RESPUESTAS
a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Modificación de
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
ALVARO CASTRO ESTRADA, Subsecretario
del Trabajo, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 47, fracción
III, de
CONSIDERANDO
Que con fecha 8 de septiembre de
2009, en cumplimiento al artículo 47, fracción I, de
Que como consecuencia de lo anterior, presentaron comentarios los siguientes promoventes:
Ø Calzado Chavita, S.A. de C.V. (BERRENDO).
Ø Petróleos Mexicanos, PEMEX, Complejo Petroquímico Morelos, Subgerencia de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental.
Ø NYCE Laboratorios, S.C.
Ø Calzado Van Vien, S.A. de C.V.
Ø Laboratorio Nacional de Protección al Consumidor.
Ø Cámara Nacional de
Ø Centro de Innovación Aplicada en Tecnologías Competitivas, A.C. (CIATEC).
Ø Enrique Pintor, Gerente de EHS México y Centroamérica, Johnson Diversey.
Ø NYCE, A.C. Organismo de Certificación de Producto.
Que dentro del término previsto por
el artículo 47, fracción II, de
Que en atención a las anteriores
consideraciones y en cumplimiento a lo previsto en el artículo 47, fracción
III, de
RESPUESTAS A
LOS COMENTARIOS RECIBIDOS RESPECTO DEL PROYECTO DE MODIFICACION DE
Promovente: Calzado
Chavita, S.A. de C.V. (BERRENDO).
Comentario
Dice:
Tipo III: Calzado de protección dieléctrico.
8.5 Rigidez dieléctrica
8.5.1 La prueba de rigidez dieléctrica consiste en someter al calzado a un
potencial eléctrico de 18,000 V c. a. entre dos electrodos, uno colocado en el
interior del calzado, consistente en esferillas metálicas, y el otro en el piso
del calzado, conformado por una malla metálica.
Se aplica la tensión
eléctrica durante 1 minuto, y se mide la corriente de fuga que pasa del piso de
la suela hacia el interior del calzado en mA.
8.5.6 Expresión de
resultados
Se registra la corriente
de fuga obtenida para cada probeta individual. Cuando el calzado supere el
valor máximo permitido de corriente de fuga antes de finalizar el minuto de
prueba, se considera como producto no satisfactorio.
Se propone:
La presente propuesta no
pretende promover la eliminación del requisito de los 18 000 V, esta propuesta
va encaminada a lo siguiente:
1.- Contar con por lo
menos 3 opciones de niveles de protección dieléctrica, que abarquen otros tipos
de riesgos eléctricos que pudieran presentarse en la industria en general (ej.
Talleres de mantenimiento).
Las especificaciones
propuestas para estos niveles de protección serían:
Nivel 1: 10 000 V, 1mA,
1'
Nivel 2: 14 000 V, 1mA,
1'
Nivel 3: 18 000 V, 1mA,
1'
Los métodos de prueba se
mantendrían tal cual están descritos en el proyecto de norma.
Justificación:
Estando de acuerdo con lo
dispuesto en el proyecto de norma en cuanto a los métodos y los procedimientos
de prueba para el resto de los tipos de calzado, incluyendo la conformidad con
los procedimientos y métodos de prueba para el calzado tipo III, declaramos lo
siguiente:
El calzado Dieléctrico es
aquel destinado a proteger al usuario en zonas donde exista riesgo de descarga
eléctrica en los pies por el contacto con líneas de alta tensión. Este calzado
muestra características de aislamiento.
Sin embargo, este calzado
pierde gran parte de su capacidad aislante cuando entra en contacto con agentes
contaminantes como:
o Agua*1
o Aceite
o Polvos de materiales conductivos (metales)
o Incrustaciones de materiales conductivos en la suela u otra
parte del calzado
o En caso también, de que la suela presente desgaste importante
*1 En caso de que el calzado entre en contacto
con agua, es necesario que se deje secar perfectamente antes de volver a
utilizar en zonas de riesgo.
Nota:
El calzado dieléctrico no
protege al trabajador de un potencial accidente eléctrico por el contacto de
líneas eléctricas en otras partes de su cuerpo que no sean los pies, como la
sección de la pantorrilla, cintura, manos, cabeza, etc.
Calzado Chavita, S.A. de
C.V. (BERRENDO) es una empresa con más de 60 años de presencia en el mercado y
más de 40 años en el sector calzado de seguridad, contamos con clientes de
todos los ramos industriales, en su mayoría del sector privado tanto
nacionales, como del extranjero, a las cuales hemos dotado de todo tipo de
calzado de seguridad, incluido desde luego, el calzado dieléctrico, basados en los resultados de diagnósticos
de los últimos años, que casi ningún trabajador está expuesto a más de 14 000
V, incluso en
Consideramos que la
especificación establecida en el actual proyecto de norma para calzado
dieléctrico, es demasiado sobrada e incluso se corre el riesgo de juzgar
erróneamente que un potencial accidente eléctrico sea debido únicamente al
calzado.
Por otra parte, durante
años no hay evidencia de accidentes causados por este concepto, a pesar de que
la especificación usada durante años ha sido la de normas como ASTM y en su
momento también la norma de referencia de CFE, cuya especificación siempre se
mantuvo en 14 000 V y 3 mA de fuga de corriente durante 1 minuto de prueba.
En BERRENDO contamos con las tecnologías y los
procesos adecuados para cumplir sobradamente la especificación establecida en
el actual proyecto, sin embargo, los costos que se generan para cubrir las
nuevas especificaciones, elevan el producto a un precio que no se justifica con
una propuesta que creemos no está lo suficientemente fundamentada y mucho menos
un costo que los clientes no estarán dispuestos a pagar y que dará a muchas
empresas la pauta para demeritar la calidad en otros elementos importantes del
calzado con tal de competir y poder penetrar en el mercado.
Respuesta
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifican los numerales 6.3.1, 8.5.1 y 10.1.16, que señala el criterio
correspondiente al numeral 6.3.1 en el Procedimiento para la evaluación de la conformidad,
para quedar de la manera siguiente:
6.3.1 Rigidez dieléctrica: Al aplicar el método de
prueba descrito en el numeral 8.5, el calzado de protección dieléctrico deberá
soportar la aplicación de 14 000 V c. a., a 60 Hz, durante un minuto, con una corriente
de fuga que no exceda 1.0 mA.
8.5.1 La
prueba de rigidez dieléctrica consiste en someter al calzado a un potencial
eléctrico de 14 000 V c. a., a 60 Hz, entre
dos electrodos, uno colocado en el interior del calzado, consistente en esferas
metálicas, y el otro en el piso del calzado, conformado por una malla metálica.
10.1.16
Los aspectos a verificar
durante la evaluación de la conformidad son los siguientes:
|
Disposición |
Comprobación (método de
prueba) |
Criterio de aceptación El producto cumple cuando: |
Observación |
|
6.3.1 Rigidez dieléctrica |
Método de prueba descrito en
el numeral 8.5. |
Al realizar la prueba
indicada en el numeral 8.5, el calzado de protección dieléctrico deberá
soportar la aplicación de 14 000 V c. a., a 60 Hz, durante un minuto, con una
corriente de fuga que no exceda los 1.0 mA. |
|
Promovente:
Petróleos Mexicanos, PEMEX, Complejo Petroquímico Morelos, Subgerencia de
Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental.
Comentario
1
Dice:
6.1.5 Permeabilidad al vapor de agua: La permeabilidad
al vapor de agua deberá ser como mínimo 0.75 mg/(h · cm2),
cuando el material del corte no sea de cuero. La verificación de este requisito
deberá efectuarse conforme al método descrito en el Apéndice B.
Debe
decir:
6.1.5 Permeabilidad al vapor de agua: La
permeabilidad al vapor de agua deberá ser como mínimo 0,75 mg/(h · cm2),
cuando el material del corte no sea de cuero. La verificación de este requisito
deberá efectuarse conforme al método descrito en el Apéndice B.
Respuesta
1
Su comentario se refiere a que se
utilice la coma decimal en lugar del punto decimal, al señalar las unidades de
medida. Al respecto, se señala que ambos signos de puntuación son correctos,
tal y como lo estableció
Comentario
2
Dice:
6.3.1 Rigidez dieléctrica: Al aplicar el método de
prueba descrito en el numeral 8.5, el calzado de protección dieléctrico deberá
soportar la aplicación de 18,000 V c. a., a 60 Hz, durante un minuto,
con una corriente de fuga que no exceda los 1.0 mA.
Debe
decir:
6.3.1
Rigidez dieléctrica: Al
aplicar el método de prueba descrito en el numeral 8.5, el calzado de
protección dieléctrico deberá soportar la aplicación de 18 000 V c. a., a 60
Hz, durante un minuto, con una corriente de fuga que no exceda los 1,0 mA.
Respuesta
2
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifica el numeral 6.3.1, para quedar en los términos de la respuesta que
se da al comentario del promovente Calzado
Chavita, S.A. de C.V. (BERRENDO).
Comentario
3
Dice:
8.3.3 Aparatos e instrumentos
b) Equipo para prueba de impacto con un percutor, el cual deberá contener una masa de acero de 215 kg ± 1.5 kg y una nariz del percutor, la cual deberá consistir de un cilindro de acero de 25.4 mm ± 0.8 mm de diámetro y con una longitud aproximada de 50.8 mm. La nariz del percutor deberá terminar en una superficie esférica lisa con un radio de 25.4 mm ± 0.127 mm. La línea longitudinal de la nariz del percutor deberá ser paralela y coincidir con el eje vertical de la simetría del percutor.
Debe
decir:
8.3.3
Aparatos e instrumentos
b) Equipo para prueba de impacto con un percutor, el cual deberá contener una masa de acero de 21,5 kg ± 1,5 kg y una nariz del percutor, la cual deberá consistir de un cilindro de acero de 25,4 mm ± 0,8 mm de diámetro y con una longitud aproximada de 50,8 mm. La nariz del percutor deberá terminar en una superficie esférica lisa con un radio de 25,4 mm ± 0,127 mm. La línea longitudinal de la nariz del percutor deberá ser paralela y coincidir con el eje vertical de la simetría del percutor.
Respuesta
3
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se corrige el numeral 8.3.3, inciso b), para quedar en los términos de la
respuesta que se da al comentario 9 del promovente NYCE Laboratorios, S.C.
Comentario
4
Dice:
8.6.4 Preparación de las hormas de cera
b) Para llenar dos moldes puede prepararse un lote de trabajo con 2.25 kg de parafina y 0.45 kg de cera de abeja, como se muestra a continuación:
Lote de trabajo
2.25 KG
Debe
decir:
8.6.4 Preparación de las hormas de cera
b) Para llenar dos moldes puede
prepararse un lote de trabajo con 2,25 kg de parafina y 0,45 kg de cera de
abeja, como se muestra a continuación:
Lote
de trabajo
2,25 kg
Respuesta
4
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se corrige el numeral 8.6.4, inciso b), para quedar de la manera siguiente:
8.6.4 Preparación de las hormas de cera
b) Para llenar dos moldes puede prepararse un
lote de trabajo con 2.25 kg de parafina y 0.45 kg de cera de abeja, como se
muestra a continuación:
|
Cera |
Lote
de trabajo |
Cada
horma |
|
Parafina |
2.25 kg |
0.833 kg |
|
Cera
de abeja |
0.45 kg |
0.167 kg |
|
Total |
2.70 kg |
1.000 kg |
Promovente:
NYCE Laboratorios, S.C.
Comentario
1
Dice:
En la elaboración del presente Proyecto
participaron con sus opiniones representantes de las dependencias, organismos y
empresas siguientes:
NYCE Laboratorios, A.C.
Cambio
Sugerido:
La razón social de nuestra organización está
incorrecta, debe ser:
En la elaboración del presente Proyecto
participaron con sus opiniones representantes de las dependencias, organismos y
empresas siguientes:
NYCE Laboratorios, S.C.
Respuesta
1
Agradecemos la aclaración sobre el nombre
correcto de su denominación social, por lo que tomamos nota de la corrección
que nos indica. Cabe señalar, que el prefacio del proyecto no aparecerá en la
norma oficial mexicana definitiva.
Comentario
2
Dice:
4.2 Símbolos y abreviaturas
|
Símbolo |
Significado |
|
kVA |
kilo volt ampere |
|
kV/s |
kilo volt por
segundoΩ |
|
mV |
mili volt |
|
kΩ |
kilo ohm |
Cambio
Sugerido:
Existen espacios en los nombres de las
unidades los cuales no deben estar:
4.2 Símbolos y abreviaturas
|
Símbolo |
Significado |
|
kVA |
kilovoltampere |
|
kV/s |
Kilovolt por
segundo |
|
mV |
Milivolt |
|
kΩ |
Kiloohm |
Respuesta
2
Procede su comentario, por lo que se modifica
el significado de los símbolos propuestos del numeral 4.2, para quedar de la
manera siguiente:
4.2 Símbolos y abreviaturas
|
Símbolo |
Significado |
|
kVA |
kilovoltampere |
|
kV/s |
kilovolt por segundo |
|
mV |
milivolt |
|
kΩ |
kiloohm |
Comentario
3
Dice:
6.2.1
Las punteras metálicas y no
metálicas deberán presentar un acabado libre de filos, bordes cortantes o
rebabas. Además, las punteras metálicas deberán contar con un recubrimiento
que evite la corrosión. La verificación de este requisito se realizará de
manera ocular.
