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DOF: 15/06/2007

CONVOCATORIA 2007 para el otorgamiento de apoyo a profesores de tiempo completo con perfil deseable para universidades públicas estatales e instituciones afines.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

Convocatoria 2007

APOYO A PROFESORES DE TIEMPO COMPLETO CON PERFIL DESEABLE PARA UNIVERSIDADES PUBLICAS ESTATALES E INSTITUCIONES AFINES

  El objetivo principal del Programa de Mejoramiento del Profesorado (PROMEP), es lograr la superación del profesorado y la consolidación de los cuerpos académicos de las instituciones de educación superior (IES) para elevar la calidad de la educación en el país. Para alcanzar este objetivo la Secretaría de Educación Pública (SEP), a través de la Subsecretaría de Educación Superior (SES), ha emprendido en el marco del PROMEP varias acciones enfocadas a promover que los profesores de tiempo completo se integren en cuerpos académicos y con ello sustentar la formación de profesionales de buena calidad, responsables y competitivos.

  Los cuerpos académicos son grupos de profesores de tiempo completo que comparten una o varias líneas de generación o aplicación innovadora del conocimiento (investigación o estudio) en temas disciplinares o multidisciplinares y un conjunto de objetivos y metas académicas. Adicionalmente sus integrantes atienden Programas Educativos (PE) en varios niveles para el cumplimiento cabal de las funciones institucionales.

  Como parte de las acciones orientadas a lograr el objetivo señalado, las IES elaboran planes de desarrollo de sus cuerpos académicos en el marco de programas de fortalecimiento institucional, así como las metas y los objetivos específicos sobre los programas educativos y las líneas de generación o aplicación innovadora de conocimiento a alcanzar. En la consecución de estas metas y objetivos, los profesores de tiempo completo que cumplen con el perfil deseable desempeñan un papel fundamental. Por ello la SEP, a través de la SES, con la finalidad de dotar a los profesores con perfil deseable de implementos básicos para el trabajo académico, convoca a las IES que participan en el PROMEP a presentar solicitudes de apoyo conforme a las siguientes.

BASES

  I. SOBRE LOS PROFESORES A SER APOYADOS

  I.1. Serán elegibles los profesores:

a) Que hayan recibido el "Reconocimiento a profesores de tiempo completo con perfil deseable" durante las convocatorias 2006 y 2007.

b) Cuyo reconocimiento se encuentra vigente y fueron apoyados con un monto inferior al máximo aplicable establecido en el Apartado II.1 de esta convocatoria. Tales profesores podrán optar por el complemento que resulta de la diferencia entre el monto máximo aplicable y lo recibido con anterioridad.

  II. SOBRE EL APOYO A PROFESORES CON PERFIL DESEABLE

  II.1. Los montos máximos de apoyo para los profesores que han sido reconocidos con el perfil deseable por primera ocasión dependen del máximo grado académico del solicitante:

Grado Monto (M.N.)
Doctorado $40,000.00
Maestría o especialidad médica reconocida por CIFRHS $30,000.00

  II.2. Los profesores que hayan recibido apoyo en la convocatoria de "Apoyo a la incorporación de nuevos profesores de tiempo completo" o "Apoyo a la reincorporación de exbecarios", podrán solicitar el "Reconocimiento a profesores de tiempo completo con perfil deseable, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en esa convocatoria.

  II.3. El apoyo podrá utilizarse para cubrir los siguientes rubros según las necesidades de cada profesor:

a) Remodelación del cubículo.

b) Mobiliario del cubículo.

c) Equipo personal de cómputo, periféricos o actualizaciones del mismo.

d) Acervo bibliográfico o informático especializado.

e) Equipo para experimentación.

  II.4. El equipo, material y servicios que se adquieran o contraten mediante el apoyo a profesores con perfil deseable, estarán sujetos a las siguientes reglas, además de las disposiciones que emita la Dirección General de Educación Superior Universitaria al respecto:

a) El equipo y material será propiedad de la institución de adscripción del profesor, misma que lo pondrá bajo custodia del beneficiario.

b) El material bibliográfico e informático deberá catalogarse en la institución para beneficio de otros miembros de la comunidad universitaria.

c) Si por alguna razón el profesor beneficiado deja de prestar sus servicios en la institución, ésta asignará el equipo y material a otro profesor de tiempo completo. Los recursos financieros, que no hayan sido ejercidos dentro de los seis meses siguientes a la fecha del otorgamiento, deberán ser reintegrados al fideicomiso PROMEP de la institución.

d) Los servicios que se contraten para remodelar o adecuar cubículos u otras áreas de trabajo deberán facturarse a nombre de la institución, o bien, si son realizados directamente por ésta, las transferencias correspondientes deberán estar justificadas en monto y forma.

  III. SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Y EVALUACION

  III.1. Los términos de esta Convocatoria se basan en las Reglas de Operación del PROMEP, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2007.

  III.2. Los formatos de solicitud para participar en ésta y en todas las convocatorias de carácter individual emitidas por el PROMEP-SES se encuentran en http://promep.sep.gob.mx/solicitudes. El candidato deberá llenar su solicitud en formato electrónico. Este apoyo se encuentra inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios con la homoclave SEP-23-003-A.

  llI.3. La fecha de cierre para el llenado de las solicitudes en línea es el 16 de julio de 2007.

  III.4. Siendo un sistema electrónico no hay posibilidad alguna de recibir información adicional a la registrada o solicitudes extemporáneas.

  III.5. La IES por conducto del RIP y de acuerdo al calendario de recepción de solicitudes establecido por la Coordinación Académica del PROMEP, entregará en las oficinas del Programa la siguiente documentación:

a) Oficio de presentación de las solicitudes y una relación de éstas.

b) Las fichas de recepción que emite el sistema, debidamente firmadas por el profesor solicitante y avaladas por el RIP (original).

  III.6. La evaluación y selección de los beneficiarios se hará por comités de pares, convocados para el efecto por la SES. Los expertos integrantes de los comités serán seleccionados preferentemente entre los académicos de alto nivel y con probada experiencia en evaluación del Sistema Nacional de Investigadores (SNI), del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (CONACULTA), del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), y de los Comités Interinstitucionales de Evaluación de la Educación Superior (CIEES).

  III.7. El PROMEP SES informará a las instituciones sobre los dictámenes a las solicitudes tres meses después del cierre de la semana de recepción correspondiente. En caso de que existan solicitudes no aprobadas se indicarán los motivos.

  III.8. En caso de que se presenten impugnaciones a las notificaciones señaladas en el punto anterior, éstas se llevarán a cabo conforme a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para dicho recurso y conforme al diagrama establecido en el Apartado 4.1 de las Reglas de Operación vigentes.

  III.9. Los aspectos no contemplados en esta Convocatoria serán resueltos por el PROMEP-SES de conformidad con lo estipulado en las Reglas de Operación vigentes.

  “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.

  SEP-23-003-A C-PROMEP-03/Rev-03

  Esta Convocatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.- México, D.F., a 6 de junio de 2007.- El Director General de Educación Superior Universitaria, Eugenio Cetina Vadillo.- Rúbrica.


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