AVISO de prórroga de la vigencia de la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-011/2-SESH-2008, Recipientes no metálicos para contener Gas L.P. Especificaciones y métodos de prueba.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.
AVISO DE PRORROGA DE LA VIGENCIA DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA DE EMERGENCIA NOM-EM-011/2-SESH-2008, RECIPIENTES NO METALICOS PARA CONTENER GAS L.P. ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA.
La Secretaría de Energía, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 26 y 33 fracciones I, II, XII y XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. y 14 fracción IV de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 38 fracciones II, V y IX, 40 fracciones I, V, XI y XIII, 43, 48, 61-A último párrafo, 68 primer párrafo, 73, 74, 91, 92, 94 fracción II y 97 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 34 y 80 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 53, 56 fracción III, y 87 del Reglamento de Gas Licuado de Petróleo; 1, 3, 13 fracción XVI y 23 fracciones XI, XVII, XVIII y XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 27 de junio de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-011/2-SESH-2008, Recipientes no metálicos para contener Gas L.P. Especificaciones y métodos de prueba (en lo sucesivo la Norma Oficial Mexicana de Emergencia).
Que dicha Norma Oficial Mexicana de Emergencia tiene una vigencia de seis meses a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, misma que vencerá el día 27 de diciembre del presente año.
Que en virtud de que actualmente subsisten las causas que motivaron la expedición de la citada Norma Oficial Mexicana de Emergencia, se consideró procedente prorrogar su vigencia por un periodo de seis meses, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO DE PRORROGA
Se prorroga por un plazo de seis meses, contados a partir del 28 de diciembre de 2008, la vigencia de la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-011/2-SESH-2008, Recipientes no metálicos para contener Gas L.P. Especificaciones y métodos de prueba.
México, D.F., a 10 de diciembre de 2008.- El Director General de Gas L.P. de la Secretaría de Energía, César Baldomero Sotelo Salgado.- Rúbrica.