DECRETO por el que se declara de utilidad pública la construcción de la carretera México-Tuxpan, y del paso inferior vehicular en el tramo Pirámides-Límite de Estados, por lo que se expropian a favor de la Federación las superficies de 4,634.87, 151.46 y 4,683.90 metros cuadrados, ubicadas en distintos municipios del Estado de México.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo, de la propia Constitución; 22 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 2o. de la Ley de Vías Generales de Comunicación; 14 y 63, fracción II, de la Ley General de Bienes Nacionales; 1o., fracciones II y XII, 2o., 3o., 4o., 10, 19 y 20 de la Ley de Expropiación; 31, 36 y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, está llevando a cabo la adquisición de los terrenos necesarios para la construcción de la carretera México-Tuxpan, y su respectivo derecho de vía, así como del paso inferior vehicular en el tramo Pirámides-Límite de Estados, ubicados en los municipios de San Juan Teotihuacan y San Martín de las Pirámides, Estado de México;
Que la carretera de referencia es una vía general de comunicación que garantizará el desplazamiento más rápido y seguro de personas y bienes entre las diversas ciudades de los estados de Hidalgo, México y Veracruz, contribuirá a la modernización y desarrollo integral de la región y reducirá la distancia y el tiempo de recorrido entre la Ciudad de México y el Puerto de Tuxpan, Estado de Veracruz, uno de los principales puertos de altura de la República Mexicana;
Que el paso inferior vehicular es parte integrante de la vía a que se refiere el considerando que antecede; el cual reducirá el índice de accidentes y permitirá a los poblados aledaños a la misma, realizar con mayor seguridad sus actividades agrícolas y ganaderas, lo que justifica la utilidad pública para la adquisición de los terrenos que se mencionan en el considerando primero, y
Que para la atención de las necesidades de interés general, que deben ser satisfechas de manera prioritaria, el Gobierno Federal requiere adquirir las superficies necesarias mediante la expropiación correspondiente, cubriendo la indemnización a las personas que acrediten su legítimo derecho a las mismas, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO
ARTÍCULO PRIMERO.- Se declara de utilidad pública la construcción de la carretera México-Tuxpan, y del paso inferior vehicular en el tramo Pirámides-Límite de Estados, por lo que se expropian a favor de la Federación las siguientes superficies:
1.- La superficie de 4,634.87 metros cuadrados, destinada a la construcción de la carretera México-Tuxpan, ubicada en el Municipio de San Juan Teotihuacan, Estado de México, localizada entre los kilómetros 26+042.00 al 26+169.00, con origen de cadenamiento en el Entronque Ecatepec, Estado de México, y cuyos datos de localización son los siguientes:
Se inicia la poligonal de afectación en el vértice R119, ubicado a 30.00 m. a la derecha del eje de la carretera México-Tuxpan en el PST=26+042.00, continúa tangente de 80.95 m. y Rac=N 24º06 02 W hasta el vértice R125, continúa tangente de 61.15 m. y Rac=N 24º32 18 E hasta el vértice R126, continúa tangente de 21.67 m. y Rac=N 79º02 42 W hasta el vértice 127, continúa tangente de 9.05 m. y Rac=S 24º04 51 W hasta el vértice 129, continúa tangente de 39.00 m. y Rac=N 58º02 24 W hasta el vértice R128, ubicado a 30.00 m. a la izquierda del eje de la carretera México-Tuxpan en el PST=26+169.00, continúa tangente de 43.40 m. y Rac=S 24º11 09 W hasta el vértice R123, continúa tangente de 31.38 m. y Rac=S 59º02 48 E hasta el vértice R124, continúa tangente de 86.74 m. y Rac=S 15º25 49 W hasta el vértice R120, continúa tangente de 15.11 m. y Rac=S 63º45 13 W hasta el vértice R119, lugar donde cierra la poligonal de afectación.
La amplitud del derecho de vía es de 60.00 m. en forma constante, correspondiendo 30.00 m. a cada lado del eje del camino.
