CONVOCATORIA dirigida a Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) e instituciones de educación superior y centros de investigación para presentar proyectos de promoción del Desarrollo Rural Sustentable (DR), dentro del Programa de Coinversión Social.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.
La Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), por conducto del Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol), con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y en los numerales 3.4.1, 3.4.2, 3.4.3, 3.4.3.1, 3.4.3.2, 3.5, 3.6, 5.1 y 10.1 de las Reglas de Operación del Programa Coinversión Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2007, y
CONSIDERANDO
Que la pobreza rural y la cantidad de familias que continúan ligadas a la producción primaria, hacen necesario continuar con apoyos al sector para que mejore su productividad y promueva su sustentabilidad. Asimismo, existen otros problemas como la migración, el envejecimiento de los titulares de derechos agrarios y la falta de incentivos económicos para permanecer en sus comunidades de origen, que provocan la pérdida de capital humano y social, debilitando el tejido social en el campo.
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, establece como una de sus estrategias: converger y optimizar los programas y recursos que incrementen las oportunidades de acceso a servicios en el medio rural y reduzcan la pobreza, a través del uso racional y eficiente de los diferentes programas de las dependencias con incidencia en el campo a fin de contribuir a elevar el nivel de desarrollo humano de los mexicanos que viven en las zonas rurales.
Que el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable (PEC), es el instrumento diseñado para ordenar los apoyos del gobierno federal mediante la especialización de programas y dependencias, de tal manera que se eviten las duplicidades y programas con múltiples componentes, y se promueva la sinergia y complementariedad y facilitando con ello el acceso a la población rural a los programas del campo.
Que los programas y componentes comprendidos en el PEC, han sido ordenados en nueve grandes vertientes, siendo una de ellas la denominada "competitividad", dentro de la cual se establecen programas de apoyo a la participación de los actores sociales para el desarrollo rural.
Que el objetivo del Programa de Coinversión Social (PCS) es contribuir al desarrollo de capital social, mediante la acción corresponsable entre gobierno y sociedad, para atender necesidades de los grupos sociales en situación de pobreza, exclusión, marginación, desigualdad por género o vulnerabilidad social, emite la siguiente:
CONVOCATORIA
PROMOCION DEL DESAROLLO RURAL SUSTENTABLE (DR)
Dirigida a Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación, para la presentación de proyectos, de acuerdo con los siguientes términos:
I. Objetivos
General:
Favorecer acciones dirigidas a elevar la competitividad del sector rural en beneficio de la población en situación de pobreza, exclusión, marginación, desigualdad por género o vulnerabilidad social, a través de la ejecución de proyectos encaminados a mejorar su nivel de desarrollo social y humano.
Específicos:
v Fortalecer el desarrollo de comunidades y organizaciones de productores del medio rural, impulsando la ampliación de capacidades para la generación de oportunidades de empleo e ingreso, la organización comunitaria, la economía popular y el equipamiento, mediante la implementación de proyectos sustentables;
v Contribuir al mejoramiento integral del bienestar social de la población objetivo de la convocatoria;
v Realizar estudios sobre el potencial productivo de las regiones rurales, que sirvan de base para el desarrollo o mejoramiento de proyectos de inversión y la atracción de capitales a ese sector;
v Fortalecer la participación organizada y representativa de los actores sociales en el diseño e instrumentación de las políticas públicas del sector rural.
