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DOF: 13/06/2014
CONVENIO Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio a los municipios y, en su caso, a los estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la segurid

CONVENIO Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio a los municipios y, en su caso, a los estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales (SUBSEMUN), que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Gobierno del Distrito Federal y las demarcaciones territoriales de Alvaro Obregón, Azcapotzalco, Benito Juarez, Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan, Venustiano Carranza y Xochimilco.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

CONVENIO ESPECIFICO DE ADHESION, EN LO SUCESIVO "CONVENIO" PARA EL OTORGAMIENTO DEL "SUBSIDIO A LOS MUNICIPIOS, Y EN SU CASO A LOS ESTADOS CUANDO TENGAN A SU CARGO LA FUNCION O LA EJERZAN COORDINADAMENTE CON LOS MUNICIPIOS, ASI COMO AL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL PARA LA SEGURIDAD PUBLICA EN SUS DEMARCACIONES TERRITORIALES", EN LO SUCESIVO "SUBSEMUN".
FECHA
CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL, A LOS 28 DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE.
PARTICIPANTES:
EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA, EN LO SUCESIVO "EL SECRETARIADO", REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. MONTE ALEJANDRO RUBIDO GARCIA;
EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, EN LO SUCESIVO "EL DISTRITO FEDERAL", REPRESENTADO POR EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, EL C. MIGUEL ANGEL MANCERA ESPINOSA, ASISTIDO POR SECRETARIO DE GOBIERNO, EL C. HECTOR SERRANO CORTES, EL C. EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, EL C. JESUS RODRIGUEZ ALMEIDA; Y
LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE, ALVARO OBREGON, AZCAPOTZALCO, BENITO JUAREZ, COYOACAN, CUAJIMALPA DE MORELOS, CUAUHTEMOC, GUSTAVO A. MADERO, IZTACALCO, IZTAPALAPA, MAGDALENA CONTRERAS, MIGUEL HIDALGO, MILPA ALTA, TLAHUAC, TLALPAN, VENUSTIANO CARRANZA Y XOCHIMILCO, EN LO SUCESIVO "LAS DEMARCACIONES", REPRESENTADAS POR SUS JEFES DELEGACIONALES, LOS CC. LEONEL LUNA ESTRADA, SERGIO PALACIOS TREJO, JORGE ROMERO HERRERA, MAURICIO ALONSO TOLEDO GUTIERREZ, ADRIAN RUBALCAVA SUAREZ, ALEJANDRO FERNANDEZ RAMIREZ, NORA DEL CARMEN BARBARA ARIAS CONTRERAS, ELIZABETH MATEOS HERNANDEZ, JESUS VALENCIA GUZMAN, LETICIA QUEZADA CONTRERAS, VICTOR HUGO ROMO GUERRA, VICTOR HUGO MONTEROLA RIOS, ANGELINA MENDEZ ALVAREZ, MARICELA CONTRERAS JULIAN, JOSE MANUEL BALLESTEROS LOPEZ, MIGUEL ANGEL CAMARA ARANGO. RESPECTIVAMENTE.
MARCO LEGAL
VIGENCIA
LOS PARTICIPANTES PROTESTARON CUMPLIR Y HACER CUMPLIR EN EL AMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS, LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 134 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 74 DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA, ASI COMO 8 Y 9 DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014, EN LO SUCESIVO, "PRESUPUESTO DE EGRESOS", Y LAS DEMAS DISPOSICIONES JURIDICAS APLICABLES AL PRESENTE "CONVENIO", RAZON POR LA CUAL SE OBLIGAN A EL COMO SI ESTUVIERA INSERTO A LA LETRA EN ESTE DOCUMENTO, CON TODOS LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS CONDUCENTES.
A PARTIR DE LA FECHA DE SUSCRIPCION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014, CON EXCEPCION DE LOS PLAZOS NORMATIVOS DE PAGO Y AQUELLOS CORRESPONDIENTES A LAS OBLIGACIONES DE "EL DISTRITO FEDERAL" Y DE "LOS BENEFICIARIOS" EN CUANTO A INFORMAR Y DOCUMENTAR LA APLICACION Y EVALUACION DE LOS RECURSOS FEDERALES MINISTRADOS.
