LINEAMIENTOS para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación y reasignación de recursos para el ejercicio fiscal de 2006.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría de la Función Pública.- Subsecretaría de Egresos.- Oficio SP/100/0159/2006.- Oficio 801.1.- 070.
C.C. Oficiales mayores y equivalentes en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal Presentes.
Hacemos referencia a las disposiciones establecidas en los artículos 14 y 16 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 (PEF 06), relacionadas con la aplicación, ejercicio, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos federales que con cargo a sus presupuestos transfieran las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas, a través de convenios de coordinación y reasignación, para el cumplimiento de objetivos de programas federales.
Sobre el particular, con el propósito de coadyuvar al adecuado cumplimiento de las disposiciones invocadas, y con fundamento en los artículos 31 y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14 y 16 del PEF 06; 5o., 37, 38 y 41 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 3o. de su Reglamento; 7o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y 5o., fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, se emiten los Lineamientos para el Ejercicio Eficaz, Transparente, Agil y Eficiente de los Recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de Coordinación y Reasignación de Recursos para el Ejercicio Fiscal 2006, así como el Modelo de Convenio de Coordinación y Reasignación de Recursos para el Ejercicio Fiscal 2006, que se incluye como Anexo de dichos Lineamientos.
LINEAMIENTOS PARA EL EJERCICIO EFICAZ, TRANSPARENTE, AGIL Y EFICIENTE DE LOS RECURSOS QUE TRANSFIEREN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS MEDIANTE CONVENIOS DE COORDINACION Y REASIGNACION DE RECURSOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2006
I. Objeto
Precisar las disposiciones contenidas en los artículos 14 y 16 del PEF 06, relacionadas con la aplicación, ejercicio, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos que se transfieran a las entidades federativas para el cumplimiento de objetivos de programas federales, en el marco de convenios de coordinación y reasignación de recursos públicos federales, a efecto de lograr un ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los mismos.
II. Ambito de aplicación
Los presentes Lineamientos son de observancia obligatoria para las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal.
III. Definiciones
a) Convenios de coordinación y reasignación: Acto jurídico celebrado entre dependencias y/o entidades de la Administración Pública Federal con los gobiernos de las entidades federativas, que permite reasignar recursos presupuestarios con el propósito de transferir responsabilidades y, en su caso, recursos humanos y materiales, para el cumplimiento de objetivos de programas federales, conforme a lo establecido en el PEF 06, los presentes Lineamientos, el calendario aprobado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para la ministración de recursos y el Convenio Modelo a que se refiere el párrafo segundo del artículo 16 del PEF 06.
b) Eficacia: Cumplimiento de los objetivos y metas, con base en indicadores de resultados de los programas aprobados en el PEF 06, relacionados con la aplicación de los recursos presupuestarios transferidos por las dependencias y entidades a las entidades federativas, en el marco de los convenios de coordinación y reasignación.
c) Eficiencia: Ejercicio presupuestario en tiempo y forma, de los recursos transferidos por las dependencias y entidades a las entidades federativas, a través de convenios de coordinación y reasignación.
d) Transparencia: Acciones que permiten mantener informadas a la sociedad y a las instancias fiscalizadoras competentes, sobre todas las etapas relacionadas con la aplicación y los resultados alcanzados con los recursos federales transferidos a las entidades federativas, a través de convenios de coordinación y reasignación.
IV. Disposiciones Generales
1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del PEF 06, las dependencias y entidades que requieran suscribir convenios de coordinación y reasignación, deberán apegarse al Convenio Modelo previsto en el Anexo de los presentes Lineamientos, así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP, otorgada por la Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) competente, de la adecuación presupuestaria que la dependencia o entidad comunique mediante el oficio y mecanismos correspondientes, relacionados con la aportación de recursos presupuestarios en el marco de un convenio de coordinación y reasignación.
En los convenios de coordinación y reasignación de recursos federales, se deberá evitar comprometer recursos que excedan la capacidad financiera de las entidades federativas.
