DOF: 21/04/2008
CONVOCATORIA del Observatorio de Violencia Social y de Género (OV) dirigida a Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), instituciones de educación superior y centros de investigación para presentar proyectos dirigidos al establecimiento, fortalecimiento

CONVOCATORIA del Observatorio de Violencia Social y de Género (OV) dirigida a Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), instituciones de educación superior y centros de investigación para presentar proyectos dirigidos al establecimiento, fortalecimiento, actualización, mejoramiento y evaluación de los observatorios de violencia social y de género para que generen información veraz y oportuna, además de realizar propuestas de acción y evaluaciones de la política social sobre esta problemática, dentro del Programa de Coinversión Social.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

La Secretaría de Desarrollo Social, por conducto del Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol), con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y en los numerales 3.4.1, 3.4.2, 3.4.3, 3.4.3.1, 3.4.3.2, 3.5, 3.6, 5.1 y 10.1 de las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2007, y
CONSIDERANDO
Que la violencia es un problema multidimensional que atenta contra un derecho humano básico: la capacidad de vivir una vida libre de violencia.
Que en el ámbito social, la violencia impacta en las relaciones familiares, comunitarias, laborales y en la calidad de vida de las personas con efectos multiplicadores, entre los cuales se identifican: la transmisión intergeneracional de la violencia, la reducción en la calidad de vida, la erosión del capital social, la degradación de la sociedad y una menor participación en el proceso democrático.
Que en México diversos estudios e investigaciones señalan niveles altos o crecientes de delitos, homicidios, violencia contra la mujer y aunque escasos, datos preocupantes sobre abuso y violencia contra niñas y niños y ancianos y trata de personas.
Que la violencia de género tiene causas estructurales muy profundas, enraizadas en ambientes familiares muy violentos y una cultura de maltrato que dañan las identidades femeninas y masculinas con efectos en todos los ámbitos sociales.
Que en concordancia con los objetivos dos y seis del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2007-2012, la presente administración pretende que las y los mexicanos vean realmente protegida su integridad física y su patrimonio en un marco de convivencia social armónica y, asimismo, se reduzcan las brechas sociales, económicas y culturales persistentes, de tal forma que todos sean tratados con seguridad y justicia eliminando cualquier forma de discriminación.
Que el Gobierno de la República prevé establecer mecanismos y procesos que permitan conocer sistemáticamente las características y patrones del fenómeno delictivo en México, factor determinante en la generación de la violencia en la sociedad mexicana.
Que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia propone la integración y funcionamiento de un Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, siendo para ello indispensable contar con instrumentos de información fidedigna y actualizada.
Que en el combate a la violencia resulta fundamental mover a los individuos y la sociedad para que se integren con el gobierno en los esfuerzos por hacer visibles las cifras reales de la violencia.
Que el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) en el Anexo 9a fue asignado este año la operación del Observatorio de Violencia Social y de Género al Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol).
Que los Observatorios de Violencia Social y de Género son instancias encargadas de diseñar, construir y mantener sistemas integrados de información sobre violencia social y de género en el ámbito local, así como también son responsables de desarrollar y difundir instrumentos y procesos efectivos para los planes de acción y políticas públicas encaminadas a prevenir, atender y erradicar la violencia, así como su monitoreo y evaluación.
Que el objetivo del Programa de Coinversión Social (PCS) es contribuir al desarrollo de capital social, mediante la acción corresponsable entre gobierno y sociedad, para atender necesidades de los grupos sociales en situación de pobreza, exclusión, marginación, desigualdad por género o vulnerabilidad social, se emite la siguiente
CONVOCATORIA
OBSERVATORIO DE VIOLENCIA SOCIAL Y DE GENERO (OV)
Dirigida a las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación, para la presentación de proyectos de acuerdo con los siguientes términos:
I.     Objetivos
General
Promover el fomento y fortalecimiento de los Observatorios de Violencia Social y de Género para que, de manera corresponsable, la sociedad civil y el gobierno avancen en el conocimiento y visibilización de la violencia en sus distintas manifestaciones mediante la generación de información veraz y oportuna que contribuya al análisis y formulación de soluciones para su prevención, atención y erradicación.
Específicos
1.- Establecer Observatorios de Violencia Social y de Género mediante procesos articulados con las organizaciones de la sociedad civil (OSC) y en áreas o regiones con niveles altos o crecientes de violencia y/o de rezago social de acuerdo con los criterios definidos por el CONEVAL: www.coneval.gob.mx.
2.- Impulsar procesos sostenibles de actualización y mejora continua de los Observatorios de Violencia Social y de Género ya existentes mediante el fortalecimiento institucional, mayor impacto de sus acciones y la creación de un sistema integral homologado de indicadores.
