OFICIO mediante el cual se revoca la autorización otorgada a Paribas, de París, Francia, para mantener una oficina de representación en el país.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría Particular.- 101-1426.
Paribas
3, rue d Antin
75078, París, Francia.
Se hace referencia al escrito de fecha 23 de junio de 2000, mediante el cual informan que la fusión de Banque Nationale de Paris, en su carácter de fusionante y Paribas, en su carácter de fusionada, surtió efectos a partir del 23 de mayo de 2000.
Sobre el particular, en atención a la información recibida y a que las autorizaciones para el establecimiento de oficinas de representación, por su naturaleza jurídica, son instransmisibles, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 7o. de la Ley de Instituciones de Crédito, así como por las fracciones I y VI de la décima tercera de las Reglas Aplicables al Establecimiento y Operación de Oficinas de Representación de Entidades Financieras del Exterior, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo de 2000, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 6o. fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, después de escuchar las opiniones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y del Banco de México, esta dependencia resuelve:
UNICO.- Revocar la autorización que otorgó mediante oficio 305-I-A-31087 del 21 de agosto de 1972, a Paribas, de París, Francia, para mantener una oficina de representación en el país.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 31 de agosto de 2000.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Angel Gurría.- Rúbrica.
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