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DOF: 31/08/2007

ACUERDO de Coordinación para la asignación y operación de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Tabasco y los municipios de Cárdenas, Centro y Tenosique de dicha entidad federativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

  ACUERDO DE COORDINACION PARA LA ASIGNACION Y OPERACION DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOS DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL, QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO, ARQ. SARA HALINA TOPELSON FRIDMAN, ASISTIDA POR LA DELEGADA DE LA SEDESOL EN EL ESTADO DE TABASCO C. DORA MARIA SCHERRER PALOMEQUE, EN LO SUCESIVO LA SEDESOL, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, POR CONDUCTO DEL SECRETARIO DE ASENTAMIENTOS Y OBRAS PUBLICAS ING. HECTOR MANUEL LOPEZ PERALTA Y DE LA UNIDAD DE ATENCION SOCIAL REPRESENTADA POR SU TITULAR, BIOL. MARIA TERESA CABRALES SANGUINO, ASISTIDA POR EL LIC. CARLOS RAMON VALDES GOMEZ EN SU CARACTER DE COORDINADOR GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO EL EJECUTIVO DEL ESTADO, CON LA PARTICIPACION DE LOS CC. SECRETARIOS DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, L.C.P. JOSE MANUEL SAIZ PINEDA Y SECRETARIO DE PLANEACION LIC. GUSTAVO JASSO GUTIERREZ; LOS MUNICIPIOS DE CARDENAS, CENTRO Y TENOSIQUE, REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES, LOS C.C. SALVADOR AQUINO ALMEIDA, LIC. EVARISTO HERNANDEZ CRUZ, Y LIC. ANTONIO ABELARDO ARMANDO SOLA VELA; A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA LOS MUNICIPIOS, Y CUANDO ACTUEN EN CONJUNTO LAS PARTES; MISMO QUE SE SUSCRIBE EN EL SENO DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE TABASCO, EN LO SUBSECUENTE COPLADET, REPRESENTADO POR SU COORDINADORA GENERAL, LIC. YOLANDA OSUNA HUERTA, DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

1.  Que el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Desarrollo Social, ha instrumentado el Programa de Rescate de Espacios Públicos, que conforme a lo establecido en sus Reglas de Operación publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 28 de febrero de 2007, tiene como objetivo general, recuperar espacios públicos, para fomentar la identidad comunitaria, la cohesión social y la generación e igualdad de oportunidades, así como contribuir a la disminución de la pobreza urbana y a la prevención de conductas antisociales.

2.  Que mediante oficio número 312.A.-000004, de fecha 4 de enero de 2007, la Dirección General de Programación y Presupuesto B de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, comunicó a la Secretaría de Desarrollo Social, el monto de los subsidios autorizados al Programa Rescate de Espacios Públicos para el presente año, conforme lo establece el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2007.

3.  Que la Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Desarrollo Social, mediante el oficio número OM/DGPP/DPP/410.20/00167/07, de fecha 19 de enero de 2007, le comunicó a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio el monto de los subsidios autorizados al Programa Rescate de Espacios Públicos para el presente año.

4. La Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, mediante oficio circular No.300.-56 de fecha 21 de febrero de 2007, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de marzo de 2007, comunicó a los delegados federales de la Secretaría de Desarrollo Social en los estados la asignación de los subsidios federales del Programa Rescate de Espacios Públicos, por entidad federativa para el ejercicio fiscal 2007.

DECLARACIONES

  I.- DECLARA LA SEDESOL:

I.1 Que es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

I.2 Que de acuerdo a lo señalado. En el artículo 32 de la ley antes citada, tiene entre sus atribuciones la de formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda.

I.3 Que sus representantes cuentan con las facultades para la suscripción del presente instrumento, en términos de lo establecido en los artículos 6, 8, 44, y 45 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social.

  II.- DECLARA EL EJECUTIVO DEL ESTADO:

II.1 El Estado de Tabasco, es una entidad libre y soberana en lo que se refiere a su régimen interior y es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos de conformidad con lo dispuesto por los artículos 40, 41 primer párrafo y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 y 9 primer párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco.

