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DOF: 08/07/2010
ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de las aguas subterráneas de 36 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológicas que se indican

ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de las aguas subterráneas de 36 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológicas que se indican.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

JOSE LUIS LUEGE TAMARGO, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 Bis fracciones III, XXIII y XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 7 Bis, fracción IV, 9 fracciones I, II, VI, XVII, XXXII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLV, XLVI y LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, 19 BIS, 22 segundo y último párrafos y séptimo transitorio de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 8, 13 fracción XIII inciso b) del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua;
Que el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Aguas Nacionales, señala que para el otorgamiento de concesiones o asignaciones, debe tomarse en consideración la disponibilidad media anual del recurso, para lo cual el propio precepto dispone, en su último párrafo, que la Comisión Nacional del Agua debe publicar la disponibilidad de aguas nacionales por cuenca hidrológica, región hidrológica o localidad de que se trate;
Que para proporcionar un aprovechamiento integral de las aguas nacionales, uso eficiente, manejo adecuado, distribución equitativa y coadyuvar a alcanzar un desarrollo sustentable, así como en cumplimiento de la obligación citada en el Considerando anterior, se ha determinado con base en la "Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación de recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril del 2002, la disponibilidad de los acuíferos que en este Acuerdo se indican;
Que la determinación de dicha disponibilidad se realizó por parte de la Comisión Nacional del Agua con base en los estudios hidrogeológicos y evaluaciones necesarias, señaladas en el artículo 19 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, mismos que se sujetaron a las especificaciones y el método desarrollado en la Norma Oficial Mexicana referida en el Considerando anterior, habiéndose determinado la disponibilidad media anual para cada uno de los treinta y seis (36) acuíferos que se mencionan en el presente Acuerdo, pertenecientes a los estados de Baja California, Baja California Sur, Guerrero, Chihuahua, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Hidalgo, Sonora y Tamaulipas, de conformidad con su ubicación, de manera tal que los mismos puedan identificarse individualmente y con posterioridad constituir elementos, para determinar la unidad o unidades hidrogeológicas;
Que entre los elementos que se tomaron en consideración para la determinación de la disponibilidad media anual de aguas nacionales en los acuíferos materia de este Acuerdo, se encuentran los relativos al comportamiento, la recarga, la descarga natural, las extracciones y el cambio de almacenamiento de dichos acuíferos, así como los volúmenes de aguas subterráneas inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua y demás que se mencionan en la citada Norma Oficial Mexicana;
Que en todos los casos, las vedas emitidas para el control de la extracción, uso y aprovechamiento de las aguas nacionales del subsuelo, refieren que a partir de su emisión, los usuarios interesados en alumbrar dichas aguas deberán solicitar la concesión o asignación, de acuerdo con las reglas y condiciones que dispone la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento y la Autoridad del Agua la otorgará solamente en aquellos casos en los que de los estudios técnicos realizados, se concluya que no se causarán los perjuicios que con el establecimiento de la veda tratan de evitarse;
Que asimismo, la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 36 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos determinada y dada a conocer a través del presente Acuerdo, consideró los volúmenes de agua subterránea concesionados e inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua al 31 de marzo de 2009;
Que los límites de los acuíferos de los cuales, en este Acuerdo para dar a conocer su disponibilidad media anual de agua, fueron hechos de conocimiento público por parte de la Comisión Nacional del Agua, mediante el: "Acuerdo por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos", en el Diario Oficial de la Federación el 28 de agosto de 2009;
Que la determinación de la disponibilidad media anual de las aguas de los acuíferos que aquí se mencionan, así como dar a conocer estos resultados a los usuarios de manera precisa, junto con los nombres que corresponden a dichos acuíferos, aportará elementos que permitirá realizar acciones para mejorar el equilibrio entre las actividades productivas demandantes de agua, respecto del recurso natural disponible en los acuíferos y dará certeza jurídica a los concesionarios y asignatarios, en virtud de que los títulos y otros actos de autoridad que se emitan, habrán de ser expedidos conforme a la denominación de dichos acuíferos, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESULTADO DE LOS ESTUDIOS DE DISPONIBILIDAD
MEDIA ANUAL DE LAS AGUAS SUBTERRANEAS DE 36 ACUIFEROS DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, MISMOS QUE FORMAN PARTE DE LAS REGIONES HIDROLOGICAS QUE SE INDICAN
ARTICULO PRIMERO.- Los valores medios anuales de disponibilidad de los acuíferos que a continuación se mencionan, mismos que forman parte de la región hidrológica que en cada uno de ellos se indica, son los siguientes:
 
