ACUERDO por el que la Secretaría de Seguridad Pública establece su domicilio legal para oír y recibir toda clase de notificaciones, acuerdos, documentos y valores, para todos los efectos legales a que haya lugar.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Seguridad Pública.
ACUERDO POR EL QUE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, ESTABLECE SU DOMICILIO LEGAL PARA OIR Y RECIBIR TODA CLASE DE NOTIFICACIONES, ACUERDOS, DOCUMENTOS Y VALORES, PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.
EDUARDO MEDINA-MORA ICAZA, Secretario de Seguridad Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14 y 30 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5, 6 fracciones IV y XVI, y 13 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, y
CONSIDERANDO
Que a partir de lo establecido por el quinto párrafo del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la seguridad pública es la función a cargo del Estado que preserva las libertades, el orden y la paz pública, salvaguardando la integridad física y los derechos de las personas, siendo una de las más altas prioridades del quehacer del Gobierno Federal, según lo demuestran los objetivos rectores, las estrategias y las líneas de acción contenidos sobre el particular en el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 y los pronunciamientos e instrumentos operativos integrados al Programa Nacional de Seguridad Pública 2001-2006.
Que esta Secretaría de Seguridad Pública, con fundamento en lo establecido en el artículo 13 del Reglamento Interior de esta dependencia, ha encomendado a su Coordinación General de Asuntos Jurídicos, que desarrolle las actividades de representante legal de la Institución, con estricto apego al principio de legalidad que establecen los ordenamientos jurídicos aplicables, con el fin primordial de otorgar certeza jurídica a la población.
Que el hecho de que la Coordinación General de Asuntos Jurídicos cuente con un domicilio legal para oír y recibir toda clase de notificaciones, acuerdos, documentos y valores provenientes de las diversas autoridades jurisdiccionales, administrativas o, en su caso, de particulares, que se relacionen con los asuntos competencia de esta dependencia de la Administración Pública Federal, da cabal cumplimiento a la garantía de seguridad jurídica que nuestra Constitución Política otorga a la ciudadanía y, en general, a toda la población.
Que en consecuencia, con la finalidad de procurar la mejor organización del trabajo y agilizar el despacho de los asuntos que lleva a cabo esta Secretaría, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
POR EL QUE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA ESTABLECE SU DOMICILIO LEGAL PARA OIR Y RECIBIR TODA CLASE DE NOTIFICACIONES, ACUERDOS, DOCUMENTOS Y VALORES, PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR
UNICO.- La Secretaría de Seguridad Pública establece como domicilio legal para oír y recibir toda clase de notificaciones, acuerdos, documentos y valores, para todos los efectos legales a que haya lugar, el que ocupan las oficinas de la Coordinación General de Asuntos Jurídicos, sitas en Miguel Angel de Quevedo número 915, colonia El Rosedal, Delegación Coyoacán, código postal 04330, en México, Distrito Federal.
TRANSITORIO
UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en México, Distrito Federal, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil seis.- El Secretario de Seguridad Pública, Eduardo Medina-Mora Icaza.- Rúbrica.
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