II. Características de los proyectos
Los proyectos que se presenten deberán enmarcarse en alguna de las siguientes vertientes, descritas en el numeral 3.1 de las Reglas de Operación del PCS:
a) Promoción del Desarrollo Humano y Social: Proyectos dirigidos favorecer el desarrollo social y humano a través de acciones que mejoren las condiciones de vida de la población en situación de pobreza, vulnerabilidad, marginación o discriminación, que propicien su integración a la vida productiva y social, y fomenten el desarrollo comunitario y el capital social;
b) Fortalecimiento y Profesionalización: Proyectos dirigidos a fortalecer y profesionalizar a los propios actores sociales, mediante el mejoramiento de sus capacidades, conocimientos, habilidades y metodologías de organización y gestión para el desarrollo social. Incluye la promoción de la participación ciudadana en las políticas públicas, los procesos de articulación con los tres órdenes de gobierno y la generación de sinergias para un mayor impacto social;
c) Investigación: Proyectos que generen y difundan conocimiento, metodologías, instrumentos, diagnósticos, propuestas y recomendaciones, entre otros, para fortalecer el diseño, instrumentación y evaluación de políticas públicas en materia de desarrollo social, en el marco de la Ley General de Desarrollo Social.
Los proyectos serán revisados con base en los siguientes criterios de selección establecidos en el numeral 3.6.1 de las Reglas de Operación del PCS:
a) Sujetarse a los objetivos de la presente Convocatoria;
b) Tener congruencia entre los objetivos del proyecto y el objeto social del Actor Social;
c) Identificar el problema que se atenderá y las posibles alternativas de solución;
d) Mantener concordancia entre diagnóstico, objetivos, metas y acciones del proyecto;
e) Presentar metas claras, cuantificables y definir el material probatorio que confirmará el cumplimiento de las mismas;
f) Mostrar correspondencia entre el presupuesto y el uso de los recursos, con respecto al planteamiento general del proyecto;
g) Cumplir con la aportación de la coinversión establecida en el formato de presentación de proyectos, que es como mínimo del 20% del costo total del proyecto. La coinversión podrá ser en términos monetarios y/o no monetarios;
h) Tener incidencia en la población objetivo en términos de la cobertura y la integridad de la propuesta;
i) Señalar, si fuera el caso, si el proyecto da continuidad a uno anterior apoyado por el PCS, identificando objetivos, impacto social, antecedentes, alcances y duración de ambos proyectos;
j) Mostrar capacidad técnica del Actor Social y del (la) coordinador (a) para su ejecución;
k) Plantear mecanismos de seguimiento y evaluación, así como de transparencia y rendición de cuentas;
l) Estar dirigido a población en situación de pobreza, exclusión, marginación, desigualdad por género o vulnerabilidad social;
m) Estar articulados o coordinados en redes con otros actores sociales.
Los proyectos deberán orientarse a alguna de las siguientes temáticas en función de los objetivos propios de la convocatoria:
Dotar a la población rural de competencias laborales en especialidades afines al perfil productivo de la zona o a proyectos productivos emergentes;
Capacitar a la población en la realización de proyectos productivos que requieren porcentajes mínimos de capitalización aprovechando las condiciones naturales del entorno y la infraestructura familiar (cultivos y criaderos de traspatio), que les provean los medios del autoconsumo y excedentes para el
intercambio y la comercialización;
Introducir nuevas técnicas y tecnologías que eleven la productividad de las empresas rurales y promuevan el mejoramiento del medio ambiente;
Brindar capacitación y asesoría a la población, organizaciones productivas, sociales y agropecuarias, en temas relacionados con la producción, desarrollo, distribución y comercialización, formación de cadenas productivas y demás temas encaminados al mejoramiento de la competitividad del sector;
Generar el desarrollo de capacidades y el aprovechamiento de la riqueza natural y cultural para promover el turismo en sus distintas modalidades: cultural, ecológico, de aventura y de medicina tradicional;
Elaborar y difundir estudios diagnósticos sobre las posibilidades de desarrollo de nuevas actividades productivas, de participación en mercados y de inventarios de la riqueza natural y económica, así como de técnicas tradicionales de producción que contribuyan al desarrollo del sector rural;
Ofrecer capacitación y asistencia técnica a servidores públicos de municipios rurales, para la gestoría de recursos destinados al fomento de la actividad económica, así como a la atracción de inversión productiva en el medio rural;
Promover una cultura de preservación y mejoramiento del medio ambiente a través de la orientación y educación ecológica de la población, la reconversión de técnicas de producción contaminantes y nocivas para la diversidad biológica, la recuperación de zonas deforestadas, sobreexplotadas y contaminadas;
Contribuir al desarrollo humano y fortalecimiento del capital social de la población objetivo de esta convocatoria, a través de la atención de aspectos relacionados con la salud y la educación que permitan la superación de las condiciones de marginación y pobreza en que se encuentran.
Fortalecer la participación de la sociedad a partir de OSC en la definición de su propio desarrollo, mediante la formulación de propuestas, modelos, procesos e iniciativas que incidan en el sector rural.
La cobertura de la presente Convocatoria es nacional.
Los proyectos que resulten elegibles cuyos productos o metas se refieran a la edición de libros, manuales o audiovisuales deberán entregar al menos 25 ejemplares al Indesol y una copia en medio magnético.
III. Montos de apoyo y porcentajes de coinversión
El PCS destinará para la presente convocatoria la cantidad de $25'000,000.00 (veinticinco millones de pesos 00/100 M.N.) que podrá modificarse de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria.
El monto máximo de aportación del PCS por proyecto será de:
o $350,000.00 (trescientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) si incide completamente en algún(os) de los doscientos cincuenta municipios con menor índice de desarrollo humano del país de acuerdo a lo señalado en la página electrónica ubicada en http://cat.microrregiones.gob.mx/ex100/
o $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.) si el proyecto incide al menos en un 75%, en municipios ubicados en las zonas de atención prioritaria definidas por la SEDESOL. Esta lista se puede consultar en http://www.microrregiones.gob.mx/doctos/pazap/municipios_pazap2008.pdf
o $250,000.00 (doscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) para cualquier área geográfica.
La aportación del actor social deberá ser mínimo del 20% del costo total del proyecto, la cual podrá ser monetaria y/o no monetaria.
IV. Requisitos de participación
Podrán participar los actores sociales que cumplan con lo establecido en el numeral 3.5 de las Reglas de Operación del PCS, que se menciona a continuación:
A. En todos los casos:
a) Contar con recibos que cumplan con los requisitos fiscales vigentes (no se aceptan facturas);
b) No tener irregularidades o incumplimientos reportados, observaciones de auditorías o cualquier otro tipo de impedimento jurídico-administrativo sin solventar, con la SEDESOL, con el Organo Interno de Control de la SEDESOL o cualquier otra dependencia o entidad federal;
Los Actores Sociales con proyectos apoyados por el Programa en el Ejercicio Fiscal anterior, que no
hayan entregado al Indesol o a las Delegaciones el Informe Final completo de cada proyecto de acuerdo a lo establecido en el numeral 7.3 de las Reglas de Operación, se considerarán con incumplimiento, el cual constituye un impedimento jurídico-administrativo para poder participar en el presente Ejercicio Fiscal.
Los incumplimientos a que se refiere este inciso se considerarán solventados cuando las instancias administrativas o jurisdiccionales competentes emitan la resolución correspondiente;
c) Que el objetivo del Proyecto sea congruente con los objetivos de la convocatoria en la que participa;
d) Presentar sus proyectos dentro de los plazos y en los términos que señale la presente convocatoria;
e) No haber agotado en el presente Ejercicio Fiscal las dos participaciones a que cada Actor Social tiene derecho;
f) Declarar bajo protesta de decir verdad, no llevar a cabo acciones de proselitismo hacia partido político, asociación política nacional, sindicato o religión alguna en el formato de presentación de proyectos;
B. Para el caso de las OSC:
g) Estar inscritas en el Registro y mantener actualizada, conforme a la Ley de Fomento la siguiente información: vigencia de su representación legal, objeto social, domicilio legal y órganos de gobierno y dirección;
h) Haber entregado el Informe Anual al Registro en los términos a que se refiere la fracción V del artículo 7 de la Ley de Fomento y el 14 de su Reglamento;
i) No tener entre sus directivos o representantes a funcionarios públicos, representantes de elección popular, o miembros del Poder Judicial, de cualquiera de los tres órdenes de gobierno y que han cumplido con las obligaciones establecidas en el artículo 7 de la Ley de Fomento. Este requisito deberá acreditarse por escrito mediante declaratoria bajo protesta de decir verdad en el Formato de Presentación de Proyectos.
C. Para el caso de Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación:
Acreditar su personalidad jurídica mediante Ley, Decreto o Acuerdo publicados en el Diario Oficial de la Federación o periódicos oficiales de las entidades federativas correspondientes, así como la de su(s) representante(s) legal(es). Para efectos del Programa, no se consideran Instituciones de Educación Superior aquellas Universidades que acrediten su personalidad jurídica mediante la documentación legal de una asociación o sociedad civil y no estén consideradas como entidades de la administración pública paraestatal.
V. Documentación solicitada
Los participantes deberán entregar los siguientes documentos:
1. Versión electrónica capturada en el Formato de Presentación de Proyectos (anexo 1 de las Reglas de Operación para el 2008), disponible en la página electrónica www.indesol.gob.mx en disquete de 3½ pulgadas, CD ROM o cualquier otro medio digital que permita su recepción electrónica con la información completa solicitada;
2. Copia impresa del Formato de Presentación de Proyectos, con la información completa solicitada, firmado por el o los representantes legales del Actor Social participante acreditado ante el Registro.
El Actor Social deberá verificar que el formato de presentación que está entregando, contiene la misma clave tanto en versión electrónica como impresa;
3. Fotocopia del recibo fiscal del Actor Social con la leyenda de cancelado (no se aceptarán facturas);
4. Copia simple de la identificación del Representante Legal y del Coordinador del Proyecto.
Además, para el caso de Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación:
1. Copia simple del documento constitutivo (Ley, Decreto o Acuerdo publicados en el Diario Oficial de la Federación o periódicos oficiales de las entidades federativas correspondientes);
2. Copia simple del documento que avala al representante legal (Acta protocolizada, oficio de nombramiento u otro);
3. Copia simple del comprobante de domicilio fiscal;
4. Copia simple de su Cédula de Inscripción al RFC.
VI. Recepción de los proyectos
El periodo de recepción de los proyectos será a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y hasta el 19 de mayo de 2008, en las oficinas del Indesol ubicadas en Segunda Cerrada de Belisario Domínguez número 40, colonia Del Carmen, Delegación
Coyoacán, código postal 04100, México, D.F., en días hábiles con un horario de 9:00 a 15:00 y 16:00 a 18:00 horas.
VII. Resultados
Los proyectos que cuenten con la documentación completa serán validados y, en su caso, dictaminados de acuerdo al esquema señalado en los numerales 5.3. y 5.4 de las Reglas de Operación del PCS. El resultado de la dictaminación es definitivo.
El Indesol dará a conocer en su página electrónica: www.indesol.gob.mx, el status de los proyectos en un plazo no mayor a 60 días naturales después del cierre de la presente Convocatoria.
Cualquier caso no previsto será resuelto con base en las Reglas de Operación vigentes del PCS.
VIII. Información
El Indesol será la instancia ejecutora de la presente Convocatoria.
Es obligación de los actores sociales, conocer las Reglas de Operación del PCS que rigen la presente Convocatoria, las cuales proporcionan información sobre la normatividad, características y operación del PCS, mismas que están disponibles en la página electrónica: www.indesol.gob.mx
Para mayor información dirigirse al Indesol, a los teléfonos 01800 718-8621; 5554 0390, 5554 0398, extensiones 68121, 68136, 68135, 68133, o por correo electrónico a: convocatoriasindesol@sedesol.gob.mx
La información presentada por los Actores Sociales estará sujeta a las disposiciones que establece la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los once días del mes de abril de dos mil ocho.- La Titular del Instituto Nacional de Desarrollo Social, Lydia Madero García.- Rúbrica.