II.2 Que la Secretaría de Asentamientos y Obras Públicas es una dependencia de la Administración Pública Centralizada del Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tabasco, conforme lo establecen los artículos 52 primer párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, 3, 4, 26 fracción IX y 35 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, teniendo entre otras atribuciones: Instrumentar, conducir, aplicar en su caso, difundir y evaluar las políticas y programas sectoriales de desarrollo urbano, asentamientos humanos, obras públicas, vivienda, regular el desarrollo urbano de las diversas localidades y centro de población; vigilar el cumplimiento y aplicación de las normas técnicas aplicables al uso del suelo; establecer y vigilar el cumplimiento de los programas de adquisición de reservas territoriales del estado, con la participación que corresponda a otras autoridades.

II.3 El Ing. Héctor Manuel López Peralta, fue nombrado Secretario de Asentamientos y Obras Públicas, mediante nombramiento otorgado en su favor por el C. Quím. Andrés Rafael Granier Melo, Gobernador del Estado de Tabasco, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 51 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; 5 y 12 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, por lo que posee la capacidad legal suficiente para obligarse en los términos del presente Acuerdo.

II.4 Que la Unidad de Atención Social del Estado, es una Unidad de la Gubernatura que tiene entre otros asuntos el de impulsar, instrumentar y supervisar en coordinación con las autoridades competentes, las acciones tendientes a reducir la pobreza y a fomentar mejoras en la calidad y nivel de vida de los habitantes de Tabasco, lo anterior de conformidad con los artículos 13 y 15 fracción II de la Ley Orgánica del poder Ejecutivo del Estado de Tabasco.

II.5 Que la Biol. María Teresa Cabrales Sanguino, fue nombrada titular de la Unidad de Atención Social del Estado, el 1 de enero de 2007, por el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano del Estado de Tabasco, y por lo tanto está facultada para la suscripción del presente Acuerdo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 51 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; 13 y 15 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco.

II.6 Que la Coordinación General de Desarrollo Social es un órgano desconcentrado de la Unidad de Atención Social del Estado, dotado de autonomía técnica y operativa, el cual tiene por objeto llevar a cabo todas aquellas acciones tendientes a impulsar y consolidar el desarrollo social en la Entidad, mediante políticas públicas y programas sociales que coadyuven al crecimiento y desarrollo de las poblaciones indígenas, grupos marginados y vulnerables.

II.7 Que el Lic. Carlos Ramón Valdés Gómez, fue nombrado titular de la Coordinación General de Desarrollo Social del Estado, el 4 de enero de 2007, por la titular de la Unidad de Atención Social del Estado, y por lo tanto está facultado para la suscripción del presente Acuerdo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7 de su acuerdo de creación, publicado en el periódico oficial, el día 3 de enero de 2007, suplemento E 6712.

II.8 Que la Secretaría de Administración y Finanzas, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada del Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tabasco, conforme lo establecen los artículos 52 primer párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, 3, 4, 26 fracción III y 29 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco.

II.9 Que el L.C.P. José Manuel Saíz Pineda, fue nombrado Secretario de Administración y Finanzas, el 1 de enero de 2007, por el Gobernador del Estado Libre y Soberano del Estado de Tabasco, y por lo tanto está facultado para la suscripción del presente Acuerdo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 51 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; 5 y 12 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco.

II.10 Que la Secretaría de Planeación, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada del Poder Ejecutivo del Estado, conforme lo establecen los artículos 52 primer párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, 3, 4, 26 fracción V y 31 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco.

II.11 Que el Lic. Gustavo Jasso Gutiérrez, fue nombrado Secretario de Planeación con fecha 1 de enero de 2007, por el Gobernador del Estado Libre y Soberano del Estado de Tabasco, y por lo tanto está facultado para la suscripción del presente Acuerdo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 51 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; 5 y 12 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco.