2. Los recursos que transfieran las dependencias y entidades a las entidades federativas para el cumplimiento de objetivos de programas federales, a través de convenios de coordinación y reasignación, no pierden el carácter federal.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12, último párrafo, del PEF 06, los recursos que transfieran las dependencias y entidades a las entidades federativas, se efectuará a través de la Tesorería de estas últimas, a la cuenta bancaria productiva específica que las mismas establezcan.
Con motivo de lo anterior, las entidades federativas estarán obligadas a establecer cuentas bancarias productivas específicas que permitan la identificación de los recursos otorgados y de sus rendimientos financieros, en su caso, para efectos de comprobar la aplicación y el ejercicio del gasto, en los términos de las disposiciones aplicables.
3. Una vez autorizada la aplicación de recursos y formalizado el convenio, las dependencias y entidades procederán a la ministración de recursos, conforme a los términos y el calendario previstos en el mismo, con cargo a sus presupuestos y de acuerdo con las disposiciones aplicables.
4. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales que se transfieran a las entidades federativas mediante convenios de coordinación y reasignación, estará a cargo de las dependencias y entidades que los suscriban, de la SHCP, la Secretaría de la Función Pública (SFP) y la Auditoría Superior de la Federación, en el ámbito de sus respectivas competencias.
5. En caso de que en los convenios de coordinación y reasignación se pacte la transferencia de recursos humanos y materiales, ésta deberá llevarse a cabo en términos de las disposiciones aplicables.
6. La interpretación y la resolución de los aspectos no previstos en estos Lineamientos, estará a cargo de la Unidad de Política y Control Presupuestario de la SHCP y de la Subsecretaría de Control y Auditoría de la Gestión Pública de la SFP, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Entrega ágil y oportuna de los recursos
7. Para dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 14, fracciones I y III, del PEF 06, la entrega y calendarización de los recursos deberá basarse en criterios de eficiencia, a fin de garantizar su aplicación oportuna, con base en la disponibilidad de recursos conforme al presupuesto aprobado, y atendiendo los requerimientos de las entidades federativas. La calendarización deberá ser congruente con la disponibilidad de recursos, con el calendario de gasto autorizado a las dependencias y entidades, y con la programación de metas y objetivos establecida en sus presupuestos.
8. La entrega de los recursos, con base en la calendarización, deberá ser oportuna, evitando, en la medida de lo posible, la reprogramación de las ministraciones. En todo caso, la dependencia o entidad deberá acordar con la entidad federativa dichas reprogramaciones.
Eficiencia y eficacia en la aplicación de los recursos
9. En el caso de la aplicación de los recursos, en el convenio de coordinación y reasignación se deberán precisar los objetivos y metas, con base en indicadores de resultados, que se prevén alcanzar mediante la aplicación de los recursos públicos federales. Asimismo, los objetivos y metas deberán ser congruentes con los programas federales autorizados en el presupuesto, que ejecuten o en los que participen las dependencias y entidades durante el ejercicio fiscal 2006.
10. Los recursos transferidos deberán ser aplicados y ejercidos exclusivamente en los destinos previstos en los respectivos convenios de coordinación y reasignación, conforme a las disposiciones aplicables.
11. Se deberán establecer indicadores de resultados expresamente asociados a los objetivos de los programas federales vinculados a los convenios de coordinación y reasignación, que sean congruentes con la metodología de elaboración de indicadores establecida en el oficio circular número 307-A-0511, de fecha 28 de junio de 2005, de la Unidad de Política y Control Presupuestario, relativo a las Normas y Lineamientos para las Actividades de la Etapa de Formulación de Estructuras Programáticas 2006, disponible en la página de Internet de la Subsecretaría de Egresos, en el sitio http://www.shcp.sse.gob.mx/Presupuesto de Egresos/Lineamientos y Normas/Oficio Circular 307-A.-0602 Lineamientos para la formulación del Anteproyecto de Presupuesto 2006 e instrumentos para la Integración.
12. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal serán responsables de dar seguimiento al cumplimiento de los objetivos y metas previstos en los convenios de coordinación y reasignación, así como de evaluar en forma trimestral los avances que se registren con base en indicadores de resultados; para lo cual deberán enviar copia de dicha evaluación a la SHCP, a través de la DGPyP (A o B, según corresponda) y a la SFP, por conducto de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social. Asimismo, en el marco de los convenios de coordinación y reasignación, deberán establecer y aplicar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los objetivos y metas mencionados.
13. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14, fracción VIII, del PEF 06, se deberán considerar las medidas o mecanismos que permitan afrontar contingencias en los programas y proyectos relacionados con los recursos reasignados, tales como disminución de ingresos, reducción, diferimiento o cancelación de programas, o cualquier otra que afecte los compromisos establecidos en el convenio respectivo. Ante la ocurrencia de tales eventualidades, las partes suscriptoras, de común acuerdo, realizarán las modificaciones que se justifiquen conforme a lo estipulado en el convenio de coordinación y reasignación.
14. En congruencia con lo dispuesto en el artículo 29, párrafo tercero del PEF 06, los recursos transferidos a las entidades federativas en el marco de los convenios de coordinación y reasignación y, en su caso, los rendimientos obtenidos, que por cualquier motivo no hayan sido devengados al 31 de diciembre de 2006, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio fiscal, conforme a las disposiciones aplicables.
La SHCP, por conducto de la Unidad de Política y Control Presupuestario, interpretará lo dispuesto en este numeral, en el ámbito de su competencia.
Transparencia en la aplicación de los recursos
15. Para efectos de la transparencia y rendición de cuentas, las dependencias y entidades deberán incluir en la Cuenta Pública y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, la información relativa a la aplicación de los recursos transferidos a las entidades federativas en el marco de los convenios de coordinación y reasignación. En particular, deberá considerarse la integración de información para la elaboración de los Informes sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública, en los términos del artículo 70, fracción XX, del PEF 06.
16. Las dependencias y entidades deberán publicar toda la información relativa a la aplicación y ejercicio de los recursos presupuestarios transferidos, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros, en su página de Internet, de conformidad con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
17. Las dependencias y entidades que suscriban convenios de coordinación y reasignación promoverán que las entidades federativas, conforme a sus propias disposiciones, informen a los congresos locales o equivalente en el Distrito Federal y a la sociedad, sobre la aplicación, ejercicio y resultados de los recursos federales transferidos mediante dichos convenios.
Reiteramos a ustedes la seguridad de nuestra consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 10 de marzo de 2006.- El Secretario de la Función Pública, Eduardo Romero Ramos.- Rúbrica.- El Subsecretario de Egresos, Carlos Hurtado López.- Rúbrica.
Anexo
MODELO DE CONVENIO DE COORDINACION Y REASIGNACION DE RECURSOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2006
CONVENIO DE COORDINACION Y REASIGNACION DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE____SECRETARIA/ENTIDAD A LA QUE ADELANTE SE LE DENOMINARA _________, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL C. ______________(CON LA PARTICIPACION DE LA DEPENDENCIA COORDINADORA DE SECTOR________________, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA ____________, REPRESENTADA POR SU TITULAR_____________), Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE _________ (EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL) AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA ENTIDAD FEDERATIVA, REPRESENTADA POR EL _________, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL (JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL), ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO (O SU EQUIVALENTE), EL SECRETARIO DE FINANZAS (O SU EQUIVALENTE), (EL SECRETARIO DEL RAMO O EL TITULAR DE LA INSTANCIA EJECUTORA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA)___________________, Y EL SECRETARIO DE CONTRALORIA (O SU EQUIVALENTE), CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y LAS CLAUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Entre los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, está el contribuir al logro de los objetivos de _______________.
II. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, dispone en el artículo 16, segundo párrafo, que las dependencias y entidades que requieran suscribir convenios de coordinación y reasignación, deberán apegarse al convenio modelo emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.
III. Asimismo, el Decreto invocado dispone que los convenios a que se refiere el antecedente anterior los celebrará el Ejecutivo Federal, por conducto de los titulares de las dependencias que reasignen los recursos presupuestarios, o de las entidades paraestatales, y de la respectiva dependencia coordinadora de sector, con los gobiernos de las entidades federativas.
