NORMA Oficial Mexicana NOM-243-SSA1-2010, Productos y servicios. Leche, fórmula láctea, producto lácteo combinado y derivados lácteos. Disposiciones y especificaciones sanitarias. Métodos de prueba.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.
MIGUEL
ANGEL TOSCANO VELASCO, Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos
Sanitarios y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de
Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en el artículo 39 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo; 3 fracción XXIV, 13 apartado A fracciones I y II,
17 bis fracción III, 17 bis 2, 114, 115, fracción VII, 194 fracción I, 197,
199, 201, 205, 210, 212, 214, 215 fracción I, 216 de la Ley General de Salud; 3
fracción XI, 38 fracción II, 40 fracciones I, II y XI, 41, 43, 46, 47 fracción
IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 del Reglamento de la
Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1 fracción I, 4, 8, 13, 15, 25,
30, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 52, 53, 54, 55 y 56 del Reglamento de Control
Sanitario de Productos y Servicios; 2 inciso C fracción X del Reglamento
Interior de la Secretaría de Salud; 3 fracción I inciso C y fracción II y 10
fracciones IV y VIII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección
contra Riesgos Sanitarios, y
CONSIDERANDO
Que en
cumplimiento a lo previsto en el artículo 46 fracción I de la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización, el Subcomité de Productos y Servicios presentó en
el año de 2005 al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y
Fomento Sanitario, el anteproyecto de Norma Oficial Mexicana.
Que con
fecha 23 de junio de 2008, en cumplimiento del acuerdo del Comité y lo previsto
en el artículo 47 fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización, se publicó el Proyecto de Norma Oficial Mexicana
PROY-NOM-243-SSA1-2005, PRODUCTOS Y SERVICIOS. LECHE, FORMULA LACTEA, PRODUCTO
LACTEO COMBINADO Y DERIVADOS LACTEOS. DISPOSICIONES Y ESPECIFICACIONES
SANITARIAS. METODOS DE PRUEBA en el Diario Oficial de la Federación, a efecto
que dentro los sesenta días naturales posteriores a dicha publicación, los
interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de
Normalización de Regulación y Fomento Sanitario.
Que con
fecha previa, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, las
respuestas a los comentarios recibidos por el mencionado Comité, en los
términos del artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización.
Que en
atención a las anteriores consideraciones, contando con la aprobación del
Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario,
he tenido a bien expedir y ordenar la publicación de la siguiente:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-243-SSA1-2010. PRODUCTOS Y SERVICIOS. LECHE, FORMULA LACTEA, PRODUCTO LACTEO COMBINADO Y DERIVADOS LACTEOS. DISPOSICIONES Y ESPECIFICACIONES SANITARIAS. METODOS DE PRUEBA
PREFACIO
En la
elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana participaron las siguientes
unidades administrativas, organismos e instituciones:
SECRETARIA
DE SALUD
Comisión
Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
UNIVERSIDAD
NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
Programa
Universitario de Alimentos
INSTITUTO
POLITECNICO NACIONAL
Escuela
Nacional de Ciencias Biológicas
LICONSA,
S.A. DE C.V.
CONSEJO
PARA EL FOMENTO DE LA CALIDAD DE LA LECHE Y SUS DERIVADOS A.C.
CAMARA
NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE TRANSFORMACION
CAMARA
NACIONAL DE INDUSTRIALES DE LA LECHE
ASOCIACION
DE GANADEROS PRODUCTORES DE LECHE PURA, S.A DE C.V.
DANONE
DE MEXICO, S.A. DE C.V.
GRUPO
CHEN
UNILEVER
DE MEXICO, S DE R.L. DE C.V.
INDICE
1. Objetivo
y Campo de Aplicación
2.
Referencias
3.
Definiciones
4.
Clasificación
5.
Símbolos y Abreviaturas
6. Especificaciones
sanitarias
7.
Muestreo
8.
Métodos de prueba
9.
Etiquetado
10.
Concordancia con normas internacionales
11.
Bibliografía
12. Observancia
de la norma
13.
Vigencia
Apéndice Normativo A. Límites máximos para
aditivos alimentarios.
Apéndice Normativo B. Métodos de Prueba
Apéndice Informativo A. Lista de sustancias
desinfectantes recomendadas
Apéndice Informativo B. Procedimiento de
limpieza y descontaminación del material de vidrio y área de trabajo para la
determinación de aflatoxinas.
1. Objetivo y Campo
de Aplicación
1.1 Esta Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones sanitarias y nutrimentales que debe cumplir la leche, fórmula láctea, producto lácteo combinado y los derivados lácteos.
1.2 Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en el territorio nacional para las personas físicas o morales que se dedican al proceso e importación de la leche, fórmula láctea, producto lácteo combinado y derivados lácteos.
2. Referencias
Esta norma se complementa con las siguientes
o las que las sustituyan:
Norma Oficial Mexicana
NOM-051-SCFI/SSA1-2010 Especificaciones generales de etiquetado para
alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados - Información comercial y
sanitaria.
Norma Oficial Mexicana NOM-086-SSA1-1994
Bienes y servicios. Alimentos y bebidas no alcohólicas con modificaciones en su
composición. Especificaciones nutrimentales.
Norma Oficial Mexicana NOM-251-SSA1-2009
Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios.
Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994
Salud Ambiental, agua para uso y consumo humano-Límites permisibles de calidad y
tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización.
Norma Oficial Mexicana NOM-130-SSA1-1995
Bienes y servicios. Alimentos envasados en recipientes de cierre hermético y
sometidos a tratamiento térmico. Disposiciones y especificaciones sanitarias.
3. Definiciones
Los términos en los que se
definen y clasifican los productos específicos no son denominaciones comerciales
y su aplicación se relaciona exclusivamente con el control sanitario.
Para efectos de esta Norma
Oficial Mexicana se entiende por.
3.1 Aditivo o Aditivo
para alimentos, cualquier
sustancia permitida que, sin tener propiedades nutritivas, se incluya en la
formulación de los productos y que actúe como estabilizante, conservador o
modificador de sus características organolépticas, para favorecer ya sea su
estabilidad, conservación, apariencia o aceptabilidad.
3.2
Alimento y bebida no alcohólicas con modificaciones en su composición, al
que ha sufrido cambios en su composición por adición, disminución o eliminación
de uno o más de sus nutrimentos, tales como hidratos de carbono, proteínas,
lípidos, vitaminas, minerales o fibra; y que forman parte de la dieta habitual.
3.3
Azúcares, a todos los mono y disacáridos presentes en un
alimento o bebida no alcohólica.
3.4 Bases o mezclas
para helados, es la emulsión cuya composición se ajusta al
helado, según sea el caso, pudiendo presentarse en forma líquida, concentrada o
en polvo.
3.5 Bitácora o
registro, al documento controlado que provee evidencia
objetiva y auditable de las actividades ejecutadas o resultados obtenidos
durante el proceso del producto y su análisis.
3.6 Buenas prácticas
de fabricación, en particular para el caso de los aditivos se
refiere a la cantidad mínima indispensable para lograr el efecto deseado.
3.7 Congelación, método
de conservación físico que se efectúa por medio de equipo especial para lograr
una reducción de la temperatura de los productos objeto de esta norma en su
centro térmico a máximo -18°C (255°K).
3.8 Consumidor,
persona física o moral que adquiere o disfruta como destinatario final
productos alimenticios y bebidas no alcohólicas preenvasados.
3.9 Contaminantes, entidades
físicas, químicas o biológicas indeseables, que se encuentran en el producto,
por arriba de los límites permisibles.
3.10 Crema, al
producto terminado en el que se ha reunido una fracción determinada de grasa y
sólidos no grasos de la leche, ya sea por reposo, por centrifugación o
reconstitución sometida a pasteurización y cualquier otro tratamiento térmico
que asegure su inocuidad.
3.11 Derivados o productos lácteos, productos
obtenidos a partir de la leche o sus componentes y otros ingredientes
funcionalmente necesarios para su elaboración, incluidos los productos con
grasa vegetal.
3.12 Deshidratación, al
tratamiento que consiste en la eliminación de agua de un producto.
3.13 Dulces a base de
leche, a los productos elaborados por tratamiento térmico de la leche y
edulcorantes, pudiendo ser adicionados de aditivos e ingredientes opcionales.
3.14
Edulcorante, sustancia que produce la sensación de
dulzura, de orígenes naturales o sintéticos.
3.15 Envasado aséptico,
al proceso que reúne las condiciones de esterilidad comercial para
evitar la presencia de microorganismos en el producto durante el envasado.
3.16 Envase, cualquier
recipiente, o envoltura en el cual está contenido el producto preenvasado para
su venta al consumidor.
3.17 Esterilización
comercial, al tratamiento térmico aplicado al producto para la
destrucción de todos los microorganismos viables de importancia en la salud
pública y aquellos capaces de reproducirse en el alimento bajo condiciones
normales de almacenamiento y distribución, sin la condición de refrigeración.
3.18 Etiqueta,
marbete rótulo, inscripción, marca, imagen gráfica u otra forma descriptiva,
que se haya escrito, impreso, estarcido, marcado, en relieve o en hueco,
grabado, adherido, precintado o anexado al empaque o envase del producto.
3.19 Fecha de
caducidad, a la fecha límite en que se considera que un
producto preenvasado almacenado en las condiciones establecidas por el
fabricante, mantiene las características sanitarias que debe reunir para su
consumo. Después de esta fecha no debe comercializarse ni consumirse.
3.20 Fecha de consumo
preferente, fecha en que, bajo determinadas condiciones de
almacenamiento, expira el periodo durante el cual el producto preenvasado es
comercializable y mantiene las cualidades específicas se le atribuyen tácita o
explícitamente, pero después de la cual el producto preenvasado puede ser
consumido.
3.21 Fórmula láctea, es el
producto elaborado a partir de ingredientes propios de la leche, tales como
caseína, grasa, lactosueros y agua para consumo humano. En cantidades de
conformidad con lo que establece la norma de denominación comercial
correspondiente.
3.22 Función
tecnológica, efecto que produce el uso de aditivos en los
alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, que proporciona o intensifica
su aroma, color o sabor, y/o mejora su estabilidad y conservación, entre otros.
Véase aditivo.
3.23 Helado,
alimento producido mediante la congelación con o sin agitación de una mezcla
pasteurizada compuesta por una combinación de ingredientes lácteos pudiendo
contener grasas vegetales, frutas, huevo y sus derivados, saborizantes,
edulcorantes y otros aditivos; cuando está empalillado se nombrará paleta.
3.24 Información
nutrimental, toda descripción destinada a informar al consumidor
sobre las propiedades nutrimentales de un alimento o bebida no alcohólica
preenvasado. Comprende dos aspectos:
a) La declaración nutrimental obligatoria.
b) La
declaración nutrimental complementaria.