  III.- DECLARAN LOS MUNICIPIOS:

III.1 Que son Entidades Públicas legalmente constituidas, dotadas de personalidad jurídica y patrimonio propio, en los términos previstos por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 64 y 65 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; y 1, 2, 4, 19, 29 fracción II, XX, XXI, XXII, XXIII y XXV, 65 fracción I, III, IV, VI, XIII, XIV y XVI, 67, 69, 79 fracción XIII, 80 fracción V, 81, 124 y 125 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco; por lo que tienen capacidad legal y suficiente para suscribir el presente acuerdo.

III.2 Que los CC. Salvador Aquino Almeida, Presidente Municipal del Municipio de Cárdenas, Lic. Evaristo Hernández Cruz, Presidente Municipal de Centro, y Lic. Antonio Abelardo Armando Solá Vela, Presidente Municipal de Tenosique; conforme a la constancia de mayoría otorgada en su favor por el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Tabasco, así como al contenido del acta levantada en la sesión de cabildo de fecha 1 de enero de 2007, respectivamente.

  IV.- DECLARAN LAS PARTES:

  UNICA.- Que se reconocen recíprocamente la personalidad y capacidad con que se comparecen a celebrar el presente Acuerdo de Coordinación, así como las obligaciones que se establecen en el mismo, para todos los efectos legales a que haya lugar.

  Con base en lo antes expuesto, y con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 45 y 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 85 y 176 de su Reglamento, 1, 4 y 32 de la Ley General de Desarrollo Social; 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 1, 2, 25, 26 y 27 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007; 1, 56, 223 y 224 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 6, 8, 11, 12, 16, 36, 37, 44 y 45 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; en el Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2007, así como en lo previsto por los artículos 51 fracción II, 52 primer párrafo, 64 y 76 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; 2, 3, 4, 5, 9, 12 fracción IX, 26 fracciones III y IX, 31 y 35 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco; 48, 49 y 50 de la Ley de Planeación en el Estado de Tabasco; 2, 4, 5, 23, 29, 69, 124 y 125 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco; y 1, 2, 6, 7, 8, 10, 18, 22, 28, 69, 124 y 125 de la Ley de Ordenamiento Sustentable del Territorio del Estado de Tabasco, las partes han decidido establecer sus compromisos con arreglo a las siguientes:

CLAUSULAS

CAPITULO I

DEL OBJETO

  PRIMERA: El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto coordinar las acciones y subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos entre “LA SEDESOL, EL EJECUTIVO DEL ESTADO y LOS MUNICIPIOS, para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y Zonas Metropolitanas seleccionadas.

  SEGUNDA: “LA SEDESOL, EL EJECUTIVO DEL ESTADO y LOS MUNICIPIOS acuerdan que en la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establecen el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007, la legislación federal aplicable, las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos, así como los instrumentos normativos y técnicos que se derivan de estas últimas.

CAPITULO II

DE LAS CIUDADES Y MUNICIPIOS SELECCIONADOS

  TERCERA: “LA SEDESOL, EL EJECUTIVO DEL ESTADO y LOS MUNICIPIOS acuerdan que las obras y acciones apoyadas por el Programa de Rescate de Espacios Públicos se llevarán a cabo en las ciudades y zonas metropolitanas seleccionadas, que se señalan en el Anexo I: Ciudades y Municipios Seleccionados, que forma parte del presente Acuerdo de Coordinación. El cual será suscrito por la Delegada Federal de la Secretaría de Desarrollo Social en el Estado, EL EJECUTIVO DEL ESTADO y por los “Municipios, dicho Anexo formará parte del presente Acuerdo de Coordinación.

  CUARTA: Con el fin de apoyar la ejecución de acciones interinstitucionales, LA SEDESOL promoverá la concurrencia de acciones de otras instituciones en los espacios públicos donde intervenga el Programa de Rescate de Espacios Públicos, tanto de instancias del propio sector Desarrollo Social como de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. “EL EJECUTIVO DEL ESTADO y “LOS MUNICIPIOS acuerdan apoyar a LA SEDESOL en la ejecución de dichas acciones.

