ACUERDO de Coordinación para la ejecución del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Productividad, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el H. Ayuntamiento de Temixco, Morelos.
ACUERDO DE COORDINACION PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE COORDINACION PARA EL APOYO A LA PRODUCTIVIDAD, EN LO SUCESIVO "EL PROGRAMA", DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2007, QUE CELEBRAN LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, REPRESENTADA POR LA BIOLOGA TAMARA MARGARITA ROJAS CAMERO, EN SU CARACTER DE DELEGADA ESTATAL EN EL ESTADO DE MORELOS A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA COMISION" Y EL H. AYUNTAMIENTO DE TEMIXCO REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. JAVIER ORIHUELA GARCIA EN SU CALIDAD DE PRESIDENTE MUNICIPAL, EN ADELANTE "EL H. AYUNTAMIENTO", DOCUMENTO QUE SUSCRIBEN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. EL ARTICULO 2o. APARTADO B DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS ESTABLECE LA OBLIGACION PARA LA FEDERACION, LOS ESTADOS Y LOS MUNICIPIOS, DE IMPULSAR EL DESARROLLO INTEGRAL DE LAS ZONAS INDIGENAS CON EL PROPOSITO DE FORTALECER LAS ECONOMIAS LOCALES Y MEJORAR LAS CONDICIONES DE VIDA DE SUS PUEBLOS, MEDIANTE ACCIONES COORDINADAS ENTRE LOS TRES ORDENES DE GOBIERNO.
II. LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS SEÑALA QUE LAS AUTORIDADES ESTATALES GARANTIZARAN EL DESARROLLO INTEGRAL DE LOS PUEBLOS INDIGENAS Y VELARAN POR LA ATENCION DE SUS DEMANDAS CON PLENO RESPETO A SU CULTURA Y PROMOVERAN ACCIONES PARA SU BENEFICIO.
III. CON FECHA 22 DE NOVIEMBRE DE 2006 LA JUNTA DE GOBIERNO DE "LA COMISION" APROBO EN TERMINOS DEL ARTICULO 9 FRACCION IX DE SU LEY, LOS PROGRAMAS A EJECUTARSE POR PARTE DE ESTA DURANTE EL PRESENTE EJERCICIO FISCAL.
IV. EL DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE DICIEMBRE DE 2006, ESTABLECE EN SU ARTICULO 25 QUE LOS PROGRAMAS QUE DEBERAN SUJETARSE A REGLAS DE OPERACION SON AQUELLOS ENUNCIADOS DENTRO DE SU ANEXO 17, CONSIDERANDOSE DENTRO DE ESE DOCUMENTO A LOS PROGRAMAS DE "LA COMISION".
V. EL ARTICULO 75 DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA DISPONE QUE, CON OBJETO DE ASEGURAR LA APLICACION EFICAZ, EFICIENTE, OPORTUNA, EQUITATIVA Y TRANSPARENTE DE LOS RECURSOS PUBLICOS, ENTRE LOS QUE SE ENCUENTRAN LOS DE "EL PROGRAMA", LOS CUALES DEBERAN SUJETARSE A LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE COORDINACION PARA EL APOYO A LA PRODUCTIVIDAD, EN ADELANTE "LAS REGLAS DE OPERACIÖN"; QUE ESTABLECEN LOS REQUISITOS, CRITERIOS E INDICADORES QUE LO REGULAN.
VI. CON FECHA 28 DE FEBRERO DE 2007 SE PUBLICO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION "ACUERDO DE MODIFICACION DE LAS REGLAS DE OPERACION DE LOS SIGUIENTES PROGRAMAS: ALBERGUES ESCOLARES INDIGENAS, FONDOS REGIONALES INDIGENAS, TURISMO ALTERNATIVO EN ZONAS INDIGENAS, COORDINACION PARA EL APOYO A LA PRODUCTIVIDAD, ORGANIZACION PRODUCTIVA PARA MUJERES INDIGENAS, FOMENTO Y DESARROLLO DE LAS CULTURAS INDIGENAS, PROMOCION DE CONVENIOS EN MATERIA DE JUSTICIA E INFRAESTRUCTURA BASICA PARA LA ATENCION DE LOS PUEBLOS INDIGENAS".
