DECRETO por el que se concede permiso a los ciudadanos cuya lista encabeza Ubaldo Ortiz Méndez, para aceptar y usar las Condecoraciones que les otorgan diversos gobiernos extranjeros.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA FRACCIÓN III DEL APARTADO C) DEL ARTÍCULO 37 CONSTITUCIONAL, DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se concede permiso al ciudadano Ubaldo Ortiz Méndez, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden de las Palmas Académicas, en grado de Caballero, que le otorga el Gobierno de la República Francesa.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se concede permiso al ciudadano Ricardo Martín Bringas, pueda aceptar y usar la Condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Encomienda, que le otorga el Gobierno del Reino de España.
ARTÍCULO TERCERO.- Se concede permiso a la ciudadana Lina María del Rosario Ramella Osuna, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden de la Estrella de la Solidaridad Italiana, en grado de Comendador, que le otorga el Gobierno de Italia.
ARTÍCULO CUARTO.- Se concede permiso al ciudadano Juan Sandoval Mendiolea, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden de Isabel La Católica, en grado de Encomienda, que le otorga el Gobierno del Reino de España.
ARTÍCULO QUINTO.- Se concede permiso al ciudadano Juan Raúl Heredia Acosta, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden de Dannebrog, en grado de Comendador Primera Clase, que le otorga el Gobierno del Reino de Dinamarca.
ARTÍCULO SEXTO.- Se concede permiso al ciudadano Guillermo Arturo Sáenz Polanco, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden Cruz Peruana al Mérito Naval, en grado de Comendador, Distintivo Blanco, que le otorga la Marina de Guerra de la República del Perú.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- Se concede permiso al ciudadano Fausto Zerón Medina, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden de Dannebrog, en grado de Caballero, que le otorga el Gobierno del Reino de Dinamarca.
ARTÍCULO OCTAVO.- Se concede permiso al ciudadano Eduardo Rafael Wenzel González, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden de Dannebrog, en grado de Caballero, que le otorga el Gobierno del Reino de Dinamarca.
ARTÍCULO NOVENO.- Se concede permiso al ciudadano Carlos Federico Quinto Guillén, para aceptar y usar la Condecoración Medalla Especial y Cinta, en grado de Estrella Plateada, que le otorga la Junta Interamericana de Defensa.
ARTÍCULO DÉCIMO.- Se concede permiso a la ciudadana Berenice Rendón Talavera, para aceptar y usar la Condecoración José Matías Delgado, en grado de Gran Cruz Placa de Plata, que le otorga el Gobierno de la República de El Salvador.
ARTÍCULO DECIMOPRIMERO.- Se concede permiso al ciudadano José de Jesús Hernández Rivera, para aceptar y usar la Condecoración Estrella de las Fuerzas Armadas del Ecuador, en grado de Estrella al Mérito Militar, que le otorga el Gobierno de la República del Ecuador.
ARTÍCULO DECIMOSEGUNDO.- Se concede permiso al ciudadano Crisanto García, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden de Dannebrog, en grado de Comendador Primera Clase, que le otorga el Gobierno del Reino de Dinamarca.
México, D. F., a 27 de mayo de 2009.- Sen. José González Morfín, Vicepresidente.- Dip. Esmeralda Cárdenas Sánchez, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a dieciséis de junio de dos mil nueve.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Lic. Fernando Francisco Gómez Mont Urueta.- Rúbrica.