I.- REGION HIDROLOGICA-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAVE
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
 
 
 
 
 
 
0203
EL DESCANSO
2.7
0.4
1.846039
1.9
0.453961
0.000000
II. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
 
 
 
 
 
 
0204
LOS MEDANOS
1.8
0.1
0.715962
0.7
0.984038
0.000000
III. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
 
 
 
 
 
0213
SANTO TOMAS
6.6
0.2
11.295194
7.0
0.000000
-4.895194
 
IV. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAVE
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
 
 
 
 
 
0215
CAÑON LA CALENTURA
9.9
0.6
11.417175
6.6
0.000000
-2.117175
V. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAVE
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
 
 
 
 
 
0225
BAHIA DE SAN LUIS GONZAGA
5.5
2.0
0.058979
0.5
3.441021
0.000000
VI. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
 
 
 
 
 
 
0229
JAMAU
6.9
0.5
0.149010
0.2
6.250990
0.000000
VII. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
 
 
 
 
 
 
0230
SAN FERNANDO-SAN AGUSTIN
3.0
0.4
1.116794
1.1
1.483206
0.000000
 
VIII. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
 
 
 
 
 
 
0231
SANTA CATARINA
0.7
0.0
0.006308
0.0
0.693692
0.000000
IX. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
 
 
 
 
 
 
0232
PUNTA CANOAS-SAN JOSE
0.7
0.0
0.504335
0.5
0.195665
0.000000
 
X. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
 
 
 
 
 
 
0233
LAGUNA DE CHAPALA
1.2
0.6
0.006413
0.0
0.593587
0.000000
XI. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
 
 
 
 
 
 
0234
LA BACHATA-SANTA ROSALITA
0.5
0.0
0.156168
0.0
0.343832
0.000000
XII. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
 
 
 
 
 
 
0235
NUEVO ROSARITO
5.2
0.3
0.170982
0.1
4.729018
0.000000
XIII. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
 
 
 
 
 
 
0237
EL CHINERO
4.1
0.2
3.027456
3.0
0.872544
0.000000
XIV. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
 
 
 
 
 
 
0238
MATOMI-PUERTECITOS
4.8
3.3
0.023364
0.1
1.476636
0.000000
XV. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
 
 
 
 
 
 
0239
EL HUERFANITO
0.5
0.0
0.001825
0.0
0.498175
0.000000
 
XVI. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
 
 
 
 
 
 
0240
CALAMAJUE
0.1
0.0
0.000000
0.0
0.100000
0.000000
XVII. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
 
 
 
 
 
 
0241
AGUA AMARGA
0.9
0.0
0.000000
0.5
0.900000
0.000000
XVIII. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
 
 
 
 
 
 
0242
LA BOCANA-LLANOS DE SAN PEDRO
4.8
0.7
0.000000
0.0
4.100000
0.000000
XIX. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
 
 
 
 
 
 
 
0244
EL PROGRESO-EL BARRIL
2.4
0.5
0.002382
0.0
1.897618
0.000000
 
XX. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
 
 
 
 
 
 
0247
EL SOCORRO
1.9
0.2
1.518817
0.0
0.181183
0.000000
XXI. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAVE
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
 
 
 
 
 
 
0311
LA MATANZA
5.1
2.6
3.430680
2.5
0.000000
-0.930680
XXII. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA I "PENINSULA DE BAJA CALIFORNIA"
CLAVE
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
 
 
 
 
 
 
0322
EL CARRIZAL
14.2
0.0
10.463297
10.5
3.736703
0.000000
XXIII. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA II "NOROESTE"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE SONORA
 
 
 
 
 
 
2617
PUERTO LIBERTAD
8.2
1.3
5.423944
4.6
1.476056
0.000000
XXIV. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA II "NOROESTE"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE SONORA
 
 
 
 
 
 
2644
FUERTE MAYO
18.6
2.0
2.628550
4.5
13.971450
0.000000
XXV. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA V "PACIFICO SUR"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE GUERRERO
 
 
 
 
 
 
1214
PANTLA
12.2
6.5
2.041008
1.1
3.658992
0.000000
 
XXVI. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA V "PACIFICO SUR"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE GUERRERO
 