IV. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) (A o B, según corresponda) de la SHCP, mediante oficio número_____ de fecha_______________, emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que__________(dependencia/entidad) reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado.
DECLARACIONES
I. De la _______________(dependencia):
1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y ______de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde _________________________.
(OPCIONAL PARA EL CASO DE QUE LA DEPENDENCIA PARTICIPE EN SU CARACTER DE COORDINADORA DE SECTOR:
3. Que en términos de los artículos 48 y 49 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le corresponde ejercer las funciones de coordinadora de sector de la ENTIDAD, motivo por el cual participa en este instrumento).
4. Que su titular tiene las facultades suficientes y necesarias que le permitan suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo___del Reglamento Interior de la ____________(dependencia).´
(OPCIONAL CUANDO PARTICIPE UNA ENTIDAD PARAESTATAL EN CUYO CASO LA DEPENDENCIA A QUE SE REFIERE LA DECLARACION ANTERIOR ACTUARA EN SU CARACTER DE COORDINADORA SECTORIAL:
De la ________(entidad)
1. Que es __________(organismo descentralizado/empresa de participación estatal mayoritaria/fideicomiso público) denominada(o) _____________, constituida(o) conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con _________ (instrumento de creación).
2. Que su objeto es _____________.
3. Que su titular tiene las facultades necesarias y suficientes que le permiten suscribir en nombre de la entidad paraestatal el presente Convenio, de conformidad con ________).
II. De la ENTIDAD FEDERATIVA:
1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es un Estado Libre y Soberano, que forma parte integrante de la Federación, según los principios de la Ley Fundamental y lo establecido por la Constitución Política del Estado de _________y por la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de ________.
(PARA EL CASO DEL DISTRITO FEDERAL:
1. Que en términos de los artículos 40, 43, 44 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es la sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos, que forma parte integrante de la Federación, según los principios de la Ley Fundamental y lo establecido por el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal).
2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador de la ENTIDAD FEDERATIVA [Jefe de Gobierno del Distrito Federal], quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos ____ de la Constitución Política del Estado de ______ [Estatuto Orgánico del Distrito Federal] y ______ de la Ley Orgánica de la Administración Pública del _____ y demás disposiciones locales aplicables.
3. Que de conformidad con los artículos ____ de la Ley _____ (legislación local), este Convenio es también suscrito por los secretarios General de Gobierno (o su equivalente), de Finanzas (o su equivalente), de _______ (secretario o titular de la instancia ejecutora en la ENTIDAD FEDERATIVA según la materia del Convenio) y por el de Contraloría (o su equivalente).
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26, y ___ de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44 de la Ley de Planeación; ___ de la Ley de ________________ (Ley Federal según la materia); 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 12, último párrafo, 14 y 16 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006; así como en los artículos _______________ de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de ____________ [Estatuto Orgánico del Distrito Federal] y los artículos _________________ de la Ley Orgánica de la Administración Pública del _______, y demás disposiciones legales aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte del mismo, tienen por objeto reasignar recursos federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de ___________________, transferir a aquélla responsabilidades (y, en su caso, recursos humanos y materiales); [determinar la aportación de la ENTIDAD FEDERATIVA para el ejercicio fiscal 2006]; la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen la ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal, y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.
Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal [y las aportaciones de la ENTIDAD FEDERATIVA] a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al (los) programa(s) y hasta por los importes que a continuación se mencionan:
PROGRAMA(S) IMPORTE
El (los) programa(s) a que se refiere el párrafo anterior se prevé(n) en forma detallada en el Anexo 1, el cual forma parte integrante del presente instrumento.
Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, las partes se sujetarán a lo previsto en este Convenio, a los anexos que forman parte integrante del mismo, así como a los Lineamientos para el Ejercicio Eficaz, Transparente, Agil y Eficiente de los Recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante Convenios de Coordinación y Reasignación de Recursos para el Ejercicio Fiscal de 2006, emitidos por la SHCP y la SFP [y, en su caso, a las disposiciones específicas del (los) programa(s)].
