DOF: 13/11/2008
Resolución por la que se modifican los artículos primero, segundo y sexto, pasando este último a ser quinto de la autorización otorgada a Banco Interacciones, S

Resolución por la que se modifican los artículos primero, segundo y sexto, pasando este último a ser quinto de la autorización otorgada a Banco Interacciones, S.A., para organizarse y operar como institución de banca múltiple.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Banca y Ahorro.

RESOLUCION UBA/036/2004
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Unidad de Banca y Ahorro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 31, fracciones VII y XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 8o. y 9o. de la Ley de Instituciones de Crédito, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 27, fracción XXVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como en atención a los siguientes
ANTECEDENTES
1. Mediante oficio 101.-1506 de fecha 6 de septiembre de 1993, esta Secretaría autorizó la constitución y operación de una Institución de Banca Múltiple, denominada Banco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple;
2. Banco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple, mediante escrito de fecha 4 de febrero de 2004, presentado por el licenciado Manuel Velasco Velázquez, en su carácter de Director Jurídico de esa Institución de Banca Múltiple, personalidad que tiene debidamente acreditada ante esta Secretaría, remite para su aprobación el Primer Testimonio de la Escritura Pública número 5,755 de fecha 30 de octubre de 2003, otorgada ante la fe del licenciado Mario Evaristo Vivanco Paredes, Notario Público número 67, actuando como asociado en el protocolo de la Notaría Pública número 138, de la que es titular el licenciado José Antonio Manzanero Escutia, ambos con ejercicio en esta ciudad, en la cual se protocolizó el Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 30 de junio de 2003;
3. Del Acta en cuestión, se desprende que esa Institución de Banca Múltiple acordó, entre otros temas:
a) Aumentar su capital social ordinario en la cantidad de $210'000,000.00 (doscientos diez millones de pesos 00/100), a efecto de fijar el capital social en la cantidad de $633'016,000.00 (seiscientos treinta y tres millones dieciséis mil pesos 00/100);
b) Derivado de lo anterior, reformar el artículo séptimo de los estatutos sociales de esa Institución de Banca Múltiple;
4. Mediante oficio UBA/DGABM/187/2004 del 23 de febrero de 2004, esta Unidad Administrativa aprobó la reforma al artículo séptimo de los estatutos sociales de Banco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple, y
CONSIDERANDO
 
1. Que el sector financiero debe contribuir de manera fundamental al financiamiento del crecimiento económico en México;
2. Que en virtud de lo señalado en los antecedentes 2 a 4 del presente oficio, se debe modificar la Resolución a que se hace referencia en el Antecedente 1, con motivo del aumento de capital mencionado;
3. Que en razón de lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, como parte de un crecimiento sostenido y dinámico, el gobierno promoverá el fortalecimiento del círculo ahorro-inversión;
4. Que conforme a las premisas del Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo 2002-2006, un sistema financiero sólido y eficiente es imprescindible para alcanzar tasas de crecimiento económico vigorosas y sostenidas en el mediano plazo;
5. Que es necesario que la Banca Comercial restablezca su papel de principal oferente de recursos prestables en la economía nacional, y
6. Que se requiere impulsar el desarrollo del marco de libre concurrencia y competencia en el sector financiero, que permita otorgar esquemas de crédito, que atiendan a todos los sectores, y que garantice, en la práctica, que los frutos de un mejor entorno macroeconómico lleguen a la población y se traduzcan efectivamente en mayor bienestar, y
7. Que una vez analizada la información y documentación presentada, así como después de haber determinado la procedencia del otorgamiento de la autorización en cuestión, emite la siguiente
RESOLUCION
UNICO.- Se modifican los artículos primero, segundo y sexto, pasando este último a ser quinto, en virtud de que mediante Resolución 102-B-309 del 29 de octubre de 1999 fue derogado el artículo quinto anterior, de la autorización otorgada a Banco Interacciones, S.A., para organizarse y operar como Institución de Banca Múltiple, para quedar dicha autorización, íntegramente, en los siguientes términos:
PRIMERO.- Se autoriza la organización y operación de una institución de banca múltiple que se denomina Banco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple.
SEGUNDO.- El capital social de Banco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple, será de $633'016,000.00 (seiscientos treinta y tres millones dieciséis mil pesos 00/100), moneda nacional.
TERCERO.- El domicilio de Banco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple, será la Ciudad de México, Distrito Federal.
CUARTO.- La autorización a que se refiere la presente Resolución es, por su propia naturaleza, intransmisible.
QUINTO.- En lo no señalado expresamente en esta Resolución, Banco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple, se ajustará en su organización y operación a la Ley de Instituciones de Crédito, a las Reglas generales y demás disposiciones que deriven de la misma, a las que por su propia naturaleza le resulten aplicables, así como a la inspección y vigilancia de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
TRANSITORIO
UNICO.- La presente Resolución se publicará en el Diario Oficial de la Federación y en dos periódicos de amplia circulación del domicilio social de Banco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple, a su costa, y surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 26 de abril de 2004.- El Titular de la Unidad de Banca y Ahorro, Luis Felipe Mancera de Arrigunaga.- Rúbrica.
(R.- 278554)
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 04/06/2023

UDIS
7.776138

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

113

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2022