CONVOCATORIA de venta y bases de licitación para la adquisición en paquete de las marcas y unidades industriales propiedad de Maíz Industrializado Conasupo, S.A. de C.V. (MICONSA) ubicadas en diversos Estados de la República, denominado conjuntamente El Paquete.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público expide la siguiente:
CONVOCATORIA Y BASES DE LICITACION PARA LA ADQUISICION EN PAQUETE DE LAS MARCAS Y UNIDADES INDUSTRIALES PROPIEDAD DE MAIZ INDUSTRIALIZADO CONASUPO S.A. DE C.V. (en adelante MICONSA), UBICADAS EN ARRIAGA, CHIAPAS; GUADALAJARA, JALISCO; JALTIPAN, VERACRUZ; LOS MOCHIS, SINALOA; y TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXICO, EN LO SUCESIVO DENOMINADO CONJUNTAMENTE COMO EL "PAQUETE".
De conformidad con el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; con fundamento en los artículos 32 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 5o. y 6o. de su Reglamento; como consecuencia del proceso de desincorporación de las Unidades Industriales y Marcas de MICONSA iniciado por el Gobierno Federal de acuerdo con la Convocatoria y Bases para el Registro, publicadas en los diarios de mayor circulación nacional y local los días 30 y 31 de marzo y 1o. y 2 de abril de 1993, y en términos de la resolución adoptada por la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento en sesión celebrada el 16 de junio de 1993, la Unidad de Desincorporación de Entidades Paraestatales de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
CONVOCA
A los GRUPOS CALIFICADOS en la etapa de Registro a participar en el proceso de LICITACION del "PAQUETE", de acuerdo con las siguientes:
BASES DE LICITACION
1.- OBJETO
Será objeto de LICITACION el patrimonio de la totalidad del "PAQUETE" el cual está integrado por los siguientes conceptos en cada una de las Unidades Industriales (en adelante "UNIDADES") y Marcas, propiedad de MICONSA:
1.1. Activo Fijo (bienes muebles e inmuebles);
1.2. Activo Circulante (cuentas por cobrar; inventarios de materias primas; insumos; productos en proceso; productos terminados; refacciones; materiales indirectos; etc.);
1.3. Pasivo Circulante (proveedores; documentos por pagar; acreedores diversos; anticipo a clientes; etc.); y
1.4. MARCAS Registradas: MINSA; MINSA ARRIAGA; MINSA GUADALAJARA; MINSA JALTIPAN; MINSA LOS MOCHIS y MINSA TLALNEPANTLA, (en adelante las "MARCAS").
2.- CONDICIONES PREVIAS A LA LICITACION.
2.1. Sólo podrán participar los GRUPOS interesados que hayan obtenido la respectiva CONSTANCIA DE CALIFICACION (en adelante "CONSTANCIA") emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (en adelante "SHCP"), de conformidad con los acuerdos adoptados por la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento en su sesión el 16 de junio de 1993.
2.2. Los GRUPOS CALIFICADOS participarán en la presente LICITACION en los términos y condiciones contenidas en su respectiva "CONSTANCIA" y se obligan a cumplir íntegramente con las presentes BASES DE LICITACION.
2.3. De conformidad con lo señalado en el párrafo cuarto del numeral 7 de las Bases de Registro, por su naturaleza la "CONSTANCIA" será intransmisible y los términos y condiciones de la misma sólo podrán ser modificados por la Unidad de Desincorporación de Entidades Paraestatales de la "SHCP" previo acuerdo de la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento.
2.4. La "CONSTANCIA" quedará sin efectos en el supuesto de que el GRUPO CALIFICADO llegare a realizar cualquier acto contrario a lo previsto en la misma.
3. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACION.
3.1. Cada GRUPO CALIFICADO deberá acreditar o, en su caso entregar del 19 de julio al 18 de agosto de 1993, a Multibanco COMERMEX, S.A. en su carácter de Banco Agente designado por la "SHCP" (en adelante "COMERMEX") lo siguiente:
3.1.1. Copia de la "CONSTANCIA",
3.1.2. Comunicación que indique la forma societaria mediante la cual participará en la LICITACION por el "PAQUETE", de conformidad con los términos y opciones que se le hayan indicado en la respectiva "CONSTANCIA". Si al 18 de agosto de 1993 no se hubiese presentado esta comunicación, la "CONSTANCIA" quedará sin efecto;
3.1.3. Compromiso de absoluta confidencialidad durante todo el proceso de LICITACION, según el modelo que para ello les será entregado;
3.1.4. Haber constituido en la División Fiduciaria de "COMERMEX", entre el 19 y 30 de julio de 1993, un depósito irrevocable de N$ 3'100,000 (tres millones cien mil nuevos pesos 00/100 M.N.); y
3.1.5. Documento en el que se ratifique el compromiso asumido desde la etapa de REGISTRO en el sentido de mantener la misma integración del GRUPO CALIFICADO hasta que por lo menos, se haya efectuado la escrituración de las "UNIDADES" en caso de resultar ganador de la LICITACION del "PAQUETE".
