DOF: 12/05/2009
Estados Unidos Mexicanos
 
Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
EDICTO
Mediante aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 19 de febrero de 2008, se puso a disposición del público el estudio técnico elaborado por la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas para justificar la expedición de la declaratoria por la cual se pretende establecer como área natural protegida la región conocida como "Isla de Cozumel" y del cual se desprende la información que se cita a continuación para su identificación:
Categoría: Area de Protección de Flora y Fauna.
Razones que justifican el régimen de protección: proteger una zona en la cual se encuentran representados diversos ecosistemas conformados por arrecifes, pastos marinos, manglares y lagunas costeras, selvas, tasistales-saibales, vegetación halófita y dunas costeras, que la convierten en un hábitat representativo de cuya existencia depende el desarrollo de especies de vida silvestre, terrestres y acuáticas, tales como el tasiste, el mangle rojo, el mangle blanco, el mangle botoncillo y el mangle negro, especies listadas en alguna categoría de riesgo en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001. "Protección ambiental-especies nativas de México de flora y fauna silvestres-categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-lista de especies en riesgo", todas ellas especies sujetas a protección especial; la Palma Chit, Palma Nakás y Palma kuká, especies amenazadas; al menos 31 especiesendémicas, algunas de ellas enlistadas en alguna categoría de riesgo en la citada Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, entre las que destaca la lagartija de Cozumel, enlistada en la categoría de riesgo de Protección Especial, al menos cuatro especies de aves: Chlorostilbon forficatus (sin enlistar en la citada NOM-059-SEMARNAT-2001), Cuitlacoche de Cozumel enlistada como en peligro de extinción, y el Chivirín salta pared de Cozumel y el Vireo de Cozumel, ambas especies enlistadas bajo protección especial; cuatro especies de mamíferos: el mapache cozumeleño, enlistada como en peligro de extinción, Pecari tajacu nanas (sin enlistar en la citada NOM-059-SEMARNAT-2001), y los ratones cosechero de Cozumel y el de patas blancas (Peromyscus leucopus), ambos enlistados como amenazados; y en sus aguas continentales tres especies de peces: Topote aleta grande, bajo la categoría de riesgo Amenazada, y Cyprinodon artifrons y Floridichthys polymmus, que no están enlistados en la citada NOM-059-SEMARNAT-200; así mismo, se presentan de manera estacional, agregaciones de mantarrayas y tortugas marinas, además de considerarse como unidad de conservación de cocodrilos por las poblaciones de Crocodylus acutus.
Superficie: 49,856-48-65.60 hectáreas (CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTAS CINCUENTA Y SEIS HECTAREAS, CUARENTA Y OCHO AREAS, SESENTA Y CINCO PUNTO SESENTA CENTIAREAS).
Ubicación: Municipio de Cozumel, en el Estado de Quintana Roo.
Localización del Area Natural Protegida: el polígono propuesto para el área natural protegida se localiza en las siguientes coordenadas extremas:
 
 
Latitud
Longitud
Máxima
20o 45' 17.49"
86o 56' 16.47"
Mínima
20o 20' 00.89"
86o 39' 08.26"
El plano de ubicación del área natural protegida es el siguiente:

 
Por lo antes mencionado y con fundamento en lo establecido por el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se hace del conocimiento de los interesados el estudio previo que justifica la declaración del área natural protegida "Isla de Cozumel", en los terrenos que se encuentren comprendidos dentro del polígono señalado, por edictos que serán publicados por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en el territorio nacional, con la finalidad de que dentro de un término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al que se realice la última publicación, manifiesten por escrito lo que a su interés convenga y ofrezcan las pruebas que consideren pertinentes, lo que podrán hacer en las oficinas centrales de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales ubicadas en Camino al Ajusconúmero 200, tercer piso, colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, código postal 14210, en el Distrito Federal, mismo lugar donde pueden consultar el expediente relativo e imponerse de las subsecuentes notificaciones en horario de 9:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Ciudad de México, a 15 de abril de 2009.
 
El Comisionado Nacional de Areas Naturales Protegidas
Ernesto Enkerlin Hoeflich
Rúbrica.
(R.- 288068)