VII. "LAS REGLAS DE OPERACION" DE "EL PROGRAMA" ESTABLECEN COMO OBJETIVO GENERAL "ACORDAR Y CONVENIR ACCIONES DE COORDINACION CON LOS GOBIERNOS MUNICIPALES Y ESTATALES, ASI COMO CON DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, PARA LA IMPLEMENTACION DE PROYECTOS PRODUCTIVOS INTEGRALES EJECUTADOS Y OPERADOS POR LA POBLACION INDIGENA.
VIII. DE CONFORMIDAD CON "LAS REGLAS DE OPERACION" DE "EL PROGRAMA" EXISTE LA NECESIDAD DE CELEBRAR UN ACUERDO DE COORDINACION PARA LA EJECUCION DE "EL PROGRAMA".
EN ESE TENOR Y EN RAZON DE LO EXPUESTO LAS PARTES TIENEN A BIEN ESTABLECER EL PRESENTE ACUERDO BAJO LAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
I. DE "LA COMISION"
I.1 QUE ES UN ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, NO SECTORIZADO, CON PERSONALIDAD JURIDICA, CON PATRIMONIO PROPIO, CON AUTONOMIA OPERATIVA, TECNICA, PRESUPUESTARIA Y ADMINISTRATIVA, DE CONFORMIDAD CON SU LEY PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION DE FECHA 21 DE MAYO DE 2003.
I.2 QUE TIENE COMO OBJETO ORIENTAR, COORDINAR, PROMOVER, APOYAR, FOMENTAR, DAR SEGUIMIENTO Y EVALUAR LOS PROGRAMAS, PROYECTOS, ESTRATEGIAS Y ACCIONES PUBLICAS PARA EL DESARROLLO INTEGRAL Y SUSTENTABLE DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS Y TIENE FACULTADES PARA ESTABLECER ACUERDOS Y CONVENIOS DE COORDINACION CON LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, CON LA PARTICIPACION QUE CORRESPONDA A SUS MUNICIPIOS, PARA LLEVAR PROGRAMAS, PROYECTOS ACCIONES CONJUNTAS A FAVOR DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS.
I.3 QUE LA BIOLOGA TAMARA MARGARITA ROJAS CAMERO DELEGADA ESTATAL EN MORELOS CUENTA CON LAS FACULTADES SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE ACUERDO DE COORDINACION, DE CONFORMIDAD CON EL PODER OTORGADO ANTE EL NOTARIO PUBLICO NUMERO147 DEL DISTRITO FEDERAL, LICENCIADO FRANCISCO JAVIER GUTIERREZ SILVA, MEDIANTE ESCRITURA PUBLICA NUMERO SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUATRO DE FECHA QUINCE DEL MES DE 2004.
I.4 QUE SEÑALA COMO SU DOMICILIO PARA EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO EL UBICADO EN AVENIDA ALVARO OBREGON NUMERO 156, COLONIA CENTRO, CUERNAVACA, MORELOS.
II. DECLARA "EL H. AYUNTAMIENTO" QUE:
II.1 QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 40 Y 43 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y 1 DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO DE MORELOS, ES UN ESTADO LIBRE Y SOBERANO QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA FEDERACION, CUYO PODER EJECUTIVO LO EJERCE EL GOBIERNO DEL ESTADO.
II.2 QUE EL C. JAVIER ORIHUELA GARICA, EN SU CARACTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE TEMIXCO, SE ENCUENTRA FACULTADO PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE ACUERDO, EN LOS TERMINOS DE LEY VIGENTE EN EL MUNICIPIO Y ESTADO DE MORELOS.
II.3 QUE EN COORDINACION CON LA DELEGACION ESTATAL EN MORELOS DE "LA COMISION" ESTABLECIO LA PRIORIDAD DE LAS OBRAS A REALIZAR, OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
II.4 QUE MEDIANTE EL ACUERDO DE CABILDO TRIGESIMO QUINTO DE FECHA 22 DE AGOSTO DE 2007 CUENTA CON LA AUTORIZACION PARA LLEVAR A CABO LA CELEBRACION DEL PRESENTE ACUERDO DE COORDINACION.