2.- La superficie de 151.46 metros cuadrados, destinada a la construcción del paso inferior vehicular, ubicado en el Municipio de San Martín de las Pirámides, Estado de México, localizada a la altura del kilómetro 27+405.00, con origen de cadenamiento en el Entronque Ecatepec, Estado de México, y cuyos datos de localización son los siguientes:
Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 9, ubicado a 80.00 m. a la derecha del eje de la carretera México-Tuxpan en el PST=27+405.00, continúa tangente de 62.16 m. y Rac=S 79º20 37 E hasta el vértice 10 , continúa tangente de 61.56 m. y Rac=N 74º48 13 W hasta el vértice 11 , continúa tangente de 4.93 m. y Rac=S 19º52 12 W hasta el vértice 9, lugar donde cierra la poligonal de afectación.
3.- La superficie de 4,683.90 metros cuadrados, destinada a la construcción de la carretera México-Tuxpan, ubicada en el Municipio de San Martín de las Pirámides, Estado de México, localizada entre los kilómetros 27+434.00 al 27+490.00, con origen de cadenamiento en el Entronque Ecatepec, Estado de México, y cuyos datos de localización son los siguientes:
Se inicia la poligonal de afectación en el vértice 5, ubicado a 30.00 m. a la izquierda del eje de la carretera México-Tuxpan en el PST=27+434.00, continúa tangente de 66.90 m. y Rac=S 89º42 31 E hasta el vértice 6, continúa tangente de 65.25 m. y Rac=S 73º36 35 E hasta el vértice 7, continúa tangente de 6.40 m. y Rac=N 20º14 15 E hasta el vértice 8, continúa tangente de 33.03 m. y Rac=N 66°21 28 W hasta el vértice 9, continúa tangente de 22.00 m. y Rac=N 70º13 06 W hasta el vértice 10, continúa tangente de 7.87 m. y Rac=N 79º30 02 W hasta el vértice 11, continúa tangente de 50.96 m. y Rac=N 30º48 11 E hasta el vértice 0, ubicado a 30.00 m. a la derecha del eje de la carretera México-Tuxpan en el PST=27+490.00, continúa tangente de 56.60 m. y Rac=N 83º04 50 W hasta el vértice 1, continúa tangente de 8.77 m. y Rac=N 70º52 14 W hasta el vértice 2, continúa tangente de 51.92 m. y Rac=S 30º57 08 W hasta el vértice 3, continúa tangente de 5.73 m. y Rac=S 71º28 45 W hasta el vértice 4, continúa tangente de 16.68 m. y Rac=S 08º32 27 W hasta el vértice 5, lugar donde cierra la poligonal de afectación.
La amplitud del derecho de vía es de 60.00 m. en forma constante, correspondiendo 30.00 m. a cada lado del eje del camino.
Los planos de las áreas a que se refiere el presente artículo están a disposición de los interesados en la Dirección General de Carreteras Federales de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La expropiación de los terrenos a que se refiere el artículo anterior incluye las construcciones e instalaciones que se encuentren en los propios terrenos y que formen parte de ellos.
ARTÍCULO TERCERO.- El Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, tomará posesión de las superficies expropiadas y las pondrá a disposición de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para destinarlas a las referidas obras.
ARTÍCULO CUARTO.- El Gobierno Federal, por conducto de la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales, fijará el monto de las indemnizaciones que deban cubrirse, en los términos de ley, a quienes acrediten su legítimo derecho.
ARTÍCULO QUINTO.- Una vez fijado el monto de las indemnizaciones y los términos de éstas, se procederá al pago de las mismas por conducto y con cargo al presupuesto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Notifíquese personalmente a los interesados. En caso de ignorarse el domicilio de los afectados, efectúese una segunda publicación para que surta efectos de notificación personal.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veinticinco días del mes de septiembre de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, José Ángel Gurría Treviño.- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Carlos Ruiz Sacristán.- Rúbrica.- El Secretario de Contraloría y Desarrollo Administrativo, Arsenio Farell Cubillas.- Rúbrica.
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