OBJETO
EL PRESENTE "CONVENIO" TIENE POR OBJETO QUE "EL SECRETARIADO" TRANSFIERA RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES DEL "SUBSEMUN" A "EL DISTRITO FEDERAL" Y A "LAS DEMARCACIONES", POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE FINANZAS DE "EL DISTRITO FEDERAL", CON LA FINALIDAD DE FORTALECER EL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD PUBLICA, Y CON ELLO, SALVAGUARDAR LOS DERECHOS E INTEGRIDAD DE SUS HABITANTES Y PRESERVAR LAS LIBERTADES, EL ORDEN Y LA PAZ PUBLICOS, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 9 DEL "PRESUPUESTO DE EGRESOS", CONFORME A LOS PROGRAMAS CON PRIORIDAD NACIONAL.
ENTERADOS LOS PARTICIPANTES DEL CONTENIDO DEL PRESENTE "CONVENIO", INTEGRADO POR ESTA CARATULA, DECLARACIONES Y CLAUSULAS, LO SUSCRIBEN EN 21 EJEMPLARES, SIN QUE EXISTA DOLO, LESION, ERROR, MALA FE O CUALQUIER OTRO VICIO DEL CONSENTIMIENTO QUE PUDIERA INVALIDARLO.
 
 
Por el Secretariado: el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Monte Alejandro Rubido García.- Rúbrica.- Por el Distrito Federal: el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Miguel Angel Mancera Espinosa.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Héctor Serrano Cortés.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Edgar Abraham Amador Zamora.- Rúbrica.- El Secretario de Seguridad Pública del D.F., Jesús Rodríguez Almeida.- Rúbrica.- Por las Demarcaciones: el Jefe Delegacional Alvaro Obregón, Leonel Luna Estrada.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional Azcapotzalco, Sergio Palacios Trejo.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional Benito Juárez, Jorge Romero Herrera.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional Coyoacán, Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional Cuajimalpa de Morelos, Adrián Rubalcava Suárez.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional Cuauhtémoc, Alejandro Fernández Ramírez.- Rúbrica.- La Jefa Delegacional Gustavo A. Madero, Nora del Carmen Bárbara Arias Contreras.- Rúbrica.- La Jefa Delegacional Iztacalco, Elizabeth Mateos Hernández.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional Iztapalapa, Jesús Valencia Guzmán.- Rúbrica.- La Jefa Delegacional Magdalena Contreras, Leticia Quezada Contreras.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional Miguel Hidalgo, Víctor Hugo Romo Guerra.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional Milpa Alta, Víctor Hugo Monterola Ríos.- Rúbrica.- La Jefa Delegacional Tláhuac, Angelina Méndez Alvarez.- Rúbrica.- La Jefa Delegacional Tlalpan, Maricela Contreras Juln.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional Venustiano Carranza, José Manuel Ballesteros López.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional Xochimilco, Miguel Angel Cámara Arango.- Rúbrica.
DECLARACIONES
I. DECLARA "EL SECRETARIADO", A TRAVES DE SU REPRESENTANTE QUE:
I.1 Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente "LEY GENERAL"; 2, apartado C, fracción XI, y 120 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
I.2 Fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, ratificado por el Senado de la República el 20 de marzo de 2013, de conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la "LEY GENERAL"; 27, párrafo último de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional.
I.3 Está facultado para suscribir el presente "CONVENIO" de acuerdo a lo preceptuado por los artículos 18, fracciones VII, y XXV de la "LEY GENERAL"; 9, párrafo quinto del "PRESUPUESTO DE EGRESOS"; 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; y 5, y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública; así como la disposición Vigésima Primera, párrafo I, de las "Reglas para el otorgamiento del Subsidio a los Municipios, y en su caso a los Estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales", publicadas en el Diario Oficial de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, en lo sucesivo "LAS REGLAS".
I.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como domicilio el ubicado en Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Nueva Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, Distrito Federal.
I.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del "SUBSEMUN" designa a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento, sita en: Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 1, Colonia Nueva Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, Distrito Federal.