Cambio
Sugerido:
La verificación ocular de la presencia de un
recubrimiento en la puntera no asegura la efectividad del mismo para evitar la
corrosión de la puntera, se requiere comprobar si el recubrimiento realmente
evita la corrosión, para ello se sugiere emplear el método de prueba
NMX-D-122-1973, Determinación de las propiedades de la resistencia a la
corrosión de partes metálicas con recubrimientos, empleados en vehículos
automotores.
También se puede emplear el método de la norma
ISO 20344 (5.6) Determinación de la resistencia a la corrosión de los cascos de
acero.
Respuesta
3
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifican los numerales 6.2.1 y 10.1.16, que señala el criterio y
observación correspondientes a dicho numeral en el Procedimiento para la
evaluación de la conformidad, para quedar de la manera siguiente:
6.2.1 Las punteras metálicas y no metálicas deberán
presentar un acabado libre de filos, bordes cortantes o rebabas. La
verificación de este requisito se realizará de manera física.
Además, las punteras metálicas deberán contar
con materiales o acabados que eviten la corrosión. La verificación de este
requisito se realizará a través de la ficha técnica del producto.
10.1.16 Los aspectos a verificar durante la
evaluación de la conformidad son los siguientes:
|
Disposición |
Comprobación (método de
prueba) |
Criterio de aceptación El
producto cumple cuando: |
Observación |
|
6.2.1 |
Verificación física y
documental |
Al realizar una verificación
física del calzado, las punteras metálicas y no metálicas deberán estar
libres de filos, bordes cortantes o rebabas, y en el caso de las metálicas,
se verificará, a través de la ficha técnica del producto, que las punteras
son de materiales o cuentan con acabados que evitan la corrosión. |
La verificación física
comprende la observación y la revisión al tacto de la parte del producto bajo
ensayo. |
Por otro lado, en el Procedimiento para la
evaluación de la conformidad está prevista la forma de verificar este requisito,
motivo por el cual no se considera conveniente que se incluyan métodos de
prueba para la determinación de la resistencia a la corrosión de las punteras.
Comentario
4
Dice:
6.3.1
Rigidez dieléctrica: Al
aplicar el método de prueba descrito en el numeral 8.5, el calzado de
protección dieléctrico deberá soportar la aplicación de 18,000 V c. a., a 60
Hz, durante un minuto, con una corriente de fuga que no exceda los 1.0 mA.
Cambio
Sugerido:
Como está escrito el valor del voltaje
aplicado es dieciocho Volt, debe ser dieciocho mil Volt.
6.3.1
Rigidez dieléctrica: Al
aplicar el método de prueba descrito en el numeral 8.5, el calzado de
protección dieléctrico deberá soportar la aplicación de 18 000 V c. a., a 60
Hz, durante un minuto, con una corriente de fuga que no exceda los 1.0 mA.
Respuesta
4
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifica el numeral 6.3.1, para quedar en los términos de la respuesta que
se da al comentario del promovente Calzado
Chavita, S.A. de C.V. (BERRENDO).
Comentario
5
Dice:
6.4.2 Las conchas metatarsales metálicas y no
metálicas deberán presentar un acabado libre de filos, bordes cortantes o
rebabas. Además, las conchas metálicas deberán contar con un recubrimiento
que evite la corrosión. La verificación de este requisito se realizará de
manera ocular.
Cambio
Sugerido:
Comentario igual que en 6.2.1.
Respuesta
5
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifican los numerales 6.4.2 y 10.1.16, que señala el criterio y la
observación correspondientes a dicho numeral en el Procedimiento para la
evaluación de la conformidad, para quedar de la manera siguiente:
6.4.2 Las conchas metatarsales metálicas y no
metálicas deberán presentar un acabado libre de filos, bordes cortantes o
rebabas. La verificación de este requisito se realizará de manera física.
Además, las conchas metatarsales metálicas
deberán contar con materiales o acabados que eviten la corrosión. La
verificación de este requisito se realizará a través de la ficha técnica del
producto.
10.1.16 Los aspectos a verificar durante la
evaluación de la conformidad son los siguientes:
|
Disposición |
Comprobación (método de
prueba) |
Criterio de aceptación El
producto cumple cuando: |
Observación |
|
6.4.2 |
Verificación física y
documental |
Al realizar una verificación
física del calzado, las conchas metatarsales metálicas y no metálicas deberán
estar libres de filos, bordes cortantes o rebabas, y en el caso de las
metálicas, se verificará, a través de la ficha técnica del producto, que las
conchas metatarsales son de materiales o cuentan con acabados que evitan la
corrosión. |
La verificación física
comprende la observación y la revisión al tacto de la parte del producto bajo
ensayo. |
Por otro lado, en el Procedimiento para la
evaluación de la conformidad está prevista la forma de verificar este
requisito, motivo por el cual no se considera conveniente que se incluyan
métodos de prueba para la determinación de la resistencia a la corrosión de las
conchas.
Comentario
6
Dice:
6.6.1 Resistencia a la penetración: Al aplicar el
método de prueba descrito en el numeral 8.8, la resistencia a la penetración
deberá ser como mínimo de 1,200 N.
Cambio
Sugerido:
El valor escrito de la resistencia a la
penetración es de uno punto dos N, debe ser mil doscientos N.
6.6.1 Resistencia a la penetración: Al aplicar el
método de prueba descrito en el numeral 8.8, la resistencia a la penetración
deberá ser como mínimo de 1 200 N.
Respuesta
6
Procede su comentario, por lo que se modifican
los numerales 6.6.1 y 10.1.16, que señala el criterio correspondiente a dicho
numeral en el Procedimiento para la evaluación de la conformidad, para quedar
de la manera siguiente:
6.6.1 Resistencia a la penetración: Al aplicar el
método de prueba descrito en el numeral 8.8, la resistencia a la penetración
deberá ser como mínimo de 1 200 N.
10.1.16 Los aspectos a verificar durante la
evaluación de la conformidad son los siguientes:
|
Disposición |
Comprobación (método de
prueba) |
Criterio de aceptación El producto cumple cuando: |
Observación |
|
6.6.1 |
Método descrito en el numeral
8.8. |
Al realizar la prueba
indicada en el numeral 8.8, la resistencia a la penetración deberá ser como
mínimo de 1 200 N. |
|
Comentario
7
Dice:
8.2.3
Aparatos e instrumentos
Balanza con una resolución mínima de 0.01 g.
Cambio
Sugerido:
Se recomienda mejorar la resolución del
equipo, como está redactada se pueden utilizar balanzas con mayor resolución en
detrimento de la exactitud, cualquier balanza analítica da una resolución de
0.001 g o 0.0001 g que es más exacta que la indicada. Se sugiere el siguiente
cambio en redacción:
8.2.3
Aparatos e instrumentos
Balanza con una resolución de 0.01 g o mejor.
Respuesta
7
Procede su comentario, por lo que se modifica
el numeral 8.2.3, para quedar de la manera siguiente:
8.2.3
Aparatos e instrumentos
Balanza con una resolución de 0.01 g o mejor.
Comentario
8
Dice:
8.3 Resistencia de la puntera al impacto
8.3.3
Aparatos e instrumentos
a) Calibrador vernier con resolución de 0.1 mm o
mayor.
Cambio
Sugerido:
Se indica que la resolución del calibrador
debe ser 0.1 mm o mejor, actualmente la mayoría de los calibradores tienen un
resolución de 0.01 mm.
8.3.3 Aparatos
e instrumentos
a) Calibrador vernier con resolución de 0.1 mm o
mejor.
Respuesta
8
Procede su comentario, por lo que se modifica
el numeral 8.3.3, inciso a), para quedar de la manera siguiente:
8.3.3
Aparatos e instrumentos
a) Calibrador vernier con resolución de 0.1 mm o
mejor.
Comentario
9
Dice:
8.3.3 Aparatos e instrumentos
b) Equipo para prueba de impacto
con un percutor, el cual deberá contener una masa de acero de 215 kg ± 1.5 kg y
una nariz del percutor, la cual deberá consistir de un cilindro de acero de
25.4 mm ± 0.8 mm de diámetro y con una longitud aproximada de 50.8 mm. La nariz
del percutor deberá terminar en una superficie esférica lisa con un radio de
25.4 mm ± 0.127 mm. La línea longitudinal de la nariz del percutor deberá ser
paralela y coincidir con el eje vertical de la simetría del percutor.
Cambio
Sugerido:
Se cambia la redacción para aclarar que la
masa de impacto (percutor) está compuesto de varios elementos, al igual que el
valor numérico de ella, ya que la energía de impacto.
b) Equipo para prueba de impacto con un percutor metálico compuesto de guías, masa, nariz y cualquier otro elemento anclado a él, con una masa total de 21.5 kg ± 1.5 kg. La nariz consiste de un cilindro de acero de 25.4 mm ± 0.8 mm de diámetro y con una longitud aproximada de 50.8 mm, la punta termina en una superficie esférica lisa con un radio de 25.4 mm ± 0.127 mm. La línea longitudinal de la nariz del percutor deberá ser paralela y coincidir con el eje vertical de la simetría del percutor.
Respuesta
9
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifica el numeral 8.3.3, inciso b), para quedar de la manera siguiente:
8.3.3 Aparatos e instrumentos
b) Equipo para prueba de impacto con un percutor metálico compuesto de guías, masa, nariz y cualquier otro elemento anclado a él, con una masa total de 21.5 kg ± 1.5 kg. La nariz consiste de un cilindro de acero de 25.4 mm ± 0.8 mm de diámetro y con una longitud de al menos 50.8 mm, cuya punta termina en una superficie esférica lisa con un radio de 25.4 mm ± 0.127 mm. La línea longitudinal de la nariz del percutor deberá ser paralela y coincidir con el eje vertical de la simetría del percutor.
Comentario
10
Dice:
8.3.3 Aparatos e instrumentos
c) El percutor deberá ser forzado a caer a través
de una trayectoria conocida y repetible. La guía o guías deberán ser verticales
y, en el caso de sistemas de doble guía, éstas deberán ser paralelas.
Cambio
Sugerido:
Se aclara que el percutor no debe ser forzado,
sino dejarse caer únicamente.
c) El percutor deberá dejarse caer por acción de la fuerza de gravedad en una trayectoria conocida y repetible. La guía o guías deberán ser verticales y, en el caso de sistemas de doble guía, éstas deberán ser paralelas.
Respuesta
10
Procede su comentario, por lo que se modifica
el numeral 8.3.3, inciso c), para quedar de la manera siguiente:
8.3.3
Aparatos e instrumentos
c) El percutor deberá dejarse caer por acción de la fuerza de gravedad en una trayectoria conocida y repetible. La guía o guías deberán ser verticales y, en el caso de sistemas de doble guía, éstas deberán ser paralelas.
Comentario
11
Dice:
8.3.4
Preparación de las probetas
La probeta se obtiene cortando el
calzado a todo lo ancho. El corte deberá realizarse a una distancia de 25.4 mm
± 1.5 mm del borde de la puntera en dirección al talón del calzado. La probeta
es la parte del calzado que contiene la puntera.
Cambio
Sugerido:
Indicar que no es necesario para esta prueba
el acondicionamiento de la probeta, tal como se indica en la prueba de
resistencia a la compresión.
8.3.4 Preparación
de las probetas
La probeta se obtiene cortando el
calzado a todo lo ancho. El corte deberá realizarse a una distancia de 25.4 mm
± 1.5 mm del borde de la puntera en dirección al talón del calzado. La probeta
es la parte del calzado que contiene la puntera. No es necesario el acondicionamiento previo de la probeta.
Respuesta
11
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifica el numeral 8.3.4, primer párrafo, para quedar de la manera
siguiente:
8.3.4
Preparación de las probetas
La probeta se obtiene cortando el
calzado a todo lo ancho. El corte deberá realizarse a una distancia de 25.4 mm
± 1.5 mm del borde de la puntera en dirección al talón del calzado. La probeta
es la parte del calzado que contiene la puntera. No es necesario el
acondicionamiento previo de la probeta, cuando las condiciones del laboratorio
no varíen.