3.- Proponer e implementar mecanismos para una evaluación integral del funcionamiento de los Observatorios de Violencia Social y de Género ya existentes que permitan identificar los problemas principales para su óptimo funcionamiento y mejorar su operación.
4.- Generar información cuantitativa y cualitativa sobre la violencia social y de género en las áreas de influencia de los Observatorios de Violencia Social y de Género (OV) que dé cuenta de aspectos relevantes de dicha problemática para su mejor comprensión, prevención, atención y erradicación.
II. Características de los proyectos
Los proyectos que se presenten deberán enmarcarse en alguna de las siguientes vertientes, descritas en el numeral 3.1 de las Reglas de Operación del PCS:
a)    Fortalecimiento y Profesionalización: Proyectos dirigidos a fortalecer y profesionalizar a los propios actores sociales, mediante el mejoramiento de sus capacidades, conocimientos, habilidades y metodologías de organización y gestión para el desarrollo social. Incluye la promoción de la participación ciudadana en las políticas públicas, los procesos de articulación con los tres órdenes de gobierno y la generación de sinergias para un mayor impacto social.
b)    Investigación: Proyectos que generen y difundan conocimiento, metodologías, instrumentos, diagnósticos, propuestas y recomendaciones, entre otros, para fortalecer el diseño, instrumentación y evaluación de políticas públicas en materia de desarrollo social, en el marco de la Ley General de Desarrollo Social.
Los proyectos serán revisados con base en los siguientes criterios de selección establecidos en el numeral 3.6.1 de las Reglas de Operación del PCS:
a)    Sujetarse a los objetivos de la presente convocatoria;
b)    Tener congruencia entre los objetivos del proyecto y el objeto social del actor social;
 
c)    Identificar el problema que se atenderá y las posibles alternativas de solución;
d)    Mantener concordancia entre diagnóstico, objetivos, metas y acciones del proyecto;
e)    Presentar metas claras y cuantificables y definir el material probatorio que confirmará el cumplimiento de las mismas;
f)     Mostrar correspondencia entre el presupuesto y el uso de los recursos, con respecto al planteamiento general del proyecto;
g)    Cumplir con la aportación de la coinversión establecida en el Formato de Presentación de Proyectos, que es como mínimo del 20% del costo total del proyecto. La coinversión podrá ser en términos monetarios y/o no monetarios;
h)    Tener incidencia en la población objetivo en términos de la cobertura y la integridad de la propuesta;
i)     Señalar, si fuera el caso, si el Proyecto da continuidad a uno anterior apoyado por el PCS, identificando objetivos, impacto social, antecedentes, alcances y duración de ambos proyectos;
j)     Mostrar capacidad técnica del actor social y del (la) coordinador(a) para su ejecución;
k)    Plantear mecanismos de seguimiento y evaluación, así como de transparencia y rendición de cuentas;
l)     Estar dirigidos a población en situación de pobreza, exclusión, marginación, desigualdad por género o vulnerabilidad social;
m)   Estar articulados o coordinados en redes con otros actores sociales.
Los proyectos deberán orientarse sobre las temáticas en función de los objetivos propios de la convocatoria, considerando los siguientes conceptos: violencia social, violencia intrafamiliar, violencia de género, maltrato infantil, violencia feminicida, trata de personas y violencia institucional, consulte el glosario en la página del Indesol, www.indesol.gob.mx.
De acuerdo con los objetivos específicos de la presente convocatoria, los proyectos deberán atender las siguientes consideraciones:
Los proyectos correspondientes al objetivo específico 1:
    Realizar un diagnóstico acerca de las principales problemáticas de la violencia social y de género que enfrentan en su área de influencia.
    Avanzar en la definición de un sistema integral de información homologado que contemple indicadores específicos de su área de influencia, así como un conjunto de indicadores relevantes que sea comparable con otros OV.
    Diseñar una página web del OV.
    Contar con la infraestructura técnica para su implementación y desarrollo.
    Establecer la vinculación e intervención de sectores gubernamentales y no gubernamentales, así como con los agentes responsables de la captación y manejo de información primaria sobre la ocurrencia de actos de violencia social y de género y sus características.
    Fortalecer, ampliar y recuperar las iniciativas ciudadanas para la prevención y atención de la violencia social y de género.
Los proyectos referentes al objetivo específico 2:
    Avanzar en la definición de un sistema integral homologado de indicadores que contemple indicadores específicos de su área de influencia, así como un conjunto de indicadores relevantes que sea comparable con otros OV.
    Mejorar el sistema de información y de indicadores y presentarla en el sitio web del OV.
