CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Comercializadora Trebón, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en la Secretaría de Economía.- Area de Responsabilidades.- Expediente PS 01/2008.
CIRCULAR OIC 10000/104/001/2009
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA "COMERCIALIZADORA TREBON, S.A. DE C.V.", POR EL TERMINO DE TRES MESES.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presentes.
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 18, 26 y 37 fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 fracción I, 5, 6, 59, 60 fracción III y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 69 del Reglamento de la citada ley; 2, 8 y 9, primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria a la materia; 3 inciso D, 67 fracción II inciso a) numeral 7, 67 fracción I numeral 5 y 75 tercer párrafo del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y 2 último párrafo y 43 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, así como en el oficio No. OIC 10000/104/3505/2008 de fecha dieciséis de octubre del dos mil ocho, y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo tercero de la resolución de fecha siete de enero de dos mil nueve, que se dictó en el expediente número PS 01/2008, mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoada a la empresa "Comercializadora Trebón, S.A. de C.V.", esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente a aquél en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, por el plazo de tres meses deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos y servicios, y obra pública con dicha empresa, ya sea de manera directa o por interpósita persona.
En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular.
Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
El plazo de inhabilitación antes mencionado quedará sujeto a lo dispuesto por el penúltimo párrafo del artículo 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, sin que sea necesaria la publicación de algún otro comunicado.
Atentamente
México, D.F., a 9 de enero de 2009.- En ausencia del Titular del Area de Responsabilidades y por designación de la Titular del Organo Interno de Control, el Titular del Area de Auditoría Interna, Daniel Ríos Montaño.- Rúbrica.