II.5 QUE PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SEÑALA COMO SU DOMICILIO EL UBICADO EN AVENIDA EMILIANO ZAPATA NUMERO 16, COLONIA CENTRO, CODIGO POSTAL 62580, TEMIXCO, MORELOS.
POR LO EXPUESTO Y EN EL AMBITO DE APLICACION DE CADA UNA DE "LAS PARTES" CON FUNDAMENTO EN LO QUE DISPONEN LOS ARTICULOS 2o. APARTADO B, 26, 40, 43 Y 115 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 45 DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL; 5 Y 14 DE LA LEY FEDERAL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES; 33, 34 Y 44 DE LA LEY DE PLANEACION; 54, 74, 75, 76, 77, 78 Y 79 DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA Y 176, 178, 179 Y 180 DE SU REGLAMENTO; 18 FRACCION V, 25, 26, DECIMO, DECIMO PRIMERO Y DECIMO QUINTO TRANSITORIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007; 2 FRACCION XI Y XIV DE LA LEY DE LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS; EL ARTICULO 2o. DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DEL ESTADO DE MORELOS; LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS; "LAS REGLAS DE OPERACION" DE "EL PROGRAMA"; "LAS PARTES" HAN DECIDIDO SUSCRIBIR EL PRESENTE INSTRUMENTO PARA LA APLICACION DE LOS RECURSOS DE "EL PROGRAMA" CONFORME A LAS SIGUIENTES:
CLAUSULAS
PRIMERA. OBJETO.- EL OBJETO DEL PRESENTE ACUERDO CONSISTE EN LA EJECUCION DE "EL PROGRAMA" DE CONFORMIDAD CON "LAS REGLAS DE OPERACION" CON EL PROPOSITO DE QUE "LA COMISION" Y "EL H.
AYUNTAMIENTO" COORDINEN ACCIONES Y RECURSOS CUYO PROPOSITO ES LA IMPLEMENTACION DE PROYECTOS PRODUCTIVOS INTEGRALES Y OPERADOS POR LA POBLACION INDIGENA, PARA PROMOVER LA CREACION Y CONSOLIDACION DE PROYECTOS Y EMPRESAS RENTABLES Y SUSTENTABLES QUE PERMITAN MEJORAR LOS NIVELES DE LA POBLACION INDIGENA MIXTECA Y NAHUA DE CONFORMIDAD CON EL PROYECTO DENOMINADO "GENERACION DE EMPLEO Y ARRAIGO A INDIGENAS DEL MUNICIPIO DE TEMIXCO" QUE SE AGREGA AL PRESENTE COMO ANEXO 1.
SEGUNDA. APORTACIONES.- PARA LA CONSECUCION DEL OBJETO DEL PRESENTE ACUERDO, "EL H. AYUNTAMIENTO" DISPONDRA DE LA CANTIDAD DE $800,000.00 (OCHOCIENTOS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) MONTO QUE SERA DEPOSITADO A LA CUENTA QUE PARA TAL EFECTO APERTURA "EL H. AYUNTAMIENTO". CONFORME A LA SIGUIENTE ESTRUCTURA FINANCIERA.
A) "LA COMISION" APORTARA LA CANTIDAD DE 400,000.00 (CUATROCIENTOS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL)
B) "EL AYUNTAMIENTO" APORTARA LA CANTIDAD DE 400,000.00 (CUATROCIENTOS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL)
EL TOTAL DE LAS APORTACIONES ES POR LA CANTIDAD DE $800,000.00 (OCHOCIENTOS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL)
TERCERA. "EL H. AYUNTAMIENTO" SE HARA CARGO DE LA APLICACION Y EJECUCION DE LOS RECURSOS SUJETANDOSE AL DESGLOSE Y CALENDARIZACION DE INVERSION QUE SE INVOLUCRA EN EL ANEXO 1, Y QUE ES PARTE INTEGRANTE DEL PRESENTE INSTRUMENTO, POR LO QUE DEBERA PRESENTAR A "LA COMISION" INFORMES MENSUALES RELATIVOS AL EJERCICIO PRESUPUESTAL Y AL AVANCE DE LAS ACCIONES DE "EL PROGRAMA".