Comentario
12
Dice:
8.3.5
Procedimiento
a) La probeta deberá ser colocada en la base de la máquina, de tal forma que la suela se fije a la base del equipo de pruebas, de tal manera que el centro longitudinal de la nariz del percutor golpee aproximadamente en el centro de la puntera de protección a 13.0 mm ± 1.5 mm del filo frontal de la puntera de protección.
b) La
puntera deberá ser sujetada durante el impacto por medio del dispositivo de
sujeción descrito en
c) La horquilla sujetadora, la cual soporta a la planta, deberá ser ajustada por medio de un tornillo, para prevenir movimientos de la probeta durante el impacto.
d) El
percutor se suelta desde una altura que produzca la energía de impacto indicada
en el numeral 6.2.2. En
Cambio
Sugerido:
Se cambia redacción para hacerlo más claro y
se establece cómo trazar el eje longitudinal de prueba, como se indica en la
prueba de resistencia a la compresión.
a) Trazar el eje longitudinal de prueba, para ello colocar el calzado sobre un plano horizontal con el lateral interior hacia abajo, trazar los puntos de tangencia de la punta y talón, éstos se obtienen colocando dos planos verticales en ángulo recto con el plano horizontal, los puntos determinados se unen con una línea recta XY, esta línea constituye el eje de ensayo longitudinal para la parte delantera del calzado.
b) Cortar la parte delantera (probeta) del calzado a una distancia mínima de 25.4 mm ± 3.2 mm del borde de la puntera. Marcar el punto de impacto sobre la línea longitudinal a una distancia del borde de la puntera 13.0 mm ± 1.5 mm.
c) Colocar el cilindro de plastilina de 25.4 mm de diámetro y con una altura comprendida entre la plantilla y el borde inferior de la puntera, no se debe quitar forro ni desvanecedor. Centrarlo con la línea de ensayo y al nivel del borde de la puntera.
d) Sujetar
la probeta a la base de la máquina de impacto con un dispositivo de fijación
(horquilla) descrito en
e) El
percutor se suelta desde una altura que produzca la energía de impacto indicada
en el numeral 6.2.2. En
Respuesta
12
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifica el numeral 8.3.5, para quedar de la manera siguiente:
8.3.5 Procedimiento
a) Trazar el eje longitudinal de prueba, para ello colocar el calzado sobre un plano horizontal con el lateral interior hacia abajo, trazar los puntos de tangencia de la punta y talón, éstos se obtienen colocando dos planos verticales en ángulo recto con el plano horizontal, los puntos determinados se unen con una línea recta XY, esta línea constituye el eje de ensayo longitudinal para la parte delantera del calzado.
b) Cortar la parte delantera (probeta) del calzado a una distancia mínima de 25.4 mm ± 3.2 mm del borde de la puntera. Marcar el punto de impacto sobre la línea longitudinal a una distancia del borde de la puntera de 13.0 mm ± 1.5 mm.
c) Colocar el cilindro de plastilina de 25.4 mm de diámetro y con una altura comprendida entre la plantilla y el borde inferior de la puntera, no se debe quitar forro ni desvanecedor. Centrarlo con el eje de ensayo longitudinal y el eje longitudinal del percutor.
d) Sujetar
la probeta a la base de la máquina de impacto con un dispositivo de fijación
(horquilla) descrito en
e) Soltar
el percutor desde una altura que produzca la energía de impacto indicada en el
numeral 6.2.2. En
Comentario
13
Dice:
8.4.4 Preparación
de las probetas
Se deberá trazar el eje de ensayo
colocando el calzado sobre una superficie horizontal y contra un plano vertical
que toque el borde de la suela en los puntos A y B, del lado inferior del
calzado (véase Figura 4). Se sitúan dos planos verticales, en ángulo recto con
el primero, que toquen la suela en los puntos X e Y, puntera y tacón,
respectivamente. Se traza una línea desde X hasta Y. Esta línea constituye el
eje de ensayo para la parte delantera del calzado.
Se deberá colocar un cilindro de
plastilina de diámetro de 25.4 mm ± 1 mm entre dos hojas separadoras dentro de
la probeta, de tal manera que la plastilina con las hojas separadoras estén en
contacto con el punto interior más alto de la puntera, con forro y
desvanecedor, y con la plantilla o planta, de tal forma que se pruebe como se
usa el calzado. El cilindro de plastilina deberá estar colocado al borde de la
puntera y centrado con respecto al ancho de la misma (véase Figura 4).
Cambio
Sugerido:
Se corrige la redacción para trazar el eje
longitudinal de prueba, quedando igual que en la prueba de resistencia al
impacto.
Trazar el eje longitudinal de
prueba, para ello colocar el calzado sobre un plano horizontal con el lateral
interior hacia abajo, trazar los puntos de tangencia de la punta y talón, éstos
se obtienen colocando dos planos verticales en ángulo recto con el plano
horizontal, los puntos determinados se unen con una línea recta XY, esta línea
constituye el eje de ensayo longitudinal para la parte delantera del calzado.
Se aclara dónde se coloca el cilindro de plastilina
para ser congruentes con el trazo del eje de prueba.
Se deberá colocar un cilindro de
plastilina de diámetro de
Respuesta
13
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifica el numeral 8.4.4, párrafos primero y tercero, así como
8.4.4
Preparación de las probetas
Se deberá trazar el eje
longitudinal de prueba, para ello colocar el calzado sobre un plano horizontal
con el lateral interior hacia abajo, trazar los puntos de tangencia de la punta
y talón, éstos se obtienen colocando dos planos verticales en ángulo recto con
el plano horizontal, los puntos determinados se unen con una línea recta XY,
esta línea constituye el eje de ensayo longitudinal para la parte delantera del
calzado (véase Figura 4).
Se deberá colocar un cilindro de
plastilina de diámetro de 25.4 mm ± 1 mm entre dos hojas separadoras dentro de
la probeta, de tal manera que la plastilina con las hojas separadoras estén en
contacto con forro y desvanecedor, y con la plantilla o planta, de tal forma
que se pruebe cómo se usa el calzado. El cilindro de plastilina deberá estar
colocado al borde de la puntera y centrado con respecto al eje longitudinal del
percutor (véase Figura 3).

Figura 3. Posición de la probeta en el equipo de prueba de impacto
a la puntera
Comentario 14
Dice:
8.5.1 La prueba de rigidez dieléctrica
consiste en someter al calzado a un potencial eléctrico de 18,000 V c. a.,
entre dos electrodos, uno colocado en el interior del calzado, consistente en
esferillas metálicas, y el otro en el piso del calzado, conformado por una
malla metálica.
b) Amperímetro de corriente alterna, o una derivación no inductiva equivalente y un voltímetro, conectado en serie a la probeta.
La tensión eléctrica deberá ser medida usando un método que proporcione
valores efectivos de tensión real aplicada a la probeta, es decir, un
voltímetro utilizado en conjunto con un transformador de tensión calibrado,
conectado directamente frente al circuito de alta tensión.
Cambio Sugerido:
Se corrige valor del voltaje aplicado, dice dieciocho Volt, debe ser
dieciocho mil Volt.
8.5.1 La prueba de rigidez dieléctrica
consiste en someter al calzado a un potencial eléctrico de 18 000 V c. a.,
entre dos electrodos, uno colocado en el interior del calzado, consistente en
esferillas metálicas, y el otro en el piso del calzado, conformado por una
malla metálica.
Respuesta 14
Procede parcialmente su comentario, por lo que se modifica el numeral
8.5.1, para quedar en los términos de la respuesta que se da al comentario del
promovente Calzado Chavita, S.A. de C.V.
(BERRENDO).
Comentario 15
Dice:
8.5.3 Aparatos e instrumentos
b) Amperímetro de corriente alterna, o una derivación no inductiva equivalente y un voltímetro, conectado en serie a la probeta.
La tensión eléctrica deberá ser medida usando
un método que proporcione valores efectivos de tensión real aplicada a la
probeta, es decir, un voltímetro utilizado en conjunto con un transformador de tensión
calibrado, conectado directamente frente al circuito de alta tensión.
Cambio
Sugerido:
Se elimina la indicación de que el
transformador de tensión debe estar calibrado, lo que se calibra son los instrumentos
que miden las unidades eléctricas por ejemplo voltaje, amperaje y resistencia.
b) Amperímetro de corriente alterna, o una derivación no inductiva equivalente y un voltímetro, conectado en serie a la probeta.
La tensión eléctrica deberá ser medida usando
un método que proporcione valores efectivos de tensión real aplicada a la
probeta, es decir, un voltímetro utilizado en conjunto con un transformador de
tensión, conectado directamente frente al circuito de alta tensión.
Respuesta
15
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifica el numeral 8.5.3, inciso b), segundo
párrafo, y se adiciona un párrafo en el Capítulo 8, para quedar de la
manera siguiente:
8.5.3
Aparatos e instrumentos
b) La tensión eléctrica deberá ser medida usando un método que proporcione valores efectivos de tensión real aplicada a la probeta, es decir, un vóltmetro utilizado en conjunto con un transformador de tensión, conectado directamente frente al circuito de alta tensión.
8.
Métodos de prueba
Los instrumentos de medición empleados en los
métodos de prueba establecidos en la presente Norma deberán contar con una
calibración vigente, de conformidad con lo dispuesto en
Comentario
16
Dice:
8.7.3
Aparatos e instrumentos
a) Instrumento de ensayo, capaz de suministrar una tensión de 100 V c. c. ± 2 V c. c., con precisión de medida del 5 por ciento y que incluya un dispositivo que asegure que no se disipa más de 3 W de energía en el producto.
b) Voltímetro capaz de medir la tensión a través del calzado con una resolución de 0.1 V.
Cambio
Sugerido:
Se aclara que puede ser mejor la resolución
del voltímetro.
8.7.3
Aparatos e instrumentos
a) Instrumento de ensayo, capaz de suministrar una tensión de 100 V c. c. ± 2 V c. c., con precisión de medida del 5 por ciento y que incluya un dispositivo que asegure que no se disipa más de 3 W de energía en el producto.
b) Voltímetro capaz de medir la tensión a través del calzado con una resolución de 0.1 V o mejor.
Respuesta
16
Procede su comentario, por lo que se modifica
el numeral 8.7.3, inciso b), para quedar de la manera siguiente:
8.7.3 Aparatos e instrumentos
b) Vóltmetro capaz de medir la tensión a través del calzado con una resolución de 0.1 V o mejor.
Comentario
17
Dice:
8.8.3 Aparatos
e instrumentos
Máquina de prueba capaz de medir
una fuerza de penetración de 0 a por lo menos 2,000 N, equipada con una placa
de presión al que se acopla un punzón de prueba y una placa base paralela con
un orificio circular de 25 mm de diámetro. Los ejes de este orificio y del
punzón de prueba son coincidentes (véase Figura 12).
Cambio
Sugerido:
Se corrige el valor de la capacidad de
medición de la maquina, dice dos N, debe ser dos mil N
8.8.3 Aparatos
e instrumentos
Máquina de prueba capaz de medir una
fuerza de penetración de 0 a por lo menos 2 000 N, equipada con una placa de
presión al que se acopla un punzón de prueba y una placa base paralela con un
orificio circular de 25 mm de diámetro. Los ejes de este orificio y del punzón
de prueba son coincidentes (véase Figura 12).
Respuesta
17
Procede su comentario, por lo que se modifica
el numeral 8.8.3, para quedar de la manera siguiente:
8.8.3
Aparatos e instrumentos
Máquina de prueba capaz de medir una fuerza de
penetración de 0 a por lo menos 2 000 N, equipada con una placa de presión a la
que se acopla un punzón de prueba y una placa base paralela con un orificio
circular de 25 mm de diámetro. Los ejes de este orificio y del punzón de prueba
son coincidentes (véase Figura 12).
Comentario
18
Dice:
6.3.1 Rigidez dieléctrica
Al realizar la prueba indicada en
el numeral 8.5, el calzado de protección dieléctrico deberá soportar la
aplicación de 18,000 V c. a., a 60 Hz, durante un minuto, con una corriente de
fuga que no exceda los 1.0 mA.
6.6.1 Resistencia a la penetración
Al realizar la prueba indicada en
el numeral 8.8, la resistencia a la penetración deberá ser como mínimo de 1,200
N.
Cambio
Sugerido:
En el punto 10.1.16 Tabla de
aspectos a verificar durante la evaluación de la conformidad, en la disposición
6.3.1 en el voltaje a aplicar, dice dieciocho V, debe ser dieciocho mil V.
Al realizar la prueba indicada en
el numeral 8.5, el calzado de protección dieléctrico deberá soportar la
aplicación de 18 000 V c. a., a 60 Hz, durante un minuto, con una corriente de
fuga que no exceda los 1.0 mA.
La resistencia a la penetración
dice uno punto dos N, debe ser mil doscientos N.
Al realizar la prueba indicada en
el numeral 8.8, la resistencia a la penetración deberá ser como mínimo de 1 200
N.
Respuesta
18
Procede parcialmente su comentario, de acuerdo
con las respuestas que se dan al comentario del promovente Calzado Chavita, S.A. de C.V. (BERRENDO), y a su
comentario número 6.
Comentario
19
Dice:
En el apéndice A, en el método de prueba para
la determinación de la resistencia al desgarre del cuero dice:
A.2 Aparatos
y equipo
a) Dinamómetro cuyas pinzas de
fijación deberán tener una velocidad de desplazamiento uniforme de (100 ± 20)
mm/min. Los valores de la carga deberán leerse en la parte de la escala que
esté calibrada con una precisión de ± 1 por ciento.
Cambio
Sugerido:
En los equipos de tensión, existe una mordaza
fija y una móvil, la cual se mueve en un rango de velocidad. También se
generaliza el uso de máquinas universales de pruebas físicas (que trabajan a
tensión, compresión o ambas) y no solo a dinamómetros.
A.2
Aparatos y equipo
a) Equipo de tensión (Máquina universal o Dinamómetro) cuya mordaza móvil pueda desplazarse a una velocidad uniforme de 100 mm/min ± 20 mm/min. Los valores de la carga deberán leerse en la parte de la escala que esté calibrada con una precisión de ± 1 por ciento.
Respuesta
19.
Procede su comentario, por lo que se modifica
el numeral A.2, inciso a), para quedar de la manera siguiente:
A.2
Aparatos y equipo
a) Equipo de tensión (máquina universal o dinamómetro), cuya mordaza móvil pueda desplazarse a una velocidad uniforme de 100 mm/min ± 20 mm/min. Los valores de la carga deberán leerse en la parte de la escala que esté calibrada con una precisión de ± 1 por ciento.