CAPITULO III

DE LOS SUBSIDIOS FEDERALES

  QUINTA: “LA SEDESOL, EL EJECUTIVO DEL ESTADO y LOS MUNICIPIOS acuerdan que los subsidios federales asignados a la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II denominado Aportaciones de Subsidios Federales por Municipio, el cual será suscrito por la Delegada Federal de la Secretaría de Desarrollo Social en el Estado, EL EJECUTIVO DEL ESTADO y por LOS MUNICIPIOS, dicho Anexo formará parte del presente Acuerdo de Coordinación.

  SEXTA: La ministración de los subsidios federales para el Programa Espacios Públicos se efectuará considerando el calendario presupuestario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF).

  SEPTIMA: De conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Espacios Públicos vigentes, EL EJECUTIVO DEL ESTADO y LOS MUNICIPIOS, así como LA SEDESOL, incluyendo sus órganos desconcentrados y sus entidades sectorizadas, podrán constituirse como ejecutores del Programa Espacios Públicos. Los ejecutores serán los responsables del ejercicio y comprobación de los subsidios federales y de los recursos locales aportados al Programa.

  OCTAVA: “LA SEDESOL, EL EJECUTIVO DEL ESTADO y LOS MUNICIPIOS acuerdan que los subsidios federales destinados a la entidad federativa que no se comprometan en las fechas señaladas en el Oficio para la Asignación de Subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos por Entidad Federativa, y de acuerdo a lo que se establece en las Reglas de Operación del Programa, podrán ser reasignados por LA SEDESOL a otros municipios del mismo estado o a otras entidades federativas del país, de conformidad a lo establecido en el punto 4.3 de la Reglas de Operación del Programa. Dichas reasignaciones presupuestarias serán notificadas por la Delegación de LA SEDESOL a EL EJECUTIVO DEL ESTADO y a LOS MUNICIPIOS que correspondan.

CAPITULO IV

DE LOS RECURSOS ASIGNADOS POR “EL EJECUTIVO DEL ESTADO Y POR LOS MUNICIPIOS

  NOVENA: “EL EJECUTIVO DEL ESTADO y LOS MUNICIPIOS, se comprometen a aportar recursos financieros para las obras y acciones apoyadas por el Programa Rescate de Espacios Públicos, de conformidad con lo señalado en las Reglas de Operación vigentes. Estos recursos serán distribuidos conforme a lo señalado en el Anexo III denominado Aportaciones de Recursos por Municipio, el cual será suscrito por la Delegada Federal de la Secretaría de Desarrollo Social en el Estado, El Ejecutivo del Estado” y por los Presidentes Municipales, dicho Anexo formará parte del presente Acuerdo de Coordinación.

  DECIMA: “LA SEDESOL, EL EJECUTIVO DEL ESTADO y LOS MUNICIPIOS, acuerdan que con los recursos de los tres órdenes de gobierno, destinados al Programa, se dará prioridad a las obras y acciones que permitan alcanzar las metas presupuestarias del Programa, en tal caso, éstas deberán distinguirse por su carácter integrado y complementario. Por ello, el conjunto de proyectos que se proponga realizar deberán comprender tanto el mejoramiento físico de los espacios públicos como de desarrollo social y seguridad comunitaria y aquellos que garanticen accesibilidad y movilidad de las personas.

CAPITULO V

DE LAS RESPONSABILIDADES

  DECIMA PRIMERA: “LA SEDESOL se compromete a:

a) Apoyar con subsidios la ejecución del Programa de Rescate de Espacios Públicos en la entidad federativa y en las ciudades y zonas metropolitanas seleccionadas, con la participación que corresponda a “EL EJECUTIVO DEL ESTADO y a LOS MUNICIPIOS.

b) Aprobar las obras y acciones, así como la radicación de los subsidios federales, de manera oportuna y por conducto de la Delegación de LA SEDESOL en la entidad federativa.

c) Aplicar los subsidios federales y las aportaciones locales, cuando funja como ejecutor, conforme a lo señalado en las Reglas de Operación del Programa Espacios Públicos vigentes y en la legislación federal aplicable.

d) Brindar capacitación y asistencia técnica para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos.

