ACUERDO de Coordinación para la concurrencia de recursos federales y estatales para los Programas Sociales Federales para el Desarrollo de Zonas Prioritarias y 3x1 para Migrantes, del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social para el Ejercicio Fiscal 2009, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social y el Estado de San Luis Potosí.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.
ACUERDO DE COORDINACION PARA LA CONCURRENCIA DE RECURSOS FEDERALES Y ESTATALES PARA LOS PROGRAMAS SOCIALES FEDERALES PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS Y 3X1 PARA MIGRANTES, DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 "DESARROLLO SOCIAL" PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009, QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO "SEDESOL", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL INGENIERO LUIS MEJIA GUZMAN, EN SU CARACTER DE SUBSECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO, Y EL DELEGADO FEDERAL EN EL ESTADO, EL INGENIERO JORGE VIRAMONTES ALDANA; Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, POR ACUERDO DEL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL Y REGIONAL, REPRESENTADA POR LA C. MARIA LUISA GALVAN LIMON Y LA CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO, REPRESENTADA POR EL CONTADOR PUBLICO CARLOS ESPARZA DEL POZO, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA "LA SEDESORE" Y "LA CONTRALORIA", RESPECTIVAMENTE; AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES Y CLAUSULAS:
ANTECEDENTES
I. El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, establece en su apartado denominado Eje 3. "Igualdad de oportunidades", que la finalidad de la política social de esta administración es lograr el desarrollo humano y el bienestar de los mexicanos a través de la igualdad de oportunidades. Para conducir a México hacia un desarrollo económico y social sustentable hay que resolver a fondo las graves diferencias que imperan en el país. Gobierno y sociedad deben ser capaces de mejorar significativamente las condiciones de vida de quienes viven en la pobreza.
II. El Programa Sectorial de Desarrollo Social 2007-2012, establece entre sus objetivos: Desarrollar las capacidades básicas de las personas en condición de pobreza, disminuir las disparidades regionales a través del ordenamiento territorial e infraestructura social que permita la integración de las regiones marginadas a los procesos de desarrollo y detonar las potencialidades productivas; así como abatir el rezago que enfrentan los grupos sociales vulnerables a través de estrategias de asistencia social que les permitan desarrollar sus potencialidades con independencia y plenitud.
III. El artículo 33 de la Ley de Planeación establece que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que los gobiernos participen en el Plan Nacional de Desarrollo.
IV. El artículo 29 fracción II del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, establece que tratándose de facultades concurrentes, cuando el Ejecutivo Federal por conducto de la dependencia competente decida suscribir convenios de coordinación en términos de la Ley de Planeación con las entidades federativas, procurará que éstos se celebren en condiciones de oportunidades y certeza para beneficio de la población objetivo.
V. De acuerdo a lo establecido en el artículo 30 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20
Desarrollo Social se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables exclusivamente a la población en condiciones de pobreza y de marginación de acuerdo con los criterios oficiales dados a conocer por la "SEDESOL".
VI. La "SEDESOL" manifiesta que la Dirección General de Programación y Presupuesto, de la Oficialía Mayor de esta dependencia, mediante oficio Núm. OM/DGPP/410.20/01745/08, de fecha 19 de diciembre de 2008, comunicó la autorización correspondiente a la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano de las asignaciones de recursos que le corresponden, conforme al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009.
VII. La "SEDESOL" manifiesta que los programas materia del presente Acuerdo de Coordinación se encuentran adscritos a la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano.
Con base en lo expuesto y con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 34 de la Ley de Planeación; 1, 4, 54 y demás aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y en su Reglamento; 17, 24, 29, 32, 39 y 43 de la Ley General de Desarrollo Social y su Reglamento; 7 y demás aplicables de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 29 y 30 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2008; el Decreto de la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria para el año 2009, publicado en la misma fecha; en los artículos 6 fracciones V y VI, 7, 12 fracción XII, 17, 22, 23, 24, 25, 33 fracción III, 36 fracción VII, 37, 44 y 45 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, en las Reglas de Operación de los Programas de Subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, así como en lo previsto en los numerales 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, 2, 3, 4, 5, 7 y 8 de la Ley de Planeación del Estado y municipios de San Luis Potosí, las partes celebran el presente Acuerdo de Coordinación en los términos de las siguientes:
CLAUSULAS
DEL OBJETO
PRIMERA. La "SEDESOL" y la "SEDESORE" celebran el presente Acuerdo que tiene por objeto la concurrencia de recursos y ejercicio de éstos respecto de los Programas para el Desarrollo de Zonas Prioritarias y 3x1 para Migrantes, a efecto de atender a la población en condiciones de pobreza y marginación.