Comentario
20
Dice:
A.2
Aparatos y equipo
b) Un
par de sujetadores de espécimen del tipo mostrado en
Cambio
Sugerido:
La descripción de los sujetadores debe ser
ilustrativa, el montaje en las mordazas de cada equipo de prueba es propio a
ella, lo importante son las puntas en ángulo donde se sujeta la probeta a
ensayar.
b) Un
par de sujetadores de espécimen del tipo mostrado en
Respuesta
20
Procede su comentario, por lo que se modifica
el numeral A.2, inciso b), para quedar de la manera siguiente:
b) Un
par de sujetadores de espécimen del tipo mostrado en
Comentario
21
Dice:
A.4
Procedimiento
A.4.1 Acondicionamiento
de la muestra. Colocar las probetas dentro del cuarto de acondicionamiento
durante 48 horas previas a las pruebas físicas (24 horas para pruebas de
rutina). Las probetas deberán permanecer en una atmósfera uniforme a
temperatura de 293 K ± 2 K (20 °C ± 2 °C); con una humedad relativa de 65 ± 2
por ciento, y estar colocadas de tal forma que el aire tenga libre acceso a sus
superficies.
El aire deberá estar en movimiento rápido y
continuo, lo cual se logra mediante un ventilador colocado adecuadamente. En
tanto no se especifique lo contrario, todas las pruebas deberán realizarse en
la misma atmósfera normalizada.
Cambio
Sugerido:
Las condiciones de temperatura y humedad del
laboratorio se logran con el equipo adecuado de acondicionamiento del aire,
dado el tiempo de acondicionamiento establecido no es necesario contar con un
ventilador, las balanzas analíticas que se encuentran generalmente dentro del
área pueden verse afectadas en la medición por la corriente de aire que genera
el ventilador. Se sugiere eliminar el uso del ventilador.
Respuesta
21
Procede su comentario, por lo que se elimina
el segundo párrafo del numeral A.4.1.
Comentario
22
Dice:
A.4.2 Medir el espesor de la muestra. La medición del espesor de la muestra se realiza como se indica a continuación:
Cambio
Sugerido:
A.4.2 Corresponde a parte del método de ensayo, no a la medición del espesor de la probeta. Se sugiere establecer como:
A.4.2 Medir el espesor de la probeta conforme al método de la norma NMX-A-214-SCFI-1982.
Respuesta
22
Procede su comentario, por lo que se adiciona
la norma mexicana en el Capítulo 3. Referencias, y se recorre la numeración.
Asimismo, se modifica el numeral A.4.2, para quedar de la manera siguiente:
A.4.2 Medir el espesor de la probeta conforme al método de la norma NMX-A-214-SCFI-1982, Curtiduría-Pruebas físicas del cuero-Medición del espesor, o la que la sustituya.
Comentario
23
Dice:
A.4.2
Medir el espesor de la muestra.
La medición del espesor de la muestra se realiza como se indica a continuación:
a) Ajustar la máquina de manera que las puntas dobladas de los sujetadores de muestras estén en contacto uno con otro.
b) Deslizar la muestra sobre las puntas dobladas hacia arriba, de tal manera que éstas sobresalgan de la abertura con la parte ancha de las puntas dobladas paralelas a las orillas rectas de la abertura.
c) Presionar firmemente la muestra sobre los sujetadores.
d) Poner a funcionar el dinamómetro hasta que el espécimen se desgarre, y registrar la carga más alta alcanzada como la carga de desgarre.
Cambios
Sugeridos:
Se sugiere cambiar la redacción del nuevo
punto A.4.3 para mayor claridad.
a) Ajustar la máquina de manera que las puntas de los sujetadores estén lo más próximo uno de otro.
b) Deslizar la probeta hasta el fondo de las puntas de los sujetadores, la probeta debe quedar en forma vertical.
c) Ajustar la velocidad de desplazamiento de la mordaza móvil a 100 mm/min ± 20 mm/min
d) Poner a funcionar la máquina hasta que la probeta se desgarre, registrar la carga más alta alcanzada como la carga de desgarre.
Respuesta
23
Procede su comentario, por lo que se adiciona
el numeral A.4.3, para quedar de la manera siguiente:
A.4.3 Prueba de desgarre. La prueba de desgarre se realiza como se indica a
continuación:
a) Ajustar la máquina de manera que las puntas de los sujetadores estén lo mas próximo una de otra.
b) Deslizar la probeta hasta el fondo de las puntas de los sujetadores, la probeta debe quedar en forma vertical.
c) Ajustar la velocidad de desplazamiento de la mordaza móvil a 100 mm/min ± 20 mm/min.
d) Poner a funcionar la máquina hasta que la probeta se desgarre, registrar la carga más alta alcanzada como la carga de desgarre.
Comentario
24
Dice:
Apéndice B
Método de Prueba para
d) Balanza analítica con una precisión de ± 1 mg
Cambio
Sugerido:
Se amplia la resolución de la balanza para
permitir el uso de balanzas más exactas.
d) Balanza analítica con una precisión de ± 1 mg o mejor.
Respuesta
24
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifica el numeral B.2, inciso d), para quedar de la manera siguiente:
B.2 Aparatos
y equipo
d) Balanza analítica con una resolución de ± 1 mg o mejor.
Comentario
25
Dice:
Apéndice C
Método de Prueba para
C.3 Aparatos
y equipo
a) Potenciómetro
para mediciones de pH con electrodo de vidrio, con los siguientes requerimientos:
capaz de medir pH de
c) Balanza analítica con una sensibilidad 0.05 g.
Cambio
Sugerido:
Se sugiere establecer la resolución del
potenciómetro a 0.01 unidades de pH, es común encontrarla en los equipos
actuales.
C.3 Aparatos
y equipo
a) Potenciómetro
para mediciones de pH con electrodo de vidrio, con los siguientes
requerimientos: capaz de medir pH de
Se amplia la resolución de la balanza para
mejorar la exactitud y ampliar el uso de equipos.
c) Balanza analítica con una resolución 0.05 g o mejor.
Respuesta
25
Procede su comentario, por lo que se modifica
el numeral C.3, incisos a), primer párrafo, y c), para quedar de la manera
siguiente:
C.3 Aparatos
y equipo
a) Potenciómetro para mediciones de pH con electrodo de vidrio, con los siguientes requerimientos: capaz de medir pH de 0 a 14 con una precisión de 0.01 pH (escala con divisores de 0.01 pH). El electrodo de vidrio deberá llevar un electrodo de referencia separado o incorporado y estar previamente calibrado con una solución reguladora de pH conocido.
c) Balanza analítica con una resolución de 0.05 g o mejor.
Comentario
26
Dice:
C.4.3 Para determinar el pH, medir con una pipeta 10 cm3
del extracto original y diluir con agua a 100 cm3
en un matraz aforado. Lavar el electrodo con 20 cm3 de esta solución
y proceder a la medición del pH de la solución diluida.
Nota
1. La determinación de las
lecturas de los valores de pH del extracto original y del diluido, se deberán
hacer en lo posible con una exactitud de 0.01 a 0.02 unidades de pH. La lectura
deberá efectuarse cuando la aguja indicadora alcanza una posición estable.
Cambio
Sugerido:
Se establece que el resultado del pH debe
reportarse con dos cifras decimales, ya que un valor inferior al establecido
como mínimo puede ser redondeado, y cumplir con éste, siendo que no cumple, por
ejemplo 3.16 puede redondearse a 3.2 , lo cual es incorrecto.
C.4.3 Para determinar el pH, medir con una pipeta 10 cm3
del extracto original y diluir con agua a 100 cm3
en un matraz aforado. Lavar el electrodo con 20 cm3 de esta solución
y proceder a la medición del pH de la solución diluida.
La determinación de las lecturas de los
valores de pH del extracto original y del diluido, se deberán con una exactitud
de 0.01 a 0.02 unidades de pH y reportarse de igual forma.
Respuesta
26
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifica el numeral C.4.3, para quedar de la manera siguiente:
C.4.3 Para determinar el pH, medir con una pipeta 10 cm3
del extracto original y diluir con agua a 100 cm3
en un matraz aforado. Lavar el electrodo con 20 cm3
de esta solución y proceder a la medición del pH de la solución diluida.
La determinación de las lecturas de los
valores de pH del extracto original y del diluido, se deberán determinar con una
exactitud de 0.01 a 0.02 unidades de pH y reportarse de igual forma.
Promovente:
Calzado Van Vien, S.A. de C.V.
Comentario
1
Inciso 8.3.1. Dice...impacto de 101.7 J.
Debe decir...impacto de 101.7 J + 2 J, como se
definió en 6.2.2.
Respuesta
1
Procede su comentario, por lo que se modifica
el numeral 8.3.1, para quedar de la manera siguiente:
8.3.1
La prueba consiste en someter a las punteras a una energía de impacto de 101.7
J + 2 J,
originada por la caída libre de un percutor de 21.5 kg ± 1.5 kg de masa.
Después de la prueba de impacto deberá existir un claro comprendido entre el
arco interior de la puntera y la base de la misma, igual o mayor al establecido
en
Comentario
2
Inciso 8.3.3 b). Dice....e 215 Kg.
Debe decir....de 21.5 Kg.
Respuesta
2:
Procede su comentario, por lo que se modifica
el numeral 8.3.3, inciso b), para quedar en los términos de la respuesta que se
da al comentario 9 del promovente NYCE Laboratorios, S.C.
Comentario
3
Inciso 8.3.4, párrafo 2, renglón 3.
Dice....más alto de la puntera y con la planta y la plantilla.
Debe decir.... más alto de la puntera, con
forro y desvanecedor, y con la plantilla y planta. Tal como lo dice para la
prueba de compresión en el inciso 8.4.4, párrafo 3, renglón 3.
Respuesta
3
Procede su comentario, por lo que se modifica
el numeral 8.3.4, segundo párrafo, para quedar de la manera siguiente:
8.3.4 Preparación de las probetas
Se deberá colocar un cilindro de
plastilina de 25.4 mm ± 1 mm de diámetro entre dos hojas separadoras dentro de
la probeta, de tal manera que la plastilina con las hojas separadoras estén en
contacto con el punto interior más alto de la puntera, con forro y desvanecedor, y con la plantilla o planta, de tal forma que se pruebe
como se usa el calzado. El cilindro de plastilina deberá estar colocado al
borde de la puntera y centrado con respecto al ancho de la misma (véase Figura
2).
Comentario
4
Inciso 8.4.1. Dice...carga de 11.135 kN.
Debe decir...carga de 11.135 kN + 0.2 kN, como
se definió en 6.2.3.
Respuesta
4
Procede su comentario, por lo que se modifica
el numeral 8.4.1, para quedar de la manera siguiente:
8.4.1 La
prueba consiste en someter una probeta a una carga de 11.135 kN + 0.2 kN. Después de
la prueba de compresión deberá existir un claro comprendido entre el arco interior
de la puntera y la base de la misma, igual o mayor al establecido en
Comentario
5
Inciso 8.6.1. Dice...impacto de 101.7 J.
Debe decir...impacto de 101.7 J + 2 J, como se
definió en 6.4.1.
Respuesta
5
Procede su comentario, por lo que se modifica
el numeral 8.6.1, primer párrafo, para quedar de la manera siguiente:
8.6.1 La
prueba consiste en someter al protector metatarsal a una energía de impacto de
101.7 J + 2 J, originada por la caída libre de un percutor de 22.7 kg ±
0.23 kg de masa. El percutor golpea dicho dispositivo en forma perpendicular al
eje punta-talón del calzado.
Comentario
6
Inciso 8.6.6 a). Dice...distancia mínima de 89
± 1 mm.
Debe ser....distancia entre 89 ± 1 mm.
Respuesta
6
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifica el numeral 8.6.6, inciso a), para quedar de la manera siguiente:
8.6.6
Procedimiento
a) La nariz del percutor deberá golpear la probeta en ángulo recto respecto del eje talón-punta en un punto sobre la línea de la suela a la distancia de 89 mm ± 1 mm para el caso de calzado talla 27, y de 86 mm ± 1 mm en calzado talla 24.
Comentario
7
Inciso A 4.2 Dice. Medir el espesor.
Debe decir. Realización de la prueba de
desgarre.
Respuesta
7.
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifica el numeral A.4.2, para quedar en los términos de la respuesta que
se da al comentario 23 del promovente NYCE Laboratorios, S.C.
Promovente:
Laboratorio Nacional de Protección al Consumidor.
Comentario
1
Dice:
8.2.2
Reactivos y materiales
a) Agua destilada.
b) Papel absorbente.
c) Vaso de precipitados con capacidad de 250 ml.
d) Pinzas para crisol.
e) Rodillo metálico de 490 g ± 10 g, y 30 mm de diámetro.
Se
sugiere:
En general encontrar un metal con dimensiones
y peso tan exacto es difícil, sugerimos buscar una especificación comercial de
un acero al carbón.
Respuesta
1
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifica el numeral 8.2.2, inciso e), para quedar de la manera siguiente:
8.2.2
Reactivos y materiales
e) Rodillo metálico de 490 g ± 10 g, y de longitud tal que cubra al menos el ancho de la probeta.
Comentario
2
Dice:
10.1.15 El organismo de certificación para productos deberá mostrar al
solicitante un listado de los laboratorios acreditados que hubiera subcontratado,
y este último tendrá la opción de elegir al laboratorio en el cual se
realizarán las pruebas a su producto.