  DECIMA SEGUNDA: “EL EJECUTIVO DEL ESTADO y “LOS MUNICIPIOS se comprometen:

a) Apoyar la ejecución del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las ciudades y zonas metropolitanas seleccionadas, conforme a lo establecido en las Reglas de Operación publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de febrero de 2007.

b) Aplicar los subsidios federales y las aportaciones locales, cuando funja como ejecutor, conforme a lo señalado en las Reglas de Operación del Programa Espacios Públicos y en la legislación federal aplicable.

c) Apoyar el cumplimiento de los objetivos y las metas del Programa Espacios Públicos.

d) Elaborar y mantener actualizado un registro de sus aportaciones de recursos, de conformidad con la normatividad aplicable.

e) Garantizar, en su caso, la aportación que corresponda a los beneficiarios, conforme a lo señalado en las Reglas de Operación del Programa Espacios Públicos.

f) En el caso de EL EJECUTIVO DEL ESTADO“ y LOS MUNICIPIOS”, mantener la operación de los inmuebles apoyados por el Programa, destinados a la prestación de servicios sociales, para los fines acordados con LA SEDESOL.

g) Reintegrar a la Tesorería de la Federación, conforme a lo establecido en la normatividad aplicable, los subsidios federales no ejercidos al cierre del año, al igual que los recursos no comprobados en la fecha límite establecida para este fin.

h) Hacer explícito en el acta de entrega-recepción o en el informe de resultados, cuando funjan como ejecutores, el compromiso de dar mantenimiento, conservar, vigilar y sufragar la continua y adecuada operación de las obras y/o equipos financiados con recursos del Programa Espacios Públicos.

i) Proporcionar a las instancias correspondientes de control y auditoría, la información requerida, así como otorgarles las facilidades necesarias, para que lleven a cabo sus acciones en dichas materias.

CAPITULO VI

DEL SEGUIMIENTO, CONTROL Y EVALUACION DEL PROGRAMA

  DECIMA TERCERA: “EL EJECUTIVO DEL ESTADO y LOS MUNICIPIOS, como ejecutores del Programa de Rescate de Espacios Públicos, otorgarán las facilidades necesarias a LA SEDESOL, para que ésta realice visitas de seguimiento de las obras y acciones realizadas con recursos del Programa, así como de los equipos, materiales, información, registros y documentos que estime pertinente conocer y que estén relacionados con la ejecución de las mismas.

  DECIMA CUARTA: “EL EJECUTIVO DEL ESTADO y LOS MUNICIPIOS, como ejecutores del Programa de Rescate de Espacios Públicos, asumen el compromiso de proporcionar a LA SEDESOL la información sobre los avances y resultados del Programa Espacios Públicos de la manera siguiente:

a) Informar mensualmente sobre los avances físicos y financieros de todos los proyectos apoyados por el Programa en los registro del SIPSO.

b) Imprimir, con base en la información del SIIPSO, informes trimestrales de avances físico-financieros de las obras y acciones, mismos que los presentará debidamente firmados a la Delegación de la SEDESOL, en los primeros cinco días hábiles del mes posterior en el que concluye el trimestre.

c) Informar a la Delegación, por conducto del SIIPSO, de las obras y acciones concluidas, así como de sus resultados físicos y financieros, a más tardar a los treinta días naturales a la fecha de su conclusión.

d) Elaborar e imprimir, por conducto del SIIPSO, el Informe de Cierre de Ejercicio. En éste se considerarán todos aquellos movimientos presupuestarios de los subsidios en el ejercicio fiscal y debe coincidir con lo registrado en el Sistema Integral de Presupuesto y Contabilidad (SIPREC).

