ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se reforma el diverso acuerdo general del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, así como el diverso 18/2000, por el que se desconcentra a las administraciones regionales la función administrativa de atención a los órganos jurisdiccionales federales y áreas del propio Consejo en el interior de la República.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, POR EL QUE SE REFORMA EL DIVERSO ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO, ASI COMO EL DIVERSO 18/2000, POR EL QUE SE DESCONCENTRA A LAS ADMINISTRACIONES REGIONALES LA FUNCION ADMINISTRATIVA DE ATENCION A LOS ORGANOS JURISDICCIONALES FEDERALES Y AREAS DEL PROPIO CONSEJO EN EL INTERIOR DE LA REPUBLICA.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, y 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO.- El Consejo de la Judicatura Federal ha expedido diversos acuerdos generales que constituyen el marco normativo para quienes se desempeñan en él como servidores públicos. De entre esas diversas normas o acuerdos generales, destaca el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el tres de octubre de dos mil seis, vigente a partir del día dieciséis del mismo mes y año, y que contiene las bases fundamentales de la actividad particular de cada uno de sus órganos internos, las atribuciones de los titulares, procedimientos y criterios a seguir para la toma de decisiones y para la organización y funcionamiento de la Institución; así como el Acuerdo General 18/2000, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se desconcentra a las Administraciones Regionales la Función Administrativa de Atención a los Organos Jurisdiccionales Federales y Areas del propio Consejo en el Interior de la República;
TERCERO.- El Programa Anual de Trabajo (PAT) y el Programa Operativo Anual (POA), son herramientas de programación de las actividades de los Organos del Consejo, en los cuales se consignan las metas programadas y las realizadas, así como el producto a lograr y su impacto correspondiente, lo que coadyuva en la planeación de los proyectos de esta Institución;
CUARTO.- Tomando en consideración que ambos programas son complementarios y tienen diversos elementos en común, y que resulta reiterativo el estar solicitando la misma información a los órganos del Consejo, en diferentes formatos y momentos; se estima conveniente su integración en un solo instrumento programático, que permita obtener información sobre las actividades que realizan las áreas de esta Institución, las metas que fijaron alcanzar durante el año y el presupuesto destinado a cada uno de ellos en el ejercicio fiscal correspondiente; en tal virtud, y siendo el informe del cumplimiento de metas del Programa Anual de Trabajo el que integra mayor información de detalle sobre el quehacer de los órganos, sus logros y desviaciones en caso de incumplimiento, se considera que éste debe ser el instrumento de planeación-programación que permita unificar la información relativa a los dos programas institucionales.
Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el 81, fracciones II y XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO.- Se reforman los artículos 80, fracciones VI y VII; 116, fracción XVIII; 118, fracción XII; 128, fracción XIV; 132, fracción XXVI; 134, fracciones XLVIII y LII, y 136, fracción XXI, todos del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, para quedar como sigue:
Artículo 80.- El titular de la Secretaría Ejecutiva de Finanzas tendrá las siguientes atribuciones:
I. a V.
VI. Coordinar y llevar a cabo el seguimiento del cumplimiento del programa anual de trabajo, a través de las áreas competentes, e informar sobre sus avances;
VII. Coordinar y supervisar la elaboración, integración y presentación ante las instancias superiores del Consejo, de los informes mensuales y trimestrales sobre el avance del cumplimiento de metas, el presupuesto de egresos y demás informes que permitan dar seguimiento y cumplimiento al proceso programático-presupuestal, así como al ejercicio del presupuesto asignado;
VIII. a XXXV.
Artículo 116.- El titular de la Dirección General de Recursos Humanos tendrá las siguientes atribuciones:
I. a XVII.
XVIII. Formular y proponer su respectivo anteproyecto de presupuesto, con apego a las políticas y lineamientos que emita el Pleno;
XIX. a LIII.
Artículo 118.- La Dirección General de Servicios al Personal tendrá las atribuciones siguientes:
I. a XI.
XII. Formular y proponer su respectivo anteproyecto de presupuesto, con apego a las políticas y lineamientos que emita el Consejo;
XIII. a XIX.
Artículo 128.- El titular de la Dirección General de Administración Regional tendrá las siguientes atribuciones:
I. a XIII.
XIV. Formular y presentar el anteproyecto de presupuesto de la Dirección General, con apego a las políticas, normas y lineamientos que emita el Consejo;
XV. a XX.
Artículo 132.- El titular de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales tendrá las siguientes atribuciones:
I. a XXV.
XXVI. Formular y proponer su respectivo anteproyecto de presupuesto, con apego a las políticas y lineamientos que emita el Pleno;
XXVII. a XXIX.
Artículo 134.- El titular de la Dirección General de Programación y Presupuesto tendrá las siguientes atribuciones:
I. a XLVII.
XLVIII. Formular y proponer su respectivo anteproyecto de presupuesto, con apego a las políticas y lineamientos que emita el Consejo;
XLIX. a LI.
LII. Consolidar la información recibida de las unidades administrativas y órganos auxiliares correspondientes al programa anual de trabajo.
LIII. a LX.
Artículo 136.- El titular de la Dirección General de Tesorería tendrá las siguientes atribuciones:
I. a XX.
XXI. Formular y proponer su respectivo anteproyecto de presupuesto, con apego a las políticas y lineamientos que emita el Consejo;
XXII. a XXIV.
SEGUNDO.- Se reforma la fracción XII, del artículo 8, del Acuerdo General 18/2000 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se Desconcentra a las Administraciones Regionales la Función Administrativa de Atención a los Organos Jurisdiccionales Federales y Areas del propio Consejo en el Interior de la República, para quedar como sigue:
Artículo 8.- En materia de recursos financieros se desconcentran a las Administraciones Regionales las siguientes funciones:
I. a XI.
XII. Elaborar el Programa Anual de Trabajo, respecto de las funciones administrativas de su competencia;
XIII. a XVIII.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
TERCERO.- Dentro del término de sesenta días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente, deberán emitirse los manuales, lineamientos y demás normativa relativa al Programa Anual de Trabajo.
CUARTO.- Se derogan las disposiciones emitidas por el Consejo que se opongan al presente acuerdo.
QUINTO.- El texto de esta reforma deberá integrarse de inmediato al Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, así como al Acuerdo General 18/2000, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se Desconcentra a las Administraciones Regionales la Función Administrativa de Atención a los Organos Jurisdiccionales Federales y Areas del propio Consejo en el Interior de la República.
EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se Reforma el Diverso Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del Propio Consejo, así como el Diverso 18/2000, por el que se Desconcentra a las Administraciones Regionales la Función Administrativa de Atención a los Organos Jurisdiccionales Federales y Areas del propio Consejo en el Interior de la República, fue aprobado en sesión ordinaria de veintiséis de septiembre de dos mil siete, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Luis María Aguilar Morales, María Teresa Herrera Tello, Miguel A. Quirós Pérez y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a veinte de noviembre de dos mil siete.- Conste.- Rúbrica.
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 27 de noviembre de 2007
Martes 27 de noviembre de 2007 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
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