Se
sugiere:
Consideramos que no debe
requerirse que sean laboratorios subcontratados y es suficiente que sean
acreditados por
Respuesta
2
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifica el numeral 10.1.15, para quedar de la manera siguiente:
10.1.15 El organismo de certificación para productos deberá mostrar al
solicitante un listado de los laboratorios acreditados y aprobados en los
términos de lo dispuesto por
Promovente:
Cámara Nacional de
Comentario
1
Dice:
Número: 5.5
Concepto: Calzado de protección conductivo
Tipo V
Observaciones:
Proponemos que se cancele este tipo de calzado
y que únicamente se conserve el anti-estático. La razón es que en nuestro país
se carece de una amplia cultura de lo que es la protección en los pies y al
tenerse un calzado que verdaderamente conduzca electricidad, podría atentar
contra la seguridad del trabajador que pudiera someter el calzado a cualquier
tipo de actividad conductiva.
Respuesta
1
No procede su comentario, en virtud de que
actualmente existen sectores de la industria que requieren el uso de calzado de
protección conductivo, como en el caso de los trabajadores que manejan
materiales inflamables o explosivos.
Comentario
2
Dice:
Número: Tabla 6
Concepto: Agrupamiento por familia
de productos calzado tipo II con Puntera
Observaciones:
Solicitamos que el calzado tipo I,
V, VI y VII también se considere como factor para agrupamiento por familia. El
sistema de fabricación, considerando que el criterio debe ser el mismo que se
utilizó para los tipos II y III.
Respuesta
2
No procede su comentario, en virtud de que el
concepto de familia del proyecto considera sólo aquellas variantes que no
afectan el desempeño de la protección del calzado, y establece que la
certificación aplica por cada tipo de protección.
Comentario
3:
Dice:
Número: Tabla 6
Concepto: Agrupamiento por familia
de productos calzado tipo II con Puntera
Observaciones:
Solicitamos que el criterio de Familia de este calzado,
independientemente del tipo de piel y construcción, se considere NO EL MISMO
TIPO DE PUNTERA, sino el mismo tipo de protección (impacto y compresión), ya
que hoy en día se encuentran en el mercado de insumos, varios tipos de puntera
que resisten impacto y compresión. Y en un solo Certificado se podrían
mencionar los distintos tipos a certificar.
De no aceptar esta propuesta únicamente se beneficiarían los
laboratorios, que harían un certificado por cada material de casquillo. (Tomar
en cuenta que lo importante es el cumplimiento del Tipo de Protección).
Respuesta 3
No procede su comentario, en virtud de que el concepto de familia del
proyecto considera sólo aquellas variantes que no afectan el desempeño de la
protección del calzado.
Promovente: Centro de Innovación Aplicada en
Tecnologías Competitivas, A.C. (CIATEC).
Comentario 1
Dice:
6.1.6 Determinación de pH en cuero: La especificación para el pH (grado de
acidez del cuero), deberá ser como mínimo de 3.2, en caso de que el material
del corte sea de cuero. La verificación de este requisito deberá efectuarse
conforme al método descrito en el Apéndice C.
Se propone que diga:
6.1.6 Determinación de pH y pH en cuero: la especificación para el pH
(grado de acidez del cuero), deberá ser como mínimo de 3.2, en caso de que el
material del corte sea de cuero y su pH sea menor a 4, el pH no deberá ser mayor a 0,7. La verificación
de este requisito deberá efectuarse conforme al método descrito en el Apéndice
C.
Razones y fundamento
Es muy importante controlar el valor del pH para asegurar la ausencia de ácidos fuertes
(sobre todo inorgánicos) ya que la presencia de ellos puede ser dañina, durante
el uso cotidiano del zapato y provocar efectos dañinos en el usuario como
comezón, ardor, picazón, etc., o puede afectar las propiedades físicas del
cuero, ya que deteriora en gran medida los parámetros de ruptura de flor y
resistencia al desgarre. No basta con evaluar sólo el pH para asegurar la
ausencia de los mencionados ácidos fuertes.
Además, así está especificado en la norma internacional ISO de calzado
de seguridad ISO 20345.
Respuesta 1
Procede parcialmente su comentario, por lo que se modifica el numeral
6.1.6, para quedar de la manera siguiente:
6.1.6 Determinación de pH y pH en cuero: La especificación
para el pH (grado de acidez del cuero), deberá ser como mínimo de 3.2, en caso
de que el material del corte sea de cuero y su pH sea menor a 4, el pH no deberá ser mayor a 0.7. La
verificación de este requisito deberá efectuarse conforme al método descrito en el Apéndice C.
Comentario 2
Dice:
6.1.7 Contenido de cromo: El contenido de cromo deberá ser como mínimo de 2.5
por ciento, en caso de que el material del corte sea de cuero.
Se propone que diga:
6.1.7 Contenido de óxido de cromo: El contenido de óxido de cromo deberá ser
como mínimo de 2.5 por ciento, en caso de que el material del corte sea de
cuero.
Razones y fundamento
El parámetro importante a medir en el cuero es el contenido de sal de
óxido de cromo y no el cromo en forma separada, para evaluar si este cuero
contiene los parámetros internacionales de esta sal y así evaluar que se tiene
un adecuado grado de curtido del cuero.
Respuesta 2
Procede su comentario, por lo que se modifica el numeral 6.1.7, para
quedar de la manera siguiente:
6.1.7 Contenido de
óxido de cromo: El contenido de cromo deberá ser como mínimo de 2.5 por ciento,
en caso de que el material del corte sea de cuero.
Promovente: Enrique Pintor, Gerente de EHS
México y Centroamérica, Johnson Diversey.
Comentario
Dice:
1.- Un punto siempre relevante para seleccionar calzado de protección
son sus propiedades antiderrapantes, ante esto, se sugiere lo siguiente.
Se sugiere:
Que se adicione el numeral 6.1.8, el cual podría mantener el siguiente
texto: Que la suela ofrezca propiedades antiderrapantes, dependientes del tipo
de superficie a la que típicamente se someterá el calzado de protección.
Respuesta
No procede su comentario, en virtud de que su propuesta no sugiere el
método de prueba y las especificaciones que aplicarían al calzado
antiderrapante.
Promovente: NYCE, A. C. Organismo de
Certificación de Producto.
Comentario 1
Dice:
3. Referencias
Para la correcta aplicación de esta Norma, deberán consultarse las
siguientes norma oficial mexicana y norma mexicana vigentes, o las que las
sustituyan:
Comentario
de NYCE:
las siguientes norma
oficial mexicana
la norma mexicana...
Respuesta 1
No procede su comentario, en virtud de que está bien aplicado el
adjetivo de número ya que califica a dos normas.
Comentario 2
Dice:
4.1.1 Borceguí: Calzado cuyos tubos cubren el
área de los tobillos.
Comentario de NYCE:
Calzado cuyos tubos cubren la zona el área de los
tobillos.
Respuesta 2
Procede parcialmente su comentario, por lo que se modifica el numeral
4.1.1, para quedar de la manera siguiente:
4.1.1 Borceguí: Calzado cuyos tubos cubren hasta la zona de
los tobillos.
Comentario 3
Dice:
4.1.2 Bota: Calzado cuyos tubos cubren la parte superior de los tobillos.
Comentario
de NYCE:
Calzado cuyos tubos cubren los tobillos y la parte superior de los
tobillos.
Respuesta 3
Procede parcialmente su comentario, por lo que se modifica el numeral
4.1.2, para quedar de la manera siguiente:
4.1.2 Bota: Calzado cuyos tubos cubren hasta la parte superior de los tobillos.
Comentario 4
Dice:
4.1.3 Calzado de protección: Aquél que incorpora características
especiales para proteger al usuario de lesiones que puedan producirse en el
desarrollo de sus actividades y que ha sido especialmente diseñado y fabricado
para cumplir las especificaciones y requisitos establecidos en esta Norma.
Comentario de NYCE:
Aquel calzado que se le incorporan....
Respuesta 4
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifica el numeral 4.1.3, para quedar de la manera siguiente:
4.1.3
Calzado de protección: Aquél
al que se le incorporan características especiales para proteger al usuario de
lesiones que puedan producirse en el desarrollo de sus actividades y que ha
sido especialmente diseñado y fabricado para cumplir las especificaciones y
requisitos establecidos en esta Norma.
Comentario 5
Dice:
4.1.4
Corte: Conjunto de piezas que
integran la parte superior del calzado.
Comentario de NYCE:
del calzado, sin
incluir la suela ni el cerco.
Respuesta 5
Procede su comentario, por lo que se modifica
el numeral 4.1.4, para quedar de la manera siguiente:
4.1.4 Corte:
Conjunto de piezas que integran la parte superior del calzado, sin incluir la
suela ni el cerco.
Comentario 6
Dice:
4.1.8
Choclo: Calzado cuyos cuartos
quedan por debajo de los tobillos.
Comentario de NYCE:
Calzado cuyos cuartos
quedan cubren hasta y por debajo de la zona de los tobillos.
Respuesta 6
Procede su comentario, por lo que
se modifica el numeral 4.1.8, para quedar de la manera siguiente:
4.1.8
Choclo: Calzado cuyos cuartos cubren
hasta y por debajo de la zona de los tobillos.
Comentario 7
Dice:
4.1.13
Tamaño de lote: Se considera como el
número de pares de la producción semestral, o la cantidad declarada de producto
de un pedimento en caso de importación, para efectos de muestreo.
Comentario de NYCE:
en caso de importación, la
cantidad de producto comercializada para efectos de muestreo.
Respuesta 7
No procede su comentario, en
virtud de que el tamaño del lote debe definirse por un período de producción o
por determinada cantidad de producto que ingrese al país.
Comentario 8
Dice:
Se propone incorporar un nuevo
término.
Comentario de NYCE:
Incluir el término PROBETA
Respuesta 8
No procede su comentario, en virtud de que su
sugerencia carece de una propuesta de definición para el término probeta.
Comentario 9
Dice:
mili volt
Comentario de NYCE:
milivolt
Respuesta 9
Procede su comentario, por lo que se modifica
la tabla de símbolos y abreviaturas del numeral 4.2, para quedar en los
términos de la respuesta que se da al comentario 2 del promovente NYCE
Laboratorios, S.C.
Comentario 10
Dice:
6.1.2 Resistencia al desgarre: La resistencia al
desgarre del material del corte deberá ser como mínimo 100 N. La verificación
de este requisito deberá efectuarse conforme al método descrito en el Apéndice
A.
Comentario de NYCE:
El método indicado en el proyecto de norma
como anexo A se debe integrar al cuerpo del mismo no como anexo, sino en los
métodos de prueba.
Respuesta 10
No procede su comentario, en virtud de que los
apéndices forman parte integral de la norma por lo que son de cumplimiento
obligatorio. Cabe hacer notar, que las guías de referencia, como se indica en
las mismas, son un complemento de las normas y no son de carácter obligatorio.
Comentario 11
Dice:
6.2.2 Resistencia al impacto: Al desarrollar el
método descrito en el numeral 8.3, mediante la aplicación de una energía de
impacto de 101.7 J + 2 J, el claro interior mínimo que se generó durante el
impacto deberá ser conforme a lo indicado en
Comentario de NYCE:
Resistencia al impacto:
Al desarrollar aplicar el método de prueba descrito en el numeral 8.3, mediante
la aplicación de utilizando una energía de impacto.
Respuesta 11
No procede su comentario, en
virtud de que el texto del numeral
6.2.2, contiene los elementos para describir con precisión el requisito a
cumplir.
Comentario 12
Dice:
6.2.3 Resistencia a la compresión: Al efectuar el
método descrito en el numeral 8.4 y mediante la aplicación de una carga de
compresión de 11.135 kN + 0.2 kN a velocidad constante, el claro interior
mínimo después de la compresión deberá ser conforme a lo indicado en
Comentario de NYCE:
6.2.3 Resistencia a la compresión:
Al efectuar aplicar el método de prueba descrito en el numeral 8.4, y
mediante la aplicación de utilizando una carga de compresión de 11.135 kN +
0.2 kN a velocidad constante de 5 ± 2 mm/min, el claro interior mínimo después
de la compresión deberá ser conforme a lo indicado en
Respuesta 12
No procede su comentario, en
virtud de que el texto del numeral 6.2.3, contiene los elementos para describir
con precisión el requisito a cumplir.
Comentario 13
Dice:
6.3.1
Rigidez dieléctrica: Al aplicar el método de prueba descrito en el numeral 8.5,
el calzado de protección dieléctrico deberá soportar la aplicación de 18,000 V
c. a., a 60 Hz, durante un minuto, con una corriente de fuga que no exceda los
1.0 mA.
Comentario de NYCE:
6.3.1 Rigidez dieléctrica: Al aplicar
el método de prueba descrito en el numeral 8.5, el calzado de protección
dieléctrico deberá soportar la aplicación de 18,000 ± 450 V c. a., a 60 Hz,
durante un minuto, con una corriente de fuga que no exceda los 1.0 mA.
Respuesta 13
No procede su comentario, en virtud de que las normas que se tomaron como referencia para la
elaboración del proyecto, citadas en la bibliografía, no establecen tolerancia
para esta especificación.
Comentario 14
Dice:
6.4.2 Las conchas metatarsales
metálicas y no metálicas deberán presentar un acabado libre de filos, bordes
cortantes o rebabas. Además, las conchas metálicas deberán contar con un
recubrimiento que evite la corrosión. La verificación de este requisito se
realizará de manera ocular.