CUARTA. APLICACION DE LOS RECURSOS.- AMBAS PARTES ACUERDAN QUE LOS RECURSOS QUE "LA COMISION" DESTINE Y QUE NO SE HAYAN EJERCIDO EN LA REALIZACION DEL OBJETO DEL PRESENTE ACUERDO, AL TERMINO DE LA VIGENCIA DE ESTE, DEBERAN SER REINTEGRADOS A "LA COMISION", INCLUYENDO LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS.
QUINTA. OBLIGACIONES DE "EL H. AYUNTAMIENTO".- EL AYUNTAMIENTO SE OBLIGA A:
A) APORTA LOS RECURSOS FINANCIEROS, ADMINISTRAR LA APLICACION CORRECTA Y TRANSPARENTE DE LOS MISMOS Y PROVEER LOS SERVICIOS DE ACOMPAÑAMIENTO SUFICIENTE PARA OBTENER RESULTADOS SATISFACTORIOS EN LA EJECUCION DEL PROYECTO.
B) PROPORCIONAR MENSUALMENTE A "LA COMISION" EN EL INFORME DE AVANCE FISICO Y FINANCIERO QUE PERMITA REALIZAR EL SEGUIMIENTO, SUPERVISION Y EVALUACION SOBRE LA APLICACION DE LOS RECURSOS EN LA EJECUCION DE LOS PROYECTOS ACORDADOS Y QUE SON OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO.
C) RESGUARDAR Y CONSERVAR EN PERFECTO ORDEN Y ESTADO LA DOCUMENTACION COMPROBATORIA DEL GASTO, QUE CUBRA LOS REQUISITOS QUE PREVE LA LEGISLACION APLICABLE EN VIGOR, POR UN PERIODO NO MENOR DE CINCO AÑOS; CONJUNTAMENTE CON UN EJEMPLAR ORIGINAL DEL PRESENTE INSTRUMENTO JURIDICO.
D) BRINDAR LAS FACILIDADES Y APOYOS QUE SEAN NECESARIOS AL PERSONAL DE AUDITORIA INTERNA O EXTERNA, CONFORME A LA NORMATIVIDAD DE LAS INSTANCIAS FISCALIZADORAS FEDERALES Y ESTATALES, PARA EFECTUAR LAS REVISIONES QUE EN SU CASO DETERMINE Y SOLICITE POR ESCRITO "LA COMISION".
SEXTA. SEGUIMIENTO Y SUPERVISION.- "LA COMISION" A TRAVES DE LA DELEGACION ESTATAL PODRA REALIZAR EL SEGUIMIENTO Y SUPERVISION DE LAS ACCIONES A CARGO DE "EL H. AYUNTAMIENTO", Y EN SU CASO PROPONER ACCIONES CORRECTIVAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS COMPROMISOS ESTABLECIDOS EN CADA UNO DE LOS APARTADOS DE LOS PROYECTOS QUE CONTENGA LA PARTE ORGANIZATIVA, TECNICA COMERCIAL, FINANCIERA, ASI COMO EL ACOMPAÑAMIENTO EN ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION.
SEPTIMA. PROHIBICION DE CESION DE DERECHOS.- NINGUNA DE "LAS PARTES" PODRA CEDER O TRANSFERIR PARCIAL O TOTALMENTE DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PRESENTE ACUERDO DE COORDINACION. OBLIGANDOSE ADEMAS A CUMPLIR TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS.
OCTAVA. ACTA ENTREGA-RECEPCION.- CONCLUIDAS LAS ACCIONES "EL H. AYUNTAMIENTO", LLEVARA A
CABO EL ACTA DE ENTREGA-RECEPCION CON LOS BENEFICIARIOS DE "EL PROGRAMA", QUE PODRA SER DE CARACTER GENERAL O POR CADA UNA DE "LAS PARTES" QUE APORTEN RECURSOS.
"LA COMISION" PODRA LLEVAR A CABO LA EVALUACION INTERNA O EXTERNA DE "EL PROGRAMA" PARA CONOCER LOS IMPACTOS SOCIALES Y ECONOMICOS, LOS QUE HARA DEL CONOCIMIENTO DE "EL H. AYUNTAMIENTO".
NOVENA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.- ACUERDAN LAS PARTES QUE QUEDARAN EXENTAS DE TODA RESPONSABILIDAD EN CASO DE RETRASO, DEMORAS O INCUMPLIMIENTO TOTAL O PARCIAL DE LAS ACCIONES ENMARCADAS EN EL PRESENTE ACUERDO, DEBIDO A CAUSAS DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO DEBIDAMENTE ACREDITADO.
