DECLARATORIA de Emergencia para efectos de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN), por la presencia de bajas temperaturas y nevadas y sus posibles efectos en la salud de población ubicada en diversos municipios del Estado de Chihuahua.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.
DECLARATORIA DE EMERGENCIA PARA EFECTOS DE LAS REGLAS DE OPERACION DEL FONDO DE DESASTRES NATURALES (FONDEN), POR LA PRESENCIA DE BAJAS TEMPERATURAS Y NEVADAS Y SUS POSIBLES EFECTOS EN LA SALUD DE POBLACION UBICADA EN DIVERSOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.
MARIA DEL CARMEN SEGURA RANGEL, Coordinadora General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 12o. fracción IX y 29 al 37 de la Ley General de Protección Civil y el numeral 42 del Acuerdo que establece las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN), y
CONSIDERANDO
Que la Ley General de Protección Civil y el Acuerdo que establece las Reglas de Operación del FONDEN, así como los acuerdos modificatorios de este último publicados en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo, el 29 de febrero, el 30 de noviembre de 2000 y el 31 de marzo de 2001, respectivamente, precisan que ante la inminencia o alta probabilidad de que ocurra un desastre natural que ponga en riesgo la vida humana, y cuando la rapidez de la actuación por parte del Sistema Nacional de Protección Civil sea esencial, la Secretaría de Gobernación podrá emitir una Declaratoria de Emergencia con el fin de apoyar a la población que pudiera verse afectada, mediante acciones encaminadas a la protección de la vida y la salud humana, alimentación, suministro de agua y albergue temporal. Lo anterior como complemento de las acciones que deben llevarse a cabo por los gobiernos locales para la prevención y atención de desastres naturales.
Que con fecha 24 de diciembre de 2001, el Titular del Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED) emitió la Notificación Técnica número 27, en donde manifiesta que De acuerdo con los avisos emitidos por la Comisión Nacional del Agua, a través del Servicio Metereológico Nacional y del Centro Nacional de Comunicaciones (CENACOM), se ha detectado la presencia de bajas temperaturas y de nevadas en el norte del país, debidas a la presencia de sistemas invernales, tales como los frentes fríos y las masas de aire frío asociadas a estos últimos.
Casi la totalidad del Estado de Chihuahua ha sido especialmente afectada por la presencia de heladas y nevadas, las cuales han provocado dos muertos por hipotermia, 12 por intoxicación por gas butano y monóxido de carbono, y dos por quemaduras.
Por lo anterior, se establece la etapa de emergencia en el Estado de Chihuahua, en los municipios que vienen listados en el anexo técnico. Especialmente en los municipios de Madera, Gómez Farías, Temósachi, Matachi, Guerrero, Moris y Ocampo, se han tenido temperaturas por debajo de los 10ºC.
Por lo anterior, he tenido a bien expedir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA PARA EFECTOS DE LAS REGLAS DE OPERACION DEL FONDO DE DESASTRES NATURALES (FONDEN), POR LA PRESENCIA DE BAJAS TEMPERATURAS Y NEVADAS EN DIVERSOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, LOS CUALES HAN SIDO AFECTADOS EN SU POBLACION Y ACTIVIDADES PRODUCTIVAS
Artículo 1o.- Para efectos de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) y en particular para la utilización del Fondo Revolvente que tiene asignado la Secretaría de Gobernación, a través de la Coordinación General de Protección Civil, se declara en emergencia a los municipios de Ascensión, Juárez, Guadalupe, Práxedis G. Guerrero, Janos, Ahumada, Buenaventura, Nuevo Casas Grandes, Casas Grandes, Coyame, Ojinaga, Galeana, Ignacio Zaragoza, General Trías, Gran Morelos, Cusihiriachi, Moris, Ocampo, Saucillo, Delicias, Doctor Belisario Domínguez, Carichi, Satevo, San Francisco de Borja, Bocoyna, Uruachi, Madera, Chihuahua, Aldama, Namiquipa, Gómez Farías, Manuel Benavides, Riva Palacio, Temosachi, Cuauhtémoc, Bachiniva, Matachi, Guerrero, Julimes, Camargo, Aquiles Serdán, Rosales, Meoqui, Maguarichi, La Cruz, San Francisco de Conchos, Valle de Zaragoza, Nonoava, Jiménez, Allende, Rosario, Hidalgo del Parral, Huejotitán, Balleza, López, El Tule, San Francisco del Oro, Santa Bárbara, Coronado y Matamoros del Estado de Chihuahua, por la presencia de bajas temperaturas y nevadas y por los posibles efectos a la salud de la población ubicada en dicha entidad, a partir del lunes 24 de diciembre de 2001.
Artículo 2o.- La presente Declaratoria de Emergencia se expide a fin de prevenir a la población de los municipios mencionados, así como para acceder a los recursos del Fondo Revolvente que para el presente año tiene asignado la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar, se hará en los términos del numeral 60 de las Reglas de Operación del FONDEN, y con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La Declaratoria de Emergencia estará vigente hasta en tanto la Coordinación General de Protección Civil emita el aviso de término de la misma.
Artículo 5o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los diarios de mayor circulación en el Estado de Chihuahua, independientemente de que a través de los medios masivos de comunicación se indique a la población las medidas que deben tomar.
México, Distrito Federal, a veintiséis de diciembre de dos mil uno.- La Coordinadora General de Protección Civil, María del Carmen Segura Rangel.- Rúbrica.
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