SEGUNDA.- REASIGNACION [Y APORTACION(ES)].- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, el Ejecutivo Federal reasignará a la ENTIDAD FEDERATIVA recursos federales hasta por la cantidad de $_________ (___________________ pesos __/100 M.N.) con cargo al presupuesto de _______ (dependencia / entidad), de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo ______ de este Convenio. Dichos recursos, conforme a los artículos 12, último párrafo, y 14, fracción IX, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, se radicarán, a través de la Tesorería (o su equivalente) de la ENTIDAD FEDERATIVA, en la cuenta bancaria productiva específica que se establezca por la ENTIDAD FEDERATIVA, previamente a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que esta última determine, informando de ello a la dependencia/entidad.
Los recursos federales que se reasignen en los términos de este Convenio no pierden su carácter federal.
[OPCIONAL PARA EL CASO DE QUE LA ENTIDAD FEDERATIVA APORTE RECURSOS:
Por su parte, a efecto de complementar los recursos necesarios para el cumplimiento de los fines del presente Convenio, la ENTIDAD FEDERATIVA se obliga a destinar de sus recursos presupuestarios [especificar, en su caso, las fuentes de recursos o potestades de recaudación de ingresos por parte de la ENTIDAD FEDERATIVA que complementen los recursos reasignados] por la cantidad de $_______ (__________________pesos __/100 M.N.), conforme a los plazos y calendario establecidos que se incluyen como Anexo ___ del presente instrumento, los cuales deberán destinarse al (los) programa(s) previsto(s) en la cláusula primera del mismo.
En caso de que se registren aportaciones adicionales a las de la ENTIDAD FEDERATIVA provenientes de los municipios y/o de los sectores privado o social, se deberán señalar los montos y la ENTIDAD FEDERATIVA deberá presentarlos de forma desglosada, como anexo(s) del presente Convenio].
Para la identificación de los recursos que otorgue cada aportante y de los rendimientos financieros que se obtengan, se procurará establecer una subcuenta productiva específica.
Con el objeto de que la distribución de los recursos reasignados a la ENTIDAD FEDERATIVA sea transparente, y a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 14, fracción II, y 16, tercer párrafo, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, se deberán observar los criterios que aseguren transparencia en la distribución, aplicación y comprobación de los recursos:
PARAMETROS: ___________________________________________________________
TERCERA.- OBJETIVOS, METAS E INDICADORES.- Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal [y las aportaciones de la ENTIDAD FEDERATIVA,] a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio se aplicarán al (los) programa (s) a que se refiere la cláusula primera del mismo, el (los) cual(es) tendrán los objetivos, metas e indicadores que a continuación se mencionan:
OBJETIVOS METAS INDICADORES
[OPCIONAL: CUARTA.- REASIGNACION DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES.- Con motivo de la reasignación de recursos y transferencia de responsabilidades que se origina por el presente Convenio, las partes acuerdan, en el ámbito de su competencia y en términos de las disposiciones aplicables, realizar y gestionar ante las instancias conducentes las acciones para llevar a cabo la transferencia de los recursos humanos y materiales consistentes en _____________
Las condiciones para la reasignación de los recursos a que se refiere esta cláusula serán las siguientes: ____________.]
QUINTA.- APLICACION.- Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal [y las aportaciones de la ENTIDAD FEDERATIVA,] a que alude la cláusula segunda de este instrumento, se destinarán en forma exclusiva a_______________________; observando lo dispuesto en los artículos 14 y 16 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006.
Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, sea de capital o corriente.
Los recursos que se reasignen, una vez devengados y conforme avance el ejercicio, deberán ser registrados contablemente de acuerdo con las disposiciones legales aplicables y se rendirán en la Cuenta de la Hacienda Pública de la ENTIDAD FEDERATIVA, sin que por ello pierdan su carácter federal.
Los rendimientos financieros que generen los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, deberán destinarse al (los) programa(s) previsto(s) en la cláusula primera del mismo.
SEXTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Para los gastos administrativos que resulten de la ejecución del (los) programa (s) previsto (s) en la cláusula primera, se podrá destinar hasta un _____ por ciento del total de los recursos aportados por las partes.
SEPTIMA.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD FEDERATIVA.- La ENTIDAD FEDERATIVA se obliga a:
[OPCIONAL I. Aportar los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, en los términos y plazos previstos en los anexos.]
II. Aplicar los recursos a que se refiere la cláusula segunda de este instrumento en el (los) programa(s) establecido(s) en la cláusula primera del mismo, sujetándose a los objetivos, metas e indicadores previstos en la cláusula tercera de este instrumento.
III. Definir sus prioridades, con el fin de alcanzar los objetivos que pretende lograr, a través del presente Convenio.
[OPCIONAL: IV. Suscribir los acuerdos de coordinación o anexos de ejecución con el (los) municipio(s), de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley de Planeación.]
V. Responsabilizarse, a través de su Secretaría de Finanzas [o equivalente], de: administrar los recursos federales radicados únicamente en la cuenta bancaria productiva específica señalada en la cláusula segunda, por lo que no podrán traspasarse tales recursos a otras cuentas; efectuar las ministraciones oportunamente para la ejecución del (los) programa(s) previsto(s) en este instrumento; recabar la documentación comprobatoria de las erogaciones; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta de la Hacienda Pública local conforme sean devengados y ejercidos los recursos, respectivamente, así como dar cumplimiento a las demás disposiciones federales aplicables en la administración de dichos recursos, en corresponsabilidad con la dependencia ejecutora local.
VI. Entregar mensualmente a _____ (dependencia / entidad), por conducto de la Secretaría de Finanzas (o su equivalente), la relación detallada sobre las erogaciones del gasto elaborada por la(s) instancia(s) ejecutora(s) y validada por la propia Secretaría de Finanzas (o su equivalente). Asimismo, la ENTIDAD FEDERATIVA, a través de la Secretaría de Finanzas (o su equivalente) se compromete a mantener bajo su custodia la documentación comprobatoria original del gasto, hasta en tanto la misma le sea requerida por la _______ (dependencia / entidad), de conformidad con lo establecido en los artículos 11, tercer párrafo, y 16 primer párrafo, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006.
La documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales objeto de este Convenio, deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables.
VII. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al (los) programa(s) a que hace referencia la cláusula primera de este Convenio, en un plazo no mayor a ___ días naturales, contados a partir de la formalización de este instrumento.
VIII. Observar las disposiciones legales federales aplicables a las obras públicas y a los servicios relacionados con las mismas, así como a las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza que se efectúen con los recursos señalados en la cláusula segunda del presente Convenio.
IX. Evitar comprometer recursos que excedan la capacidad financiera de la ENTIDAD FEDERATIVA, para la realización del (los) programa(s) previsto(s) en este instrumento.
X. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización del (los) programa(s) previsto(s) en este instrumento.
XI. Informar, a los 15 días hábiles siguientes a la terminación del trimestre de que se trate, a la ________ (dependencia/entidad) [sobre las aportaciones que realice, así como] del avance programático presupuestario y físico financiero del (los) programa(s) previsto(s) en este instrumento.
XII. Evaluar trimestralmente, en coordinación con ______ (dependencia/entidad) el avance en el cumplimiento de objetivos, metas e indicadores previstos en la cláusula tercera, así como el impacto de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento.
XIII. Proporcionar la información y documentación que en relación con los recursos a que se refiere la cláusula segunda requieran los órganos de control y fiscalización federales y estatales facultados, y permitir a éstos las visitas de inspección que en ejercicio de sus respectivas atribuciones lleven a cabo.
XIV. Presentar a _____ (dependencia/entidad), y por conducto de ésta a la SHCP, a través de la DGPyP (A o B, según corresponda), y directamente a la SFP, por conducto de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, a más tardar el último día hábil de febrero de 2007, el cierre de ejercicio de las operaciones realizadas, conciliaciones bancarias, recursos ejercidos, en su caso, con el desglose a que se refiere la cláusula segunda, así como el nivel de cumplimiento de los objetivos y las metas alcanzadas en el ejercicio 2006.