DECIMA. RESCISION.- SERAN CAUSAS DE RESCISION DEL PRESENTE ACUERDO LAS SIGUIENTES:
1.- EL EJERCICIO DE RECURSOS PARA FINES DISTINTOS DE LOS SEÑALADOS.
2.- LA FALTA DE ENTREGA DE INFORMACION, REPORTES Y DOCUMENTACION SOLICITADA POR CUALQUIERA DE "LAS PARTES".
3.- EL INCUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACION FEDERAL APLICABLE Y "LAS REGLAS DE OPERACION" DE "EL PROGRAMA".
DECIMA PRIMERA. LEYENDAS.- LA PAPELERIA, DOCUMENTACION OFICIAL, ASI COMO LA PUBLICIDAD Y PROMOCION QUE SE UTILICE PARA LA EJECUCION DE "EL PROGRAMA", DEBERA INCLUIR LA SIGUIENTE LEYENDA: "ESTE PROGRAMA ES DE CARACTER PUBLICO, NO ES PATROCINADO NI PROMOVIDO POR PARTIDO POLITICO ALGUNO Y SUS RECURSOS PROVIENEN DE LOS IMPUESTOS QUE PAGAN TODOS LOS CONTRIBUYENTES. ESTA PROHIBIDO EL USO DE ESTE PROGRAMA CON FINES POLITICOS, ELECTORALES. DE LUCRO Y OTROS DISTINTOS A LOS ESTABLECIDOS. QUIEN HAGA USO INDEBIDO DE LOS RECURSOS DE ESTE PROGRAMA DEBERA SER DENUNCIADO DE ACUERDO CON LA LEY APLICABLE Y ANTE LA AUTORIDAD COMPETENTE".
TODA LA PUBLICIDAD Y PROMOCION QUE SE ADQUIERA PARA LA EJECUCION DE "EL PROGRAMA", TALES COMO ANUNCIOS EN MEDIOS ELECTRONICOS, IMPRESOS COMPLEMENTARIOS O DE CUALQUIER OTRA INDOLE VINCULADOS CON LOS PROGRAMAS DE COMUNICACION SOCIAL, DEBERA INCLUIR INVARIABLEMENTE LA SIGUIENTE LEYENDA: "ESTE PROGRAMA ES PUBLICO QUEDA PROHIBIDO SU USO PARA FINES PARTIDISTAS O DE PROMOCION PERSONAL". PARA EFECTOS DE LO ANTERIOR, DEBERAN TOMAR EN CUENTA LAS CARACTERISTICAS DEL MEDIO DE COMUNICACION DE QUE SE TRATE.
DECIMA SEGUNDA. RESPONSABILIDAD LABORAL.- EL PERSONAL DE CADA UNA DE "LAS PARTES" QUE INTERVENGAN EN LA REALIZACION DE LAS ACCIONES OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO MANTENDRA SU RELACION LABORAL Y ACTUAL Y ESTARA BAJO LA DIRECCION Y DEPENDENCIA DE LA PARTE RESPECTIVA, POR LO QUE NO SE CREARAN RELACIONES DE CARACTER LABORAL CON OTRA, A LA QUE EN NINGUN CASO SE LE CONSIDERARA COMO PATRON SUSTITUTO.
DECIMA TERCERA. DEVOLUCION DE LOS RECURSOS.- "LAS PARTES" ACUERDAN QUE LOS RECURSOS FEDERALES QUE NO SEAN DEVENGADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2007, DEBERAN SER REINTEGRADOS A "LA COMISION" DENTRO DE LOS CINCO DIAS NATURALES DEL EJERCICIO FISCAL SIGUIENTE.
LOS RECURSOS FEDERALES QUE NO SEAN DESTINADOS A LOS FINES AUTORIZADOS DEBERAN SER REINTEGRADOS A "LA COMISION" POR "EL AYUNTAMIENTO" DENTRO DE LOS CINCO DIAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE LA PRIMERA SE LO SOLICITE A ESTE.