La "SEDESOL" y la "SEDESORE" se comprometen a adoptar un esquema de aportación complementaria de recursos para la ejecución de las acciones de los programas aquí convenidos.
DE LA CONCURRENCIA Y ARTICULACION DE ESFUERZOS EN TERRITORIOS ESPECIFICOS
SEGUNDA. La "SEDESOL" y la "SEDESORE" promoverán que sus acciones se ejecuten en un marco de concurrencia y articulación de esfuerzos con el fin de propiciar el desarrollo de los territorios y de la población en pobreza y marginación de la entidad de conformidad con lo que establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social y el artículo 30 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009.
APORTACIONES PRESUPUESTARIAS
TERCERA. En los Programas para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, la "SEDESOL" aportará $2.00
pesos por cada peso aportado por la "SEDESORE", lo que equivale a un esquema de 66.7% federal y 33.3% estatal.
En el caso del Programa 3x1 para Migrantes, la "SEDESOL" aportará un peso por cada peso aportado por la "SEDESORE". A lo anterior se deberán añadir las aportaciones de los migrantes y de las autoridades municipales, para cumplir el esquema financiero establecido en las Reglas de Operación del programa.
En total y en el marco del presente Acuerdo, la "SEDESOL" aportará recursos por la cantidad de $30,000,000.00 (treinta millones de pesos 00/100 M.N.). La distribución financiera y programática de dichos recursos se describe en el Anexo 1, que forma parte del presente Acuerdo.
Por su parte, la "SEDESORE" aportará recursos por la cantidad de $20,000,000.00 (veinte millones de pesos 00/100, M.N.), de conformidad con la distribución financiera y programática que se menciona en el Anexo 2, mismo que forma parte del presente Acuerdo.
CUARTA. Los recursos federales que ejecute la "SEDESORE" en los términos del presente Acuerdo, no pierden su carácter de federal.
Los recursos aportados por ambas partes estarán destinados exclusivamente al otorgamiento de subsidios, y estarán sujetos a las Reglas de Operación de los programas correspondientes.
QUINTA. La ministración de los recursos aportados por las partes se hará de acuerdo al calendario presupuestario detallado en el Anexo 4, mismo que forma parte del presente Acuerdo.
SEXTA. Podrán ser ejecutores de los recursos aportados por las partes, las Instancias Ejecutoras señaladas en las Reglas de Operación de los Programas.
La selección de las Instancias Ejecutoras se sujetará a lo siguiente:
En los Programas para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, la "SEDESORE" podrá seleccionar a las Instancias Ejecutoras de proyectos por el equivalente a 1.5 veces las aportaciones que efectivamente hubiere realizado. Lo anterior, en el caso de que las partes realicen sus aportaciones de acuerdo al calendario detallado en el Anexo 4, equivale a un esquema de decisión sobre la instancia ejecutora de 50% federal-50% estatal sobre los recursos aportados conjuntamente. Para los efectos de la presente cláusula, se realizarán revisiones de las aportaciones efectivamente realizadas por las partes, al final de cada trimestre transcurrido.
En el Programa 3x1 para Migrantes, se decidirá en el seno del Comité de Validación y Atención a Migrantes.
Este esquema de selección aplicará exclusivamente para los Programas Federales y montos convenidos en el presente Acuerdo.
DE LAS METAS
SEPTIMA. La "SEDESOL" y la "SEDESORE" acuerdan las metas consolidadas que se describen en el Anexo 3, mismo que forma parte integrante del presente Acuerdo.
DE LAS RESPONSABILIDADES
OCTAVA. Los programas objeto de este Acuerdo, se sujetarán en su instrumentación, operación, ejecución, evaluación, medición y seguimiento a lo que establece la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009; a las respectivas Reglas de Operación, a las demás disposiciones legales federales aplicables y a los instrumentos jurídicos, técnicos y operativos derivados de las Reglas de Operación.
