditación Para Centros de Tratamiento y Rehabilitación de Dependientes de
Sustancias Psicotrópicas. Ministerio de Desarrollo Humano, República de
Bolivia. 1997.
14.29 Mosby; Diccionario de Medicina. Editorial Océano. Madrid, España; 2001.
14.30 Narcóticos Anónimos. Narcóticos Anónimos, México,
D.F., 1997.
14.31 Oficina de las Naciones Unidas contra
14.32 Organización de las Naciones Unidas;
Declaración Universal de los Derechos Humanos. Adoptada y proclamada por
14.33 Organización Mundial
de
14.34 Organización Mundial de
14.35 Organización Mundial de
14.36 Organización Panamericana de
14.37 Reglamento para los Establecimientos de
Rehabilitación de Personas Dependientes de Sustancias Psicoactivas, a través de
14.38 Resolución de
14.39 Samet Jonathan M.; Los riesgos del tabaquismo activo y pasivo. Salud Pública Mx. Instituto Nacional de Salud Pública; México, 2002; Volumen 44, Sup. 1.
14.40 Secretaría de Programación para
14.41 Secretaría de Salud (SSA), Dirección General de
Epidemiología (DGE), Instituto Nacional de Psiquiatría Ramón de
http://www.inegi.gob.mx/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/continuas/sociales/salud/2004/ena02.pdf
14.42 Secretariado Técnico
del Consejo Nacional contra las Adicciones; Retos para
14.43 Souza y Machorro, Mario; Guisa Cruz, Víctor Manuel; Díaz Barriga Salgado, Lino; Sánchez Huesca, Ricardo. Farmacoterapia de los Síndromes de Intoxicación y Abstinencia por Psicotrópicos. Centros de Integración Juvenil A.C.; México, D.F., 2001.
14.44 The American Psychiatric Association,
Washington; Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales, DSM-IV
TR. Presidente Allen Frances, M.D. Presidente Harold Alan, M.D. Vicepresidente
Michael B. Editorial Masson, Primera edición 2002, Reimpresión 2003 en versión
español publicada por
14.45 The American Psychiatric Press; DSM-IV, Tratado
de Psiquiatría, Tomos I y II, Robert E. Hales; Stuart C. Yudofsky; Jonh A.
Talbott; 3era. Edición,
Editorial
14.46
14.47
14.48 Velasco Fernández, Rafael. Alcoholismo. Visión Integral. Ed. Trillas; México, D.F. 1988.
LEGISLACION Y DOCUMENTOS NORMATIVOS
14.49 Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
14.50 Convenio Marco para el Control del Tabaco,
Organización Mundial de
14.51 Ley Orgánica de
14.52 Ley General de Salud.
14.53 Ley Federal sobre Metrología y
Normalización.
14.54 Ley para
14.55 Ley de los Derechos de las Personas Adultas
Mayores.
14.56 Reglamento de
14.57 Reglamento de
14.58 Reglamento de Insumos para
14.59 Reglamento Interior de
14.60 Reglamento de
14.61 Reglamento de Control Sanitario de Productos
y Servicios.
14.62 Ley General para el Control del Tabaco
14.63 Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012
14.64 Programa Nacional de Salud 2007-2012,
Secretaría de Salud, México, 2007, disponible en:
http://portal.salud.gob.mx/sites/salud/descargas/pdf/pns_version_completa.pdf
14.65 Programa de Acción: Adicciones Tabaquismo,
Secretaría de Salud, México, Primera Edición, 2001, disponible en:
http://www.conadic.gob.mx/programas/tabaq_index.html
14.66 Programa de Acción: Adicciones Alcoholismo,
Secretaría de Salud, México, Primera Edición, 2001, disponible en:
http://www.conadic.gob.mx/programas/alcohol_index.html
14.67 Programa de Acción: Adicciones
Farmacodependencia, Secretaría de Salud, México, Primera Edición, 2001,
disponible en: http://www.conadic.gob.mx/programas/farma_index.html
14.68 Programa de Acción: Salud Mental, Secretaría
de Salud, México, Primera Edición, 2001, disponible en:
http://sersame.salud.gob.mx/progaccio_sm.htm
15. Concordancia con normas internacionales
Esta Norma no concuerda con ninguna Norma Internacional
16. Observancia de la norma
La vigilancia de
la aplicación de esta Norma corresponde a
17. Vigencia
Esta Norma
Oficial Mexicana entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial de
Sufragio Efectivo
No Reelección.
