AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Tierra Santa, con una superficie aproximada de 400-00-00 hectáreas, Municipio de Ocozocoautla, Chis.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.
AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTA PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO TIERRA SANTA, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE OCOZOCOAUTLA, ESTADO DE CHIAPAS.
La Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, dependiente de la Dirección General de Ordenamiento y Regularización de la Secretaría de la Reforma Agraria, mediante oficio número 144759, de fecha 5 de agosto de 2004, expediente sin número, autorizó a la Representación Agraria para que comisionara perito deslindador, la cual con oficio número 2023, de fecha 12 de octubre de 2004, me ha autorizado para que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 160 de la Ley Agraria; 104, 107 y 108 del Reglamento de la misma en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, proceda al deslinde y medición del predio presuntamente propiedad nacional denominado Tierra Santa, con una superficie aproximada de 400-00-00 hectáreas, ubicado en el Municipio de Ocozocoautla, Estado de Chiapas, promovido por el C. Francisco Pérez López y otros, el cual cuenta con las siguientes colindancias:
AL NORTE: Tierras nacionales ocupadas por la comunidad Nuevo San Andrés
AL SUR: Poblado Monte Sinaí
AL ESTE: Ejido Alfredo V. Bonfil
AL OESTE: Ejido Luis Espinoza Municipio de Jiquipilas
Por lo que, en cumplimiento a lo establecido por los artículos 160 de la Ley Agraria y 108 del Reglamento de la misma en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, deberá publicarse, por una sola vez, en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Chiapas, en el periódico de información local El Sol de Chiapas, así como colocarse en los parajes más cercanos al mismo terreno, con el objeto de comunicar a las personas que se sientan afectadas en sus derechos por la realización de los trabajos de deslinde, a fin de que dentro del plazo de 30 días hábiles, a partir de la publicación del presente Aviso en el Diario Oficial de la Federación, ocurran ante el suscrito para exponer lo que a su derecho convenga, así como para presentar la documentación que fundamente su dicho. Para tal fin se encuentra a la vista de cualquier interesado el croquis correspondiente en las oficinas que ocupa la Representación Agraria, con domicilio en Palacio Federal 1er. piso, colonia Centro, de la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Estado de Chiapas.
A las personas que no presenten sus documentos dentro del plazo señalado, o que habiendo sido notificadas a presenciar el deslinde no concurran al mismo, se les tendrá como conformes con sus resultados.
Atentamente
Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 11 de noviembre de 2004.- El Perito Deslindador, José Vicente Nanga Suárez.- Rúbrica.
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