La "SEDESOL" y la "SEDESORE" acuerdan que los recursos federales que no hubieren sido ejercidos o comprometidos en proyectos aprobados al 30 de junio de 2009, podrán ser reasignados a otros estados.
Las partes se comprometen a realizar sus aportaciones conforme a los tiempos, periodicidades y montos establecidos en el Anexo 4.
NOVENA. La "SEDESOL" y el "ESTADO" acuerdan que podrán proponer ampliaciones o modificaciones a la distribución de recursos entre programas, municipios y localidades, siempre y cuando se respete la regla de aportación complementaria prevista en la cláusula tercera. Para tal efecto, el "ESTADO" y el Delegado Federal de la "SEDESOL" deberán remitir a la Unidad Administrativa responsable del programa una propuesta técnicamente justificada; esta última la analizará y, en su caso, la autorizará.
En ningún caso se podrá modificar el monto correspondiente a las Zonas de Atención Prioritaria, que se definen en el presente documento en el Anexo 5, sin contar con la aprobación de la Unidad Administrativa responsable del Programa de Oficinas Centrales de la "SEDESOL".
Al final del ejercicio fiscal se formalizarán todas las modificaciones presupuestarias transcurridas respecto de los recursos convenidos, por medio de documento a suscribir por las instancias estatales correspondientes y la Delegación Federal de la "SEDESOL" en el Estado.
La ejecución de los programas de subsidios estará sustentada en propuestas de inversión, que deberán cumplir con las Reglas de Operación de los respectivos programas.
DE LOS TRABAJOS DE SEGUIMIENTO, EVALUACION Y CONTROL DE LOS RECURSOS
DECIMA. La "SEDESORE" asume el compromiso de proporcionar a la "SEDESOL", por conducto de su Delegación Federal en el Estado, informes trimestrales de seguimiento de los programas objeto de este Acuerdo, para los proyectos, obras y acciones en que la "SEDESORE", alguna de las dependencias o entidades del Gobierno del Estado sea la Instancia Ejecutora. La entrega de dichos informes se hará en un plazo no mayor a veinte días naturales por conducto de la "SEDESORE", quien será responsable de validar la información solicitada.
Cuando el responsable ejecutor sea el Municipio, este informará a la "SEDESOL" por conducto de la Delegación Federal en el Estado, en un plazo no mayor a veinte días naturales contados a partir de la conclusión de cada trimestre, enviando copia al "SEDESORE".
La "SEDESOL", por conducto de su Delegación Federal en el Estado, asume el compromiso de proporcionar a los ejecutores que en cada caso correspondan los lineamientos necesarios para integrar los informes.
DECIMA PRIMERA. Para dar transparencia en el ejercicio de los recursos que aporten las partes objeto de este Acuerdo, la "SEDESOL" y la "SEDESORE" convienen que en todas las actividades de difusión y publicidad que lleven a cabo las Instancias Ejecutoras sobre las obras y acciones materia de los programas aquí convenidos, apoyadas parcial o totalmente con subsidios federales, deberán mencionar expresamente dicha aportación de recursos federales, así como incluir el logotipo de la "SEDESOL" y de la Estrategia Vivir Mejor en los impresos y elementos gráficos que sean utilizados para tal efecto, como son letreros, mamparas, templetes, gallardetes, pósteres, trípticos y otros similares. Los logotipos de la "SEDESOL" y de la Estrategia Vivir Mejor deberán ocupar un área equivalente a la ocupada por los logotipos de las instancias locales participantes.
Las partes acuerdan que, conforme a la Ley General de Desarrollo Social, así como con el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, la publicidad y la información relativa a las acciones realizadas deberá identificarse con el Escudo Nacional en los términos que establece la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional e incluir la siguiente leyenda "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido su uso para fines distintos a los establecidos en el Programa".
DECIMA SEGUNDA. La "SEDESORE" y la "SEDESOL" deberán cumplir con los procedimientos normativos y fomentar la consolidación de mecanismos que apoyen la transparencia y rendición de cuentas, con la finalidad de favorecer la generación de informes; determinación de acciones, obras y seguimiento a la entrega y comprobación de recursos.