México, D.F., a
23 de junio de 2009.- El Subsecretario de Prevención
y Promoción de
APENDICE INFORMATIVO A
CEDULA DE INDICADORES PARA MEDIR
DEPENDENCIA A DROGAS
Criterios
para diagnosticar dependencia a sustancias adictivas: conjunto de
manifestaciones fisiológicas, conductuales y cognoscitivas, en el cual el
consumo de una droga adquiere la máxima prioridad para el individuo, que se
manifiesta por tres o más síntomas en algún momento, en los 12 meses previos.
(Organización
Mundial de
Edad del
sujeto_________
Anote el
nombre de la droga: _________________________
|
¿Que tipo(s) de droga(s)
consume? (Puede marcar más de una opción) |
Mariguana Anfetaminas Tranquilizantes Disolventes o
inhalables Rohypnol Sedantes Alucinógenos Basuco o Pasta base Opiáceos (analgésicos
narcóticos) Opio o morfina Cristal (metanfetaminas) Cocaína ¿Principal droga
consumida?________________ |
|||||
|
En los últimos
12 meses: |
No 0 Sí 1 |
PREGUNTA FILTRO Si la respuesta es afirmativa, continúe |
Calificación: Marque con una X si el |
|||
|
|
|
|
síntoma está presente |
|||
|
¿Usó en más de cinco ocasiones: ____________ para estimularse,
relajarse, sentirse (nombre de la droga) Mejor o sentirse más activo
o alerta? |
|
|
|
|||
|
1a ¿Se dio cuenta de que tenía que usar más cantidad que antes de
______________ para lograr el efecto deseado? (nombre de la droga) |
No 0 Sí 1 |
Tolerancia Se califica como síntoma presente, cuando alguna de las
respuestas es afirmativa = 1 Síntoma Después
de la primera respuesta 1a,
1b o 1c = 1 Afirmativa,
pase a la pregunta 2ª |
|
|||
|
1b ¿Notó que la misma
cantidad de __________________ le hacía menos efecto |
|
|
|
|
|
|
|
(nombre de la
droga) |
No 0 |
|
|
|
|
|
|
Que antes? |
Sí 1 |
|
|
|
|
|
|
1c ¿Alguna vez
se dio cuenta de que necesitaba más cantidad de ______________ para (nombre de la droga) lograr el mismo efecto? |
No 0 Sí 1 |
|
|
|||
|
2a
¿Ha sentido un deseo o necesidad tan fuerte de consumir ___________________ (nombre
de la droga) que no pudo evitar hacerlo? |
No 0 Sí 1 |
Fuerte deseo
o sensación de compulsión para tomar la sustancia Se califica como síntoma
presente, cuando alguna de las
respuestas Síntoma es afirmativa = 1 2a, o
2b = 1 Después
de la primera respuesta afirmativa,
pase a la pregunta 3a |
|
|||
|
2b
¿Ha deseado consumir ___________________ tan desesperadamente que no podía |
|
|
|
|
|
|
|
(nombre de la
droga) |
No 0 |
|
|
|
|
|
|
pensar en nada más? |
Sí 1 |
|
|
|
|
|
|
3a ¿Hubo ocasiones en que quiso suspender o
disminuir el consumo de
_________________ ? Si fue así, ¿ha sido siempre capaz de disminuir su uso
por lo (nombre de la
droga) menos durante un mes? |
No
Pase a 3b Sí Continúe Sí 0 No 1 |
Dificultad
para controlar el consumo de sustancias Síntoma Se
califica como síntoma presente cuando 3a =1 3a o 3b = 1 o 3b = 1 |
|
|||
|
3b
¿Ha tenido periodos en los que usó ________________ en mayor cantidad o por
más |
|
|
|
|
|
|
|
(nombre de la
droga) |
No 0 |
|
|
|
|
|
|
tiempo de lo que se proponía, o se le hizo
difícil suspender el consumo antes de sentirse intoxicado? |
Sí 1 |
|
|
|
|
|
|
En
los últimos 12 meses: |
|
||||
|
4ª En las horas o días siguientes a suspender o disminuir
el uso de ______________ (nombre
de la droga) ¿alguna
vez tuvo malestares como temblores, sudores, no poder dormir, dolor de cabeza
o estómago, etc.? |
No 0 Sí 1 |
Abstinencia Se califica
como síntoma presente cuando alguna de
las respuestas es afirmativa = 1 Síntoma Después de la primera respuesta 1a, 1b o 1c = 1 Afirmativa,
pase a la pregunta 5a |
Calificación: Marque con una X si el síntoma está presente |
||
|
4b ¿Utilizó
_________________ u otra droga para evitar tener malestares como (nombre de la
droga) Los