3.25 Ingrediente, cualquier sustancia o producto, incluidos los aditivos, que se
emplee, en la fabricación o preparación de un alimento o bebida no alcohólica y
esté presente en el producto final, transformado o no.
3.26 Ingredientes
opcionales, a los que se pueden adicionar a los productos tales
como: chiles, condimentos, especias, frutas,
verduras, entre otros.
3.27 Leche, a la
secreción natural de las glándulas mamarias de las vacas sanas o de cualquier
otra especie animal, excluido el calostro.
3.28
Leche acidificada, a la obtenida por la acidificación de la leche
entera, parcialmente descremada o descremada, pasteurizada, con agentes
acidulantes.
3.29 Leche condensada
azucarada, la que ha sido obtenida mediante la evaporación
del agua de la leche a través de presión reducida, a la que se le ha agregado
sacarosa y/o dextrosa u otro edulcorante natural, hasta alcanzar una
determinada concentración de grasa butírica y sólidos totales.
3.30 Leche evaporada,
producto obtenido mediante eliminación parcial del agua de la leche por el
calor o por cualquier otro procedimiento que permita obtener un producto con la
misma composición y características de la leche sin modificación en la
proporción entre la caseína y la proteína de la leche.
3.31 Leche fermentada, a la
obtenida por la acidificación de la leche estandarizada entera o deshidratada,
pasteurizada, parcialmente descremada, semidescremada o descremada, debido a la
acción de bacterias lácticas vivas con la consiguiente reducción del pH,
adicionada o no por aditivos, por alimentos e ingredientes opcionales.
3.32 Límite máximo,
cantidad establecida de aditivos, microorganismos, parásitos, materia extraña,
plaguicidas, metales pesados y metaloides, entre otros, que no se debe exceder
en un alimento, bebida o materia prima.
3.33 Limpieza,
conjunto de procedimientos que tiene por objeto eliminar tierra, residuos,
suciedad, polvo, grasa u otras sustancias objetables.
3.34 Lote, a la
cantidad de un producto, elaborado en un mismo ciclo, integrado por unidades
homogéneas.
3.35 Mantequilla, al
producto obtenido a partir de la grasa de la leche o grasa de la crema, la cual
ha sido pasteurizada, sometida a maduración, fermentación o acidificación,
batido o amasado, pudiendo ser o no adicionada de sal. El contenido de grasa
butírica debe ser mínimo de 80%.
3.36 Materia extraña, a
cualquier sustancia, resto, desecho o material que se presenta en el producto
pero que no forma parte de la composición normal de éste.
3.37 Metal pesado, a los
elementos químicos que causan efectos indeseables en el metabolismo aun en
concentraciones bajas. Su toxicidad depende de la dosis en que se ingieran, así
como su acumulación en el organismo.
3.38 Método de prueba, al procedimiento analítico utilizado para comprobar que un
producto satisface las especificaciones que establece la norma.
3.39 Muestra, al total de unidades
de producto provenientes de un lote y que representan las características y
condiciones del mismo.
3.40 Pasteurización, al tratamiento
térmico al que se someten los productos, consistente en una relación de
temperatura y tiempo que garantice la destrucción de organismos patógenos y la
inactivación de algunas enzimas de los alimentos.
3.41 Planta procesadora, al
establecimiento dedicado al proceso de pasteurización, ultrapasteurización,
esterilización, deshidratación, rehidratación, entre otros procesos de la
leche, fórmula láctea y producto lácteo combinado.
3.42 Proceso, al conjunto de
actividades relativas a la obtención, elaboración, fabricación, preparación,
conservación, mezclado, acondicionamiento, envasado, manipulación, transporte,
distribución, almacenamiento y expendio o suministro al público de los
productos objeto de esta norma.
3.43 Producto a granel, al
producto que debe pesarse, medirse, o contarse en presencia del consumidor por
no encontrarse preenvasado al momento de su venta.
3.44 Producto lácteo combinado, el
producto elaborado a partir de sólidos lácteos u otros ingredientes que no
proceden de la leche. En cantidades de conformidad con lo que establece la
norma de denominación comercial correspondiente.
3.45 Prueba de esterilidad comercial, a la
retención temporal de las muestras representativas de los productos bajo
condiciones de tiempo y temperatura establecidas para verificar la esterilidad
comercial del producto.
3.46 Quesos, productos
elaborados de la cuajada de leche estandarizada y pasteurizada de vaca o de
otras especies animales, con o sin adición de crema, obtenida de la coagulación
de la caseína con cuajo, gérmenes lácticos, enzimas apropiadas, ácidos
orgánicos comestibles y con o sin tratamiento ulterior, por calentamiento, drenada,
prensada o no, con o sin adición de fermentos de maduración, mohos especiales,
sales fundentes e ingredientes comestibles opcionales, dando lugar a las
diferentes variedades de quesos pudiendo por su proceso ser: fresco, madurado o
procesado.
3.47 Quesos frescos, aquellos que
además de cumplir con la descripción general de queso se caracterizan por su
alto contenido de humedad, y por no tener corteza o tener corteza muy fina,
pudiendo o no adicionarles aditivos e ingredientes opcionales.
3.48 Quesos madurados, aquellos que
además de cumplir con la descripción general de queso, se caracterizan por ser
de pasta dura, semidura o blanda y pueden tener o no corteza; sometidos a un
proceso de maduración mediante adición de microorganismos, bajo condiciones
controladas de tiempo, temperatura y humedad, para provocar en ellos cambios
bioquímicos y físicos característicos del producto del que se trate, lo que le
permite prolongar su vida de anaquel, los cuales pueden o no requerir
condiciones de refrigeración.
3.49 Quesos procesados,
aquellos que además de cumplir con la descripción general de queso se
caracterizan por ser elaborados con mezclas de quesos, fusión y emulsión con
sales fundentes, aditivos para alimentos permitidos e ingredientes opcionales,
sometidos a proceso térmico de 70°C durante 30 segundos o someterse a cualquier
otra combinación equivalente o mayor de tiempo y temperatura, lo que le permite
prolongar su vida de anaquel.
3.50 Quesos de suero, productos
obtenidos a partir del suero de leche entera, semidescremada, o descremada
pasteurizada de vaca, cabra u oveja, el cual es coagulado por calentamiento en
medio ácido para favorecer la obtención de la cuajada, la que es salada,
drenada, moldeada, empacada y etiquetada y posteriormente refrigerada para su
conservación.
3.51 Refrigeración, al método de
conservación físico con el cual se mantienen los productos a una temperatura
máxima de 7°C (280°K) que se emplea para inhibir el desarrollo de la mayoría de
los microorganismos, reducir las reacciones bioquímicas y el deterioro propio
de los alimentos.
3.52 Rehidratación, al procedimiento
mediante el cual se restituye el agua a los productos deshidratados objeto de
esta norma.
3.53 Sorbete,
producto que cumple con la definición de helado, excepto en que su contenido de
grasa, sólidos no grasos y sólidos totales, son inferiores a los del helado.
3.54 Suero de leche,
líquido obtenido de la coagulación de la caseína de la leche, mediante la
acción de enzimas coagulantes de origen animal, vegetal o microbiano, por la
adición de ácidos orgánicos o minerales de grado alimentario; acidificación por
intercambio iónico hasta alcanzar el punto isoeléctrico de la caseína.
3.55 Tratamiento
térmico, al método físico que consiste en someter a una
fuente de calor suficiente por un tiempo apropiado al producto, antes o después
de ser envasado con el fin de lograr una estabilidad biológica y que garantice
la eliminación de microorganismos patógenos.
3.56 Ultrapasteurización,
al proceso al cual es sometido el producto a una adecuada relación de
temperatura y tiempo, envasado asépticamente para garantizar la esterilidad
comercial.
4. Clasificación
Los productos objeto de esta
norma por su proceso se clasifican de la siguiente manera, la cual
no corresponde a una denominación:
4.1 Leche
4.1.1 Pasteurizada
4.1.2 Ultrapasteurizada
4.1.3 Esterilizada
4.1.4 Deshidratada
4.2 Fórmula láctea
4.2.1 Pasteurizada
4.2.2 Ultrapasteurizada
4.2.3 Esterilizada
4.2.4 Deshidratada
4.3 Producto lácteo combinado
4.3.1 Pasteurizado
4.3.2 Ultrapasteurizado
4.3.3 Esterilizado
4.3.4 Deshidratado
4.4 Quesos
4.4.1 Frescos
4.4.1.1 Frescales: Panela, Canasto,
Sierra, Ranchero, Fresco, Blanco, Enchilado, Adobado.
4.4.1.2 De pasta cocida: Oaxaca,
Asadero, Mozzarela, Del Morral, Adobera.
4.4.1.3 Acidificados: Cottage, Crema,
Doble crema, Petit Suisse, Nuefchatel.
4.4.1.4 Quesos de suero:
Broccio, Broccotle, Cerrase, Geitmysost, Gyetost, Mejetle, Mysost, Recuit,
Requesón, Ricotta, Picotón, Schottenezinger, Zinder.
4.4.2 Madurados
4.4.2.1 Madurados prensados de pasta
dura: Añejo, Parmesano, Cotija, Reggianito.
4.4.2.2 Madurados prensados: Cheddar,
Chester, Chihuahua, Manchego, Brick, Edam, Gouda, Gruyere, Emmental, Cheshire,
Holandés, Amsterdam, Butterkase, Coulomiers, Dambo, Erom, Friese, Fynbo,
Havarti, Harzer-Kase, Herrgardsost, Huskallsost, Leidse, Maribo, Norvergia,
Provolone, Port Salut, Romadur, Saint Paulin, Samsoe, Svecia, Tilsiter, Bola,
Jack.
4.4.2.3 De maduración con mohos: Azul,
Cabrales, Camembert, Roquefort, Danablu, Limburgo, Brie.
4.4.3 Procesados
4.4.3.1 Fundidos
4.4.3.2 Fundidos para untar
4.4.4 Otros
quesos: frescos, madurados y procesados no considerados en los numerales 4.4.1,
4.4.2 y 4.4.3, deberán observar lo dispuesto en este ordenamiento.
4.5 Mantequilla
4.6 Cremas
4.6.1 Pasteurizadas
4.6.2 Ultrapasteurizadas
4.6.3 Esterilizadas
4.6.4 Deshidratadas
4.6.5 Acidificadas
4.6.6 Fermentadas
4.6.7 Batidas y para batir
4.7 Leche condensada azucarada
4.8 Leche fermentada o acidificada
4.9 Dulces a base de leche
4.9.1 Dulces de baja humedad (menos del 12%) o
endurecidos: caramelos, chiclosos, jamoncillos, etc.