DECIMA TERCERA. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la cláusula tercera del presente Acuerdo corresponderá a la "SEDESOL"; al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social en el ámbito de su competencia; a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; a la Secretaría de la Función Pública (SFP) y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que en coordinación con la SFP realice la "CONTRALORIA".
DECIMA CUARTA. Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Acuerdo la "SEDESOL" y la "SEDESORE" se comprometen a revisar periódicamente el cumplimiento de su contenido, así como adoptar las medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requerida para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos.
Las partes convienen en que la SFP podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de la "SEDESORE" en los términos del presente Acuerdo.
ESTIPULACIONES FINALES
DECIMA QUINTA. Las partes acuerdan que los recursos federales aportados en el marco del presente Acuerdo que al 31 de diciembre de 2009 no se hubieren ejercido por cualquier motivo, incluyendo los rendimientos que se hayan obtenido, deberán reintegrarse a la Tesorería de la Federación dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio.
DECIMA SEXTA. La "SEDESOL" y la "SEDESORE" realizarán las acciones necesarias para cumplir con los compromisos pactados en este Acuerdo. En el evento de que se presenten casos fortuitos o de fuerza mayor que motiven el incumplimiento a lo pactado, la contraparte quedará liberada del cumplimiento de las obligaciones que le son correlativas, debiendo comunicar a la brevedad dichas circunstancias mediante escrito firmado por la dependencia o entidad estatal que corresponda y, en su caso, por la "SEDESOL" en el ámbito federal.
DECIMA SEPTIMA. El presente Acuerdo se podrá dar por terminado de manera anticipada por cualquiera de las siguientes causas:
1. No cumplir en tiempo y forma con los compromisos pactados en este Acuerdo.
2. La aplicación de los recursos federales a fines distintos de los pactados, y
3. La falta de entrega de la información, reportes y demás documentación prevista en este Acuerdo.
DECIMA OCTAVA. En caso de incumplimiento de los términos del presente Acuerdo, atribuible a la "SEDESORE", la "SEDESOL", con fundamento en lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la
Federación para el Ejercicio Fiscal 2009 y la legislación federal aplicable de la materia, podrá suspender la ministración de recursos o bien solicitar su reintegro, escuchando previamente la opinión de la dependencia o entidad estatal correspondiente.
En el supuesto de que la "SEDESOL" incumpla los términos del presente Acuerdo, la "SEDESORE", después de escuchar la opinión de la "SEDESOL", podrá suspender sus recursos presupuestarios aportados, e inclusive solicitar su reintegro.
De las controversias que se susciten en el cumplimiento del presente Acuerdo conocerán los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal.
DECIMA NOVENA. Este Acuerdo surte sus efectos desde el día primero de enero hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil nueve, y deberá publicarse, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Planeación y en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, con el propósito de que la población conozca las inversiones coordinadas de la Federación con la "SEDESORE".
"Estos programas son públicos, ajenos a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social".
"Estos programas son públicos, ajenos a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Acuerdo en dos ejemplares, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintinueve días del mes de diciembre de dos mil ocho.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: el Subsecretario Federal de Desarrollo Social y Humano, Luis Mejía Guzmán.- Rúbrica.- El Delegado Federal de la SEDESOL en el Estado de San Luis Potosí, Jorge Viramontes Aldana.- Rúbrica.- Por la SEDESORE: la Secretaria de Desarrollo Social y Regional del Gobierno del Estado de San Luis Potosí, María Luisa Galván Limón.- Rúbrica.- Por la Contraloría: el Contralor General del Estado de San Luis Potosí, Carlos Esparza del Pozo.- Rúbrica.
