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DOF: 06/06/2006 |
RESPUESTA a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-135-SCFI-2005, Prácticas comerciales-Requisitos de información en la venta de materiales para construcción. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas. RESPUESTA A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS RESPECTO DEL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-135-SCFI-2005, PRACTICAS COMERCIALES-REQUISITOS DE INFORMACION EN LA VENTA DE MATERIALES PARA CONSTRUCCION. La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 39 fracción V, 40 fracciones I y XII, 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 23 fracciones I y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, publica las respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-135-SCFI-2005, Prácticas comerciales-Requisitos de información en la venta de materiales para construcción, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2005. PROMOVENTE | RESPUESTA | PROFECO Fecha de recepción: 2006-02-23 2.2 Contrato de adhesión. Para establecer en formatos uniformes los términos... Si estamos hablando de un formato, se supone que los datos que contiene éste son uniformes de antemano. | El grupo de trabajo analizó la propuesta y, con fundamento en los artículos 47 fracción II, 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento, consideró que no era necesario incluir dichos términos. | PROFECO Fecha de recepción: 2006-02-23 2.3 Consumidor Sugiere porqué de esta manera se estandariza con la LFPC Persona física o moral que adquiere, como destinatario final, materiales para construcción en general. | El grupo de trabajo aceptó la propuesta quedando únicamente la definición de garantía con el texto siguiente: 2.3 Consumidor Persona física o moral que adquiere, como destinatario final, materiales para construcción en general. | México, D.F., a 22 de mayo de 2006.- El Director General de Normas, Miguel Aguilar Romo.- Rúbrica.
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