Aclaración a las Disposiciones de carácter general que señalan los días del año 2000 en los que las Administradoras de Fondos para el Retiro, Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro y las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones y la habilitación de los días primero y dos de enero del año 2000, publicadas el 15 de diciembre de 1999.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
Primera Sección, página 31, en la regla segunda transitoria de las mencionadas reglas, misma que dice:
"SEGUNDA.- Se otorga a las Administradoras de Fondos para el Retiro, Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro y Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, un término que vencerá el 31 de enero del año 2000, para que presenten a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro el proyecto de calendario a que se refiere la disposición quinta, en el cual podrán incluir los días que sus contratos o condiciones generales de trabajo señalen como no laborales, al igual que los días en que habitualmente no se labora de acuerdo a sus prácticas y costumbres, que no estén contemplados en la disposición primera."
El mismo párrafo debe decir:
"SEGUNDA.- Se otorga a las Administradoras de Fondos para el Retiro, Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro y Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR, un término que vencerá el 31 de enero del año 2000, para que presenten a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro el proyecto de calendario a que se refiere la disposición sexta, en el cual podrán incluir los días que sus contratos o condiciones generales de trabajo señalen como no laborales, al igual que los días en que habitualmente no se labora de acuerdo a sus prácticas y costumbres, que no estén contemplados en la disposición primera."
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 28 de diciembre de 1999.- El Director General, David Negrete Castañón.- Rúbrica.
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 31 de diciembre de 1999
Viernes 31 de diciembre de 1999 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
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