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
ACUERDO DE COORDINACION PARA LA CONCURRENCIA DE RECURSOS FEDERALES Y ESTATALES PARA LOS
PROGRAMAS SOCIALES FEDERALES
DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 "DESARROLLO SOCIAL"
DISTRIBUCION DE LA INVERSION Y METAS FEDERALES EJERCICIO FISCAL 2009
ESTADO DE: SAN LUIS POTOSI ANEXO 1
REGIONALIZA CION | PROGRAMAS/INVERSION EN PESOS | TOTAL |
DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS | 3x1 PARA MIGRANTES |
INVERSION | METAS | INVERSION | METAS |
PROYECTO | PROYECTO |
| | | | | |
MUNICIPIOS Y LOCALIDADES DE ALTA Y MUY ALTA MARGINACION | 20,000,000.00 | 20 | 5,000,000.00 | 10 | 25,000,000.00 |
| | | | | |
OTROS MUNICIPIOS Y LOCALIDADES | | | 5,000,000.00 | 10 | 5,000,000.00 |
| | | | | |
TOTAL | 20,000,000.00 | 20 | 10,000,000.00 | 20 | 30,000,000.00 |
| | | | | |
| | | | | |
OBSERVACIONES | | | | | |
En "Otros Municipios y Localidades" se incluyen las localidades de alta y muy alta marginación ubicadas en municipios de marginación media, baja y muy baja. Los recursos federales no incluyen gastos de operación de SEDESOL. |
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La Sedesol y el Estado, por conducto de sus representantes, manifiestan que una vez suscrito el presente Anexo por las instancias federal y estatal, podrán iniciar el ejercicio de los recursos para los programas aquí establecidos, sin perjuicio de la formalización del Acuerdo de Coordinación para la Concurrencia de Recursos Federales y Estatales para los Programas Sociales Federales del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social". |
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ING. JORGE VIRAMONTES ALDANA | | | C. MARIA LUISA GALVAN LIMON |
DELEGADO FEDERAL DE LA SEDESOL RUBRICA. | | | SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL Y REGIONAL RUBRICA. |
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"Estos programas son públicos, ajenos a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en los Programas".
Estos Programas son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos Programas con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos Programas deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente.
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
ACUERDO DE COORDINACION PARA LA CONCURRENCIA DE RECURSOS FEDERALES Y ESTATALES PARA LOS
PROGRAMAS SOCIALES FEDERALES
DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 "DESARROLLO SOCIAL"
DISTRIBUCION DE LA INVERSION Y METAS ESTATALES EJERCICIO FISCAL 2009
ESTADO DE: SAN LUIS POTOSI ANEXO 2
REGIONALIZACIO N | PROGRAMAS/INVERSION EN PESOS | TOTAL |
DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS | 3x1 PARA MIGRANTES |
INVERSION | METAS | INVERSION | METAS |
PROYECTO | PROYECTO |
| | | | | |
MUNICIPIOS Y LOCALIDADES DE ALTA Y MUY ALTA MARGINACION | 10,000,000.00 | 10 | 5,000,000.00 | 10 | 15,000,000.00 |
| | | | | |
OTROS MUNICIPIOS Y LOCALIDADES | | | 5,000,000.00 | 10 | 5,000,000.00 |
| | | | | |
TOTAL | 10,000,000.00 | 10 | 10,000,000.00 | 20 | 20,000,000.00 |
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OBSERVACIONES | | | | | |
En "Otros Municipios y Localidades" se incluyen las localidades de alta y muy alta marginación ubicadas en municipios de marginación media, baja y muy baja. |
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La Sedesol y el Estado, por conducto de sus representantes, manifiestan que una vez suscrito el presente Anexo por las instancias federal y estatal, podrán iniciar el ejercicio de los recursos para los programas aquí establecidos, sin perjuicio de la formalización del Acuerdo de Coordinación para la Concurrencia de Recursos Federales y Estatales para los Programas Sociales Federales del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social". |
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ING. JORGE VIRAMONTES ALDANA | | | C. MARIA LUISA GALVAN LIMON |
DELEGADO FEDERAL DE LA SEDESOL RUBRICA. | | | SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL Y REGIONAL RUBRICA. |
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"Estos programas son públicos, ajenos a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en los Programas".
Estos Programas son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos Programas con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos Programas deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente.