EN LOS CASOS DE LOS DOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN LOS PARRAFOS ANTERIORES EL REINTEGRO DEBERA INCLUIR LOS APROVECHAMIENTOS Y RENDIMIENTOS FINANCIEROS QUE GENEREN DICHOS RECURSOS; SITUACION QUE HABRA DE REALIZAR "EL H. AYUNTAMIENTO", A TRAVES DE LA DELEGACION ESTATAL DE "LA COMISION" PARA QUE SE REALICE EL REINTEGRO A LA TESORERIA DE LA FEDERACION CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LAS DISPOSICIONES APLICABLES.
DECIMA CUARTA. TERMINACION ANTICIPADA.- EL PRESENTE ACUERDO DE COORDINACION PODRA DARSE POR TERMINADO CUANDO ASI LO DETERMINEN "LAS PARTES" DE COMUN ACUERDO O CUANDO UNA DE ELLAS COMUNIQUE POR ESCRITO A LA OTRA CON TREINTA DIAS NATURALES DE ANTICIPACION, SU DESEO DE DARLO POR CONCLUIDO, SIN EMBARGO, LAS ACTIVIDADES QUE SE ENCUENTREN EN CURSO, CORRESPONDIENTES A LOS INSTRUMENTOS DERIVADOS, CONTINUARAN HASTA SU TOTAL CONCLUSION.
DECIMA QUINTA. MODIFICACIONES.- EL PRESENTE ACUERDO DE COORDINACION PODRA SER REVISADO Y EN SU CASO MODIFICADO CUANDO CONSIDEREN OPORTUNO REPLANTEAR LOS COMPROMISOS ESTABLECIDOS EN EL, MEDIANTE LA CELEBRACION DE CONVENIOS MODIFICATORIOS, QUE SE CONSIDERARAN
PARTE INTEGRANTE DEL MISMO.
DECIMA SEXTA. BUENA FE.- "LAS PARTES" MANIFIESTAN QUE EN LA ELABORACION DEL PRESENTE INSTRUMENTO HAN EMITIDO LIBREMENTE SU VOLUNTAD, SIN QUE HAYA MEDIADO DOLO, ERROR O MALA FE O CUALQUIER OTRO VICIO DEL CONSENTIMIENTO QUE PUDIERA INVALIDARLO.
DECIMA SEPTIMA. JURISDICCION.- PARA LA INTERPRETACION Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE INSTRUMENTO JURIDICO, "LAS PARTES" SE SUJETARAN A LA JURISDICCION DE LOS TRIBUNALES FEDERALES DE CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL, RENUNCIANDO EN ESTE MOMENTO AL QUE POR RAZON DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO PUDIERA CORRESPONDERLES.
DECIMA OCTAVA .VIGENCIA.- EL PRESENTE ACUERDO DE COORDINACION ENTRARA EN VIGOR A PARTIR DE SU FIRMA Y TENDRA VIGENCIA HASTA EL TOTAL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EMANADAS DEL MISMO, SIN QUE EXCEDAN DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2007.
"ESTE PROGRAMA ES DE CARACTER PUBLICO, NO ES PATROCINADO NI PROMOVIDO POR PARTIDO POLITICO ALGUNO Y SUS RECURSOS PROVIENEN DE LOS IMPUESTOS QUE PAGAN TODOS LOS CONTRIBUYENTES. ESTA PROHIBIDO EL USO DE ESTE PROGRAMA CON FINES POLITICOS, ELECTORALES. DE LUCRO Y OTROS DISTINTOS A LOS ESTABLECIDOS. QUIEN HAGA USO INDEBIDO DE LOS RECURSOS DE ESTE PROGRAMA DEBERA SER DENUNCIADO DE ACUERDO CON LA LEY APLICABLE Y ANTE LA AUTORIDAD COMPETENTE".
Enteradas las partes del contenido y alcance legal firman el presente Acuerdo de Coordinación por triplicado, a los tres días del mes de diciembre de dos mil siete, en la ciudad de Temixco, en el Estado de Morelos.- Por la Comisión: la Delegada Estatal en Morelos, Tamara Margarita Rojas Camero.- Rúbrica.- Por el H. Ayuntamiento: el Presidente Municipal Constitucional del H. Ayuntamiento de Temixco, Javier Orihuela García.- Rúbrica.
(R.- 261311)