  DECIMA QUINTA: “LA SEDESOL, EL EJECUTIVO DEL ESTADO y LOS MUNICIPIOS colaborarán, en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de un sistema de información, administrado por “LA SEDESOL, que apoye las actividades de seguimiento, control y evaluación del Programa de Rescate de Espacios Públicos. LA SEDESOL proporcionará a EL EJECUTIVO DEL ESTADO y LOS MUNICIPIOS asistencia técnica y capacitación para efectuar dichas actividades.

  DECIMA SEXTA: Las actividades de control y auditoría de los subsidios federales corresponderán al Organo Interno de Control en la SEDESOL; a la Secretaría de la Función Pública (SFP), en coordinación con los órganos de control de los gobiernos de las entidades federativas; así como a la Auditoría Superior de la Federación (ASF), y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) conforme a las atribuciones que les confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización Superior de la Federación y demás disposiciones aplicables.

  DECIMA SEPTIMA: “EL EJECUTIVO DEL ESTADO y LOS MUNICIPIOS se comprometen a apoyar a “LA SEDESOL en las acciones que se lleven a cabo para la evaluación externa del Programa de Rescate de Espacios Públicos conforme lo establecen las Reglas de Operación vigentes y demás normatividad aplicable.

CAPITULO VII

ESTIPULACIONES FINALES

  DECIMA OCTAVA: “LA SEDESOL podrá efectuar la reducción, la retención o la suspensión parcial o definitiva de las radicaciones efectuadas a EL EJECUTIVO DEL ESTADO o a LOS MUNICIPIOS, cuando detecte desviaciones, por incumplimiento de lo convenido, o por no entregar los informes periódicos previstos en las Reglas de Operación. De igual forma se procederá en el caso de no recibir oportunamente la aportación de recursos de EL EJECUTIVO DEL ESTADO o LOS MUNICIPIOS, o cuando los subsidios no se destinen a los fines autorizados.

  DECIMA NOVENA: El presente acuerdo de coordinación y sus anexos se podrán modificar de común acuerdo por las partes.

  VIGESIMA: Serán causas de inobservancia del presente Acuerdo, las siguientes:

a) El incumplimiento a lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007, en las Reglas de Operación del Programa Recuperación de Espacios Públicos y en las demás disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.

b) La aplicación de los subsidios federales asignados por medio de este Acuerdo a “EL EJECUTIVO DEL ESTADO y a LOS MUNICIPIOS a fines distintos de los pactados; y,

c) La falta de entrega de información, reportes y demás documentación prevista en este Acuerdo y en los diversos instrumentos derivados del mismo.

  VIGESIMA PRIMERA: Las partes realizarán las acciones necesarias para cumplir con los compromisos pactados en el presente Acuerdo de Coordinación. En el evento de que se presenten casos fortuitos o de fuerza mayor, que motiven el incumplimiento a lo pactado, la contraparte quedará liberada del cumplimiento de las obligaciones que le son correlativas, debiendo comunicar dichas circunstancias por escrito a la brevedad posible, a las partes, a través de las instancias que suscriben el presente Acuerdo.

  VIGESIMA SEGUNDA: Las partes acuerdan que el presente instrumento jurídico, deberá guardar absoluta congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo (2007-2012) y el Convenio Marco, que en términos del artículo 27 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007 se suscriba, por lo que de existir alguna diferencia o contradicción entre este instrumento y aquéllos, prevalecerán el Plan Nacional de Desarrollo y el Convenio Marco.

  VIGESIMA TERCERA: Las partes manifiestan su conformidad para que, en caso de controversias que se susciten en el incumplimiento del Presente Acuerdo, conocerán los Tribunales Federales de la ciudad de Villahermosa, Tabasco.

  VIGESIMA CUARTA: Este Acuerdo de Coordinación surte sus efectos a partir de la fecha de su firma y hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil siete. Los anexos de este Acuerdo, que en su caso se modifiquen serán elaborados en los términos de la legislación federal aplicable para los efectos del cierre del ejercicio fiscal.