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
ACUERDO DE COORDINACION PARA LA CONCURRENCIA DE RECURSOS FEDERALES Y ESTATALES PARA LOS
PROGRAMAS SOCIALES FEDERALES
DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 "DESARROLLO SOCIAL"
CONSOLIDADO DE INVERSION Y METAS FEDERALES Y ESTATALES EJERCICIO FISCAL 2009
ESTADO DE: SAN LUIS POTOSI ANEXO 3
REGIONALIZACIO N | PROGRAMAS/INVERSION EN PESOS | TOTAL |
DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS | 3x1 PARA MIGRANTES |
INVERSION | METAS | INVERSION | METAS |
PROYECTO | PROYECTO |
| | | | | |
MUNICIPIOS Y LOCALIDADES DE ALTA Y MUY ALTA MARGINACION | 30,000,000.00 | 30 | 10,000,000.00 | 10 | 40,000,000.00 |
| | | | | |
OTROS MUNICIPIOS Y LOCALIDADES | - | - | 10,000,000.00 | 10 | 10,000,000.00 |
| | | | | |
TOTAL | 30,000,000.00 | 30 | 20,000,000.00 | 20 | 50,000,000.00 |
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OBSERVACIONES | | | | | |
En "Otros Municipios y Localidades" se incluyen las localidades de alta y muy alta marginación ubicadas en municipios de marginación media, baja y muy baja. Los recursos federales no incluyen gastos de operación de SEDESOL. |
| | | | | |
La Sedesol y el Estado, por conducto de sus representantes, manifiestan que una vez suscrito el presente Anexo por las instancias federal y estatal, podrán iniciar el ejercicio de los recursos para los programas aquí establecidos, sin perjuicio de la formalización del Acuerdo de Coordinación para la Concurrencia de Recursos Federales y Estatales de los Programas Sociales Federales del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social". |
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ING. JORGE VIRAMONTES ALDANA | | | C. MARIA LUISA GALVAN LIMON |
DELEGADO FEDERAL DE LA SEDESOL RUBRICA. | | | SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL Y REGIONAL RUBRICA. |
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"Estos programas son públicos, ajenos a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en los Programas".
Estos Programas son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos Programas con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos Programas deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente.
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
ACUERDO DE COORDINACION PARA LA CONCURRENCIA DE RECURSOS FEDERALES Y ESTATALES PARA LOS
PROGRAMAS SOCIALES FEDERALES
DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 "DESARROLLO SOCIAL"
CALENDARIO DE MINISTRACION DE RECURSOS FEDERALES Y ESTATALES
ESTADO DE: SAN LUIS POTOSI ANEXO 4
RECURSOS TOTALES | ENERO | FEBRERO | MARZO | ABRIL | MAYO | JUNIO | JULIO | AGOSTO | SEPTIEMBRE | OCTUBRE | NOVIEMBRE | DICIEMBRE | TOTAL |
APORTACIO N FEDERAL | 0.00 | 4,500,000.00 | 7,500,000.00 | 6,000,000.00 | 4,500,000.00 | 4,500,000.00 | 3,000,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 30,000,000.0 0 |
APORTACIO N ESTATAL | 0.00 | 3,000,000.00 | 5,000,000.00 | 4,000,000.00 | 3,000,000.00 | 3,000,000.00 | 2,000,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 20,000,000.0 0 |
| 0.00 | 7,500,000.00 | 12,500,000.00 | 10,000,000.00 | 7,500,000.00 | 7,500,000.00 | 5,000,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 50,000,000.0 0 |
| | | | | | | | | | | | | |
DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS |
APORTACIO N FEDERAL | 0.00 | 3,000,000.00 | 5,000,000.00 | 4,000,000.00 | 3,000,000.00 | 3,000,000.00 | 2,000,000.00 | | | | | | 20,000,000.0 0 |
APORTACIO N ESTATAL | 0.00 | 1,500,000.00 | 2,500,000.00 | 2,000,000.00 | 1,500,000.00 | 1,500,000.00 | 1,000,000.00 | | | | | | 10,000,000.0 0 |
SUBTOTAL PROGRAMA | 0.00 | 4,500,000.00 | 7,500,000.00 | 6,000,000.00 | 4,500,000.00 | 4,500,000.00 | 3,000,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 30,000,000.0 0 |
| | | | | | | | | | | | | |
3x1 PARA MIGRANTES |
APORTACIO N FEDERAL | 0.00 | 1,500,000.00 | 2,500,000.00 | 2,000,000.00 | 1,500,000.00 | 1,500,000.00 | 1,000,000.00 | | | | | | 10,000,000.0 0 |
APORTACIO N ESTATAL | | 1,500,000.00 | 2,500,000.00 | 2,000,000.00 | 1,500,000.00 | 1,500,000.00 | 1,000,000.00 | | | | | | 10,000,000.0 0 |
SUBTOTAL PROGRAMA | 0.00 | 3,000,000.00 | 5,000,000.00 | 4,000,000.00 | 3,000,000.00 | 3,000,000.00 | 2,000,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 20,000,000.0 0 |
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La Sedesol y el Estado, por conducto de sus representantes, manifiestan que una vez suscrito el presente Anexo por las instancias federal y estatal, podrán iniciar el ejercicio de los recursos para los programas aquí establecidos, sin perjuicio de la formalización del Acuerdo de Coordinación para la Concurrencia de Recursos Federales y Estatales para los Programas Sociales Federales del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social" para el ejercicio fiscal 2009. |
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ING. JORGE VIRAMONTES ALDANA | | | C. MARIA LUISA GALVAN LIMON |
DELEGADO FEDERAL DE LA SEDESOL RUBRICA. | | | SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL Y REGIONAL RUBRICA. |
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"Estos programas son públicos, ajenos a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en los Programas".