OCTAVA.- OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL.- El Ejecutivo Federal, a través de ______ (dependencia/entidad), se obliga a:
I. Reasignar los recursos a que se refiere la cláusula segunda, párrafo primero, del presente Convenio de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo ___ de este instrumento.
II. Comprobar los gastos en los términos de las disposiciones aplicables, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11, tercer párrafo, y 16 primer párrafo del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006.
III. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.
IV. Evaluar trimestralmente, en coordinación con la ENTIDAD FEDERATIVA, el avance en el cumplimiento de objetivos, metas e indicadores previstos en la cláusula tercera, así como el impacto de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento. El resultado de dichas evaluaciones se informará con la misma periodicidad a la SHCP, a través de la DGPyP (A o B, según corresponda) y a la SFP, por conducto de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social.
V. Informar trimestralmente a la SHCP, a través de la DGPyP (A o B, según corresponda) y a la SFP, por conducto de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, sobre los recursos reasignados a la ENTIDAD FEDERATIVA, en el marco del presente Convenio, en su caso, sobre las aportaciones que ésta realice, así como del avance programático-presupuestario y físico-financiero del (los) programa(s) previsto(s) en este instrumento.
VI. Remitir a la SHCP, a través de la DGPyP (A o B, según corresponda), copia certificada del presente Convenio.
NOVENA.- RECURSOS HUMANOS.- Los recursos humanos que requiera cada una de las partes para la ejecución del objeto del presente Convenio, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y la otra parte, por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios.
DECIMA.- CONTROL, VIGILANCIA Y EVALUACION.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio corresponderá a ______ (dependencia/ entidad), a la SHCP, a la SFP, y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización Superior de la Federación y demás disposiciones aplicables; sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que, en coordinación con la SFP, realice el órgano de control de la ENTIDAD FEDERATIVA.
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que, en su caso, incurran los servidores públicos, federales o locales, así como los particulares, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DECIMA PRIMERA.- VERIFICACION.- Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, la ______ (dependencia/entidad) y la ENTIDAD FEDERATIVA se comprometen a revisar periódicamente su contenido, así como adoptar las medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requerida para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos.
Las partes convienen que la ENTIDAD FEDERATIVA destine una cantidad equivalente al uno al millar del monto total de los recursos reasignados y aportados en efectivo, a favor de la Contraloría del Ejecutivo estatal (o su equivalente) para que realice la vigilancia, inspección, control y evaluación de las obras y acciones ejecutadas por administración directa con esos recursos; dicha cantidad será ejercida conforme a los lineamientos que emita la SFP. La ministración correspondiente se hará conforme a los plazos y calendario programados para el ejercicio de los recursos reasignados, para lo que del total de estos recursos se restará hasta el uno al millar, y la diferencia se aplicará a las acciones que se detallan en los anexos __________ de este documento. Para el caso de las obras públicas ejecutadas por contrato, aplicará lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos.
Las partes convienen en que la SFP podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de la ENTIDAD FEDERATIVA, en los términos del presente instrumento.
En los términos establecidos en el artículo 14, fracciones X y XI, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, las partes convienen que la ENTIDAD FEDERATIVA destine el equivalente al uno al millar del monto total de los recursos reasignados, a favor del órgano técnico de fiscalización de la legislatura de la ENTIDAD FEDERATIVA.
DECIMA SEGUNDA.- SUSPENSION DE LA REASIGNACION DE RECURSOS.- El Ejecutivo Federal, por conducto de la ______ (dependencia/entidad), previa opinión de la SHCP, a través de la DGPyP (A o B, según corresponda), y/o recomendación de la SFP, por conducto de la Dirección General de Operación Regional y Contraloría Social, y previo informe que se realice a la Auditoría Superior de la Federación y de la opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, de conformidad con el artículo 11, quinto párrafo, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, podrá suspender la reasignación de recursos federales a la ENTIDAD FEDERATIVA, cuando se determine que los mismos se destinaron a fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas, previa audiencia a la ENTIDAD FEDERATIVA, en los términos del artículo 44 de la Ley de Planeación.
