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DOF: 30/12/2010
NORMA Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo

NORMA Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

SANDRA DENISSE HERRERA FLORES, Subsecretaria de Fomento y Normatividad Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y Presidenta del Comité Consultivo Nacional de Normalización del Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en los artículos 32 bis fracciones I, IV, XXXIX y XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38 fracción II, 40 fracción X, 45, 46 y 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 36 fracción I, 37 bis, 79 fracción III, 160 y 171 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 3 fracción XVIII, 9 fracciones III y V, 56, 57, 58 y 59 de la Ley General de Vida Silvestre; el artículo 33, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 1 y 8 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
CONSIDERANDO
Que el día trece del mes de junio del año de mil novecientos noventa y dos, el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos firmó, ad referendum, el Convenio sobre la Diversidad Biológica, adoptado en Río de Janeiro, Brasil, el día cinco del mes de junio del propio año. Que el Convenio sobre la Diversidad Biológica en su Artículo 7 inciso a) determina que cada Parte Contratante, en la medida de lo posible y según proceda, identificará los componentes de la diversidad biológica que sean importantes para su conservación y utilización sostenible, teniendo en consideración la lista indicativa de categorías que figura en el anexo I, el cual se refiere a la identificación y seguimiento de Ecosistemas y hábitat que: contengan una gran diversidad, un gran número de especies endémicas o en peligro, o vida silvestre; sean necesarios para las especies migratorias; tengan importancia social, económica, cultural o científica; o sean representativos o singulares o estén vinculados a procesos de evolución u otros procesos biológicos de importancia esencial;
Que el mismo Convenio en su Artículo 8 de la Conservación in situ, en su inciso k) determina que las Partes establecerán o mantendrán la legislación necesaria y/u otras disposiciones de reglamentación para la protección de especies y poblaciones amenazadas;
Que la Ley General de Vida Silvestre (LGVS) menciona en su artículo 9 fracción V que corresponde a la Federación la expedición de las normas oficiales mexicanas relacionadas con las materias previstas en dicha Ley.
Que la LGVS establece en su artículo 56, que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, identificará a través de listas, las especies o poblaciones en riesgo, de conformidad con lo establecido en la norma oficial mexicana correspondiente, asimismo establece que, las listas respectivas serán revisadas y, de ser necesario, actualizadas cada 3 años o antes si se presenta información suficiente para la inclusión, exclusión o cambio de categoría de alguna especie o población.
Que la citada Ley determina en su artículo 57 que cualquier persona, de conformidad con lo establecido en el reglamento y en las normas oficiales mexicanas, podrá presentar a la Secretaría propuestas de inclusión, exclusión o cambio de categoría de riesgo para especies silvestres o poblaciones.
Que dicho ordenamiento en su Título VI Conservación de la Vida Silvestre, Capítulo I Especies y Poblaciones en Riesgo y Prioritarias para la Conservación, establece que entre las especies y poblaciones en riesgo estarán comprendidas las que se identifiquen como: a) en peligro de extinción, b) amenazadas, c) sujetas a protección especial, y d) probablemente extintas en el medio silvestre.
Que la Ley General de Vida Silvestre define en su artículo 3 fracción XXXIII a la población, como la figura central de las acciones de protección, conservación y aprovechamiento sustentable, por lo que se hace énfasis en que las características de las poblaciones deben ser importantes en la consideración del riesgo, y se establece la posibilidad de clasificar algunas poblaciones de especies amenazadas o en peligro de extinción, en la categoría de sujetas a protección especial.
Que con fecha 6 de marzo de 2002, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo; en dicha norma se determinan las especies de flora y fauna silvestres terrestres y acuáticas en peligro de extinción, amenazadas y las sujetas a protección especial.
Que debido a la obligación de revisar y actualizar el listado, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, inició en el año 2004 una convocatoria pública en la que se presentaron propuestas para su modificación.
Que durante el proceso de revisión de las propuestas presentadas, el grupo taxonómico de Plantas y el
Grupo de Trabajo determinaron que el Método de Evaluación del Riesgo de Extinción de las Especies Silvestres en México (MER) podría ser mejorado, ya que sobreestima la categoría de riesgo para este grupo taxonómico. Lo anterior por que las Plantas presentan características muy diferentes al resto de los demás grupos taxonómicos (Anfibios, Aves, Hongos, Invertebrados, Mamíferos, Peces y Reptiles). El MER considera como de distribución muy restringida o extralimital a las especies con una distribución inferior al 5% del Territorio Nacional (menos de 100,000 km2); asignándoles una puntuación alta para este criterio. Algunos ecosistemas cuya superficie es menor al 5% del Territorio Nacional, como el bosque mesófilo de montaña (1%), o la selva tropical húmeda (2-3%), dan como resultado que todas las especies que se limitan a estos ecosistemas, obtengan la mayor puntuación en estos casos, lo que puede tener como consecuencia una sobreestimación de la categoría de riesgo en este criterio. Debido a las características de las plantas, especialmente en cuanto a la distribución geográfica, la especificidad del hábitat y las características demográficas, se consideró necesaria la modificación del MER; por lo que se presenta la propuesta de Método de Evaluación del Riesgo de Extinción de Plantas en México como Anexo Normativo II.
Que el proyecto de NOM se publicó en el Diario Oficial de la Federación para consulta pública el 5 de diciembre de 2008 y cerró dicho proceso el 3 de febrero de 2009.
Que entre los comentarios recibidos en esa consulta pública, destacaron tres comentarios que versaron sobre el cambio de categoría de las especies de mangle listadas en el proyecto de norma oficial mexicana, los comentarios fueron calificados de procedentes por el Grupo de Trabajo, por lo que cambiaron de categoría de riesgo las cuatro especies de mangle señaladas en el Anexo Normativo III del proyecto de NOM: Rhizophora mangle, Avicennia germinans, Laguncularia racemosa y Conocarpus erectus, las cuales cambiaron de Protección especial a Amenazadas.
Que derivado de lo anterior, el proyecto de la Norma Oficial Mexicana cambió en su contenido y de acuerdo con el último párrafo del artículo 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, prevé que en el caso de que el proyecto de norma cambie substancialmente, éste deberá someterse nuevamente a consulta pública por un periodo de 60 días naturales a efecto de que los interesados formulen comentarios a dicho proyecto.
Que el presente proyecto fue aprobado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales en la Segunda Sesión Ordinaria de fecha 21 de junio de 2010 y se publicó nuevamente para consulta pública en el Diario Oficial de la Federación, del 6 de septiembre al 5 de noviembre de 2010.
Que durante el plazo mencionado, de conformidad con el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Manifestación de Impacto Regulatorio estuvo a disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité antes citado.
Que durante el plazo establecido en el artículo 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, los interesados presentaron sus comentarios al proyecto de norma en cuestión, los cuales fueron analizados por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos naturales, realizándose las modificaciones procedentes al proyecto, de acuerdo a lo establecido en el artículo 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, los cuales fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación de conformidad a lo establecido en el artículo 47 fracción III de dicha Ley.
Que habiéndose cumplido el procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización para la elaboración de normas oficiales mexicanas, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales, aprobó la presente Norma Oficial Mexicana como definitiva en su Tercera Sesión Extraordinaria celebrada el día 26 de noviembre de 2010.
Por lo expuesto y fundado, he tenido a bien expedir la siguiente:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-059-SEMARNAT-2010, PROTECCION AMBIENTAL-ESPECIES
NATIVAS DE MEXICO DE FLORA Y FAUNA SILVESTRES-CATEGORIAS DE RIESGO Y
ESPECIFICACIONES PARA SU INCLUSION, EXCLUSION O CAMBIO-LISTA DE ESPECIES EN RIESGO
PREFACIO
En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana participaron representantes de las siguientes instancias:
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION
-Instituto Nacional de Pesca
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
-Subsecretaría de Fomento y Normatividad Ambiental
- Dirección General del Sector Primario y Recursos Naturales Renovables
-Procuraduría Federal de Protección al Ambiente
-Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos
-Dirección General de Vida Silvestre
 
-Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental
-Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas (CONANP)
Instituto Nacional de Ecología (INE)
- Dirección General de Investigación de Ordenamiento Ecológico y Conservación de los Ecosistemas
- Dirección General de Investigación en Política y Economía Ambiental
COMISION NACIONAL PARA EL CONOCIMIENTO Y USO DE LA BIODIVERSIDAD (CONABIO)
CENTRO DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y EDUCACION SUPERIOR DE ENSENADA (CICESE)
CENTRO DE INVESTIGACION EN ALIMENTOS Y DESARROLLO A.C., UNIDAD GUAYMAS (CIAD)
CORNELL UNIVERSITY
- Department of Ecology and Evolutionary Biology
- Neotropical Bird Conservation Program
EL COLEGIO DE LA FRONTERA SUR
- Campus San Cristóbal de las Casas, Chis.
INSTITUTO DE ECOLOGIA, A.C.
- Centro Regional del Bajío
- Departamento de Hongos y Departamento de Ecología Vegetal
- Departamento de Ecología Funcional
INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL
- Centro Interdisciplinario de Ciencias Marinas (CICIMAR)
- Escuela Nacional de Ciencias Biológicas
INVESTIGACION Y CONSERVACION DE MAMIFEROS MARINOS DE ENSENADA (ICMME)
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BAJA CALIFORNIA
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CHIHUAHUA
- Facultad de Zootecnia
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CD. JUAREZ, CHIH.
- Instituto de Ciencias Biomédicas
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEON
- Facultad de Ciencias Biológicas
- Departamento de Ecología
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE TAMAULIPAS
- Instituto de Ecología y Alimentos
UNIVERSIDAD DEL MAR
- Campus Puerto Angel, Oax.
UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLAS DE HIDALGO
- Facultad de Biología
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
- Escuela Nacional de Estudios Profesionales, Iztacala
- Instituto de Biología
- Instituto de Ecología
- Instituto de Ciencias del Mar y Limnología
- Facultad de Ciencias
UNIVERSIDAD AUTONOMA METROPOLITANA IZTAPALAPA
- Departamento de Biología
UNIVERSIDAD VERACRUZANA
 
