DOF: 15/06/2007

CONVOCATORIA 2007 para el reconocimiento a profesores de tiempo completo con perfil deseable para universidades politécnicas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

CONVOCATORIA 2007

RECONOCIMIENTO A PROFESORES DE TIEMPO COMPLETO CON PERFIL DESEABLE PARA UNIVERSIDADES POLITECNICAS

  El objetivo principal del Programa de Mejoramiento del Profesorado (PROMEP), es lograr la superación del profesorado y la consolidación de los cuerpos académicos de las instituciones de educación superior (IES) para elevar la calidad de la educación en el país. Para alcanzar este objetivo la Secretaría de Educación Pública (SEP), a través de la Subsecretaría de Educación Superior (SES), ha emprendido en el marco del PROMEP varias acciones enfocadas a promover que los profesores de tiempo completo se integren en cuerpos académicos y con ello sustentar la formación de profesionales de buena calidad, responsables y competitivos.

  Los cuerpos académicos (CA) en las Universidades Politécnicas (UUPP) son grupos de profesores de tiempo completo que comparten una o varias líneas innovadoras de investigación aplicada o desarrollo tecnológico (LIIADT), las cuales se orientan principalmente a la asimilación, transferencia, creación y mejora de tecnologías.

  Los CA trabajan en proyectos innovadores de investigación que atienden a necesidades concretas del sector productivo, y participan en programas de asesoría y consultoría a dicho sector, comparten objetivos y metas académicas comunes y adicionalmente, los CA atienden los programas educativos a fines a su especialidad.

  Como parte de las acciones orientadas a lograr el objetivo señalado, las UUPP elaboran planes de desarrollo de sus cuerpos académicos en el marco de programas de fortalecimiento institucional, así como las metas y los objetivos específicos sobre los programas educativos y las líneas de investigación aplicada o desarrollo tecnológico a alcanzar. En la consecución de estas metas y objetivos, los profesores de tiempo completo que cumplen con el perfil deseable desempeñan un papel fundamental. Por ello la SEP, a través de la SES, convoca a los profesores de las UUPP adscritas al PROMEP, que realizan actividades académicas de docencia, investigación aplicada o desarrollo tecnológico, gestión académica y tutorías a presentar solicitudes conforme a las siguientes:

BASES

  I. SOBRE EL RECONOCIMIENTO DEL PERFIL DESEABLE

  I.1. El reconocimiento a profesores de tiempo completo con perfil deseable se refiere al profesor universitario que posee una habilitación científica-tecnológica superior a la de los programas educativos que imparte, preferentemente cuenta con el doctorado y, además, realiza de forma equilibrada actividades de docencia, investigación aplicada o desarrollo tecnológico, tutorías y gestión académica.

  I.2. Los profesores solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

1) Tener nombramiento de tiempo completo con plaza de profesor.

2) Haber obtenido el grado preferente de doctorado o el mínimo de maestría.

3) Demostrar de manera fehaciente sus actividades en:

a) Docencia. Haber impartido un curso frente a grupo en promedio al año, durante los últimos tres años o durante el tiempo transcurrido desde su primer nombramiento como PTC en la UUPP.

b) Investigación aplicada y desarrollo tecnológico. Haber participado o estar participando activamente en proyectos innovadores de IADT que atienden necesidades del sector productivo. Esta participación deberá comprobarse con un producto de buena calidad en promedio por año [patentes, prototipos, informes técnicos (éstos deberán ser avalados por las instituciones beneficiarias correspondientes y deberán describir los beneficios logrados), asesorías o consultarías asociadas a las líneas de investigación aplicada o desarrollo tecnológico, artículos arbitrados en revistas de tecnología o de ciencia aplicada], durante los últimos tres años o durante el tiempo transcurrido desde su primer nombramiento como PTC en la UUPP.

c) Tutoría. Impartirlas a estudiantes o grupos durante el último año inmediato anterior a la fecha de presentar solicitud, o haber dirigido al menos una tesis.

d) Gestión académica individual o colegiada, tales como la dirección de seminarios periódicos, organización de eventos académicos, actividades académico-administrativas, participación en comités de evaluación académica durante el último año inmediato anterior a la fecha de presentar su solicitud.

