ACUERDO mediante el cual se otorga habilitación al ciudadano Leonardo Adolfo Molina Yano, como corredor público número 1, en la plaza del Estado de Tlaxcala.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.
La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, por conducto de su Dirección General del Registro Mercantil y Correduría, a fin de dar cumplimiento a lo establecido por los artículos 12 último párrafo de la Ley Federal de Correduría Pública, 19 de su Reglamento, y 29 fracciones VII y XX del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, da a conocer el siguiente Acuerdo de Habilitación:
El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, otorga habilitación al C. Licenciado en Derecho Leonardo Adolfo Daniel Molina Yano para ejercer la función de Corredor Público con número 1 en la plaza del Estado de Tlaxcala, con fundamento en los artículos 2o., 3o. fracc. III de la Ley Federal de Correduría Pública y 18 del Reglamento de la propia Ley, en virtud de haber cumplido con los requisitos que establece el artículo 8o. del citado ordenamiento legal. Lo que hago de su conocimiento, para efecto del fiel desempeño de sus funciones conforme a lo dispuesto por los ordenamientos aplicables. Sufragio Efectivo. No Reelección. México, Distrito Federal, a 26 de octubre de 1998. El Secretario, Herminio Blanco Mendoza. Rúbrica.
El Corredor Público antes señalado podrá iniciar el ejercicio de sus funciones, a partir de la fecha de publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 15 de marzo de 1999.- El Director General del Registro Mercantil y Correduría, Hugo Ricardo de la Rosa Guzmán.- Rúbrica.
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