CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas y municipios, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con el proveedor Vigilancia Empresarial Privada Sureste, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática.- Area de Responsabilidades.- Expediente en sanción a licitantes y proveedores 48/2004.
OFICIO CIRCULAR No. 1.9.0.4/020/2005
Asunto: Se comunica inhabilitación.
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL A LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS REGULADOS POR LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, CON EL PROVEEDOR VIGILANCIA EMPRESARIAL PRIVADA SURESTE, S.A. DE C.V.
Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas y municipios. Presentes.
Con fundamento en los artículos 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de aplicación supletoria; 60 primer y penúltimo párrafo en relación con la fracción IV de dicho artículo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día cuatro de enero de dos mil; en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo segundo de la resolución de fecha veintitrés de mayo de dos mil cinco, que se dictó en el expediente número 048/2004, de sanción a licitantes y proveedores, en contra del licitante Vigilancia Empresarial Privada Sureste, S.A. de C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamiento y/o servicios, con dicha persona de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de tres meses.
En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con el mencionado infractor, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular.
Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando realicen adquisiciones, arrendamientos y/o requieran servicios, actuando con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Una vez transcurrido el plazo antes señalado, concluirán los efectos de la presente Circular sin que sea necesario algún otro comunicado.
Atentamente
Aguascalientes, Ags., a 23 de mayo de 2005.- El Titular del Area de Responsabilidades, Pablo Igartúa Méndez-Padilla.- Rúbrica.
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