CONVOCATORIA 2007 para el otorgamiento de apoyo a la incorporación de nuevos profesores de tiempo completo de universidades politécnicas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.
CONVOCATORIA 2007
APOYO A LA INCORPORACION DE NUEVOS PROFESORES DE TIEMPO COMPLETO DE UNIVERSIDADES POLITECNICAS
El objetivo principal del Programa de Mejoramiento del Profesorado (PROMEP), es promover la superación del profesorado y de los cuerpos académicos de las instituciones de educación superior (IES) para elevar la calidad de la educación en el país. Para alcanzar este objetivo la Secretaría de Educación Pública (SEP), a través de la Subsecretaría de Educación Superior (SES), ha emprendido en el marco del PROMEP y de los procesos de planeación estratégica participativa que han dado lugar a la formación y actualización anual de los Programas Integrales de Fortalecimiento Institucional de las universidades públicas (PIFI), varias acciones enfocadas a integrar a los profesores de tiempo completo en cuerpos académicos y con ello sustentar la formación de profesionales de buena calidad, responsables y competitivos.
Los cuerpos académicos (CA) en las universidades politécnicas (UUPP) son grupos de profesores de tiempo completo que comparten una o varias líneas de investigación aplicada y desarrollo tecnológico (LIADT), las cuáles se orientan principalmente a la asimilación, transferencia, creación y mejora de tecnología.
Los CA trabajan en proyectos innovadores de investigación que atienden a necesidades concretas del sector productivo, y participan en programas de asesoría y consultoría a dicho sector, comparten objetivos y metas académicas comunes y adicionalmente, los CA atienden los programas educativos a fines a su especialidad.
Como parte de las acciones orientadas a lograr el objetivo señalado, las IES han elaborado planes de desarrollo de sus cuerpos académicos en el marco de los Programas de Fortalecimiento Institucional, así como las metas y los objetivos específicos sobre los programas educativos y las líneas de generación o aplicación del conocimiento a alcanzar. En la consecución de estas metas y objetivos, la SEP, a través de la SES, convoca a las UUPP participantes del PROMEP-SES a presentar solicitudes para que los nuevos profesores de tiempo completo, al incorporarse a su institución cuenten con las condiciones básicas de trabajo que faciliten el cumplimiento eficaz de sus funciones académicas, así como apoyar el desarrollo y/o la consolidación del cuerpo académico al que pertenecen conforme a las siguientes:
BASES
I. SOBRE LOS NUEVOS PROFESORES A SER APOYADOS
I.1. Aquellos profesores que fueron contratados con la categoría de tiempo completo (no se admiten recategorizaciones) por parte de alguna de las IES públicas adscritas al PROMEP, a partir del 1 de diciembre de 2005 con el grado de maestría o de doctorado.
I.2. Podrán concursar los nuevos profesores de tiempo completo que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Haberse incorporado como profesor de tiempo completo a la institución.
b) Haber obtenido el grado de doctor o maestro antes de su incorporación a la institución.
c) Comprobar una producción académica de buena calidad a través de la presentación y respectiva evaluación de su curriculum vitae por comités de pares, y
d) Haber cumplido, durante el tiempo que lleven contratados y según constancia de su institución, con todas sus obligaciones como profesores de tiempo completo.
II. SOBRE LOS TIPOS DE APOYO A NUEVOS PROFESORES DE TIEMPO COMPLETO
II.1. Los nuevos profesores de tiempo completo que cumplan con lo señalado en el Apartado I de esta Convocatoria, podrán optar por los siguientes apoyos:
A) Apoyo para elementos individuales de trabajo básicos para la labor académica.
B) Becas de fomento a la permanencia institucional.
C) Reconocimiento a la trayectoria académica.
D) Fomento a la generación o aplicación innovadora del conocimiento.