que se acaban de mencionar? |
No 0 Sí 1 |
|
|
||
|
5ª ¿Ha habido ocasiones en que dedicaba mucho tiempo a
conseguir _________ ? (nombre de la droga) |
No 0 Sí 1 |
Reducción
progresiva del repertorio de actividades o
intereses Se califica
como síntoma presente, cuando Síntoma alguna de las respuestas es afirmativa = 1 5a, 5b y 5c
=1 Después de la primera respuesta afirmativa, pase a la pregunta 6ª |
|
||
|
5b ¿Ha pasado mucho tiempo
consumiendo o recuperándose de los efectos de ________________ ? (nombre de la droga) |
No 0 Sí 1 |
|
|
||
|
5c ¿Ha descuidado o
suspendido actividades importantes como estudios, deportes, trabajo,
compartir con amigos o familiares, por conseguir o usar __________________ ? (nombre de la droga) |
No 0 Sí 1 |
|
|
||
|
6a ¿Ha tenido problemas de
salud, como sobredosis accidental, tos persistente, convulsiones,
infecciones, hepatitis, abscesos, SIDA, problemas cardiacos u otra lesión
relacionada con el uso de _____________________ ? (nombre
de la droga) |
No 0 Sí 1 |
Uso persistente a pesar de las consecuencias dañinas Síntoma 6a
y 6b o 6c
y 6d=1 Se califica como síntoma presente, cuando alguna de
las respuestas es afirmativa=1 |
|
||
|
6b ¿Continuó usando
______________ aun después de presentar estos problemas (nombre
de la droga) De
salud? |
No 0 Sí 1 |
|
|
||
|
6c ¿Ha tenido usted
problemas psicológicos o sociales asociados al uso de ___________, como
sentirse deprimido, extraño o perseguido, o presentar fracasos (nombre
de la droga) laborales
o escolares, conflictos familiares, actos de violencia, accidentes, etc.? |
No 0 Sí 1 |
|
|
||
|
6d ¿Continuó consumiendo
___________________ aun después de saber que se (nombre
de la droga) relacionaba
con alguno de estos problemas? |
No 0 Sí 1 |
|
|
||
Adaptación
basada en
APENDICE INFORMATIVO B
CUESTIONARIO DE FAGERSTRÖM PARA DETECTAR
|
|
|
Examínese Ud. mismo: Encierre
en un círculo el número de la respuesta correcta. |
|
|
|
1) ¿Cuántos cigarrillos fuma Ud. al día? |
|
|
|
3 31 o más |
|
2 21 a 30 |
|
1 11 a 20 |
|
0 Menos de 10 |
|
|
|
2) ¿Fuma Ud. más cigarrillos durante la
primera parte del día que durante el resto? |
|
|
|
1 Sí |
|
0 No |
|
|
|
3) ¿Cuánto tiempo transcurre desde que Ud.
despierta hasta que fuma el primer cigarrillo? |
|
|
|
3 Menos de 5 min. |
|
2 6 a 30 min. |
|
1 31 a 60 min. |
|
0 Más de 60 min. |
|
|
|
4) ¿Qué cigarrillo le es más difícil
omitir? |
|
|
|
1 El primero de la mañana |
|
0 Algún otro |
|
|
|
5) ¿Le es difícil no fumar donde ello es
prohibido? |
|
|
|
1 Sí |
|
0 No |
|
|
|
6) ¿Fuma usted cuando se halla enfermo e
incluso en cama? |
|
|
|
1 Sí |
|
0 No |
|
|
|
Conversión. 1
pipa = 3 cigarrillos |
|
1
puro = 4-5 cigarrillos |
|
1
puro pequeño = 3 cigarrillos |
|
|
Para
calificar:
Es
Dependiente si tiene puntuación de 5 puntos o más.
Versión
enviada por el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Ismael Cosío
Villegas (INER)
APENDICE INFORMATIVO C
Prueba de Identificación de los Trastornos
por Uso de Alcohol, (AUDIT, Alcohol Use Disorders Identification Test).
Las siguientes preguntas se refieren a SU consumo de alcohol. Lea cuidadosamente las preguntas, elija la opción que más se acerque y marque la columna correspondiente con una X. Conteste de acuerdo a lo sucedido en los últimos doce meses.

Calificación Total:
0 a 7 Abstemio o consumo de bajo riesgo
8 a 15 Consumo de alto riesgo
16 a 19 Consumo perjudicial
20 a 40 Probable dependencia
Versión español:
De
Versión inglés: Babort T., De
Proporcionado por
el Centro de Ayuda al Alcohólico y sus Familiares (CAAF) - Instituto Mexicano de Psiquiatría.
_______________________________