ACUERDO mediante el cual se modifica la fracción II del artículo segundo de la autorización otorgada a Arrendadora Citibank, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Grupo Financiero Citibank, por aumento de capital.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Dirección General de Seguros y Valores.- Dirección de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.- 366-I-B-2297.- 723.1/291712.
AUTORIZACIONES A ORGANIZACIONES AUXILIARES DEL CREDITO.- Se modifica la otorgada a esa sociedad por aumento de capital.
Arrendadora Citibank, S.A. de C.V. Organización Auxiliar del Crédito Grupo Financiero Citibank Paseo de la Reforma No. 390 piso 18 Col. Juárez 06695, México, D.F.
Esa sociedad, con el objeto de dar cumplimiento al punto noveno segundo párrafo del Acuerdo por el que se establecen los capitales mínimos pagados con que deberán contar las organizaciones auxiliares del crédito y las casas de cambio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de abril de 1998, remitió el primer testimonio de la escritura pública número 28,151 del 17 de febrero del presente año, pasada ante la fe del Notario Público número 70, licenciado Pedro Vázquez Nava, con ejercicio en esta ciudad, misma que contiene la protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, celebrada el 14 de diciembre de 1998, en la que acordaron aumentar su capital fijo sin derecho a retiro, totalmente suscrito y pagado de $18'730,000.00 (dieciocho millones setecientos treinta mil pesos 00/100 M.N.) a $21'671,000.00 (veintiún millones seiscientos setenta y un mil pesos 00/100 M.N.), modificando al efecto el artículo quinto de sus estatutos sociales, por lo que esta Secretaría con base en el artículo 6o. fracción XXII de su Reglamento Interior y con fundamento en los artículos 5o. y 45 Bis 3 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, ha resuelto dictar el siguiente:
ACUERDO
Se modifica la fracción II del artículo segundo de la autorización otorgada con el nombre de concesión el 20 de diciembre de 1983, modificada el 4 de octubre de 1991, 14 de julio y 1 de noviembre de 1995, 24 de mayo y 15 de noviembre de 1996 y 5 de marzo de 1998, que faculta a Arrendadora Citibank, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Grupo Financiero Citibank, para llevar a cabo las operaciones a que se refiere el artículo 24 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, para quedar en los siguientes términos:
ARTICULO SEGUNDO.-
I.-
II.- El capital social es variable, el capital fijo sin derecho a retiro, totalmente suscrito y pagado es de $21'671,000.00 (veintiún millones seiscientos setenta y un mil pesos 00/100 M.N.).
III.-
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 14 de junio de 1999.- En ausencia del C. Secretario de Hacienda y Crédito Público y de conformidad con el artículo 105 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, Martín Werner.- Rúbrica.
(R.- 113089)
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