OFICIO mediante el cual se modifica la autorización otorgada a Fianzas Monterrey, S.A., por su conversión en una institución de fianzas filial.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Dirección General de Seguros y Valores.- 366-IV-DG-286/05.- 718.1/38474.
AUTORIZACIONES A INSTITUCIONES DE FIANZAS FILIALES DE INSTITUCIONES FINANCIERAS DEL EXTERIOR.- Se modifica la otorgada a esa sociedad, por su conversión en una institución de fianzas filial.
Fianzas Monterrey, S.A. Diagonal Santa Engracia No. 221-B Ote. Col. Lomas de San Francisco Monterrey, N.L., C.P. 64710.
En virtud de que con oficio 366-IV-2688/05 de esta misma fecha se les otorgó aprobación para reformar íntegramente sus estatutos sociales, entre las que destacan su conversión en una institución de fianzas filial de New York Life Insurance Company, de New York, de Estados Unidos de América, a través de New York Life Worldwide Capital, Inc., de Delaware, de Estados Unidos de América, en los términos acordados con el consentimiento unánime de sus accionistas tomado el 4 de octubre de 2005, fuera de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, cuya acta de consentimiento unánime de accionistas se contiene en el testimonio de la escritura número 5,860 de 7 del mismo mes, otorgada ante la fe del señor licenciado Jorge Salinas Garza, Notario Público número 103 de San Pedro Garza García, Nuevo León, esta Secretaría con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31, fracciones VIII y XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 5o., 15, fracción X y 15-C de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y 32 fracción, VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ha resuelto dictar el siguiente:
ACUERDO
Se modifican el proemio, los artículos primero, segundo, en su parte inicial y tercero primer párrafo y en su base III, manteniéndose sin cambio los artículos segundo bases I a V, tercero bases I y II y cuarto de la autorización otorgada mediante oficio 102-E-366-DGSV-I-C-a-4282 del 28 de diciembre de 1990, modificada mediante oficios 102-E-366-DGSV-I-C-a-3134 del 5 de octubre de 1993, 366-IV-7284 del 29 de noviembre de 1996, 366-IV-A-1084 del 12 de enero de 2000 y 366-IV-A-4950 del 4 de agosto de 2000, a Fianzas Monterrey, S.A., que la faculta para organizarse y funcionar como institución de fianzas, para quedar en la forma siguiente:
"AUTORIZACION QUE OTORGA EL GOBIERNO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO A FIANZAS MONTERREY, S.A., PARA ORGANIZARSE Y FUNCIONAR COMO INSTITUCION DE FIANZAS FILIAL DE NEW YORK LIFE INSURANCE COMPANY, DE NEW YORK, DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, A TRAVES DE NEW YORK LIFE WORLDWIDE CAPITAL, INC., DE DELAWARE, DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, EN LOS TERMINOS SIGUIENTES:
ARTICULO PRIMERO.- En uso de la facultad que al Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, confieren los artículos 5o. y 15-C de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, esta Secretaría autoriza a Fianzas Monterrey, S.A., para organizarse y funcionar como institución de fianzas filial de New York Life Insurance Company, de New York, de Estados Unidos de América, a través de New York Life Worldwide Capital, Inc., de Delaware, de Estados Unidos de América.
ARTICULO SEGUNDO.- La institución de fianzas filial está autorizada para practicar operaciones de fianzas, en los siguientes ramos y subramos:
I.- a V.-
ARTICULO TERCERO.- La institución de fianzas filial se sujetará a la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y demás normativa que derive de la misma, a la Ley General de Sociedades Mercantiles, en lo conducente, así como a las demás leyes que le sean aplicables y, en particular a lo siguiente:
I y II.-
III.- El domicilio social de la institución de fianzas filial será Monterrey, N.L.
"
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 22 de noviembre de 2005.- El Director General, José Antonio González Anaya.- Rúbrica.
(R.- 224687)
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Jueves 26 de enero de 2006
Jueves 26 de enero de 2006 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
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