DOF: 25/06/2009
ACUERDO mediante el cual se otorga la patente de agente aduanal número 1586 al ciudadano Omar Aguilera Chalamanch, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México como aduana de adscripción

ACUERDO mediante el cual se otorga la patente de agente aduanal número 1586 al ciudadano Omar Aguilera Chalamanch, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México como aduana de adscripción.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Aduanas.- Administración Central de Regulación Aduanera.

ACUERDO 800-02-02-00-00-2009-250
Visto el escrito recibido en esta Administración, mediante el cual el C. OMAR AGUILERA CHALAMANCH solicita se le otorgue patente de Agente Aduanal, en virtud del fallecimiento del Agente Aduanal ERNESTO AGUILERA ASSAD, titular de la patente número 489, con adscripción en la aduana del AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, y autorización 3358 para actuar en las aduanas de NUEVO LAREDO, CANCUN y MATAMOROS, y considerando que el C. OMAR AGUILERA CHALAMANCH está autorizado como Agente Aduanal Sustituto mediante acuerdo 800-02-02-00-00-2009-235 de fecha once de junio del año dos mil nueve, por haber cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 159 de la Ley Aduanera, el Administrador Central de Regulación Aduanera, con fundamento en los artículos 9, penúltimo párrafo, 11, fracción IV, en relación con el 12, Apartado B del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y 144 fracciones XXI y XXXII, 163, fracción VII y 163-A de la Ley Aduanera, ACUERDA: PRIMERO.- Otorgar la patente de Agente Aduanal número 1586 al C. OMAR AGUILERA CHALAMANCH, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana del AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO como aduana de adscripción, en virtud del fallecimiento del Agente Aduanal ERNESTO AGUILERA ASSAD. SEGUNDO.- Se toma conocimiento de que el C. OMAR AGUILERA CHALAMANCH, va a actuar en las aduanas de NUEVO LAREDO, CANCUN y MATAMOROS, como aduanas adicionales a la de su adscripción, mismas que tenía autorizadas el agente aduanal al que sustituye, asignándole el número 3972 el cual deberá usar en el llenado de cada uno de los pedimentos que formule en las aduanas autorizadas, inclusive en la aduana de su adscripción, así como manifestarlo en todos los actos que realice en su carácter de Agente Aduanal. TERCERO.- Notifíquese el presente acuerdo mediante oficio al C. OMAR AGUILERA CHALAMANCH, anexando un ejemplar con firma autógrafa del mismo. CUARTO.- Gírense oficios a los administradores de las aduanas del AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, NUEVO LAREDO, CANCUN y MATAMOROS, remitiéndoles copia simple del presente acuerdo.
Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, por una sola vez a costa del C. OMAR AGUILERA CHALAMANCH, y surta efectos de notificación.
Atentamente
México, D.F., a 15 de junio de 2009.- En suplencia por ausencia del Administrador Central de Regulación Aduanera y del Administrador de Regulación Aduanera "1", con fundamento en los artículos 2, 8 tercer párrafo, 9, penúltimo párrafo, 10 y 11 fracción IV, y párrafos siguientes a la fracción LXXVII, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2007, firma el Administrador de Regulación Aduanera "2", José Alberto Magallón Estrada.- Rúbrica.
(R.- 290785)
 

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