Estos Programas son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos Programas con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos Programas deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente.
ANEXO 5
ACUERDO DE COORDINACION PARA LA CONCURRENCIA DE RECURSOS FEDERALES Y
ESTATALES PARA LOS PROGRAMAS SOCIALES FEDERALES DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20
"DESARROLLO SOCIAL"
Estado: San Luis Potosí
Criterios para la priorización de las inversiones del Ramo Administrativo 20
Municipios de Muy Alta Marginación
No. | Clave del municipio | Nombre del municipio | Población total | Lugar que ocupa en el contexto nacional | Región |
1 | 24031 | Santa Catarina* | 10910 | 46 | Huasteca |
2 | 24003 | Aquismón* | 45074 | 140 | Huasteca |
3 | 24026 | San Antonio* | 9274 | 253 | Huasteca |
4 | 24041 | Tanlajás* | 19062 | 363 | Huasteca |
Municipios de Alta Marginación
No. | Clave del municipio | Nombre del municipio | Población total | Lugar que ocupa en el contexto nacional | Región |
5 | 24012 | Tancanhuitz* | 20495 | 383 | Huasteca |
6 | 24057 | Matlapa* | 29548 | 422 | Huasteca |
7 | 24039 | Tampamolón Corona* | 13760 | 428 | Huasteca |
8 | 24029 | San Martín Chalchicuautla* | 21576 | 434 | Huasteca |
9 | 24018 | Huehuetlán* | 14768 | 473 | Huasteca |
10 | 24017 | Guadalcázar | 24893 | 493 | |
11 | 24002 | Alaquines | 7831 | 510 | |
12 | 24014 | Coxcatlán* | 17038 | 552 | Huasteca |
13 | 24054 | Xilitla* | 50064 | 559 | Huasteca |
14 | 24038 | Tampacán* | 15767 | 608 | Huasteca |
15 | 24019 | Lagunillas | 5647 | 621 | |
16 | 24036 | Tamasopo | 26908 | 664 | Huasteca |
17 | 24047 | Villa de Guadalupe | 9238 | 674 | |
18 | 24043 | Tierra Nueva | 8998 | 681 | |
19 | 24001 | Ahualulco | 17428 | 687 | |
20 | 24037 | Tamazunchale* | 93811 | 701 | Huasteca |
21 | 24044 | Vanegas | 7098 | 782 | |
22 | 24006 | Catorce | 9159 | 784 | |
23 | 24022 | Moctezuma | 18344 | 817 | |
24 | 24030 | San Nicolás Tolentino | 5547 | 825 | |
25 | 24004 | Armadillo de los Infante | 4506 | 863 | |
26 | 24053 | Axtla de Terrazas* | 32721 | 875 | Huasteca |
27 | 24033 | Santo Domingo | 11333 | 946 | |
28 | 24032 | Santa María del Río | 37290 | 952 | |
29 | 24046 | Villa de Arriaga | 14952 | 957 | |
30 | 24034 | San Vicente Tancuayalab | 13358 | 963 | Huasteca |
31 | 24049 | Villa de Ramos | 34516 | 971 | |
32 | 24045 | Venado | 13948 | 1074 | |
33 | 24052 | Villa Juárez | 9775 | 1095 | |
34 | 24021 | Mexquitic de Carmona | 48484 | 1096 | |
35 | 24023 | Rayón | 14616 | 1110 | |
36 | 24055 | Zaragoza | 22425 | 1112 | |
37 | 24010 | Ciudad del Maíz | 29855 | 1135 | |
38 | 24056 | Villa de Arista | 14085 | 1152 | |
39 | 24050 | Villa de Reyes | 42010 | 1163 | |
40 | 24051 | Villa Hidalgo | 13966 | 1193 | |
41 | 24042 | Tanquián de Escobedo | 13389 | 1249 | Huasteca |
Municipios de Media Marginación
No. | Clave del municipio | Nombre del municipio | Población total | Lugar que ocupa en el contexto nacional |
42 | 24027 | San Ciro de Acosta | 9885 | 1309 |
43 | 24025 | Salinas | 26985 | 1367 |
44 | 24040 | Tamuín | 35446 | 1414 |
45 | 24015 | Charcas | 20173 | 1476 |
46 | 24024 | Rioverde | 85945 | 1641 |
47 | 24016 | Ebano | 38247 | 1648 |
48 | 24058 | El Naranjo | 18454 | 1655 |
