AVISO de demarcación de zona federal de los arroyos Juan Sebastián El Cano, Mogote y Chololo, localizados en el Municipio de Acapulco de Juárez, Gro.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca.-Comisión Nacional del Agua.- Subdirección General de Administración del Agua.- Gerencia de Servicios a Usuarios.
AVISO DE DEMARCACION DE ZONA FEDERAL DE LOS ARROYOS JUAN SEBASTIAN EL CANO, MOGOTE Y CHOLOLO, LOCALIZADOS EN EL MUNICIPIO DE ACAPULCO DE JUAREZ, ESTADO DE GUERRERO.
Conforme lo dispuesto en los artículos 16 y 27 párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32 Bis fracciones III, V, XXIV y XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 4o., 9o. fracciones V y XV, 113 fracción IV y demás relativos de la Ley de Aguas Nacionales; 2o. fracciones VI, IX y 4o. fracción IV del Reglamento de la propia Ley, y 40 fracción I y 44 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; se hace del conocimiento general que la Subdirección General Técnica de la Comisión Nacional del Agua realizó los trabajos técnicos topográficos correspondientes a la delimitación del cauce y la zona federal de los arroyos Juan Sebastián El Cano, Mogote y Chololo, localizados desde su origen en el cerro denominado El Tanque, en el fraccionamiento Hornos Insurgentes, en la ciudad y puerto de Acapulco, hasta su desembocadura en la Bahía de Acapulco, Municipio de Acapulco de Juárez, Gro. Las aguas de los arroyos citados, conforme los datos e informes de carácter técnico que obran en la Comisión Nacional del Agua, reúnen las características que se citan en el párrafo quinto del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que se consideran de propiedad nacional.
El presente Aviso deberá publicarse por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación, en el periódico oficial del Estado de Guerrero y en el periódico de mayor circulación en Acapulco de Juárez, Gro., fijando un plazo de 30 días naturales, que se contarán a partir de la última publicación, para efecto de que los propietarios colindantes con la zona federal de los arroyos Juan Sebastián El Cano, Mogote y Chololo, se sirvan acudir a la oficina de la Comisión Nacional del Agua conocida con el nombre de "Colegio Argudín", sita en Gran Vía Tropical número 26, fraccionamiento Las Playas (Caleta), en el Municipio de Acapulco de Juárez, Gro., a exhibir los documentos que justifiquen sus derechos de propiedad o posesión sobre los terrenos colindantes con los arroyos de referencia, así como la boleta del último pago del impuesto predial.
Al presentar la documentación, la Comisión Nacional del Agua, comunicará por escrito, a los colindantes con los arroyos, la fecha en que se hará la localización de las mojoneras provisionales que indiquen los linderos de la zona federal a demarcar y, en el propio lugar se levantará un acta con testigos declarantes y testigos de asistencia, en la que manifiesten estar conformes con dichos linderos y los correspondientes planos aprobados, firmando de conformidad con dicha acta o para que expongan lo que a sus intereses convenga.
A las personas colindantes con los arroyos e interesadas, que habiendo sido notificadas a presenciar la demarcación no concurran a los trabajos o que en un término de 10 días hábiles, contado a partir de la fecha del levantamiento del acta circunstanciada no expongan lo que a su derecho convenga, se les tendrá por conformes con los resultados.
Este Aviso entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 30 de noviembre de 1998.- El Subdirector General de Administración del Agua, Sergio Moreno Mejía.- Rúbrica.
DIARIO OFICIAL Lunes 4 de enero de 1999
Lunes 4 de enero de 1999 DIARIO OFICIAL
Lunes 4 de enero de 1999 DIARIO OFICIAL
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