4.9.2 Dulces de humedad intermedia (12-20%) que se
procesan mediante evaporación: glorias, cajeta y obleas con cajeta, etc.
4.9.3 Dulces
de alta humedad (más de 20%), procesados por coagulación, aireación y procesos
enzimáticos: flanes, gelatinas, chongos, mousse, arroz con leche, etc.
4.10 Helados
y Sorbetes
4.10.1 Helados
de crema
4.10.2 Helados
de leche
4.10.3 Helados
de grasa vegetal
4.10.4 Sorbetes
4.10.5 Bases
para helados y sorbetes
4.11 Otros
productos lácteos no considerados, deberán observar
lo dispuesto en este ordenamiento.
5. Símbolos
y Abreviaturas
AFM1 |
aflatoxina M1 |
BPF |
buenas prácticas
de fabricación |
cm |
centímetro |
cm2 |
centímetro
cuadrado |
ci |
color
index |
conc. HACCP |
concentración análisis
de peligros y de puntos críticos de control (por su siglas en inglés). |
HPLC |
cromatografía
de líquidos de alta eficacia |
ºC |
grados
Celsius |
g |
gramo |
x g |
gravedad
(en centrifugado) |
h |
hora |
= |
igual |
1/d |
inversa
de la dilución |
kg |
kilogramo |
lb |
libra |
L |
litro |
+ |
más |
m |
masa |
± |
más-menos |
Máx. |
máximo |
> |
mayor
que |
< < |
menor
que igual
o menor que |
m |
micra |
µg |
microgramo |
µL |
microlitro |
mg |
miligramo |
µm |
micrómetro |
mL |
mililitro |
min |
minutos |
mm |
milímetro |
mM |
milimolar |
M |
molar |
m/v |
masa
a volumen |
ng |
nanogramo |
nm |
nanómetro |
N |
normal |
No. |
número |
/ |
por |
% |
por ciento |
pH |
potencial
de hidrógeno |
Pulg |
pulgada |
rpm |
revoluciones
por minuto |
seg |
segundos |
x |
signo
de multiplicación |
UF |
unidades
de fenol |
UFC |
unidades
formadoras de colonias |
UI |
unidades
internacionales |
UV |
ultravioleta |
v |
volumen |
v/v |
volumen
a volumen |
Cuando en la presente norma se mencione:
·
Acuerdo, debe entenderse que se trata del Acuerdo
por el que se determinan las sustancias permitidas como aditivos y coadyuvantes
en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios, y sus modificaciones.
·
Reglamento, debe entenderse que se trata del
Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios.
6. Especificaciones
sanitarias
6.1 Generales
Los productos objeto de esta norma, además
de cumplir con lo establecido en el Reglamento, deben ajustarse a las
siguientes disposiciones:
6.1.1 Los
establecimientos que se dediquen al proceso e importación de los productos
comercializados en el Territorio Nacional objeto de esta norma, deben cumplir
con lo establecido en la NOM-251-SSA1-2009, señalada en el apartado de
referencias.
6.1.2 Todos
los ingredientes que se utilicen para la elaboración de los productos objeto de
esta norma, deben cumplir con las especificaciones sanitarias establecidas en
el Reglamento y las normas oficiales mexicanas correspondientes.
6.1.3 Los
productos que se modifiquen en su composición, deben cumplir con lo establecido
en la NOM-086-SSA1-1994, señalada en el
apartado de referencias.
6.1.4 Los
productos sujetos a tratamiento térmico y envasados en recipientes de cierre
hermético, además de cumplir con lo establecido en este ordenamiento, deben
cumplir con la NOM-130-SSA1-1995, señalada en el apartado de referencias.
6.1.5 La
leche, que se comercialice para su consumo humano o que se emplee como materia
prima para la elaboración de productos lácteos debe cumplir con lo siguiente:
6.1.5.1
No presentar materias extrañas, conservadores ni sustancias
neutralizantes.
6.1.5.2
No coagular por ebullición.
6.1.5.3
Presentar prueba de alcohol al 68% negativa (sólo para leche de bovino).
6.1.5.4
Presentar prueba de inhibidores bacterianos, negativa; detectados por
métodos fisicoquímicos y microbiológicos, de conformidad con la tabla 1 del
presente ordenamiento.
Tabla 1.
Inhibidores bacterianos en leche.
PRODUCTO |
Derivados Clorados |
Sales cuaternarias de amonio |
Oxidantes |
Formaldehído |
Antibióticos |
Pasteurizados |
Negativo |
Negativo |
Negativo |
Negativo |
Negativo |
Ultrapasteurizados |
Negativo |
Negativo |
Negativo |
Negativo |
Negativo |
0Esterilizados |
Negativo |
Negativo |
Negativo |
Negativo |
Negativo |
6.1.5.5
Debe someterse a un tratamiento térmico con un tiempo y temperatura
determinados que garantice su inocuidad, independientemente del uso que se le
dé posteriormente. A excepción de la leche que se utilice para la elaboración
de quesos que por las características de éstos no pueda ser sometida a
tratamiento térmico, la cual debe cumplir con lo siguiente:
6.1.5.5.1
Tener implementado un sistema HACCP para su proceso, conforme a lo
establecido en el Apéndice A de la NOM-251-SSA1-2009, citada en el apartado de
referencias.
6.1.5.6
Los tratamientos térmicos a los que se someta la leche, fórmula láctea o
producto lácteo combinado para su comercialización, o antes de su uso como
materia prima para el caso de la leche, pueden ser: ebullición, pasteurización,
ultrapasteurización, esterilización o deshidratación.
Tabla 2.
Temperaturas y tiempos para tratamiento térmico de la leche, fórmula láctea o
producto combinado.
Tratamiento |
Temperatura y tiempo* |
Pasteurización |
Lenta
63°C / 30 min. Rápida
72°C / 15 seg. |
Ultrapasteurización
o esterilización |
135°C
a 149°C / 2 a 8 seg. |
* Puede emplearse alguna otra relación de
tiempo-temperatura que sea equivalente para la destrucción de los
microorganismos patógenos.
6.1.5.7
El equipo para la pasteurización lenta debe contar, por lo menos, con un
sistema para registro gráfico o numérico y control de la temperatura y tiempo
del proceso, tina con tapa y sistema de agitación del producto, termómetro de
mercurio con vástago de acero inoxidable funcionando y calibrado, o su
equivalente.
6.1.5.8
El equipo empleado para la pasteurización rápida debe contar, por lo
menos, con un sistema de control y registro automático de la temperatura y
tiempo del proceso, que no permita el paso del producto cuando no se haya
alcanzado la temperatura mínima establecida, así mismo, un sistema en que el
flujo del producto cumpla con el tiempo mínimo determinado. Termómetro de
mercurio o su equivalente funcionando y calibrado, colocado al final de la "zona
de sostenimiento" del equipo, en el que la terminal tenga contacto con el
producto.
6.1.5.8.1 La
temperatura registrada en el sistema de control y registro del proceso debe ser
< 1 °C de la temperatura que indique dicho termómetro.
6.1.5.9
El equipo empleado para la ultrapasteurización o esterilización, debe
contar con dispositivos de control y registro de temperatura de operación
durante el tiempo de producción, que permita comprobar que los productos han
sido sometidos al tratamiento térmico establecido.
6.1.5.10
Una vez alcanzada la temperatura, la leche, fórmula láctea o producto
combinado debe enfriarse rápidamente a una temperatura de 6°C, y manejarse a
esta temperatura hasta el momento del envasado a excepción de productos
ultrapasteurizados o esterilizados.
6.1.5.11
Los productos sometidos a deshidratación deben cumplir con lo siguiente:
a) Los que se utilicen como materia prima, deben ser pasteurizados previamente a la deshidratación.
b) No se podrán vender a granel al consumidor.
6.1.5.12
Los productos sometidos a rehidratación deben ser pasteurizados,
ultrapasteurizados o esterilizados, conforme a este ordenamiento.
6.1.6 Especificaciones físicas y químicas
6.1.6.1 Prueba de fosfatasa residual.
Tabla No. 3. Límite
máximo de fosfatasa residual.
Producto |
Límite máximo de fosfatasa residual (UF/g) |
Leche, fórmula
láctea o producto lácteo combinado pasteurizado* |
4 |
Quesos frescos,
madurados y procesados |
12 |
Quesos de suero |
4 |
Helados de
crema, de leche o grasa vegetal, sorbetes y bases o mezclas para helados |
4 |
Mantequilla y
cremas pasteurizada** |
4 |
Nota: Se
debe considerar que podrán presentar falsos positivos, por lo que esta prueba
no puede ser concluyente.
* No aplica para este tipo de productos
ultrapasteurizados, esterilizados y deshidratados.
** No aplica para leche condensada
azucarada, leche fermentada o acidificada y dulces a base de leche
6.1.6.2 No deben contener materia extraña.
6.1.7 Especificaciones de contaminantes
6.1.7.1 La presencia de contaminantes en los productos
objeto de esta norma no debe rebasar el límite máximo señalado en la siguiente
tabla.
Tabla No. 4.
Límites máximos de contaminantes(1)
Contaminante |
Límite máximo mg/kg |
Arsénico(2) |
0,2 |
Plomo |
0,1(3) 0,5(4) |
Mercurio |
0,05(3) |
Estaño |
250(5) |
Aflatoxina M1 |
0,5mg/L(3) |
(1) No aplica ningún contaminante
a los helados, sorbetes y bases o mezclas para helados; (2)
No aplica a mantequillas, cremas, leche fermentada y acidificada, leche
condensada azucarada, dulces a base de leche; (3) Límite
sólo para leche, fórmula láctea y producto lácteo combinado, (4)
Límite para quesos (5) Aplica sólo para aquellos
productos envasados en hoja de lata sin barniz.
6.1.7.2 El productor o fabricante de los productos objeto
de esta norma, debe establecer mecanismos de control que permitan determinar la
presencia y cantidad de metales pesados y metaloides en las materias primas o
en el producto en proceso de elaboración o en el producto terminado. Es
recomendable establecer una periodicidad de verificación de mecanismos de
control de al menos 1 vez por año, considerando las condiciones del proceso e
instalaciones. La información generada debe
estar a disposición de la Secretaría de Salud, cuando ésta así lo requiera.
6.1.8 Especificaciones Microbiológicas
6.1.8.1 Los productos objeto de esta norma no deben exceder
los límites de microorganismos señalados a continuación:
Tabla 5.
Límites máximos de contenido microbiano para leche y derivados lácteos.