II. DECLARA "EL DISTRITO FEDERAL", A TRAVES DE SU REPRESENTANTE QUE:
II.1 Asumió el cargo de Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a partir del 05 de diciembre de 2012; cuenta con facultades para celebrar el "CONVENIO"; en términos de los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, fracción II y 67 fracción XXV del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; y 12 y 20 de su Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables. El servidor público que lo asiste cuenta con facultades para celebrar el "CONVENIO"; en términos de la disposición Trigésima Novena, numeral II, inciso A de "LAS REGLAS".
II.2 Es parte integrante del Estado Mexicano, con personalidad jurídica y patrimonio propios, constituido como gobierno republicano, representativo y popular, como lo preceptúan los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 2 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal;
 
II.3 Cuentan con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del "CONVENIO";
II.4 Para todos los efectos legales relacionados con el "CONVENIO", señala como su domicilio el ubicado en Plaza de la Constitución No. 2, esquina 5 de Febrero, 1er. Piso, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06068, Col. Centro Histórico, México, D.F.
II.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del "SUBSEMUN" designa al Secretario de Seguridad Pública, a través de la Encargada de la Dirección General de Recursos Financieros, la C. María del Carmen Ramírez Jasso sito en: Izazaga 89, noveno piso, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06080.
III. DECLARAN "LAS DEMARCACIONES", A TRAVES DE SUS REPRESENTANTES QUE:
III.1 Son Organos Políticos Administrativos y Desconcentrados del Gobierno del Distrito Federal, con autonomía funcional en acciones de gobierno y de participación ciudadana en materia de prevención del delito, con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Tercera, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 12, fracción III, 87, último párrafo, 104, 105 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, párrafo tercero, 10, 37, 38 y 39, fracciones XLV, L y LXXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 3, fracción III, 120 y 121 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
III.2 Los CC. Leonel Luna Estrada, Sergio Palacios Trejo, Jorge Romero Herrera, Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, Adrián Rubalcava Suárez, Alejandro Fernández Ramírez, Nora Del Carmen Bárbara Arias Contreras, Elizabeth Mateos Hernández, Jesús Valencia Guzmán, Leticia Quezada Contreras, Víctor Hugo Romo Guerra, Víctor Hugo Monterola Ríos, Angelina Méndez Alvarez, Maricela Contreras Julián, José Manuel Ballesteros López, Miguel Angel Cámara Arango, Jefes Delegacionales de Alvaro Obregón, Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, La Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan, Venustiano Carranza, y Xochimilco, respectivamente, quienes asumieron sus cargos a partir del 01 de octubre de 2012, cuentan con facultades para celebrar el presente "CONVENIO", en términos de los artículos 12, fracción III, 112, último párrafo, y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 39, fracciones XIV, XV, XLV y LXXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, y demás disposiciones aplicables.
III.3 Cuentan con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del presente "CONVENIO";
III.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señalan como sus domicilios los ubicados, respectivamente, en:
DELEGACION
DOMICILIO
Alvaro Obregón
Calle 10, esquina Canario, Colonia Tolteca, México, D.F., C.P. 1150
Azcapotzalco
Castilla Oriente y 22 de Febrero s/n, Colonia Azcapotzalco Centro, México, D.F., C.P. 2000
Benito Juárez
División del Norte No. 1611, Colonia Santa Cruz Atoyac, frente al Parque de los Venados, México, D.F., C.P. 3310
Coyoacán
Allende No. 36, Colonia Villa Coyoacán, México, D.F., C.P. 4000
Cuajimalpa de Morelos
Av. Juárez, Esq. Av. México, Colonia Cuajimalpa de Morelos, México, D.F., C.P. 5000
Cuauhtémoc
Aldama y Mina s/n, Colonia Buena Vista, México, D.F., C.P. 6350
Gustavo A. Madero
5 de Febrero y Vicente Villada, segundo piso, Colonia Villa, Gustavo A. Madero, México, D.F., C.P. 7050
Iztacalco
Río Churubusco s/n, Plaza Benito Juárez, Colonia Gabriel Ramos Millán, México, D.F., C.P. 8000
Iztapalapa
Aldama No. 63, Esq. Ayuntamiento, Colonia Barrio San Lucas, México, D.F., C.P. 9000
La Magdalena Contreras
Alvaro Obregón No. 20, Colonia Barranca Seca, México, D.F., C.P. 10580
Miguel Hidalgo
Parque Lira No. 94, Colonia Ampliación Daniel Garza, México, D.F., C.P. 11840
Milpa Alta
Av. Constitución y México s/n, Colonia Villa Milpa Alta, México, D.F., C.P. 12000
Tláhuac
Avenida Tláhuac s/n esq. Nicolás Bravo, Barrio la Asunción, Delegación Tláhuac, México, Distrito Federal, C.P. 13000
Tlalpan
Plaza de la Constitución No. 1, Colonia Centro de Tlalpan, México, D.F., C.P. 14000
Venustiano Carranza
Francisco del Paso y Troncoso No. 219, Colonia Jardín Balbuena, México, D.F., C.P. 15900
Xochimilco
Av. Guadalupe I. Ramírez No. 4, Barrio El Rosario, México, D.F., C.P. 16070
 
IV. DECLARAN LOS PARTICIPANTES, A TRAVES DE SUS REPRESENTANTES QUE:
IV.1 Se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan, y
IV.2 Celebran el presente "CONVENIO" de acuerdo con el marco jurídico aplicable, adhiriéndose a las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA. OBJETO Y NATURALEZA DE LOS RECURSOS.