Los nuevos profesores de tiempo completo con grado de maestría sólo podrán concursar por el apoyo de implementos individuales de trabajo para la labor académica y por la beca de fomento a la permanencia institucional, mientras que los nuevos profesores de tiempo completo con grado de doctor podrán concursar además de los dos anteriores por el reconocimiento a la trayectoria académica y por el fomento a la generación o aplicación innovadora del conocimiento, para lo cual deben presentar un proyecto de fomento a la generación o aplicación innovadora del conocimiento o la justificación de que se está desarrollando un proyecto de este tipo, aprobado por una agencia externa.
II.2. Los rasgos particulares para cada tipo de apoyo son:
A.- APOYO PARA ELEMENTOS INDIVIDUALES DE TRABAJO BASICOS PARA LA LABOR ACADEMICA
Este apoyo se orienta a mejorar las condiciones individuales de trabajo de los nuevos profesores de tiempo completo con el fin de propiciar un mejor desarrollo de sus actividades académicas.
a) El apoyo podrá cubrir los siguientes rubros según las necesidades de cada profesor:
i) Remodelación del cubículo.
ii) Mobiliario del cubículo.
iii) Equipo personal de cómputo, periféricos o actualizaciones del mismo.
iv) Acervo bibliográfico o informático especializado.
v) Equipo para experimentación.
b) Este apoyo se otorgará por única vez a cada nuevo profesor de tiempo completo al momento en que se expida la carta de liberación de recursos y su monto será de:
i) $40,000.00 (cuarenta mil pesos 00/100 M.N.), para quienes se hayan incorporado con el grado de doctor.
ii) $30,000.00 (treinta mil pesos 00/100 M.N.), para quienes se hayan incorporado con el grado de maestro.
B.- BECAS DE FOMENTO A LA PERMANENCIA INSTITUCIONAL
a) Se otorgará una sola vez y por un plazo de dos años a partir de la fecha en que se emita la carta de liberación de recursos de la solicitud del nuevo profesor de tiempo completo, apoyándose primeramente un año. La autorización del segundo año deberá solicitarse a la Coordinación Académica del PROMEP y la liberación de recursos dependerá de la disponibilidad presupuestaria y de la evaluación de los resultados obtenidos durante el primer año.
b) El monto mensual de la beca de fomento a la permanencia será de $6,000.00 (seis mil pesos 00/100 M.N.) para quienes tengan el grado de doctor y de $4,000.00 (cuatro mil pesos 00/100 M.N.) para aquellos que tengan el grado de maestro.
C.- RECONOCIMIENTO A LA TRAYECTORIA ACADEMICA
Este apoyo está regido por las siguientes condiciones:
a) Pueden optar por este apoyo sólo los profesores con grado de doctor que demuestren, a través de la presentación de su curriculum vitae, una producción académica de buena calidad. Esta obra académica debe incluir: artículos en revistas de reconocido prestigio nacional o internacional y con arbitraje, presentación de trabajos en congresos nacionales o internacionales, dirección de tesis de posgrado, subvenciones a proyectos, etc. A quienes se les reconozca la trayectoria académica y la calidad de su obra, además del monto señalado en el número dos inciso b) anterior, se les podrá otorgar un complemento por un monto de $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N.), $7,000.00 (siete mil pesos 00/100 M.N.), $11,000.00 (once mil pesos 00/100 M.N.) o $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.), dependiendo de la calidad de su obra.
b) El apoyo se otorga por un periodo máximo de un año o hasta la fecha posterior próxima a partir de la cual el profesor califique, por reglamento, para concursar en el SNI. Una vez que el profesor reciba el apoyo del SNI, dejará de percibir el reconocimiento a la trayectoria académica por parte del PROMEP.
c) Los profesores que se o reincorporen a su institución con apoyo del SNI no pueden beneficiarse de este apoyo.
D.- FOMENTO A LA INVESTIGACION O APLICACION INNOVADORA DEL CONOCIMIENTO
a) Las condiciones de apoyo para estos proyectos son los siguientes:
I) El proyecto debe ajustarse al contenido y formato que se especifica en la solicitud electrónica.