 
 
 
 
 
1223
ATOYAC
81.9
34.9
10.893290
12.8
36.106710
0.000000
XXVII. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA VI "RIO BRAVO"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE CHIHUAHUA
 
 
 
 
 
 
0823
CONEJOS-MEDANOS
18.8
0.0
0.596735
0.6
18.203265
0.000000
XXVIII. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA VI "RIO BRAVO"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
 
ESTADO DE CHIHUAHUA
 
 
 
 
 
 
0828
LOS MOSCOS
37.7
0.0
31.831614
36.7
5.868387
0.000000
XXIX. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA VI "RIO BRAVO"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE CHIHUAHUA
 
 
 
 
 
 
0833
VALLE DE JUAREZ
125.9
0.0
212.400987
171.8
0.000000
-86.500987
XXX. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA VIII "LERMA-SANTIAGO-PACIFICO"
 
 
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE GUANAJUATO
 
 
 
 
 
 
1107
SAN MIGUEL DE ALLENDE
28.6
6.5
28.880709
22.1
0.000000
-6.780709
XXXI. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA VIII "LERMA-SANTIAGO-PACIFICO"
CLAVE
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE GUANAJUATO
 
 
 
 
 
 
1118
SALVATIERRA-ACAMBARO
28.4
0.0
48.991802
53.0
0.000000
-20.591802
XXXII. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA VIII "LERMA-SANTIAGO-PACIFICO"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE JALISCO
 
 
 
 
 
 
1457
COLOTLAN
10.1
0.0
5.082847
5.1
5.017153
0.000000
XXXIII. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA VIII "LERMA-SANTIAGO-PACIFICO"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE MICHOACAN
 
 
 
 
 
 
1601
MARAVATIO-CONTEPEC-E.HUERTA
182.2
95.3
54.493332
45.5
32.406668
0.000000
 
XXXIV. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA VIII "LERMA-SANTIAGO-PACIFICO"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE MICHOACAN
 
 
 
 
 
 
1602
MORELIA-QUERENDARO
286.7
127.8
165.067601
162.2
0.000000
-6.167601
XXXV. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA IX "GOLFO-NORTE"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE HIDALGO
 
 
 
 
 
 
1301
ZIMAPAN
7.6
3.2
2.537069
1.1
1.862931
0.000000
XXXVI. REGION HIDROLOGICO-ADMINISTRATIVA IX "GOLFO-NORTE"
CLAV
E
ACUIFERO
R
DNCOM
VCAS
VEXTET
DAS
DEFICIT
CIFRAS EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES
ESTADO DE TAMAULIPAS
 
 
 
 
 
