DOF: 01/10/2007

OFICIO mediante el cual se otorga autorización a MBIA México, Sociedad Anónima de Capital Variable para organizarse y funcionar como institución de seguros filial especializada en la práctica de la operación de daños, en el ramo de garantía financiera, filial de MBIA Insurance Corporation, institución financiera del exterior, de Nueva York, Estados Unidos de América.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría Particular.-101.-603.- 731.1/327505.

  INSTITUCIONES DE SEGUROS FILIALES ESPECIALIZADAS EN LA PRACTICA DE LA OPERACION DE DAÑOS, EN EL RAMO DE GARANTIA FINANCIERA.- Se otorga autorización para organizarse y funcionar con ese carácter a la que se indica.

  MBIA México, S.A. de C.V.

  Atención: CC. Moís Henry Cherem Arana y/o Juan Manuel González Bernal.

  Representantes.

  Esta Secretaría con oficio 366-lV-2658/06 del 12 de diciembre de 2006, expresó su conformidad para que se organizara y constituyera una institución de seguros filial, especializada en la práctica de la operación de daños, en el ramo de garantía financiera, bajo la denominación de MBIA México, S.A. de C.V., filial de MBIA Insurance Corporation, institución financiera del exterior, de Nueva York, Estados Unidos de América, en los términos del proyecto de estatutos sociales que le fue exhibido a esta dependencia y respecto del cual ésta manifestó su opinión favorable.

  En virtud de lo anterior, los CC. Moís Henry Cherem Arana y Juan Manuel González Bernal, en su carácter de representantes de MBIA lnsurance Corporation, con escritos del 26 de febrero y 11 de mayo de 2007, sometieron a la consideración de esta dependencia el primer testimonio notarial de las escrituras números 22,038 y 22,870, otorgadas el 22 de febrero y 10 de mayo de 2007, ante la fe del licenciado Guillermo Oliver Bucio, Notario Público número 246, con ejercicio en esta ciudad, actuando como asociado en el protocolo de la Notaría número 212, de la que es titular el licenciado Francisco I. Hugues Vélez, con ejercicio en el Distrito Federal, que contienen la escritura constitutiva y los estatutos sociales de MBIA México, S.A. de C.V.

  Toda vez que MBIA México, S.A. de C.V., reúne los requisitos legales aplicables para que se le autorice a organizarse y funcionar como institución de seguros filial especializada en la práctica de la operación de daños, en el ramo de garantía financiera, después de haber escuchado la opinión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, esta Secretaría, con fundamento en lo previsto por los artículos 31, fracciones VIII y XXV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como 1o., 2o., 5o., 7o., fracción III, inciso h), 8o., fracción Xl Bis-1, 33-A, 33-B y 33-C, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, en relación con lo previsto en las Reglas para los Seguros de Garantía Financiera y con el Tratado de Libre Comercio de América del Norte celebrado por los Estados Unidos de América, Canadá y los Estados Unidos Mexicanos, y en ejercicio de la facultad que a su titular confiere el artículo 6o., fracción XXII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha resuelto dictar la siguiente:

  "AUTORIZACION QUE OTORGA EL GOBIERNO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, A MBIA MEXICO, S.A. DE C.V., PARA ORGANIZARSE Y FUNCIONAR COMO INSTITUCION DE SEGUROS ESPECIALIZADA EN LA PRACTICA DE LA OPERACION DE DAÑOS, EN EL RAMO DE GARANTIA FINANCIERA, FILIAL DE MBIA INSURANCE CORPORATION, INSTITUCION FINANCIERA DEL EXTERIOR, DE NUEVA YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, EN LOS TERMINOS SIGUIENTES:

  ARTICULO PRIMERO.- En uso de la facultad que al Gobierno Federal, a través de esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público, confieren los artículos 5o. y 33-C de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, se autoriza a MBIA México, S.A. de C.V., para organizarse y funcionar como institución de seguros especializada en la práctica de la operación de daños, en el ramo de garantía financiera filial de MBIA Insurance Corporation, institución financiera del exterior, de Nueva York, Estados Unidos de América.

  ARTICULO SEGUNDO.- La institución de seguros filial especializada en seguros de garantía financiera, a que la presente resolución se refiere está autorizada para practicar la operación de seguros de daños, en el ramo de garantía financiera.

  ARTICULO TERCERO.- La institución de seguros filial especializada en la práctica de la operación de daños, en el ramo de garantía financiera, a que la presente resolución se refiere se sujetará a las disposiciones de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, así como a las que se deriven de la misma, a la Ley General de Sociedades Mercantiles, a las demás leyes que le sean aplicables y, en particular, a las siguientes bases:

  I.- Su denominación será MBIA México, Sociedad Anónima de Capital Variable.

  II.- Su capital social será variable de acuerdo a lo siguiente:

  a).- El capital mínimo fijo sin derecho a retiro será de ciento veinticinco millones ochocientos mil pesos moneda nacional.

  b).- El capital variable con derecho a retiro en ningún caso podrá ser superior al capital pagado sin derecho a retiro.

  III.- Su domicilio social será la Ciudad de México, Distrito Federal.

  ARTICULO CUARTO.- Por su propia naturaleza, esta autorización es intransmisible.

TRANSITORIOS

  PRIMERO.- Notifíquese la presente resolución.

  SEGUNDO.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo establecido por el artículo 33-C de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros."

  México, D.F., a 15 de junio de 2007.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Agustín Guillermo Carstens Carstens.- Rúbrica.

  (R.- 255649)


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