II) Se apoya con un máximo de $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.) por un primer año. Este proyecto se puede renovar por un segundo año en función de los resultados del proyecto en el primer año, de la evaluación a la justificación para el segundo y de la disponibilidad presupuestal.
III) Dicho puede cubrir los siguientes rubros: 1) adquisición de materiales y consumibles; 2) adquisición de equipo menor o complementario; 3) gastos de publicación de trabajos del profesor en revistas o colecciones con arbitraje; 4) asistencia a reuniones académicas de nivel nacional o internacional para la presentación de trabajos o estancias cortas en instituciones de alto nivel para realizar actividades relacionadas con el proyecto. El monto dedicado entre estos dos rubros no debe exceder de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.)
b) Adicionalmente el apoyo puede incluir una beca por un año a partir de la fecha en que se emita la Carta de Liberación del profesor, con un monto de un salario mínimo general vigente, correspondiente al área geográfica "A" (D.F.), para un estudiante de licenciatura que participe en el proyecto con la finalidad de generar interés dentro de la línea de investigación. El estudiante deberá haber cumplido por lo menos con el 75 por ciento de los créditos de su carrera y tener ocho como mínimo promedio en una escala de cero a 10, o su equivalente.
c) Los profesores que hayan recibido apoyo del CONACYT dentro de los proyectos de instalación o de proyectos de investigación, no son elegibles para este tipo de apoyo.
III. SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Y EVALUACION
III.1. Los términos de la presente Convocatoria se basan en las Reglas de Operación del PROMEP publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2007.
llI.2. Los formatos de solicitud para participar en ésta y en todas las convocatorias de carácter individual emitidas por PROMEP se encuentran en http://promep.sep.gob.mx/solicitudesv3. El candidato deberá llenar su solicitud en formato electrónico. Este apoyo se encuentra inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios con la homoclave SEP-23-005.
lll.3. La fecha de cierre para el llenado de las solicitudes en línea es el 16 de julio de 2007.
IlI.4. Siendo un sistema electrónico no hay posibilidad alguna de recibir solicitudes extemporáneas.
IIl.5. Las IES por conducto del RIP entregará en las oficinas de PROMEP la relación de las solicitudes a evaluar acompañada de las solicitudes impresas, las fichas de recepción y en el caso de los profesores con grado de maestría el impreso del Plan de trabajo, todos ellos debidamente firmados por el profesor y el propio representante.
III.6. Las solicitudes serán evaluadas, por comités académicos nombrados por el PROMEP-SES. Serán considerados sólo los apoyos registrados, no habiendo posibilidad de reconsideración sobre los montos no solicitados.
III.7. Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con el grado académico (maestría o doctorado) de incorporación a la institución, no existiendo posibilidad de reconsiderar una nueva evaluación en un grado académico superior.
IlI.8. El otorgamiento de los apoyos estará en función del presupuesto aprobado.
IIl.9. El PROMEP-SES informará a las instituciones sobre los dictámenes a las solicitudes tres meses después del cierre de la semana de recepción correspondiente. En caso de rechazo se indicarán las razones.
III.10. En caso de que se presenten impugnaciones a las notificaciones señaladas en el punto anterior, éstas se llevarán a cabo conforme a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para dicho recurso y conforme al diagrama establecido en el Apartado 4.1 de las Reglas de Operación vigentes.
Ill.11. El equipo, material y servicios que se adquieran o contraten mediante el apoyo a nuevos profesores de tiempo completo, estarán sujetos a las disposiciones que emita la Dirección General de Educación Superior Universitaria al respecto.
Ill.12. Los aspectos no contemplados en esta Convocatoria serán resueltos por el PROMEP-SES estarán sujetos a las disposiciones que emita la Dirección General de Educación Superior Universitaria al respecto.
Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
SEP-23-005 C-PROMEP-08/Rev-01
Esta Convocatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.- México, D.F., a 6 de junio de 2007.- El Director General de Educación Superior Universitaria, Eugenio Cetina Vadillo.- Rúbrica.
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