3.2. Cada GRUPO CALIFICADO deberá obtener por su cuenta y orden la resolución de la Comisión Federal de Competencia a que se refieren los artículos 20, 21 y 22 de la Ley Federal de Competencia Económica. Resolución que le permitirá presentar su oferta por el "PAQUETE" y en su caso, suscribir los contratos de compraventa respectivos. Esta resolución deberá presentarse a más tardar con dos días hábiles de antelación a la fecha fijada para la recepción de ofertas que se indica en el numeral 7 siguiente.
3.3. Para tener derecho a presentar sus fertas de compra y con el objeto de garantizar la seriedad de las mismas, cada GRUPO CALIFICADO deberá incrementar el depósito señalado en el numeral 3.1.4. anterior a N$ 20'000,000.00 (veinte millones e nuevos pesos 00/100 M.N.), a más tardar el 10 de septiembre de 1993 (en lo sucesivo el "DEPOSITO").
Si algún GRUPO CALIFICADO no incrementa el monto del "DEPOSITO" en los términos del párrafo anterior, se entenderá que ha desistido en continuar en el presente proceso de LICITACION.
3.4. En caso de que se requiera de información adicional del GRUPO CALIFICADO, podrán sostenerse entrevistas con los representantes o bien solicitarle información por escrito en cuyo caso, ésta deberá ser proporcionada en un lapso no mayor de 24 horas.
4. DERECHOS DE LOS GRUPOS CALIFICADOS.
4.1. Una vez cubiertos los requisitos establecidos en el numeral 3.1. anterior, los GRUPOS CALIFICADOS tendrán derecho a:
4.1.1. Recibir el PROSPECTO DESCRIPTIVO del "PAQUETE"; el FORMULARIO para la presentación de las ofertas y los MODELOS de contratos de compraventa.
4.1.2. Efectuar visitas por separado a las "UNIDADES" y a entrevistarse con funcionarios del Gobierno Federal y/o de MICONSA. y
4.1.3. Formular por escrito ante "COMERMEX" y a través de su representantes legales, consultas razonables relativas al proceso de LICITACION del "PAQUETE".
4.2. Una vez cubiertos todos los requisitos del numeral 3. y particularmente los relativos al 3.2. y 3.3. anteriores, cada GRUPO CALIFICADO tendrá derecho a presentar su oferta de compra por la totalidad del "PAQUETE" en los términos del numeral 7 siguiente.
5. CONDICIONES DE VENTA.
5.1. En cada una de las "UNIDADES", la venta de los Activos Fijos (bienes muebles e inmuebles) se hará de la siguiente manera:
5.1.1. Los bienes inmuebles se venderán AD CORPUS, es decir, a precio alzado sin estimar especialmente sus partes o medidas y no habrá lugar a la rescisión o reclamo alguno aunque en la entrega hubiere falta o exceso; y
5.1.2. Los bienes muebles se venderán AL ACERVO, es decir, al precio fijado en la oferta ganadora y en el estado en que se encuentran, sin que el comprador pueda pedir la rescisión o presentar reclamo alguno por no haber encontrado los bienes en la cantidad, peso, medida o estado físico por él calculados.
5.2. Se venderá la totalidad de los Activos Circulantes bajo las siguientes modalidades:
5.2.1. AD MENSURAM para el caso de las cuentas por cobrar e inventarios de materia prima, producto en proceso y terminado, lo que significa que a la entrega se realizará un ajuste a la alza o a la baja al precio ofrecido por la oferta ganadora tomando como base las existencias reales a esa fecha de conformidad con lo que se señala en el numeral 8.; y
5.2.2. Los inventarios de refacciones y materiales se venderán AL ACERVO, es decir, conforme al precio fijado en la oferta ganadora, sin que el comprador pueda pedir la rescisión presentar reclamo alguno por no haber encontrado los bienes en la cantidad, peso, mediada o estado físico por él calculados.