El presente "CONVENIO" tiene por objeto que "EL SECRETARIADO" transfiera recursos presupuestarios federales del "SUBSEMUN" a "EL DISTRITO FEDERAL", por conducto de su Secretaría de Finanzas, con la finalidad de fortalecer el desempeño de sus funciones en materia de seguridad pública: profesionalizar y equipar a sus cuerpos de seguridad pública en "LAS DEMARCACIONES", así como mejorar la infraestructura de sus corporaciones, en el marco de las disposiciones legales aplicables, y con ello, salvaguardar los derechos e integridad de sus habitantes y preservar las libertades, el orden y la paz públicos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 9 de "PRESUPUESTO DE EGRESOS".
Asimismo, tiene por objeto que "EL SECRETARIADO" transfiera recursos presupuestarios federales del "SUBSEMUN" a "LAS DEMARCACIONES", por conducto de la Secretaría de Finanzas de "EL DISTRITO FEDERAL" para que éstas de conformidad con lo previsto en el artículo 9 del "PRESUPUESTO DE EGRESOS" y "LAS REGLAS", desarrollen y apliquen políticas públicas en materia de prevención social del delito con participación ciudadana.
Los recursos transferidos del "SUBSEMUN" son no regularizables, parcialmente concursables y no pierden el carácter federal al ser transferidos y por ello "EL DISTRITO FEDERAL" y "LAS DEMARCACIONES" liberan a "EL SECRETARIADO" de la obligación de ministrarlos en ejercicios fiscales subsecuentes, aun y cuando los requieran para complementar las acciones derivadas del presente "CONVENIO", o para cubrir cualquier otro concepto vinculado con el objeto del mismo, conforme lo previsto en el "PRESUPUESTO DE EGRESOS".
SEGUNDA. MONTOS Y DESTINOS DE GASTO DEL "SUBSEMUN".
De conformidad con el "PRESUPUESTO DE EGRESOS", el Acuerdo de Elegibilidad y "LAS REGLAS", "EL DISTRITO FEDERAL" y "LAS DEMARCACIONES" podrían recibir hasta las siguientes cantidades de los recursos del "SUBSEMUN":
Demarcación Territorial
Monto Total Federal
por Demarcación
Territorial
Monto Federal "EL
DISTRITO FEDERAL"
80%
MONTO FEDERAL "LAS
DEMARCACIONES" 20%
Alvaro Obregón
$18,301,086.00
$14,640,868.80
$3,660,217.20
Azcapotzalco
$15,082,490.00
$12,065,992.00
$3,016,498.00
Benito Juárez
$14,448,749.00
$11,558,999.20
$2,889,749.80
Coyoacán
$18,325,823.00
$14,660,658.40
$3,665,164.60
Cuajimalpa de Morelos
$10,037,277.00
$8,029,821.60
$2,007,455.40
Cuauhtémoc
$31,210,335.00
$24,968,268.00
$6,242,067.00
Gustavo A. Madero
$48,142,175.00
$38,513,740.00
$9,628,435.00
Iztacalco
$13,736,654.00
$10,989,323.20
$2,747,330.80
Iztapalapa
$77,794,756.00
$62,235,804.80
$15,558,951.20
La Magdalena Contreras
$10,041,411.00
$8,033,128.80
$2,008,282.20
Miguel Hidalgo
$15,128,155.00
$12,102,524.00
$3,025,631.00
Milpa Alta
$10,029,563.00
$8,023,650.40
$2,005,912.60
Tláhuac
$10,055,898.00
$8,044,718.40
$2,011,179.60
Tlalpan
$16,780,041.00
$13,424,032.80
$3,356,008.20
Venustiano Carranza
$17,904,492.00
$14,323,593.60
$3,580,898.40
Xochimilco
$12,981,095.00
$10,384,876.00
$2,596,219.00
 
A efecto de complementar los recursos necesarios para el cumplimiento del objeto del presente "CONVENIO", "EL DISTRITO FEDERAL" se obliga a aportar de sus recursos presupuestarios el 25 (VEINTICINCO) por ciento del total de los recursos federales otorgados, para quedar como sigue:
