ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se modifica el diverso Acuerdo General que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, por el que se crea la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de la Judicatura Federal.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno
ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, POR EL QUE MODIFICA EL DIVERSO ACUERDO GENERAL QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO, POR EL QUE SE CREA LA SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, y 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO.- La estructura orgánica de un organismo como el Consejo de la Judicatura Federal, requiere de las constantes transformaciones que adecuen su funcionamiento a las necesidades operativas impuestas por la realidad, para lograr la mayor eficacia en las acciones que despliega el propio Consejo en el objetivo de otorgar las mejores condiciones para que los órganos jurisdiccionales a su cargo, puedan impartir la Justicia Federal con las cualidades de profesionalismo, excelencia, imparcialidad, objetividad e independencia que exige la norma constitucional;
TERCERO.- Por ello, cuando las necesidades operativas del Consejo de la Judicatura Federal en su interrelación institucional con las otras entidades del propio Poder Judicial de la Federación, exigen el otorgamiento de mayores y más amplias facultades de alguna área interna, se hace indispensable, en un marco de legalidad y transparencia, impulsar las modificaciones a la normativa interna;
CUARTO.- Las crecientes tareas que se le han encargado a la Dirección General Adjunta a la Presidencia del Consejo de la Judicatura Federal, requiere de adecuaciones normativas que regulen estas nuevas atribuciones y determinen con precisión las responsabilidades que le corresponden para el cumplimiento de sus objetivos. Por ello se considera conveniente proponer una nueva área administrativa que, además de ocuparse de los asuntos que ya tenía encargada la Dirección General Adjunta, esté facultada para asumir esas nuevas tareas administrativas cuando así lo determinen el Pleno o el Presidente del Consejo.
En consecuencia, de conformidad con las consideraciones antes expuestas y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, y 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal emite el siguiente
ACUERDO
UNICO.- Se adiciona la fracción X Bis al artículo 2, se modifica el artículo 28, se adicionan los artículos 86 Bis y 86 Ter, y se derogan los artículos 111 y 112 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del Propio Consejo, para quedar como sigue:
"Artículo 2.- Para los efectos de este Acuerdo se entenderá por:
I a X. ...
X Bis. Secretaría General: Secretaría General de la Presidencia del Consejo de la Judicatura Federal. ...
Artículo 28.- La Presidencia del Consejo contará, para el adecuado ejercicio de sus atribuciones, con la Dirección General de Imagen Institucional, sin perjuicio de que el Pleno determine alguna otra.
Artículo 86 Bis.- La Secretaría General de la Presidencia del Consejo de la Judicatura Federal se encargará de asistir al Presidente en los asuntos que, de acuerdo con sus atribuciones, le corresponda conocer.
Artículo 86 Ter.- El titular de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de la Judicatura Federal tendrá las siguientes atribuciones:
I. Recibir la documentación e integrar la carpeta del Presidente con los asuntos listados para la sesión del Pleno;
II. Informar al Presidente sobre los asuntos que se analizarán en las sesiones del Pleno;
III. Elaborar opiniones jurídicas, dictámenes y notas informativas para el Presidente, sobre los asuntos mencionados en la fracción que precede;
IV. Formular opiniones jurídicas sobre temas de interés del Presidente, relacionados con el Consejo;
V. Recibir los escritos, peticiones y avisos que magistrados de circuito, jueces de distrito y trabajadores del Poder Judicial de la Federación dirijan al Presidente y canalizarlos a las áreas administrativas del Consejo que conforme a sus atribuciones, corresponda tramitar y resolver;
VI. Recibir los escritos que particulares, autoridades e instituciones dirigen al Presidente y remitirlos a las áreas administrativas del Consejo que correspondan o, en su caso, darles respuesta;
VII. Dar seguimiento e informar al Presidente sobre el trámite y resultado de los escritos y peticiones mencionadas en las fracciones V y VI de este artículo;
VIII. Brindar atención ciudadana a quienes soliciten entrevistas con el Presidente;
IX. Coadyuvar con la Secretaría Particular del Presidente, en todo lo concerniente a la administración de las oficinas de la Presidencia;
X. Llevar el archivo y correspondencia de la Presidencia del Consejo;
XI. Asistir a las reuniones interinstitucionales en las que participe el Consejo y coordinar, con las áreas involucradas, el cumplimiento de los acuerdos tomados en dichas reuniones;
XII. Asesorar al Presidente en los asuntos en que éste se lo requiera, así como desempeñar las comisiones y funciones especiales que aquél le encomiende;
XIII. Participar, cuando así lo acuerde el Pleno, o lo instruya el Presidente, emitiendo opinión en las reuniones de los titulares de los órganos auxiliares y administrativos del Consejo que tengan como propósito el estudio y análisis para la creación, modificación o derogación de normas internas del propio Consejo;
XIV. Fungir como enlace operativo entre el Presidente y los Directores de los Organos Auxiliares del Consejo, los Secretarios Ejecutivos y los Directores Generales, con el objeto de mantener una línea de información directa sobre las actividades y avances programáticos de las áreas a cargo de dichos funcionarios;
XV. Asistir, como asesor del Presidente, a las sesiones del Pleno; y
XVI. Las demás que le atribuya expresamente el Presidente.
Artículo 111.- (Se deroga).
Artículo 112.- (Se deroga)."
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el primer día de septiembre del año dos mil ocho.
SEGUNDO.- Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y, para su mayor difusión, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en la páginas de Internet e Intranet del Consejo de la Judicatura Federal.
TERCERO.- Modifíquese el Tabulador General del Consejo de la Judicatura Federal para adicionar el Puesto de "Secretario General de la Presidencia del Consejo de la Judicatura Federal", correspondiéndole el nivel 06 00, con las prestaciones adicionales que correspondan al cargo de Secretario Ejecutivo.
CUARTO.- El personal de la Dirección General Adjunta de la Presidencia deberá integrar la estructura inicial de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de la Judicatura Federal, lo que deberá hacerse
del conocimiento de la Dirección General de Programa y Presupuesto y de la Dirección General de Recursos Humanos.
EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGAN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se Modifica el Diverso Acuerdo General que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del Propio Consejo, por el que se Crea la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de la Judicatura Federal, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de veinte de agosto de dos mil ocho, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Luis María Aguilar Morales, Elvia Díaz de León D'Hers, María Teresa Herrera Tello, Indalfer Infante Gonzales, Jorge Moreno Collado y Oscar Vázquez Marín.- México, Distrito Federal, a veinticinco de agosto de dos mil ocho.- Conste.- Rúbrica.