5.3. Se venderá la totalidad de los Pasivos Circulantes de cada una de las "UNIDADES" bajo la modalidad AD MENSURAM. El valor de éstas se tomará como forma de pago de los activos circulantes.
5.4. Las "MARCAS" se venden como parte del "PAQUETE" con el posicionamiento e imagen comercial que actualmente tienen.
5.5. Cada GRUPO CALIFICADO deberá comprometerse, en caso de resultar ganador, a constituirse como Patrón Sustituto y a asumir la totalidad de los Pasivos Laborales, incluidos los de carácter contingente, así como las responsabilidades inherentes a los Contratos Colectivos e Individuales de la totalidad del personal de cada una de las cinco "UNIDADES" que integran el "PAQUETE".
5.6. Dentro de su oferta el GRUPO CALIFICADO deberá comprometerse a continuar y en su caso, a obtener por su propia cuenta y orden los permisos gubernamentales, así como, los contratos de suministros y servicios necesarios para la operación de cada una de las "UNIDADES" y para el uso de las "MARCAS". Una vez que se notifique la asignación, estos trámites no deberán entorpecer la formalización del contrato de compraventa correspondiente a cada una de las "UNIDADES" ni del relativo a las "MARCAS".
5.7. Para efectos de su propuestas cada GRUPO CALIFICADO deberá considerar a cada una de las "UNIDADES" y al "PAQUETE" como un "Negocio en Marcha", es decir, como unidades generadoras de flujo de efectivo en las condiciones físicas actuales y de operación en las que se encuentran.
5.8. Todos los gastos, así como el importe de los derechos, impuestos (excepto el I.S.R. a cargo del vendedor) y demás contribuciones federales, estatales y municipales que se originen con motivo de cada operación de compraventa, serán a cargo del COMPRADOR.
5.9. Cada GRUPO CALIFICADO se obliga a devolver toda la información recibida en caso de no resultar GANADOR. En tanto no se devuelva la información original a "COMERMEX", no se liberará el "DEPOSITO" ni los intereses generados. Si trancurridos 15 días a partir de que se notifique la designación del GANADOR, no devuelve la información entregada perderá el "DEPOSITO" más los intereses en favor del Gobierno Federal.
5.10. Cada GRUPO CALIFICADO que participe en este proceso de LICITACION, cumplimentará lo necesario en términos de:
a) La Ley Federal para Promover la Inversión Mexicana y Regular la Inversión Extranjera y su Reglamento, así como, a las reglas de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras.
b) La Ley Federal de Competencia Económica, en materia de monopolios libre concurrencia y competencia, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 1992, la cual entró en vigor el 23 de junio de 1993.
c) La Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, particularmente en lo dispuesto por el artículo 47: "ningún socio de la empresa participante desempeña algún empleo, cargo o comisión en el servicio público o se encuentra inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público".
5.11. Al suscribir los contratos de compraventa con el grupo ganador de la licitación, éste y las razones sociales adquirientes se comprometerán por un lado, a conservar las "UNIDADES" y las "MARCAS" en el lugar en donde se encuentran por un lapso de por lo menos 2 años, y por otro lado, a obtener la resolución correspondiente de la Comisión Federal de Competencia en caso de que se pretenda vender ya sea total o parcialmente el patrimonio del "PAQUETE", o bien las acciones de las empresas con las que se hayan suscrito los contratos de compraventa.
6. CALENDARIO DE ACTIVIDADES PREVIAS A LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS.
Las actividades previas a la LICITACION se sujetarán al siguiente calendario:
6.1. Del 19 de julio al 18 de agosto de 1993: Entrega de la documentación que se menciona en el numeral 3 de las presentes BASES DE LICITACION.
6.2. Del 19 al 30 de julio de 1993; Constitución de un depósito por N$ 3'100,000.00 (tres millones cien mil nuevos pesos 00/100 M.N.), el cual deberá realizarse entre las 10:00 y las 14:00 horas, en la División Fiduciaria de "COMERMEX".
6.3. A partir del 26 de julio de 1993: entrega del PROSPECTO DESCRIPTIVO DEL "PAQUETE"; FORMULARIO para la presentación de ofertas y los MODELOS de contratos de compraventa.
6.4. Del 9 al 27 de agosto de 1993: Visitas a las instalaciones de las "UNIDADES", con la asistencia de "COMERMEX", conforme al programa que se dará a conocer a cada GRUPO CALIFICADO en su oportunidad.