DEMARCACION DISTRITO FEDERAL
APORTACION DE "EL DISTRITO FEDERAL"
COPARTICIPACION 100%
Alvaro Obregón
$4,575,271.50
Azcapotzalco
$3,770,622.50
Benito Juárez
$3,612,187.25
Coyoacán
$4,581,455.75
Cuajimalpa de Morelos
$2,509,319.25
Cuauhtémoc
$7,802,583.75
Gustavo A. Madero
$12,035,543.75
Iztacalco
$3,434,163.50
Iztapalapa
$19,448,689.00
La Magdalena Contreras
$2,510,352.75
Miguel Hidalgo
$3,782,038.75
Milpa Alta
$2,507,390.75
Tláhuac
$2,513,974.50
Tlalpan
$4,195,010.25
Venustiano Carranza
$4,476,123.00
Xochimilco
$3,245,273.75
 
Los destinos de gasto, rubros, términos, plazos, cuadro de metas y montos, así como cronogramas de los recursos convenidos, se incluirán en el Anexo Técnico, el cual una vez firmado por los servidores públicos normativamente facultados formará parte integrante del presente "CONVENIO".
TERCERA. OBLIGACIONES DE "EL DISTRITO FEDERAL" Y "LAS DEMARCACIONES".
Además de las señaladas en "LAS REGLAS" y otras previstas en los ordenamientos jurídicos aplicables, las siguientes:
A. Cumplir con lo señalado en los artículos 8 y 9 del "PRESUPUESTO DE EGRESOS", la normativa en materia presupuestaria; de adquisiciones; de obra pública y de rendición de cuentas que corresponda a los distintos órdenes de gobierno, la "LEY GENERAL" y demás disposiciones aplicables;
B. Establecer cuentas bancarias productivas específicas para la administración de los recursos federales del "SUBSEMUN" que le sean transferidos y los de coparticipación, para efectos de su fiscalización;
C. Ejercer los recursos del "SUBSEMUN" para el objeto del presente "CONVENIO";
D. Registrar los recursos que por el "SUBSEMUN" reciban en sus respectivos presupuestos e informar para efectos de la cuenta pública local y demás informes previstos en la legislación local y federal;
E. Informar al Consejo Nacional de Seguridad Pública, a través de "EL SECRETARIADO" y al Consejo de
Seguridad Pública, sobre las acciones realizadas con base en el presente "CONVENIO";
F. Reportar trimestralmente al Consejo Nacional de Seguridad Pública, lo siguiente:
a) La información sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos con los recursos del "SUBSEMUN";
b) Las disponibilidades financieras del "SUBSEMUN" con las que cuente en su momento, y
c) El presupuesto comprometido, devengado y/o pagado correspondiente.
G. Incorporar en el sistema de información que opere "EL SECRETARIADO", la fecha en que recibieron los recursos del "SUBSEMUN", en la que éstos fueron finalmente ejercidos, así como los destinos y conceptos específicos en los cuales fueron aplicados;
H. Entregar a "EL SECRETARIADO" toda la información que solicite en los términos, plazos y formatos que al efecto establezca;
I. Reportar a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento, mediante la entrega de informes mensuales y trimestrales, el ejercicio, destino y resultados obtenidos con los recursos del "SUBSEMUN"; las disponibilidades financieras con las que en su caso cuenten, el presupuesto comprometido, devengado y/o pagado, y
J. Para transparentar el ejercicio de los recursos, "LOS BENEFICIARIOS" publicarán en su página de Internet, el avance en el ejercicio de los recursos que les fueron asignados.
CUARTA. OBLIGACIONES DE "EL DISTRITO FEDERAL".
Además de las señaladas en "LAS REGLAS" y otras previstas en los ordenamientos jurídicos aplicables, las siguientes:
A. Establecer una cuenta bancaria productiva específica para la administración de los recursos del "SUBSEMUN";
C. Registrar los recursos del "SUBSEMUN" en su presupuesto e informar para efectos de la cuenta pública local y demás informes previstos en la legislación local y federal;
D. Entregar a "EL SECRETARIADO" toda la información que les solicite en los términos, plazos y formatos que al efecto establezca, y
E. Realizar los actos jurídicos y administrativos correspondientes para comprometer los recursos de la primera ministración al cumplimiento de las evaluaciones de control de confianza.
QUINTA. TRANSFERENCIA DE LOS RECURSOS.
"EL SECRETARIADO" iniciará los trámites para la primera ministración en términos de la regla Vigésima Cuarta de "LAS REGLAS", la cual corresponderá al 40 (cuarenta) por ciento del monto total convenido y asciende a la cantidad de $136,000,000.00 (CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), previo cumplimiento de "LOS BENEFICIARIOS" a lo dispuesto por la regla Vigésima Cuarta, fracción II de dichas Reglas.
"LOS BENEFICIARIOS" solicitarán la segunda ministración a más tardar el 30 de junio de 2014, previo cumplimiento a lo establecido en la regla Vigésima Quinta de "LAS REGLAS", la cual corresponderá al 60 (sesenta) por ciento del monto total convenido y asciende a la cantidad de $204,000,000.00 (DOSCIENTOS CUATRO MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.).
SEXTA. OPERACION, FUNCIONAMIENTO Y SEGUIMIENTO.
La Dirección General de Vinculación y Seguimiento y el Secretario de Seguridad Pública a través de la Encargada de la Dirección General de Recursos Financieros, la C. María del Carmen Ramírez Jasso en el ámbito de su respectiva competencia, serán las unidades administrativas responsables de reportar la operación, funcionamiento y seguimiento del "SUBSEMUN".
En caso de que "EL DISTRITO FEDERAL" y "LAS DEMARCACIONES" incumplan con alguna de las obligaciones establecidas en el presente "CONVENIO" o su Anexo Técnico, se estarán a lo dispuesto por el Capítulo V de "LAS REGLAS".
SEPTIMA. RELACION LABORAL.
"LOS PARTICIPANTES" reconocen que el personal que comisionen o asignen para el desarrollo de las acciones que les correspondan en el cumplimiento del presente "CONVENIO", estará bajo la dirección y
responsabilidad directa del participante que lo haya comisionado o asignado; y por consiguiente, en ningún caso generará relaciones de carácter laboral, ni de patrón sustituto, intermediario o solidario, asumiendo cada uno de ellos la responsabilidad laboral que le sea propia.
OCTAVA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.
El cumplimiento de las obligaciones establecidas en "LAS REGLAS", el presente "CONVENIO" y su Anexo Técnico, serán suspendidas sin responsabilidad para "LOS PARTICIPANTES" cuando ocurra un caso fortuito o fuerza mayor, debidamente demostrado por la parte correspondiente. Dichas obligaciones podrán reanudarse en el momento que desaparezcan las causas que dieron origen a la suspensión.
NOVENA. JURISDICCION.
"LOS PARTICIPANTES" resolverán de común acuerdo, en el ámbito de sus respectivas competencias, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente "CONVENIO" y de su Anexo Técnico, de conformidad con las leyes federales.
Es voluntad de "LOS PARTICIPANTES" que los conflictos que se llegasen a presentar en relación con la interpretación, formalización y cumplimiento del presente "CONVENIO" y de su Anexo Técnico, serán resueltos de mutuo acuerdo. En el supuesto de que subsista discrepancia, "LOS PARTICIPANTES" están de acuerdo en someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes con residencia en la Ciudad de México, Distrito Federal.
______________________________
 

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