    Establecer la vinculación e intervención de sectores gubernamentales y no gubernamentales, así
como con los agentes responsables de la captación y manejo de información primaria sobre la ocurrencia de actos de violencia social y de género y sus características.
Los proyectos dirigidos al objetivo específico 3:
    Elaborar una propuesta de evaluación integral del funcionamiento de los OV.
    Crear una propuesta para el fortalecimiento y homogeneización del sistema de información del OV.
    Diseñar e implementar un modelo de OV.
    Definir una estrategia de intervención que incluya la asesoría y capacitación a los OV.
    Realizar un inventario de las fuentes de datos gubernamentales y no gubernamentales para cuantificar el problema de la violencia social y de género señalando las más pertinentes.
    Establecer la vinculación e intervención de sectores gubernamentales y no gubernamentales, así como con los agentes responsables de la captación y manejo de información primaria sobre la ocurrencia de actos de violencia social y de género y sus características.
    Fortalecer, ampliar y recuperar las iniciativas ciudadanas para la prevención y atención de la violencia social y de género.
Los proyectos enfocados al objetivo específico 4:
    Realizar un diseño de evaluación de impacto que posibilite en un futuro inmediato evaluar los resultados de las acciones de política social en las áreas de influencia del OV.
    Llevar a cabo una encuesta sobre violencia social y de género representativa de las áreas de influencia del OV que permita medir la magnitud de este problema, además de incorporar aspectos cualitativos como las percepciones y actitudes de la población en torno a la violencia.
La cobertura de la presente convocatoria es nacional.
Los proyectos que resulten elegibles cuyos productos o metas se refieran a la edición de libros, manuales o audiovisuales deberán entregar 50 ejemplares al Indesol así como en medio magnético.
III. Montos de apoyo y porcentajes de coinversión
El PCS destinará para la presente convocatoria la cantidad de $11'000,000.00 (once millones de pesos 00/100 M.N.) que podrá modificarse de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria.
El monto máximo de aportación del PCS por proyecto será de:
    $1'000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N.) para el proyecto que presente la mejor propuesta de evaluación del funcionamiento integral de los Observatorios de Violencia Social y Género ya existentes.
    $1'000,000,00 (un millón de pesos 00/100 M.N.) para el proyecto que presente la mejor propuesta del levantamiento de una encuesta sobre violencia social y de género representativa de las áreas de influencia del OV y en las que en este año se instale un OV.
    $875,000,00 (ochocientos setenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) para proyectos de instalación de un OV en áreas o regiones en donde existan evidencias de niveles altos o crecientes de alguna problemática de violencia social y de género.
    $825,000,00 (ochocientos veinticinco mil pesos 00/100 M.N.) para proyectos de instalación de un OV en áreas o regiones donde no exista un Observatorio de Violencia Social y de Género.
    $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.) para proyectos que impulsen procesos sostenibles de actualización y mejora continua del OV ya existente en su área de influencia.
Debido a la disponibilidad presupuestaria y a los montos de apoyo para los proyectos, se dará prioridad a los proyectos dirigidos al establecimiento de un Observatorio de Violencia Social y de Género en áreas o regiones con niveles altos o crecientes de violencia y a los proyectos con las mejores propuestas que impulsen procesos sostenibles de actualización y mejora del OV ya existente en su área de influencia.
IV. Requisitos de participación
 
Podrán participar las OSC que cumplan con lo establecido en el numeral 3.5 de las Reglas de Operación del PCS, que se menciona a continuación:
A.    En todos los casos:
a) Contar con recibos que cumplan con los requisitos fiscales vigentes (no se aceptan facturas);
b) No tener irregularidades o incumplimientos reportados, observaciones de auditorías o cualquier otro tipo de impedimento jurídico-administrativo sin solventar, con la SEDESOL, con el Organo Interno de Control de la SEDESOL o cualquier otra dependencia o entidad federal;
Los Actores Sociales con proyectos apoyados por el Programa en el Ejercicio Fiscal anterior, que no hayan entregado al Indesol o a las Delegaciones el Informe Final completo de cada proyecto de acuerdo a lo establecido en el numeral 7.3 de las Reglas de Operación, se considerarán con incumplimiento, el cual constituye un impedimento jurídico-administrativo para poder participar en el presente Ejercicio Fiscal.