Comentario de NYCE:
La verificación del este requisito de este punto se
realizará de manera ocular.
Respuesta 14
Procede parcialmente su comentario, por lo que se modifica el numeral
6.4.2, para quedar en los términos de la respuesta que se da al comentario 5
del promovente NYCE Laboratorios, S.C.
Comentario 15
Dice:
6.5.1 Resistencia eléctrica para calzado conductivo: Al aplicar el método de
prueba descrito en el numeral 8.7, tras acondicionar en atmósfera seca (véase
el numeral 8.7.4, inciso c), subinciso 1)), la resistencia eléctrica no deberá
ser superior a 100 k.
Comentario
de NYCE:
6.5.1 Resistencia eléctrica para calzado
conductivo: para Al aplicar el método de prueba descrito en el numeral
8.7, debe tras acondicionar previamente la muestra en atmósfera seca
conforme a lo indicado en (véase el numeral 8.7.4, inciso c), subinciso
1)), vigilar que la resistencia eléctrica no deberá ser superior a 100 k.
Respuesta 15
Procede parcialmente su comentario, por lo que se modifica
el numeral 6.5.1, para quedar de la manera siguiente:
6.5.1 Resistencia eléctrica para calzado conductivo: Al aplicar el método de
prueba descrito en el numeral 8.7, y después de acondicionar previamente la
muestra en atmósfera seca conforme a lo indicado en el numeral 8.7.4, inciso
c), subinciso 1), la resistencia eléctrica no deberá ser superior a 100 k.
Comentario 16
Dice:
6.6.1
Los insertos deberán presentar un acabado libre de filos, bordes
cortantes o rebabas. La verificación de este requisito se realizará de manera
ocular.
Comentario
de NYCE:
Se sugiere incluir los insertos de material
textil como plantilla de protección para la prueba de resistencia a la
penetración.
Respuesta 16
No procede su comentario, en virtud de que la redacción del numeral
6.6.1, no excluye el tipo de insertos propuestos.
Comentario 17
Dice:
8.1 Acondicionamiento de probetas
Todas las probetas de las
muestras deberán ser obtenidas de un calzado completo tal como se presenta a la
venta y, a menos que se especifique de otra manera en el respectivo método de
prueba, éstas deberán ser acondicionadas a una temperatura de 293 K ± 2 K (20
°C ± 2 °C), y a una humedad relativa de 65 por ciento ± 2 por ciento, por un
tiempo no menor a 24 horas, y aplicarles los métodos de pruebas bajo estas
mismas condiciones ambientales.
Comentario de NYCE:
293 °K ± 2 °K (20 °C ± 2 °C)
Respuesta 17
No procede su comentario, en virtud de que
Comentario 18
Dice:
8.2.2 Reactivos y materiales
e) Rodillo
metálico de 490 g ± 10 g, y 30 mm de diámetro.
Comentario de NYCE:
e) Rodillo
metálico de 490 g ± 10 g, y 30 ± 1 mm de diámetro.
Respuesta 18
No procede su comentario, en virtud de que se
modificó el numeral 8.2.2, inciso e), para quedar en los términos de la
respuesta que se da al comentario 1 del promovente Laboratorio Nacional de
Protección al Consumidor.
Comentario 19
Dice:
8.2.5
Procedimiento para la prueba
de absorción de agua
d) Para quitar el agua remanente, colocar papel absorbente en un plano horizontal y poner la probeta sobre el papel con el lado de la carne hacia abajo, cuando sea identificable, y colocar otro papel absorbente sobre la probeta. Inmediatamente después, hacer girar un rodillo metálico de 490 g ± 10 g y 30 mm de diámetro aproximadamente sobre el papel con la mano una sola vez sin ejercer presión por encima de la probeta hasta pasarla por completo. El trayecto de un extremo hacia el otro de la probeta deberá durar entre 2 y 4 segundos aproximadamente.
Comentario de NYCE:
d) Para
quitar el agua remanente, colocar papel absorbente en un plano horizontal y
poner la probeta sobre el papel con el lado de la carne hacia abajo, cuando sea
identificable, y colocar otro papel absorbente sobre la probeta. Inmediatamente
después, hacer girar un rodillo metálico de 490 g ± 10 g y 30 ± 1 mm de diámetro aproximadamente sobre el papel
con la mano una sola vez sin ejercer presión por encima de la probeta hasta
pasarla por completo. El trayecto de un extremo hacia el otro de la probeta
deberá durar entre 2 y 4 segundos aproximadamente.
Respuesta 19
No procede su comentario, en virtud de que se
modificó el numeral 8.2.2, inciso e), para quedar en los términos de la
respuesta que se da al comentario 1 del promovente Laboratorio Nacional de
Protección al Consumidor.
Comentario 20
Dice:
8.2.5
Procedimiento para la prueba
de absorción de agua
e) Pesar nuevamente las probetas y registrar su masa MF.
Comentario de NYCE:
e) Pesar
nuevamente las probetas con una aproximación de 0,01 g y registrar su masa MF.
Respuesta 20
No procede su comentario, en virtud de que en
el numeral 8.2.3 se establece la resolución de la balanza que debe ser usada en
este procedimiento.
Comentario 21
Dice:
8.2.7 Procedimiento para la prueba de desabsorción de agua
Tomar las dos probetas de
la prueba de absorción de agua descrita en el numeral 8.2.4, y
reacondicionarlas por 16 horas a las condiciones ambientales descritas en el
numeral 8.1, suspendiendo cada una de éstas en el aire, sujetadas de una
esquina por medio de un caimán o pinza pequeña con un máximo de 4 puntos de
contacto, tomando al final de este tiempo la masa MR.
Comentario de NYCE:
a) Inmediatamente después de haber
realizado la prueba de absorción de agua tomar las dos probetas de la prueba
de absorción de agua descritas en el numeral 8.2.4, y reacondicionarlas por
16 horas a las condiciones ambientales descritas en el numeral 8.1,
suspendiendo cada una de éstas en el aire, sujetadas de una esquina por medio
de un caimán o pinza pequeña con un máximo de 4 puntos de contacto, tomando
al final de este tiempo la masa MR.
b) Al final de este tiempo, pesar
nuevamente las probetas con una aproximación de 0,01 g y registrar la masa MR.
Respuesta 21
Procede
parcialmente su comentario, por lo que se modifica el numeral 8.2.7, para
quedar de la manera siguiente:
8.2.7 Procedimiento para la prueba de desabsorción de agua
Inmediatamente
después de haber realizado la prueba de absorción de agua, tomar las dos
probetas de la prueba descrita en el numeral 8.2.5, y reacondicionarlas por 16
horas a las condiciones de temperatura y humedad relativa descritas en el
numeral 8.1, suspendiendo cada una de éstas en el aire, sujetadas de una
esquina por medio de un caimán o pinza pequeña con un máximo de 4 puntos de
contacto, al final de este tiempo, pesar nuevamente las probetas y registrar la
masa MR.
Comentario 22
Dice:
8.2.8 Expresión de resultados para la prueba de desabsorción de agua
Calcular el
porcentaje de desabsorción de agua para cada probeta WD, de acuerdo
con la siguiente ecuación:
![]()
Donde:
MF es la masa final de cada probeta, expresada en g.
Comentario de NYCE:
(después de 8 horas)
Respuesta 22
No procede su comentario,
en virtud de que el tiempo de la inmersión de ocho horas está incluido en el
numeral 8.2.5, inciso c).
Comentario 23
Dice:
8.3.1 La prueba consiste en someter a las punteras a una energía de
impacto de 101.7 J, originada por la caída libre de un percutor de 21.5 kg ±
1.5 kg de masa. Después de la prueba de impacto deberá existir un claro
comprendido entre el arco interior de la puntera y la base de la misma, igual o
mayor al establecido en
Comentario de NYCE:
8.3.1 La prueba consiste en someter a las punteras a una energía
de impacto de 101.7 ± 2 J, originada por la caída libre de un percutor de 21.5
kg ± 1.5 kg de masa. Después de la prueba de impacto deberá existir un claro
comprendido entre el arco interior de la puntera y la base de la misma, igual o
mayor al establecido en
Respuesta 23
Procede su comentario, por lo que se modifica el numeral 8.3.1, para
quedar en los términos de la respuesta que se da al comentario 1 del promovente Calzado Van Vien, S.A. de C.V.
Comentario 24
Dice:
8.3.2 Reactivos
y materiales
a) Plastilina de 25.4 mm de diámetro y altura igual a la del interior de la puntera que se va a probar.
Comentario de NYCE:
a) Plastilina
de 25.4 ± 1 mm de diámetro y altura igual a la del interior de la puntera que
se va a probar.
Respuesta 24
Procede su comentario, por lo que se modifica
el numeral 8.3.2, inciso a), para quedar de la manera siguiente:
8.3.2
Reactivos y materiales
a) Plastilina
de
Comentario 25
Dice:
8.3.3
Aparatos e instrumentos
b) Equipo para prueba de impacto con un percutor, el cual deberá contener una masa de acero de 215 kg ± 1.5 kg y una nariz del percutor, la cual deberá consistir de un cilindro de acero de 25.4 mm ± 0.8 mm de diámetro y con una longitud aproximada de 50.8 mm. La nariz del percutor deberá terminar en una superficie esférica lisa con un radio de 25.4 mm ± 0.127 mm. La línea longitudinal de la nariz del percutor deberá ser paralela y coincidir con el eje vertical de la simetría del percutor.
Comentario de NYCE:
con una longitud aproximada de 50.8 ± 2 mm.
Respuesta 25
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifica el numeral 8.3.3, inciso b), para quedar en los términos de la
respuesta que se da al comentario 9 del promovente NYCE Laboratorios, S.C.
Comentario 26
Dice:
8.3.3 Aparatos
e instrumentos
c) El percutor deberá ser forzado a caer a través de una trayectoria conocida y repetible. La guía o guías deberán ser verticales y, en el caso de sistemas de doble guía, éstas deberán ser paralelas.
Comentario de NYCE:
c) El
percutor deberá ser forzado a caer por la fuerza de la gravedad a través de una
trayectoria conocida y repetible. La guía o guías deberán ser verticales y, en
el caso de sistemas de doble guía, éstas deberán ser paralelas.
Respuesta 26
Procede parcialmente su
comentario, por lo que se modifica el numeral 8.3.3, inciso c), para quedar en
los términos de la respuesta que se da al comentario 10 del promovente NYCE
Laboratorios, S.C.
Comentario 27
Dice:
8.4.1
La prueba consiste en someter una probeta a una carga de 11.135 kN. Después de
la prueba de compresión deberá existir un claro comprendido entre el arco
interior de la puntera y la base de la misma, igual o mayor al establecido en
Comentario
de NYCE:
8.4.1 La prueba consiste en someter una probeta a una carga de 11.135 ±
0.2 kN.
Respuesta 27
Procede su
comentario, por lo que se modifica el numeral 8.4.1, para quedar en los términos
de la respuesta que se da al comentario 4 del promovente Calzado Van Vien, S.A.
de C.V.
Comentario 28
Dice:
8.4.4 Preparación de las probetas
Se deberá
trazar el eje de ensayo colocando el calzado sobre una superficie horizontal y
contra un plano vertical que toque el borde de la suela en los puntos A y B,
del lado inferior del calzado (véase Figura 4). Se sitúan dos planos
verticales, en ángulo recto con el primero, que toquen la suela en los puntos X
e Y, puntera y tacón, respectivamente. Se traza una línea desde X hasta Y. Esta
línea constituye el eje de ensayo para la parte delantera del calzado.
Comentario
de NYCE:
del lado inferior
del calzado (véase Figura 4). Se sitúan dos planos verticales, en ángulo recto
con el primero, que toquen la suela en los puntos X e Y, puntera y tacón (véase
fig. 4), respectivamente. Se
traza una línea desde X hasta Y. Esta línea constituye el eje de ensayo para la
parte delantera del calzado.
Respuesta 28
Procede parcialmente su
comentario, por lo que se modifica el numeral 8.4.4, primer párrafo, para
quedar en los términos de la respuesta que se da al comentario 13 del
promovente NYCE Laboratorios, S.C.
Comentario 29
Dice:
8.4.4 Preparación de las probetas
La probeta se
obtiene al cortar el calzado a todo lo ancho. El corte deberá realizarse a una
distancia de 25.4 mm ± 3.2 mm del borde de la puntera en dirección al talón del
calzado. La muestra a probar es la parte del calzado que contiene la puntera.
No es necesario el acondicionamiento previo de la probeta.
Comentario de NYCE:
La muestra a probar es la parte del calzado que contiene la puntera. El
calzado debe conservar la plantilla y el forro en la zona de la puntera. No es
necesario el acondicionamiento previo de la probeta.
Respuesta 29
Procede parcialmente su
comentario, por lo que se modifica el numeral 8.4.4, segundo párrafo, para
quedar de la manera siguiente:
8.4.4 Preparación de las probetas
La probeta se
obtiene al cortar el calzado a todo lo ancho. El corte deberá realizarse a una
distancia de 25.4 mm ± 3.2 mm del borde de la puntera en dirección al talón del
calzado. La muestra a probar es la parte del calzado que contiene la puntera,
misma que debe conservar la plantilla y el forro. No es necesario el
acondicionamiento previo de la probeta, cuando las condiciones del laboratorio
no varíen.
