CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la C. Ericka Martha Suárez Orozco.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el Consejo Nacional de Fomento Educativo.- Area de Responsabilidades.
CIRCULAR 11/150/ARQ/02-011/06
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA C. ERICKA MARTHA SUAREZ OROZCO.
Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes.
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; 1, 6, 7, 59, 60 fracción III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 69 de su Reglamento; 1, 2, 3 inciso D, 67 fracción I numeral 5, tercero y quinto transitorios del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de mayo de 2005 y reformado según decreto publicado el 21 de junio de 2005 en el mismo Diario y 27 del Estatuto Orgánico del Consejo Nacional de Fomento Educativo, y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo quinto del oficio número 11/150/ARQ/07-648/2005 de fecha treinta de diciembre del año dos mil cinco, que se dictó en el expediente número PSP/07/2003, mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado a la C. Ericka Martha Suárez Orozco, esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios del sector público, con dicha proveedora de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de cuatro años.
En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular.
Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Una vez transcurrido el plazo antes señalado, concluirán los efectos de la presente Circular, sin que sea necesario algún otro comunicado.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 12 de enero de 2006.- El Titular, Ignacio Rafael Martínez Soreque.- Rúbrica.
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