   (Es muy importante observar que: ninguna de estas funciones puede sustituirse por alguna de las otras).

  I.3. Aquellos profesores que durante el año inmediato anterior a la presentación de su solicitud gozaron de un año sabático, se encontraban comisionados o se incorporaron a la institución, podrán solicitar el reconocimiento a profesores de tiempo completo con perfil deseable, si al momento de presentar su solicitud comprueban que se han incorporado a la institución a tiempo completo y realizan las cuatro actividades requeridas en el apartado anterior. Es necesario presentar constancia del permiso institucional.

  I.4. Los reconocimientos institucionales como estímulos al desempeño de personal docente o cualquier otro reconocimiento expedido oficialmente por el cuerpo evaluador establecido por la institución, serán elementos indicativos del desempeño eficaz de las funciones académicas (especialmente para la actividad docente) de los profesores solicitantes. En el mismo sentido, se tomará como referencia la pertenencia al Sistema Nacional de Investigadores (SNI).

  I.5. El reconocimiento del perfil deseable de un profesor tiene vigencia por tres años a partir de la fecha de notificación oficial a la institución.

  II. SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Y EVALUACION

  II.1. Los términos de esta Convocatoria se basan en las Reglas de Operación del PROMEP, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2007.

  II.2. Los formatos de solicitud para participar en ésta y en todas las convocatorias de carácter individual emitidas por el PROMEP-SES se encuentran en http://promep.sep.gob.mx/solicitudes. El candidato deberá llenar su solicitud en formato electrónico. Este apoyo se encuentra inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios con la homoclave SEP-23-003-B.

  ll.3. La fecha de cierre para el llenado de las solicitudes en línea es el 16 de julio de 2007.

  II.4. Siendo un sistema electrónico no hay posibilidad alguna de recibir información adicional a la registrada o solicitudes extemporáneas.

  II.4. Es responsabilidad de las instituciones integrar y conservar el expediente de los profesores solicitantes, el cual deberá contener los comprobantes fehacientes de cada una de las actividades registradas en la solicitud.

  II.5. La UUPP por conducto del RIP y de acuerdo al calendario de recepción de solicitudes establecido por la Coordinación Académica del PROMEP, entregará en las oficinas del Programa la siguiente documentación:

a) Oficio de presentación de las solicitudes y una relación de éstas.

b) Las fichas de recepción que emite el sistema, debidamente firmadas por el profesor solicitante y avaladas por el RIP (original).

  II.6. La evaluación y selección de los beneficiarios se hará por comités de expertos de alto nivel, de las áreas del conocimiento de los concursantes, convocados para el efecto por el PROMEP-SES. Los expertos integrantes de los comités serán seleccionados preferentemente entre los tecnólogos y académicos de alto nivel y con probada experiencia en evaluación del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACyT), del Sistema Nacional de Investigadores (SNI), y de los Comités Interinstitucionales de Evaluación de la Educación Superior (CIEES).

  II.7. El PROMEP-SES informará a las instituciones sobre los dictámenes a las solicitudes tres meses después del cierre de la semana de recepción correspondiente. En caso de que existan solicitudes no aprobadas se indicarán los motivos.

  II.8. En caso de que se presenten impugnaciones a las notificaciones señaladas en el punto anterior, éstas se llevarán a cabo conforme a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para dicho recurso y conforme al diagrama establecido en el Apartado 4.1 de las Reglas de Operación vigentes.

  II.9. Los aspectos no contemplados en esta Convocatoria serán resueltos por el PROMEP-SES de conformidad con lo estipulado en las Reglas de Operación vigentes.

  “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.

  SEP-23-003-B C-PROMEP-11/Rev 01

  Esta Convocatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.- México, D.F., a 6 de junio de 2007.- El Director General de Educación Superior Universitaria, Eugenio Cetina Vadillo.- Rúbrica.


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