6.5. Del 16 de agosto al 3 de septiembre de 1993: Preguntas y Respuestas. A más tardar el 7 de Septiembre de 1993, "COMERMEX" dará a conocer por escrito a todos los GRUPOS las preguntas formuladas y sus respectivos respuestas, sin revelar la identidad de quien las haya realizado.
6.6. Del 30 de agosto al 3 de septiembre de 1993: Entrevistas con Servidores Públicos del Gobierno Federal y de MICONSA con la asistencia de "COMERMEX", quien preparará un calendario para dichas entrevistas, el cual dará a conocer a cada GRUPO CALIFICADO con oportunidad.
6.7. Del 6 al 10 de septiembre de 1993: Incremento del depósito a N$ 20'000,000 (veinte millones de nuevos pesos 00/100 M.N.) en adelante "DEPOSITO".
6.8. A más tardar el 10 de septiembre de 1993: Entrega a "COMERMEX" de la Resolución de la Comisión Federal de Competencia señalada en el numeral 3.2. anterior.
7. RECEPCION Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS POR EL "PAQUETE".
7.1. El 14 de septiembre de 1993, cada GRUPO CALIFICADO, deberá presentar una oferta de compra pro la totalidad del "PAQUETE", utilizando el FORMULARIO para la presentación de ofertas que le entregará "COMERMEX". En dicho FORMULARIO, se desglosará el precio ofrecido por cada una de las cinco "UNIDADES" en cuanto Activos Fijos y Activo Circulantes, así como el correspondiente a las "MARCAS". La oferta y el desgaste se presentará en moneda nacional.
7.2. Conjuntamente con su oferta por el "PAQUETE", el GRUPO CALIFICADO presentará debidamente rubricados los MODELOS de contratos de compraventa señalados en el numeral 10 siguiente y el plan de negocios definitivo que el GRUPO CALIFICADO desarrollará por cada UNIDAD en caso de resultar ganador de la LICITACION.
7.3. La oferta por el "PAQUETE" se entregará en sobre cerrado, en original y copia suscritas por el interesado o por su Representante Legal, quien deberá acreditarse que cuenta con un poder especial o general de dominio, en un acto que se llevará a cabo el día 14 de septiembre de 1993, conforme al programa que en su oportunidad se hará del conocimiento de cada GRUPO CALIFICADO.
Dicho acto se llevará a cabo en las oficinas de la Unidad de Desincorporación de Entidades Paraestatales, ubicadas en avenida Constituyentes 1001, Edificio B, 4o. piso, colonia Belén de las Flores, C.P. 01110, México, Distrito Federal ante la presencia de un Fedatario Público, quien rubricará cada oferta por el "PAQUETE" y devolverá un ejemplar al GRUPO CALIFICADO que la haya presentado.
7.4. En ese mismo acto participarán representantes de la "SHCP", de la Secretaría de la Contraloría General de la Federación y de "COMERMEX".
7.5. La oferta que se presente será en firme y tendrá carácter obligatorio para el GRUPO CALIFICADO.
8. AJUSTES AL ACTIVO CIRCULANTE Y PASIVO CIRCULANTE DE CADA UNA DE LAS "UNIDADES".
Con una semana de antelación a la recepción de ofertas, MICONSA a través de "COMERMEX" proporcionará una estimación del volumen y/o valor de los Activos Circulantes y Pasivos Circulantes con que se entregarán cada una de las "UNIDADES" al GRUPO GANADOR.
Dicha estimación se incorporará al FORMULARIO que les será entregado y será la información que se tome como base para la presentación de sus ofertas.
Por su carácter dinámico y solo para el caso de los Activos Circulantes que se señalan en los numerales 5.2.1. y 5.3., en la fecha de entrega física de las "UNIDADES" al GRUPO GANADOR de la LICITACION, se realizará un ajuste a la alza o a la baja al precio ofrecido por estos conceptos, en función de las existencias reales que se determinen según lo previsto en los numerales 10.5. al 10.8..
9. ASIGNACION.
9.1. Solo aquellas ofertas que cumplan íntegramente con las presentes BASES DE LICITACION se tendrán por presentadas y consecuentemente serán consideradas para el análisis y homologación que llevará a cabo "COMERMEX".
9.2. Una vez concluido el análisis y homologación de las ofertas, "COMERMEX" presentará los resultados y recomendaciones del caso a la "SHCP", quien a su vez hará lo propio ante la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento.
9.3. La asignación se hará en favor del GRUPO CALIFICADO que ofrezca el precio más alto y las mejores condiciones de venta para el Gobierno Federal por la totalidad del patrimonio que integra el "PAQUETE".