  El presente Acuerdo y sus Anexos deberán publicarse, conforme lo establece el artículo 36 de la Ley de Planeación, en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado con el propósito de que la población conozca las acciones coordinadas de la Federación con el Estado.

  Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.

  Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Acuerdo de Coordinación en 12 ejemplares originales, en la ciudad de Villahermosa, Tabasco, a los veinte días del mes de abril de dos mil siete.- Testigos de Honor: el Gobernador del Estado de Tabasco, Andrés Rafael Granier Melo.- Rúbrica.- El Subsecretario de Desarrollo Social y Humano de la Secretaría de Desarrollo Social, Gustavo Adolfo Merino Juárez.- Rúbrica.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Sara Halina Topelson Fridman.- Rúbrica.- La Delegada Federal en el Estado de Tabasco, Dora María Scherrer Palomeque.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo del Estado: el Secretario de Asentamientos y Obras Públicas, Héctor Manuel López Peralta.- Rúbrica.- La Titular de la Unidad de Atención Social del Estado, María Teresa Cabrales Sanguino.- Rúbrica.- El Coordinador de Desarrollo Social, Carlos Ramón Valdés Gómez.- Rúbrica.- El Secretario de Administración y Finanzas, José Manuel Saiz Pineda.- Rúbrica.- El Secretario de Planeación, Gustavo Jasso Gutiérrez.- Rúbrica.- Por los Municipios: el Presidente Municipal de Cárdenas, Salvador Aquino Almeida.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Centro, Evaristo Hernández Cruz.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Tenosique, Antonio Abelardo Armando Solá Vela.- Rúbrica.- Por el COPLADET: la Coordinadora General, Yolanda Osuna Huerta.- Rúbrica.

Anexo I

“Ciudades y Municipios Seleccionados

Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de los Subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos, correspondiente al Estado de Tabasco y al Ejercicio Fiscal 2007

  “LA SEDESOL, EL EJECUTIVO DEL ESTADO y LOS MUNICIPIOS acuerdan que las obras y acciones apoyadas por el Programa de Rescate de Espacios Públicos se llevarán a cabo en las ciudades y Municipios seleccionados.

Ciudad o Zona Metropolitana Municipio
  CARDENAS
  CENTRO
  TENOSIQUE
GOBIERNO ESTATAL  

  Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.

  Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo en la ciudad de Villahermosa, Tabasco, a los veinte días del mes de abril de dos mil siete.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Sara Halina Topelson Fridman.- Rúbrica.- La Delegada Federal en el Estado de Tabasco, Dora María Scherrer Palomeque.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo del Estado: el Secretario de Asentamientos y Obras Públicas, Héctor Manuel López Peralta.- Rúbrica.- La Titular de la Unidad de Atención Social del Estado, María Teresa Cabrales Sanguino.- Rúbrica.- El Coordinador General de Desarrollo Social, Carlos Ramón Valdés Gómez.- Rúbrica.- El Secretario de Administración y Finanzas, José Manuel Saiz Pineda.- Rúbrica.- El Secretario de Planeación, Gustavo Jasso Gutiérrez.- Rúbrica.- Por el COPLADET: la Coordinadora General, Yolanda Osuna Huerta.- Rúbrica.- Por los Municipios: el Presidente Municipal de Cárdenas, Salvador Aquino Almeida.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Centro, Evaristo Hernández Cruz.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Tenosique, Antonio Abelardo Armando Solá Vela.- Rúbrica.

Anexo II

“Aportaciones de Subsidios Federales por Municipio

Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de los Subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos correspondiente al Estado de Tabasco y al Ejercicio Fiscal 2007

  “LA SEDESOL asignará a EL EJECUTIVO DEL ESTADO y, en su caso, por conducto de éste a “LOS MUNICIPIOS, subsidios federales del Programa de Rescate de Espacios Públicos por la cantidad de $20,612,157.00 (veinte millones seiscientos doce mil ciento cincuenta y siete pesos 00/100 M.N.)