Comentario 30
Dice:
8.4.4 Preparación de las probetas
Se deberá
colocar un cilindro de plastilina de diámetro de 25.4 mm ± 1 mm entre dos hojas
separadoras dentro de la probeta, de tal manera que la plastilina con las hojas
separadoras estén en contacto con el punto interior más alto de la puntera, con
forro y desvanecedor, y con la plantilla o planta, de tal forma que se pruebe
como se usa el calzado. El cilindro de plastilina deberá estar colocado al
borde de la puntera y centrado con respecto al ancho de la misma (véase Figura
4).
Comentarios de NYCE:
... y con la plantilla o en su caso con la planta, de tal forma que se pruebe
como se usa el calzado. El cilindro de plastilina
deberá estar colocado al borde de la puntera y centrado con respecto al ancho
de la misma (véase Figura 4).
Respuesta 30
No procede su comentario, en virtud de que el
texto del numeral 8.4.4, tercer párrafo, contiene los elementos para describir
con precisión el procedimiento de preparación de las probetas a seguir.
Comentario 31
Dice:
8.4.5 Procedimiento
b) La
carga de prueba deberá aplicarse hasta que se alcance una carga inicial de
2.224 kN ± 0.1 kN. A partir de ese momento, se aplica
la carga a una velocidad constante de 5 mm por minuto ± 2 mm por minuto hasta
alcanzar la carga máxima de 11.135 kN.
Comentario de NYCE:
b) La
carga de prueba deberá aplicarse hasta que se alcance una carga inicial de
2.224 kN ± 0.1 kN. A partir de ese momento, se aplica la carga a una velocidad
constante de 5 mm por minuto ± 2 mm/min mm por minuto hasta
alcanzar la carga máxima de 11.135 ± 2 kN.
Respuesta 31
Procede parcialmente su
comentario, por lo que se modifica el numeral 8.4.5, inciso b), para quedar de
la manera siguiente:
8.4.5 Procedimiento
b) La carga de prueba deberá aplicarse hasta que se alcance una carga inicial de 2.224 kN ± 0.1 kN. A partir de ese momento, se aplica la carga a una velocidad constante de 5 mm/min ± 2 mm/min hasta alcanzar la carga máxima de 11.135 kN ± 0.2 kN.
Comentario 32
Dice:
8.4.5 Procedimiento
c) Una vez alcanzada la carga
máxima se disipa ésta inmediatamente, se retira el cilindro de plastilina y se
mide en su punto más bajo con el calibrador Vernier. El resultado corresponde a
la medida del claro interior después de la prueba.
Comentario de NYCE:
c) Una
vez alcanzada la carga máxima se disipa ésta inmediatamente, se retira el
cilindro de plastilina y se mide éste en su punto más bajo con el calibrador
Vernier. El resultado corresponde a la medida del claro interior después de la
prueba.
Respuesta 32
Procede su comentario, por lo que se modifica
el numeral 8.4.5, inciso c), para quedar de la manera siguiente.
8.4.5
Procedimiento
c) Una vez alcanzada la carga máxima se disipa ésta inmediatamente, se retira el cilindro de plastilina y se mide éste en su punto más bajo con el calibrador Vernier. El resultado corresponde a la medida del claro interior después de la prueba.
Comentario 33
Dice:
8.5.1
La prueba de rigidez dieléctrica consiste en someter al calzado a un potencial
eléctrico de 18,000 V c. a. entre dos electrodos, uno colocado en el interior
del calzado, consistente en esferillas metálicas, y el otro en el piso del
calzado, conformado por una malla metálica.
Comentario de NYCE:
8.5.1 La prueba de rigidez dieléctrica consiste en
someter al calzado a un potencial eléctrico de 18,000 ± 450 V c. a., a 60 Hz
entre dos electrodos, uno colocado en el interior del calzado, consistente en
esferillas metálicas, y el otro en el piso del calzado, conformado por
una malla metálica.
Respuesta 33
No procede su comentario, en virtud de que las
normas que se tomaron como referencia para la
elaboración del Proyecto, citadas en la bibliografía, no establecen tolerancia
para esta especificación.
Comentario 34
Dice:
8.5.1
Se aplica la tensión eléctrica durante 1
minuto, y se mide la corriente de fuga que pasa del piso de la suela hacia el
interior del calzado en mA.
Comentario
de NYCE:
8.5.1
Se aplica la tensión eléctrica durante 1 + 0,1
minuto, y se mide la corriente de fuga que pasa del piso de la suela hacia el
interior del calzado en mA.
Respuesta 34
No procede su comentario, en virtud de que las
normas que se tomaron como referencia para la
elaboración del Proyecto, citadas en la bibliografía, no establecen tolerancia
para esta especificación.
Comentario 35
Dice:
8.5.2
Reactivos y materiales
Esferillas metálicas sólidas de 3
mm ± 0.2 mm de diámetro
Comentario de NYCE:
Esferillas metálicas
sólidas de 3 mm ± 0.2 mm de diámetro.
Respuesta 35
Procede su comentario, por lo que se modifica
el numeral 8.5.2, para quedar de la manera siguiente:
8.5.2
Reactivos y materiales
Esferas metálicas sólidas de 3 mm
± 0.2 mm de diámetro.
Comentario 36
Dice:
8.5.3
Aparatos e instrumentos
a) Transformador de 0.5 kVA o mayor, cuyo valor de la impedancia del sistema de medición no deberá exceder los 280 k.
1) Un electrodo en la parte interior del calzado, a base de esferas metálicas sólidas de 3 mm de diámetro colocadas dentro del calzado a ser probado, cubriendo la superficie completa de la planta interior del calzado, a una profundidad no menor de 30 mm.
Comentario de NYCE:
1) Un electrodo en la parte interior del calzado, a base de esferas metálicas sólidas de 3 ± 0.2 mm de diámetro colocadas dentro del calzado a ser probado, cubriendo la superficie completa de la planta interior del calzado, a una profundidad no menor de 30 ± 2 mm.
Respuesta 36
Procede parcialmente su
comentario, por lo que se modifica el numeral 8.5.3, inciso a), subinciso 1),
para quedar de la manera siguiente:
1) Un electrodo en la parte interior del calzado, a base de esferas metálicas sólidas de 3 mm ± 0.2 mm de diámetro colocadas dentro del calzado a ser probado, cubriendo la superficie completa de la planta interior del calzado, a una profundidad no menor de 30 mm.
Comentario 37
Dice:
8.5.3 Aparatos
e instrumentos
b) Amperímetro de corriente alterna, o una derivación no inductiva equivalente y un voltímetro, conectado en serie a la probeta.
Comentario de NYCE:
Qué resolución debe tener el
instrumento.
b) Amperímetro
de corriente alterna, o una derivación no inductiva equivalente y un
voltímetro, conectado en serie a la probeta.
Respuesta 37
Procede su comentario, por lo que se modifica
el numeral 8.5.3, inciso b), para quedar en los términos de la respuesta que se
da al comentario 15 del promovente NYCE Laboratorios, S.C.
Comentario 38
Dice:
8.5.5
Procedimiento
El electrodo interior deberá
mantener contacto con un potencial a tierra. La tensión eléctrica deberá ser
aplicada al electrodo exterior a bajo nivel, cercano a cero voltios, e
incrementada gradualmente a una velocidad de 1 kV/s hasta que se alcance la
tensión indicada. La tensión eléctrica deberá mantenerse por un lapso de 1
minuto.
Comentario de NYCE:
...e incrementada gradualmente a
una velocidad de 1 kV/s hasta que se alcance la tensión indicada. La tensión
eléctrica deberá mantenerse por un lapso de 1 + 0,1 minuto.
Respuesta 38
No procede su comentario, en virtud de que las
normas que se tomaron como referencia para la
elaboración del Proyecto, citadas en la bibliografía, no establecen tolerancia
para esta especificación.
Comentario 39
Dice:
8.6.1
La prueba consiste en someter al protector metatarsal a una energía de impacto
de 101.7 J, originada por la caída libre de un percutor de 22.7 kg ± 0.23 kg de
masa. El percutor golpea dicho dispositivo en forma perpendicular al eje
punta-talón del calzado.
Comentario de NYCE:
8.6.1
La prueba consiste en someter al protector metatarsal a una energía de impacto
de 101.7 + 2 J, originada por la caída libre de un percutor de 22.7 kg ± 0.23
kg de masa. El percutor golpea dicho dispositivo en forma perpendicular al eje
punta-talón del calzado.
Respuesta 39
Procede su comentario, por lo que se modifica
el numeral 8.6.1, para quedar en los términos de la respuesta que se da al
comentario 5 del promovente Calzado Van Vien, S.A. de C.V.
Comentario 40
Dice:
8.6.2 Reactivos
y materiales
b) Cinta
plástica para ayudar a retirar la horma de cera de la probeta después del
impacto.
Comentario de NYCE:
De qué ancho debe ser la cinta.
b) Cinta
plástica para ayudar a retirar la horma de cera de la probeta después del
impacto.
Respuesta 40
No procede su comentario, en
virtud de que su observación carece de una propuesta para este requisito.
Comentario 41
Dice:
8.6.4 Preparación de las hormas de cera
Las hormas de cera se elaboran previamente como se indica a
continuación:
a) La cera se prepara de
una mezcla de parafina, con un punto de fusión de 323.0 K a 325.8 K (50.0 °C a
52.8 °C), y cera de abeja en una relación de 5:1, es decir, 5 partes de
parafina por una parte de cera de abeja.
Comentario
de NYCE:
a) La cera se prepara de una mezcla de parafina, con un punto de fusión de 323.0 ºK a 325.8 ºK (50.0 °C a 52.8 °C), y cera de abeja en una relación de 5:1, es decir, 5 partes de parafina por una parte de cera de abeja.
Respuesta 41
No procede su propuesta, por las razones expuestas en la respuesta a su
comentario 17.
Comentario 42
Dice:
8.6.4 Preparación de las hormas de cera
c) Combinar la parafina
con la cera de abeja, y calentar la mezcla a 358 K (85 °C).
Comentario
de NYCE:
c) Combinar la parafina
con la cera de abeja, y calentar la mezcla a 358 ºK
(85 °C).
Respuesta 42
No procede su propuesta, por las razones expuestas en la respuesta a su
comentario 17.
Comentario 43
Dice:
8.6. Preparación de las hormas de cera
d) Una vez alcanzada la
temperatura de 358 K (
Comentario
de NYCE:
d) Una vez alcanzada la
temperatura de 358 ºK (
Respuesta 43
No procede su propuesta, por las razones expuestas en la respuesta a su
comentario 17.
Comentario 44
Dice:
8.6.4 Preparación de las hormas de cera
g) Enfriar los moldes
hasta que la cera se solidifique, aproximadamente de 283 K (10 °C) a 288.5 K
(15.5 °C), y retirar las hormas de los moldes.
Comentario
de NYCE:
g) Enfriar los moldes
hasta que la cera se solidifique, aproximadamente de 283 ºK (10 °C) a 288.5 ºK
(15.5 °C), y retirar las hormas de los moldes.
Respuesta 44
No procede su propuesta, por las razones expuestas en la respuesta a su
comentario 17.
Comentario 45
Dice:
8.7.1 Se aplica una tensión de 100 V. c. c. en el electrodo alojado en
el interior del calzado, y se determina el valor de la corriente que fluye
hacia el electrodo base a través del calzado, calculando la resistencia
mediante
Comentario de NYCE:
100 V. c. c. ± 2 V c. c.
Respuesta 45
Procede su comentario, por lo que
se modifica el numeral 8.7.1, para quedar de la manera siguiente:
8.7.1 Se
aplica una tensión de 100 V c. c. ± 2 V c. c. en el electrodo alojado en el
interior del calzado, y se determina el valor de la corriente que fluye hacia
el electrodo base a través del calzado, calculando la resistencia mediante
Comentario 46
Dice:
8.7.2 Reactivos
y materiales
c) Laca conductora.
Comentarios de NYCE:
De que características
Respuesta 46
No procede su comentario, en virtud de que el
método de prueba para determinar la resistencia eléctrica del calzado
conductivo y antiestático, establece el valor de resistencia máxima de la laca
conductora en el numeral 8.7.4, inciso a), segundo párrafo.
Comentario 47
Dice:
8.7.5 Procedimiento
a) Se
llena el calzado con 4 kg de balines de acero limpios, utilizando una pieza de
material aislante para prolongar la altura del empeine, si fuese necesario. Se
coloca el calzado lleno sobre la placa de cobre; se aplica una tensión de
ensayo de 100 V c. c. ± 2 V c. c. entre la placa de cobre y los balines durante
1 min ± 2 s, y se calcula la resistencia por medio de
Comentario de NYCE:
4 kg ± 0.2 kg
Respuesta 47
No procede su comentario, en
virtud de que la norma internacional que se tomó
como referencia para la elaboración del Proyecto, no establece tolerancia para
esta especificación, además de que en su observación no se fundamenta la fuente
del valor propuesto.
Comentario 48
Dice:
10.1.2 La evaluación de la conformidad del calzado objeto de la presente
Norma se llevará a cabo por organismos de certificación, debidamente
acreditados y aprobados en términos de lo dispuesto por
Comentario de NYCE:
por organismos de certificación
de tercera parte, debidamente acreditados...
Respuesta 48
No procede su comentario, en virtud de que
Comentario 49
Dice:
10.1.2
Asimismo, la verificación del cumplimiento con
las especificaciones establecidas en esta Norma, deberá llevarse a cabo por un
laboratorio de pruebas, acreditado y aprobado, con base en lo establecido en
Comentario de NYCE:
Asimismo, la
realización de las pruebas para evaluar verificación del cumplimiento
con las especificaciones establecidas en esta Norma...
Respuesta 49
Procede su comentario, por lo que se modifica
el numeral 10.1.2, segundo párrafo, para quedar de la manera siguiente:
10.1.2
Asimismo, la realización de las pruebas para
evaluar la conformidad con las especificaciones establecidas en esta Norma,
deberá llevarse a cabo por un laboratorio de pruebas, acreditado y aprobado,
con base en lo establecido en
Comentario 50
Dice:
10.1.4 El procedimiento para la certificación del calzado objeto de esta
Norma, se realizará a través de
cualquiera de las modalidades que a continuación se indican:
Comentario de NYCE:
d) Certificación por lote. Bajo esta
modalidad, el plan de muestreo se aplica una sola vez de acuerdo al tamaño del
lote y conforme al punto 7 Muestreo de esta norma, y el certificado que, en su
caso, se emita, tendrá vigencia hasta que se comercialice, importe o
exporte la totalidad del lote no tiene un tiempo de vigencia específico,
sino que abarca a la totalidad de los productos que integran el lote
respectivo.
Respuesta 50
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifica el numeral 10.1.4, inciso d), para quedar de la manera siguiente:
10.1.4
d) Certificación
por lote. Bajo esta
modalidad, el plan de muestreo se aplica una sola vez de acuerdo con el tamaño
del lote y conforme al Capítulo 7 de esta Norma, y el certificado que, en su
caso se emita, tendrá vigencia hasta que se comercialice, importe o exporte la
totalidad del lote.
Comentario 51
Dice:
10.1.5 El certificado cubrirá sólo aquellos modelos que hubieran cumplido
con los requisitos aplicables establecidos en esta Norma, previa evaluación del
organismo de certificación y el laboratorio de pruebas respectivos.
Comentario de NYCE:
El certificado ampara cubrirá
sólo aquellos modelos...
Respuesta 51
Procede su comentario, por lo que
se modifica el numeral 10.1.5, para quedar de la manera siguiente:
10.1.5
El certificado ampara sólo aquellos modelos que hubieran cumplido con los
requisitos aplicables establecidos en esta Norma, previa evaluación del
organismo de certificación y del laboratorio de pruebas respectivos.
Comentario 52
Dice:
10.1.6 La vigencia del certificado que emite el organismo de
certificación, con verificación mediante pruebas periódicas al producto, será
de un año, a partir de la fecha de su emisión.
Comentario de NYCE:
La vigencia del certificado que
emite el organismo de certificación, con verificación mediante pruebas
periódicas al producto, será de un año, a partir de la fecha de su emisión. La
validez de la vigencia estará sujeta al resultado del seguimiento
correspondiente.
Respuesta 52
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifica el numeral 10.1.6, primer párrafo, para quedar de la manera
siguiente:
10.1.6 La vigencia del certificado que emite el
organismo de certificación, con verificación mediante pruebas periódicas al
producto, será de un año, a partir de la fecha de su emisión. La vigencia del
certificado bajo esta modalidad estará sujeta al resultado del seguimiento
correspondiente. En caso de que pierda la certificación como resultado de dicho
seguimiento, se deberá aplicar el plan de muestreo a los productos en
existencia.
Comentario 53
Dice:
10.1.6
Durante la vigencia del certificado que se
hubiera emitido, deberá efectuarse un segundo muestreo. En forma adicional,
podrá efectuarse otro más, en una segunda visita de seguimiento, si la empresa
fue seleccionada, con base en lo dispuesto en los numerales 10.1.11 y 10.1.12.
Comentario de NYCE:
Durante la vigencia del
certificado que se hubiera emitido, deberá efectuarse la visita de seguimiento
donde se realiza un segundo muestreo, para comprobar que el producto sigue
cumpliendo con las mismas condiciones con las que le fue otorgada la
certificación. En forma adicional, a la primer visita de seguimiento, si la
empresa fue seleccionada con base en lo dispuesto en los numerales 10.1.11 y
10.1.12, podrá efectuarse otra más, en la cual se realizará un nuevo
muestreo una segunda visita de seguimiento.
Respuesta 53
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifica el numeral 10.1.6, segundo párrafo, para quedar de la manera
siguiente:
10.1.6
Durante la vigencia del
certificado que se hubiera emitido, deberá efectuarse una visita de
seguimiento, para comprobar que el producto sigue cumpliendo con las mismas
condiciones con las que le fue otorgada la certificación en cumplimiento con la
presente Norma. En forma adicional a la primera visita de seguimiento, si la
empresa fue seleccionada con base en lo dispuesto en los numerales 10.1.11 y
10.1.12, podrá efectuarse otra más, en la cual se realizará una nueva visita de
seguimiento.
Comentario 54
Dice:
10.1.7
La vigencia del certificado
para las empresas que cuenten con un sistema certificado de aseguramiento de
calidad, emitida por un organismo de certificación de sistemas acreditado, será
de tres años, a partir de la fecha de su emisión. Durante la vigencia del
certificado que se hubiera emitido, el organismo certificador deberá efectuar una visita de seguimiento, programada aleatoriamente, para
corroborar que el producto que obtuvo el certificado sigue cumpliendo con los
requisitos aplicables de la presente Norma.
Comentario de NYCE:
Durante la vigencia del certificado que se
hubiera emitido, el organismo certificador deberá efectuar una visita de seguimiento en cada año, programada
aleatoriamente.
Respuesta 54
No procede su comentario, en
virtud de que el Procedimiento para la evaluación de la conformidad prevé que,
en ciertos casos, la vigencia de los certificados pueda ampliarse, tal como se
señala en los numerales 10.1.7 y 10.1.13, modalidad que cubre también a las
visitas de seguimiento, tanto para la verificación mediante el sistema de
calidad de la línea de producción, como para la verificación mediante pruebas
periódicas al producto, respectivamente.
Comentario 55
Dice:
10.1.10 La verificación anual programada aleatoriamente, a su vez podrá
ser:
Comentario de NYCE:
10.1.10 La verificación (seguimiento) anual programada aleatoriamente, a
su vez podrá ser:
Respuesta 55
No procede su comentario, en
virtud de que esta disposición tomó como base las políticas
y procedimientos para la evaluación de la conformidad publicadas por
Comentario 56
Dice:
10.1.11 La verificación por selección aleatoria de empresas deberá
aplicarse en forma adicional a la verificación anual programada aleatoriamente,
y podrá ser:
Comentario de NYCE:
10.1.11 La verificación (seguimiento) por selección aleatoria de empresas
deberá aplicarse en forma adicional a la verificación anual programada
aleatoriamente, y podrá ser:
Respuesta 56
No procede su propuesta, de
acuerdo con la respuesta que se da a su comentario 55.
Comentario 57
Dice:
10.1.12 Para la
verificación por selección aleatoria de empresas a que se refiere el numeral
anterior, se seleccionará una muestra no mayor al 20 por ciento de las empresas
que hayan certificado un producto. Lo anterior, con base en los programas de
verificación que para tal efecto desarrollen los organismos de certificación
para productos. Las empresas de que se trata sólo serán sujetas a una
verificación aleatoria durante la vigencia de su certificado NOM.
Comentario de NYCE:
Para la verificación por
selección aleatoria de empresas a que se refiere el numeral anterior, se seleccionará una muestra no mayor al 20 por ciento de las
empresas que hayan certificado un producto.
Respuesta 57
Procede su comentario, por lo
que se modifica el numeral 10.1.12, para quedar de la manera siguiente:
10.1.12 Para la
verificación por selección aleatoria de empresas a que se refiere el numeral
anterior, se seleccionará una muestra no mayor al 20 por ciento de las empresas
que hayan certificado producto. Lo anterior, con base en los programas de
verificación que para tal efecto desarrollen los organismos de certificación
para productos. Las empresas de que se trata sólo serán sujetas a una
verificación aleatoria durante la vigencia de su certificado NOM.
Comentario 58
Dice:
10.1.13 La vigencia de
los certificados con verificación mediante pruebas periódicas al producto y la
periodicidad de las visitas de seguimiento a que alude el numeral 10.1.6, se
incrementarán a dos años, en aquellas empresas cuyos productos hayan aprobado
todas las evaluaciones a que se hubieran sometido durante un periodo
ininterrumpido de tres años.
Comentario de NYCE:
...se incrementarán a dos años, en aquellas empresas cuyos productos
hayan aprobado a partir de este esquema todas las evaluaciones a que se
hubieran sometido durante un periodo ininterrumpido de tres años...
Respuesta 58
Procede parcialmente su
comentario, por lo que se modifica el numeral 10.1.13, para quedar de la manera
siguiente:
10.1.13 La vigencia de los certificados con
verificación mediante pruebas periódicas al producto y la periodicidad de las
visitas de seguimiento a que alude el numeral 10.1.6, se incrementarán a dos
años, en aquellas empresas cuyos productos hayan aprobado, a partir de esta
modalidad, todas las evaluaciones a que se hubieran sometido durante un periodo
ininterrumpido de tres años.
Comentario 59
Dice:
10.1.16 Los aspectos a verificar durante la evaluación de la conformidad
son los siguientes:
Especificaciones para el calzado
Tipo II
Especificaciones para el calzado
Tipo III
Especificaciones para el calzado
Tipo IV
Especificaciones para el calzado
Tipo V
Especificaciones para el calzado
Tipo VI
Especificaciones para el calzado
Tipo VII
Comentario de NYCE:
Especificaciones para el calzado
Tipo II (además de cumplir con lo indicado en las Especificaciones para el
calzado Tipo I)
Especificaciones para el calzado
Tipo III (además de cumplir con lo indicado en las Especificaciones para el
calzado Tipo I)
Especificaciones para el calzado
Tipo IV (además de cumplir con lo indicado en las Especificaciones para el
calzado Tipo I)
Especificaciones para el calzado
Tipo V (además de cumplir con lo indicado en las Especificaciones para el
calzado Tipo I)
Especificaciones para el calzado
Tipo VI (además de cumplir con lo indicado en las Especificaciones para el
calzado Tipo I)
Especificaciones para el calzado
Tipo VII (además de cumplir con lo indicado en las Especificaciones para el
calzado Tipo I)
Respuesta 59
Procede parcialmente su comentario, por lo que
se modifican los subtítulos del numeral 10.1.16, para los diversos tipos de
calzado de protección, y se adicionan los numerales 10.1.17 y 10.1.18, para
quedar de la manera siguiente:
10.1.17
Para el calzado de protección
Tipos II, III, IV, V, VI y VII, se deberá cumplir con las especificaciones
indicadas en el numeral 6.1, además de las especificaciones antes precisadas
para cada tipo de calzado.
10.1.18
Cuando el calzado ofrezca dos
o más tipos de protección, deberá cumplir con las especificaciones indicadas en
el numeral 6.1, y con las que correspondan a cada tipo de protección.
Comentario 60
Dice:
10.3.1 Para obtener el certificado mediante las
modalidades indicadas en el numeral 10.1.4, deberán presentarse ante el
organismo de certificación los documentos indicados en el Procedimiento para la
evaluación de la conformidad de normas oficiales mexicanas expedidas por
|
Modalidad a) y d) |
|
Artículo 22 |
|
Modalidad b) |
|
Artículos 23 y 24 |
|
Modalidad c) |
|
Artículo 25 |
Comentario
de NYCE:
10.3.1
|
Modalidad a) |
|
Artículo 22 |
|
Modalidad b) |
|
Artículos 23 y 24 |
|
Modalidad d) |
|
Artículo 25 |
Respuesta 60
Procede parcialmente su
comentario, por lo que se modifica el numeral 10.3.1, para quedar de la manera
siguiente:
10.3.1
|
Modalidad a) y c) |
|
Artículo 22 |
|
Modalidad b) |
|
Artículos 23 y 24 |
|
Modalidad d) |
|
Artículo 25 |
Comentario 61
Dice:
Apéndice A
Comentario de NYCE:
Se sugiere que el método de prueba se incluya como parte de la norma.
Respuesta 61
No procede su comentario, en
virtud de que los apéndices forman parte integral de la norma por lo que son de
cumplimiento obligatorio. Cabe hacer notar, que las guías de referencia, como
se indica en las mismas, son un complemento de las normas y no son de carácter
obligatorio.
Comentario 62
Dice:
Apéndice B
Comentarios de NYCE:
Se sugiere que el método de prueba se incluya como
parte de la norma.
Respuesta 62
No procede su comentario, en
virtud de que los apéndices forman parte integral de la norma por lo que son de
cumplimiento obligatorio. Cabe hacer notar, que las guías de referencia, como
se indica en las mismas, son un complemento de las normas y no son de carácter
obligatorio.
Comentario 63
Dice:
Apéndice C
Comentarios de NYCE:
Se sugiere que el método de prueba se incluya como parte de la norma.
Respuesta 63
No procede su comentario, en
virtud de que los apéndices forman parte integral de la norma por lo que son de
cumplimiento obligatorio. Cabe hacer notar, que las guías de referencia, como
se indica en las mismas, son un complemento de las normas y no son de carácter
obligatorio.
NOTA:
Derivado de los comentarios
procedentes se harán las modificaciones y adiciones en la norma oficial
mexicana definitiva.
Dado en