ACUERDO por el que se modifican los formatos anexos al diverso que da a conocer las Reglas de Operación del Sistema de Información Empresarial Mexicano, así como para el uso de la información que contenga.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.
HERMINIO BLANCO MENDOZA, Secretario de Comercio y Fomento Industrial, con fundamento en los artículos 34 fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6o. fracción IX de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, y 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, y
CONSIDERANDO
Que la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones en su artículo 27 establece al Sistema de Información Empresarial Mexicano a cargo de esta Secretaría, como un instrumento de planeación del Estado, de información, orientación y consulta para el diseño y aplicación de programas enfocados principalmente al establecimiento y operación de las empresas; de referencia para la eliminación de obstáculos al crecimiento del sector productivo y, en general para el mejor desempeño y promoción de las actividades comerciales e industriales; cuya operación y la captación de la información que contiene son de interés público;
Que el artículo 29 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones preceptúa que la información que determine esta Secretaría y que deberá proporcionarse al Sistema de Información Empresarial Mexicano, será aquella necesaria para identificar las características de las empresas que participen en la actividad económica del país, a fin de conocer su oferta, demanda de bienes y servicios, y procesos productivos en que intervienen; y que dicha información se presentará en los formatos que establezca esta dependencia, los cuales serán publicados en el Diario Oficial de la Federación;
Que el 24 de diciembre de 1998 se publicó en el Diario Oficial de la Federación de forma anexa al Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Sistema de Información Empresarial Mexicano, así como para el uso de la información que contenga los formatos mediante los cuales las cámaras empresariales captaron la información concerniente a las empresas del sector comercio, industria y servicios durante 1999;
Que de acuerdo con la operación del Sistema de Información Empresarial Mexicano durante 1999 y acorde con las necesidades de identificar plenamente a las empresas participantes en la economía del país, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS FORMATOS ANEXOS AL DIVERSO QUE DA A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACION DEL SISTEMA DE INFORMACION EMPRESARIAL MEXICANO, ASI COMO PARA EL USO DE LA INFORMACION QUE CONTENGA
ARTICULO UNICO. Las cámaras empresariales autorizadas para operar el Sistema de Información Empresarial Mexicano deberán recopilar y validar la información de las empresas que en el ámbito de su autorización les corresponda, a través de los formatos siguientes:
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TRANSITORIO
UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del 3 de enero del 2000.
México, D.F., a 21 de diciembre de 1999.- Con fundamento en el artículo 42 del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y por ausencia del Secretario de Comercio y Fomento Industrial y del Subsecretario de Negociaciones Comerciales Internacionales, firma el Subsecretario de Promoción de la Industria y del Comercio Exterior, Decio de María Serrano.- Rúbrica.
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