Microorganismo |
Límite máximo |
Productos |
Organismos Coliformes
totales |
<100 UFC/g o mL |
Helados y sorbetes. Quesos
de suero |
<50 UFC/g o mL |
Bases o mezclas para
helados. |
|
<20 UFC/g o mL |
En punto de venta: Leche,
fórmula láctea, producto lácteo combinado; pasteurizados. |
|
<10 UFC/g o mL |
En planta: Leche, fórmula
láctea, producto lácteo combinado; pasteurizados o deshidratados. Mantequilla, cremas, leche
condensada azucarada, leche fermentada o acidificada, dulces a base de leche. |
|
Staphylococcus aureus |
<10 UFC/ mL por siembra directa |
Leche, fórmula láctea y
producto lácteo combinado pasteurizado. |
<100 UFC/g o mL |
Mantequilla, cremas, leche
condensada azucarada, leche fermentada o acidificada, dulces a base de leche. Quesos madurados y quesos
procesados |
|
1000 UFC/g |
Quesos frescos y quesos de
suero |
|
Salmonella spp |
Ausente en 25g o mL |
Leche, fórmula láctea,
producto lácteo combinado: pasteurizados y deshidratados. Quesos frescos, madurados
y procesados. Quesos de suero. Cremas, leche fermentada o
acidificada, dulces a base de leche*, helados, sorbetes y bases para helados. Mantequillas. |
Escherichia coli |
100 UFC/g o mL |
Quesos frescos. |
< 3 NMP/g o mL |
Leche utilizada como
materia prima para la elaboración de quesos. Leche, fórmula láctea,
producto lácteo combinado; deshidratados. |
|
< 10 NMP/g |
Quesos madurados y
procesados. |
|
Listeria monocytogenes |
Ausente en 25g o mL |
Leche, fórmula láctea,
producto lácteo combinado; pasteurizados ** Quesos. Quesos de suero. Helados, bases para
helados y sorbetes.**. |
Vibrio cholerae *** |
Ausente en 25g |
Quesos frescos. Helados, sorbetes y bases
para helados. |
Ausente en 50g |
Quesos de suero. |
|
Enterotoxina
estafilococcica |
Negativa |
Leche, fórmula láctea y
producto lácteo combinado; deshidratados y la que se emplee como materia
prima para elaboración de quesos. Quesos frescos, madurados
y procesados. Helados, sorbetes y bases
para helados. |
Toxina
botulínica** |
Negativa |
Quesos frescos, madurados
y procesados, envasados al alto vacío. |
Mohos
y levaduras |
500 UFC/g o mL |
Quesos frescos,
madurados*** y quesos de suero. |
100 UFC/g o mL |
Quesos procesados. |
|
50 UFC/g o mL |
Bases o mezclas para helados. |
|
Mesofílicos
aerobios |
200,000 UFC/g o mL |
Helados y sorbetes. |
100,000 UFC/g o mL |
Bases para helado. |
* Para aquellos que contienen chocolate, cocoa,
coco, huevo y semillas.
** Se determinará únicamente en situaciones de
emergencia sanitaria, cuando la SSA de acuerdo a los resultados microbiológicos
detecte su presencia, y ordenará la realización de un plan de trabajo por parte
del fabricante o importador para controlar la presencia.
*** Aquellos productos que para su maduración
requieren de hongos, pudieran estar fuera de este límite.
6.1.9 Aditivos
6.1.9.1 Unicamente
se permiten los aditivos en los límites y productos que se señalan en el
apéndice normativo A de este ordenamiento.
6.1.10 Control
documental del proceso:
6.1.10.1 Los registros de
tratamiento térmico deben ser continuos y contar con la siguiente información:
Tabla 6. Información mínima
de los procedimientos, bitácoras o registros de las diferentes etapas del proceso.
DOCUMENTO |
INFORMACION |
Bitácora
o registro de Proceso |
- Control de tratamiento térmico. ·
Gráficas de temperatura y tiempo de tratamiento térmico
(pasteurización, ultrapasteurización o esterilización, deshidratación), por
equipo. ·
Temperatura y tiempo de enfriamiento. ·
Cantidad e identificación del producto - Registro de los hechos no comunes. |
Procedimiento de operaciones de
limpieza y desinfección de equipos para tratamiento térmico. |
- Personal encargado de la operación. - Frecuencia - Vigencia. |
Bitácora o Registro de
operaciones de limpieza y desinfección de equipo para tratamiento térmico. |
- Registro de los hechos no
comunes. |
Diagrama de proceso |
- Etapas de proceso con tiempos y
temperaturas de cada operación. |
6.2 Específicas
Además
de las especificaciones sanitarias generales señaladas en el numeral 6.1 de
este ordenamiento; se debe cumplir con lo siguiente:
6.2.1 Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado.
6.2.1.1 Deben
contener de 310 a 670 mg
equivalentes de retinol/L (1033 a 2233 UI/L), de forma natural o por
restauración. Y entre 5 a 7,5 mg/L de
Vitamina D3
(200-300 UI/L).
6.2.1.2 Los productos
adicionados con Vitamina A o D3 no deben contener cantidades superiores a las establecidas en este
ordenamiento.
6.2.1.3 Los productos
deshidratados deben contener una humedad no mayor al 4%.
6.2.1.4 Los productos
sometidos a ultrapasteurización o esterilización deben cumplir con lo
siguiente:
6.2.1.4.1 Ser envasados
asépticamente en envases que cuenten con barreras para proteger el producto del
oxígeno y la luz, y llenarse en ausencia de aire.
6.2.1.4.2 El cierre de los
envases debe ser hermético y llevar a cabo las pruebas para su control y los
registros correspondientes.
6.2.1.4.3 El envase que se
emplee, debe someterse a un tratamiento de desinfección.
6.2.1.4.4 Los agentes
desinfectantes deben tener actividad esporicida, no degradar el material del
envase, se deben evaporar fácilmente de la superficie del envase y no deben
reaccionar con el producto.
6.2.1.4.5 Sólo se permite el
uso de peróxido de hidrógeno para efectos de desinfección de los envases, éste
debe emplearse en una concentración de 30 al 50%.
6.2.1.4.6 Los
establecimientos deben destinar un área de incubación para la prueba de
esterilidad comercial para efectos del control interno de una muestra
representativa de la producción, de la cual se debe tomar una submuestra para
someterse a análisis microbiológicos.
6.2.2 Cremas
6.2.2.1 Las cremas
acidificadas y fermentadas deben tener una acidez titulable de no menos de 0,5%
expresada como ácido láctico.
6.2.2.2 Las
cremas deshidratadas deben contener una humedad no mayor al 4%.
6.2.3 Leche fermentada o
acidificada.
6.2.3.1 Las leches
fermentadas o acidificadas deben tener una acidez titulable de no menos de 0,5%
expresada como ácido láctico y su pH debe ser máximo de 4,5.
6.2.4 Helados, bases
para helados y sorbetes
6.2.4.1 Para la
elaboración de helados y sorbetes se permite la incorporación de aire limpio
como coadyuvante en su elaboración.
6.2.4.2 No se permite
volver a congelar los productos después de haber sido descongelados.
6.2.4.3 La mezcla para elaborar
los helados, bases para helados y sorbetes debe pasteurizarse de la siguiente
forma:
6.2.4.3.1 Deben someterse a
una temperatura de 68,5ºC durante un tiempo de 30 minutos, o.
6.2.4.3.2 Serán sometidas a
una temperatura de 79,4ºC durante un tiempo mínimo de 25 segundos, o
6.2.4.3.3 Someterlas a otra
relación de tiempos y temperaturas cuyo efecto sea el mismo.
6.2.4.3.4 En cualquiera de
los casos, una vez alcanzados, respectivamente, las temperaturas y tiempos
señalados se enfriará bruscamente a 4ºC.
6.2.4.3.5 Una vez
pasteurizadas las mezclas, deben mantenerse a una temperatura máxima de 6ºC
antes de someterse a congelación.
7. Muestreo
7.1 El procedimiento de muestreo para los productos objeto de esta
norma, debe sujetarse a lo que establece la Ley General de Salud, debiendo
mantener la muestra en condiciones que eviten su contaminación o
descomposición.
8. Métodos de Prueba
Para la
verificación oficial de las especificaciones que se establecen en esta norma,
se deben aplicar los métodos de prueba señalados en el apéndice normativo B de
este ordenamiento.
9. Etiquetado
La
etiqueta de los productos objeto de esta norma, además de cumplir con lo
establecido en el Reglamento y la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 señalada en el
apartado de referencias, debe sujetarse a lo siguiente, sin interferir con las
atribuciones de otras dependencias:
9.1 En la superficie
principal de exhibición de los envases de leche, fórmula láctea y producto
lácteo combinado, debe declararse el tratamiento térmico al que fue sometido,
así como otros tratamientos aplicados para asegurar la inocuidad del producto,
establecidos en otros ordenamientos legales correspondientes.
9.2 En los
productos objeto de esta norma que contienen sal yodada, debe declararse como
tal en la lista de ingredientes.
9.3 Cuando
en la elaboración de los productos objeto de esta norma, se emplee leche que no
procede de vaca, se debe indicar su origen.
9.4 Los
quesos deben indicar el contenido de grasa butírica.
9.5 Los
productos objeto de esta norma a excepción de los helados, bases para helados y
sorbetes deben indicar "fecha de caducidad".
9.6 Si la
identificación del lote corresponde a la fecha de caducidad, se deben indicar las leyendas: "Lote"
y "Fecha de caducidad" o sus abreviaturas o sus equivalentes.
9.7 En la etiqueta
de productos pasteurizados y de aquellos que requieren refrigeración para su
conservación, se debe incluir la siguiente leyenda: "Manténgase en
refrigeración" o "Consérvese en refrigeración" o cualquier otra
equivalente.
9.8 En el
caso de los helados, sorbetes y otros productos que requieren congelación debe
figurar la leyenda "Manténgase en congelación" o "Consérvese en
congelación" o cualquier otra equivalente.
9.9 Para
productos deshidratados: "Consérvese en un lugar fresco y seco",
"Una vez preparado el producto, manténgase o consérvese en
refrigeración" o cualquier otra equivalente.
9.10 Para
dulces a base de leche de humedad baja e intermedia, debe indicarse "Manténgase
en lugar fresco y seco", o cualquier otra equivalente.
9.11 Los productos ultrapasteurizados
o esterilizados deben de incluir las leyendas "Manténgase o consérvese en
lugar fresco y seco". "No requiere refrigeración en tanto no se abra
el envase". "Refrigérese después de abrirse" o leyendas
equivalentes.
9.12 Los
productos objeto de esta norma que hayan sido modificados en su composición
nutrimental, deben ostentar junto a la denominación, con el mismo tipo y tamaño
de letra, la modificación que lo caracterice.
9.13 La
leche, fórmula láctea y producto lácteo combinado, adicionados con vitamina D o
con vitaminas A y D, según corresponda, deben hacer figurar su contenido con
las siguientes leyendas:
9.13.1 "Contiene
_______ mg de
Vitamina D por L", o
9.13.2 "Contiene
_______ mg de
Vitamina D y _______ mg
equivalentes de retinol (Vitamina A)/L".
