DOF: 20/03/2006

AVISO de Término de la Emergencia por la presencia de fríos intensos en 16 municipios del Estado de Zacatecas.  
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

  ARTURO VILCHIS ESQUIVEL, Encargado del Despacho de la Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 12, fracción IX de la Ley General de Protección Civil; 10, fracciones XVIII y XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; y el artículo 11, fracción II del Acuerdo que establece los Lineamientos para emitir las declaratorias de emergencia y la utilización del Fondo Revolvente (LINEAMIENTOS), y

CONSIDERANDO

  Que el día 2 de enero de 2006 se emitió Boletín de Prensa número 01/06, mediante el cual la Coordinación General de Protección Civil declaró en emergencia a los municipios de Cañitas de Felipe Pescador, Calera, General Enrique Estrada, Guadalupe, Jerez, Loreto, Morelos, Noria de Angeles, Saín Alto, Tlaltenango de Sánchez Román, Trancoso, Villa de Cos, Villa García, Villa González Ortega, Villa Hidalgo y Zacatecas del Estado de Zacatecas, afectados por la presencia de Fríos Intensos, con lo que se activaron los recursos del Fondo Revolvente del Fondo de Desastres Naturales para dar la atención inmediata a la población damnificada, misma que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 13 de enero de 2006.

  Que con fundamento en el artículo 11, fracción I de los LINEAMIENTOS, la Dirección General de Protección Civil, mediante oficio número DGPC/091/06 de fecha 3 de marzo de 2006, dictaminó que la Declaratoria de Emergencia en comento finalice, toda vez que los efectos del fenómeno hidrometeorológico que dio origen a la presente han disminuido y la situación anormal generada por la calamidad se ha retrotraído hasta niveles de aceptabilidad, lo que consecuentemente nos permite ver que se ha agotado la necesidad de que subsistan los efectos protectores de la Declaratoria de Emergencia.

  Que tomando en cuenta lo anterior, con fecha 6 de marzo de 2006, se emitió Boletín de Prensa número 72/06, mediante el cual la Coordinación General de Protección Civil da a conocer el Aviso de Término de la Emergencia respecto a los municipios de Cañitas de Felipe Pescador, Calera, General Enrique Estrada, Guadalupe, Jerez, Loreto, Morelos, Noria de Angeles, Saín Alto, Tlaltenango de Sánchez Román, Trancoso, Villa de Cos, Villa García, Villa González Ortega, Villa Hidalgo y Zacatecas del Estado de Zacatecas, por lo que se determinó procedente expedir el siguiente:

AVISO DE TERMINO DE LA EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE FRIOS INTENSOS EN 16 MUNICIPIOS DEL ESTADO DE ZACATECAS

  Artículo 1o.- De conformidad con el Boletín de Prensa número 72/06 de fecha 6 de marzo de 2006 y el artículo 11, fracción II de los LINEAMIENTOS se da por concluida la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Cañitas de Felipe Pescador, Calera, General Enrique Estrada, Guadalupe, Jerez, Loreto, Morelos, Noria de Angeles, Saín Alto, Tlaltenango de Sánchez Román, Trancoso, Villa de Cos, Villa García, Villa González Ortega, Villa Hidalgo y Zacatecas del Estado de Zacatecas.

  Artículo 2o.- El presente Aviso de Término de Emergencia se publicará en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con los artículos 37 de la Ley General de Protección Civil y 11, fracción II de los LINEAMIENTOS.

  México, Distrito Federal, a siete de marzo de dos mil seis.- El Encargado del Despacho de la Coordinación General de Protección Civil, Arturo Vilchis Esquivel.- Rúbrica.

     

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