9.4. En caso de que se presenten ofertas que ofrezcan precios iguales por el "PAQUETE", o cuya diferencia no sea superior al 5%, tomando como base el precio mayor de todos los ofrecidos, la asignación además del precio se hará tomando en cuenta el plan y trayectoria de negocios a realizar que involucren asociaciones con productores nacionales del maíz.
"COMERMEX" podrá solicitar la información adicional que requiera para el análisis y homologación señalada. Dicha información deberá ser proporcionada por los GRUPOS requeridos en un plazo no mayor a 24 horas, después de haber recibido la notificación.
9.5. Con base en los acuerdos de la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, al "SHCP" emitirá los oficios de autorización de venta correspondiente y a través de "COMERMEX", se harán del conocimiento del GRUPO GANADOR de la LICITACION.
9.6. El Gobierno Federal se reserva el derecho de declarar desierta la LICITACION en el caso de que a su criterio las ofertas presentadas no reúnan las mejores condiciones de venta para el Estado. La "SHCP" a través de "COMERMEX" notificará dicha resolución por escrito a los representantes de cada GRUPO, el día hábil inmediato siguiente a aquel en que se declare desierta la LICITACION.
10. FIRMA DE LOS CONTRATOS DE COMPRAVENTA Y CONDICIONES DE PAGO.
10.1. Los MODELOS de contrato de compraventa no están sujetos a negociación alguna, por lo que una vez rubricados en los términos del numeral 7.2. anterior, se firmarán en su versión definitiva a más tardar a los 10 días naturales posteriores a la fecha en que "COMERMEX" comunique la Autorización de Venta al GRUPO GANADOR de la LICITACION.
10.2. El ganador del "PAQUETE" deberá presentar ante "COMERMEX" en un lapso de 5 días naturales posteriores a su notificación, dos Cartas de Crédito Irrevocables; la primera, por el Precio de Venta Autorizado por los Activos Fijos de las cinco "UNIDADES" y las "MARCAS" y la segunda, por el Precio de Venta Autorizado por los Activos Circulantes de las mismas.
En sustitución a lo anterior, el GRUPO GANADOR podrá constituir un Depósito Irrevocable de Administración y Fuente de Pago por el importe del Precio Total de Venta Autorizado por el "PAQUETE".
El Precio de Venta Autorizado incluirá el IVA que genere la compraventa.
En caso de no constituir las garantías a que se refiere este numeral el GRUPO GANADOR perderá la totalidad del "DEPOSITO" más los intereses generados.
10.3. A partir de la fecha de firma de los contratos de compraventa del "PAQUETE", el comprador asumirá todos los derechos y obligaciones inherentes de cada una de las cinco "UNIDADES" y las "MARCAS".
10.4. De no formalizarse la operación en los términos antes señalados, el Gobierno Federal dará por rescindida la compraventa y podrá asignar la venta del "PAQUETE" al GRUPO que haya ocupado el segundo lugar, siempre y cuando ésta ofrezca también condiciones favorables de venta para el Gobierno Federal.
10.5. El pago por los Activos Fijos de las cinco "UNIDADES" y las "MARCAS", deberán efectuarse en la fecha de firma de los contratos de compraventa correspondientes al "PAQUETE". El pago de los Activos Circulantes de cada una de las cinco "UNIDADES" deberán realizarse a más tardar el día de la firma del Acta Administrativa de Entrega-Recepción de cada "UNIDAD". La firma de estas actas no deberá ser posterior a los diez días naturales siguientes a la fecha de firma de los respectivos contratos de compraventa.
10.6. La Entrega-Recepción será coordinada por "COMERMEX" y contará con la participación de un AUDITOR EXTERNO designado por la "SHCP" y el GRUPO GANADOR de entre una lista que le presente la propia "SHCP", previamente formulada por la Secretaría de la Contraloría General de la Federación. Los honorarios y gastos de este AUDITOR serán cubiertos en partes iguales entre el COMPRADOR y el VENDEDOR.
10.7. El COMPRADOR se compromete a pagar las diferencias en el Activo Circulante de cada una de las "UNIDADES" que resulten a su cargo a la fecha de firma del acta de Entrega-Recepción.
