CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la resolución dictada en el expediente número RR-42/2006, por la cual se revoca la Resolución Administrativa contenida en el oficio número 00641/30.15/2967/2006, dictada dentro del expediente administrativo número PISI-A-COAH-NC-DS-0088/2003, por la cual se determinó que la empresa Surtidora Comercial Nazas, S.A. de C.V., no podrá presentar propuestas ni celebrar contrato alguno con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Expediente RR-42/2006.- Oficio 00641/30.1/1309/2008.
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA RESOLUCION DE FECHA 23 DE JUNIO DE 2008 DICTADA EN EL EXPEDIENTE NUMERO RR-42/2006, POR EL TITULAR DEL ORGANO INTERNO DE CONTROL EN EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, POR LA CUAL SE REVOCA LA RESOLUCION ADMINISTRATIVA CONTENIDA EN EL OFICIO NUMERO 00641/30.15/2967/2006 DE FECHA 5 DE JULIO DE 2006, EMITIDA POR EL TITULAR DEL AREA DE RESPONSABILIDADES DEL ORGANO INTERNO DE CONTROL EN EL ALUDIDO INSTITUTO, DICTADA DENTRO DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO NUMERO PISI-A-COAH-NC-DS-0088/2003, POR LA CUAL SE DETERMINO QUE LA EMPRESA SURTIDORA COMERCIAL NAZAS, S.A. DE C.V., NO PODRA POR SI MISMA, O A TRAVES DE INTERPOSITA PERSONA, PRESENTAR PROPUESTAS NI CELEBRAR CONTRATO ALGUNO CON LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, POR EL PLAZO DE TRES MESES, ASIMISMO, SE DETERMINA IMPONER A LA EMPRESA CITADA UNA MULTA EN CANTIDAD DE $67,657,50.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presentes.
Por resolución de fecha 23 de junio de 2008, dictada en el expediente número RR-42/2006, se revoca la resolución administrativa contenida en el oficio número 00641/30.15/2967/2006 de fecha 5 de julio de 2006, emitida por el Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en el aludido Instituto, dictada dentro del expediente administrativo número PISI-A-COAH-NC-DS-0088/2003, por la cual se determinó que la empresa "Surtidora Comercial Nazas", S.A. de C.V., no podrá por sí misma, o a través de interpósita persona, presentar propuestas ni celebrar contrato alguno con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, por el plazo de tres meses, asimismo, se determina imponer a la empresa citada una multa en cantidad de $67,657.50.
En dicha resolución de 23 de junio de 2008, resolvió:
"PRIMERO.- Ha sido procedente el recurso de revisión interpuesto por el C. René Slack Wong, Representante Legal de la empresa "SURTIDORA COMERCIAL NAZAS", S.A. de C.V., en contra de la resolución contenida en el oficio número 00641/30.15/2967/2006 de fecha cinco de julio de dos mil seis, emitida por el Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, emitida en el expediente de sanción a proveedores número PISI-A-COAH-NC-DS-0088/2003.
SEGUNDO.- Resultó fundado el agravio hecho valer por el C. René Slack Wong, Representante Legal de la empresa "SURTIDORA COMERCIAL NAZAS," S.A. de C.V., el punto Primero de su escrito de revisión en atención a los razonamientos lógicos-jurídicos vertidos con antelación de la presente resolución, se procede a revocar la resolución número 00641/30.15/2969/2006, de fecha cinco de julio de dos mil seis, emitida en el expediente de sanción a proveedores número PISI-A-COAH-NC-DS-0088/2003, a través de la cual se le impusieron a la empresa recurrente una multa en cantidad de $67,657.50, así como una inhabilitación por el término de tres meses para presentar propuestas o celebrar contratos con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, ni con Entidades Federativas cuando utilicen recursos federales en materia de
adquisiciones, arrendamientos, servicios, obra pública y servicios relacionados.
TERCERO.- Archívese en estos términos el expediente en que se actúa como asunto total y definitivamente concluido, para todos los efectos legales a que haya lugar.
Notifíquese a la División de Sanción a Proveedores del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Notifíquese a la empresa "SURTIDORA COMERCIAL NAZAS", S.A. de C.V.
Así lo resolvió y firma el C. Titular del Organo Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Notifíquese".
Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Atentamente
Sufragio efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 26 de junio de 2008.- El Titular del Organo Interno de Control, José Luis Córdova Rodríguez.- Rúbrica.