OFICIO mediante el cual se autoriza la fusión de Arrendadora Financiera InverMéxico, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Grupo Financiero InverMéxico, con Banco Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero InverMéxico.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Dirección General de Seguros y Valores.- Dirección de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.- 366-I-B-5134.- 723.1/287837.
FUSIONES DE ORGANIZACIONES AUXILIARES DEL CREDITO.- Se autoriza la fusión de Arrendadora Financiera InverMéxico, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Grupo Financiero InverMéxico, con Banco Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero InverMéxico.
C. Alfredo Acevedo Rivas Representante Legal de Arrendadora Financiera InverMéxico, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Grupo Financiero InverMéxico Paseo de la Reforma No. 213, 9o. piso Col. Cuauhtémoc 06500, México, D.F.
Hacemos referencia a sus diversos escritos, mediante los cuales solicita autorización para que previo aumento a su capital social a la cantidad de $88'853,091.00 (ochenta y ocho millones ochocientos cincuenta y tres mil noventa y un pesos 00/100 M.N.), modificando al efecto el artículo quinto de sus estatutos sociales, Arrendadora Financiera InverMéxico, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Grupo Financiero InverMéxico (Arrendadora Financiera InverMéxico, S.A. de C.V.), se fusione en calidad de empresa fusionada, con Banco Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero InverMéxico (Banco Mexicano, S.A.).
Sobre el particular, esta Secretaría con base en el artículo 6o. fracción XXIII de su Reglamento Interior y con fundamento en los artículos 1o., 8o. fracción XI, 51-A, 56 y 67 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, en relación con el artículo 10 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, después de escuchar la opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y del Banco de México, tiene a bien otorgar autorización para que Arrendadora Financiera InverMéxico, S.A. de C.V., modifique sus estatutos en virtud del mencionado aumento de capital y se fusione como sociedad fusionada con Banco Mexicano, S.A., con las siguientes condiciones:
1.- En vista del proceso de revisión que lleva a cabo la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a los estados financieros de Arrendadora Financiera InverMéxico, S.A. de C.V., con cifras al 31 de diciembre de 1995, en caso de que por cualquier circunstancia resulten modificadas dichas cifras, Banco Mexicano, S.A., habrá de absorber el ajuste que derive de la modificación.
2.- Deberán acreditar ante esta dependencia que cuentan con la aprobación de la asamblea de obligacionistas de la arrendadora financiera, para llevar a cabo la referida fusión, conforme lo establece el artículo 212 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
3.- Que las operaciones de arrendamiento puro que tiene celebradas Arrendadora Financiera InverMéxico, S.A. de C.V., se liquiden a su vencimiento, en virtud a que la entidad resultante de la fusión no podrá conservarlas indefinidamente, debiendo enajenar también los bienes que son objeto de los contratos respectivos, si no son de aquéllos que las instituciones de banca múltiple pueden mantener entre sus activos.
4.- En un término de sesenta días naturales, contado a partir de la fecha de recibo del presente oficio, deberán remitir la siguiente documentación:
a) Primer testimonio y dos copias simples de la protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Arrendadora Financiera InverMéxico, S.A., de C.V., en la que acuerde su fusión con Banco Mexicano, S.A., y del convenio respectivo.
b) Dos copias simples de la protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Banco Mexicano, S.A., donde se acuerde su fusión con la citada arrendadora financiera.
c) Copia simple de la modificación al convenio único de responsabilidades, donde conste que Arrendadora Financiera InverMéxico, S.A. de C.V. ya no es parte en dicho convenio, por virtud de la fusión.
d) Copias de las publicaciones a que se refieren el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y la fracción V del artículo 10 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.
Por otra parte, se hace de su conocimiento que esta dependencia no procederá a revocar la autorización otorgada a Arrendadora Financiera InverMéxico, S.A. de C.V., para operar como arrendadora financiera, en virtud de que al surtir efectos la fusión, dicha autorización carecerá de vigencia por haberse extinguido la fusionada, de otra manera, de revocarse la misma, el efecto inmediato por disposición de ley, sería poner a la sociedad revocada en estado de disolución y liquidación.
Por último, se les comunica que la presente autorización se concede sin perjuicio de las que en su caso se deban obtener para que Banco Mexicano, S.A., sea parte en la fusión antes aludida.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 29 de agosto de 1996.- En ausencia del C. Secretario de Hacienda y Crédito Público y de conformidad con el artículo 124 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, José Julián Sidaoui.- Rúbrica.
La Directora de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, dependiente de la Dirección General de Seguros y Valores de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, C.P. Ma. Guadalupe Lizardi Huerta, CERTIFICA: Que las presentes fotocopias son reproducción fiel y exacta del documento original que se tuvo a la vista y que obra en el expediente formado en el archivo de la Dirección General de Seguros y Valores número 723.1/287837, correspondiente a la autorización otorgada a Arrendadora Financiera InverMéxico, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Grupo Financiero InverMéxico, para fusionarse con Banco Mexicano, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero InverMéxico.
Esta certificación se expide con fundamento en el artículo 107 fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintisiete días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho. Comprende tres fojas debidamente selladas y cotejadas, poniéndose la presente certificación al reverso de la respectiva última foja.- Conste.- Rúbrica.
(R.- 96196)
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