Los incumplimientos a que se refiere este inciso se considerarán solventados cuando las instancias administrativas o jurisdiccionales competentes emitan la resolución correspondiente;
c) Que el objetivo del Proyecto sea congruente con los objetivos de la presente convocatoria;
d) Presentar sus proyectos dentro de los plazos y en los términos que señale la presente convocatoria;
e) No haber agotado en el presente Ejercicio Fiscal las dos participaciones a que cada Actor Social tiene derecho;
f) Declarar bajo protesta de decir verdad, no llevar a cabo acciones de proselitismo hacia partido político, asociación política nacional, sindicato o religión alguna en el formato de presentación de proyectos;
B.    Para el caso de las OSC:
a) Estar inscritas en el Registro y mantener actualizada, conforme a la Ley de Fomento la siguiente información: vigencia de su representación legal, objeto social, domicilio legal y órganos de gobierno y dirección;
b) Haber entregado el Informe Anual al Registro en los términos a que se refiere la fracción V del artículo 7 de la Ley de Fomento y el 14 de su Reglamento;
c) No tener entre sus directivos o representantes a funcionarios públicos, representantes de elección popular, o miembros del Poder Judicial, de cualquiera de los tres órdenes de gobierno y que han cumplido con las obligaciones establecidas en el artículo 7 de la Ley de Fomento. Este requisito deberá acreditarse por escrito mediante declaratoria bajo protesta de decir verdad en el Formato de Presentación de Proyectos;
C.    Para el caso de las Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación:
Acreditar su personalidad jurídica mediante ley, decreto o acuerdo publicado en Diario Oficial de la Federación o periódicos oficiales de las entidades federativas correspondientes, así como la de su(s) representante(s) legal(es). Para efectos del Programa, no se consideran Instituciones de Educación Superior, aquellas Universidades que acrediten su personalidad jurídica mediante la documentación legal de una asociación o sociedad civil y no estén consideradas como entidades de la administración pública paraestatal.
V. Documentación solicitada
Los participantes deberán entregar los siguientes documentos:
1.     Versión electrónica capturada en el Formato de Presentación de Proyectos (anexo 1 de las Reglas de Operación para el 2008), disponible en la página electrónica www.indesol.gob.mx en Disquete de 3 ½ pulgadas, CD ROM o cualquier otro medio digital que permita su recepción electrónica) con la información completa solicitada;
2.     Copia impresa del Formato de Presentación de Proyectos, con la información completa solicitada, firmado por el o los representantes legales del Actor Social participante acreditado ante el Registro.
El Actor Social deberá verificar que el formato de presentación que está entregando, contiene la misma clave tanto en la versión electrónica como impresa;
 
3.     Copia simple del recibo fiscal del Actor Social con la leyenda "cancelado" (no se aceptarán facturas);
4.     Copia simple de la identificación del Representante Legal y del Coordinador del Proyecto.
Además, para el caso de Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación:
1.     Copia simple del documento constitutivo (Ley, Decreto o Acuerdo publicados en el Diario Oficial de la Federación o periódicos oficiales de las entidades federativas correspondientes);
2.     Copia simple del documento que avale al representante legal (Acta protocolizada u oficio de nombramiento);
3.     Copia simple del comprobante de domicilio fiscal;
4.     Copia simple de la Cédula de Inscripción al RFC;
VI. Recepción de los proyectos
El periodo de recepción de los proyectos será a partir del día siguiente de la publicación de la presente Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y hasta el 19 de mayo de 2008, en las oficinas del Indesol ubicadas en Segunda Cerrada de Belisario Domínguez número 40, colonia Del Carmen, Delegación Coyoacán, código postal 04100, México D.F., en días hábiles con un horario de 9:00 a 15:00 y 16:00 a 18:00 horas.
VII. Resultados
Los proyectos que cuenten con la documentación completa serán validados y, en su caso, dictaminados de acuerdo al esquema señalado en los numerales 5.3. y 5.4 de las Reglas de Operación del PCS. El resultado de la dictaminación será definitivo.
El Indesol dará a conocer en su página electrónica: www.indesol.gob.mx, el status de los proyectos en un plazo no mayor a 60 días naturales después del cierre de la presente Convocatoria.
Cualquier caso no previsto será resuelto con base en las Reglas de Operación vigentes del PCS.
VIII. Información
El Indesol será la instancia ejecutora de la presente Convocatoria.
Es obligación de los actores sociales, conocer las Reglas de Operación del PCS que rigen la presente Convocatoria, las cuales proporcionan información sobre la normatividad, características y operación del PCS, mismas que están disponibles en la página electrónica: www.indesol.gob.mx.
Para mayor información dirigirse al Indesol, a los teléfonos: 01800 718-8621; 5554-0390, 5554-0398, extensiones 68183, 68185, 68187, 68121, 68133, 68135 o por correo electrónico a: convocatoriasindesol@sedesol.gob.mx.
La información presentada por las OSC estará sujeta a las disposiciones que establece la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los once días del mes de abril de dos mil ocho.- La Titular del Instituto Nacional de Desarrollo Social, Lydia Madero García.- Rúbrica.
 

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