CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa AIS Aplicaciones de Inteligencia Artificial, S.A.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en la Financiera Rural.- Area de Responsabilidades.- Expediente S-005/2005.- Oficio 06/565/199/2006.
CIRCULAR 06/565/RQ-01/2006
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA AIS APLICACIONES DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL, S.A.
Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes.
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59, 60 fracción IV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 2, 8 y 9 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria a la citada Ley de Adquisiciones; y artículo 67 fracción I arábigo 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el veintisiete de mayo de dos mil cinco; 3 apartado D, 63 y 67 fracción I numeral 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública en cumplimiento a lo ordenado en resolutivo quinto la resolución de fecha veintiuno de junio de dos mil seis, que se dictó en el expediente número S-005-2005, mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado a la empresa AIS Aplicaciones de Inteligencia Artificial, S.A., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento, que a partir del día siguiente a aquel en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno, sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, con dicha persona moral, por el plazo de tres meses.
En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con el mencionado infractor, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular.
Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular, cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Una vez transcurrido el plazo señalado, concluirán los efectos de la presente Circular, sin que sea necesario algún otro comunicado.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 27 de junio de 2006.- El Titular del Area de Responsabilidades, Rubén Carlos Rodríguez Arias.- Rúbrica.
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