DECIMA TERCERA.- RECURSOS FEDERALES NO DEVENGADOS.- Las partes acuerdan que los saldos disponibles de los recursos federales en la cuenta bancaria productiva específica a que se refiere la cláusula segunda de este Convenio, incluyendo los rendimientos financieros generados, que no se encuentren devengados al 31 de diciembre del 2006, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación, en un plazo de 15 días naturales.
DECIMA CUARTA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO.- Las partes acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, con apego a las disposiciones legales aplicables. Las modificaciones al Convenio deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el Organo de Difusión Oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización.
En caso de contingencias para la realización del (los) programa(s) previsto(s) en este instrumento, ambas partes acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente.
DECIMA QUINTA.- INTERPRETACION, JURISDICCION Y COMPETENCIA.- Las partes manifiestan su conformidad para interpretar, en el ámbito de sus respectivas competencias, y resolver de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio, así como a sujetar todo lo no previsto en el mismo a las disposiciones aplicables del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006 y demás ordenamientos que resulten aplicables.
De las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio conocerá la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
DECIMA SEXTA.- VIGENCIA.- El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción, y hasta el 31 de diciembre del 2006, con excepción de lo previsto en la fracción XIV de la cláusula séptima, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA, dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización, de conformidad con el cuarto párrafo del artículo 16 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006.
DECIMA SEPTIMA.- TERMINACION ANTICIPADA.- Las partes acuerdan que podrá darse por terminado de manera anticipada el presente Convenio, cuando se presente alguna de las siguientes causas:
I. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado.
II. Por acuerdo de las partes.
III. Por rescisión:
1. Por destinar los recursos federales a fines distintos a los previstos en el presente Convenio por parte de la ENTIDAD FEDERATIVA, en cuyo caso los recursos deberán reintegrarse a la Tesorería de la Federación dentro del plazo establecido al efecto en las disposiciones aplicables.
2. Por el incumplimiento de las obligaciones contraídas.
IV. Por caso fortuito o fuerza mayor.
DECIMA OCTAVA.- DIFUSION.- El Ejecutivo Federal, a través de la ______ (dependencia/entidad) conforme a lo dispuesto en los artículos 68 y 69 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, y en los artículos 7 y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, hará públicos el (los) programa(s) o proyectos financiados con los recursos a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, incluyendo sus avances físico-financieros. La ENTIDAD FEDERATIVA se compromete, por su parte, a difundir al interior de la misma dicha información.
DECIMA NOVENA.- DOMICILIOS.- Para todos los efectos derivados del presente Convenio, especialmente para avisos y notificaciones, la ______ (dependencia / entidad) y la ENTIDAD FEDERATIVA señalan como sus domicilios los siguientes:
LA DEPENDENCIA (por sí o en su carácter de coordinadora de sector) __________________________________________ | LA ENTIDAD FEDERATIVA __________________________________________ |
LA ENTIDAD PARAESTATAL (en su caso) __________________________________________ | |
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman a los ______días del mes de ____ del año dos mil seis.
POR EL EJECUTIVO FEDERAL EL SECRETARIO DE _____________________________ | POR EL EJECUTIVO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA DE _______________________________________________ |
| EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL [JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL] _______________________________________________ |
TITULAR DE LA ENTIDAD (EN SU CASO) _______________________________________________ | EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO (O SU EQUIVALENTE) _______________________________________________ |
| EL SECRETARIO DE FINANZAS (O SU EQUIVALENTE) _______________________________________________ |
| EL SECRETARIO DEL RAMO O EL TITULAR DE LA INSTANCIA EJECUTORA EN LA ENTIDAD FEDERATIVA _______________________________________________ |
| EL SECRETARIO DE LA CONTRALORIA ESTATAL (O SU EQUIVALENTE) ______________________________________________ |
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