DOF: 31/12/1993
Diario Oficial de la Federación 1993

DECLARATORIA de vigencia de las normas que se indican.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.- Dirección General de Normas.- Dirección de Normalización.- Subdirección de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS QUE SE INDICAN

La Dirección General de Normas de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, con fundamento en los artículos 54 y quinto transitorio de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 9o. y 17 fracciones I y XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, 4o. fracción X, inciso a) del Acuerdo que adscribe Unidades Administrativas y delega facultades en los Subsecretarios, Oficial Mayor, Directores Generales y otros Subalternos de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de septiembre de 1985, ha formulado y aprobado las Normas Mexicanas que se listan a continuación, lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de las normas que se indican puede ser consultado gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco No. 6, Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, Edo. de México.

DESIGNACION      TITULO DE LAS NORMAS

NMX-FF-85-1993-SCFI       PRODUCTOS DE LA PESCA - LANGOSTA VIVA - ESPECIFICACIONES

NMX-FF-86-1993-SCFI       PRODUCTOS DE LA PESCA - PORCIONES EMPANIZADAS Y CONGELADAS DE PESCADO - ESPECIFICACIONES

NMX-U-120-1993-SCFI      CASETAS PARA APLICACION DE PINTURA - SU DISEÑO Y EQUIPOS A EMPLEAR

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México D.F., a 17 de diciembre de 1993.- El Director General de Normas, Luis Guillermo Ibarra.- Rúbrica.

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