10.8. Los Pasivos Circulantes se tomarán como una forma de pago del Activo Circulante que se compra.
11. DEVOLUCION DE DEPOSITOS
Los "DEPOSITOS" serán devueltos a los GRUPOS CALIFICADOS bajo los siguientes términos y condiciones:
11.1. Si no se incrementa el "DEPOSITO" en los términos señalados en el numeral 3.3. anterior a más tardar el 10 de septiembre de 1993, "COMERMEX" devolverá el depósito inicial y los intereses generados referidos en el numeral 3.1.4. menos la comisión de la DEPOSITARIA, a más tardar el segundo día hábil siguiente a esta fecha, previa devolución de la información referida en el numeral 5.9. anterior.
11.2. Si habiendo efectuado el "DEPOSITO" no presenta su oferta de compra por el "PAQUETE", en los términos del numeral 7. anterior, "COMERMEX" devolverá el 75% del "DEPOSITO" a más tardar a los cinco días naturales siguientes a esta fecha. El 25% restante y los intereses generados pro el "DEPOSITO" serán entregados como pena convencional al Gobierno Federal por conducto de la Tesorería de la Federación.
11.3. Si el GRUPO CALIFICADO habiendo presentado oferta se desiste antes de que el Gobierno Federal dé a conocer al GRUPO GANADOR, "COMERMEX" le devolverá el 50% del total del "DEPOSITO" a más tardar a los cinco días hábiles siguientes a que "COMERMEX" notifique al GRUPO GANADOR. El 50% restante y los intereses generados por el "DEPOSITO" serán entregados como pena convencional al Gobierno Federal por conducto de la Tesorería de la Federación.
11.4. Si el GRUPO CALIFICADO es declarado GANADOR y se desiste o incumple en la formalización de la compraventa del "PAQUETE", será penalizado con el 100% del "DEPOSITO" y sus intereses. El importe correspondiente será entregado como pena convencional al Gobierno Federal por conducto de la Tesorería de la Federación.
11.5. Los oferentes que no resulten GANADORES de la LICITACION, recibirán de "COMERMEX" el 100% del "DEPOSITO" y sus intereses menos la comisión de la DEPOSITARIA.
En estos casos la devolución antes señalada se hará dentro de los dos días hábiles siguientes en que se formalice la operación de compraventa con el GRUPO GANADOR, ya que en caso de que no se lleve a cabo la operación con éste, podrían ser designados GANADORES, de conformidad con lo que establecen las presentes BASES DE LICITACION.
11.6. En caso de que se declare desierta la LICITACION del "PAQUETE", de conformidad con el numeral 9.6 de estas BASES DE LICITACION, se devolverá la totalidad del "DEPOSITO" y los intereses, menos la comisión de la DEPOSITARIA. Esta devolución se realizará el segundo día hábil siguiente a aquel en que se haga la notificación prevista en dicho numeral.
11.7. De presentarse el supuesto a que se refiere el numeral 12.2 de estas BASES DE LICITACION, se devolverá el "DEPOSITO" y los intereses, menos la comisión de la DEPOSITARIA. Esta devolución se realizará el segundo día hábil siguiente a aquel en que la "SHCP", por conducto de "COMERMEX" reciba la solicitud respectiva. Este derecho podrá ser ejercido dentro de un plazo de cinco días naturales, contados a partir de la publicación a que se alude en el propio numeral 12.1.
12. MODIFICACIONES.
12.1. Las presentes BASES DE LICITACION podrán ser modificadas por la "SHCP" cuando menos con siete días naturales de anticipación a la fecha fijada para la recepción de ofertas por el "PAQUETE" señalada en numeral 7. anterior.
12.2. En tal evento, los GRUPOS CALIFICADOS que no estén de acuerdo en continuar en el proceso de LICITACION, podrán retirarse del mismo sin que proceda reclamación alguna por cualquiera de las partes y tendrán derecho de recuperar, en su caso, la totalidad de las cantidades que en ese momento hayan entregado en depósito, menos la comisión de la DEPOSITARIA.
13. GESTIONES ADMINISTRATIVAS.
Para todo lo relativo a las gestiones y trámites inherentes a este proceso de LICITACION, cada GRUPO deberá dirigirse con el:
Lic. Fernando Pons Rodríguez
Director de la Unidad de Desincorporación e Infraestructura
Multibanco Comermex, S.A.
Grupo Financiero INVERLAT
Edificio Plaza Comermex Piso 15
Blvd. M. Avila Camacho No. 1
Col. Polanco, C.P. 11560, México, D.F.
Teléfonos 91 (5) 229-2379 y 229-2528.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F. al 14 de julio de 1993.- El Coordinador General de la Unidad de Desincorporación de Entidades Paraestatales, Rafael García Rosas.- Rúbrica.
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc,
C.P. 06500,
Ciudad de México Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx