ACUERDO G/JGA/10/2008 mediante el cual se da a conocer la destrucción de expedientes concluidos hasta 2004.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.
ACUERDO G/JGA/10/2008
DESTRUCCION DE EXPEDIENTES CONCLUIDOS HASTA 2004.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 41 fracción XXV, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, se acuerda:
Primero.- Que se destruyan los expedientes tramitados en las diversas Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa que hayan concluido totalmente, a más tardar, el último día del año de 2004, independientemente del año en que éstos dieron inicio, incluyendo muestras, pruebas y documentos agregados a dichos expedientes.
Previamente, en las Salas Regionales, se deberá instruir a los archivistas que realicen la depuración de los expedientes terminados con anterioridad y hasta el año de 2004, para que también se proceda a su destrucción, lo que podrá realizarse únicamente después de que el Secretario de Acuerdos correspondiente haya procedido a:
a) Validar electrónicamente, en el Sistema Integral de Control de Juicios la sentencia registrada en dicho sistema que concluyó definitivamente el juicio relativo a un expediente clasificado para destrucción.
b) Verificar que el texto de la sentencia que consta en dicho Sistema, coincide fiel y exactamente con su original que obra en el referido expediente.
c) Otorgar expresamente su visto bueno para llevar a cabo la destrucción respectiva, firmando autógrafamente la relación correspondiente.
Segundo.- Las partes interesadas que hayan presentado pruebas, muestras y documentos en los juicios a destruir, deberán acudir al domicilio de la Sala en la que se encuentren radicados, a solicitar su devolución o expedición de las copias certificadas de su interés, en el término de 30 días contados a partir del día siguiente a la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, en la inteligencia de que transcurrido dicho plazo se procederá a su destrucción.
Tercero.- Que cada Sala Regional de este Organo Jurisdiccional coloque el presente acuerdo en la ventanilla de su Oficialía de Partes y en otros lugares visibles del edificio de su sede, levantando acta de la colocación de ese aviso y remitiendo copia a la Secretaría General de Acuerdos para su constatación y archivo.
Cuarto.- Que cada Sala Regional de este cuerpo colegiado levante un acta en el momento de realizar la destrucción de expedientes, misma que se hará en la forma más conveniente para este Tribunal de acuerdo con los medios disponibles. Así mismo, deberá remitir una copia de la lista de expedientes destruidos a la Junta de Gobierno y Administración, a la Contraloría Interna y a la Secretaría General de Acuerdos.
Quinto.- Si a la fecha de emisión del presente acuerdo, algún Magistrado aún no ha hecho la selección para el Archivo General de los expedientes más valiosos del año de 2004, deberá hacerlo previamente a la destrucción, considerando los siguientes aspectos:
a) El asunto más cuantioso que se haya tramitado durante el año de 2004.
b) El expediente que se refiera a los temas más reiterados durante ese ejercicio.
c) El asunto de mayor relevancia de acuerdo a su significación e importancia por el tema jurídico novedoso.
d) Los expedientes que hayan servido de base para que la Sala Superior haya establecido precedente o jurisprudencia.
e) Los expedientes que se hayan tomado en consideración para publicar tesis en la Revista del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
Los expedientes así clasificados, se remitirán a la Contraloría Interna de este Cuerpo Colegiado, junto con sus listados, para que ésta haga la concentración que corresponde y se integre al "Acervo del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa" del Archivo General de la Nación. En tal virtud, las Salas Regionales no darán trámite alguno a las solicitudes de devolución de documentos o expedición de copias certificadas de los expedientes enviados al archivo en cita ya que dichos expedientes integrarán el acervo histórico para ser consultados por los investigadores, no así para consulta por interés legal de las partes.
Así lo acordó la Junta de Gobierno y Administración en sesión del día diecisiete de junio de dos mil ocho, ordenándose su publicación en el Diario Oficial de la Federación.- Firman: el Magistrado Francisco Cuevas Godínez, Presidente de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y el licenciado César Edgar Sánchez Vázquez, Secretario de la Junta de Gobierno y Administración, quien da fe.- Rúbricas.
(R.- 270343)