EXTRACTO de la solicitud de registro constitutivo presentada por Iglesia Cristiana Visión Nuevo Horizonte, como Asociación Religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACION RELIGIOSA QUE PRESENTO EL SEÑOR ERASMO MONTIEL NAVARRETE DE LA AGRUPACION DENOMINADA IGLESIA CRISTIANA VISION NUEVO HORIZONTE.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada IGLESIA CRISTIANA VISION NUEVO HORIZONTE, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio legal: Aquiles Serdán número 46, colonia Centro, Acapulco, Guerrero, código postal 39300.
II.- Relación de bienes inmuebles: Señaló cuatro inmuebles para cumplir con su objeto, uno en arrendamiento, ubicado en: Aquiles Serdán número 46, locales B y C, colonia Centro, Acapulco, Guerrero; y tres en comodato, ubicados en: Andador Nabor Ojeda, lote 3, manzana 7, colonia Agraria, Acapulco; avenida Circuito número 30, en la Unidad Habitacional Infonavit El Coloso, Acapulco; y Calle Cuauhtémoc sin número, Coyuquilla, los tres en el Estado de Guerrero.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "Predicar el Evangelio de Jesucristo a toda criatura".
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población.
V.- Representante: Erasmo Montiel Navarrete.
VI.- Relación de asociados: Erasmo Montiel Navarrete, Felipe Orbe Rumbo, Eleuterio Arriola Cabañas, Daniel Vinalay Aguilar, Odilón Erik González Velázquez, José Angel Peralta Moreno y Víctor Alfonso Nava Bracamontes.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Apoderado: Felipe Orbe Rumbo.
IX.- Ministro de culto: Erasmo Montiel Navarrete, Eleuterio Arriola Cabañas, Daniel Vinalay Aguilar, Odilón Erik González Velázquez y José Angel Peralta Moreno.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Atentamente
México, D.F., a 16 de junio de 2006.- El Director General de Asociaciones Religiosas, Alvaro Castro Estrada.- Rúbrica.
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