9.13.3 En el espacio en
blanco debe figurar el contenido de dichos nutrimentos, o sus equivalentes por
100 g, por porción o por envase, si éste contiene sólo una porción. El término
entre paréntesis es opcional.
9.13.4 El texto, "Adicionada
con Vitamina D" para los productos adicionados con Vitamina D3.
9.13.5 Cuando
voluntariamente se señalen dentro de la declaración nutrimental, deben figurar
como se señala a continuación:
Tabla 8
Nutrimento |
Cantidad por 100
g o por porción o por envase |
Vitamina A |
mg equivalentes de retinol |
Vitamina D |
mg |
9.14 Los productos con
modificación en su composición deben cumplir con lo señalado en la
NOM-086-SSA1-1994, citada en el apartado de referencias, a excepción de los
indicados en el numeral 9.8.2.1, los cuales deben cumplir con lo señalado en
este ordenamiento.
9.15 Cálculo de vitaminas
9.15.1 Vitamina A
1 UI de
vitamina A es equivalente a 0,3 mg equivalentes de retinol
(todos los Retinoles "trans").
9.15.2 Vitamina D3
1UI de vitamina D3 es equivalente a 0,025 mg de colecalciferol.
9.16 Leyendas
precautorias
9.16.1 Los productos que
contengan alcohol etílico o bebidas alcohólicas en cantidades superiores al
0,5%, deben incluir en la superficie principal de exhibición de la etiqueta, la
siguiente leyenda: "Este producto contiene ______% de alcohol. No
recomendable para niños". (En el espacio en blanco citar el contenido de
alcohol en %).
9.17 La cantidad de
proteínas que ha de indicarse, debe calcularse utilizando la siguiente fórmula:
Leche,
derivados o productos lácteos y quesos
Proteína
= contenido total de nitrógeno Kjeldahl X 6.38
Dulces
a base de leche, Helados, Sorbetes:
Proteína
= contenido total de nitrógeno Kjeldahl X 6.25
9.18 En el caso de que
los productos objeto de esta norma contengan o incluyan productos preenvasados
como parte de promociones u obsequios, tales como productos de panificación,
cereales, chocolate u otros alimentos, deben incluir en el envase del producto
de promoción u obsequio, cuando menos la siguiente información: lista de ingredientes,
identificación del responsable del producto, fecha de caducidad y lote.
9.19 Cuando en las
etiquetas se declaren u ostenten en forma escrita, gráfica o descriptiva que
los productos, su uso, aplicación, ingredientes o cualquier otra característica
están recomendados, respaldados o aceptados por centros de investigación,
asociaciones, organizaciones, entre otros, los cuales deberán contar con
reconocimiento nacional o internacional de su experiencia y estar calificados
para dar opinión sobre la información declarada. Se deberá contar con el
sustento técnico respectivo, el que estará a disposición de la Secretaría de
Salud en el momento que lo solicite. Dichas declaraciones deben sujetarse a lo
siguiente: la leyenda debe describir claramente la característica referida,
estar precedida por el símbolo o nombre del organismo y figurar en caracteres
claros y fácilmente legibles.
9.20 Los
productos destinados a ser reconstituidos o los contenidos en envases que
requieran instrucciones de uso o consumo especiales, deben incluir una
descripción escrita o gráfica de las instrucciones de uso, empleo o
preparación.
9.21 Los productos
envasados en punto de venta, deben ostentar la siguiente información:
9.21.1 Nombre o
denominación del producto.
9.21.2 Fecha de envasado
y, en su caso, fecha de caducidad, señalando el día y el mes y anteponiendo la
leyenda que corresponda "fecha de envasado _____", "fecha de
caducidad _____", o leyenda equivalente.
10. Concordancia con normas internacionales
Esta
norma es parcialmente equivalente a las siguientes normas:
10.1 Codex
Alimentarius. CODEX STAN 232-2001. Norma Nivel Máximo para la Aflatoxina M1 en la Leche.
10.2 Codex
Alimentarius. CODEX STAN A-9-1976, Rev. 1-2003. Norma del Codex Para Las Natas
(Cremas) Y Las Natas (Cremas) Preparadas.
10.3 Codex
Alimentarius. CODEX STAN A-6-1978, Rev. 1-1999, enmendado en 2006. Norma del
General del Codex para el Queso.
10.4 Codex
Alimentarius. CODEX STAN 221-2001. Norma colectiva para el Queso No Madurado,
Incluido el Queso Fresco.
11. Bibliografía
11.1 Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
11.2 Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
11.3 Ley General de Salud.
11.4 Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios.
11.5 Norma Oficial Mexicana NOM-008-SCFI-1994. Sistema general de
unidades de medida. México, D.F.
11.6 Guía para la redacción, estructuración y presentación de las
normas oficiales mexicanas. NORMA-Z-13/02.
11.7 Food and Drug Administration. Grade "A"
Pasteurized Milk Ordinance. (2003 Revision). Department of Health and Human and
Services. U.S.A.
11.8
Fernández Escartín, E. 2000. "Microbiología e inocuidad de los
Alimentos". Universidad Autónoma de Querétaro.
11.9 Food and Agriculture Organization of the
United Nations. 1994. "Summary of evaluations performed by the Joint
FAO/WHO Expert Committee on Food Additives (JECFA)". ILSI Press,
Washington.
11.10 U.S. Food & Drug Administration.
2001. Center for Food Safety & Apllied Nutrition. Foodborne pathogenic
microorganisms and natural toxins handbook. "Bad bug book".
11.11 Secretaría de
Salud. Dirección General de Control Sanitario de Bienes y Servicios. Aplicación
de Análisis de Riesgos, Identificación y Control de Puntos Críticos en la
Industria de la Leche Pasteurizada. México 1994.
11.12 Secretaría de
Salud. Dirección General de Control Sanitario de Bienes y Servicios.
Pasteurización de la Leche Controles y Exámenes Curso 302. Traducción de
documentos de la FDA. México, 1994.
11.13 Norma Mexicana
NMX-F-703-COFOCALEC-2004, Sistema de producto leche alimentos- lácteos leche
y producto lácteo (o alimento lácteo)- fermentado o acidificado
denominaciones, especificaciones y métodos de prueba.
11.14 Norma Mexicana
NMX-F-709-COFOCALEC-2004, Sistema producto leche alimento- alimento lácteo
regional- chongos zamoranos y producto lácteo tipo chongos zamoranos
denominaciones, especificaciones y métodos de prueba.
12. Observancia de la norma
12.1 La
vigilancia del cumplimiento de la presente norma corresponde a la Secretaría de
Salud, a los gobiernos de las entidades federativas, en el ámbito de sus
respectivas competencias.
13. Vigencia
13.1 La presente Norma
Oficial Mexicana entrará en vigor a los 60 días naturales posteriores a la
fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, a excepción de
los numerales 6.1.5.5 y 6.1.5.5.1 los cuales entrarán en vigor a los 365 días
naturales posteriores a la misma fecha.
Transitorio
Unico: Con la entrada en
vigor de la presente Norma Oficial Mexicana se cancelan las siguientes normas
oficiales mexicanas:
·
NOM-035-SSA1-1993, Bienes y servicios. Quesos de
suero. Especificaciones sanitarias, publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 30 de enero de 1995.
·
NOM-036-SSA1-1993, Bienes y servicios. Helados de
crema, de leche o grasa vegetal, sorbetes y bases o mezclas para helados.
Especificaciones sanitarias, publicada en el Diario Oficial de la Federación el
10 de marzo de 1995.
·
NOM-121-SSA1-1994, Bienes y servicios. Quesos:
frescos, madurados y procesados. Especificaciones sanitarias, publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 23 de febrero de 1996.
·
NOM-184-SSA1-2002, Productos y servicios. Leche,
fórmula láctea y producto lácteo combinado. Especificaciones sanitarias,
publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de octubre de 2002
·
NOM-185-SSA1-2002, Productos y servicios.
Mantequilla, cremas, producto lácteo condensado azucarado, productos lácteos
fermentados y acidificados, dulces a base de leche. Especificaciones
Sanitarias, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de octubre de
2002.
Sufragio
Efectivo. No Reelección.
México, Distrito Federal, a 25 de
junio de 2010.- El Comisionado Federal para la Protección contra
Riesgos Sanitarios y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización
de Regulación y Fomento Sanitario, Miguel
Angel Toscano Velasco.- Rúbrica.
APENDICE NORMATIVO
A
A.1 Límites Máximos para Aditivos Alimentarios.
Aditivo |
Límite máximo mg/kg |
Observaciones |
Acido acético glacial |
BPF |
Quesos frescos y
procesados. Leche fermentada o
acidificada. Helados, sorbetes y bases
para helados. |
Acido algínico |
10,000 |
Helados, sorbetes y bases
para helados. |
BPF |
Leche, fórmula láctea y
producto lácteo combinado (saborizados). Quesos frescos y
procesados |
|
Acido ascórbico * |
500 (expresado como ácido ascórbico) |
Leche, fórmula láctea y
producto lácteo combinado (deshidratados o con grasa vegetal). Crema deshidratada. |
BPF |
Productos objeto de esta
norma saborizados o edulcorados. |
|
Acido benzoico y sus sales de sodio, potasio
y calcio |
1000 |
Cremas y mantequillas Dulces a base de leche. |
50 |
Leche fermentada o
acidificada ** |
|
Acido cítrico |
BPF |
Leche, fórmula láctea y
producto lácteo combinado esterilizados saborizados. Quesos frescos y
procesados Mantequillas Para todo tipo de cremas
(incluyendo cremas acidificadas). Leche fermentada o
acidificada Dulces a base de leche Helados, sorbetes y bases
para helados |
Acido eritórbico |
BPF |
Dulces a base de leche. |
Acido fosfórico |
9,000 (total de compuestos de
fósforo añadidos, calculados como fósforo) |
Quesos frescos y
procesados |
3,000 (mezclado con otros
aditivos que tengan la misma función y que se listen en este apartado,
expresados como sustancias anhidras). |
Para todo tipo de cremas. |
|
2,000 (solo, expresado como sustancia anhidra). |
Para todo tipo de cremas. |
|
Acido fumárico |
BPF |
Leche fermentada o
acidificada. |
Acido L (+) tartárico |
BPF |
Leche fermentada o
acidificada. |
Acido láctico |
BPF |
Quesos frescos y
procesados Para todo tipo de cremas
(incluyendo cremas acidificadas) Leche fermentada o
acidificada Dulces a base de leche Helados, sorbetes y bases
para helados. |
Acido D,L-málico |
BPF |
Quesos frescos Leche fermentada o
acidificada Helados, sorbetes y bases
para helados. |
Acido propiónico |
BPF |
Quesos frescos y
procesados. |
Acido sórbico y sus sales de sodio, potasio y calcio |
3,000 (sólo o mezclado, expresado como ácido sórbico) |
Quesos frescos, procesados
y madurados Para todo tipo de cremas Mantequillas Bases para helados |
600 |
Dulces a base de leche. |
|
250 |
Leche fermentada y
acidificada. ** |
|
adipato
acetilado de dialmidón |
10,000 (sólo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Quesos frescos
saborizados (petit) Leche
fermentada y acidificada. |
BPF |
Dulces a base
de leche. |
|
agar |
5,000 (sólo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Para todo tipo
de cremas. Leche
fermentada y acidificada. Dulces a base
de leche. |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). Quesos frescos
y procesados. |
|
alginato de
amonio |
10,000 |
Helados,
sorbetes y bases para helados. |
8,000 (sólo o mezclado con otros
espesantes) |
Quesos
procesados |
|
BPF |
Leche
fermentada o acidificada. Para todo tipo
de cremas Dulces a base
de leche. |
|
alginato de
calcio |
10,000 |
Helados,
sorbetes y bases para helados. |
2,000 |
Leche
fermentada o acidificada |
|
BPF |
Fórmula láctea
y producto lácteo combinado (saborizados). Quesos frescos
y procesados. Para todo tipo
de cremas |
|
Alginato de potasio |
10,000 |
Helados,
sorbetes y bases para helados. |
2,000 |
Leche
fermentada o acidificada. |
|
BPF |
Fórmula láctea
y producto lácteo combinado (saborizados). Quesos frescos
y procesados. Para todo tipo
de cremas Leche
fermentada o acidificada Dulces a base
de leche. |
|
Alginato de propilenglicol |
10,000 |
Helados,
sorbetes y bases para helados. |
8,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Quesos frescos
y procesados |
|
5,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Crema para
batir y crema vegetal. Dulces a base de leche. |
|
1,400 |
Fórmula láctea
y producto lácteo combinado (saborizados). |
|
Alginato de sodio |
10,000 |
Helados,
sorbetes y bases para helados. |
2,000 |
Leche
fermentada o acidificada. |
|
BPF |
Fórmula láctea
y producto lácteo combinado (saborizados). Quesos frescos
y procesados. Para todo tipo
de cremas Leche
fermentada o acidificada. |
|
Almidón acetilado |
20,000 solo o mezclado
con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en este
apartado.) |
Leche fermentada
o acidificada. |
10,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Quesos frescos
saborizados (petit) |
|
BPF |
Dulces a base de leche. Quesos frescos
y procesados |
|
almidón oxidado |
20,000 solo o mezclado
con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en este
apartado.) |
Leche
fermentada o acidificada. |
10,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Quesos frescos
saborizados (petit) y quesos procesados. |
|
BPF |
Dulces a base
de leche. |
|
Almidones modificados |
20,000 solo o mezclado
con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en este
apartado.) |
Leche
fermentada o acidificada Helados,
sorbetes y bases para helados. |
10,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Quesos frescos
saborizados (petit) y quesos procesados. |
|
BPF |
Dulces a base
de leche |
|
Amarillo ocaso FCF Amarillo alimentos 3 No. C.I. 15985 |
300 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Leche
condensada azucarada. |
200 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Dulces a base
de leche. |
|
100 |
Quesos
saborizados Helados,
sorbetes y bases para helados |
|
35 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados o aromatizados). |
|
12 |
Leche
fermentada o acidificada. |
|
Ascorbato de calcio* |
500 (expresado como ácido
ascórbico) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (deshidratados o con grasa vegetal). |
ascorbato de
potasio* |
500 (expresado como ácido
ascórbico) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (deshidratados o con grasa vegetal). |
ascorbato de
sodio * |
500 (expresado como ácido
ascórbico) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (deshidratados o con grasa vegetal). Crema
deshidratada |
Azafrán (Estigmas de Crocus sativus L.) Amarillo natural 6 No. C.I 75100 |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados o aromatizados). |
Azorrubina y sus lacas Rojo alimentos 3 y sus
lacas No. C.I. 14720 |
100 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados o aromatizados), helados,
sorbetes y bases para helados Quesos frescos
saborizados (petit) Leche
fermentada o acidificada. |
Azul brillante FCF y sus
lacas. Azul alimentos 2 y sus
lacas. No. C.I. 42090 |
200 |
Dulces a base
de leche. |
150 |
Leche
fermentada o acidificada. Quesos frescos
saborizados (petit) Crema para
batir Helados,
sorbetes y bases para helados |
|
Beta caroteno sintético Anaranjado alimentos 5. No. C.I. 40800 |
600 |
Quesos
procesados. |
100 |
Leche
fermentada o acidificada |
|
35 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados o aromatizados). |
|
25 |
Quesos
madurados. Mantequilla. |
|
Beta-apo-8'-carotenal Anaranjado alimentos 6. No. C.I. 40820 |
100 |
Helados, sorbetes y bases
para helados. Leche fermentada o
acidificada |
35 |
Quesos madurados y
procesados. |
|
35 |
Leche, fórmula láctea y
producto lácteo combinado (saborizados o aromatizados). |
|
25 |
Mantequilla |
|
Butil hidroquinona terciaria |
200 |
Mantequilla (modificada en
su composición) |
100 |
Dulces a base de leche. |
|
Butil hidroxianisol |
200 |
Mantequilla (modificada en
su composición) |
100 |
Crema deshidratada y crema
vegetal deshidratada. Dulces a base de leche. |
|
Butil hidroxitolueno |
100 |
Dulces
a base de leche. |
200 |
Mantequillas
|
|
Cafeína |
400 |
Helados, sorbetes y bases
para helados. |
Cantaxantina Anaranjado alimentos 8. No. C.I. 40850 |
100 |
Helados, sorbetes y bases
para helados. |
Caramelo Clase I |
BPF |
Leche, fórmula láctea y
producto lácteo combinado (saborizados o aromatizados) Quesos frescos y
procesados Quesos saborizados Leche condensada azucarada Leche fermentada o
acidificada Dulces a base de leche Helados sorbetes y bases
para helados |
Caramelo Clase II |
3,200 |
Leche, fórmula láctea y
producto lácteo combinado (saborizados o aromatizados). |
150 |
Leche condensada azucarada Leche fermentada o
acidificada Dulces a base de leche. |
|
100 |
Quesos saborizados Helados sorbetes y bases
para helado |
|
Caramelo Clase III |
150 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados o aromatizados). Leche
condensada azucarada. Leche
fermentada o acidificada. Dulces a base
de leche. |
100 |
Helados
sorbetes y bases para helado Quesos
saborizados |
|
Caramelo Clase IV |
150 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados o aromatizados). Leche
condensada azucarada. Leche
fermentada y acidificada. Dulces a base
de leche. |
100 |
Helados,
sorbetes y bases para helados Quesos
saborizados |
|
Carbonato de amonio |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). |
Carbonato de calcio |
10,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado, expresado como sustancia anhidra). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (deshidratados). Crema deshidratada. Leche fermentada o acidificada |
2,000 (solo, expresado como
sustancia anhidra). |
Leche
condensada azucarada. |
|
BPF |
Quesos frescos,
madurados y procesados Para todo tipo
de cremas |
|
Carbonato de magnesio |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). |
Carbonato de potasio |
5,000 (solo o mezclado con otros
aditivos que tengan la misma función y que se listen en este apartado,
expresado como sustancia anhidra). |
Crema deshidratada. |
3,000 (mezclado con otros
aditivos que tengan la misma función y que se listen en este apartado,
expresados como sustancias anhidras). |
Leche condensada
azucarada. |
|
BPF |
Leche, fórmula láctea y
producto lácteo combinado (saborizados). Para todo tipo de cremas |
|
Carbonato de sódio |
3,000 (mezclado con otros
aditivos que tengan la misma función y que se listen en este apartado,
expresados como sustancias anhidras). |
Leche condensada
azucarada. |
BPF |
Leche, fórmula láctea y
producto lácteo combinado (saborizados). Helados, sorbetes y bases
para helados Para todo tipo de
cremas. Mantequilla. |
|
Carbonato hidrogenado de amonio |
BPF |
Leche, fórmula láctea y
producto lácteo combinado (saborizados). |
Carbonato hidrogenado de potasio |
BPF |
Leche, fórmula láctea y
producto lácteo combinado (saborizados). |
Carbonato hidrogenado de
sodio |
2,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado, expresado como sustancia anhidra). |
Mantequilla. |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). Quesos frescos y procesados Dulces a base de leche. |
|
Carboximetilcelulosa |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados o modificados en su
composición). Quesos frescos,
madurados y procesados. Helados, sorbetes
y bases para helados. |
Carboximetilcelulosa de
sodio |
10,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado) |
Leche
fermentada o acidificada. Dulces a base de leche. Helados,
sorbetes y bases para helados. |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados o esterilizados). Quesos frescos
y procesados Todo tipo de
cremas |
|
Carotenos naturales Anaranjado alimentos 5. No. C.I. 75130 |
100 |
Leche
fermentada o acidificada |
100 |
Productos objeto
de esta norma, excepto: leche, fórmula láctea y producto lácteo combinado. Helados,
sorbetes y bases para helados. |
|
600 |
Mantequilla Quesos frescos
y quesos madurados (corteza) |
|
Carragenato de calcio |
1,200 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados o modificados en su
composición). |
Carragenina y sus sales de potasio,
sodio y amonio |
10,000 (solo
o mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado). |
Helados,
sorbetes y bases para helados. |
8,000 (solo
o mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado). |
Quesos
procesados. |
|
BPF |
Leche,
fórmula láctea y producto lácteo combinado (saborizados). Quesos
frescos Para
todo tipo de cremas Leche
fermentada o acidificados (cuajados naturalmente), Dulces
a base de leche Leche
condensada azucarada Productos
esterilizados. |
|
Celulosa microcristalina |
BPF |
Leches
saborizadas, leche fermentada o acidificadas. Quesos
madurados y quesos frescos Para
todo tipo de cremas. Helados,
sorbetes y bases para helados. |
Cera blanca y amarilla de
abeja |
BPF |
Cobertura
de quesos. |
Cera de candelilla |
BPF |
Cobertura
de quesos. |
Cera de carnauba |
BPF |
Cobertura
de quesos. |
Cera de cascarilla de
arroz |
BPF |
Cobertura
de quesos. |
Cera microcristalina |
30,000 |
Cobertura
de quesos. |
Citrato de calcio |
3,000 (mezclado
con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en este
apartado, expresados como sustancias anhidras). |
Leche,
fórmula láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). Fórmula
láctea y producto lácteo combinado. |
2,000 (solo, expresado como
sustancia anhidra). |
Leche,
fórmula láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). Fórmula
láctea y producto lácteo combinado. |
|
BPF |
Quesos
frescos y procesados Todo
tipo de cremas Leche
fermentada o acidificada |
|
Citrato tripotásico |
5,000 (solo
o mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado, expresado como sustancia anhidra). |
Leche,
fórmula láctea y producto lácteo combinado (deshidratados). Crema
deshidratada. |
2,000 (solo, expresado como
sustancia anhidra). |
Leche,
fórmula láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). Fórmula
láctea y producto lácteo combinado. Todo
tipo de cremas Leche
condensada azucarada. |
|
BPF |
Leche,
fórmula láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). Quesos
frescos y procesados Todo
tipo de cremas Leche
condensada azucarada Leche
fermentada o acidificada |
|
Citrato trisódico |
5,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado, expresado como sustancia anhidra). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (deshidratados). |
3,000 (mezclado con
otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en este apartado,
expresados como sustancias anhidras). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). Fórmula láctea
y producto lácteo combinado. Leche
condensada azucarada |
|
2,000 (solo, expresado como
sustancia anhidra). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). Fórmula láctea
y producto lácteo combinado. Leche
condensada azucarada Leche
fermentada o acidificada. Dulces a base
de leche |
|
BPF |
Quesos frescos
y procesados. Todo tipo de
cremas Leche
fermentada o acidificada |
|
Clorofilas Verde natural 3 No. C.I. 75810 |
BPF |
Quesos
saborizados, procesados y madurados Dulces a base
de leche |
Cloruro de calcio |
1,200 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra). |
Fórmula láctea
y producto lácteo combinado. |
BPF |
Quesos frescos,
madurados y procesados. Dulces a base
de leche. Leche
condensada azucarada Todo tipo de
cremas |
|
Cloruro de potasio |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). Dulces a base de
leche. |
Complejos cúpricos de
clorofilas Verde natural 3. No. C.I. 75810 |
300 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados o aromatizados). |
Curcumina Cúrcuma (Raíz de
Curcuma longa L.) No. C.I. 75300 |
100 |
Leche
fermentada o acidificada. Dulces a base
de leche. Quesos frescos
y procesados |
50 |
Helados,
sorbetes y bases para helados. |
|
D-alfa-tocoferol
concentrado |
300 |
Dulces a base
de leche. Helados,
sorbetes y bases para helados |
Dextrinas |
20,000 |
Helados,
sorbetes y bases para helados. Quesos frescos
y procesados Leche
fermentada o acidificada |
Dióxido de azufre |
50 |
Leche
fermentada o acidificada. ** |
Dióxido de silicón amorfo |
10,000 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (deshidratados). Crema
deshidratada. |
Dióxido de titanio Pigmento blanco 6. No C.I. 77891 |
BPF |
Helados,
sorbetes y bases para helados. Quesos frescos
y procesados. Dulces a base
de leche. Todo tipo de
cremas |
Dl-alfa tocoferol |
300 |
Dulces a base
de leche. Helados,
sorbetes y bases para helados |
Eritrosina Rojo alimentos 14 No. C.I. 45430 |
2 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados o aromatizados). |
27 |
Leche
fermentada o acidificada Helados,
sorbetes y bases para helados. |
|
Esteres acéticos de los
mono y diglicéridos de los ácidos grasos. |
BPF |
Fórmula láctea
y producto lácteo combinado. Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). Todo tipo de
Crema. Quesos frescos
y madurados |
Esteres cítricos de los
mono y diglicéridos de los ácidos grasos |
BPF |
Fórmula láctea
y producto lácteo combinado. Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). Todo tipo de
Crema. |
Esteres lácticos de los
mono y diglicéridos de los ácidos grasos |
10,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado) |
Todo tipo de
cremas |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (modificados en su composición) Leches
saborizadas Fórmula láctea
y producto lácteo combinado Leche
fermentada o acidificada Helados,
sorbetes y bases para helados |
|
Esteres diacetil
tartáricos de los mono y diglicéridos de los ácidos grasos. |
1,200 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (modificados en su composición). |
10,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado) |
Helados,
sorbetes y bases para helados. |
|
BPF |
Fórmula láctea
y producto lácteo combinado. Para todo tipo
de cremas. |
|
Esteres de
propilenglicol de ácidos grasos |
10,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado) |
Helados,
sorbetes y bases para helados. |
Esteres de ácidos grasos y
sacarosa |
10,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado) |
Helados,
sorbetes y bases para helados. |
BPF |
Fórmula láctea
y producto lácteo combinado. |
|
Eter apocarotenóico |
50 |
Helados,
sorbetes y bases para helados. |
Etil maltol |
50 |
Helados,
sorbetes y bases para helados. |
Etilvainillina |
1,000 |
Helados,
sorbetes y bases para helados. |
Extracto de annato (Extracto de semillas de Bixa orellana). Anaranjado natural 4. No. C.I. 75120 |
600 (calculado como bixina) |
Quesos
procesados. |
60 (calculado como bixina) |
Quesos
madurados. |
|
20 (calculado como bixina) |
Mantequilla. Dulces a base
de leche. |
|
10 (calculado como bixina) |
Leche
fermentada o acidificada |
|
0.05 (calculado como bixina) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados o aromatizados). |
|
Extracto de cochinilla (Extracto de Coccus cacti L.). Rojo natural 4. No.
C.I. 75470 |
150 |
Helados,
sorbetes y bases para helados |
100 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados o aromatizados). |
|
50 |
Leche
fermentada o acidificados. Dulces a base
de leche. Quesos
saborizados |
|
BPF |
Leche
condensada azucarada. |
|
Fosfato de dialmidón
acetilado |
BPF |
Leche
fermentada o acidificada. Dulces a base
de leche Quesos frescos
y procesados |
Fosfato de aluminio y
sodio |
1,000 |
Dulces a base
de leche. Quesos
procesados |
Fosfato de amonio |
1, 000 |
Dulces a base
de leche. |
Fosfato de dialmidón |
BPF |
Leche
fermentada o acidificada. Dulces a base
de leche. Quesos frescos
y procesados |
Fosfato de hidroxipropil
dialmidón |
20,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Leche
fermentada o acidificada |
BPF |
Dulces a base
de leche. Quesos frescos
y procesados |
|
Fosfato hidrogenado de
magnesio |
1,000 |
Dulces a base
de leche. |
Fosfato hidrogenado de
sodio |
9000 (solo o mezclado,
calculado como pentóxido de fósforo) |
Quesos
frescos y procesados |
5000 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche,
fórmula láctea y producto lácteo combinado (deshidratados) |
|
3000 (mezclado con otros
aditivos que tengan la misma función y que se listen en este apartado,
expresados como sustancias anhidras) |
Leche,
fórmula láctea y producto lácteo combinado (esterilizados) |
|
2000 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche,
fórmula láctea y producto lácteo combinado (esterilizado) |
|
1200 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche,
fórmula láctea y producto lácteo combinado |
|
1000 |
Dulces
a base de leche |
|
500 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche,
fórmula láctea y producto lácteo combinado (modificados en su composición) |
|
150 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche,
fórmula láctea y producto lácteo combinado (ultrapasteurizados) |
|
BPF |
Leche,
fórmula láctea y producto lácteo combinado (saborizados) |
|
Fosfato de monoalmidón |
20,000 (solo o mezclado
con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en este
apartado.) |
Leche
fermentada o acidificada |
BPF |
Dulces a base
de leche. Quesos frescos
y procesados |
|
Fosfato dihidrogenado de
calcio |
9000 |
Quesos
procesados |
Fosfato dihidrogenado de
potasio |
9,000 |
Quesos
procesados |
5,000 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (deshidratados). |
|
3,000 (mezclado con
otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en este apartado,
expresados como sustancias anhidras). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). |
|
2,000 (solo, expresado como
sustancia anhidra). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). |
|
1,200 (solo o mezclado, expresado
como sustancia anhidra) |
Fórmula láctea
y producto lácteo combinado. |
|
1,000 |
Dulces a base
de leche. |
|
500 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (modificados en su composición). |
|
150 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (ultrapasteurizados). |
|
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). |
|
Fosfato dihidrogenado de
sodio |
9000 |
Quesos
procesados |
Fosfato hidrogenado de
calcio |
9,000 (total de fosfatos,
calculados como fósforo) |
Quesos
procesados. |
3,000 (mezclado con otros
aditivos que tengan la misma función y que se listen en este apartado,
expresados como sustancias anhidras). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). |
|
2,000 (solo, expresado como
sustancia anhidra). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). |
|
1,000 |
Dulces a base
de leche. |
|
Fosfato fosfatado de
dialmidón |
20,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Leche
fermentada o acidificada. |
BPF |
Dulces a base de leche. Quesos frescos
y procesados |
|
Fosfato hidrogenado
dipotásico |
5,000 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (deshidratados). Quesos
procesados |
3,000 (mezclado con
otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en este apartado,
expresados como sustancias anhidras). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). |
|
2,000 (solo, expresado como
sustancia anhidra). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). |
|
1,200 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Fórmula láctea
y producto lácteo combinado. |
|
500 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (modificados en su composición). |
|
150 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (ultrapasteurizados). |
|
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). |
|
Fosfato
hidrogenado disódico |
30,000 (solo o mezclado,
expresado como pentóxido de fósforo) |
Quesos frescos
y procesados. |
5,000 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (deshidratados). |
|
3,000 (mezclado con
otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en este apartado,
expresados como sustancias anhidras). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). |
|
2,000 (solo, expresado como
sustancia anhidra). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). |
|
1,200 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Fórmula láctea
y producto lácteo combinado. |
|
1,000 |
Dulces a base
de leche. Cremas y cremas
para batir |
|
500 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (modificados en su composición). |
|
150 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (ultrapasteurizados). |
|
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). |
|
Fosfato monomagnésico |
1,000 |
Dulces a base
de leche. |
Fosfato tricálcico |
9,000 "límite establecido
como emulsificante" (solo o mezclado,
calculado como pentóxido de fósforo) |
Quesos frescos
y procesados |
3,000 (mezclado con otros
fosfatos que se listen en este apartado, expresados como P2O5). |
Para todo tipo
de cremas. Leche
condensada azucarada |
|
2,000 (solo, expresado como P2O5). |
Para todo tipo
de cremas. Leche
condensada azucarada |
|
1,000 |
Dulces a base
de leche. |
|
Fosfato trimagnésico |
1,000 |
Dulces a base
de leche. |
Fosfato tripotásico |
5,000 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (deshidratados). Crema
deshidratada. |
3,000 (mezclado con otros
aditivos que tengan la misma función y que se listen en este apartado,
expresados como sustancias anhidras). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). Para todo tipo
de cremas. Leche
condensada azucarada. |
|
2,000 (solo, expresado como
sustancia anhidra). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). Para todo tipo
de cremas. Leche
condensada azucarada. |
|
1,000 |
Dulces a base
de leche. |
|
Fosfato trisódico |
9,000 (solo o mezclado,
calculado como pentóxido de fósforo) |
Quesos frescos
y procesados. |
5,000 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (deshidratados). Crema
deshidratada. |
|
3,000 (mezclado con
otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en este apartado,
expresados como sustancias anhidras). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). Para todo tipo
de cremas. Leche
condensada azucarada. |
|
2,000 (solo, expresado como
sustancia anhidra). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). Para todo tipo
de cremas. Leche
condensada azucarada. |
|
2,000 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Mantequillas |
|
1,000 |
Dulces a base
de leche. |
|
Galato de propilo |
90 |
Dulces a base
de leche. |
100 |
Mantequillas |
|
Glicerol |
10,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Helados,
sorbetes y bases para helados. |
Gluconato ferroso |
BPF |
Helados,
sorbetes y bases para helados. |
Glucono delta lactona |
BPF |
Todos los
quesos Leche
fermentada o acidificada |
Glutamato monosódico |
BPF |
Quesos frescos
y procesados |
Goma arábiga o acacia |
1,200 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Fórmula láctea
y producto lácteo combinado. |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). Quesos frescos
y procesados. Leche
fermentada o acidificada. Helados,
sorbetes y bases para helados Para
todo tipo de Crema. Dulces a base
de leche. |
|
Goma damar |
1,200 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Fórmula láctea
y producto lácteo combinado. |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). |
|
Goma de algarrobo |
10,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Helados,
sorbetes y bases para helados. |
5,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Para todo tipo
de Crema Leche
fermentada o acidificada. Dulces a base
de leche. |
|
1,200 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Fórmula láctea
y producto lácteo combinado. |
|
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). Leche
fermentada o acidificada. Quesos frescos
y procesados. |
|
Goma gellana |
1,200 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Fórmula láctea
y producto lácteo combinado. |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). |
|
Goma guar |
1,200 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Leche esterilizada,
fórmula láctea y producto lácteo combinado. |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). Quesos frescos
y procesados. Leche
fermentada o acidificada. Helados,
sorbetes y bases para helados Para todo tipo
de Crema Dulces a base
de leche. |
|
Goma karaya |
1,200 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Fórmula láctea
y producto lácteo combinado. |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). Quesos frescos
y procesados. Helados,
sorbetes y bases para helados |
|
Goma tara |
1,200 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Fórmula láctea
y producto lácteo combinado. |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). Quesos frescos
y procesados |
|
Goma tragacanto |
1,200 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Fórmula láctea
y producto lácteo combinado. |
BPF |
Leche, fórmula láctea
y producto lácteo combinado (saborizados). Productos
lácteos acidificados. |
|
Goma Xantana |
5,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Para todo tipo
de cremas. Leche
fermentada o acidificados. Dulces a base
de leche. Helados,
sorbetes y bases para helados |
1,200 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Fórmula láctea
y producto lácteo combinado. |
|
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). Quesos frescos
y procesados. Leche
fermentada o acidificada. |
|
Hidróxido de amonio |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). |
Hidróxido de calcio |
2,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Mantequilla. |
Hidróxido de magnesio |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). |
Hidróxido de potasio |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). |
2,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Mantequilla. |
|
Hidróxido de sodio |
BPF |
Quesos frescos Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados) Mantequillas
(modificadas en su composición) |
Hidroxipropil almidón |
BPF |
Leche
fermentada o acidificada. Dulces a base
de leche. Quesos frescos
y procesados |
Hidroxipropil metil
celulosa |
10,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Helados,
sorbetes y bases para helados. |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). |
|
Indigotina y
sus lacas. Azul alimentos 1 y sus lacas No. C.I. 73015 |
1000 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados o aromatizados). |
300 |
Dulces a base
de leche. |
|
100 |
Helados,
sorbetes y bases para helados |
|
6 |
Leche
fermentada o acidificada. |
|
Lactato de calcio |
BPF |
Para
todo tipo de Crema Leche
fermentada o acidificada Quesos
frescos |
Lactato de sodio |
BPF |
Para
todo tipo de Crema Quesos
frescos |
Lecitina |
5,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Quesos
procesados. |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados, esterilizados o
deshidratados). Mantequilla. Dulces a base
de leche. Helados,
sorbetes y bases para helados Cremas
esterilizadas |
|
Maltodextrinas |
BPF |
Todos los
productos objeto de la norma. |
Metil celulosa |
10,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Helados,
sorbetes y bases para helados. |
Metil etil celulosa |
10,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Helados,
sorbetes y bases para helados. |
Esteres metílico y etílico
del ácido bapo-8´-
carotenóico o anaranjado alimentos 7 (éster etílico) |
35 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados o aromatizados). |
Mono y diglicéridos |
10,000 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Helados,
sorbetes y bases para helados Para
todo tipo de Cremas. |
2000 |
Leche Quesos
frescos, madurados y procesados. Leche
fermentada o acidificada |
|
BPF |
Dulces
a base de leche Leches,
Fórmula láctea y producto lácteo combinado. |
|
Monoestearato de sorbitán |
5,000 |
Quesos frescos |
1,000 |
Para todo tipo
de cremas. Helados,
sorbetes y bases para helados |
|
Monoestearato de sorbitán
polioxietilenado (20) |
1,000 |
Helados,
sorbetes y bases para helados. Para
todo tipo de cremas |
500 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados o aromatizaos). |
|
Monolaurato de sorbitán
polioxietilenado |
1,000 |
Para
todo tipo de cremas. |
Monooleato de sorbitán
polioxietilenado |
1,000 |
Para
todo tipo de cremas. Helados,
sorbetes y bases para helados |
Pimaricina. |
40 (solo para el
tratamiento de la superficie o corteza de los quesos, ausente a la
profundidad de 5 mm) |
Quesos
madurados |
Nisina |
12.5 |
Quesos
frescos, madurados y procesados. |
Nitrato de potasio |
50 |
Quesos
madurados. |
Nitrato de sodio |
50 |
Quesos
madurados. |
Octenil succinato sódico
de almidón |
10,000 |
Leche
fermentada o acidificada |
BPF |
Dulces a base
de leche. |
|
Oleorresina de paprika |
BPF |
Para
todos los productos objeto de esta norma. |
Oxido de magnesio |
10,000 |
Crema
deshidratada. |
Palmitato de amonio |
100 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (deshidratados o con grasa vegetal). |
Palmitato de ascorbilo |
500 |
Crema
deshidratada. |
200 |
Dulces a base
de leche. |
|
100 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (deshidratados o con grasa vegetal). |
|
Palmitato de calcio |
100 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (deshidratados o con grasa vegetal). |
Palmitato de potasio |
100 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (deshidratados o con grasa vegetal). |
Palmitato de sodio |
100 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (deshidratados o con grasa vegetal). |
Pectato de amonio |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). |
Pectato de calcio |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). |
Pectato de potasio |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). |
Pectato de sodio |
BPF |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). |
Pectinas |
BPF |
Helados,
sorbetes y bases para helados. Leche
fermentada o acidificada Para
todo tipo de Cremas. Dulces a base de leche. Quesos
frescos y procesados |
Peróxido de hidrógeno |
BPF |
Quesos
madurados |
Piramicina o natamicina |
40 |
Quesos frescos
y procesados |
Pirofosfato tetrapotásico |
9000 |
Quesos
procesados |
Pirofosfato tetrasódico |
9000 |
Quesos
procesados |
Pirofosfato dicálcico |
9000 |
Quesos
procesados |
Polidextrosa |
BPF |
Helados,
sorbetes y bases para helados. Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado, dulces a base de leche, leche saborizada.
Todo tipo de cremas. Leche fermentada o acidificada |
Polifosfato de calcio |
9,000 |
Quesos frescos
y procesados |
5,000 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (deshidratados). |
|
3,000 (mezclado con
otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en este apartado,
expresados como sustancias anhidras). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). |
|
2,000 (solo, expresado como
sustancia anhidra). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). |
|
Polifosfato de potasio |
9,000 |
Quesos frescos
y procesados |
5,000 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (deshidratados). Crema
deshidratada. |
|
3,000 (mezclado con
otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en este apartado,
expresados como sustancias anhidras). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). Para todo tipo
de cremas. |
|
2,000 (solo, expresado como
sustancia anhidra). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). Para todo tipo
de cremas. |
|
1,200 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). Fórmula láctea
y producto lácteo combinado. |
|
150 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche
ultrapasteurizada. |
|
Polifosfato de sodio |
9,000 |
Quesos frescos
y procesados |
5,000 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (deshidratados). Crema
deshidratada. |
|
3,000 (mezclado con
otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en este apartado,
expresados como sustancias anhidras). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). Para todo tipo
de cremas. |
|
2,000 (solo, expresado como
sustancia anhidra). |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (esterilizados). Para todo tipo
de cremas. Dulces a base de leche |
|
1,200 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados). Fórmula láctea
y producto lácteo combinado. |
|
150 (solo o mezclado,
expresado como sustancia anhidra) |
Leche
ultrapasteurizada. |
|
Ponceau 4R Rojo alimentos 7 No C.I.16255 |
150 |
Leche
condensada azucarada |
50 |
Helados, sorbetes
y bases para helados. Dulces a base
de leche. |
|
80 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados o aromatizados). |
|
48 |
Leche fermentada o acidificada. Quesos saborizados |
|
Propionato de calcio |
BPF (sólo para el tratamiento
de la superficie) |
Quesos frescos
y procesados. |
Propionato de potasio |
BPF (sólo para el tratamiento
de la superficie) |
Quesos frescos
y procesados. |
Propionato de sodio |
BPF (sólo para el tratamiento
de la superficie) |
Quesos frescos
y procesados. |
Riboflavina |
10 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados o aromatizados). |
BPF |
Quesos frescos,
madurados y procesados. |
|
Riboflavina-5´-fosfato de
sodio |
10 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados o aromatizados). |
Rojo Allura AC y
sus lacas. Rojo alimentos 17 y
sus lacas. No. C.I. 16035 |
300 (solo o
mezclado con otros aditivos que tengan la misma función y que se listen en
este apartado.) |
Leche
condensada azucarada. Dulces a base
de leche. |
140 |
Leche, fórmula
láctea y producto lácteo combinado (saborizados o aromatizados). |
|
50 |
Leche
fermentada o acidificada. |
|
Rojo betabel |
BPF |
Leche
fermentada o acidificada Leche
condensada azucarada. |
Sales de sodio y potasio
de complejos cúpricos de clorofilinas No C.I. 75810 |
300 |
|