- Instituto de Investigaciones Biológicas
- Centro de Ecología y Pesquerías
ASOCIACION DE ZOOLOGICOS, CRIADEROS Y ACUARIOS DE LA REPUBLICA MEXICANA
ASOCIACION MEXICANA DE MASTOZOOLOGIA, A.C.
ASOCIACION MEXICANA DE ORQUIDEOLOGIA, A.C.
ASOCIES, A.C.
BIOCONSERVACION, A.C.
BOSQUE TROPICAL, A.C.
COMARINO
CONSEJO INTERNACIONAL PARA LA PRESERVACION DE LAS AVES (CIPAMEX)
SUBCOMITE DE PSITACIDOS
DEFENDERS OF WILDLIFE DE MEXICO, A.C.
DUCKS UNLIMITED DE MEXICO, A.C. (DUMAC)
E3 CONSULTORES
FAUNAM, A.C.
NAUHYACACOALT, PROYECTOS ALTERNATIVOS RURALES
PRONATURA, A.C.
SOCIEDAD ICTIOLOGICA MEXICANA, A.C. (SIMAC)
SOCIEDAD MEXICANA DE CACTOLOGIA, A.C.
SOCIEDAD MEXICANA DE MASTOZOOLOGIA MARINA, A.C. (SOMEMMA)
TRAFFIC NORTH AMERICA, UICN
INDICE
1.     Objetivo y campo de aplicación
2.     Definiciones
3.     Abreviaturas
4.     Especificación general
5.     Especificaciones de las categorías e integración de la lista.
6.     Criterios para la inclusión, cambio o exclusión de especies, subespecies y poblaciones en las categorías de riesgo
7.     Concordancia con normas y lineamientos internacionales
8.     Procedimiento para la evaluación de la conformidad
9.     Bibliografía
10.   Observancia de esta Norma
Anexo Normativo I.- Método de Evaluación del Riesgo de Extinción de las Especies Silvestres en México
Anexo Normativo II.- Método de Evaluación del Riesgo de Extinción de Plantas en México
Anexo Normativo III.- Lista de especies en riesgo
1. Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto identificar las especies o poblaciones de flora y fauna silvestres en riesgo en la República Mexicana, mediante la integración de las listas correspondientes, así como establecer los criterios de inclusión, exclusión o cambio de categoría de riesgo para las especies o poblaciones, mediante un método de evaluación de su riesgo de extinción y es de observancia obligatoria en todo el Territorio Nacional, para las personas físicas o morales que promuevan la inclusión, exclusión o cambio de las especies o poblaciones silvestres en alguna de las categorías de riesgo, establecidas por esta Norma.
2. Definiciones
Para los efectos de esta Norma se entenderá por:
 
2.1 Biodiversidad
La variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otros, los ecosistemas terrestres, marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas.
2.2 Categorías de riesgo
2.2.1 Probablemente extinta en el medio silvestre (E)
Aquella especie nativa de México cuyos ejemplares en vida libre dentro del Territorio Nacional han desaparecido, hasta donde la documentación y los estudios realizados lo prueban, y de la cual se conoce la existencia de ejemplares vivos, en confinamiento o fuera del Territorio Mexicano.
2.2.2 En peligro de extinción (P)
Aquellas cuyas áreas de distribución o tamaño de sus poblaciones en el Territorio Nacional han disminuido drásticamente poniendo en riesgo su viabilidad biológica en todo su hábitat natural, debido a factores tales como la destrucción o modificación drástica del hábitat, aprovechamiento no sustentable, enfermedades o depredación, entre otros.
2.2.3 Amenazadas (A)
Aquellas que podrían llegar a encontrarse en peligro de desaparecer a corto o mediano plazo, si siguen operando los factores que inciden negativamente en su viabilidad, al ocasionar el deterioro o modificación de su hábitat o disminuir directamente el tamaño de sus poblaciones.
2.2.4 Sujetas a protección especial (Pr)
Aquellas que podrían llegar a encontrarse amenazadas por factores que inciden negativamente en su viabilidad, por lo que se determina la necesidad de propiciar su recuperación y conservación o la recuperación y conservación de poblaciones de especies asociadas.
2.3 Especie
La unidad básica de clasificación taxonómica, formada por un conjunto de individuos que son capaces de reproducirse entre sí y generar descendencia fértil, compartiendo rasgos fisonómicos, fisiológicos y conductuales. Puede referirse a subespecies y razas geográficas.
2.4 Especie asociada
Aquella que comparte el hábitat natural y forma parte de la comunidad biológica de una especie en particular.
2.5 Especie clave
Aquella cuya presencia determina significativa y desproporcionadamente respecto a su abundancia, la diversidad biológica, la estructura o el funcionamiento de una comunidad.
2.6 Especie endémica
Aquella cuyo ámbito de distribución natural se encuentra circunscrito únicamente al Territorio Nacional y a las zonas donde la Nación ejerce su soberanía y jurisdicción.
2.7 Especie principalmente extralimital
Aquella especie cuya distribución natural actual se presenta en su mayor parte fuera de los límites nacionales, por lo que su presencia en el Territorio Nacional es marginal, esto es, menor al 5%.
2.8 Especies y poblaciones en riesgo
Aquellas identificadas por la Secretaría como probablemente extintas en el medio silvestre, en peligro de extinción, amenazadas o sujetas a protección especial. Definidas en el punto 2.2.
2.9 Género
Unidad de clasificación taxonómica superior a la especie e inferior a la familia. Puede incluir subgéneros.
2.10 Hábitat
El sitio específico en un medio ambiente físico, ocupado por un organismo, por una población, por una especie o por comunidades de especies en un tiempo determinado.
2.11 Manejo
Aplicación de métodos y técnicas para la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre y su hábitat.
2.12 Población
El conjunto de individuos de una especie silvestre, que comparten el mismo hábitat. Se considera la unidad básica de manejo de las especies silvestres en vida libre.
2.13 Reintroducción
La liberación planificada al hábitat natural de ejemplares de la misma subespecie silvestre o, si no se hubiera determinado la existencia de subespecies, de la misma especie silvestre, que se realiza con el objeto de restituir una población desaparecida.
2.14 Secretaría
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
2.15 Taxón (plural taxa)
Categoría de clasificación biológica de carácter jerárquico que agrupa a los organismos de acuerdo a sus afinidades genealógicas, por ejemplo: familia, género o especie.
2.16 UICN
Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza.
3. Abreviaturas
Para identificar la categoría de riesgo asignada a especies o poblaciones incluidas en la lista, se utilizarán las siguientes abreviaturas:
3.1 E: Probablemente extinta en el medio silvestre; P: en peligro de extinción; A: amenazada; Pr: sujeta a protección especial.
3.2 Como subíndice x, denota que la especie presenta poblaciones con una categoría de riesgo diferente a la de dicha especie, las cuales se indicarán como pob1, pob2, pob3, etc., y el lugar donde se encuentran.
4. Especificación general
El aprovechamiento y manejo de las especies y poblaciones en riesgo se debe llevar a cabo de acuerdo con lo establecido en el artículo 87 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y en los artículos 85 y 87 y demás aplicables de la Ley General de Vida Silvestre.
5. Especificaciones de las categorías e integración de la lista
5.1 La lista en la que se identifican las especies y poblaciones de flora y fauna silvestres en cada una de las categorías de riesgo se divide en: Anfibios, Aves, Hongos, Invertebrados, Mamíferos, Peces, Plantas y Reptiles.
5.2 La lista se publica como Anexo Normativo III de la presente Norma Oficial Mexicana.
5.3 En la integración del listado se consideran como categorías de riesgo las siguientes:
En peligro de extinción (P)
Amenazada (A)
Sujeta a protección especial (Pr)
Probablemente extinta en el medio silvestre (E)
5.4 Para efectos del punto 5.1 la Secretaría con la participación de las instituciones académicas, centros de investigación, científicos especializados, sociedades científicas y otros sectores sociales interesados, integrará y mantendrá actualizada la lista correspondiente.
5.5 La Secretaría, con base en la información disponible, revisará y actualizará la lista de acuerdo con los criterios de asignación a las categorías descritas en el apartado 6 de esta Norma, y de conformidad a las disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre. En el caso de contingencias ambientales o emergencias ecológicas que pongan en riesgo a una especie o subespecie, podrán publicarse actualizaciones de dicha lista de manera extraordinaria fuera del periodo establecido, siguiendo el procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
5.6 La lista se elaborará bajo la categoría taxonómica de especie o, en su caso, subespecie, quedando incluidas todas sus poblaciones. Sin embargo, en el caso de que se cuente con información que sustente la inclusión o cambio de alguna población de una especie considerada como en peligro de extinción o amenazada, a la categoría sujeta a protección especial, se podrá proponer dicho cambio a la Secretaría y, en caso de aprobarse, se especificará la excepción en la lista.
5.7 Cualquier persona o institución interesada podrá proponer a la Secretaría dentro de los plazos que ésta determine y que será publicado en la página Web de la institución, la inclusión, exclusión o cambio de categoría de riesgo de una o más especies, o una población de una especie, de conformidad con el párrafo anterior. La información que sustenta las propuestas de reclasificación debe ser lo más detallada para la caracterización del riesgo y la posibilidad del establecimiento de políticas, medidas y acciones de conservación. Las propuestas deberán presentarse con la siguiente información:
5.7.1 Datos generales del responsable de la propuesta: nombre, domicilio, teléfono, fax, correo electrónico e institución (en su caso).
5.7.2 Nombre científico válido (citando la autoridad taxonómica), los sinónimos más relevantes y nombres comunes de la especie que se propone incluir, excluir o cambiar de categoría en la lista de especies en riesgo y motivos específicos de la propuesta.
5.7.3 Mapa del área de distribución geográfica de la especie o población en cuestión, en un mapa de México escala 1:4 000 000, con la máxima precisión que permitan los datos existentes. Este mapa debe incluirse en el criterio A del Anexo Normativo I, MER para el caso de Anfibios, Aves, Hongos, Invertebrados, Mamíferos, Peces y Reptiles; y para el caso de Plantas en el criterio A del Anexo Normativo II.
5.7.4 Justificación técnica científica de la propuesta que incluya al menos los siguientes puntos:
a)    Análisis diagnóstico del estado actual que presentan la población o especie y su hábitat; esta diagnosis debe definir los métodos utilizados para desarrollarla y debe incluir los antecedentes del estado de la especie y su hábitat o, en su caso, de la población, que son el motivo de la propuesta.
b)    Relevancia ecológica, taxonómica, cultural y económica, en su caso.
c)    Factores de riesgo reales y potenciales para la especie o población, así como la evaluación de la importancia relativa de cada uno.
d)    Análisis pronóstico de la tendencia actualizada de la especie o población referida, de no cambiarse el estado actual de los factores que provocan el riesgo de su desaparición en México, a corto y mediano plazos.
e)    Consecuencias indirectas de la propuesta. Describa las acciones que debería tomar la autoridad como consecuencia de la propuesta de la especie o población en cuestión. En particular:
a.   describa la acción específica;
b.   explique la manera en que contribuiría a solucionar la problemática identificada,
c.   si existen otras acciones regulatorias vigentes directamente aplicables a la problemática identificada de la especie, explique por qué son insuficientes.
f)     Análisis de costos. Identifique los costos y los grupos o sectores que incurrirían en dichos costos de ser aprobada la propuesta (por ejemplo costos de capital, costos de operación, costos de transacción, costos de salud, medio ambiente u otros de tipo social); señale su importancia relativa (alta, media, baja) y de ser posible, cuantifíquelo.
g)    Análisis de beneficios. Identifique beneficios y los grupos o sectores que recibirían dichos beneficios (consecuencias positivas que ocurrirían) de ser aprobada la propuesta; señale su importancia relativa (alta, media, baja) y de ser posible, cuantifíquelo.
h)    Una propuesta general de medidas de seguimiento de la especie, aplicables para la inclusión, cambio o exclusión que se solicita.
i)     Referencias de los informes y/o estudios publicados que dan fundamento teórico y sustento relativo al planteamiento que se hace sobre la especie o población.
j)     Ficha resumen de la información anterior.
En el caso de especies que se propongan para la categoría probablemente extinta en el medio silvestre (E), únicamente se deberá presentar la información del inciso a, b y h; así como documentar el esfuerzo de búsqueda de la especie.
5.7.5. Además de la justificación técnica-científica que incluya la información del punto 5.7.4, se deberá presentar la información utilizada para determinar la categoría de riesgo, de conformidad con lo contenido en el Anexo Normativo I, Método de Evaluación del Riesgo de Extinción de las Especies Silvestres en México para el caso de Anfibios, Aves, Hongos, Invertebrados, Mamíferos, Peces y Reptiles; y en el caso de Plantas lo contemplado en el Anexo Normativo II, Método de Evaluación de Riesgo de Extinción de Plantas.
Las especies que se propongan para la categoría probablemente extinta en el medio silvestre (E), no deberán presentar la información solicitada en los anexos normativos I o II según el caso del grupo taxonómico del que se trate.
5.8 En el caso de que la propuesta contemple una especie nueva para la ciencia, se deberá presentar la información establecida en los puntos 5.7.1, 5.7.2, 5.7.3 y los incisos de los puntos 5.7.4 y 5.7.5 que sean posibles, más la copia del artículo donde se publica su descripción original.
5.9 En el caso de que la propuesta contemple el cambio de alguna población de una especie considerada como en peligro de extinción o amenazada a una categoría inferior, se deberá presentar la información antes señalada referente a la población en particular, más la siguiente:
a)    Los motivos para incluir la población en una categoría inferior, en lugar de la categoría en la que está listada.
b)    La descripción de la tendencia actualizada de la población referida, en términos de su tamaño y estructura (mediante censo o indicadores) y detallar los métodos usados.
c)    La descripción de todo tipo de uso, manejo o afectación, actual o potencial, ejercidos por el hombre y las consecuencias que tendrán dichas actividades, en los plazos corto, mediano y largo.
6. Criterios para la inclusión, cambio o exclusión de especies, subespecies y poblaciones en las categorías de riesgo
6.1 Para la determinación de la categoría de riesgo de una especie o población se aplicará para Anfibios, Aves, Hongos, Invertebrados, Mamíferos, Peces y Reptiles el Método de Evaluación de Riesgo de Extinción de Especies Silvestres de México que se describe en el Anexo Normativo I de esta Norma y para el caso de Plantas lo expresado en el Anexo Normativo II, Método de Evaluación del Riesgo de Extinción de Plantas.
6.2 En el caso de que un taxón en alguna categoría de riesgo se viera subdividido, todos sus componentes mantendrán la categoría de riesgo mayor, a pesar de que como resultado de esa subdivisión parte de esos componentes se integren a un taxón con menor o ninguna categoría de riesgo. Si ocurriese un cambio taxonómico que integre distintos grupos en una nueva entidad taxonómica, o que por ejemplo, subespecies sean elevadas a rango de especies, las nuevas entidades deberán conservar la categoría de riesgo mayor para sus componentes.
6.3 Para la inclusión, cambio o exclusión de especies y sus poblaciones en las categorías de riesgo, la Secretaría considerará los siguientes criterios:
6.3.1 De evaluación
Considera que la información presentada por escrito cumpla con los requisitos especificados en el punto 5.7 y, en su caso, con los puntos 5.8 y 5.9 de la presente Norma.
6.3.2 De riesgo
Considera los factores reales y potenciales que producen la disminución de: los tamaños de poblaciones; del número de poblaciones viables y de las áreas de distribución; de deterioro genético; de los factores que causan el deterioro o modificación del hábitat; los antecedentes del estado de la especie o, en su caso, de la población y su hábitat; así como los efectos de las medidas de protección en caso de haber sido aplicadas éstas.
6.3.3 De distribución, singularidad y abundancia
Considera la rareza, la singularidad o relevancia taxonómica, ecológica, el endemismo o el aislamiento genético, como atributos intrínsecos de una especie. Se considera a una especie rara, aquella cuyas poblaciones son biológicamente viables aunque son escasas de manera natural, tienen espacios naturales de distribución reducida o están restringidas a hábitat muy específicos.
6.3.4 De asociación
Considera el posible papel de especie clave y las principales asociaciones de dicha especie o población con otras y con los demás elementos del ecosistema.
6.3.5 De manejo
Considera las posibles acciones de manejo que se hubiesen realizado o se realicen sobre la especie o población; contempla los usos tradicionales o la relevancia cultural o económica que presenta dicha especie o población.
6.3.6 De exclusión
Permite la exclusión de una especie de la lista cuando aquella se encuentra en la categoría sujeta a protección especial y determina que las medidas de protección han sido y seguirán siendo adecuadas y suficientes para detener las presiones a las que estaban sujetas dichas especies, y puede asegurarse su viabilidad.
6.4 En el caso del descubrimiento o reintroducción de alguna población de una especie considerada originalmente como probablemente extinta en el medio silvestre, se procederá inmediatamente al cambio de su categoría listándola como en peligro de extinción.
 