 
2805
JIMENEZ-ABASOLO
29.7
8.6
3.137128
3.1
17.962872
0.000000
R: recarga media anual; DNCOM: descarga natural comprometida; VCAS: volumen concesionado de agua subterránea; VEXTET: volumen de extracción de agua subterránea consignado en estudios técnicos; DAS: disponibilidad media anual de agua subterránea.
Las abreviaturas utilizadas para los distintos valores reportados en las tablas anteriores, para cada acuífero, corresponden a las definiciones de estos términos contenidas en los numerales "3" y "4" de la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales.
ARTICULO SEGUNDO.- Los resultados de la disponibilidad media anual determinada respecto de los acuíferos a que se refiere el presente Acuerdo, corresponden a aquellos que se encuentran descritos gráficamente en los planos oficiales de esta Comisión Nacional del Agua en los que aparecen la localización, límites y extensión geográfica de los mismos, y que fue dada a conocer públicamente mediante el "Acuerdo por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos", en el Diario Oficial de la Federación el 28 de agosto de 2009.
ARTICULO TERCERO.- Los valores de los principales términos que intervienen en el cálculo de la disponibilidad y los resultados de la disponibilidad media anual, respecto de los acuíferos o unidades hidrogeológicas que en el presente Acuerdo se señalan, corresponde a las condiciones de recarga determinadas con base en los estudios técnicos y a los volúmenes de agua subterránea concesionados e inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua, con fecha de corte al 31 de marzo de 2009.
ARTICULO CUARTO.- Las unidades administrativas competentes de la Comisión Nacional del Agua otorgarán concesiones o asignaciones de las aguas nacionales subterráneas de los acuíferos que se señalan en el presente Acuerdo, únicamente en aquellos casos en los que conforme al mismo exista disponibilidad de agua y en los que jurídicamente sea factible conforme a otros instrumentos jurídicos.
Dichas concesiones y asignaciones se otorgarán por orden de presentación de las solicitudes correspondientes, hasta por un volumen de agua equivalente a la disponibilidad determinada en este Acuerdo y de conformidad con las disposiciones que establecen la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento, respetando las vedas existentes. En todo caso, se considerará que los usos: doméstico y público urbano, son prioritarios conforme a la Ley citada.
En aquellos casos en los que conforme a este Acuerdo la disponibilidad de aguas subterráneas en los acuíferos que en el mismo se señalan es nula o deficitaria, no se otorgarán nuevas concesiones o asignaciones, salvo que el otorgamiento de las mismas sean determinados por disposiciones emitidas por el Honorable Congreso de la Unión o por el Ejecutivo Federal de los Estados Unidos Mexicanos.
TRANSITORIOS
ARTICULO PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
ARTICULO SEGUNDO.- Respecto del volumen disponible, señalado en el presente Acuerdo, corresponderá a las unidades administrativas competentes de la Comisión Nacional del Agua, emitir los dictámenes técnicos correspondientes, apoyados en los estudios y balances hidrológicos.
ARTICULO TERCERO.- Para efectos del presente Acuerdo, se estará a lo dispuesto en los artículos segundo y tercero transitorio del "Acuerdo por el que se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua, y la homologación de los nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o permisos otorgados por este órgano desconcentrado", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de diciembre de 2001.
ARTICULO CUARTO.- Los estudios que contienen las memorias técnicas correspondientes al cálculo y determinación de la disponibilidad, y los planos que ilustran la localización, los límites y la extensión geográfica de los acuíferos objeto de este Acuerdo y la metodología empleada para ello, están disponibles para consulta pública en las oficinas de la Comisión Nacional del Agua en su Nivel Nacional, que se ubican en la Avenida Insurgentes Sur 2416, colonia Copilco El Bajo, México, D.F., C.P. 04340; y en su Nivel Regional Hidrológico-Administrativo, en las direcciones que se indican a continuación:
Organismo de Cuenca Península de Baja California, en Avenida Reforma y Calle "L" s/n, colonia Nueva, Ciudad de Mexicali, Baja California, C.P. 21100.
Organismo de Cuenca Noroeste, en calle Comonfort y Paseo Cultura, Centro de Gobierno, Edificio México, colonia Villa de Seris, ciudad de Hermosillo, Sonora, C.P. 83280.
Organismo de Cuenca Pacífico Sur, Emilio Carranza número 201, colonia Reforma, ciudad de Oaxaca, Oaxaca, C.P. 68050.
Organismo de Cuenca Río Bravo, en Avenida Constitución número 4103 Oriente, colonia Fierro, ciudad de Monterrey, Nuevo León, C.P. 64590.
Organismo de Cuenca Lerma Santiago Pacífico, en Avenida Federalismo número 275 Norte, Zona Centro, ciudad de Guadalajara, Jalisco, C.P. 44100.
Organismo de Cuenca Golfo Norte, en Libramiento Emilio Portes Gil número 200, colonia Miguel Alemán,
ciudad Victoria, Tamaulipas, C.P. 87030.
Dirección Local Baja California Sur, Chiapas número 2535, entre Encinas y Legaspy, colonia Los Olivos, ciudad de La Paz, Baja California Sur, C.P. 23040.
Dirección Local Chihuahua, Avenida Universidad número 3300, colonia Magisterial, ciudad de Chihuahua, Chihuahua, C.P. 31170.
Dirección Local Guanajuato en Conjunto Plaza Dorada local 401, colonia El Olivar, ciudad de Celaya, Guanajuato, C.P. 38070.
Dirección Local Guerrero, en Avenida Rufo Figueroa número 6, colonia Burócratas, ciudad de Chilpancingo, Guerrero, C.P. 39090.
Dirección Local Hidalgo, en boulevard Felipe Angeles número 1610, Edificio Pólux, colonia Santa Julia, ciudad de Pachuca, Hidalgo, C.P. 42080.
Dirección Local Michoacán en Avenida Acueducto número 3626, colonia Ocolusen, ciudad de Morelia, Michoacán, C.P. 58279.
Atentamente
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los quince días del mes de junio de dos mil diez.- El Director General, José Luis Luege Tamargo.- Rúbrica.
 

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