Resolución por la que se modifica la autorización otorgada a General Hipotecaria, S.A. de C.V., para constituirse y operar como sociedad financiera de objeto limitado.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- 101.- 247.
RESOLUCION POR LA QUE SE MODIFICA LA AUTORIZACION OTORGADA A GENERAL HIPOTECARIA, S.A. DE C.V., PARA CONSTITUIRSE Y OPERAR COMO SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO.
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 6o. fracción XXXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, esta dependencia emite la siguiente
RESOLUCION
Se modifica el artículo tercero de la autorización otorgada a General Hipotecaria, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado, para quedar en los siguientes términos:
PRIMERO.- En uso de la facultad que le confiere el artículo 103 fracción IV de la Ley de Instituciones de Crédito, esta Secretaría autoriza la constitución y operación de una sociedad financiera de objeto limitado que se denominará General Hipotecaria, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado.
SEGUNDO.- El objeto de la sociedad será captar recursos provenientes de la colocación de instrumentos previamente calificados por una institución calificadora de valores, inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, para su posterior colocación en el mercado de valores, a través de intermediarios inscritos en la Sección de Intermediarios de dicho Registro, y mediante la obtención de créditos de entidades financieras del país y del extranjero, en los términos de las disposiciones legales aplicables, así como otorgar financiamientos al sector inmobiliario.
TERCERO.- El capital social de General Hipotecaria, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado, será variable.
El capital mínimo fijo sin derecho a retiro será de $23 614,009.00 (veintitrés millones seiscientos catorce mil nueve pesos 00/100), moneda nacional.
La parte variable del capital será ilimitada.
CUARTO.- El domicilio social de General Hipotecaria, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado, será la Ciudad de México, Distrito Federal.
QUINTO.- La autorización a que se refiere la presente Resolución es, por su propia naturaleza, intransmisible.
SEXTO.- En lo no señalado expresamente en esta Resolución, General Hipotecaria, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado, se ajustará en su constitución y funcionamiento a las disposiciones aplicables de la Ley de Instituciones de Crédito, a las reglas generales a que deberán sujetarse las sociedades a que se refiere la fracción IV del artículo 103 de la Ley de Instituciones de Crédito, y a los lineamientos que respecto a sus operaciones emita el Banco de México, así como a la inspección y vigilancia de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
TRANSITORIO
UNICO.- La presente Resolución surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 18 de febrero de 2000.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, José Angel Gurría.- Rúbrica.
(R.- 126250)
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