Municipio Subsidios aportados por LA SEDESOL Recursos aportados por EL EJECUTIVO DEL ESTADO Recursos aportados por LOS MUNICIPIOS  
CARDENAS 6,103,330.00   6,103,330.00 12,206,660
CENTRO 12,508827.00 *2,158,995.00 10,349,832.00 25,017,654
TENOSIQUE 2,000,000.00   2,000,000.00 4,000,000
TOTALES 20,612,157.00 2,158,995.00 $18,453,162.00 41,224,314

  * Subsidio a ejercer por EL EJECUTIVO DEL ESTADO en el Municipio de Centro.

  Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.

  Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo en la ciudad de Villahermosa, Tabasco, a los veinte días del mes de abril de dos mil siete.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Sara Halina Topelson Fridman.- Rúbrica.- La Delegada Federal en el Estado de Tabasco, Dora María Scherrer Palomeque.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo del Estado: el Secretario de Asentamientos y Obras Públicas, Héctor Manuel López Peralta.- Rúbrica.- La Titular de la Unidad de Atención Social del Estado, María Teresa Cabrales Sanguino.- Rúbrica.- El Coordinador General de Desarrollo Social, Carlos Ramón Valdés Gómez.- Rúbrica.- El Secretario de Administración y Finanzas, José Manuel Saiz Pineda.- Rúbrica.- El Secretario de Planeación, Gustavo Jasso Gutiérrez.- Rúbrica.- Por el COPLADET: la Coordinadora General, Yolanda Osuna Huerta.- Rúbrica.- Por los Municipios: el Presidente Municipal de Cárdenas, Salvador Aquino Almeida.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Centro, Evaristo Hernández Cruz.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Tenosique, Antonio Abelardo Armando Solá Vela.- Rúbrica.

Anexo III

“Aportaciones de Recursos por Municipio

Acuerdo de Coordinación para la Asignación y Operación de los Subsidios del Programa Espacios Públicos, correspondiente al Estado de Tabasco y al Ejercicio Fiscal 2007

  “EL EJECUTIVO DEL ESTADO y en su caso LOS MUNICIPIOS se comprometen a su vez a aportar recursos al Programa de Rescate de Espacios Públicos por la cantidad total de $20,612,157.00 (veinte millones seiscientos doce mil ciento cincuenta y siete pesos 00/100 M.N.)

Municipio Recursos aportados por EL EJECUTIVO DEL ESTADO Recursos aportados por LOS MUNICIPIOS Total de recursos
GOBIERNO DEL ESTADO $2,158,995.00   $2,158,995.00
CARDENAS   $6,103,330.00 $6,103,330.00
CENTRO   $10,349,832.00 $10,349,832.00
TENOSIQUE   $2,000,000.00 $2,000,000.00
TOTALES $2,158,995.00 $18453,162.00 $20,612,157.00

  Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.

  Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Anexo en la ciudad de Villahermosa, Tabasco, a los veinte días del mes de abril de dos mil siete.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Sara Halina Topelson Fridman.- Rúbrica.- La Delegada Federal en el Estado de Tabasco, Dora María Scherrer Palomeque.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo del Estado: el Secretario de Asentamientos y Obras Públicas, Héctor Manuel López Peralta.- Rúbrica.- La Titular de la Unidad de Atención Social del Estado, María Teresa Cabrales Sanguino.- Rúbrica.- El Coordinador General de Desarrollo Social, Carlos Ramón Valdés Gómez.- Rúbrica.- El Secretario de Administración y Finanzas, José Manuel Saiz Pineda.- Rúbrica.- El Secretario de Planeación, Gustavo Jasso Gutiérrez.- Rúbrica.- Por el COPLADET: la Coordinadora General, Yolanda Osuna Huerta.- Rúbrica.- Por los Municipios: el Presidente Municipal de Cárdenas, Salvador Aquino Almeida.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Centro, Evaristo Hernández Cruz.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Tenosique, Antonio Abelardo Armando Solá Vela.- Rúbrica.


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