7. Concordancia con normas y lineamientos internacionales
La presente Norma Oficial Mexicana se apega a lo establecido en el Convenio de Diversidad Biológica, acuerdo jurídicamente vinculante del cual México es parte.
8. Procedimiento para la evaluación de la conformidad
8.1 El presente procedimiento será realizado por las personas debidamente acreditadas y aprobadas por la Secretaría en términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, a las personas que voluntariamente así lo soliciten, a efecto de que se verifique el cumplimiento puntual de lo establecido en los numerales 5 y 6 del texto de la NOM y de sus anexos I y II, según sea el caso.
8.2 Para verificar el cumplimiento de los numerales 5 y 6 de la presente NOM el solicitante deberá presentar a la persona acreditada y aprobada el Método de Evaluación del Riesgo de Extinción de las Especies Silvestres en México (MER) o el Método de Evaluación de Riesgo de Extinción de Plantas, a efecto de que el mismo se revise, analice y se verifique el resultado final derivado de su aplicación.
8.3. La persona acreditada y aprobada, deberá verificar por medio de un análisis técnico y científico y en caso necesario con una verificación de campo, que la información establecida en el MER por el interesado es veraz, y que el resultado obtenido de su aplicación es correcto.
8.4. En caso de que existan alguna observación o corrección al MER por parte del tercero acreditado y aprobado, deberá hacerlo del conocimiento del interesado en un término no mayor a 30 días hábiles a que se hubiera presentado el MER para su revisión. El interesado contará con un periodo de 30 días hábiles para subsanar las observaciones realizadas para continuar con la evaluación correspondiente.
En caso de no poder subsanar las omisiones en ese plazo, se entenderá que el resultado obtenido de la aplicación del MER es incorrecto y se le deberá notificar en un plazo de 10 días naturales a la Secretaría.
8.5. Cuando el resultado del análisis técnico y científico y, en su caso, de la verificación de campo de la información contenida en el MER, se concluya que el MER fue correctamente aplicado; la persona acreditada y aprobada expedirá un documento mediante el cual hará constar la correcta aplicación del MER.
8.6. El documento que se obtenga derivada de esta evaluación únicamente validará el cumplimiento de los requisitos solicitados en esta Norma.
8.7. La determinación de la inclusión, exclusión o cambio de categoría de riesgo de las especies propuestas, quedará a cargo de la Secretaría.
9. Bibliografía
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Este mapa también puede ser consultado en el siguiente sitio de Internet:
http://conabioweb.conabio.gob.mx/metacarto/metadatos.pl
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Descargado de: http://www.partnersinflight.org/
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http://siit.conabio.gob.mx/
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10. Observancia de esta Norma
10.1 La vigilancia del cumplimiento de esta Norma Oficial Mexicana le corresponde a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales por conducto de sus órganos competentes.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor a los sesenta días naturales posteriores al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- El Anexo Normativo II de la presente Norma, referente al Método de Evaluación del Riesgo de Extinción de Plantas en México, entrará en vigor y será aplicado a partir de la siguiente revisión o actualización que se realice a la lista de especies en riesgo, de conformidad al artículo 56 de la Ley General de Vida Silvestre.
México, Distrito Federal, a los quince días del mes de diciembre de dos mil diez.- La Subsecretaria de Fomento y Normatividad Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Presidenta del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Sandra Denisse Herrera Flores.- Rúbrica.
ANEXO NORMATIVO I
METODO DE EVALUACION DEL RIESGO DE EXTINCION DE LAS ESPECIES SILVESTRES EN MEXICO
Este método se aplicará a los grupos de Anfibios, Aves, Hongos, Invertebrados, Mamíferos, Peces y Reptiles; en el caso de Plantas se utilizará el Anexo Normativo II, Método de Evaluación del Riesgo de Extinción de Plantas (MER-Plantas).
El Método de Evaluación del Riesgo de Extinción de las Especies Silvestres en México (MER) unifica los criterios de decisión sobre las categorías de riesgo y permite usar información específica que fundamente esa decisión. Se basa en cuatro criterios independientes:
A.- Amplitud de la distribución del taxón en México
B.- Estado del hábitat con respecto al desarrollo natural del taxón
C.- Vulnerabilidad biológica intrínseca del taxón
D.- Impacto de la actividad humana sobre el taxón
Cada uno de estos criterios puede jerarquizarse mediante la asignación de valores numéricos convencionales, en orden ascendente de riesgo. Los valores asignados a los criterios se integran mediante su suma. En términos generales, los criterios se consideran independientes entre sí, de manera que la sumatoria resulta una evaluación acumulativa de riesgo.
Para la calificación de cada uno de los criterios B, C y D del MER, es altamente recomendable (cuando la suficiencia y calidad de datos lo permitan), definir las tendencias de los indicadores que se han considerado para evaluar a cada taxón.
En caso de que una especie requiera de protección para su conservación, y al aplicar el MER obtenga un puntaje menor a 10, se debe argumentar y documentar en la información presentada en los numerales 5.7 y 6 de la norma, la determinación de la especie en la categoría de sujeta a protección especial.
Para la asignación de una especie a la categoría de Probablemente extinta en el medio silvestre se debe justificar plenamente con la información señalada en el punto 5.7.
Se establecen los siguientes intervalos de asignación a categorías de riesgo:
·   Una especie o población cuya suma total se sitúe entre 12 y 14 puntos, será considerada como en peligro de extinción (P)
·   Aquella cuya suma total de puntos se halle entre 10 y 11 se considerará como amenazada (A)
A continuación se definen los criterios detallados para la aplicación del MER:
Criterio A. Amplitud de la distribución del taxón en México. Es el tamaño relativo del ámbito de distribución natural actual en México; considera cuatro gradaciones:
I)     muy restringida = 4 Se aplica tanto para especies microendémicas como para especies principalmente extralimitales con escasa distribución en México (menor a 5% del Territorio Nacional).
II)     restringida = 3 Incluye especies cuyo ámbito de distribución en México se encuentra entre el 5 y el 15% del Territorio Nacional.
III)    medianamente restringida o amplia = 2 Incluye aquellas especies cuyo ámbito de distribución es mayor que el 15%, pero menor que el 40% del Territorio Nacional.
IV)   ampliamente distribuidas o muy amplias = 1 Incluye aquellas especies cuyo ámbito de distribución es igual o mayor que el 40% del Territorio Nacional.
Para especies dulceacuícolas se debe indicar las cuencas hidrológicas que ocupa cada especie y, en lo posible, la proporción que ocupa en cada una de dichas cuencas, de acuerdo al mapa elaborado por Maderey-R. y Torres-Ruata (1990) citado en el numeral 9.54 de la bibliografía de la presente Norma.
Para el cálculo del ámbito de distribución en el caso de especies marinas, se debe tomar como la totalidad del Territorio Mexicano, la superficie de la llamada "zona económica exclusiva".
Criterio B. Estado del hábitat con respecto al desarrollo natural del taxón. Es el conjunto actual estimado de efectos del hábitat particular, con respecto a los requerimientos conocidos para el desarrollo natural del taxón que se analiza, en términos de las condiciones físicas y biológicas. No determina la calidad de un hábitat en general. Cuando una especie sea de distribución muy amplia, se hará una estimación integral del efecto de la calidad del hábitat para todo su ámbito. Considera tres valores:
I)     hostil o muy limitante = 3
II)    intermedio o limitante = 2
 
III)    propicio o poco limitante = 1
Criterio C. Vulnerabilidad biológica intrínseca del taxón. Es el conjunto de factores relacionados con la historia o forma de vida propios del taxón, que lo hacen vulnerable. Dependiendo de la disponibilidad de información específica, algunos ejemplos de tales factores pueden ser: estrategia reproductiva, parámetros demográficos más relevantes, historia de vida, fenología, intervalos de tolerancia, parámetros fisicoquímicos, aspectos alimentarios, variabilidad genética, grado de especialización, tasa de reclutamiento, efecto nodriza, entre otros. El MER considera tres gradaciones numéricas de vulnerabilidad:
I)     vulnerabilidad alta = 3
II)    vulnerabilidad media = 2
III)    vulnerabilidad baja = 1
Criterio D. Impacto de la actividad humana sobre el taxón. Es una estimación numérica de la magnitud del impacto y la tendencia que genera la influencia humana sobre el taxón que se analiza. Considera aspectos como la presión por asentamientos humanos, fragmentación del hábitat, contaminación, uso, comercio, tráfico, cambio del uso de suelo, introducción de especies exóticas, realización de obras de infraestructura, entre otros. Se asignan tres posibilidades:
I)     alto impacto = 4
II)    impacto medio = 3
III)    bajo impacto = 2
ANEXO NORMATIVO II
METODO DE EVALUACION DEL RIESGO DE EXTINCION DE PLANTAS EN MEXICO
Este método se aplicará exclusivamente para Plantas.
I. INDICE DE RAREZA
Criterio A. Características de la distribución geográfica
1) Extensión de la distribución (los porcentajes se determinaron considerando la extensión territorial de los biomas en el país). La extensión de la distribución debe considerar el área de ocupación (el área dentro de su extensión de presencia que es ocupada por el taxón, ya que esta última puede contener hábitats no adecuados, UICN, 1994) y no sólo la extensión de presencia (área contenida dentro de los límites continuos o imaginarios más cortos que pueden dibujarse para incluir todos los sitios conocidos en los que un taxón se halla presente).
a)     El área de distribución es menor o igual a 1 km2 = 4
b)    El área de distribución ocupa más de 1 km2 pero <1% del Territorio Nacional = 3
c)     El área de distribución ocupa >1-<5% del Territorio Nacional = 2
d)    El área de distribución ocupa >5-<40% del Territorio Nacional = 1
e)     El área de distribución ocupa >40% del Territorio Nacional = 0
2) Número de poblaciones o localidades conocidas existentes (en el caso de localidades se trata de puntos (3 mm de diámetro) que pueden ser discernibles en un mapa a una escala de 1:4 000 000).
a)     1-3 = 3
b)    4-8 = 2
c)     9-25 = 1
d)    Mayor o igual que 26 = 0
3) Número de provincias biogeográficas (CONABIO, 1997) en las que se encuentra el taxón (o que abarcaba su distribución histórica). El mapa que debe ser utilizado para determinar las provincias biogeográficas donde se presenta un taxón es el de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (1997), "Provincias biogeográficas de México", escala 1:4 000 000, México.
Si la especie se encuentra únicamente en el límite entre dos provincias, para fines del MER-Plantas, se le asigna el valor máximo (3). Por ejemplo, Clowesia rosea se distribuye entre 750 y 1420 m de altitud en la zona de contacto de la provincia de Planicie Costera del Pacífico con la Sierra Madre del Sur, dada su restricción, se le asigna el valor máximo de 3 puntos.
a)     1 = 3
b)    2-3 = 2
 
c)     4-5 = 1
d)    Mayor o igual que 6 = 0
4) Representatividad de la distribución del taxón en el Territorio Mexicano. Se refiere a la importancia que pueden tener las poblaciones mexicanas dentro de la distribución geográfica de la especie. Por ejemplo, Pinus attenuata tiene más del 95% de su distribución en la costa oeste de Estados Unidos mientras que en México sólo se han reportado dos localidades en Baja California Norte. En este caso se dice que la distribución es periférica o extralimital.
a)     Distribución periférica o extralimital = 1
b)    Distribución no periférica o extralimital = 0
Subtotal del Criterio A = Suma del puntaje obtenido / 11
Criterio B. Características del hábitat.
1) ¿En cuántos tipos de vegetación se presenta? (sensu Rzedowski, 1978) (No deben considerarse presencias accidentales).
El mapa que debe ser utilizado para determinar el o los tipos de vegetación donde se presenta un taxón es el de Vegetación Potencial de Rzedowski (1990). IV.8.2. Atlas Nacional de México. Vol II. Escala 1:4 000 000. Instituto de Geografía, UNAM. México
Si la especie se encuentra únicamente en un ecotono entre dos tipos de vegetación, para fines del MER-Plantas, se le asigna el valor máximo (3). Por ejemplo, Euphorbia colligata crece en el ecotono entre bosque tropical subcaducifolio y bosque de pino-encino (Olson et al., 2005). Por su amplitud ecológica reducida, se asignaría un valor de 3 a esta especie.
a)     1 = 3
b)    2 = 2
c)     3 = 1
d)    Mayor o igual que 4 = 0
2) ¿El taxón tiene un hábitat especializado? Se refiere a la presencia del taxón sólo en un hábitat especializado permanente (si el hábitat es especializado pero temporal ver inciso 4). Ejemplos: Geohintonia mexicana es una cactácea endémica del norte de México restringida a afloramientos de yeso cristalizado en paredes casi verticales (Anderson et al., 1994). Mammillaria luethyi es otra cactácea endémica del norte de México y se encuentra únicamente en un afloramiento de fluoruro asociado a lajas de roca calcárea (Hinton 1996). Polypleurum prostratum es una Podostemaceae que sólo habita en corrientes con sustrato de rocas con silicatos cuya disolución provoca una considerable dureza total del agua (Mathew et al., 2003).
a)     Sí = 1
b)    No = 0
3) ¿La permanencia de la población es dependiente de un hábitat primario? Ejemplo: Poulsenia armata (Moraceae) y Psychotria spp. (Rubiaceae) son especies arbóreas que habitan en selvas altas perennifolias y su permanencia se reduce a los remanentes de esa formación cuando la selva se tala para establecer potreros, pues dependen esencialmente del comportamiento de dispersores frugívoros del bosque original, ausentes en los potreros y en los acahuales (Guevara et al., 1994).
a)     Sí = 1
b)    No = 0
4) ¿La permanencia de la población requiere de regímenes de perturbación particulares o está asociada a etapas transitorias en la sucesión? Ejemplos: Las orquídeas de los géneros Mormodes, Cycnoches y Catasetum se establecen en troncos en descomposición y requieren de la alta iluminación producto de la apertura de claros en un bosque cerrado. Un bosque donde la caída de árboles es infrecuente implica necesariamente poco reclutamiento (Hágsater et al., 2005). Cypripedium irapeanum es una orquídea restringida a etapas iniciales de la sucesión secundaria de los bosques de encinos de climas semicálidos. Su permanencia en una localidad requiere forzosamente de un programa de manejo que incluye la remoción de la cubierta vegetal densa, pues la planta es muy escasa en el bosque maduro excepto en sitios particulares como laderas abruptas y pedregales.
a)     Sí = 1
b)    No = 0
5) Amplitud del intervalo altitudinal que ocupa el taxón.
a)     Menor que 200 m = 3
b)    200 m - < 500 = 2
 
c)     500 m - <1000 m = 1
d)    Mayor o igual que 1000 m = 0
Subtotal del Criterio B = Suma del puntaje obtenido / 9
Criterio C. Vulnerabilidad biológica intrínseca.
C-1. Demografía.
1) Número total de individuos (si no se tienen estimaciones asignar un valor de 0).
a)     Menor o igual que 500 = 3
b)    501 5,000 = 2
c)     5,001 50,000 = 1
d)    Mayor o igual que 50,001 = 0
2) Reclutamiento (si no existe información, asignar un valor de 0). Se refiere al fenómeno en el que nuevos individuos se unen a la población, y muchas veces hace referencia a los individuos derivados de un proceso de reproducción sexual. Un bajo reclutamiento puede manifestarse de varias maneras. Por ejemplo, como resultado de perturbación muchas especies no presentan plántulas y la población consiste únicamente de individuos adultos. En otros casos, las plántulas pueden ser abundantes pero la alta mortalidad de las mismas impide que la población reproductiva se mantenga (como en Quercus fusiformis y Q. buckleyi en Texas según Russel y Fowler, 1999). Algunas especies desérticas muy longevas reclutan en ciclos largos y presentan cohortes separadas por edad (e.g., el saguaro, Carnegia gigantea, según Pierson y Turner, 1998).
a)     Hay observaciones de reclutamiento en todas las poblaciones = 0
b)    Hay observaciones de reclutamiento en algunas poblaciones = 2
c)     Hay observaciones de la ausencia de reclutamiento en todas las poblaciones = 4
3) Atributos demográficos (si no existe información, asignar un valor de 0).
a)    ¿Hay evidencia de densodependencia en la reproducción? Ejemplo: Muchas Plantas mimetizan a las flores de otras especies sin producir néctar. Si la densidad de la población de la especie mimetizada es baja los insectos aprenden a reconocer y a evitar las flores sin néctar, dejando a la población severamente limitada en cuanto a su polinización.
       Sí =1
       No = 0
b)    ¿Hay clonalidad (capacidad de generar nuevos individuos independientes por medio de reproducción asexual)? Algunos estudios sugieren que la clonalidad permite la permanencia de algunas especies (ej. Stenocereus eruca, Clark-Tapia et al. 2005).
       Sí = 0
       No = 1
c)    ¿Hay evidencia de decrecimiento de las poblaciones en el país?
       Sí = 1
       No = 0
d)    ¿Hay evidencia de una varianza muy grande en la fecundidad? En algunas especies los individuos reproductivos muy grandes contribuyen desproporcionadamente a la fecundidad de la población.
       Sí = 1
       No = 0
e)    ¿El taxón es dioico, los individuos son dicógamos o autoincompatibles?
       Sí = 1
       No = 0
f)     ¿La floración es sincrónica o gregaria?
       Sí = 1
       No = 0
g)    ¿El taxón produce pocos propágulos (en comparación con otros miembros de su linaje)?
       Sí = 1
       No = 0
 
C-2. Genética (donde no existe información asignar un valor de 0).
Para asignar valores en esta sección, se deberá evaluar los criterios 1 y 2 cuando se cuente con información molecular, de lo contrario evaluar los criterios 3 y 4 que son estimaciones indirectas.
1) Variación molecular (heterocigosis). Se refiere a la cantidad de variación genética detectada usando indicadores de diversidad genética o heterocigosidad. Su nivel depende del marcador utilizado. Por ejemplo, para isoenzimas se considera baja variación una heterocigosidad esperada menor de 10% mientras que para microsatélites de cloroplasto en coníferas una diversidad haplotípica menor a 20% se considera un valor bajo. Si se tienen los datos de otros marcadores se recomienda usar estimados comparables en taxa cercanos para evaluar si la variación es baja. Los valores aquí expresados como bajo y alto son guías que ayudan a tomar una decisión y no deben de considerarse valores generales (véase la revisión en Esparza-Olguín, 2004).
a) Baja (= 10%) = 1
b) Alta (> 10%) = 0
2) Estructura genética molecular (Fst, Gst, proporción de la variación genética encontrada entre poblaciones). Este estimador es menos sensible al marcador utilizado y en este caso se consideran niveles bajos a aquellos por debajo de 20%. Se recomienda comparar los valores con especies cercanas. Los valores aquí expresados como bajo y alto son guías que ayudan a tomar una decisión y no deben de considerarse valores generales (si sólo existe una población asignar un valor de 1).
a) Baja (= 20%) = 0
b) Alta (> 20%) = 1
3) Cantidad de variación genética (estimada indirectamente mediante otros caracteres). Cuando no se cuente con información genética molecular se puede estimar la cantidad de variación genética evaluando la variación en caracteres morfológicos, susceptibilidad a patógenos, etc. Por ejemplo, el agave tequilero sufrió varias enfermedades que resultaron en una baja de la producción. Esto es evidencia de un bajo nivel de variación genética que en el caso de agave está apoyado por su propagación clonal así como estudios moleculares.
a) Baja = 1
b) Alta = 0
4) Nivel de diferenciación entre poblaciones (estimada indirectamente mediante otros caracteres). Cuando no haya estimadores de diferenciación genética, se puede usar el grado de diferenciación fenotípica (morfológica, fisiológica, de susceptibilidad a patógenos, etc.). También se ha encontrado en Plantas una relación entre la tasa de entrecruzamiento y el grado de diferenciación poblacional, de tal forma que si la especie preferentemente se autofecunda, probablemente tenga una alta diferenciación y viceversa (si sólo existe una población asignar un valor de 1).
a) Baja = 0
b) Alta = 1
C-3. Interacciones bióticas especializadas. ¿Se ha observado (o inferido) la presencia de las siguientes interacciones bióticas en el taxón? (si no existe información, asignar un valor de 0).
1) ¿El taxón requiere una "nodriza" para su establecimiento?
a) No = 0
b) Sí = 1
2) ¿El taxón requiere un hospedero o forofito específico (en el caso de holoparásitas o hemiparásitas y epífitas o hemiepífitas, respectivamente)? Ejemplo: Laelia speciosa es una orquídea que se ha reportado como epífita sobre encinos (Quercus deserticola, Q. laeta), algunas otras Plantas como Opuntia y Yucca, e incluso creciendo sobre rocas. Sin embargo, estudios cuantitativos en una localidad de Michoacán (donde existen los otros sustratos) indican que prácticamente 100% de varios miles de individuos registrados en una hectárea crecían sobre Quercus deserticola y que el 96% de ellos germinaba directamente sobre líquenes del género Parmelia. Estos datos sugieren que Quercus deserticola y Parmelia constituyen el forofito específico de Laelia speciosa y que los otros sustratos son más bien accidentales (Hernández, 1997).
a) No = 0
b) Sí = 1
3) ¿El taxón requiere un polinizador específico? Ejemplo: Las orquídeas del género Stanhopea son polinizadas por abejas macho de la tribu Euglossini que recolectan fragancias florales. Stanhopea hernandezii es polinizada exclusivamente por machos de la especie Eufriesia coerulescens y nunca se ha observado a ningún otro polinizador, en un periodo de muchos días de observaciones. Evidentemente la reproducción de Stanhopea hernandezii se vería interrumpida si desapareciera su polinizador (Soto Arenas, 2003).
a) No = 0
b) Sí = 1
 
4) ¿El taxón tiene un dispersor específico?
a) No = 0
b) Sí = 1
5) ¿El taxón presenta mirmecofilia obligada? Ejemplo: La orquídea Coryanthes picturata vive exclusivamente en los nidos arbóreos de varios géneros de hormigas y al parecer es dependiente de las condiciones fisicoquímicas del hormiguero y la protección continua de las hormigas para prosperar (Hágsater et al., 2005).
a) No = 0
b) Sí = 1
6) ¿El taxón presenta dependencia estricta de la micorriza? Ejemplo: Las Plantas de varios géneros de orquídeas son micoheterótrofas estrictas, careciendo de la función fotosintética y dependiendo completamente para su nutrición de sus hongos simbiontes (Hágsater et al., 2005).
a) No = 0
b) Sí = 1
7) ¿El taxón sufre una afectación importante por depredadores, patógenos (incluyendo competencia muy intensa con especies alóctonas o invasoras)?
a) No = 0
b) Sí = 1
Subtotal del Criterio C = Suma del puntaje obtenido / 23
II. INDICE DE IMPACTO ANTROPOGENICO
Criterio D. Impacto de la actividad humana
1) ¿Cómo afecta al taxón la alteración antrópica del hábitat? Ejemplo: Muchas especies, incluso algunas ubicadas en alguna categoría de riesgo, incrementan sus números poblacionales con la alteración de su hábitat que resulta de las actividades humanas. Cecropia obtusifolia es un árbol pionero que coloniza claros de gran tamaño en la selva alta perennifolia. Sin embargo, es aún más abundante en la vegetación secundaria de la selva en acahuales y orilla de caminos. Al menos en ciertas áreas, el árbol es actualmente más abundante que en el pasado.
a)    Es beneficiado por el disturbio = -1
b)    No le afecta o no se sabe = 0
c)    Es perjudicado por el disturbio = 1
2) ¿Cuál es el nivel de impacto de las actividades humanas sobre el hábitat del taxón (impacto = fragmentación, modificación, destrucción, urbanización, pastoreo o contaminación del hábitat y se refiere tanto a la intensidad como a la extensión)?
Ejemplo: Carpinus caroliniana es un árbol abundante en algunos bosques mesófilos de montaña. La apertura de caminos y aclaramiento del bosque en zonas de barrancas parece afectarle al crear condiciones más secas y expuestas que las preferidas por esta especie. Por otro lado, hay observaciones que sugieren que esta especie es favorecida por el aclaramiento de algunos bosques por extracción selectiva madera si la perturbación no ha sido muy intensa. Esta misma especie además parece tener buen reclutamiento y sus poblaciones son estables en zonas con asentamientos humanos de muchos años, como las barrancas de Mexicapa, Morelos. Todo parece indicar que en esta especie el disturbio humano afecta negativamente algunas poblaciones, beneficia a otras y no parece afectar a otras más, dependiendo de la intensidad de la perturbación. Otras especies son afectadas negativamente por el disturbio derivado de las actividades humanas. El aclaramiento de la selva mediana perennifolia en las laderas del cerro Teotepec, Guerrero y el Volcán Tacaná, Chiapas para el establecimiento de cafetales ha modificado la estructura del dosel y algunas especies ombrófilas y con altos requerimientos de humedad atmosférica, muy sensibles a los cambios ambientales, muestran un claro decremento en sus poblaciones. Tal es el caso de Kefersteinia tinschertiana, una orquídea sin seudobulbos con hojas delgadas y delicadas que se queman al estar expuestas al sol directo.
a)    El hábitat remanente no permite la viabilidad de las poblaciones existentes = 4
b)    El impacto es fuerte y afecta a todas las poblaciones = 3
c)    El impacto es fuerte en algunas o moderado en todas las poblaciones = 2
d)    El impacto es moderado y sólo afecta algunas poblaciones = 1
e)    No hay impacto significativo en ninguna población = 0
3) ¿Existe evidencia (mediciones, modelos o predicciones) que indique un deterioro en la calidad o
extensión del hábitat como efecto de cambios globales (e.g., sensibilidad a cambio climático) o se prevé un cambio drástico en el uso del suelo?
a) No = 0
b) Sí = 1
4) ¿Cuál es el impacto del uso sobre el taxón? Se refiere tanto a la intensidad como a la extensión; el uso puede implicar la extracción, la cosecha de propágulos o la remoción de parte de la biomasa de un individuo. El uso por la población humana de ciertas especies es un factor de riesgo que puede llevarlas a la extinción, pero hay muy distintas intensidades de uso. El impacto de uso puede ser observado en el decremento o remoción de algunas poblaciones o en la disminución del vigor de los individuos, que podría tener efectos negativos en su fecundidad, dependiendo de la forma de extracción. La gran mayoría de las Plantas no son usadas en absoluto por los humanos, por lo que el impacto del uso es inexistente. Las hojas de Litsea glaucecens, el laurel mexicano, son recolectadas en ciertas cantidades de las poblaciones silvestres para satisfacer la demanda nacional, pero es un arbusto o árbol abundante en muchas comunidades y no se ha observado un decremento de las poblaciones y en general los arbustos no muestran signos graves de deterioro por la cosecha de las hojas.
a)    El impacto de uso implica la remoción de las poblaciones = 4
b)    El impacto de uso es fuerte y afecta a todas las poblaciones = 3
c)    El impacto de uso es fuerte en algunas o moderado en todas las poblaciones = 2
d)    El impacto de uso es moderado y sólo afecta algunas poblaciones= 1
e)    No hay impacto de uso significativo en ninguna población = 0
5) ¿El es cultivado o propagado ex situ? (a nivel nacional o internacional). La propagación disminuye la presión de colecta sobre muchas especies de importancia comercial, además de que el material cultivado puede llegar a ser fuente de especímenes en programas de conservación ex situ.
a)    Sí = -1
b)    No = 0
Subtotal del Criterio D = Suma del puntaje obtenido / 10
ASIGNACION A LAS DISTINTAS CATEGORIAS DE RIESGO
Los cuatro criterios del MER de Plantas tienen la misma ponderación, siendo el valor máximo para cada uno de ellos = 1. La sumatoria de los puntos en cada criterio debe ser normalizada con el puntaje máximo para ese criterio, de tal forma que el valor máximo sea 1.
Además con este método de evaluación de riesgo, se determinan criterios para catalogar a través de vías directas especies en riesgo.
Las categorías de riesgo se establecerán de conformidad a la siguiente tabla:
Categoría de riesgo
Puntaje obtenido
En Peligro de Extinción (P).
a) Mayor o igual que 2
b) Vías directas:
I.     Cuando en las características de la distribución geográfica, el área de distribución sea menor o igual a 1 km2;
II.    Cuando demográficamente, el número total de individuos sea igual o menor que 500;
III.    Cuando el nivel de impacto de las actividades humanas sobre el hábitat del taxón, el hábitat remanente no permite la viabilidad de las poblaciones existentes;
IV.   Cuando la especie tenga poblaciones hiperdispersas con una densidad de población de 1 individuo cada 5 ha o menor; y que además la sumatoria del criterio D sea mayor que 0.4
Amenazada (A)
a) Mayor que 1.7 y menor que 2
b) Vía directa: Cuando la especie tenga poblaciones hiperdispersas con una densidad de población de 1 individuo cada 5 ha o menor, y que la sumatoria del criterio D sea mayor que 0.3 y menor que 0.4
Sujetas a Protección Especial (Pr)
a) Mayor o igual que 1.5 y menor que 1.7
b) Mayor o igual que 1 y menor que 1.5 y que la sumatoria del criterio D sea igual o mayor que 0.3
 
ANEXO NORMATIVO III
LISTA DE ESPECIES EN RIESGO
Anfibios
ORDEN
FAMILIA
GENERO
ESPECIE
SUBESPECIE
SINONIMIA
NOMBRE COMUN
DISTRIBUCION
CATEGORIA
METODO
Anura
Bufonidae
Anaxyrus
californicus
 
Bufo californicus
sapo
endémica
A
MER
Anura
Bufonidae
Anaxyrus
debilis
 
Bufo debilis
sapo verde, sapo de montaña
no endémica
Pr
 
Anura
Bufonidae
Anaxyrus
retiformis
 
Bufo retiformis
sapo verde sonorense
no endémica
Pr
 
Anura
Bufonidae
Insilius
cavifrons
 
Bufo cavifrons, Cranopsis cavifrons
sapo de montaña
no endémica
Pr
 
Anura
Bufonidae
Insilius
coccifer
 
Bufo coccifer, Cranopsis coccifer
sapo chichito
no endémica
Pr
 
Anura
Bufonidae
Insilius
cristatus
 
Bufo cristatus, Cranopsis cristata
sapo cresta grande
endémica
Pr
 
Anura
Bufonidae
Insilius
gemmifer
 
Bufo gemmifer, Cranopsis gemmifer
sapo joya
endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
batrachylus
 
Eleutherodactylus batrachylus
rana ladrona tamaulipeca
endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
berkenbuschi
 
Eleutherodactylus berkenbuschi
rana ladrona de Berkenbusch
endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
decoratus
 
Eleutherodactylus decoratus
rana ladrona adornada
endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
glaucus
 
Eleutherodactylus glaucus
rana ladrona gris
endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
greggi
 
Eleutherodactylus greggi
rana ladrona de Gregg
no endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
guerreroensis
 
Eleutherodactylus guerreroensis
rana ladrona guerrerense
endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
laticeps
 
Eleutherodactylus laticeps
rana ladrona cabeza ancha
no endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
lineatus
 
Eleutherodactylus lineatus
rana ladrona de montaña
no endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
matudai
 
Eleutherodactylus matudai
rana chirriadora de Matuda
no endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
megalotympanum
 
Eleutherodactylus megalotympanum
rana ladrona de San Martín
endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
omiltemanus
 
Eleutherodactylus omiltemanus
rana ladrona de omilteme
endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
polymniae
 
Eleutherodactylus polymniae
rana ladrona de Sierra de Juárez
endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
sartori
 
Eleutherodactylus sartori
rana ladrona enana chiapaneca
endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
silvicola
 
Eleutherodactylus silvicola
rana ladrona selvática
endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
spatulatus
 
Eleutherodactylus spatulatus
rana ladrona espatulada
endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
stuarti
 
Eleutherodactylus stuarti
rana ladrona de Stuart
endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
tarahumaraensis
 
Eleutherodactylus tarahumaraensis
rana ladradora tarahumara
endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
taylori
 
Eleutherodactylus taylori
rana ladrona de Taylor
endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
uno
 
Eleutherodactylus uno
rana ladrona de Savage
endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
verruculatus
 
Eleutherodactylus verruculatus
rana chirrionera menor
endémica
Pr
 
Anura
Craugastoridae
Craugastor
yucatanensis
 
Eleutherodactylus yucatanensis
rana ladrona yucateca
endémica
Pr
 
Anura
Eleutherodactylidae
Syrrophus
angustidigitorum
 
Eleutherodactylus angustidigitorum
rana fisgona de Pátzcuaro
endémica
Pr
 
Anura
Eleutherodactylidae
Syrrophus
dennisi
 
Eleutherodactylus dennisi
rana chirriadora de Dennis
endémica
Pr
 
Anura
Eleutherodactylidae
Syrrophus
dixoni
 
Eleutherodactylus dixoni
rana fisgona labios blancos
endémica
Pr
 
Anura
Eleutherodactylidae
Syrrophus
grandis
 
Eleutherodactylus grandis
rana fisgona mayor
endémica
Pr
 
Anura
Eleutherodactylidae
Syrrophus
interorbitalis
 
Eleutherodactylus interorbitalis
rana chirriadora anteojuda
endémica
Pr
 
Anura
Eleutherodactylidae
Syrrophus
maurus
 
Eleutherodactylus maurus
rana fisgona café
endémica
Pr
 
Anura
Eleutherodactylidae
Syrrophus
modestus
 
Eleutherodactylus modestus
rana chirriadora dedos chatos
endémica
Pr
 
Anura
Eleutherodactylidae
Syrrophus
nivicolimae
 
Eleutherodactylus nivicolimae
rana chirriadora del Nevado de Colima
endémica
Pr
 
Anura
Eleutherodactylidae
Syrrophus
pallidus
 
Eleutherodactylus pallidus
rana chirriadora pálida
endémica
Pr
 
Anura
Eleutherodactylidae
Syrrophus
rufescens
 
Eleutherodactylus rufescens
rana fisgona roja
endémica
Pr
 
Anura
Eleutherodactylidae
Syrrophus
syristes
 
Eleutherodactylus syristes
rana fisgona flautera
endémica
Pr
 
Anura
Eleutherodactylidae
Syrrophus
teretistes
 
Eleutherodactylus teretistes
rana ladrona silbadora
endémica
Pr
 
Anura
Eleutherodactylidae
Syrrophus
verrucipes
 
Eleutherodactylus verrucipes
rana chirrionera orejona
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Bromeliohyla
dendroscarta
 
Hyla dendroscarta
rana de árbol de bromelia mayor
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Charadrahyla
altipotens
 
Hyla altipotens
rana de árbol vientre amarilla
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Charadrahyla
chaneque
 
Hyla chaneque
rana de árbol hada
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Charadrahyla
taeniopus
 
Hyla taeniopus
rana de árbol jarocha
endémica
A
 
Anura
Hylidae
Charadrahyla
trux
 
Hyla trux
rana de árbol de espolón
endémica
A
 
Anura
Hylidae
Dendropsophus
sartori
 
Hyla sartori
rana de árbol de Taylor
endémica
A
 
Anura
Hylidae
Duellmanohyla
chamulae
 
Ptychohyla chamulae, Ptychohyla schmidtorum chamulae
rana
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Duellmanohyla
ignicolor
 
Ptychohyla ignicolor
rana
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Duellmanohyla
schmidtorum
 
Ptychohyla scmidtorum, Ptychohyla schmidtorum schmidtorum
rana
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Ecnomiohyla
echinata
 
Hyla echinata
rana de árbol de pliegue oaxaqueña
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Ecnomiohyla
valancifer
 
Hyla valancifer
rana de árbol de San Martín
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Exerodonta
juanitae
 
Hyla juanitae
rana de árbol de Juanita
endémica
A
 
Anura
Hylidae
Exerodonta
melanomma
 
Hyla melanomma
rana de árbol ojo negro
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Exerodonta
pinorum
 
Hyla pinorum
rana de árbol de pinar
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Exerodonta
smaragdina
 
Hyla smaragdina
rana de árbol esmeralda
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Hyla
plicata
 
 
rana de árbol plegada o surcada
endémica
A
 
Anura
Hylidae
Megastomatohyla
mixe
 
Hyla mixe
sanita mixe
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Megastomatohyla
mixomaculata
 
Hyla mixomaculata
rana de árbol jaspeada
endémica
A
 
Anura
Hylidae
Megastomatohyla
nubicola
 
Hyla nubicola
rana de árbol de bosque mesófilo
endémica
A
 
Anura
Hylidae
Plectrohyla
acanthodes
 
 
rana de árbol
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Plectrohyla
arborescandens
 
Hyla arborescandens
rana de árbol de bromelia menor
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Plectrohyla
avia
 
 
rana dedos delgados mayor
no endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Plectrohyla
bistincta
 
Hyla bistincta
rana de árbol de pliegue mexicana
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Plectrohyla
cembra
 
Hyla cembra
rana de árbol de Sierra Madre del Sur
endémica
A
 
Anura
Hylidae
Plectrohyla
crassa
 
Hyla crassa, Hyla bogertae
rana de árbol acuática
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Plectrohyla
cyanomma
 
Hyla cyanomma
rana de árbol ojos azules
endémica
A
 
Anura
Hylidae
Plectrohyla
charadricola
 
Hyla charadricola
rana de árbol poblana
endémica
A
 
Anura
Hylidae
Plectrohyla
chryses
 
Hyla chryses
rana de árbol dorada
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Plectrohyla
hartwegi
 
 
rana dedos delgados de Hartweg
no endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Plectrohyla
hazelae
 
Hyla hazelae
rana de árbol de Hazel
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Plectrohyla
lacertosa
 
 
rana dedos delgados ojona
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Plectrohyla
mykter
 
Hyla mykter
rana de árbol hocico aquillado
endémica
A
 
Anura
Hylidae
Plectrohyla
pachyderma
 
Hyla pachyderma
rana de árbol semiacuática
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Plectrohyla
pycnochila
 
 
rana dedos delgados labios anchos
endémica
A
 
Anura
Hylidae
Plectrohyla
robertsorum
 
Hyla robertsorum
rana de árbol de Robert
endémica
A
 
Anura
Hylidae
Plectrohyla
sabrina
 
Hyla sabrina
rana de árbol de Sierra de Juárez
endémica
A
 
Anura
Hylidae
Plectrohyla
thorectes
 
Hyla thorectes
rana de árbol moteada
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Ptychohyla
erythromma
 
Hyla erythromma
rana de árbol común
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Ptychohyla
euthysanota
 
 
rana de árbol guerrerense
no endémica
A
 
Anura
Hylidae
Ptychohyla
leonhardschultzei
 
 
rana de árbol de Schultze
endémica
Pr
 
Anura
Hylidae
Smilisca
dentata
 
Pternohyla dentata
rana de árbol de tierras altas
endémica
A
 
Anura
Hylidae
Tlalocohyla
godmani
 
Hyla godmani
rana de árbol de Godman
endémica
A
 
Anura
Hylidae
Triprion
petasatus
 
 
rana de árbol yucateca
no endémica
Pr
 
Anura
Leptodactylidae
Eleutherodactylus
mexicanus
 
Eleutherodactylus saltator
rana ladrona danzante
no endémica
Pr
 
Anura
Microhylidae
Gastrophryne
elegans
 
 
sapo boca angosta elegante
no endémica
Pr
 
Anura
Microhylidae
Gastrophryne
olivacea
 
 
sapo boca angosta oliváceo
no endémica
Pr
 
Anura
Microhylidae
Gastrophryne
usta
 
 
sapo boca angosta huasteco
no endémica
Pr
 
Anura
Ranidae
Lithobates
berlandieri
 
Rana berlandieri
rana del Río Grande, rana Leopardo
no endémica
Pr
 
Anura
Ranidae
Lithobates
brownorum
 
Rana brownorum
rana de Brown
endémica
Pr
 
Anura
Ranidae
Lithobates
chiricahuensis
 
Rana chiricahuensis
rana de chiricahua
no endémica
A
 
Anura
Ranidae
Lithobates
dunni
 
Rana dunni
rana de Pátzcuaro
endémica
Pr
 
Anura
Ranidae
Lithobates
forreri
 
Rana forreri
rana de Forrer
no endémica
Pr
 
Anura
Ranidae
Lithobates
johni
 
Rana johni
rana de Moore
endémica
P
 
Anura
Ranidae
Lithobates
megapoda
 
Rana trilobata, Rana megapoda
rana pierna de pollo
endémica
Pr
 
Anura
Ranidae
Lithobates
montezumae
 
Rana montezumae
rana de Moctezuma
endémica
Pr
 
Anura
Ranidae
Lithobates
neovolcanicus
 
Rana neovolcanica
rana neovolcánica
endémica
A
 
Anura
Ranidae
Lithobates
omiltemanus
 
Rana omiltemana
rana guerrerense
endémica
P
 
Anura
Ranidae
Lithobates
pueblae
 
Rana pueblae
rana poblana
endémica
P
 
Anura
Ranidae
Lithobates
pustulosa
 
Rana pustulosa
rana de cascada
endémica
Pr
 
Anura
Ranidae
Lithobates
sierramadrensis
 
Rana sierramadrensis
rana de Sierra Madre Occidental
endémica
Pr
 
Anura
Ranidae
Lithobates
tlaloci
 
Rana tlaloci
rana de Tláloc
endémica
P
 
Anura
Ranidae
Lithobates
yavapaiensis
 
Rana yavapaiensis
rana de Yavapai
no endémica
Pr
 
Anura
Ranidae
Rana
boylii
 
 
rana pata amarilla
no endémica
Pr
 
Anura
Rhinophrynidae
Rhinophrynus
dorsalis
 
 
Sapo excavador mexicano
no endémica
Pr
 
Caudata
Ambystomatidae
Ambystoma
altamirani
 
Rhyacosiredon altamirani, Ambystoma zempoalensis
siredón del Ajusco, ajolote, siredón de Zempoala
endémica
A
 
Caudata
Ambystomatidae
Ambystoma
amblycephalum
 
 
salamandra, ajolote cabeza chata
endémica
Pr
 
Caudata
Ambystomatidae
Ambystoma
andersoni
 
 
Salamandra, ajolote de Anderson
endémica
Pr
 
Caudata
Ambystomatidae
Ambystoma
bombypellum
 
 
Salamandra, ajolote piel fina
endémica
Pr
 
Caudata
Ambystomatidae
Ambystoma
dumerilii
 
Ambystoma dumerili
Salamandra, ajolote de Pátzcuaro
endémica
Pr
 
Caudata
Ambystomatidae
Ambystoma
flavipiperatum
 
 
Salamandra, ajolote de Chapala
endémica
Pr
 
Caudata
Ambystomatidae
Ambystoma
granulosum
 
 
Salamandra, ajolote granulada
endémica
Pr
 
Caudata
Ambystomatidae
Ambystoma
leorae
 
Rhyacosiredon leorae
siredón de Leora, ajolote
endémica
A
 
Caudata
Ambystomatidae
Ambystoma
lermaense
 
Ambystoma lermaensis
Salamandra, ajolote de Lerma
endémica
Pr
 
Caudata
Ambystomatidae
Ambystoma
mexicanum
 
Ambystoma edule, Ambystoma weismanni
salamandra o ajolote
endémica
P
MER
Caudata
Ambystomatidae
Ambystoma
ordinarium
 
 
Salamandra, ajolote michoacana
endémica
Pr
 
Caudata
Ambystomatidae
Ambystoma
rivularis
 
Rhyacosiredon rivularis
siredón de Toluca, ajolote
endémica
A
 
Caudata
Ambystomatidae
Ambystoma
rosaceum
 
 
salamandra tarahumara
endémica
Pr
 
Caudata
Ambystomatidae
Ambystoma
taylori
 
 
salamandra de Taylor
endémica
Pr
 
Caudata
Ambystomatidae
Ambystoma
velasci
 
Ambystoma triginum
salamandra, ajolote tigre de meseta
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Aneides
lugubris
 
 
salamandra arbórea
no endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Bolitoglossa
engelhardti
 
 
salamandra lengua hongueada de Engelhardt
no endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Bolitoglossa
flavimembris
 
 
salamandra lengua hongueada patas amarillas
no endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Bolitoglossa
franklini
 
 
salamandra lengua hongueada vientre negro
no endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Bolitoglossa
hermosa
 
 
salamandra lengua hongueada guerrerense
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Bolitoglossa
macrinii
 
 
salamandra lengua hongueada oaxaqueña
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Bolitoglossa
mexicana
 
 
salamandra lengua hongueada mexicana
no endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Bolitoglossa
occidentalis
 
 
salamandra lengua hongueada occidental
no endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Bolitoglossa
platydactyla
 
 
salamandra lengua hongueada pies anchos
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Bolitoglossa
riletti
 
 
salamandra lengua hongueada de Rilett
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Bolitoglossa
rostrata
 
 
salamandra lengua hongueada narigona
no endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Bolitoglossa
rufescens
 
 
salamandra lengua hongueada rojiza
no endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Bolitoglossa
stuarti
 
 
salamandra lengua hongueada de Stuart
no endémica
A
 
Caudata
Plethodontidae
Bolitoglossa
veracrucis
 
 
salamandra lengua hongueada veracruzana
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Bolitoglossa
yucatana
 
 
salamandra lengua hongueada
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Cryptotriton
adelos
 
Nototriton adelos
salamandra de Sierra de Juárez
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Cryptotriton
alvarezdeltoroi
 
Nototriton alvarezdeltoroi
salamandra de Alvarez del Toro
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Chiropterotriton
arboreus
 
 
salamandra pie plano arbórea
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Chiropterotriton
chiropterus
 
 
salamandra pie plano común
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Chiropterotriton
chondrostega
 
 
salamandra pie plano cartilaginosa
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Chiropterotriton
dimidiatus
 
 
salamandra pie plano enana
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Chiropterotriton
lavae
 
 
salamandra pie plano pigmea
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Chiropterotriton
magnipes
 
 
salamandra pie plano patona
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Chiropterotriton
mosaueri
 
 
salamandra pie plano de caverna
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Chiropterotriton
multidentatus
 
 
salamandra pie plano multidentada
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Chiropterotriton
priscus
 
 
salamandra pie plano primitiva
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Dendrotriton
megarhinus
 
 
salamandra de bromelia narigona
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Dendrotriton
xolocalcae
 
 
salamandra de bromelia de Xolocalca
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Ensatina
eschscholtzii
 
 
salamandra ensantina
no endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Ixalotriton
niger
 
 
salamandra saltarina negra
endémica
P
 
Caudata
Plethodontidae
Ixalotriton
parvus
 
Pseudoeurycea parva
tlaconete enano
endémica
A
 
Caudata
Plethodontidae
Nyctanolis
pernix
 
 
salamandra patas largas ágil
no endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Oedipina
elongata
 
 
salamandra lombriz centroamericana
no endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Parvimolge
townsendi
 
 
salamandra enana de Townsend
endémica
A
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
altamontana
 
 
tlaconete morelense
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
anitae
 
 
tlaconete de Anita
endémica
A
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
bellii
 
Pseudoeurycea belli
tlaconete pinto
endémica
A
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
brunnata
 
 
tlaconete café
no endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
cephalica
 
 
tlaconete regordete, salamandra pinta
no endémica
A
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
cochranae
 
 
tlaconete de Cochran
endémica
A
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
conanti
 
 
tlaconete de Conant
endémica
A
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
firscheini
 
 
tlaconete de Firschein
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
gadovi
 
 
tlaconete de Gadow
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
galeanae
 
 
tlaconete de Galeana
endémica
A
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
goebeli
 
 
tlaconete de Goebel
no endémica
A
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
juarezi
 
 
tlaconete de Sierra de Juárez
endémica
A
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
leprosa
 
 
tlaconete leproso
endémica
A
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
lineola
 
Lineatriton lineolus
salamandra lombriz veracruzana
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
longicauda
 
 
tlaconete cola larga
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
melanomolga
 
 
tlaconete negro
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
mystax
 
 
tlaconete bigotudo
endémica
A
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
nigromaculata
 
 
tlaconete manchas negras
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
praecellens
 
 
tlaconete fino
endémica
A
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
rex
 
 
tlaconete real
no endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
robertsi
 
 
tlaconete de Robert
endémica
A
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
saltator
 
 
tlaconete saltarín
endémica
A
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
scandens
 
 
tlaconete tamaulipeco
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
smithi
 
 
tlaconete de Smith
endémica
A
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
townsendi
 
 
tlaconete, salamandra
endémica
A
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
unguidentis
 
 
tlaconete diente espolón
endémica
A
 
Caudata
Plethodontidae
Pseudoeurycea
werleri
 
 
tlaconete de Werler
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Thorius
dubitus
 
 
salamandra pigmea de Acutzingo
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Thorius
macdougalli
 
 
salamandra pigmea de MacDougall
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Thorius
minutissimus
 
 
salamandra pigmea oaxaqueña
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Thorius
narisovalis
 
 
salamandra pigmea de San Felipe
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Thorius
pennatulus
 
 
salamandra pigmea veracruzana
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Thorius
pulmonaris
 
 
salamandra pigmea de cerro
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Thorius
schmidti
 
 
salamandra pigmea de Schmidt
endémica
Pr
 
Caudata
Plethodontidae
Thorius
troglodytes
 
 
salamandra pigmea troglodita
endémica
Pr
 
Caudata
Salamandridae
Notophthalmus
meridionalis
 
 
tritón manchas negras
no endémica
P
 
Caudata
Sirenidae
Siren
intermedia
 
 
sirena menor
no endémica
A
MER
Caudata
Sirenidae
Siren
lacertina
 
 
sirena mayor
no endémica
A
MER
Gymnophiona
Caeciliaidae
Dermophis
mexicanus
 
 
cecilia mexicana
no endémica
Pr
 
Gymnophiona
Caeciliaidae
Dermophis
oaxacae
 
 
cecilia oaxaqueña
endémica
Pr
 
 
Aves
ORDEN
FAMILIA
GENERO
ESPECIE
SUBESPECIE
SINONIMIA
NOMBRE COMUN
DISTRIBUCION
CATEGORIA
METODO
Anseriformes
Anatidae
Anas
fulvigula
 
 
pato tejano
no endémica
A
 
Anseriformes
Anatidae
Anas
platyrhynchos
diazi
 
pato mexicano
endémica
A
 
Anseriformes
Anatidae
Branta
bernicla
nigricans
 
ganso de collar
no endémica
A
 
Anseriformes
Anatidae
Cairina
moschata
 
 
pato real
no endémica
P
 
Anseriformes
Anatidae
Cygnus
buccinator
 
 
cisne trompetero
no endémica
E
 
Anseriformes
Anatidae
Cygnus
columbianus
 
 
cisne de tundra
no endémica
P
 
Anseriformes
Anatidae
Nomonyx
dominicus
 
 
pato colorado, pato enmascarado
no endémica
A
 
Apodiformes
Apodidae
Cypseloides
storeri
 
 
vencejo frente blanca
endémica
Pr
 
Apodiformes
Apodidae
Panyptila
cayennensis
 
 
vencejo tijereta menor
no endémica
Pr
 
Apodiformes
Apodidae
Panyptila
sanctihieronymi
 
 
vencejo tijereta mayor
no endémica
Pr
 
Apodiformes
Apodidae
Streptoprocne
semicollaris
 
 
vencejo nuca blanca, tlapayauclero
endémica
Pr
 
Apodiformes
Trochilidae
Abeillia
abeillei
 
 
colibrí pico corto, colibrí de Abeille, chupaflor barbiesmeralda
no endémica
Pr
 
Apodiformes
Trochilidae
Amazilia
rutila
graysoni
 
colibrí canela de Tres Marías
endémica
Pr
 
Apodiformes
Trochilidae
Amazilia
viridifrons
 
 
colibrí frente verde
endémica
A
 
Apodiformes
Trochilidae
Atthis
ellioti
 
 
zumbador magenta
no endémica
A
 
Apodiformes
Trochilidae
Campylopterus
excellens
 
 
fandanguero cola larga
endémica
Pr
 
Apodiformes
Trochilidae
Campylopterus
rufus
 
 
fandanguero rosado, chupaflor gigante, chupaflor canelo
no endémica
Pr
 
Apodiformes
Trochilidae
Cynanthus
latirostris
lawrencei
 
colibrí pico ancho de Tres Marías
endémica
Pr
 
Apodiformes
Trochilidae
Doricha
eliza
 
 
colibrí cola hendida
endémica
P
 
Apodiformes
Trochilidae
Doricha
enicura
 
 
colibrí tijereta, colibrí colirraro
no endémica
A
MER
Apodiformes
Trochilidae
Eupherusa
cyanophrys
 
 
colibrí oaxaqueño
endémica
P
MER
Apodiformes
Trochilidae
Eupherusa
poliocerca
 
 
colibrí cola blanca
endémica
A
 
Apodiformes
Trochilidae
Heliomaster
longirostris
 
 
colibrí pico largo