49 | 24009 | Cerro de San Pedro | 3278 | 1690 |
50 | 24007 | Cedral | 16948 | 1705 |
51 | 24011 | Ciudad Fernández | 41052 | 1723 |
Municipios de Baja Marginación
No. | Clave del municipio | Nombre del municipio | Población total | Lugar que ocupa en el contexto nacional |
52 | 24048 | Villa de la Paz | 4967 | 1812 |
53 | 24005 | Cárdenas | 17804 | 1845 |
54 | 24008 | Cerritos | 20425 | 1898 |
55 | 24013 | Ciudad Valles | 156859 | 1982 |
Municipios de Muy Baja Marginación
No. | Clave del municipio | Nombre del municipio | Población total | Lugar que ocupa en el contexto nacional |
56 | 24020 | Matehuala | 82726 | 2182 |
57 | 24035 | Soledad de Graciano Sánchez | 226803 | 2372 |
58 | 24028 | San Luis Potosí | 730950 | 2415 |
Notas:
Las Zonas de Atención Prioritaria 2009 están integradas por los municipios de muy alta y alta marginación (CONAPO 2005), de acuerdo con la Declaratoria hecha por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión -publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2008-, en cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 30 de la Ley General de Desarrollo Social.
Los municipios que se detallan en el presente anexo han sido ordenados conforme a su grado de marginación y el lugar que ocupan en el contexto nacional -independientemente de si pertenecen o no a las Zonas de Atención Prioritaria-, indicativo de las prioridades que deberán observar los diferentes programas de Desarrollo Social y Humano del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social".
En el presente anexo también se indica si los municipios pertenecen a alguna de las 32 regiones, que la Cámara de Diputados identifica en su Declaratoria, conformadas por 365 municipios de muy alta marginación y 455 de alta marginación, que dada la situación de pobreza y marginación estructural que las afecta, requieren de proyectos integradores del territorio.
Los Municipios Predominantemente Indígenas (*) son aquellos que registran una población hablante de lengua indígena igual o superior al 40 por ciento de la población total mayor de cinco años, independientemente de su grado de marginación.
El Consejo Nacional de Población (CONAPO) define a la marginación como un "fenómeno estructural que se origina en la modalidad, estilo o patrón histórico de desarrollo; ésta se expresa, por un lado, en la dificultad para propagar el progreso técnico en el conjunto de la estructura productiva y en las regiones del país, y por el otro, en la exclusión de grupos sociales del proceso de desarrollo y del disfrute de sus beneficios". CONAPO. Indices de Marginación, 2005, pág. 11.
El CONAPO establece cinco estratificaciones para la marginación municipal, en las que agrupa a la totalidad de los municipios del país: Muy Alta, Alta, Media, Baja y Muy Baja Marginación. Un estado puede presentar los cinco grupos o sólo algunos, lo que dependerá de la situación que tengan cada uno de sus municipios.
Fuentes: Indice de Marginación Municipal 2005. CONAPO 2005, con base en el II Conteo de Población y Vivienda INEGI 2005.
El Delegado Federal de la Sedesol, Jorge Viramontes Aldana.- Rúbrica.- La Secretaria de Desarrollo Social y Regional, María Luisa Galván Limón.- Rúbrica.